REGLAMENTO FONDO MUTUO ASISTENCIAL
|
|
- Rosario Aguirre Palma
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 1 REGLAMENTO FONDO MUTUO ASISTENCIAL Mediante acuerdo de la Asamblea General de la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea celebrada el día cinco de Diciembre de 1980, fue aprobado el Reglamento del Fondo Mutuo Asistencial. En 1985, vista la experiencia acumulada en esos cinco años de existencia del citado Fondo y ante las dificultades de interpretación que en algunos supuestos se produjeron, la Junta que dirigía la Asociación en aquella época, consideró necesario efectuar algunas modificaciones lo que llevó a una refundación que como nuevo Reglamento fue aprobado por la Asamblea. A raíz de la extinción en el curso 2005/2006 de los estudios de bachillerato. La Dirección suscribió un convenio con el Bachillerato MCM (Marianistas-Compañía de María) de nueva creación, para facilitar la continuación de estos estudios a nuestros hijos/as. La necesidad de adaptación a estas nuevas situaciones, el amplio plazo de tiempo transcurrido y la experiencia adquirida, así como el limitar al máximo las posibles interpretaciones, llevo a la Junta Directiva a redactar un nuevo texto articulado manteniendo el mismo espíritu con el que fue creado, siendo aprobado en la Asamblea General. En el año 2017, examinando la Junta Directiva situaciones que pudieran llevar a interpretaciones diversas y con el fin de adaptar los Estatutos a los nuevos tiempos cambiantes, se propone a la Asamblea General una modificación en varios de sus artículos para su ratificación. San Sebastián, Octubre de 2017
2 2 REGLAMENTO DEL FONDO MUTUO ASISTENCIAL DE LA ASOCIACION DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO NIÑO JESUS DE PRAGA KARMELO IKASTETXEA DE SAN SEBASTIAN. ARTICULO 1º CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, EXTENSION Y VIGENCIA La Asociación de Padres de Alumnos de Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea de San Sebastián, creó, dentro de la misma, con carácter privado, el Fondo Mutuo Asistencial de ayuda escolar, que se regirá en su funcionamiento por las normas del presente Reglamento y las complementarias que puedan establecerse en el futuro, y no estén en contradicción con los Estatutos de la Asociación. ARTICULO 2º El objeto del Fondo es la ayuda material a los alumnos del Colegio cuando necesiten de una cooperación económica para la continuidad de sus estudios, en las condiciones y circunstancias que se recogen en el presente Reglamento. ARTICULO 3º El Fondo será aprobado por la Asamblea General de la Asociación, y entrará en funcionamiento el día en que ésta así lo establezca. ARTICULO 4º CAPITULO II PERSONALIDAD Y FINES El Fondo, como una actividad propia de la Asociación, carece de personalidad jurídica propia, tendrá carácter privado y de ámbito exclusivamente interno de la Asociación. ARTICULO 5º Su fin será el de sufragar los estudios de los alumnos beneficiarios para que puedan realizar los mismos, en los supuestos, y bajo las condiciones establecidas en este Reglamento.
3 3 CAPITULO III ADQUISICION Y PÉRDIDA DE LA CUALIDAD DE BENEFICIARIO ARTICULO 6º Para adquirir la cualidad de beneficiario se requiere el cumplimiento íntegro de los siguientes requisitos: A) Ser alumno del Colegio y además, B) Que el padre, madre, tutor o representante legal del alumno, sea miembro de la Asociación y esté al corriente en el pago de la cuotas de la Asociación, así como de las correspondientes al Fondo Asistencial desde la incorporación del alumno al Centro. C) La condición de alumno/a del Colegio se perderá con fecha 31 de Agosto, para todos los alumnos/as que finalicen sus estudios en 4º E.S.O. La Junta Directiva de la Asociación enviará una circular al comienzo de cada curso escolar a los padres, tutores o representantes de los nuevos alumnos del Colegio, para que en el plazo y con las formalidades que se establezcan formulen su solicitud de admisión al Fondo Mutual, con indicación de los alumnos posibles beneficiarios de las prestaciones. Los solicitantes en su petición darán su conformidad y acatamiento a las normas contenidas en el presente Reglamento. ARTICULO 7º Se perderá la cualidad de beneficiario cuando se dejen de cumplir alguna de las condiciones expresadas en el artículo anterior. CAPITULO IV DE LAS PRESTACIONES Y SU CONCESION ARTICULO 8º Las prestaciones que se concederán con cargo a este Fondo Mutuo Asistencial serán las siguientes: A) Abono de la matrícula del curso. B) Abono del coste de los textos estipulados. C) Pago de la mensualidad escolar y tasas obligatorias. D) Cualquier otra ayuda que acordase la Junta Directiva de la Asociación.
