CIRCULAR NÚMERO 78 PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO MINUSVÁLIDO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CIRCULAR NÚMERO 78 PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO MINUSVÁLIDO"

Transcripción

1 CIRCULAR NÚMERO 78 PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO MINUSVÁLIDO I. CONSIDERACIONES ES 1. Justificación La Disposición Adicional Novena de la Ley 31/1991 estableció las prestaciones familiares por hijo a cargo en el Régimen Especial de los Funcionarios de la Administración de Justicia, determinando que las mismas se regirán por las normas contenidas para dichas prestaciones en la Ley General de la Seguridad Social y en las disposiciones dictadas en su desarrollo, y que su gestión corresponderá a la Mutualidad General Judicial, en el ámbito de su colectivo, cuando se trate de prestación por minusvalía. La regulación reglamentaria de esta prestación se llevó a cabo mediante el Real Decreto 356/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de prestaciones por hijo a cargo, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas. Para la implantación de la nueva prestación por hijo minusválido a cargo, la Mutualidad General Judicial aprobó la Circular número 48 ( Conversión de las ayudas a minusválidos físicos y psíquicos en prestaciones por hijo minusválido a cargo ), de 30 de enero de 1992, y revisó los expedientes de las prestaciones por minusvalía reconocidas al amparo de la normativa anterior, transformando de oficio las antiguas en la nueva prestación, en los casos de poseer las condiciones previstas para estas últimas, y manteniendo a extinguir aquellas que no han podido ser transformadas. En la normativa vigente de MUGEJU, la referencia genérica a dicha prestación se encuentra en el artículo 12 (Prestaciones),1,f) del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio. La referencia concreta a su régimen se halla en el artículo 21.3 de dicho texto legal, a tenor del cual las prestaciones por hijo a cargo minusválido se regirán por lo dispuesto en el Capítulo IX del Título II del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y su gestión corresponderá a la Mutualidad General Judicial. La Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, ha introducido diversas modificaciones en materia de acción protectora, procediendo por otra parte, a la reordenación de la regulación de las prestaciones familiares de la Seguridad Social. Su artículo 19.Tres modifica el Capítulo IX (Prestaciones Familiares) de la Ley General de La Seguridad Social. Aprovechando la Ley 8/2005, de 6 de junio, se ha eliminado la incompatibilidad establecida a partir del 1 de enero de 2004 entre la pensión de orfandad, en los supuestos de huérfano con 18 o más años e

2 incapacitado para todo trabajo, y la asignación económica por hijo a cargo, con la edad indicada y un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 (la Disposición adicional única de dicha Ley modifica el apartado 3 del artículo 189 de la Ley general de la Seguridad Social y deroga el Real Decreto 364/2004 ). Mediante el Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social, se efectúa el desarrollo reglamentario de las ayudas por hijo a cargo minusválido, derogándose el Real Decreto 356/1991. Como consecuencia de las modificaciones producidas, con posterioridad a la aprobación de la Circular número 48, en la normativa reguladora de la prestación por hijo a cargo minusválido, se hace necesario aprobar una nueva Circular sobre la materia, a fin de que en un solo texto se recoja, de forma sintética y sistematizada, la normativa legal y reglamentaria, y ello al objeto de que sirva de ayuda a la gestión y, al propio tiempo, constituya una fuente de información a la que puedan acceder con facilidad los mutualistas. 2. Normativa aplicable Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social. Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. II. NATURALEZA DE LA PRESTACIÓN La prestación consiste en una asignación económica por cada hijo o menor acogido a cargo, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación de éstos (biológico o adoptado), o menor acogido, en acogimiento familiar permanente o preadoptivo, en quienes concurran determinadas situaciones de discapacidad. III. CONCEPTO DE HIJO A CARGO 1. Se considera hijo a cargo a aquél que vive con el beneficiario y a sus expensas. No se pierde tal condición por el mero hecho de realizar un trabajo lucrativo, por cuenta propia o ajena, siempre que continúe conviviendo con el beneficiario de la prestación y que los ingresos anuales del causante (el hijo) no superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual. Se mantendrá tal condición aunque la afiliación del hijo o menor acogido como trabajador suponga su encuadramiento en un régimen de Seguridad Social distinto a aquél en el que esté afiliado el beneficiario de la prestación. 2

