TÍTULO I DETERMINACIÓN Y GIRO DE LOS DERECHOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "TÍTULO I DETERMINACIÓN Y GIRO DE LOS DERECHOS"

Transcripción

1

2 2 TÍTULO I DETERMINACIÓN Y GIRO DE LOS DERECHOS ARTÍCULO 2º.- Cada Unidad Municipal confeccionará respecto de su área de competencia el giro de los derechos que procedan, según se establece en esta ordenanza y la dará a conocer al interesado quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal dentro del plazo fijado. Los giros y su correspondiente pago se hará previo al inicio de la concesión o permiso, o la fecha en que se empiece a prestar el servicio, y el vencimiento del pago se fijará en el último día del mes en que se efectúe el giro, salvo en aquellos casos en que la Ley haya fijado otros plazos. En cada caso deberá dejarse reflejado el pago efectuado en un registro que para el efecto llevará cada Unidad Municipal, con indicación del número del boletín de ingreso y de su fecha. ARTÍCULO 3º.- Los derechos Municipales que se encuentren expresados en Unidades Tributarias Mensuales y otras según se exprese en su caso, se liquidarán y pagarán en pesos rebajándose las fracciones inferiores a cincuenta centavos de pesos y elevándose al entero superior las de cincuenta centavos o más. TÍTULO II DEVOLUCION DE DERECHOS MUNICIPALES ARTÍCULO 4º.- Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, ello deberá ordenarse por decreto, previo informe de la correspondiente Unidad que cobró el derecho. Copia del decreto de devolución indicado, se transcribirá a la Unidad respectiva para su anotación en los registros correspondientes. Los contribuyentes que por cualquier causa cesen en el ejercicio de la actividad lucrativa que desarrollen después de pagada la patente, no tendrán derecho a reembolso por el tiempo que le faltare para completar el período pagado. TITULO III DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS DE ASEO Y ORNATO TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO

3 3 ARTÍCULO 5º.- Los servicios especiales por extracción de residuos, basuras, escombros y otros, distintos de los indicados en los artículos 6º y s.s. de esta Ordenanza y sin perjuicio de los derechos que se establezcan en la Ordenanza Sobre Cobro y Exenciones de Derechos de Aseo, pagarán por concepto de derechos municipales los que a continuación se indican: 1.- Retiro de escombros y residuos inertes por metro cúbico o fracción 0,10 U.T.M. 2.- Retiro de ramas, hojas y otros provenientes de jardines, por metro cúbico o fracción 0,05 U.T.M. 2-a Entrega en Planta de Compostaje Municipal de ramas, hojas y otros provenientes de jardín, por metro cúbico o fracción 0,02 U.T.M. 3.- Retiro de neumáticos por metro cúbico o fracción: Equivalente a 4 neumáticos grandes o 12 chicos 0,05 U.T.M. 4.- Extracción de Excedentes de residuos domiciliarios sobre 60 litros diarios por semestre o fracción: de 61 a 100 litros 3 U.T.M. de 101 a 200 litros 10 U.T.M de 201 a 400 litros 18 U.T.M. de 401 a 600 litros 25 U.T.M más de 600 litros 30 U.T.M. 5.- Corta o tala de árboles en bien privado o en bien público a solicitud (según altura por árbol): a) De 3 a 4 metros 1 U.T.M. b) De 4,1 a 6 metros 3 U.T.M. c) De 6,1 a 8 metros 5 U.T.M. d) De 8,1 o más metros 10 U.T.M. 6.- Poda de árboles (según altura por árbol): a) De 1 a 6 metros 0,15 U.T.M. b) De 6,1 a 8 metros 0,5 U.T.M. c) De 8,1 a más metros 1 U.T.M 7.- Según disponibilidad, uso de maquinaria pesada por hora: - Retroexcavadora 0,40 U.T.M - Camión Aljibe 0,30 U.T.M. - Camión Tolva 0,30 U.T.M. Además, se debe cancelar una hora adicional por traslado de maquinaria pesada.

4 4 8.- Todas las actividades económicas, institucionales, sean estas comerciales, industriales o de servicios, que generen residuos sólidos en el ejercicio de sus actividades, deberán cancelar los derechos por extracción de sus residuos, por semestre o fracción, de la siguiente forma, siempre que estos sean asimilables a los residuos sólidos domiciliarios y previa evaluación técnica: - De 0.1 a 60 litros Patentes comerciales y otras 0,51 U.T.M. Patentes industriales y alcoholes 0,75 U.T.M. - De 61 a 100 litros 05 U.T.M - De 101 a 200 litros 10 U.T.M - De 201 a 400 litros 15 U.T.M - De 401 a 600 litros 25 U.T.M - Más de 600 litros 30 U.T.M Quienes tengan la calidad de microempresa familiar en la comuna, tendrán derecho a rebajar en un 25% el valor a pagar por cada tramo. En los casos de los numerados 4 y 8, los generadores pueden optar por realizar el servicio por un tercero particular, previa autorización de la Dirección Gestión Ambiental, y siempre que sean con empresas con resolución sanitaria, permiso municipal y que su destino sea un lugar autorizado, debidamente acreditado. El servicio especial en el retiro de los residuos generados en ferias libres, cancelarán por su actividad el 50% en relación alo indicado en el artículo 12 Nº4 de cobro y exención de Derechos de Aseo. 9.- Los Establecimientos Educacionales pagarán por concepto de Derecho de Aseo, en los meses de marzo a diciembre, de acuerdo a la siguiente escala: - Hasta 500 Alumnos matriculados 1,2 U.T.M mensual - De 501 a 1000 Alumnos matriculados 2,4 U.T.M mensual - De 1001 a más Alumnos matriculados 3,6 U.T.M mensual La Matrícula que se considerará para el cobro del derecho será la vigente al mes de abril de cada año. Los establecimiento de educación especial o diferenciada, pagarán sólo el 60% del monto correspondiente a los tramos antes indicados.

5 5 Los establecimientos educacionales que participen de los programas municipales orientados a la minimización de residuos y separación en origen podrán optar a una rebaja adicional del 20% Arriendo de contenedores metálicos de 10 a 12 metros cúbicos para acumulación de escombros y excedentes de la construcción por día o fracción de día 0,025 U.T.M. ARTÍCULO 5º (BIS): Se pagarán los Derechos de Aseo por Actividades Temporales, y se cobrarán en conjunto con el Permiso de la siguiente manera: a) Para las actividades señaladas en el Artículo 13 con los números 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 por funcionamiento diario 0,006 U.T.M b) Para las actividades señaladas en el Artículo 13 número 2 por funcionamiento mensual 0,3 U.T.M. c) Para la actividad señalada en el articulo 13 Nº4, por funcionamiento trimestral 0.14 U.T.M ARTÍCULO 6º.- Los trabajos de mantenimiento y reposición de áreas verdes y atención de especies vegetales que correspondan a los vecinos y cuyo servicio soliciten a la Municipalidad, pagarán por concepto de derecho municipal 0,5 U.T.M por metro cuadrado o fracción. En el caso de la reposición de especies, el costo deberá asumirlo el particular solicitante. ARTÍCULO 7º.- Los servicios por trabajos especiales que se indican, pagarán los derechos municipales que para cada caso se señalan: 1.- Retiro de vehículos 1 U.T.M 2.- Retiro de quioscos 1 U.T.M 3.- Retiro de letreros, atriles y letreros de propaganda sin instalación eléctrica 4.- Permiso a un particular para la recolección de residuos de ferias, comercio, industria o institución 0,50 U.T.M 2 U.T.M En el otorgamiento de este permiso debe cumplirse con los siguientes requisitos: a) Inspección sanitaria del vehículo en que se realizará la faena. b) Verificación del relleno sanitario, a donde serán transportados los desperdicios. c) Dar cuenta a la autoridad Sanitaria de acuerdo al Código Sanitario. 5.- Retiro de líneas o cables aéreos

6 6 no autorizados por cada 100 metros 6.- Retiro de animales abandonados en la vía pública por ejemplar 0,5 U.T.M 0,25 U.T.M por retirarlo más 0,1 U.T.M diario por costo de mantención ARTÍCULO 8º.- Las actividades de zoonosis e higiene ambiental, pagarán los derechos municipales, por vivienda, que para cada caso se señalan: 1.- Visita solicitada. Sin insumo 0,05 U.T.M. 2.- Visita solicitada. Con insumo raticida 0,10 U.T.M. 3.- Visita solicitada. Con insumo insecticida 0,15 U.T.M 4.- Visita solicitada. Con insumo termoniebla 0,20 U.T.M. 5.- Visita solicitada. Sanitización 0,10 U.T.M. 6.- Visita solicitada. Eliminación de garrapatas 0,10 U.T.M. En los números precedentes, el cobro de estas visitas se realizará cuando en un mismo año calendario y en un mismo domicilio se solicite por tercera vez. 7.- Visita solicitada. Vacunación. Sin insumo 0,10 U.T.M. Visita solicitada. Eliminación animal doméstico, enfermo con riesgo para la familia o la población. 0,15 U.T.M. 9.- Informe sanitario. 1 U.T.M Neutralización de pozos negros 0,75 U.T.M. Incluye Asesoría 11.- Asesoría para eliminación pozos negros 0,50 U.T.M Visita solicitada desparasitación 0,20 U.T.M. por ejemplar 13.- Visita solicitada consulta veterinaria 0,25 U.T.M Esterilización química machos caninos..0,35 U.T.M Esterilización canina y felina Para los habitantes de la comuna 0,2 U.T.M. Para comunas vecinas..0,35 U.T.M Autorización Municipal para tenencia de 0,035 U.T.M