4 4 ARTICULO 9º Las prestaciones del Fondo se concederán únicamente a aquellos alumnos que cumplan los requisitos del Artículo 6º, antes de producirse las circunstancias que se expresan en el Artículo siguiente. ARTICULO 10º Las prestaciones se concederán a los alumnos que, cumpliendo las condiciones del Artículo 6º, se encuentren en la circunstancia siguiente: Que el padre, madre, tutor legal o representante legal, fallezca. ARTICULO 11º Las prestaciones de Fondo, una vez concedidas, se extenderán a los cursos que resten al alumno para finalizar sus estudios en el Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 12 y 13. ARTICULO 12º Cuando el alumno beneficiario efectivo de la prestación, que ha adquirido tal condición en su etapa de alumno del Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea, continúe sus estudios de bachillerato en el Centro Summa Aldapeta(Donostia), en virtud del acuerdo alcanzado entre ambos centros, el Fondo Mutuo Asistencial abonará a la presentación de los recibos justificantes de sus estudios, el importe de los mismos. El alumno beneficiario podrá optar por otro Centro de Enseñanza, donde se curse Bachillerato, Grado Medio u otra Formación Reglada con el tope máximo de dos cursos y con la cuantía máxima determinada por la cuotas de Summa Aldapeta. En el caso de la instauración del ciclo de Bachillerato en el Colegio Niño Jesús de Praga, la condición de beneficiario únicamente se mantendrá en el mismo. ARTICULO 13º Cuando un alumno del Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea, beneficiario efectivo de la prestación, se vea obligado a cambiar su residencia a otra localidad fuera de Guipúzcoa, el Fondo Mutuo Asistencial abonará, a la presentación de los recibos justificantes de sus estudios, el importe de los mismos, hasta un máximo anual equivalente al costo a cargo de los padres de los alumnos de la enseñanza en el curso correspondiente del Colegio Niño Jesús de Praga Karmelo Ikastetxea.
5 5 ARTICULO 14º El derecho a la prestación se perderá por: A) Muerte del alumno beneficiario. B) Por expulsión del alumno del Colegio o centro en el que efectúe sus estudios. C) En el caso contemplado en el Artículo 13 y si se produjese otro cambio de Centro de Enseñanza, el alumno beneficiario a fin de continuar recibiendo las prestaciones deberá aportar certificación académica negativa de que el traslado o cambio haya sido motivado por una expulsión. ARTICULO 15º La concesión de prestaciones se hará mediante expediente que se incoará en la forma siguiente: A) Solicitud dirigida a la Junta Directiva de la Asociación, suscrita por la persona que represente legalmente al alumno beneficiario. B) Certificado o documento justificativo de la defunción. C) Documento del Colegio que acredite la condición de alumno del beneficiario. D) Documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las cuotas tanto de la Asociación de Padres, como del Fondo Asistencial. El expediente así instruido, que también podrá ser promovido por la Junta Directiva, será resuelto por ésta en el plazo de un mes, desde la fecha de su presentación, previas las diligencias complementarias que estime oportunas, otorgando o denegando las prestaciones. La resolución de la Junta Directiva podrá ser recurrida en el plazo de quince días, a contar desde su notificación, con eventual formulación de nuevas alegaciones, ante la propia Junta Directiva, que resolverá el expediente con carácter definitivo. ARTICULO 16º El plazo de solicitud de las prestaciones será de dos meses, a contar desde la fecha en que se produjo el hecho que la motive, y su concesión tendrá efectos retroactivos a dicha fecha. Si la solicitud se presentara con posterioridad al plazo señalado, los efectos de la concesión se iniciarán en la fecha en que aquella se presente. ARTICULO 17º CAPITULO V RECURSOS ECONOMICOS Para el sostenimiento del Fondo, y cumplimiento de sus fines, se establecen los siguientes recursos:
6 A) Cuota anual: Todos los miembros de la Asociación, acogidos al Fondo Asistencial, a excepción de aquellos a cuyos hijos o tutelados se les hubiere concedido prestaciones, satisfarán obligatoriamente la cuota anual que se fije para cada año, por acuerdo de la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva. B) Otros ingresos: Constituidos por aportaciones, donativos y por los intereses del propio Fondo. 6 C) Derramas extraordinarias. En el caso de que las disponibilidades del Fondo no fueran suficientes para cubrir los importes de las prestaciones concedidas, el déficit que se produzca, o se estima vaya a producirse, se cubrirá con una derrama extraordinaria, que deberá ser aprobada por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva. En el caso de no cubrir con los fondos existentes las prestaciones concedidas, el reparto del fondo se hará de forma equitativa. ARTICULO 18º CAPITULO VI REGIMEN ADMINISTRATIVO La administración del Fondo corresponde a la Junta Directiva de la Asociación, quien, en uso de sus atribuciones y para el mejor desempeño de las tareas inherentes a esta actividad, podrá nombrar una comisión gestora, con el número de miembros que estime oportuno, y en la que podrá delegar las facultades que considere conveniente. ARTICULO 19º Anualmente, en reunión ordinaria de la Asamblea General de la Asociación de Padres, se someterá a aprobación la gestión y funcionamiento del Fondo, leyéndose la Memoria y el estado de la situación económica correspondiente al curso anterior, las previsiones de ingresos y gastos para el curso corriente, así como la propuesta de la cuota anual, para el año en curso. ARTICULO 20º Los bienes del Fondo, que en ningún caso se destinarán a otros fines que los señalados en este Reglamento, habrán de ser depositados o invertidos con criterios de seguridad y rentabilidad propios de una administración prudente y diligente. En el caso de inversión en valores, estos deberán ser de renta fija.
7 7 ARTICULO 21º Aún cuando el Fondo Mutuo Asistencial sea un servicio de la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio, su administración contable será llevada separadamente de la contabilidad de la Asociación, para mayor claridad y simplicidad de la misma. ARTICULO 22º CAPITULO VII EXTINCION Y DISOLUCION En caso de extinción del Fondo y consiguiente disolución, con los bienes económicos existentes en el Fondo Mutuo Asistencial, se procurará atender el cumplimiento de las obligaciones adquiridas a favor de los beneficiarios de las mismas. Si quedara algún remanente se destinará a la Asociación de Padres y Madres de Alumnos del Colegio Niño Jesús de Praga. DISPOSICION ADICIONAL La interpretación de este Reglamento, su aplicación y su adecuación a cualquier circunstancia no prevista en el mismo, serán resueltas de forma inapelable por la Junta Directiva de la Asociación de Padres, precisando que sus acuerdos sean adoptados con el voto favorable de al menos los dos tercios de sus miembros. No obstante, la Junta Directiva podrá solicitar el criterio de la Asamblea de la Asociación, el cual una vez emitido, tendrá carácter vinculante para la Junta Directiva de la misma. ==================
REGLAMENTO DEL FONDO ASISTENCIAL ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS COLEGIO PUREZA DE MARÍA DE BILBAO INDICE
INDICE PREÁMBULO ARTICULO 1 o - NATURALEZA ARTICULO 2 o - OBJETO ARTICULO 3 o - VIGENCIA ARTÍCULO 4 - APLICACION ARTÍCULO 5 - DETERMINACIÓN DEL FIN DE ESTE FONDO ARTICULO 6 - MEDIOS PARA SU FUNCIONAMIENTO
Más detallesXXXIII ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LAS ESCUELAS DE EDUCACION INFANTIL MUNICIPALES.
