DOSSIER INFORMACIÓN GENERAL
|
|
|
- Samuel Rojo Medina
- hace 10 años
- Vistas:
Transcripción
1 DOSSIER INFORMACIÓN GENERAL Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
2 QUÉ ES LA DEPENDENCIA? Es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal. PRESENTACIÓN DE LA LEY La ley 39/2006, de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia tiene como objetivo configurar el sistema de autonomía y atención a la dependencia. Establece una serie de prestaciones y un catálogo de servicios. Resaltamos como contenido esencial el catálogo de servicios y las prestaciones económicas: SERVICIOS Servicio de Prevención de las situaciones de dependencia (Programa Zainduz) Servicio de Teleasistencia Servicio de ayuda a domicilio Servicio de centros de día y centros de noche Servicio de Atención Residencial, tanto en estancia permanente como temporal Para acceder a estos servicios se abonará un precio público calculado en función de la capacidad económica de la persona usuaria determinada en función de la renta y el patrimonio. En ningún caso el precio público que corresponda abonar a la persona usuaria podrá superar el 90% del precio de coste.
3 A través del programa Zainduz, varios ayuntamientos de nuestro territorio histórico, disponen de servicios de apoyo al familiar cuidador (información, orientación, formación, apoyo psicológico ). En Bilbao es quien ofrece estos servicios. En breve se publicará la legislación que regula el nuevo acuerdo sobre el copago que permitirá conocer las condiciones económicas de acceso a los servicios y prestaciones recogidos en la ley PRESTACIONES Establece tres tipos de prestaciones 1 PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA AL SERVICIO FORAL RESIDENCIAL PARA PERSONAS DEPENDIENTES Es una prestación destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención prestada en un centro residencial privado, tanto en estancia permanente como temporal. Está prestación tiene carácter periódico y se reconocerá solo cuando no sea posible el acceso al servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes o a un centro integrado en un servicio foral residencial destinado a personas con discapacidad. La cuantía de la prestación dependerá de: Grado y nivel de dependencia La capacidad económica de la persona beneficiaria La unidad de convivencia en su caso
4 Las cuantías máximas previstas de las prestaciones económicas vinculadas al servicio por grado y nivel para el año Cada año se actualizaran de acuerdo al I IPC de la CAPV. Grado III, nivel 2 833,96 euros Grado III, nivel 1 625,47 euros Grado II, nivel 2.462,18 euros Grado II, nivel ,20 euros Grado I nivel ,00 euros Para el cálculo del importe correspondiente se tendrá en cuenta la capacidad económica personal diaria o, en su caso, la capacidad económica per cápita diaria de la unidad de convivencia. En cualquier caso, ninguna persona beneficiaria podrá percibir una prestación económica vinculada al servicio por importe inferior al 40% del importe máximo correspondiente al grado y nivel de dependencia que tuviera reconocido. Cantidades mínimas garantizadas, en caso de que la capacidad económica supere el baremo económico establecido para el año Cada año se actualizaran de acuerdo al I IPC de la CAPV. Grado III, nivel 2 333,58 euros Grado III, nivel 1 250,18 euros Grado II, nivel 2.184,87 euros Grado II, nivel ,48 euros Grado I, nivel 2 120,00 euros 2 PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR Y APOYO A CUIDADORES NO PROFESIONALES. (Prestación económica al cuidador) Excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar se reconocerá una prestación económica para cuidados familiares. El
5 cuidador deberá ajustarse a las normas sobre afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social. Según el Decreto Foral 98/2007, de 19 de junio, las condiciones para acceder a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar son las siguientes: a) Que los cuidados que se deriven de su situación de dependencia se estén prestando en el domicilio habitual de la persona dependiente. b) Que la atención y cuidados que ha de prestar el cuidador y su formación, se adecuen a las necesidades de la persona dependiente en función de su grado y nivel de dependencia. c) Que se den las condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda para el desarrollo de los cuidados necesarios. d) Que el programa Individual de Atención determine esta prestación. e) Residir legalmente en territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales deben inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud f) Estar empadronada en el Territorio Histórico de Bizkaia. Los requisitos que debe cumplir el cuidador familiar para recibir esta prestación económica son los siguientes: a) Ser mayor de 18 años b) Residir legalmente en el Estado español. c) Ser cónyuge y/o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco. d) Convivir con la persona beneficiaria. e) Emigrantes retornados f) Reunir las condiciones de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social en la forma reglamentaria establecida. El importe de la prestación para el año 2011, según el grado de dependencia reconocido se establece en: Grado III, nivel 2 520,69 euros Grado III, nivel 1 416,98 euros