7 7 mascotas (incluye identificación) 17.- Solicitud inspección mediciones de ruidos: Inspección y uso de sonómetro 0,20 U.T.M. Informe de contaminación acústica 0,50 U.T.M Asesoría en diseño paisajista 1 U.T.M. y jardinería a particulares Árbol solicitado por particulares 0,05 U.T.M o instituciones con fines de lucro, para calle o pasaje Se requiere la evaluación previa de un profesional o técnico municipal, para definir la especie más adecuada. Las agrupaciones de vecinos u organizaciones comunitarias estarán exentas de pago Otros no clasificados. 0,10 U.T.M Los trabajos de reposición de áreas verdes comunales deterioradas por la actividad de ferias libres u otra actividad eventual o permanente, deberán ser repuestos, previa evaluación de los daños ocasionados, por parte de personal del Departamento de Áreas Verdes. Los daños a considerar en la evaluación serán según la superficie, especies en cantidad y tipo e infraestructura. En caso de ser reparado por la municipalidad, se deberá cancelar 0,5 U.T.M por metro cuadrado o fracción. Las áreas verdes construidas en frentes de sitios con presupuesto municipal, deberán ser mantenidas por el ocupante del predio beneficiado Sólo para las instituciones correspondientes. Retiro de propaganda política (por unidad retirada, cubierta o por metro cuadrado), de acuerdo a la siguiente clasificación. 1.- Carteles y afiches en tendidos aéreos y postaciones. 0,15 U.T.M. 2.- Paletas y letreros en la vía pública 0,1 U.T.M. 3. Letreros fijos en la vía pública 0,3 U.T.M. 4.- Lienzos 0,25 U.T.M. 5.- Pintura de muros por metro cuadrado 0,035 U.T.M. 6.- Despapelado y limpieza de espacios públicos 0,05 U.T.M. por metro cuadrado

8 8 Estos servicios corresponde realizarlos de acuerdo a la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios, la que además especifica que el retiro de la propaganda política es por cuenta de los generadores. Si no lo hicieran podrá ser retirada por la Municipalidad con cargo a los generadores. La propaganda o rayados no políticos, retirada o cubierta, por la municipalidad pagará estos mismos derechos con cargo a los generadores. ARTÍCULO 9: El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público, en los casos que la Ley de Tránsito y Plan Regulador comunal y demás normas legales aplicables lo permitan, estará gravado con los siguientes derechos municipales: 1.- Automóviles y vehículos particulares 0,5 U.T.M. 2.- Vehículos de carga hasta 1750 Kg 0,5 U.T.M. 3.- Vehículos de carga sobre 1750 Kg 1 U.T.M. 4.- Labores de carga y descarga de especies valoradas. 1 U.T.M. 5.- Taxi colectivo, Taxi y Radio Taxi (por vehículo) 0,5 U.T.M. 6.- Microbuses y Taxi buses (por vehículo) 1 U.T.M. Este derecho será mensual y se cobrará por cada estacionamiento que autorice la Dirección de Tránsito. ARTÍCULO 9 (BIS): Cobros de los servicios de Estacionamiento: Motos, automóviles y vehículos en general, que no superen los cinco metros de longitud: a) Primera Media Hora 0,0066 U.T.M b) Cada 20 Minutos adicionales o fracción, U.T.M por vehículo Camiones, buses y vehículos en general que superen los cinco metros de longitud: a) Primera Media Hora 0,017 U.T.M b) Cada 20 Minutos adicionales o fracción, 0,0066 U.T.M por vehículo En caso de concesionar el servicio los valores a cobrar por el municipio serían netos. ARTÍCULO 10º.- Los permisos o servicios que se otorguen o presten, pagarán los siguientes derechos: 1.- Duplicados y transferencias de permisos de circulación (excepto por error administrativo involuntario del municipio) 2.- Control para conductores: 0,1 U.T.M.

9 9 - Cada 1 año o fracción menor 0,15 U.T.M - Cada 2 años 0,25 U.T.M - Cada 3 años 0.30 U.T.M - Cada 4 años o fracción mayor 0,50 U.T.M 3.- Toma de examen práctico en empresas particulares(sólo clase D) 0,30 U.T.M 4.- Cambio de tarifas de taxímetro 0,10 U.T.M 5.- Permiso a escuela de conductores para practicar, por trimestre y por cada vehículo motorizado. 1 U.T.M 6.- Certificado de Revisión Ocular 0.20 U.T.M 7.- Permiso carretones, calesas, victorias o similares con tracción animal para transporte de pasajeros, semestral. 0,50 U.T.M 8.- Primera Licencia para Conductores: a) Clase no profesional y especial 0,50 U.T.M b) Clase profesional u homologación 0,50 U.T.M profesional Cuestionario general de preguntas (clase B, clase C, clase profesional 9.- Control de taxímetro (realizado en el segundo semestre) 10.- Duplicado de Licencia de Conducir y Certificados No Trámite 0,05 U.T.M 0,05 U.T.M 0,20 U.T.M 11.- Cambio de domicilio de carácter único y exclusivo, certificado de antigüedad y otros no clasificados. 0,10 U.T.M 12.- Modificación de datos en permisos de 0,10 U.T.M circulación 13.- Certificado de vehículos fuera de circulación. 0,10 U.T.M Anual

10 Servicios prestados respecto del registro de carros remolques (D.S No.83 Ministerio del Interior) pagará lo siguiente: a) Inscripción (incluye placa padrón) 0,25 U,T.M b) Duplicado Certificado de empadronamiento 0,10 U.T.M c) Duplicado de placa (incluida placa provisoria) 0,20 U.T.M 15.- Certificado cambio color de vehículo. 0,10 U.T.M 16.- Otros Certificados no clasificados 0,10 U.T.M 17.- Sello verde o rojo. 0,1 U.T.M 18.- Permisos para cuidadores de vehículos en la vía pública Empadronamiento de carros de mano y vehículo de tracción animal o humana. 0,5 U.T.M semestral 0,1 U.T.M anual 20.- Anotación de prenda carro de arrastre 0,10 U.T.M 21.- Cobro especial para Licencias de Conducir: el otorgamiento, renovación, duplicado, extensión de clase, cambio de domicilio u otros datos en la licencia de conducir, que implique a la municipalidad la emisión mediante el uso de formato digital, el monto a pagar se incrementará en 0.05 U.T.M certificado de recepción de señales de tránsito en nuevas poblaciones 10% de la U.T.M certificado de señalética o semaforización solicitado por particulares 10% de la U.T.M. ARTÍCULO 11º.- Los servicios de bodegaje respecto de vehículos abandonados en la vía pública o retenidos por cualquier causa, que lleguen a los recintos municipales, pagarán los siguientes derechos por día o fracción: 1.- Motos, motocicletas y motonetas 0, 03 U.T.M. 2.- Automóviles, furgones utilitarios, camionetas y similares. 3.- Camiones, camionetas de carga, buses y microbuses 4.- Vehículos tracción humana o animal y bicicletas. 0, 05 U.T.M. 0, 06 U.T.M. 0, 01 U.T.M.

11 Otros no clasificados 0, 05 U.T.M. El Alcalde podrá rebajar hasta en un 75% el pago de derechos señalados en este artículo, en aquellos casos sociales que se encuentren respaldados por informe social municipal y sólo cuando la deuda sea superior a 3 U.T.M. Procederá también esta rebaja, en aquellos casos en que las especies sufran deterioro o siniestro en su estadía en el corralón municipal. No podrá cobrarse valores por almacenaje, superiores al avalúo fiscal del vehículo, salvo que hubiese transcurrido más de un año desde que, sin existir impedimento legal, el vehículo no hubiese sido retirado por su dueño. TÍTULO IV DERECHOS MUNICIPALES RELACIONADOS CON LAS PATENTES POR EJERCICIO DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS ARTÍCULO 12º.- Las patentes comerciales pagarán derechos mínimos de propaganda, hagan o no uso de esta publicidad, a 0,5 UTM el metro cuadrado anual, según giro y de acuerdo a la siguiente escala: a) Pagarán un mínimo equivalente a 2 metros cuadrados: Patentes alcohol Bodega distribuidora Depósito bebidas alcohólicas Microempresas, empresa, fábricas, talleres Ferretería Barracas Criaderos Avícolas Supermercados Minimarket Vidrieras Amasanderías b) Pagarán un mínimo equivalente a 1 metro cuadrado: Bar Restaurant Shopería Expendio de cervezas Cabaret Motel Talleres inofensivos

12 12 Almacén c) Pagarán un mínimo equivalente a medio metro cuadrado: Bazar Peluquería Oficinas Adm. Consultas Agencias Farmacias d) Otras no clasificadas por cada 1 metros cuadrado. Finalmente en caso de existir mayor cantidad de propaganda que la cobrada directamente en la patente deberá ser declarado por el contribuyente para el correspondiente cobro. ARTÍCULO 12 BIS el otorgamiento de las patentes municipales para el ejercicio de actividad lucrativa que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado, con prescindencia de la clase o número de giro o rubros distintos que comprenda pagará el valor por 12 meses de la patente municipal un monto equivalente al cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, cantidad que no podrá ser inferior a 1 U.T.M, ni superior a U.T.M. lo anterior es sin perjuicio, del pago de otros derechos municipales que correspondan. ARTÍCULO 13º El otorgamiento de permisos para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagaran por día, salvo que se disponga otra modalidad de cálculo, los siguientes derechos municipales: 1.- Instalación, funcionamiento y desarme de circos 0,2 U.T.M semanal y parques de entretenciones. 2.- Puestos de expendio de frutas y verduras de temporada. 1 U.T.M 3.- Reuniones sociales, carreras, torneos, por días 0,1 U.T.M 4.- Ferias del juguete, del libro, de las pulgas, de vestuario, promocionales y similares realizados por agrupaciones del sector en los meses del año calificados por el municipio 0,035 U.T.M diario 5.- Autorización especial transitoria para expendio de bebidas alcohólicas en patentados, clubes sociales o deportivos, juntas de vecinos y otros particulares, según el Artículo 19 de la Ley Nº sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, por el período.

