Las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes se reconocen en cualquier régimen de la Seguridad Social?

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1 DE RECURSOS HUMANOS () APARTADO 6: LA FISCALIDAD DE LA REMUNERACIÓN, MEJORAS DE LAS CARGAS FISCALES, BENEFICIOS SOCIALES Y REMUNERACIÓN EN ESPECIE DIAPOSITIVA Nº: 2 PRESTACIONES SEGURIDAD SOCIAL SABER MÁS Nº 5: Conceptos aclaratorios IP. Las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes se reconocen en cualquier régimen de la Seguridad Social? Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social y de los Regímenes Especiales Agrario, Trabajadores del Mar, Trabajadores Autónomos y de la Minería del Carbón. Qué se entiende por profesión habitual? Hay que distinguir si la incapacidad viene sobrevenida como consecuencia de un accidente (laboral o no) o enfermedad (común o profesional): En caso de accidente, se considerará por profesión habitual la desempeñada normalmente por el trabajador al tiempo de sufrir el accidente. En los casos de enfermedad (común o profesional), es aquella a la que el trabajador dedicaba su actividad fundamental, durante el período de 12 meses anteriores a la fecha en que se hubiese iniciado la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente. Qué requisitos específicos se exigen para tener derecho a la incapacidad permanente total cualificada? El porcentaje del 55% de la base reguladora puede incrementarse en un 20% más, en los casos de trabajadores mayores de 55 años, declarados en situación de incapacidad permanente total, cuando se presuma, por la edad, falta de preparación general o 1

2 DE RECURSOS HUMANOS () especializada y por las circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia, que tienen dificultad para obtener un empleo en actividad distinta de la habitual. En caso de trabajadores por cuenta propia, se exige como requisito adicional que el pensionista no ostente la titularidad de una explotación agraria o marítimo-pesquera o de un establecimiento mercantil o industrial como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo. Qué período de cotización se exige para reconocer una incapacidad permanente derivada de accidente o enfermedad profesional? Cuando la incapacidad derive de accidente o enfermedad profesional, no se exige período de cotización, salvo que se trate de una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por accidente no laboral y el trabajador no se encontrase en situación de alta ni asimilada, en cuyo caso, se le exigirá un período genérico de cotización de 15 años y un período específico de cotización de 3 años cotizados en los últimos 10. Para acreditar el período mínimo de cotización exigido, tanto genérico como específico, se computarán los "días cuota" (pagas extraordinarias). Puede declararse la incapacidad permanente aún en el caso de no tener derecho a la misma? La incapacidad permanente sólo llega a existir si la constatación de las lesiones incapacitantes va acompañada del reconocimiento a percibir la prestación, reuniendo con ello los requisitos establecidos (período de cotización,...). En consecuencia, no procederá la declaración de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, si el trabajador no acredita los restantes requisitos para causar derecho a la prestación económica. 2

3 DE RECURSOS HUMANOS () Para el cálculo del período mínimo de cotización exigido para el reconocimiento de la incapacidad, qué ocurre si el trabajador no ha agotado el período máximo de duración de la incapacidad temporal? Si el trabajador no ha agotado el plazo máximo de duración de la IT (18 meses), se asimilan a cotizados los días que falten para agotar dicho período, a efectos de acreditar el período mínimo de cotización. Cómo se calcula el período de cotización específico, cuando se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar? El período de los 10 años, dentro de los cuales deba estar comprendido, al menos, una quinta parte del periodo de cotización exigible, se computará hacia atrás, desde la fecha en que cesó la obligación de cotizar. Existe derecho a pensión de incapacidad permanente cuando el trabajador tiene más de 65 años? Uno de los requisitos exigidos para tener derecho a esta pensión es tener menos de 65 años, sin embargo: Si la pensión deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, sí se puede reconocer pensión de incapacidad permanente aunque en la fecha del hecho causante el trabajador tenga cumplidos los 65 años y reúna los demás requisitos para acceder a la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social. Si la pensión deriva de accidente no laboral o enfermedad común y, en la fecha del hecho causante (extinción de la IT, emisión del dictamen del EVI o, en su caso, la solicitud) no reúne los requisitos para acceder a la pensión de jubilación del sistema, el trabajador tiene derecho a la pensión de incapacidad permanente en una cuantía 3