6 Grado II, nivel 2.337,25 euros Grado II, nivel ,90 euros Grado I nivel 2.180,00 euros Estas cuantías serán actualizadas anualmente como mínimo conforme al incremento del índice de Precios al Consumo (IPC). La ley también recoge que se deducirán las siguientes prestaciones, en caso de que la persona beneficiaria las estuviera percibiendo: El complemento de gran invalidez El complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 75%. El complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva. El subsidio por ayuda de tercera persona previsto en la LISMI. Esta prestación es incompatible con el resto de servicios y prestaciones que recoge la ley a excepción del servicio de teleasistencia y las estancias temporales en residencia. Si nos conceden esta prestación no tendremos derecho al servicio de ayuda a domicilio ni al centro de día. No obstante lo anterior, podrá ser compatible con los servicios y prestaciones de la ley si así se determina reglamentariamente 3 PRESTACIÓN DE ASISTENCIA PERSONALIZADA. Se trata de la concesión de una ayuda económica para la contratación de los servicios de un asistente personal, durante un número de horas que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria. Según el Decreto Foral 99/2007, de 19 de junio, las condiciones para acceder a la prestación económica de asistencia personal son: a) Además de haber sido valorado en el grado de gran dependencia, tener capacidad para determinar los servicios que requiere, ejercer su control e impartir personalmente instrucciones al asistente personal de cómo llevarlos a cabo.
7 b) Que el Programa individual de Atención determine la adecuación de esta prestación. c) Que la persona beneficiaria esté desarrollando actividades dentro del ámbito educativo y/o laboral. d) Residir legalmente en territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. e) Emigrantes retornados f) Estar empadronada en Bizkaia. Los requisitos que debe reunir el asistente personal son los siguientes: a) Ser mayor de 18 años b) Residir legalmente en el Estado Español c) Cumplir con las obligaciones establecidas en materia de Seguridad Social para los/las cuidadores/as profesionales. d) Ser persona idónea para prestar los servicios derivados de la asistencia personal. e) No ser cónyuge y/o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco de la persona beneficiaria. El importe de la prestación para el año 2011, según el grado de dependencia reconocido se establece en: Grado III, nivel ,96 euros Grado III, nivel ,47 euros Estas cuantías serán actualizadas anualmente como mínimo conforme al incremento del índice de Precios al Consumo (IPC). La prestación de asistencia personal solamente podrán percibirla las personas con Gran Dependencia. No está previsto que puedan acceder a la misma las personas valoradas con menor grado y nivel. La ley también regula que se deducirán las siguientes prestaciones, en caso de que la persona beneficiaria las estuviera percibiendo:
8 El complemento de gran invalidez El complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 75%. El complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva. El subsidio por ayuda de tercera persona previsto en la LISMI. Esta prestación es incompatible con el resto de servicios y prestaciones que recoge la ley a excepción del servicio de teleasistencia y las estancias temporales en residencia. No obstante lo anterior, podrá ser compatible con los servicios y prestaciones de la ley si así se determina reglamentariamente. Qué tengo que hacer para beneficiarme de la ley? Solicitud de la valoración del grado de dependencia Para poder beneficiarse de los servicios y/o prestaciones de la ley es necesario que la persona interesada sea reconocida oficialmente como persona dependiente en el grado y nivel que corresponda. Por ello, lo primero que se debe hacer es solicitar la valoración del grado de dependencia. Dónde solicitar la valoración Se debe solicitar la valoración al servicio social de base del ayuntamiento correspondiente a su domicilio. Las personas interesadas o sus representantes deben pasar por este servicio para recoger los impresos normalizados y la lista de la documentación que deberán entregar posteriormente. Es importante que cojan a su vez una cita para entregar toda la documentación requerida. Quién realiza la valoración Un equipo de profesionales de la Diputación Foral de Bizkaia realizará la evaluación fijando el grado y nivel de dependencia. El equipo deberá desplazarse al entorno habitual donde viva la persona para realizar la valoración.