13 13 a) En locales patentados 0,5 U.T.M b) En locales no patentados 1 U.T.M 6.- Fondas y peñas, por día de funcionamiento 0,5 U.T.M 7.- Actividades comerciales en circunstancias especiales tales como: quermeses, festividades patrióticas, religiosas y comunales, por días de funcionamiento. 0,5 U.T.M 8.- Ferias navideñas por puesto 0,1 U.T.M por día de funcionamiento con un máximo de 1 U.T.M, además del costo de la energía eléctrica. 9.- Ferias navideñas artesanales o de agrupaciones de vecinos realizadas en su propio sector, calificadas por el municipio. 0,030 U.T.M (que no cuenten con energía eléctrica) 10.- Otros Permisos No Clasificados, por día, por semanas o fracción 0,030 U.T.M Ferias artesanales por puestos de 2 x 2 metros 0.5 U.T.M., por trimestre o fracción Promoción área con globos y otros, por semana o fracción 0,5 U.T.M semanal. Si el ejercicio de estas actividades se realiza en Bien Nacional de Uso Público, deberán pagar los derechos establecidos en el artículo siguiente, a excepción de la actividad descrita en el Número 3 de este artículo. Siempre pagarán los Derechos de Aseo establecidos en el Artículo 5(BIS). T I T U L O V DERECHOS RELATIVOS A CONCESIONES Y PERMISOS POR CONSTRUCCIONES O INSTALACIONES EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO ARTÍCULO 14º.- El permiso para instalar o construir en bienes nacionales de uso público, pagará los derechos municipales que se señalan, sin perjuicio de la contribución que por patentes municipales o permisos correspondiere.

14 Kioscos, fondas, ramadas u otras instalaciones para ventas menores, adheridos o no al suelo, de carácter permanente, por mes o fracción ocupado y por metro cuadrado ocupado. 2.- Puestos en ferias libres, cachureos, ferias persas, ferias artesanales, kioskos y/u otros similares de carácter permanente por metro cuadrado o fracción ocupado anual. 3.- Puestos en ferias libres, cachureos, ferias persas, ferias artesanales, y ferias navideñas, exposiciones, culturales, comerciales, de carácter ocasional o temporal, por semana o fracción, por metro cuadrado o fracción ocupado. 4.- Funcionamiento de circos por semana o fracción por metro cuadrado ocupado o fracción. 0, 017 U.T.M. 0, 20 U.T.M. 0,05 U.T.M 0,00075 U.T.M. 5.- Puesto de expendio de fruta de temporada por mes o fracción, por metro cuadrado o fracción ocupado. 6.- Torneos varios, eventos musicales y deportivos, previamente autorizados, por día. 7.- Parque de entretenciones por semana o fracción por metro cuadrado o fracción ocupado. 8.- Vitrinas o vidrieras salientes destinadas a propaganda o exhibición, sin perjuicio del derecho que corresponda por propaganda anual, por metro cuadrado o fracción por año. 9.- Mesas y otros para atención pública anexas a establecimientos comerciales tales como: Fuentes de Soda, Salones de Té, Restaurantes y otros, anual, por metro cuadrado ocupado o fracción Postes sustentadores de letreros, relojes, u otros similares de carácter trimestral 0,16 U.T.M. 0,5 U.T.M. 0, U.T.M. 0,20 U.T.M. 0,40 U.T.M. 2 U.T.M.

15 15 permanente, sin perjuicio del derecho que corresponda, por propaganda, anuales o fracción por cada unidad Postes sustentadores de letreros, relojes, defensas peatonales u otros similares de carácter transitorio, por día, por cada unidad 12.- Toldos, techos y refugios de material ligero, sin perjuicio de los derechos que correspondan por propaganda, anual o fracción, por metro cuadrado o fracción Ductos, cañerías o similares subterráneos por cada 100 metros, anual o fracción. Hasta 30 cm. De 30 cm. a 1 mt. Sobre 1 mt. 0,035 U.T.M 0, 20 U.T.M. 6 U.T.M. 12 U.T.M. 18 U.T.M. El mencionado cobro se hace en relación a su diámetro Exhibición de mercaderías ocupando la vereda que enfrenta los locales comerciales, por metro cuadrado o fracción ocupado, anual. 1 U.T.M Letreros camineros o estructuras, por metros cuadrados ocupados o fracción anual, sin perjuicio de los derechos de propaganda Pozos de áridos, arenas por metro cúbico a explotar, anual. 2 U.T.M 0, 1 U.T.M Ocupación de Bienes Nacionales de Uso 0,20 U.T.M Público por otros conceptos no clasificados, por metro cuadrado o fracción ocupado por día. El cálculo de los metros cúbicos a explotar, o los metros cuadrados a ocupar, en los casos de los números 15 y 16, será efectuado por la Dirección de Obras Municipales. T I T U L O V I

16 16 DERECHOS RELATIVOS A LA PROPAGANDA Y PUBLICIDAD ARTÍCULO 15º.- Toda propaganda que se realice en la vía pública o que sea vista u oída desde la vía pública, pagará los siguientes derechos municipales, previa autorización de la Dirección de Obras: 1.- Letreros camineros, letreros, carteles o avisos luminosos o no luminosos, semestral por metro cuadrado o fracción ocupado. 0, 5 U.T.M. 2.- Proyectores de avisos, semanal 0, 05 U.T.M. 3.- Papeleros de publicidad y otros elementos de servicios públicos, semestral por unidad o metro cuadrado. 0, 1 U.T.M. 4.- Hombres-Publicidad, volanteo, semanal 0, 05 U.T.M. 5.- Propaganda especiales no señaladas por metro cuadrado y por mes o fracción. 6.- Parlantes, radio difusión o cualquier elemento reproductor o difusor de sonido al exterior, estacionado o móvil por día, en horario de 9 a 21 hrs 0, 25 U.T.M. 1 U.T.M. ARTÍCULO 16º.- No estarán afectos al pago de derechos de propaganda aquellos de carácter religioso ni los que realiza la autoridad pública, ni los rótulos de los establecimientos de salud municipal y de educación municipal, y de la Municipalidad. T I T U L O V I I DERECHO POR COMERCIO AMBULANTE ARTÍCULO 17º.- El permiso para el ejercicio del comercio ambulante, pagará los siguientes derechos municipales: 1.- Comercio Ambulante ejercido en sector o zona centro de la comuna 0,36 U.T.M. semestral 2.- Comercio Ambulante ejercido en otros sectores o zonas de la comuna, 0.12 U.T.M. semestral 3.- Promotores comerciales por evento 1 U.T.M. Se entiende por comercio ambulante aquella actividad comercial ejercida en la vía pública desplazada de un lugar a otro, ya sea por personas caminando o en vehículos menores como bicicletas, triciclos y otros vehículos menores, que se

17 17 detienen momentáneamente para vender los productos que transportan, quienes pagarán los derechos señalados precedentemente en esta comuna. Se entiende por sector o zona centro de la comuna, avenida Santa Rosa, Lo blanco, Porto Alegre y Lo Martínez y por otros sectores o zonas de la comuna las restantes calles y avenidas de La Pintana. T I T U L O VIII DERECHOS RELATIVOS A URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO 18º.- Los servicios, concesiones o permisos relativos a urbanización y construcción que se señalan más adelante, pagarán los derechos municipales que para cada caso se indican, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 458 del MINVU, publicado en el Diario Oficial del 13 de abril de Subdivisión y Loteos: 2% del avalúo total del terreno. Las subdivisiones en 2 lotes que tengan por objeto la cesión de una de ellos al municipio estarán exentas de pago. 2.- Anteproyectos de loteos: 1% del avalúo fiscal total del terreno. 3.- Obras nuevas y ampliaciones: 1,5% del presupuesto. En los conjuntos habitacionales con unidades repetidas, los derechos municipales se rebajarán de acuerdo a las siguientes normas: Se considerará como unidad repetida, la casa individual aislada, pareada o continua, ya sea de uno, dos o más pisos, que se repita en el conjunto; y en los edificios de altura con piso tipo repetido, la totalidad de un piso que se repite Nº de Unidad Disminución de Derechos a 5 10% 6 a 10 20% 11 a 20 30% 21 a 40 40% 41 o más 50% Aprobación conjuntos armónicos: 1 U.T.M. 5.- Alteraciones, reparaciones de obras menores y provisorias: 1% del presupuesto, con un mínimo de 0,1 U.T.M.

18 Planos tipos autorizados por el MINVU: 1% del presupuesto. 7.- Otros planos tipos (definido en el Art de la O.G.U.C.): 0,5 U.T.M. 8.- Reconstrucción: 1% del Presupuesto. 9.- Modificaciones de proyectos: 0,75% del Presupuesto. 10.-Modificaciones de loteos: 3 U.T.M Demoliciones: 0,5% del Presupuesto Aprobación de planos para venta por pisos 2 cuotas de ahorro para la vivienda por vivienda o unidad Certificados de números, línea, recepción de edificación, venta por pisos, etc. Sin perjuicio del costo del documento cuando proceda: 1 cuota de ahorro para la vivienda 14.- Certificados de deslindes en conformidad al plano catastral: 1 cuota de ahorro para la vivienda 15.- Certificado de informaciones previas: 0,2 U.T.M Informes de expropiación y zonificación: 0,05 U.T.M Estudio y aprobación de anteproyectos de edificación por cada 100 metros cuadrados o fracción: de 1 a 3 U.T.M Cambio de destino: 0,5 U.T.M Fusiones: 1 cuota de ahorro para la vivienda ARTÍCULO 19º.- La reproducción de antecedentes y documentos en general existentes en la Dirección de Obras, pagarán los siguientes derechos: 1.- Copia de Plano de La Pintana 1: , sin incluir valor de la copia. 0,1 U.T.M. 2.- Copia Plano de La Pintana 1: sin incluir valor de la copia 0,5 U.T.M 3.- Planchetas Aerofotogramétricas 1: o 1: 1000 sin incluir el valor de la copia. 0,25 U.T.M.