3 2. No rompe la convivencia entre padres e hijos la separación transitoria, motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento medico, rehabilitación y otras causas similares. 3. Se considera que el hijo o el menor acogido no está a cargo del beneficiario cuando sea perceptor de una pensión contributiva, a cargo de un régimen público de seguridad social, distinta de la pensión de orfandad o de la pensión a favor de familiares de nietos y hermanos IV. SUJETOS CAUSANTES, BENEFICIARIOS Y PERCEPTORES. 1. Causantes Los sujetos causantes de la prestación son los hijos o menores acogidos a cargo del beneficiario, afectados por minusvalías en los siguientes grados: a) Menores de 18 años, con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 b) Mayores de 18 años, con grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 c) Mayores de 18 años, con grado de minusvalía igual o superior al 75 por 100 y necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida. 2. Beneficiarios Son beneficiarios de la prestación: a) Quienes tengan a su cargo hijos o menores acogidos, afectados por minusvalías en los grados señalados. b) Los propios causantes en los siguientes supuestos: 1) Huérfanos de padre y madre, menores de 18 años con minusvalía igual o superior al 33 por 100, y mayores de 18 años con minusvalía igual o superior al 65 por 100. Igual criterio se seguirá en el supuesto de quienes no sean huérfanos y hayan sido abandonados por sus progenitores o adoptantes, siempre que no se encuentren en régimen de acogimiento familiar, permanente o preadoptivo. 2) Hijos mayores de 18 años que no hayan sido incapacitados judicialmente y conserven su capacidad de obrar. Salvo que se acredite la incapacitación judicial, se presumirá que el hijo minusválido mayor de 18 años conserva su capacidad de obrar. En los supuestos anteriores, el matrimonio del minusválido, con un grado igual o superior al 65 por ciento, no determinará la extinción del derecho a la asignación económica que viniera percibiendo. 3. Perceptores de la prestación 1. La ayuda se abonará al representante legal del menor o minusválido incapacitado judicial. En otro caso, al propio beneficiario. 3

4 2. En los casos de huérfanos de padre y madre o de quienes, no siendo huérfanos, hayan sido abandonados por sus padres, la prestación se hará efectiva a los representantes legales o a quienes tengan a su cargo al minusválido, en tanto cumplan con la obligación de mantenerlo y educarlo V. CUANTÍAS DE LA PRESTACIÓN 1. La cuantía de la asignación económica por cada hijo o menor acogido a cargo, vigente en cada momento, es la fijada en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social o en las normas que lo modifiquen. 2. Los importes de la prestación fijados para el año 2006 son los siguientes : a) Hijos menores de 18 años afectados por una minusvalía de grado igual o superior al 33 por 100: 581,66 euros anuales por hijo (48,47 euros mensuales). b) Hijos con 18 o más años afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 65 por 100: 3.618,60 euros anuales por hijo (301,55 euros mensuales). c) Hijos con 18 o más años afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 75 por 100 y necesidad del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida: 5.427,96 euros anuales (452,33 euros mensuales) VI. INCOMPATIBILIDADES 1. La percepción de las asignaciones económicas por hijo o acogido minusválido a cargo mayor de 18 años será incompatible con la condición, por parte del hijo, de pensionista de invalidez o jubilación en la modalidad no contributiva. Asimismo, es incompatible la percepción de estas ayudas con la condición, por parte del hijo minusválido, de beneficiario de las pensiones asistenciales de la Ley 45/60 o de los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda de tercera persona previstos en la LISMI (Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos). 2. Si concurren en el padre y en la madre las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios, el derecho a percibir la prestación solo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos. 3. La prestación es incompatible con la percepción por parte del padre o de la madre de cualquier otra prestación análoga establecida en los restantes regímenes públicos de protección social VII. COMUNICACIÓN DE DATOS Y VARIACIONES 1. Todo beneficiario está obligado a presentar ante la Mutualidad General Judicial, en el plazo de 30 días, contado desde la fecha en que se produzcan, una comunicación debidamente acreditada de cuantas variaciones hubieran tenido lugar en su situación que puedan suponer la modificación o extinción del 4