9 Cómo se realiza la valoración El equipo de profesionales utiliza el BVD (Baremo Estatal) para realizar la valoración. Se trata de la herramienta de valoración oficial utilizada en todas las Comunidades Autónomas del Estado Este instrumento de valoración evaluará diferentes tipos de actividades básicas de la vida diaria que la persona solicitante realiza con dificultad ( comer y beber, lavarse, vestirse, desplazarse dentro y fuera del hogar, asearse ) En función de los puntos obtenidos, la situación de dependencia se clasificará en el grado y nivel correspondiente. Tabla de clasificación de grados y niveles de dependencia PUNTOS GRADO NIVEL Año de aplicación GRADO I NIVEL (Dependencia moderada) NIVEL GRADO II NIVEL (Dependencia Severa) NIVEL NIVEL GRADO III (Grandes Dependientes) NIVEL Para poder acceder a los servicios y/o prestaciones económicas es necesario encontrarse dentro del calendario de aplicación de la ley.
10 A tener en cuenta El baremo que se aplica es diferente en función de la edad. Además existe un baremo específico para discapacitados intelectuales y enfermos mentales. Las personas menores de tres años serán valorados la EVE (Escala de Valoración específica de dependencia para personas menores de tres años). Ya tengo la valoración y ahora qué? Elaboración del Programa Individual de Atención Una vez se resuelva el grado y nivel de dependencia, la Diputación, junto con la familia, elaborará un PIA (Programa Individual de Atención). Este programa determinará las modalidades de intervención más adecuadas a sus necesidades de entre los servicios y prestaciones económicas previstas en la resolución para su grado y nivel. Previamente, al solicitar la valoración, la persona beneficiaria o el familiar que le represente, habrá marcado una o varias opciones como deseables para dar respuesta a las necesidades generadas por la situación de dependencia (centro de día, servicio de ayuda a domicilio, teleasistencia, prestación económica en favor de familiares ). Puede suceder que no siempre coincida la resolución con la opción que se marcó en la solicitud. En cualquier caso, la resolución estará fundamentada en el estudio sociosanitario del caso individual realizado por diferentes profesionales y cada persona beneficiaria tendrá plena libertad para aceptarlas o no en las condiciones que regule la normativa específica. La ley recoge el derecho a impugnar judicialmente la resolución adoptada desde la administración. Contra la orden foral resolutoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa en el lugar y plazo correspondiente.
11 Podrán acceder: A servicios como: - Centros de día/noche - Teleasistencia - Atención residencial - Ayuda a domicilio A prestaciones económicas: - Por cuidados en el entorno familiar. - Prestación para la contratación de un asistente personal - Qué hacer en caso de no estar de acuerdo con el grado reconocido? En caso de no estar de acuerdo se podrá presentar un recurso administrativo en Diputación, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. También existe la posibilidad de interponer un recurso Contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, tras la notificación del recurso o tras la orden foral resolutoria del recurso de reposición interpuesto contra la misma. Otros aspectos de la Ley de Dependecia CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR Gobierno vasco a través del Decreto 118/2007, de 17 de julio, entre otras, regula las ayudas a personas trabajadoras que se acojan a excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de familiares en situación de dependencia. El decreto recoge que se subvencionarán aquellas excedencias y reducciones de jornada que supongan una reducción efectiva en la remuneración de las personas trabajadoras acogidas a las mismas. Para más información puede consultarse el Boletín Oficial del País Vasco nº 144 del viernes 27 de julio de 2007 o contactar con el teléfono de información de Gobierno Vasco: ; (Delegación territorial de Bizkaia).