4 DE RECURSOS HUMANOS () equivalente al resultado de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda al período mínimo de cotización establecido en cada momento para acceder a pensión de jubilación (50%). Las cotizaciones efectuadas con posterioridad a una resolución denegatoria de incapacidad permanente por no acreditar el período de cotización, sirven para acceder a una pensión de incapacidad? Sólo serán válidas, a estos efectos, las cotizaciones efectuadas con motivo de la realización de una actividad laboral y/o desempleo contributivo. Puede sustituirse el incremento del 50% de la gran invalidez por el ingreso en una institución asistencial? A petición del gran inválido o de sus representantes legales podrá autorizarse, siempre que se considere conveniente, en beneficio del mismo, la sustitución del incremento por su alojamiento y cuidado en régimen de internado en una institución asistencial pública del sistema de la Seguridad Social, financiada con cargo a sus presupuestos ( art de la LGSS ). Esta autorización correrá a cargo de la Entidad gestora o Mutua, en su caso, que hubiera tenido a su cargo la protección de la incapacidad permanente. La petición de esta sustitución podrá ser formulada, en cualquier momento, por el gran inválido o sus representantes legales, quienes podrán decidir, en cualquier momento y con carácter vinculante para la Entidad gestora o Mutua que haya autorizado esta sustitución, que ésta quede sin efectos. Cuando el internamiento venga referido a instituciones asistenciales, cuya gestión se encuentre transferida a una Comunidad Autónoma, no procederá la sustitución. El artículo 69 de la Ley 21/2001, da nueva redacción al artículo 86 LGSS y se produce una desvinculación de la financiación de las instituciones públicas asistenciales cuya gestión 4

5 DE RECURSOS HUMANOS () haya sido transferida a las Comunidades Autónomas, por tanto, vacía de contenido la posibilidad de sustitución. Es compatible el percibo de la pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez con el trabajo? Ambas pensiones son compatibles con el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido, siempre que no representen un cambio en la capacidad de trabajo del pensionista que pueda dar lugar a revisión por parte de la Entidad gestora. Si las actividades realizadas realizadas exceden las condiciones establecidas, serán incompatibles pudiendo suspenderse la pensión. Si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en algún Régimen de la Seguridad Social, existe obligación de alta y cotización, debiendo comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social el inicio de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia, salvo en el caso que derive de enfermedad profesional, en que será necesaria la autorización previa. Es compatible el percibo de la pensión de incapacidad permanente total con el trabajo? La percepción de una pensión de incapacidad permanente total es incompatible con el desempeño de un puesto de la misma categoría o grupo profesional, siendo compatible con otro tipo de actividad laboral en la misma empresa o en otra distinta. Ahora bien, el percibo del incremento del 20% de la base reguladora de la incapacidad permanente total es incompatible con la realización de trabajos por cuenta ajena o propia, así como con las prestaciones de Seguridad Social que puedan derivarse de dichos trabajos, como son el subsidio de incapacidad temporal o de maternidad que persiste más allá de la relación laboral o la actividad profesional, o las prestaciones de desempleo que pudieran corresponder por los mismos. 5