5 derecho a la asignación económica por hijo acogido a cargo minusválido. 2. Si, como consecuencia de las variaciones, se produce la extinción o reducción del derecho, las asignaciones mensuales o diferencias de más que, en su caso, se hubieran abonado tendrán la consideración de prestaciones indebidamente percibidas desde el día siguiente a aquél en que se hubieran debido producir los efectos económicos de la variación. VIII. EFECTOS ECONÓMICOS, NACIMIENTO, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL DERECHO. 1. Efectos iniciales. Nacimiento del derecho El reconocimiento del derecho a la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo minusválido surtirá efectos a partir del día primero del trimestre natural inmediatamente siguiente al de la presentación de la solicitud. 2. Modificación y extinción del derecho 1. El criterio anterior se aplicará en el supuesto de modificaciones en el contenido del derecho, que suponga un aumento en la cuantía de la asignación económica que se viniera percibiendo. 2. Cuando, como consecuencia de las variaciones a que se refiere el punto VII, deba producirse la extinción o reducción del derecho, aquellas no surtirán efectos hasta el último día del trimestre natural en el que se haya producido la variación de que se trate. 3. En el caso de extinción de la prestación por incompatibilidad con la pensión de invalidez o de jubilación, en su modalidad no contributiva, sus efectos económicos cesarán el último día del mes en que hubiera sido presentada la solicitud de pensión. IX. DETERMINACIÓN DEL GRADO DE MINUSVALÍA La determinación del grado de minusvalía y la necesidad por parte del minusválido de la necesidad de tercera persona está atribuido al órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma y a los Equipos de Valoración y orientación (EVO) del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en Ceuta y Melilla. X. GESTIÓN, SOLICITUDES Y RECONOCIMIENTO DEL DERECHO. La iniciación del procedimiento para el reconocimiento de la prestación, es efectuará previa presentación de la correspondiente solicitud, que deberá formularse en el impreso oficial establecido por la Mutualidad General Judicial a tal efecto, acompañada de los documentos que en la misma se indican. 5

6 XI. DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Queda derogada la Circular número 48 (Conversión de las ayudas a minusválidos físicos y psíquicos en prestaciones por hijo minusválido a cargo), de 30 de enero de Madrid, 1 de marzo de 2006 El Presidente Benigno Varela Autrán 6

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Prestaciones Familiares 2015. Cuantías actualizadas por la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015 Nº 4/2015 PRESTACIONES FAMILIARES CONTRIBUTIVAS

Más detalles

Prestaciones familiares por hijo a cargo (PRF)

Prestaciones familiares por hijo a cargo (PRF) Prestaciones familiares por hijo a cargo (PRF) PRF-01. Beneficiarios e importe de las Prestaciones Familiares por Hijo a Cargo PRF-02. Beneficiarios, causantes e importe de las Prestaciones Familares Periódicas,

Más detalles

PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI)

PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI) PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI) El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislación

Más detalles

FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS

FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS PNC. Prestaciones no contributivas. a) Fuentes de información: Los datos relativos a pensiones no contributivas y prestaciones económicas para personas con discapacidad son

Más detalles

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN I: PENSIONES Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA LEGISLACIÓN DE LA SEGURIDAD

Más detalles

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1... Página 1 de 6 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de INVALIDEZ. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Prestaciones Familiares 2014. Cuantías actualizadas por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014. Nº 4/2014 PRESTACIONES FAMILIARES CONTRIBUTIVAS

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. I.- FUNDAMENTACIÓN Artículo 1- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto

Más detalles

Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000; rectificación de errores

Más detalles

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. * * * MEDIDAS TRIBUTARIAS (BOE 28-02-15) PDF (BOE-A-2015-2109

Más detalles

PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fuente: Carlota Perdomo.- Abogado carlotap@correo.infase.es INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA INVALIDEZ PERMANENTE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO

Más detalles

Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.

Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. (BOE núm. 242, de 7 de octubre de 2009) Última actualización: 17 de noviembre

Más detalles

Artículo 13. Revalorización de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez en concurrencia con otras pensiones

Artículo 13. Revalorización de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez en concurrencia con otras pensiones SECRETARÍA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS DIRECCIÓN GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES PÚBLICAS REAL DECRETO 1107/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, SOBRE REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA

Más detalles

CIRCULAR 37/2014 ASPECTOS LABORALES DE LA LPGE 2015

CIRCULAR 37/2014 ASPECTOS LABORALES DE LA LPGE 2015 1 P á g i n a d e 8 CIRCULAR 37/2014 ASPECTOS LABORALES DE LA LPGE 2015 Les informamos de los aspectos laborales de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año

Más detalles

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ IMSERSO DISCAPACIDAD PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ 1. Normativa y requisitos 2. Actualización de las pensiones para 2003 3. Regularización para los ya pensionistas en 2002 y revisión de las pensiones