19 Copia plano La Pintana escala 1: ,25 U.T.M. 5.- Copia autorizada del plano regulador, sin incluir valor copia. 0,50 U.T.M. 6.- Copia autorizada de las Ordenanzas, Acuerdos, Resoluciones Decretos Municipales y documentos municipales, por Hoja. 0,01 U.T.M. hasta 1 U.T.M. 7.- Copia autorizada de planos municipales, sin incluir valor de la copia. 0,1 U.T.M. 8.- Copia de planos tipo (autoconstrucciones) 0,20 U.T.M ARTÍCULO 20º.- A proposición del Alcalde se podrá rebajar o eximir o convenir para el pago, de los derechos señalados en el artículo 18, en situaciones o actuaciones de aplicación general y uniforme para toda la comunidad, o para conjuntos habitacionales o poblaciones completas. La rebaja o eximición procederá con el acuerdo del Concejo Municipal. Sin perjuicio de lo anterior, estarán siempre exentos del pago de derechos relativos a Urbanización y Construcción, los proyectos correspondientes a la Segunda etapa de Vivienda Progresiva conforme a D.S Nº 140 de fecha , publicado en el Diario Oficial el día 22 de octubre de 1990, que "Reglamenta Programa de Vivienda Progresivas", y aquellos proyectos concursables relacionados con viviendas sociales, donde participe el municipio como entidad organizadora. Las obras y/o proyectos que financie el Municipio, en el caso de financiamiento compartido, la exención será en el porcentaje que represente el aporte Municipal. ARTÍCULO 20º BIS. El Alcalde podrá rebajar hasta en un 50% los derechos señalados en el Artículo 18, cuando se trate de colegios gratuitos y de fundaciones, ambos sin fines de lucro, que impartan enseñanza prebásica, básica, media y técnico-profesional en la comuna. ARTÍCULO 21º.- Los servicios o permisos relativos a la urbanización y construcción que se señalan más adelante, pagarán los derechos municipales que para cada caso se indican: a.- Inspección Técnica solicitada por particulares. 0,1 U.T.M. b.- Certificados de cualquier naturaleza de la D.O.M. 0,1 U.T.M. c.- Zonificación para el servicio de salud del ambiente. d.- Informe previo para patente comercial. 0,05 U.T.M. 0,05 U.T

20 20 ARTÍCULO 22º.- La ocupación temporal de espacio público por instalación de faenas, remoción, roturas, reposición, escombros, materiales y en la ejecución de faenas relacionadas con instalaciones de servicios públicos, tales como agua, alcantarillado, electricidad, gas, teléfonos y otros similares, pagará un derecho municipal básico y uniforme equivalente al 0,1 de una unidad tributaria mensual (sin perjuicio de garantizar la reposición). Sin perjuicio de la cantidad señalada precedentemente, se pagará además un 0,02 U.T.M. por metro cuadrado diario ocupado. Para el conjunto de los metros cuadrados, se considerará el largo total del terreno que se autoriza y el ancho total de ocupación del bien nacional de uso público que indique el permiso. Instalaciones de andamios y cierres provisorios en bienes nacionales de uso público, para casos de demolición o remodelación de edificios y/o reparación o alteración de sus fachadas (metros cuadrados ocupado del terreno, por día) 0,002 U.T.M. La ocupación temporal del espacio público, por faenas relacionadas con: pavimentación, reposición de pavimentos, reparación o mantención de pavimentos, de calzadas de aceras; el rebaje, reposición o reparación de soleras, pagarán un derecho municipal básico uniforme equivalente al valor de 0,3 U.T.M. más las cantidades que se indican en el cuadro siguiente por metro cuadrado diario o fracción ocupado (sin perjuicio de garantizar la reposición). - Menos de 100 m2 0,003 cuota de ahorro para la vivienda. - De 101 a 200 m2 0,004 cuota de ahorro para la vivienda. - Más de 200 m2 0,005 cuota de ahorro para la vivienda. ARTÍCULO 23º.- Excepciónese del pago de todo derecho de construcciones, a las obras de equipamiento efectuadas total o parcialmente con fondos municipales y ejecutadas por el Municipio. T I T U L O I X DERECHOS VARIOS ARTÍCULO 24º.- Los servicios que se indican más adelante, pagarán los derechos que por cada caso se señalan: 1.- Entrega de Bases Administrativas, técnicas y sus antecedentes a determinar, en cada llamado a propuesta Mínimo 0,30 U.T.M. con

21 21 un máximo a determinar según características del proyecto. 2.- Informes con visita a terreno hechos por funcionarios municipales a petición de particulares. 0,20 U.T.M. 3.- Servicios por recibir pagos por consignaciones u otros legales y guía de libre tránsito 0,10 U.T.M. 4.- Informaciones respecto del rol de patentes comerciales, industriales, de alcoholes y profesionales, por cada número de rol. 0, 2 U.T.M. con un máximo de 1 U.T.M. 5.- Copia simple de ordenanzas, acuerdos, resoluciones, decretos y documentos oficiales 0,007 U.T.M. por hoja con un tope de 0,5 U.T.M. Cuando dichas copias sean autorizadas, su valor será de 0, 01 U.T.M por hoja en papel impreso o en su equivalente en formato digital con un tope de 1,0 U.T.M 6.- Copias de estudios e informes realizados por el Municipio, previamente autorizados por el Director del área atingente de reproducir, por hoja en papel impreso o en su equivalente en formato digital Mínimo 0,03 U.T.M. por hoja Máximo 2 U.T.M. 7.- Cobro por la tramitación de los exhortos y permisos provisorios de Licencias de Conducir, en Juzgado de Policía Local 0,035 U.T.M 8.- Ayudantes en ferias libres y de cachureos, anual 0,25 U.T.M 9.- Las Transferencias autorizadas de las patentes municipales de ferias libres, persas y cachureos. 3 U.T.M. Las transferencias de patentes comerciales deberán pagar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Rentas Municipales.

22 22 Duplicados de patentes comerciales por semestre vigente 0,05 U.T.M. Se exceptúan de este pago, los duplicados de Patentes Comerciales, que presente algún error de carácter administrativo. Cambio de rubro de las patentes de las Ferias Libres, Persas y Cachureos fuera del plazo tipificado en la Ordenanza sobre esta materia 0,05 U.T.M. Modificaciones de datos de una patente comercial 0.05 U.T.M. Remate de vehículos realizados por un particular por día 0,5 U.T.M. Resumen Ley de Alcoholes Nº19.925, de Obligatoria exhibición en locales de expendios de bebidas alcohólicas, con prohiciones medidas y sanciones 0,5 U.T.M. Certificado de antigüedad y otros, con excepción de los que la Ley declare exentos 0,05 U.T.M a) Uso del auditórium municipal: 0,8 U.T.M por hora de uso b) Uso salón de actos de conferencia, sala Multiuso: 0,1 U.T.M por hora Se podrá eximir o rebajar estos valores con informe fundado del Director del Área Uso gimnasio municipal: a) Para actividad deportiva, por hora 0,13 U.T.M (diurno) y 0,17 U.T.M (nocturno) b) Para otros actividades (con informe y proposición de cobro por parte del Departamento de Deportes) 0,8 U.T.M a 8 U.T.M d) Show Artístico masivo 10 U.T.M Más una garantía de 7 U.T.M por eventuales daños El mínimo se establece para organizaciones con personalidad jurídica y Directorio vigente, sin fines de lucro, que realicen una actividad de beneficio social, previo informe del Depto. de Asistencia Social de la Municipalidad de La Pintana. El mínimo lo decidirá el Alcalde previo informe del Director del Área Uso del estadio municipal:

23 23 a) Clubes e Instituciones de la Comuna por partido: Cancha No.2 ½ U.T.M Cancha No.1 1 U.T.M - Diurno Cancha No.1 2 U.T.M.- Con Luz Artificial b) Clubes e Instituciones fuera de la comuna por partido: Cancha No.2 Cancha No.1 Cancha No.1 1 U.T.M 1,5 U.T.M.- Diurno 3 U.T.M.- Con Luz Artificial c) Clubes e Instituciones, partidos con público: Los valores fijados en las letras a) o b) más 25% de la recaudación o un mínimo de 3 U.T.M. d) Otros eventos 3 U.T.M a 17 U.T.M por hora.- En este último caso el mínimo se establece para organizaciones con personalidad jurídica y Directorio vigente, sin fines de lucro que realicen una actividad de beneficio social, previo informe del Depto. de Asistencia Social de la Municipalidad de La Pintana. El mínimo lo definirá el Alcalde previo informe del Director del Área. Deberá depositar una garantía mínima de 3 U.T.M hasta 10 U.T.M previo informe, en los casos de las letras c) y d). e) Uso de Patinódromo y canchas de tenis, por hora: - Clubes o personas de la comuna 0,1 U.T.M (diurno) 0,2 U.T.M (nocturno) - Clubes o personas fuera de la comuna 0,15 U.T.M (diurno) 0,3 U.T.M (nocturno) f) Pista Atlética y fosos (por hora) Instituciones de la comuna Instituciones de fuera de la comuna 0,35 U.T.M 1,7 U.T.M En caso de actividad con público deberá cancelarse un 50% adicional en el valor total. g) Uso de pista de Bicicross (por hora) 0,1 U.T.M sin partidor automático 0,15 U.T.M con partidor automático