XXXIII ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LAS ESCUELAS DE EDUCACION INFANTIL MUNICIPALES. (0-3 AÑOS), según el articulado que se relaciona a continuación: Artículo 1º.-
Más detallesNúmero 10 / Lunes 18 de Enero de 2016 Página 28. Logrosán. ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Cheque- Bebé 2016
Número 10 / Lunes 18 de Enero de 2016 Página 28 Logrosán ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Cheque- Bebé 2016 Aprobada definitivamente la Ordenanza Reguladora del Cheque-Bebé
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA EN ELCONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA EN ELCONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 6440 - BOLETÍN NÚMERO 206 (MIÉRCOLES, 29 DE OCTUBRE DE 2014) B.O.P.:
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2018/2019 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2018/2019 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO El objetivo fundamental del PATRONATO REY SAN FERNANDO es ayudar a todas las familias que opten por el modelo
Más detallesESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN
ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID. TITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO, AMBITO TERRITORIAL, DURACIÓN Y PERSONALIDAD JURIDICA Art. 1 Con la
Más detallesREGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
1 REGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS (PARA RECONOCIMIENTO POR EQUIVALENCIA DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR) Aprobado
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190 Miércoles 6 de agosto de 2014 Sec. I. Pág. 63178 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 8499 Orden SSI/1475/2014, de 29 de julio, por la que se regula,
Más detallesa) Facilitar y desarrollar el ejercicio de las funciones del Secretario General y de los Secretarios Territoriales del Colegio de Geógrafos.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA SECRETARIA CAPÍTULO I. OBJETO Y FINALIDAD DEL REGLAMENTO. Artículo 1. Objeto del Reglamento. El presente reglamento tiene por objeto desarrollar los Estatutos Provisionales
Más detallesDE LA MUTUALIDAD DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES DE ESPAÑA
REGLAMENTO DEL FONDO SOCIAL DE LA MUTUALIDAD DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES DE ESPAÑA AÑO 2011 CAPITULO I ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN El Fondo Social de la Mutualidad de Previsión Social de
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA ( HUESCA ) REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE JACA
ORDENANZA NÚMERO 1 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE JACA Artículo 1.- Fundamento y naturaleza. De acuerdo con lo que dispone el artículo
Más detallesEl texto de la Orden de 30 de enero y el impreso de solicitud rellenable lo pueden descargar en la pestaña SECRETARÍA / CONVOCATORIAS
A continuación se presenta un extracto de la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se convocan plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar. Para más información consultar
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2016/2017 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2016/2017 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacionintes.org/ayudas La Fundación Instituto de Promoción Social Intes tiene como objeto la atención
Más detallesNORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Aprobada en Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2007 NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 6/2001 del 21 de diciembre de Universidades, en sus art. 2.2.f. y 46.3,
Más detallesXVI CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO
XVI CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO 2017-2018. 1. OBJETIVOS DE LA CONVOCATORIA. El Consejo Social de la
Más detallesREGLAMENTO AROGESTIÓN AHORRO-JUBILACIÓN, MIXTO PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL DE EMPLEO
REGLAMENTO AROGESTIÓN AHORRO-JUBILACIÓN, MIXTO PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL DE EMPLEO ACTUALIZADO A 20 DE JULIO DE 2016 ÍNDICE Página Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES... 1 Artículo 1. DENOMINACIONES...
Más detallesRESUMEN AYUDA PARA EL ALQUILER AÑO PLAN VIVIENDA
RESUMEN AYUDA PARA EL ALQUILER AÑO 2018. PLAN VIVIENDA 2018-2021 (Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 27 de agosto de 2018, por la que se convocan las ayudas del año 2018 para
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2018/2019 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2018/2019 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacioniproc.org/ayudas La Fundación IPROC tiene fines de carácter educativo, cultural y de asistencia
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACION CULTURAL CASETA MAÑANA S CAPITULO I
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CULTURAL CASETA MAÑANA S Artículo 1º CAPITULO I Se constituye en la ciudad de Sevilla, la entidad denominada ASOCIACION CULTURAL CASETA MAÑANA S al amparo de lo previsto en el
Más detallesPLAN DE AYUDAS A COLEGIADOS 2018
PLAN DE AYUDAS A COLEGIADOS 2018 La Junta de Gobierno del Colegio, consciente de la situación del sector y como aplicación de lo acordado en la Junta General de Colegiados del pasado 3 de mayo de 2012,
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2017/2018 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2017/2018 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacioniproc.org La Fundación Instituto de Promoción Cultural Iproc tiene entre sus fines particulares
Más detallesFONDO MUTUAL. Av. San Martin Nro San Isidro - ICA -PERÚ (056)
FONDO MUTUAL PRESENTACIÓN Aprobado en la Junta Extraordinaria del día 25 de Noviembre de 1999. El ante Proyecto fue elaborado por la Comisión Ejecutiva de Asistencia Social presidido por el Dr. Pedro Aquije
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORALES ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CATILLA-LA MANCHA Y UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA
PROCEDIMIENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORALES ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CATILLA-LA MANCHA Y UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA Aprobado por el Comité de Dirección de la EID el 27 de mayo
Más detallesArtículo 2. CRITERIOS Y CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS
AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Servicios Sociales Sanidad y Consumo NORMAS PARA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL ABONO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y LAS TASAS MUNICIPALES
Más detallesASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL CENTRO ESCOLAR ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO TERRITORIAL Y DURACIÓN
ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL CENTRO ESCOLAR ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO TERRITORIAL Y DURACIÓN Artículo 1º.- Con la denominación ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE
Más detallesACUERDO EN MATERIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ASISTENCIAL QUE AFECTA AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO.