Más detalles

1. Materia objeto de investigación estadística

1. Materia objeto de investigación estadística FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS PNC. PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS 1. Materia objeto de investigación estadística La información de este apartado se refiere a las prestaciones de carácter asistencial no contributivo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA. I.- CONCEPTO Artículo 1. Se establecen los precios públicos

Más detalles

ADMINISTRACIÓN LOCAL

ADMINISTRACIÓN LOCAL Miércoles, 27 de Enero de 2016 Núm. 10 ADMINISTRACIÓN LOCAL AY U N TA M I E N T O S SORIA INTERVENCIÓN Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA. I.- CONCEPTO Artículo 1.- Se establecen los precios públicos por la

Más detalles

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores

Más detalles

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 121

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 121 10 10.1 Qué es la base liquidable? 10.2 general 10.2.1 Qué reducciones entran en la base liquidable general? 10.2.2 Partidas pendientes de compensación: régimen transitorio 10.2.3 Compensación de bases

Más detalles

ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I.

ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I. 247 ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I. CONCEPTO Artículo 1. Se establecen los precios públicos por

Más detalles

III.- RENTA DE REFERENCIA PARA EL CÁLCULO DE LA APORTACIÓN DEL USUARIO AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

III.- RENTA DE REFERENCIA PARA EL CÁLCULO DE LA APORTACIÓN DEL USUARIO AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, SERVICIO DE LAVANDERIA, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I.- CONCEPTO Artículo 1.- Se establecen

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Sección 1.ª Programa de fomento del empleo Artículo 1. Objeto del Programa y beneficiarios. 1. El presente Programa regula las bonificaciones por la contratación indefinida, tanto a tiempo completo como

Más detalles

(B.O.E. de 27 de octubre de 2011) Última actualización: 17 de marzo de 2013

(B.O.E. de 27 de octubre de 2011) Última actualización: 17 de marzo de 2013 Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación,

Más detalles

Ayuntamiento de Palencia

Ayuntamiento de Palencia Ayuntamiento de Palencia ORDENANZA FISCAL REGULADORAS DE TASAS POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO; SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y TELEASISTENCIA Artículo 1º. En uso de las atribuciones conferidas

Más detalles

1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013

1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.1 OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO Se fija una tasa de reposición de efectivos como límite del 10% en las Administraciones públicas

Más detalles

Novedades legislativas Ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema de Seguridad Social

Novedades legislativas Ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema de Seguridad Social Novedades legislativas Ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema de Seguridad Social Fecha 04 de agosto de 2011 Legislación La ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema

Más detalles

2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa.

2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa. Servicios Sociales: 2. Renovación del Título de Familia Numerosa. - Renovación del Carné Individual del Título de Familia Numerosa. Qué se puede solicitar? NOMBRE DEL PROCEDIMENTO Solicitud de alta o renovación

Más detalles

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL AÑO XXX Núm. 253 29 de diciembre de 2011 42892 II.- AUTORIDADES Y PERSONAL SITUACIONES E INCIDENCIAS Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas Orden de 19/12/2011, de la Consejería de Presidencia

Más detalles

CAPÍTULO III. Pensiones reconocidas al amparo de los reglamentos de la Unión Europea sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social

CAPÍTULO III. Pensiones reconocidas al amparo de los reglamentos de la Unión Europea sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social SECRETARÍA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS DIRECCIÓN GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES PÚBLICAS REAL DECRETO 1103/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, SOBRE REVALORIZACIÓN Y COMPLEMENTOS DE PENSIONES PARA

Más detalles

www.council-consultores.com

www.council-consultores.com Beneficios legales para las Familias Numerosas Hoy en día hablar de familias numerosas no es frecuente, dado el bajo índice de natalidad existente en España. Sin embargo este hecho junto con los cambios

Más detalles

ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES

ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES Pensiones no contributivas Conceptos y definiciones Elaboración y edición: Instituto Canario de Estadística

Más detalles

Las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes se reconocen en cualquier régimen de la Seguridad Social?

Las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes se reconocen en cualquier régimen de la Seguridad Social? DE RECURSOS HUMANOS () APARTADO 6: LA FISCALIDAD DE LA REMUNERACIÓN, MEJORAS DE LAS CARGAS FISCALES, BENEFICIOS SOCIALES Y REMUNERACIÓN EN ESPECIE DIAPOSITIVA Nº: 2 PRESTACIONES SEGURIDAD SOCIAL SABER

Más detalles

Asistencia sanitaria y salud

Asistencia sanitaria y salud Asistencia sanitaria y salud ASISTENCIA SANITARIA Qué personas pueden ser titulares de una cartilla de asistencia sanitaria por derecho propio? Las trabajadoras por cuenta ajena, afiliadas y en alta en

Más detalles

CASTILLA Y LEÓN. Capítulo III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sección 1. Concepto sucesiones

CASTILLA Y LEÓN. Capítulo III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sección 1. Concepto sucesiones Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos Artículo

Más detalles

Siempre cerca de ti. Los funcionarios y personal asimilado dispondrán dos pagas extras en los meses de junio y diciembre.