12 TELÉFONOS DE INTERÉS Más información: Teléfono de información sobre la ley de dependencia de la Diputación Foral de Bizkaia: Teléfono estatal de información sobre la ley: También se puede acudir al servicio social de base del ayuntamiento correspondiente o contactar con. Tfno:
GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN II: AYUDAS ECONÓMICAS A
GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN II: AYUDAS ECONÓMICAS A LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y A LA PROMOCIÓN
SERVICIOS Y PRESTACIONES DEL GRADO I DE DEPENDENCIA
SERVICIOS Y PRESTACIONES DEL GRADO I DE CALENDARIO DE ENTRADA EN VIGOR GRAN SEVERA SEVERA MODERADA MODERADA GRADO III NIVEL 2 NIVEL 1 GRADO II NIVEL 2 GRADO II NIVEL 1 GRADO I GRADO I NIVEL 2 NIVEL 1 01/01/07
II.- RECONOCIMINIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. III.- VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
I.- QUÉ ES LA DEPENDENCIA. II.- RECONOCIMINIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. III.- VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. IV.- GRADOS Y NIVELES DE DEPENDENCIA. V.- CALENDARIO DE ACCESO A LAS PRESTACIONES
PROGRAMA DE SOPORTES PARA LA AUTONOMÍA
PROGRAMA DE SOPORTES PARA LA AUTONOMÍA Está integrado por aquellos servicios que, de manera estable, suplen las carencias de quien los requiere con el objetivo de mejorar su autonomía y calidad de vida.
EN LA COMUNIDAD DE MADRID
ORDEN 2176/2007, de 6 de noviembre, RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID (Orden del Gobierno de Madrid) PREGUNTAS MÁS FRECUENTES EN LA APLICACIÓN DE LA ORDEN DEL RECONOCIMIENTO
http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...
Página 1 de 6 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de INVALIDEZ. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede
Un nuevo derecho acompaña a todos los españoles
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES GABINETE DE COMUNICACIÓN Un nuevo derecho acompaña a todos los españoles Enero 2007 INDICE 1- La Ley de Dependencia: un nuevo derecho 2- Calendario de implantación
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ
IMSERSO DISCAPACIDAD PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ 1. Normativa y requisitos 2. Actualización de las pensiones para 2003 3. Regularización para los ya pensionistas en 2002 y revisión de las pensiones
ASPECTOS SOCIALES EN LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS
ASPECTOS SOCIALES EN LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS Begoña López Viagel, Trabajadora Social Colaboradora de AFALcontigo Directora del área Social y Asistencial y Gerente de Gerosol Asistencia
MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano)
RCL 2007\951 Legislación (Disposición Vigente a 2/10/2008) Real Decreto 615/2007, de 11 mayo MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm.
ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES
ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES Pensiones no contributivas Conceptos y definiciones Elaboración y edición: Instituto Canario de Estadística
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA. I.- CONCEPTO Artículo 1. Se establecen los precios públicos
NORMATIVA DE LA ASISTENCIA PERSONAL EN MADRID
NORMATIVA DE LA ASISTENCIA PERSONAL EN MADRID Vía de acceso Normativa Objeto Requisitos a cumplir por el beneficiario Requisitos a cumplir por el AP Órganos competentes Procedimiento MADRID Ley 39/2006,
comisiones obreras de oviedo unión comarcal comisiones obreres d uviéu xunta comarcal
PREGUNTAS Y RESPUESTAS BÁSICAS POSIBLES A DÍA DE HOY SOBRE LA LEY DE LA DEPENDENCIA Introducción La Ley 39/2006,de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación
FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS
FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS PNC. Prestaciones no contributivas. a) Fuentes de información: Los datos relativos a pensiones no contributivas y prestaciones económicas para personas con discapacidad son
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA. I.- CONCEPTO Artículo 1.- Se establecen los precios públicos por la
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA
16621 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 11 de junio de 2010 por la que se hacen públicos los criterios para la determinación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la prestación económica
DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALES
I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALES Diputación Foral de Álava Decreto Foral 39/2014, del Consejo de Diputados de 1 de
Documento Resumen LEY DE DEPENDENCIA
Documento Resumen LEY DE DEPENDENCIA Se ha creado esta ley como una nueva modalidad de protección social, que amplia y complementa la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social ya
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de
========================================= La Ley de Dependencia: un nuevo derecho
GUIA BREVE DE LA LEY DE DEPENDENCIA 1- La Ley de Dependencia: un nuevo derecho 2- Calendario de implantación 3- Qué deben hacer los ciudadanos para recibir los servicios? 4- Valoración y reconocimiento
ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 29 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LOS CENTROS DE DIA.
ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 29 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LOS CENTROS DE DIA. I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-Objeto Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto
CARTERA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA: EL MODELO ESPAÑOL
CARTERA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA: EL MODELO ESPAÑOL Seminario sobre Políticas públicas de atención a personas mayores dependientes. Hacia un sistema integral de cuidados. Cartagena de
1. Quién puede solicitar estas becas y qué requisitos generales deben reunir?
PREGUNTAS FRECUENTES Convocatoria de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-2013, para estudiantes de enseñanzas universitarias 1. Quién puede solicitar estas becas y qué
Reforma de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
NOTA INTERNA 06/12 Reforma de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia 20/07/2012 Tras la publicación en el BOE el pasado 14 de julio del Real
Juan María Aburto Consejero de Empleo y Políticas Sociales
PAÍS VASCO Juan María Aburto Consejero de Empleo y Políticas Sociales En el País Vasco, a diferencia del resto de comunidades autónomas, la competencia del desarrollo y la aplicación de la Ley de Dependencia
GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y
GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA LEGISLACIÓN DE LA SEGURIDAD
http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...
Página 1 de 5 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de JUBILACIÓN. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede
Prestaciones no contributivas. (Pensiones no contributivas, asistenciales y prestaciones para personas con discapacidad).
www.aragon.es/iaest Instituto Aragonés de Estadística / Trabajo, Salarios y Relaciones Laborales / Prestaciones por desempleo y otras / Pensiones Instituto Aragonés de Estadística / Nivel, Calidad y Condiciones
III.- RENTA DE REFERENCIA PARA EL CÁLCULO DE LA APORTACIÓN DEL USUARIO AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, SERVICIO DE LAVANDERIA, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I.- CONCEPTO Artículo 1.- Se establecen
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. I.- FUNDAMENTACIÓN Artículo 1- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto
PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fuente: Carlota Perdomo.- Abogado [email protected] INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA INVALIDEZ PERMANENTE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO
Simuladores de cálculo. Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida
Simuladores de cálculo Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida Año 2014 INICIO TOMA DE DATOS: OBJETIVO DEL SIMULADOR: Determinar
AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Orden de 3 de Marzo de 2.015, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión en régimen
ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I.
247 ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I. CONCEPTO Artículo 1. Se establecen los precios públicos por
MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes Qué es el mínimo exento de cotización para la contratación indefinida? El mínimo exento de cotización es un beneficio en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, SERVICIOS DESTINADOS A LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN DURANTE EL AÑO 2008.
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, SERVICIOS DESTINADOS A LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN DURANTE EL AÑO 2008. Bilbao, 10 de febrero de 2009. LEY DEPENDENCIA EN BIZKAIA Durante el año 2008, han sido 14 mil las
MEMORIA BÁSICA DEL PROYECTO
MEMORIA BÁSICA DEL PROYECTO La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia viene a dar respuesta a uno de los retos más
PRESTACIONES EN ESPAÑA
PRESTACIONES EN ESPAÑA A) PRESTACIONES DE JUBILACION Y VEJEZ 1.-PENSIONES DE JUBILACION CONTRIBUTIVAS Tienen derecho a un a pensión de jubilación contributiva las personas afiliadas que reúnan las condiciones
PRESTACIONES ECONOMICAS A FAVOR DE MENORES, MAYORES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACION DE DEPENDENCIA.
PRESTACIONES ECONOMICAS A FAVOR DE MENORES, MAYORES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACION DE DEPENDENCIA. NORMAS COMUNES Y DEFINICION Se trata de prestaciones económicas individuales directas dirigidas
M.I. Ayuntamiento de la Villa de SÁDABA
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. PREÁMBULO Desde la creación del Servicio Social de Base y a través de este, se han detectado en el Municipio necesidades sociales
PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Informe 4/2003 sobre la situación de las personas con discapacidad en España - Consejo Económico y Social) INTRODUCCIÓN Las personas que sufren algún
Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.
Formación Formación Profesional Dual y el aprendizaje_ Ventajas para la empresa y el trabajador Esta modalidad contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y
BAREMO 2007. Cuantías de las indemnizaciones en accidentes de circulación
BAREMO 2007. Cuantías de las indemnizaciones en accidentes de circulación El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real
Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones.
Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones. La Seguridad Social es el sistema público por el que el Estado se encarga de proteger a los ciudadanos en determinadas situaciones que precisan asistencia
Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD
Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema
NOVEDADES LEGISLATIVAS
NOVEDADES LEGISLATIVAS Prestaciones Familiares 2014. Cuantías actualizadas por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014. Nº 4/2014 PRESTACIONES FAMILIARES CONTRIBUTIVAS
ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com
APROBADA LA NUEVA TARIFA PLANA EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES INDEFINIDOS Con efectos desde el pasado 25 de febrero de 2014, las empresas y autónomos
1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013
1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.1 OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO Se fija una tasa de reposición de efectivos como límite del 10% en las Administraciones públicas
Pensión de Invalidez
Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23 Jueves 27 de enero de 2011 Sec. III. Pág. 8884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1494 Resolución de 20 de enero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de
GUIA PRÁCTICA para las FAMILIAS. de Personas con Discapacidad Intelectual
Dirección Provincial GRANADA LEY 39/2006 DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMIA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA GUIA PRÁCTICA para las FAMILIAS de Personas con Discapacidad Intelectual
NORMATIVA DE LA ASISTENCIA PERSONAL EN CATALUÑA
NORMATIVA DE LA ASISTENCIA PERSONAL EN CATALUÑA Vía de acceso Normativa Objeto Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31 Lunes 6 de febrero de 2012 Sec. III. Pág. 10394 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 1780 Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de Seguros y Fondos
a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:
CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento
EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ENFERMERA POR CUENTA AJENA
EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ENFERMERA POR CUENTA AJENA Distintos regímenes jurídicos: personal laboral, funcionario y estatutario Nº12 CECOVA Colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia ÍNDICE
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales Qué son? Accidente de trabajo: accidente sufrido por un trabajador en el
CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN
CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN C/ Veneras nº 9, 3º Dcha. 28013 MADRID [email protected] www.csica.es // Permiso de maternidad El Estatuto de
COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES
DEFINICIÓN Constituye un tipo de sociedad, con regulación propia, en la que el protagonismo corresponde a sus socios trabajadores, por delante de la participación que posean en el capital de la misma.
PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,
CIRCULAR NÚMERO 78 PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO MINUSVÁLIDO
CIRCULAR NÚMERO 78 PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO MINUSVÁLIDO I. CONSIDERACIONES ES 1. Justificación La Disposición Adicional Novena de la Ley 31/1991 estableció las prestaciones familiares por hijo a cargo
ESTRUCTURA DE CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE CAMPOS DEL RÍO:
ESTRUCTURA DE CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE CAMPOS DEL RÍO: - 1 Trabajadora Social. - 1 Trabajadora Social de Atención a la Dependencia. ½ Jornada. - 1 Psicóloga. - 1 Auxiliar de Ayuda a Domicilio. -
Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo
Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono
FISCALES EN EL IRPF. asociación de personas con discapacidad física de álava. arabako gutxitasun fisikoa duten pertsonen elkartea
G U Í A e s p e c i a l i d a d e s FISCALES EN EL IRPF asociación de personas con discapacidad física de álava arabako gutxitasun fisikoa duten pertsonen elkartea Qué especialidades fiscales existen para
1.2. Servicios a través de prestaciones económicas: Prestación económica de asistencia personal.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA ESTABLECIDAS EN LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y
SERVICIOS SOCIALES. Personas mayores. Infancia y adolescencia. DATOS BÁSICOS DE ARAGÓN Instituto Aragonés de Estadística
Personas mayores Plazas en residencias y centros de día para la tercera edad. Aragón. A 1 de abril de 2015. Total de plazas en residencias de tercera edad 17.304 Propias del Instituto Aragonés de Servicios
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
BASES DEL CONCURSO GENERAL DE BECAS BONO-LIBRO PARA EDUCACIÓN INFANTIL 2º CICLO.