24 24 h) Pista Atlética y graderías para show artístico 13 U.T.M más 10 U.T.M de garantía i) En el caso de Clubes Profesionales los derechos serán regulados vía contrato de arriendo Fotocopias, por hoja: - Simple 0,001 U.T.M. - Legalizada por el Secretario Municipal 0,002 U.T.M 14.- Firma secretario municipal en finiquitos 0,2 U.T.M Uso diario del escenario 0, 55 U.T.M 16.- El uso de vallas: 0,50 U.T.M valor base al que se le agrega 0,035 U.T.M por cada valla 17.- Certificado de vigencia de organizaciones 0,017 U.T.M Entrega de Estatutos para las organizaciones Entrega de catastros de organizaciones sociales existentes en la comuna 0,035 U.T.M 0,9 U.T.M 18.- Cobros de los servicios de la Biblioteca Municipal: a) Inscripción Anual Socio Biblioteca Estudiante (carné plastificado) 0,039 U.T.M b) Inscripción Anual Socio Biblioteca Adulto (carné plastificado) 0,071 U.T.M c) Multa por atraso de entrega de libros ( monto diario) 0,0033 U.T.M d) Plastificado 0,0066 U.T.M e) Fotocopias c/una 0,001 U.T.M f) Internet, Impresiones, por hoja impresa 0,0033 U.T.M g) Internet, CD más grabado c/uno 0,023 U.T.M

25 25 h) Internet, Diskette más grabado c/uno 0,017 U.T.M 19.- Cobros de los servicios de Infocentro: a) Internet 0,017 UTM por hora Internet 0,008 UTM ½ hora b) Impresión blanco y negro 0,005 U.T.M c) Impresión a color Imagen Grande Imagen Mediana Imagen Pequeña 0,012 U.T.M 0,01 U.T.M 0,005 U.T.M d) Scanner Imagen Grande Imagen Mediana Imagen Pequeña 0,005 U.T.M 0,0033 U.T.M 0,0017 U.T.M e) Fotocopia 0,001 U.T.M f) Foto Digital 0,005 U.T.M g) Currículo con foto 0,015 U.T.M h) CD virgen 0,013 U.T.M i) Diskette virgen 0,012 U.T.M 20.- Uso Toldo de Sombra 0,3 U.T.M diaria 21.- Flete, Armado y Retiro de escenario, 0,3 U.T.M toldo y vallas papales Certificados de cualquier naturaleza No Clasificados 0,035 U.T.M Las máquinas de juego de destreza, pagarán un derecho municipal semestral, de 2 U.T.M., por máquina y su funcionamiento se encontrará autorizado, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

26 26

Plaza Esmeralda S/Nº, Olivar Alto Fonos: (56-72) 391610 391376 www.muniolivar.cl contacto@muniolivar.cl

Plaza Esmeralda S/Nº, Olivar Alto Fonos: (56-72) 391610 391376 www.muniolivar.cl contacto@muniolivar.cl Apruébese la Ordenanza Municipal actualizada con fecha Enero del año 2003, aprobadas por el Concejo Municipal, esta ORDENANZA MUNICIPAL regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial

Más detalles

I INDIVIDUALIZACIÓN DEL SOLICITANTE

I INDIVIDUALIZACIÓN DEL SOLICITANTE Funcionario Zulema Álvarez Canelo Administrativa en Oficina de Rentas y Patentes La actividad que se realiza en la Oficina de Rentas y Patentes es la siguiente: Periodos de Patentes Comerciales Enero -

Más detalles

Derechos de sepultación 10% UTM 2. Derechos de construcción y otros 1% del presupues to.

Derechos de sepultación 10% UTM 2. Derechos de construcción y otros 1% del presupues to. Tipo Norma :Decreto 37 Fecha Publicación :29-01-1993 Fecha Promulgación :19-01-1993 Organismo Título :MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS :DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS

Más detalles

Trámites y requisitos de acceso a servicios, Dirección de Administración y Finanzas

Trámites y requisitos de acceso a servicios, Dirección de Administración y Finanzas Trámites y requisitos de acceso a servicios, Dirección de Administración y Finanzas Descripción del servicio Requisitos y antecedentes OBTENCIÓN DE El ejercicio de toda PATENTE MUNICIPAL profesión, oficio,

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DALCAHUE TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS Artículo 1. : La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPALES Nº01 DE DERECHOS

ORDENANZA MUNICIPALES Nº01 DE DERECHOS REPÚBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO ORDENANZA MUNICIPALES Nº01 DE DERECHOS Alto Hospicio, 20 de Enero 2005. VISTOS: Lo dispuesto en la Ley Nº19.943 que creó la Municipalidad de la Comuna

Más detalles

DECRETO Nº 1869. 1.- Modifíquese la Ordenanza de Derechos Municipales en el siguiente sentido:

DECRETO Nº 1869. 1.- Modifíquese la Ordenanza de Derechos Municipales en el siguiente sentido: DECRETO Nº 1869 CHIGUAYANTE, 28 de octubre de 2011 VISTOS: DECRETO: Estos antecedentes: La Ordenanza de Derechos Municipales aprobada por Decreto Alcaldicio N 1347 de fecha 23 de diciembre de 2002; el

Más detalles

I. MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE

I. MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE I. MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE DECRETO Nº 1347 CHIGUAYANTE, 23 de diciembre de 2002 VISTOS : Lo establecido en el articulo 41,42 y 43 del Decreto Ley N o 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, y sus

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES REPÚBLICA DE CHILE PROVINCIA DE LINARES MUNICIPALIDAD SAN JAVIER Dirección de Rentas Municipales TEXTO REFUNDIDO ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por

Más detalles

DECRETO EXENTO N º CURARREHUE, 27/10/2016 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES

DECRETO EXENTO N º CURARREHUE, 27/10/2016 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES DECRETO EXENTO N º 1.432.- CURARREHUE, 27/10/2016 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES 1.- La modificación a la Ordenanza Local, de Alcoholes y Ambulantes de la Comuna para el año 2017. 2.- La Resolución Nº 1600

Más detalles

D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 /

D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 / MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO Secretaria Municipal Coltauco, 30 de Diciembre de 2013. CONSIDERANDO: D E C R E T O E X E N T O Nº 1981 / - Decreto Exento Nº66 de fecha 25-01-1995, que aprueba Ordenanza Municipal

Más detalles

LEY SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. Formulario para realizar el trámite de solicitud en la oficina de Trámite Fácil

LEY SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. Formulario para realizar el trámite de solicitud en la oficina de Trámite Fácil PATENTES DE ALCOHOLES LEY 19.925 SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. Formulario para realizar el trámite de solicitud en la oficina de Trámite Fácil a) Certificado de la Dirección de Obras

Más detalles

S I T U A C I O N P R E S U P U E S T A R I A D E I N G R E S O S

S I T U A C I O N P R E S U P U E S T A R I A D E I N G R E S O S Fecha: 5/12/211 17:7 (jtadre) 1 3 C x C Tributos sobre el uso de bienes y la realización de actividades 3.1 Patentes y Tasas por Derechos Deudores Presupuestarios 2.88.491. 589.326. 3.469.817. 156.581.862

Más detalles

DERECHOS MUNICIPALES RELACIONADOS CON LAS PATENTES POR EJERCICIO DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS

DERECHOS MUNICIPALES RELACIONADOS CON LAS PATENTES POR EJERCICIO DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS DERECHOS MUNICIPALES RELACIONADOS CON LAS PATENTES POR EJERCICIO DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS Articulo 8º. El otorgamiento de permisos para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagará los siguientes

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE ERCILLA

ORDENANZA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE ERCILLA ACUERDO Nº 97/2011: Por cuatro votos, un rechazo y una inhabilitación, se aprueba la Ordenanza Municipal que regula el cobro de derechos Municipales, a contar del 01 de enero de 2012, de acuerdo a lo siguiente:

Más detalles

Licencias, Permisos, Autorizaciones, Renovaciones y Anuencias en General para Uso del Suelo, Urbanización, Edificación y Otras Construcciones

Licencias, Permisos, Autorizaciones, Renovaciones y Anuencias en General para Uso del Suelo, Urbanización, Edificación y Otras Construcciones Licencias, Permisos, Autorizaciones, Renovaciones y Anuencias en General para Uso del Suelo, Urbanización, Edificación y Otras Construcciones (De conformidad con la Ley de Ingresos para la Municipalidad

Más detalles

I. MUNICIPALIDAD DE CAÑETE A L C A L D I A

I. MUNICIPALIDAD DE CAÑETE A L C A L D I A I. MUNICIPALIDAD DE CAÑETE A L C A L D I A D E C R E T O Nº: 3364 CAÑETE, 29.OCT. 2010 V I S T O S : Estos antecedentes, la necesidad de establecer derechos municipales mediante respectiva ordenanza local,

Más detalles

SAN MIGUEL, 27 DE OCTUBRE DE 2005.