6 DE RECURSOS HUMANOS () La realización de cualquier trabajo por el pensionista debe ser comunicada al Instituto Nacional de la Seguridad Social, salvo en el caso que derive de enfermedad profesional, en que será necesaria la autorización previa. Es compatible el percibo de la prestación por desempleo y la incapacidad permanente? En los supuestos en que estando incapacitado, el perceptor de una incapacidad permanente total pierda o se le suspenda un trabajo compatible con su situación de pensionista, tendrá derecho a percibir la prestación o subsidio por desempleo que le corresponda, además de la pensión. Es compatible la pensión de incapacidad permanente con la jubilación? Es incompatible con la pensión de jubilación del mismo régimen, debiéndose optar por una de ellas. La pensión de incapacidad permanente puede ser compatible con una pensión de jubilación de otro régimen distinto, excepto que, para acreditar el derecho, o para el perfeccionamiento del mismo se tenga que acudir al régimen que reconozca la jubilación (situación de alta o asimilada, acreditación de la carencia, importe de la base reguladora), en cuyo caso, hay que optar por una de ellas. No obstante, si las cotizaciones del régimen por el que se reconoce la jubilación sirvieron únicamente para cuantificar el importe de la incapacidad permanente, pudiendo prescindirse de ellas para generar el derecho, es posible el reconocimiento de dos pensiones compatibles entre sí, calculando cada una de ellas con las cotizaciones de cada uno de los regímenes. Para ello, sería necesario recalcular la pensión de incapacidad, sin tener en cuenta las cotizaciones del régimen que reconoce la jubilación. 6

7 DE RECURSOS HUMANOS () En el caso de que se tratara de una pensión de incapacidad derivada de AT concedida al amparo del antiguo Reglamento de Accidentes de Trabajo de , sería compatible con cualquier otra pensión. Es compatible el percibo de una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes con la pensión de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados? Es incompatible con las prestaciones económicas establecidas para la incapacidad permanente, salvo que las lesiones, mutilaciones o deformidades sean totalmente independientes de las tomadas en consideración para declarar la incapacidad permanente y su grado. Es compatible con el trabajo en la misma empresa. Es necesaria la autorización expresa por parte del INSS para compatibilizar el percibo de la pensión de incapacidad permanente con el ejercicio de una actividad laboral? Con independencia de la compatibilidad o incompatibilidad que, en su caso, pueda producir el ejercicio de una actividad, sólo se requiere, en principio, la comunicación de la actividad laboral a la Entidad gestora competente. Sin embargo, los pensionistas de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional, sólo podrán realizar trabajos por cuenta ajena si han obtenido, previamente, la autorización del INSS. En los supuestos de tener la correspondiente contingencia cubierta por una mutua de AT y EP, quién es el responsable de la calificación y revisión de una incapacidad permanente? 7

8 DE RECURSOS HUMANOS () El artículo 1 del Real Decreto 1300/95 establece que será competencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social la evaluación, calificación y revisión, cualquiera que sea la Entidad Gestora (INSS o ISM ) o colaboradora que cubra la contingencia de que se trate. Quién reconoce el derecho a las prestaciones por lesiones permanentes no invalidantes? Corresponde al INSS verificar la existencia de estas lesiones y reconocer el derecho a las prestaciones correspondientes. Puede una empresa iniciar el procedimiento del reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente? Las empresas, por sí mismas, sólo están legitimadas para iniciar el procedimiento si son colaboradoras en la gestión. En otro caso, solamente están legitimadas, siempre que sean responsables de las prestaciones, para instar el procedimiento de la revisión pero no el de la declaración inicial. Las tres vías para iniciar dicho reconocimiento son: de oficio, a solicitud el propio trabajador o su representante, y la instada a solicitud de las Entidades Colaboradoras. Se puede considerar la renuncia como una forma de poner fin al procedimiento en el trámite iniciado para reconocer una pensión de incapacidad permanente? La renuncia formulada por el propio trabajador, se considera excluida del ámbito de la acción protectora de la Seguridad Social, ya que las prestaciones económicas del sistema tienen la consideración de irrenunciables. Se puede revisar una incapacidad permanente de una persona con más de 65 años? 8

9 DE RECURSOS HUMANOS () La incapacidad puede ser revisada en todo tiempo y en tanto el incapacitado no haya cumplido la edad establecida para acceder a la pensión de jubilación (en estos momentos 65 años). Como excepción a este principio, la Entidad Gestora podrá revisar el grado de incapacidad permanente y, por lo tanto, la prestación económica inicialmente reconocida, en el supuesto de que dicha incapacidad derive de enfermedad profesional, aunque tenga más de 65 años. 9

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