Siempre cerca de ti. Los funcionarios y personal asimilado dispondrán dos pagas extras en los meses de junio y diciembre. Con motivo de publicación en el BOE de 30 de octubre de 2015 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, que entra en vigor el 1 de enero de 2016, desde

Más detalles

Medidas urgentes de la Comunitat Valencia DECRETO-LEY 1/2012

Medidas urgentes de la Comunitat Valencia DECRETO-LEY 1/2012 Febrero 2012 Medidas urgentes de la Comunitat Valencia DECRETO-LEY 1/2012 MEDIDAS FISCALES DECRETO-LEY 1/2012 MEDIDAS URGENTES REDUCIR EL DÉFICIT BOE 10-01-2012 ENTRADA EN VIGOR D-LEY 1/2012: 10-01-2012

Más detalles

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES XI LEGISLATURA Serie B: PROPOSICIONES DE LEY 22 de abril de 2016 Núm. 41-1 Pág. 1 PROPOSICIÓN DE LEY 122/000033 Proposición de Ley sobre mejoras en la prestación

Más detalles

Deducciones por discapacidad de ascendientes y descendientes o formar parte de familia numerosa

Deducciones por discapacidad de ascendientes y descendientes o formar parte de familia numerosa REFORMA DEL REGLAMENTO DEL IRPF: NUEVAS DEDUCCIONES En el BOE del día 6 de diciembre, se ha publicado el Real Decreto 1003/2014 que modifica el Reglamento del IRPF para recoger las nuevas deducciones por

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda Pág. 143 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 19 ORDEN de 28 de enero de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, relativa a la gestión de los gastos de

Más detalles

RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO

RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO 18 de marzo de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Modelo 143: solicitud del abono anticipado deducciones familia numerosa y personas con discapacidad.... 1 2. Castilla y León: Ley de Transparencia... 3 RECORDATORIO

Más detalles

(BOE núm. 197, de 18 de agosto de 2006)

(BOE núm. 197, de 18 de agosto de 2006) Resolución de 3 de agosto de 2006, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se aprueban determinadas aplicaciones informáticas para la gestión de las prestaciones del Sistema de la Seguridad

Más detalles

1. Disposiciones generales

1. Disposiciones generales 6 de marzo 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 44 página 11 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican

Más detalles

CIRCULAR 18/2015 LPGE 2016: NOVEDADES LABORALES

CIRCULAR 18/2015 LPGE 2016: NOVEDADES LABORALES CIRCULAR 18/2015 LPGE 2016: NOVEDADES LABORALES PUBLICADA LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL 2016 Les informamos que el pasado día 30 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial

Más detalles

Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas

Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas (BOE 10 Julio) Artículo 6. Derecho de uso de vivienda militar 1. El titular del contrato

Más detalles

MUTUALIDAD DEL PERSONAL DE ADUANAS

MUTUALIDAD DEL PERSONAL DE ADUANAS MUTUALIDAD DEL PERSONAL DE ADUANAS ARTÍCULO 1º.- NATURALEZA JURIDICA De conformidad con lo establecido en el artículo 17 d) de los Estatutos, la Mutualidad de Aduanas establecerá una ayuda para la atención

Más detalles

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables.

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables. Sobre la JUBILACIÓN Los funcionarios de carrera de la Admón. de justicia están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, menos los que provienen de las antiguas Magistraturas de Trabajo, que

Más detalles

En el presente artículo realizamos un resumen de dichas modificaciones a fin de facilitar su mejor comprensión:

En el presente artículo realizamos un resumen de dichas modificaciones a fin de facilitar su mejor comprensión: Cambios en materia laboral años 2013 y 2014 A lo largo del año 2013 se han ido produciendo diversos cambios en la normativa laboral de gran transcendencia para la empresa, los más importantes han sido

Más detalles

Preguntas frecuentes en relación con la Deducción de Familias Numerosas y Personas con Discapacidad (según RDL 1/2015)