SAN MIGUEL, 27 DE OCTUBRE DE 2005. REPUBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Secretaría Municipal DECRETO EXENTO Nº 2.293 SAN MIGUEL, 27 DE OCTUBRE DE 2005. VISTOS: 1. Acuerdo Nº 783 del Concejo, de 26 de octubre de 2005, que aprueba

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE NAVIDAD 2011

MUNICIPALIDAD DE NAVIDAD 2011 1 MUNICIPALIDAD DE NAVIDAD 2011 ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS CONCESIONES Y SERVICIOS VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 43 del Decreto Ley Nro. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y

Más detalles

P A T E N T E S M U N I C I P A L E S

P A T E N T E S M U N I C I P A L E S P A T E N T E S M U N I C I P A L E S DEFINICIÓN Resolución Municipal que autoriza a un contribuyente para que, cumpliendo los requisitos correspondientes, ejerza una actividad económica en un emplazamiento

Más detalles

I. MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

I. MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS 1 I. MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS No 2503. Hijuelas, 29 de Octubre del 2007, VISTOS: 1.- Lo dispuesto en el Artículo

Más detalles

6.-DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES

6.-DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES 6.-DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES ARTÍCULO 55 : ESTRUCTURA Y DEPENDENCIA. La Dirección de Obras es una unidad que depende directamente del Alcalde sin perjuicio que técnicamente, en lo referente a la aplicación

Más detalles

ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION

ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION ORDENANZA DE DERECHOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION ESCUELA DE CAPACITACION ASOCIACION CHILENA DE MUNICIPALIDADES OTOÑO-INVIERNO 2014 EL NUEVO ESCENARIO DE LAS FINANZAS MUNICIPALES:HERRAMIENTAS DE GESTION

Más detalles

CÓMO OBTENGO MI PATENTE COMERCIAL?

CÓMO OBTENGO MI PATENTE COMERCIAL? PATENTES COMERCIALES Requisitos para solicitar una patente comercial El presente instructivo cumple el propósito de informar y orientar al contribuyente vecino de Algarrobo en los trámites de solicitud

Más detalles

CUOTAS Y TARIFAS APLICABLES SEGÚN LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO. Página 1 de 7

CUOTAS Y TARIFAS APLICABLES SEGÚN LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO. Página 1 de 7 SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS: IMPUESTOS DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS SOBRE JUEGOS PERMITIDOS: ARTÍCULO 31 DE LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE 5% DE LA ENTRADA BRUTA

Más detalles

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES 1 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES CREACIÓN, MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN DE DERECHOS CORRESPONDIENTES

Más detalles

TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS

TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS TITULO X DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE PUBLICO, TRANSITO Y VEHICULOS ARTICULO Nº 087. - El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público, en los casos que la Ley de Tránsito,

Más detalles

REPUBLICA DE CHILE GOBIERNO INTERIOR MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE VIGENTE AL 31 DICIEMBRE 2002 SECRETARIA MUNICIPAL

REPUBLICA DE CHILE GOBIERNO INTERIOR MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE VIGENTE AL 31 DICIEMBRE 2002 SECRETARIA MUNICIPAL REPUBLICA DE CHILE GOBIERNO INTERIOR MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE VIGENTE AL 31 DICIEMBRE 2002 SECRETARIA MUNICIPAL ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS VISTOS

Más detalles

D E C R E T A. ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el punto 3, del numeral II.3, y el numeral DECRETO Nº. 952/2015 IX P.E.

D E C R E T A. ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el punto 3, del numeral II.3, y el numeral DECRETO Nº. 952/2015 IX P.E. DECRETO Nº. LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU NOVENO PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,

Más detalles

PROCESO DE ELABORACION DE ORDENANZA DE DERECHOS LEYLA M. FARAH SILVA INGENIERO COMERCIAL 2011

PROCESO DE ELABORACION DE ORDENANZA DE DERECHOS LEYLA M. FARAH SILVA INGENIERO COMERCIAL 2011 PROCESO DE ELABORACION DE ORDENANZA DE DERECHOS LEYLA M. FARAH SILVA INGENIERO COMERCIAL 2011 NORMATIVA MUNICIPALIDADES CORPORACIONES DE DERECHO PUBLICO CUYA FINALIDAD ES SATISFACER NECESIDADES DE LA COMUNIDAD.

Más detalles

FICHA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE CHILLÁN

FICHA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE CHILLÁN FICHA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE CHILLÁN DIRECCIÓN MUNICIPAL SERVICIO A OTORGAR AUTORIZACION DE ANTEPROYECTO DE LOTEO, LOTEO CON CONSTRUCCION SIMULTANEA, LOTEO CON CONSTRUCCION SIMULTANES ACOGIDO AL DFL

Más detalles

SAN PEDRO LAGUNILLAS, NAYARIT Información Pública del H. XL Ayuntamiento

SAN PEDRO LAGUNILLAS, NAYARIT Información Pública del H. XL Ayuntamiento NUMERAL 26: CUOTAS Y TARIFAS MUNICIPALES Numeral 26 del artículo 10 de la LTAIP: Las cuotas y tarifas municipales que se apliquen a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores

Más detalles

V I S T O S: 4.- El Decreto Alcaldito N 2497 del

V I S T O S: 4.- El Decreto Alcaldito N 2497 del 1 MUNICIPALIDAD DE PUCON DECRETO EXENTO Nº PUCON, 27 de Diciembre 2006 V I S T O S: 1.- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.925 sobre Expendio y consumo de bebidas Alcohólicas; y en la Ley Nº 18.695, Orgánica

Más detalles

LEY DE TRANSPARENCIA

LEY DE TRANSPARENCIA I.MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE PATENTES COMERCIALES LEY DE TRANSPARENCIA A fin de dar cumplimiento con la Ley Transparencia, se envía la información,

Más detalles

MANUAL PREGUNTAS FRECUENTES DEPARTAMENTO DE RENTAS

MANUAL PREGUNTAS FRECUENTES DEPARTAMENTO DE RENTAS MANUAL PREGUNTAS FRECUENTES DEPARTAMENTO DE RENTAS Hoja 01 01.- Que se necesita para sacar un Permiso Ambulante? R. De conformidad al Articulo 4 N 1 letra A, de la Ordenanza Municipal, todo comerciante

Más detalles

DECRETO EXENTO Nº 1796 CURICO, 25.OCTUBRE.2007

DECRETO EXENTO Nº 1796 CURICO, 25.OCTUBRE.2007 REPUBLICA DE CHILE PROVINCIA DE CURICO MUNICIPALIDAD DE CURICO/ DECRETO EXENTO Nº 1796 CURICO, 25.OCTUBRE.2007 VISTOS:/ a) La Ordenanza sobre Cobro de derechos por Concesiones, Permisos y Servicios de

Más detalles

:http://www.leychile.cl/n?i=175262&f= &p=

:http://www.leychile.cl/n?i=175262&f= &p= Tipo Norma :Decreto 2143 EXENTO Fecha Publicación :12-09-2000 Fecha Promulgación :05-09-2000 Organismo :MUNICIPALIDAD DE FRESIA Título :MODIFICA Y REFUNDE ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Tipo

Más detalles

I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA

I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA 1 I.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T.T. ALCALDIA Actualiza el Texto Refundido de la Ordenanza de Derechos aprobada por Decreto Nº 127 de fecha 06.04.2009.- SAN VICENTE DE T.T. 30 de Octubre de 2014 CONSIDERANDO:

Más detalles

IMPUESTO TERRITORIAL EN CHILE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

IMPUESTO TERRITORIAL EN CHILE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IMPUESTO TERRITORIAL EN CHILE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS LA ESTRUCTURA TRIBUTARIA FISCAL La Estructura Tributaria Fiscal. Algunos Impuestos Fiscales * Fuente: Tesorería General de la República. (*)

Más detalles

GUIA DEL TRÁMITE PARA OBTENER PATENTES MUNICIPALES Municipalidad de Puerto Montt

GUIA DEL TRÁMITE PARA OBTENER PATENTES MUNICIPALES Municipalidad de Puerto Montt www.puertomonttchile.cl GUIA DEL TRÁMITE PARA OBTENER Municipalidad de Puerto Montt PATENTES PROFESIONALES Para las personas naturales que posean Título Profesional o Certificado de Título otorgado por

Más detalles

marco legal y normativo

marco legal y normativo marco legal y normativo MEDIO AMBIENTE NATURAL EDIFICIO IMPOSICIONES MEDIO MEDIO AMBIENTE ARTIFICIAL MARCO LEGAL Y Y NORMATIVO MARCO ECONOMICO Y FINANCIERO DOTACION DE SERVICIOS NECESIDADES HOMBRE CLIMATOLOGIA

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL DE HORARIO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.

ORDENANZA MUNICIPAL DE HORARIO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. 1 MUNICIPALIDAD DE PUCON DECRETO EXENTO Nº 3180 PUCON, 28 de Diciembre 2007 V I S T O S: 1.- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.925 sobre Expendio y consumo de bebidas Alcohólicas; y en la Ley Nº 18.695, Orgánica

Más detalles

SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 29/02/2016

SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 29/02/2016 Fecha: 1/3/216 1 SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 29/2/216 3 C x C Tributos sobre el uso de bienes y la realización de actividades 3.1 Patentes y Tasas por Derechos Deudores Presupuestarios 2.859.293.