ACUERDO EN MATERIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ASISTENCIAL QUE AFECTA AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO. Artículo 9.- PRESTACIONES SOCIALES. 9.1.- Viviendas para funcionarios: A ser posible, se prestará
Más detallesBase 2ª.- Aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cobeña.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE COBEÑA CON DESTINO A LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA ALUMNOS EMPADRONADOS EN COBEÑA Y ESCOLARIZADOS EN 2º CICLO DE EDUCACIÓN
Más detallesESCUELA SUPERIOR DE CANTO INSTRUCCIONES MATRÍCULA CURSO 2014/15
ESCUELA SUPERIOR DE CANTO INSTRUCCIONES MATRÍCULA CURSO 2014/15 1 PREMATRÍCULA El estudiante deberá entregar la siguiente documentación: 1) Impreso de solicitud adjunto. 2) Hoja de acreditación de matrícula
Más detallesNÚMERO 5 Lunes, 8 de enero de 2018
837 ORDEN de 22 de diciembre de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de becas al alumnado participante en la etapa de prácticas profesionales no laborales de proyectos del Programa de formación en
Más detallesDOG Núm. 76 Viernes, 19 de abril de 2013 Pág
DOG Núm. 76 Viernes, 19 de abril de 2013 Pág. 12061 III. OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDAD DE VIGO RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013 por la que se publica la normativa de permanencia y progreso del alumnado
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ARTICULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL De conformidad con lo previsto en el art. 127, en relación con el art. 41
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL LAS PAJARITAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA, CURSO 2016/2017
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL LAS PAJARITAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA, CURSO 2016/2017 Artículo 1. Convocatoria Se abre el periodo de de inscripción para el primer
Más detallesDIE AYUDAS COMPRA VIVIENDA PLAN ESTATAL 2002-2005 ÍNDICE Tipo de vivienda a los que está destinada Modalidades de ayuda a los que se puede optar Opción A: Subsidiación Normal del Préstamo Cualificado (ésta
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
B.O.C. y L. - N.º 106 Miércoles, 4 de junio 2008 10791 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 41/2008, de 29 de mayo, por el que se aprueban los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial y se establece
Más detallesAyuntamiento de Gijón/Xixón
BASES DE CONVOCATORIA PÚBLICA ASUNTO : AYUDAS PARA ESTUDIOS DE HIJOS/AS DEL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN Y DE LAS FUNDACIONES Y PATRONATO DEPENDIENTES DEL MISMO (CURSO 2012/2013) Primero.- Contenido
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS LA FRAGUA
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS LA FRAGUA DEL I.E.S. PARQUE GOYA DE ZARAGOZA. TITULO I - NATURALEZA Y FINES Artículo 1. La Asociación de Madres y Padres de Alumnos y
Más detallesCIRCULAR 01/2017 NORMAS SOBRE PROTECCIÓN A LOS HUÉRFANOS ANEXO 1 PATRONATO DE HUÉRFANOS DE LA ARMADA (PAHUAR) CIRCULAR 01/2017 ANEXO 1: DOCUMENTACIÓN
PATRONATO DE HUÉRFANOS DE LA ARMADA (PAHUAR) CIRCULAR 01/2017 ANEXO 1: DOCUMENTACIÓN 1 ALTAS DE BENEFICIARIO (Nuevos) Documentación a remitir: Documento Solicitud Admisión (Modelo A-01) Certificado de
Más detallesANEXO A CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN PARA ALUMNOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL CURSO
ANEXO A CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN PARA ALUMNOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL CURSO 2017-2018 CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS ADMISIÓN Publicación de vacantes
Más detallesSecretaría General A N U N C I O $ %' # 5! %') (!# 9 " # $"' % " # $"' % " # $"' % " # $"' % $ %' # 7! %') (!