Preguntas frecuentes en relación con la Deducción de Familias Numerosas y Personas con Discapacidad (según RDL 1/2015) DAFAS Preguntas frecuentes en relación con la Deducción de Familias Numerosas y Personas con Discapacidad (según RDL 1/2015) La web de la AEAT (www.agenciatributaria.es) publica una colección actualizada

Más detalles

Ordenanza de tasas por la prestación del servicio de ayuda a domicilio. Órgano que la aprueba: Pleno del Ayuntamiento de Mansilla de las Mulas

Ordenanza de tasas por la prestación del servicio de ayuda a domicilio. Órgano que la aprueba: Pleno del Ayuntamiento de Mansilla de las Mulas Ordenanza de tasas por la prestaciã³n del servicio de ayuda a domicilio (24-10-2006 a las 14:44:04) - Contribuido por Administrator - Última actualizaciã³n (21-02-2007 a las 10:35:44) Ordenanza de tasas

Más detalles

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano)

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano) RCL 2007\951 Legislación (Disposición Vigente a 2/10/2008) Real Decreto 615/2007, de 11 mayo MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm.

Más detalles

El nivel asistencial de la protección por desempleo tiene por objeto

El nivel asistencial de la protección por desempleo tiene por objeto 2. PRESTACIÓN ASISTENCIAL 2.1. Concepto El nivel asistencial de la protección por desempleo tiene por objeto dotar de recursos económicos a las personas desempleadas que han agotado la prestación contributiva

Más detalles

Qué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA

Qué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA QUEROL & QUEROL ASSESSORS, S.L MORELLA FORCALL VILLAFRANCA - CANTAVIEJA C/ VIRGEN DEL ROSARIO Nº 15 12300 MORELLA (CASTELLÓN) TELF. 964.160.958 FAX 964.173.290 REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO,

Más detalles

Ampliación de la condición de familia numerosa

Ampliación de la condición de familia numerosa Ampliación de la condición de familia numerosa Disposición final quinta de la Ley de Protección a la Infancia Enmiendas de modificación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias

Más detalles

Beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias y acceso a la Modalidad de Libre Elección de Fonasa

Beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias y acceso a la Modalidad de Libre Elección de Fonasa Beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias y acceso a la Modalidad de Libre Elección de Fonasa En relación con el acceso a la modalidad de libre elección de Fondo Nacional de Salud (Fonasa) por los

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA 9451 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 7 de abril de 2011 por la que se regula el procedimiento de obtención de la Tarjeta Sanitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011050097)

Más detalles

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie B: PROPOSICIONES DE LEY 31 de octubre de 2014 Núm. 196-1 Pág. 1 PROPOSICIÓN DE LEY 122/000173 Proposición de Ley sobre mejoras en la prestación

Más detalles

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 1. Concepto y estructura 1.1 Concepto y características Sistema público por el que el Estado garantiza a las personas incluidas dentro de su campo de aplicación, la protección

Más detalles

La Ley 26/1990, de 20 de diciembre (RCL 1990\2644 y RCL 1991\253), por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no con faculta, en su disposición final segunda, al Gobierno para dictar

Más detalles

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley: SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas

Más detalles

Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo

Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo Plan de fomento al emprendedor autónomo y pyme destinadas a las iniciativas de autoempleo Entidad convocante Beneficiarios/as Materias Ámbito Objeto Cuantía Requisitos Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La

Más detalles

RENTA 2014 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA...2 DEDUCCIONES PARA EL APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD...

RENTA 2014 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA...2 DEDUCCIONES PARA EL APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD... RENTA 2014 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA...2 Para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma Andaluza. 2 Por adopción de hijos

Más detalles

I. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección.

I. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección. REAL DECRETO 1541/2011, DE 31 DE OCTUBRE, por la que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores

Más detalles

Pueden solicitar estas becas los estudiantes que estén matriculados en el curso 2012 2013 en alguno de los siguientes niveles:

Pueden solicitar estas becas los estudiantes que estén matriculados en el curso 2012 2013 en alguno de los siguientes niveles: PREGUNTAS FRECUENTES Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico 2012 2013 para alumnos que cursen estudios postobligatorios y superiores no universitarios

Más detalles

INFORME SOBRE LOS ASPECTOS

INFORME SOBRE LOS ASPECTOS INFORME SOBRE LOS ASPECTOS DE DISCAPACIDAD CONTENIDOS EN LA LEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO, SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL El pasado día 2 de agosto de 2011

Más detalles

Preámbulo.- Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación.