Más detalles

DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALES. Departamento. encargado de la función de transito y transporte público:

DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALES. Departamento. encargado de la función de transito y transporte público: DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALES FUNCIONES: Departamento. encargado de la función de transito y transporte público: Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con

Más detalles

TRAMITES Y REQUISITOS DE ACCESO A SERVICIOS DIRECCION DE TRANSITO TENO

TRAMITES Y REQUISITOS DE ACCESO A SERVICIOS DIRECCION DE TRANSITO TENO TRAMITES Y REQUISITOS DE ACCESO A SERVICIOS DIRECCION DE TRANSITO TENO Descripción del servicio Requisitos y antecedentes Realizable en línea? Tramites a realizar o etapas Valor Lugar donde se realiza

Más detalles

Nº PERMISOS DE CIRCULACION 13 PRIMER PERMISO DE CIRCULACIÓN DE AUTOMÓVILES

Nº PERMISOS DE CIRCULACION 13 PRIMER PERMISO DE CIRCULACIÓN DE AUTOMÓVILES Nº PERMISOS DE CIRCULACION 13 PRIMER PERMISO DE CIRCULACIÓN DE AUTOMÓVILES Descripción ( en que consiste ) Es una autorización para que los vehículos motorizados y a tracción circulen en todo el Territorio

Más detalles

No 605. Hijuelas, 20 de Abril del 2001

No 605. Hijuelas, 20 de Abril del 2001 1 I.MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE INSTALACION DE LOCALES QUE EXPENDEN CILINDROS DE GAS LICUADO EN LA COMUNA No 605. Hijuelas, 20 de Abril del 2001 VISTOS: 1.- La necesidad de fijar

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº14 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VÍA PÚBLICA

ORDENANZA FISCAL Nº14 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VÍA PÚBLICA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO Artículo 1º. Fundamento y naturaleza El Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 en concordancia con lo establecido en los artículos 20

Más detalles

Guía de Trámites. Dirección de Tránsito. Administración Municipal Ilustre Municipalidad de Los Muermos Septiembre, 2010.

Guía de Trámites. Dirección de Tránsito. Administración Municipal Ilustre Municipalidad de Los Muermos Septiembre, 2010. 2010 República de Chile Guía de Trámites Dirección de Tránsito Administración Municipal Ilustre Septiembre, 2010. 1 Índice Pág. Mensaje..3 Renovación de Permiso de Circulación.4 Obtención de Permisos de

Más detalles

.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA

.MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA .MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE T. T. ALCALDÍA Actualiza el Texto Refundido de la Ordenanza de Derechos aprobada por Decreto N 127 de fecha 06.04.2009.- SAN VICENTE DE T. T. 31 de Diciembre de 2013 CONSIDERANDO:

Más detalles

RESUMEN ACTA SESIÓN ORDINARIA CONCEJO LUNES 28 OCTUBRE DE :00 HORAS

RESUMEN ACTA SESIÓN ORDINARIA CONCEJO LUNES 28 OCTUBRE DE :00 HORAS MUNICIPALIDAD DE CONCHALI CONCEJO RESUMEN ACTA SESIÓN ORDINARIA CONCEJO LUNES 28 OCTUBRE DE 2013 12:00 HORAS En Conchalí, se inicia la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, realizada a las 12:20 horas

Más detalles

VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio del D. F. L. Nº 458 de 1975 y sus modificaciones.

VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio del D. F. L. Nº 458 de 1975 y sus modificaciones. 1 REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE SAN IGNACIO ALCALDIA DECRETO: Nº 274/ San Ignacio, 09 Julio de 2004. - La Alcaldía decretó hoy lo que sigue: VISTOS: a). Lo dispuesto en el Art. Nº 130 y Nº 9 Transitorio

Más detalles

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 La presente ordenanza tiene por objetivo regular el monto, la forma de girar y el pago de los derechos municipales a que están obligadas las personas naturales

Más detalles

DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS QUE PRESTA LA MUNICIPALIDAD DE ILLAPEL. T Í T U L O I REGLAS GENERALES

DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS QUE PRESTA LA MUNICIPALIDAD DE ILLAPEL. T Í T U L O I REGLAS GENERALES DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS QUE PRESTA LA MUNICIPALIDAD DE ILLAPEL. T Í T U L O I REGLAS GENERALES ARTÍCULO 1º: La presente Ordenanza tiene por objeto fijar el monto y el

Más detalles

HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ESCARCEGA TESORERIA MUNICIPAL

HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ESCARCEGA TESORERIA MUNICIPAL SERVICIOS QUE OFRECE LA (2013) A.- IMPUESTOS 1).- Impuesto predial Urbano.- Éste pago es única y exclusivamente para los predios urbanos, el tramite se realiza en el depto. de catastro y el pago se realiza

Más detalles

TARIFAS DE SERVICIOS ASOCIADOS AL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD

TARIFAS DE SERVICIOS ASOCIADOS AL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD TARIFAS DE SERVICIOS ASOCIADOS AL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD En conformidad al Art. 147 del DFL 4/06 del Ministerio de Minería y a lo establecido en el Decreto N 8T/14, del Ministerio de Economía Fomento

Más detalles

Permisos de Circulación... 2. Valores... 2. Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2. Vehículos nuevos:... 2

Permisos de Circulación... 2. Valores... 2. Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2. Vehículos nuevos:... 2 Permisos de Circulación... 2 Valores... 2 Requisitos para obtener el Permiso de Circulación:... 2 Vehículos nuevos:... 2 REQUISITOS PARA RENOVAR PERMISO DE CIRCULACIÓN... 3 Zona Franca afectos a esta Ley...

Más detalles

ESTRUCTURA PRESUPUESTO AÑO 2009 I N G R E S O S A R E A M U N I C I P A L

ESTRUCTURA PRESUPUESTO AÑO 2009 I N G R E S O S A R E A M U N I C I P A L MUNICIPALIDAD DE EL MONTE DIRECCIÓN DE ADM. Y FINANZAS ESTRUCTURA PRESUPUESTO AÑO 2009 I N G R E S O S A R E A M U N I C I P A L = Niveles en Presupuesto Inicial y Modificaciones QUE REQUIEREN aprobación

Más detalles

7. Publicación de extracto del Decreto Exento Nº 1.177, en el diario La Nación, de 31 de diciembre de 2003; y

7. Publicación de extracto del Decreto Exento Nº 1.177, en el diario La Nación, de 31 de diciembre de 2003; y REPUBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Secretaría Municipal DECRETO EXENTO Nº 546 SAN MIGUEL, 14 DE MAYO DE 2004. VISTOS: 1. Decreto Exento Nº 299, de 4 de marzo de 1996, que aprobó la Ordenanza

Más detalles

1.-Decreto alcaldicio N 410 de fecha 03 de Diciembre del año 1999 que dicta Ordenanza Municipal.

1.-Decreto alcaldicio N 410 de fecha 03 de Diciembre del año 1999 que dicta Ordenanza Municipal. REPÚBLICA DE CHILE PROVINCIA DE TALCA (.MUNICIPALIDAD DE PELARCO DEPARTAMENTO DE TRÁNSITO DECRETO ALCALDICIO N PELARCO, Diciembre 22 de 2015 VISTOS: 1.-Decreto alcaldicio N 410 de fecha 03 de Diciembre

Más detalles

3º Lo dispuesto en el Título VII Art. 41, 42 y 43 de la Ley de Rentas Municipales Nº 3063/79 y sus modificaciones posteriores.

3º Lo dispuesto en el Título VII Art. 41, 42 y 43 de la Ley de Rentas Municipales Nº 3063/79 y sus modificaciones posteriores. Ilustre Municipalidad de Papudo Alcaldía Decreto Alcaldicio Nº Papudo, V I S T O S: 1º Decreto Alcaldicio Nº 440/2006, de fecha 04 de Agosto de 2006, que establece orden de Subrogancia para el Cargo de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO ARTÍCULO 1.- ORDENANZA FISCAL NÚMERO 100 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la Constitución, art.

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO ORDENANZA N 3

MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO ORDENANZA N 3 MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO ORDENANZA N 3 PUENTE ALTO, Junio 24 de 2013 VISTOS: Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los Arts. 41 42, 43 y demás

Más detalles

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR Título: ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN DEL ÁREA METROPOLITANA DE SAN SALVADOR, OPAMSS. Materia: Derecho Tributario Origen:

Más detalles

Banco Central de Chile

Banco Central de Chile DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 39.645 Lunes 26 de Abril de 2010 (7381) Página 5 OTRAS ENTIDADES Banco Central de Chile TIPOS DE CAMBIO Y PARIDADES DE MONEDAS EXTRANJERAS PARA EFECTOS DEL NÚMERO

Más detalles

Trámites y Requisitos de Acceso a Servicios

Trámites y Requisitos de Acceso a Servicios otorgamiento de primera patente municipal profesional 1.- Titulo profesional autorizado ante Notario o cotejado por el funcionario municipal receptor del documento. 2.- Contrato de arriendo o escritura

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 19

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 19 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 19 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES

Más detalles

ORDENANZA CIERRE DE CALLES, PASAJES Y CONJUNTOS HABITACIONALES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD CIUDADANA

ORDENANZA CIERRE DE CALLES, PASAJES Y CONJUNTOS HABITACIONALES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD CIUDADANA ORDENANZA CIERRE DE CALLES, PASAJES Y CONJUNTOS HABITACIONALES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD CIUDADANA TITULO PRELIMINAR Artículo 1 : Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20.499, la Municipalidad de

Más detalles

Municipalidad de La Calera Asesoría Jurídica

Municipalidad de La Calera Asesoría Jurídica Municipalidad de La Calera Asesoría Jurídica GENERAL Decreto Alcaldicio N :3388/2016 LA CALERA,28 de Diciembre de 2016 VISTOS: La transcripción del acuerdo nº 158/2016, adoptado por el Honorable Concejo

Más detalles

DECRETO EXENTO N" CONSIDERANDO

DECRETO EXENTO N CONSIDERANDO .. 1..,,. MUNICIPALIDAD -- DE PEDRO AGUIRRE CERDA '--- Ml;--N \(' IPAUDAO DE -' E CEROt \ '". - -- \ DECRETO EXENTO N" I p, ~ [j RO AGUIRR...:_~ \?D1 \ :, ~ \j jun ' Díi;~ J PEDRO AGUIRRE CERDA, Le J U~

Más detalles

CONCEPTO OBLIGADO AL PAGO

CONCEPTO OBLIGADO AL PAGO ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MERCANCÍAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS.