13026 Secretaría General A N U N C I O 5306 106624 El Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Plenaria Extraordinaria celebrada el día 15 de junio de 2016, aprobó con carácter inicial la modificación
Más detallesAyuntamiento de Navarrete
ANUNCIO Por Resolución de Alcaldía del día 15 de septiembre de 2017, se ha acordado aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para financiar la adquisición de libros de texto y otros materiales
Más detallesCALENDARIO DEL PREJUBILADO / DESVINCULADO ERE 99/00 MUTUALISTA
CALENDARIO DEL PREJUBILADO / DESVINCULADO ERE 99/00 o MUTUALISTA (con cotizaciones anteriores a 1/1/1967) o NO MUTUALISTA (sin cotizaciones anteriores a 1/1/1967) CALENDARIO DEL DESVINCULADO ERE 2003-2007
Más detallesAJUNTAMENT DE BENIFLÀ C/ Sant Jaume nº BENIFLÀ C.I.F. P H Telf Fax
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. ÍNDICE DE ARTÍCULOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ARTÍCULO 1-. FUNDAMENTO Y OBJETO ARTÍCULO 2.- NATURALEZA DE LA
Más detallesANEXO A CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN PARA ALUMNOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL CURSO
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN, BECAS Y ANEXO A CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN PARA ALUMNOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL CURSO 2016-2017 CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA.
NORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo Social el 26 de marzo de 2015) EXPOSICIÓN DE
Más detallesayudas al estudio 2009
Resolución de la dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria por la que se convocan ayudas de estudio para el personal, hijos y huérfanos del mismo de sus centros sanitarios, para el curso académico
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA ( HUESCA )
ORDENANZA NÚMERO 1 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL Y GUARDERÍA DE JACA Artículo 1.- Fundamento y naturaleza. De acuerdo con lo que dispone
Más detallesARROYO DE LA ENCOMIENDA
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO MATRICULADO EN EDUCACION INFANTIL (nacidos 2009, 2010 y 2011), CURSO 2014/2015 Primera.- Objetode la convocatoria.
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE TUTELA DE LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE TUTELA DE LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Denominación y naturaleza. 1. La Comisión de Tutela es un órgano colegiado de carácter administrativo
Más detalles2.2. Ayudas de comedor.
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y CENTROS DOCENTES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO COMPLEMENTARIO DE COMEDOR ESCOLAR EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE TITULARIDAD DE LA GENERALITAT
Más detallesORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN EL CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES, CENTRO DE DÍA Y PISOS TUTELADOS.
ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN EL CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES, CENTRO DE DÍA Y PISOS TUTELADOS. Artículo 1.- Fundamento y régimen jurídico. En uso de las
Más detallesORDENANZA Nº 44 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN INFANTIL
ORDENANZA Nº 44 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN INFANTIL Artículo 1º.- Concepto De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación
Más detallesNUEVA REDACCIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE LINGÜÍSTICA
NUEVA REDACCIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE LINGÜÍSTICA (cuya reforma fue aprobada en asamblea extraordinaria el 18 de febrero de 2008) Título I: De la denominación, constitución, fines,
Más detallesINFORMACIÓN PARA PERTENECER A LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA INTENSIVA, CRÍTICA Y UNIDADES CORONARIAS. SEMICYUC
INFORMACIÓN PARA PERTENECER A LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA INTENSIVA, CRÍTICA Y UNIDADES CORONARIAS. SEMICYUC ÍNDICE CATEGORÍAS Y DENOMINACIONES.... 3 MIEMBROS FUNDADORES... 3 MIEMBROS NUMERARIOS Y
Más detallesE S T A T U T O S CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL
E S T A T U T O S CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL Art. 1º.- DENOMINACIÓN.- Su nombre será ASOCIACIÓN CULTURAL PENDONES DEL REINO DE LEÓN, y se acoge a lo dispuesto en el
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES NUESTRA SEÑORA DE LA NATIVIDAD DEL COLEGIO PÚBLICO LUIS SOLANA DE MÉNTRIDA (TOLEDO) 26 JUNIO 2008
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES NUESTRA SEÑORA DE LA NATIVIDAD DEL COLEGIO PÚBLICO LUIS SOLANA DE MÉNTRIDA (TOLEDO) 26 JUNIO 2008 Marco legal CAPÍTULO PRIMERO DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL
Más detallesCONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO 2018/2019 BASES
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO 2018/2019 BASES 1) Destinatarios: 1. Se convocan ayudas al estudio para los alumnos que durante el curso académico 2018/2019, realicen estudios de los niveles de educación
Más detallesESTATUTOS FEDERACIÓN INTERFRANCISCANA DE ESPAÑA
ESTATUTOS FEDERACIÓN INTERFRANCISCANA DE ESPAÑA Título I NATURALEZA Y FINES Artículo 1 La Federación Interfranciscana de España es un organismo con personalidad propia, integrado por los institutos Franciscanos
Más detallesEn función de la dotación presupuestaria disponible, podrán convocarse ayudas para los siguientes conceptos:
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS INDIVIDUALES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL, A PERSONAS AFECTADAS POR ENFERMEDADES RARAS. EXPOSICIÓN
Más detallesNORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA)
NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA) Aprobado en Junta de Facultad el 9 de mayo de 2014 La presente normativa
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO, CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016.