Preámbulo.- Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación. CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN Unidad de Escuelas Infantiles ORDENANZA POR LA QUE SE REGULAN LAS NORMAS APLICABLES PARA LAS BONIFICACIONES DE LAS TARIFAS DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

Más detalles

La Discapacidad y Seguridad Social en Chile

La Discapacidad y Seguridad Social en Chile La Discapacidad y Seguridad Social en Chile En nuestro país, de acuerdo al Primer Estudio Nacional de la Discapacidad realizada por FONADIS (2004), la población con discapacidad representa el 12,9%, esto

Más detalles

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA APLICACIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SUS ORGANISMOS Y ENTES PÚBLICOS. PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Orden APU/284/2004, de 2 de febrero, que regula el procedimiento de ingreso de las cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Ministerio de Administraciones

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 25452 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011, de la Consejera, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades públicas para financiar el funcionamiento

Más detalles

1 de 1 05/09/2015 12:03

1 de 1 05/09/2015 12:03 Intranet Liberbank - DetalleContenido https://portalaplicaciones.liberbank.es/f5-w-687474703a2f2f31302e31... 1 de 1 05/09/2015 12:03 Director General de Recursos Humanos CAPÍTULO VIII Ayudas, préstamos

Más detalles

2. Se entenderá que concurre la nota de excepcionalidad en los siguientes supuestos:

2. Se entenderá que concurre la nota de excepcionalidad en los siguientes supuestos: MEDIDAS ALTERNATIVAS El Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del dos por ciento en favor de

Más detalles

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES DE LA NACION REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES m Se instituye, con carácter nacional y obligatorio, y sujeto a las disposiciones de la presente ley, un régimen de asignaciones familiares basado en: a) Un

Más detalles

OBJETO REQUISITOS BENEFICIARIOS

OBJETO REQUISITOS BENEFICIARIOS OBJETO Prestación de modalidad no contributiva del Sistema de Seguridad Social destinada a: GARANTIZAR UNOS INGRESOS ADECUADOS A PERSONAS CON DISPONIBILIDAD PARA TRABAJAR que carecen de: Empleo. Recursos

Más detalles

RESUMEN DE LA PROPOSICIÓN ILP PARA UNA PRESTACION DE INGRESOS MINIMOS

RESUMEN DE LA PROPOSICIÓN ILP PARA UNA PRESTACION DE INGRESOS MINIMOS 2015 RESUMEN DE LA PROPOSICIÓN ILP PARA UNA PRESTACION DE INGRESOS MINIMOS (10 de abril de 2015) SECRETARÍA DE IGUALDAD 1 OBJETO Prestación de modalidad no contributiva del Sistema de Seguridad Social

Más detalles

INFORME SOBRE EL RÉGIMEN VIGENTE DE COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD DE SEGURIDAD SOCIAL CON EL TRABAJO REMUNERADO

INFORME SOBRE EL RÉGIMEN VIGENTE DE COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD DE SEGURIDAD SOCIAL CON EL TRABAJO REMUNERADO INFORME SOBRE EL RÉGIMEN VIGENTE DE COMPATIBILIDAD DE LAS PENSIONES DE INCAPACIDAD DE SEGURIDAD SOCIAL CON EL TRABAJO REMUNERADO El régimen de compatibilidad de las pensiones por incapacidad de la Seguridad

Más detalles

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com APROBADA LA NUEVA TARIFA PLANA EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES INDEFINIDOS Con efectos desde el pasado 25 de febrero de 2014, las empresas y autónomos

Más detalles

SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas

SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL SOCIEDADES LABORALES Y LABORAL PARTICIPADAS Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación B.O.C.M. Núm. 118 MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2010 Pág. 105 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación 26 ORDEN 2586/2010, de 7 de mayo, por la que se regula la concesión de ayudas

Más detalles

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN II: AYUDAS ECONÓMICAS A

GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN II: AYUDAS ECONÓMICAS A GUIA SOBRE RECURSOS ECONÓMICOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO COTIDIANO DE LA VIDA ORDINARIA VOLUMEN II: AYUDAS ECONÓMICAS A LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y A LA PROMOCIÓN

Más detalles

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA 1. OBJETO Y ÁMBITO El objeto de esta convocatoria es favorecer la

Más detalles

(BOCL 190, 01/10/2008)

(BOCL 190, 01/10/2008) Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado (BOCL