BASES DEL CONCURSO GENERAL DE BECAS BONO-LIBRO PARA EDUCACIÓN INFANTIL 2º CICLO. INDICE 1.- Presentación de la Convocatoria. 2.- Bases Reguladoras del Concurso General de Becas y Ayudas. 3.- Requisitos
NUEVAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
El día 8 de Noviembre el Gobierno de Canarias aprobó la propuesta de ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE CANARIAS Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES PRESENTES EN LA MESA GENERAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE CANARIAS
PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN
PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN En Suiza existen dos seguros que pueden ofrecer prestaciones de jubilación: el Seguro de Vejez y Supervivencia y el Sistema de Fondos de Pensiones o Previsión
NR CHF 01/2015, DE BECAS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO RESIDENCIA DE ESTUDIANTES ANTONIO GISTAU
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En las Jornadas de Luanco celebradas en 2.014 y en las recientes de 2.015, se analizó y debatió, entre otros asuntos, sobre el presente y el previsible futuro de la educación que,
CURSO: TELEASISTENCIA II: HERRAMIENTAS DE TRABAJO
CURSO: TELEASISTENCIA II: HERRAMIENTAS DE TRABAJO Bloque 1: Servicio de Teleasistencia 1.1. Objetivos del servicio 1.2. Las actuaciones que ofrece el servicio 1.3. El horario del servicio 1.4. Requisitos
SEGURO PARA AUTÓNOMOS
SEGURO PARA AUTÓNOMOS El Autónomo concentra multitud de riesgos, nosotros le ofrecemos un amplio abanico de opciones para cubrir las necesidades que tiene tanto en la figura de Particular como la de Empresario.
TAMBIÉN EXISTEN RECURSOS DESTINADOS A LOS CUIDADORES, QUE UNA DE SUS FINALIDADES ES CUIDAR AL CUIDADOR.
Los objetivos de este curso han sido proporcionarles información de su interés sobre cómo acceder a los recursos sociosanitarios, a quién dirigirse o a qué servicios se debe acudir para poder solicitarlos,
CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS
CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA TRAS EL INGRESO DE BULGARIA Y RUMANÍA EN LA UNIÓN EUROPEA EL 1 DE ENERO DE 2007. Internet: www.mtas.es http://extranjeros.mtas.es/
ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016
Colectivos 1.1 y 1.2: del 23 de junio al 3 de julio inclusive Resto colectivos: desde 27 de mayo al 8 de junio, ambos inclusive Solicitudes Formas de presentación ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES
BUSCA FAMILIAS DE ACOGIDA DE BIZKAIA CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2012
BUSCA FAMILIAS DE ACOGIDA DE BIZKAIA CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2012 Hay muchos niños y niñas que ESPERAN TU AYUDA En Bizkaia hay muchos niños y niñas que viven con familias de acogida. Lo deseable
Guía de Venta Seguro de Dependencia
Guía de Venta Seguro de Dependencia Índice Cómo puede ayudarte a vender esta guía? Información básica sobre la Ley de Dependencia Los perfiles y necesidades de los clientes Argumentario de venta El seguro
actualización pensiones 2015 Pensiones actualización
Pensiones actualización 2015 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS 2015 (cuantías máximas) (*) TIPO DE PENSIÓN REQUISITOS CUANTÍA COMPATIBILIDAD INVALIDEZ (1) Mayor 18 años > 65% de disminución. Ver límite de recursos.
Indice 0. INTRODUCCIÓN...4 1. OBJETO DE LA LEY... 6. 2. QUÉ ES DEPENDENCIA SEGÚN LA LEY... 6 3. QUÉ SON LAS ACTIVIDADES BÁSICAS DE LA VIDA DIARIA...
Indice 0. INTRODUCCIÓN...4 1. OBJETO DE LA LEY... 6. 2. QUÉ ES DEPENDENCIA SEGÚN LA LEY... 6 3. QUÉ SON LAS ACTIVIDADES BÁSICAS DE LA VIDA DIARIA... 6 4. GRADOS Y NIVELES DE DEPENDENCIA...6 5. CONDICIONES
I. Principado de Asturias
núm. 151 de 1-VII-2013 1/15 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Bienestar Social y Vivienda Resolución de 28 de junio de 2013, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda,
Concejalía de Salud, Familia y Servicios Sociales. Concejalía de Salud, Familia y Servicios Servicios Sociales Sociales
GUÍA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN SOCIAL PRIMARIA QUÉ PRESTACIONES SE OFERTAN EN EL CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES? PRESTACIONES TÉCNICAS. Son actos profesionales de información de los recursos sociales disponibles
Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV
PENSIONES ISSSTE Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV Existe Cesantía cuando el Trabajador queda privado de trabajo remunerado a partir de los sesenta años de edad o al cumplir 65 años de edad