Más detalles

DEPTO DE RENTAS PATENTES E INSPECCION MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA PROCESO DE OTORGAMIENTO Y RENOVACION DE PATENTES DE ALCOHOLES

DEPTO DE RENTAS PATENTES E INSPECCION MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA PROCESO DE OTORGAMIENTO Y RENOVACION DE PATENTES DE ALCOHOLES DEPTO DE RENTAS PATENTES E INSPECCION MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA PROCESO DE OTORGAMIENTO Y RENOVACION DE PATENTES DE ALCOHOLES DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS NORMAS GENERALES El Otorgamiento,

Más detalles

CUOTAS PARA EL PAGO DE DERECHOS Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre del 2010.

CUOTAS PARA EL PAGO DE DERECHOS Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre del 2010. CUOTAS PARA EL PAGO DE DERECHOS 1 2011 Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre del 2010. INAH- 00-001 Autorización de toma fotográfica, filmación y/o videograbación con equipo especial y /o

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL Nº 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORNANZA FISCAL Nº 5 ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1º.- HECHO IMPONIBLE: 1.- El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica es un impuesto directo que

Más detalles

I. Municipalidad de Punta Arenas Departamento de Inspecciones

I. Municipalidad de Punta Arenas Departamento de Inspecciones Hoy se decretó lo que sigue, ORD.: NUM. 523 / PUNTA ARENAS, Febrero 21 de 1994 NUM: 214.- (SECCION B ).- VISTOS: El Decreto Alcaldicio Sección B Nº 126 de fecha 31 de Enero de 1994, por el cual se designa

Más detalles

LO PRADO, * f - \..- *...,.., TITU LOI

LO PRADO, * f - \..- *...,.., TITU LOI DECRETO Nc MAT. : APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA SOBRE COBRO DE DERECHOS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCIÓN DE BASURA. LO PRADO, * f - \..- *...,.., LA ALCALDÍA DECRETO HOY: VISTOS TENIENDO

Más detalles

SOLICITUD DE MODIFICACION DE RAZON SOCIAL

SOLICITUD DE MODIFICACION DE RAZON SOCIAL REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR INGRESO: / DEPTO. RENTAS MUNICIPALES FECHA: / SOLICITUD DE MODIFICACION DE RAZON SOCIAL SOLICITA CAMBIO DE NOMBRE DE LA(S) SIGUIENTE(S) PATENTE(S): ROL:

Más detalles

DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO

DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO El Departamento de Tránsito y Transporte Público, tiene como Misión la Planificación, Gestión y Administración del sistema de transporte de la comuna de Quillota,

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PATENTES MUNICIPALES DE ALCOHOLES

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PATENTES MUNICIPALES DE ALCOHOLES MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PATENTES MUNICIPALES DE ALCOHOLES 1.0 OBJETIVO El presente tiene por objeto regular un procedimiento uniforme, que sea eficiente y eficaz, para el otorgamiento,

Más detalles

Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN LA VÍA PÚBLICA REGULADO POR PARQUÍMETROS EN TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Artículo 1. Normativa aplicable. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este Municipio: A) Por las

Más detalles

ARTÍCULO 2. Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal.

ARTÍCULO 2. Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal. T-15 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, VELADORES Y ELEMENTOS ANÁLOGOS, PUESTOS Y BARRACAS DE FERIA Y QUIOSCOS ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso

Más detalles

Bases de Licitación Proyecto de Concesión: Aeropuerto Carriel Sur de Concepción

Bases de Licitación Proyecto de Concesión: Aeropuerto Carriel Sur de Concepción Bases de Licitación Proyecto de Concesión: Aeropuerto Carriel Sur de Concepción Diciembre de 2015 TABLA DE CONTENIDOS 1. BASES ADMINISTRATIVAS... 3 1.1. INTRODUCCIÓN... 3 1.2. ANTECEDENTES GENERALES...

Más detalles

ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS CONCEPCIÓN, 16 de diciembre de 2002.- Nº 5 / V I S T O S : la necesidad de contar con un texto actualizado de las normas sobre monto y cobro de derechos municipales por concesiones, permisos y servicios;

Más detalles

Tarifa (salarios mínimos) Licencias, Permisos, Autorizaciones y Refrendos para la instalación de Anuncios, Carteles y Publicidad en General

Tarifa (salarios mínimos) Licencias, Permisos, Autorizaciones y Refrendos para la instalación de Anuncios, Carteles y Publicidad en General Unidad Licencias, Permisos, Autorizaciones y Refrendos para la instalación de Anuncios, Carteles y Publicidad en General I.- Anuncios temporales a) Volantes Millar 2.00 b) Póster Millar 15.80 c) Cartel

Más detalles

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLLA - CUSCO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLLA - CUSCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLLA - CUSCO - 2008 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) UNIDAD ORGANICA: UIT REFERENCIAL 3,500 No. DENOMINACION Costo de CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO PARA EL RECICLAJE TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, COMPOSICIÓN DEL FONDO Y PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ELEGIBLES

REGLAMENTO DEL FONDO PARA EL RECICLAJE TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, COMPOSICIÓN DEL FONDO Y PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ELEGIBLES REGLAMENTO DEL FONDO PARA EL RECICLAJE TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, COMPOSICIÓN DEL FONDO Y PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ELEGIBLES Artículo 1.- El fondo para el reciclaje tiene por objeto financiar total

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES

MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE OFICINA DE TRANSITO Y PATENTES DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES Este Departamento es atendido por su Directora de Transito y Patentes, Doña María Deysi Pérez González y dos

Más detalles

TARIFA DE ASEO Resumen determinación de tarifa. 17/10/2014 Municipalidad de Recoleta dzuniga

TARIFA DE ASEO Resumen determinación de tarifa. 17/10/2014 Municipalidad de Recoleta dzuniga TARIFA DE ASEO 2015 Resumen determinación de tarifa 17/10/2014 Municipalidad de Recoleta dzuniga ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 4 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 50 PARA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6º, 7º, 8º Y 9º DEL

Más detalles

SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 30/04/2014

SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 30/04/2014 Fecha: 3/6/214 1:25 (ocarrasc) 1 3 C x C Tributos sobre el uso de bienes y la realización de actividades 3.1 Patentes y Tasas por Derechos SITUACION PRESUPUESTARIA DE INGRESOS AL 3/4/214. Deudores Presupuestarios

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION. ORDENANZA FISCAL NÚMERO NUEVE REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, TRATAMIENTO Y ELIMINACION. Artículo 1º. - Fundamento y Naturaleza. En uso de

Más detalles

CUADRO RESUMEN SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS VIGENTES QUE OTORGAN LAS DONACIONES

CUADRO RESUMEN SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS VIGENTES QUE OTORGAN LAS DONACIONES 1. Contribuyentes Donantes Beneficiarios 2. Contribuyentes Donantes No Beneficiados 3. Personas e Instituciones Donatarias CUADRO RESUMEN SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS VIGENTES QUE OTORGAN LAS DONACIONES

Más detalles

Información general. Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs. Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs.

Información general. Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs. Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs. Información general La misión de la Unidad de Rentas, es velar por el cumplimiento de las leyes y normas que las regulan. Además nuestro departamento es el encargado de la emisión de los permisos de circulación,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PUBLICA PARA APARCAMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE. Artículo 1.- Fundamento y naturaleza En uso de

Más detalles

SÁBADO 6 DE DICIEMBRE DE 2014 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN II

SÁBADO 6 DE DICIEMBRE DE 2014 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN II SÁBADO 6 DE DICIEMBRE DE 2014 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X X 49 SECCIÓN II 3 AVISO Al margen un sello que dice: Amacueca. Atmo-Cuetpan. Agua que vuelve. Sistema de Agua Potable, Alcantarillado

Más detalles

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PATENTES COMERCIALES Av. Dorsal 1904, 2 piso - Teléfono 56 22 828 6341 42-43 Asesoría, tramitación y autorización de patente comercial, permiso para el desarrollo de

Más detalles

GUIA DE TRAMITES PARA LICENCIAS DE CONDUCIR Dirección de Tránsito

GUIA DE TRAMITES PARA LICENCIAS DE CONDUCIR Dirección de Tránsito www.puertomonttchile.cl GUIA DE TRAMITES Dirección de Tránsito UBICACIÓN: Calle El Teniente 65, Barrio Industrial TELEFONO SECRETARIA DE TRANSITO: 261887 271787 FAX HORARIO DE ATENCIÓN DE PUBLICO: De Lunes

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA

REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA ORDENANZA FISCAL Nº 8 REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA I. FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA. Artículo 1º. En uso de las facultades concedidas por el artículo

Más detalles

BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CORESAM SEPTIEMBRE DE 2016 EDUCACIÓN + ADMINISTRACIÓN CENTRAL (moneda nacional-miles de pesos)

BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CORESAM SEPTIEMBRE DE 2016 EDUCACIÓN + ADMINISTRACIÓN CENTRAL (moneda nacional-miles de pesos) BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CORESAM SEPTIEMBRE DE 2016 EDUCACIÓN + ADMINISTRACIÓN CENTRAL (moneda nacional-miles de pesos) CODIGO CUENTA NOMBRE CUENTA CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO PRESUPUESTO INICIAL

Más detalles

Requerimiento de usuario.

Requerimiento de usuario. Requerimiento de usuario. Ingreso oficina de partes municipalidad. Se deriva a dirección de obras. Revisión de antecedentes presentado de acuerdo a OGU y C (plazo 30 días y 15 si viene con informe de revisor

Más detalles