Más detalles

1.2. Servicios a través de prestaciones económicas: Prestación económica de asistencia personal.

1.2. Servicios a través de prestaciones económicas: Prestación económica de asistencia personal. REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA ESTABLECIDAS EN LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y

Más detalles

MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN

MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN Contratos de Trabajo con incentivos al Empleo Medidas de Fomento del Empleo CONTRATOS DE TRABAJO Y MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO ACTUALIZADOS A ENERO 2010 CONTRATOS

Más detalles

EVOLUCIÓN DE LAS NÓMINAS 2001-2007

EVOLUCIÓN DE LAS NÓMINAS 2001-2007 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA LISMI EVOLUCIÓN DE LAS NÓMINAS 1- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN ÁREA DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Servicio de

Más detalles

CRITERIOS GENERALES PARA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DEL AÑO 2016

CRITERIOS GENERALES PARA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DEL AÑO 2016 CRITERIOS GENERALES PARA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DEL AÑO 2016 PRIMERO.- La legislación básica contenida en la Ley 48/2015,

Más detalles

V. OTRAS DISPOSICIONES

V. OTRAS DISPOSICIONES Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS USUARIOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS USUARIOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS USUARIOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. Texto inicial aprobado por el Pleno de la Corporación el

Más detalles

ENMIENDA TRANSACCIONAL SOBRE LA ENMIENDA 4242 DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO:

ENMIENDA TRANSACCIONAL SOBRE LA ENMIENDA 4242 DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO: ENMIENDA TRANSACCIONAL SOBRE LA ENMIENDA 4242 DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO: De Adición. Primero: Se añade una nueva Disposición final, la primera bis, con la siguiente redacción: Disposición

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

actualización pensiones 2015 Pensiones actualización

actualización pensiones 2015 Pensiones actualización Pensiones actualización 2015 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS 2015 (cuantías máximas) (*) TIPO DE PENSIÓN REQUISITOS CUANTÍA COMPATIBILIDAD INVALIDEZ (1) Mayor 18 años > 65% de disminución. Ver límite de recursos.

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

Extracto de medidas de conciliación del Acuerdo sobre régimen de vacaciones del PAS de la Universidad Pública de Navarra

Extracto de medidas de conciliación del Acuerdo sobre régimen de vacaciones del PAS de la Universidad Pública de Navarra MEDIDAS DE CONCILIACIÓN INCLUIDAS EN EL ACUERDO SOBRE REGIMEN DE VACACIONES DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ( de 2003 y modificaciones de 2007 y 2008) VACACIONES: 1.2.2. Inicio del

Más detalles

REGISTRO DE ENTRADA (Sólo utilizable por el primer Registro del ISFAS que reciba esta solicitud). S O L I C I T U D. Apellidos Nombre Teléfono

REGISTRO DE ENTRADA (Sólo utilizable por el primer Registro del ISFAS que reciba esta solicitud). S O L I C I T U D. Apellidos Nombre Teléfono REGISTRO DE ENTRADA (Sólo utilizable por el primer Registro del que reciba esta solicitud). CÓDIGO DEL EXPEDIENTE S O L I C I T U D Número de Afiliación 28/7 DATOS DEL TITULAR Apellidos Nombre Teléfono

Más detalles

5. SEGURIDAD SOCIAL AGRARIA Y PROTECCIÓN AL DESEMPLEO EVENTUAL AGRARIO

5. SEGURIDAD SOCIAL AGRARIA Y PROTECCIÓN AL DESEMPLEO EVENTUAL AGRARIO 3a. Real Decreto-ley 1/2002, de 22 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por las lluvias, temporales y otros fenómenos naturales relacionados con la citada climatología

Más detalles

PREÁMBULO. Orden 627/2010, de 21 de abril

PREÁMBULO. Orden 627/2010, de 21 de abril ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LA PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA AL SERVICIO O CHEQUE SERVICIO Y LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE ASISTENCIA PERSONAL PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DE LA COMUNIDAD DE

Más detalles

Información. paternidad

Información. paternidad Información paternidad Cuándo se inicia la prestación de paternidad? La prestación por paternidad protege el derecho del otro progenitor, distinto al que ha generado el derecho a la prestación de maternidad,

Más detalles

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1... Página 1 de 5 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de JUBILACIÓN. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede

Más detalles

Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español

Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español Tras una revisión general del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, entendemos que en el mismo se pueden incluir algunas medidas o mejoras

Más detalles