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO, CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016. Primera.- Finalidad y objeto. Las ayudas por nacimiento tienen como finalidad ayudar a sufragar los
Más detallesXIII CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO
XIII CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL CONSEJO SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE DOCTORANDOS PARA EL CURSO 2014-2015. 1. OBJETIVOS DE LA CONVOCATORIA El Consejo Social de la
Más detallesAUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR MOVILIDAD DE ALUMNOS
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 5 Fecha de actualización:
Más detallesAyuntamiento de Arrúbal
ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A FAMILIAS EMPADRONADAS EN EL MUNICIPIO DE ARRÚBAL CON HIJOS MATRICULADOS EN CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO O GUARDERIAS EXPOSICION
Más detallesREGLAMENTO. Por el que ha de regirse el funcionamiento del SOCORRO MUTUO POR DEFUNCIÓN
REGLAMENTO Por el que ha de regirse el funcionamiento del SOCORRO MUTUO POR DEFUNCIÓN 2015 REGLAMENTO PARA EL SOCORRO POR DEFUNCIÓN Artículo 1º: El Socorro por Defunción, implantado por este Colegio Oficial
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DE LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE Y ADAPTACIONES DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 5/04/2006) NORMATIVA REGULADORA DE LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE Y ADAPTACIONES DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE TÍTULO PRIMERO: Estudiantes que
Más detallesExposición de motivos.
TEXTO DEL REGLAMENTO DE PENSIONES PARLAMENTARIAS Y OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE LOS EX- PARLAMENTARIOS, APROBADO POR LAS MESAS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO EN SU REUNIÓN CONJUNTA
Más detallesBASES ESPECÍFICAS AYUDA DE TRANSPORTE
BASES ESPECÍFICAS AYUDA DE TRANSPORTE A) ABONO DE TRANSPORTE Artículo 1.- Objeto. 1. La Administración tramitará la expedición y hará entrega gratuita, previa petición de la Tarjeta de Transporte Anual
Más detallesADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN EL CONSERVATORIO DE DANZA DE MURCIA. AÑO ACADÉMICO
PARTICIPANTES Quienes deseen iniciar las Enseñanzas Elementales de Danza. El ingreso quienes sean alumnos de las Enseñanzas Elementales o de las Enseñanzas Profesionales de Danza en un conservatorio o
Más detallesDOCUMENTO DE EVALUACIÓN DE MÉRITOS DOCENTES
DOCUMENTO DE EVALUACIÓN DE MÉRITOS DOCENTES (Acuerdo de la Comisión de Evaluación de Méritos Docentes de fecha 7 de marzo de 2006) El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado
Más detallesI. Ayuntamiento de Madrid
I. Ayuntamiento de Madrid B) Disposiciones y Actos Ayuntamiento Pleno 441 Acuerdo de 28 de febrero de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos
Más detallesReglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna
Reglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna (Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno celebrada el 26 de noviembre de 2014)
Más detallesNCG48/1: Reglamento sobre traslados y de admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros no homologados, en las Enseñanzas de Grado
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 48. 4 de octubre de 2011 NCG48/1: Reglamento sobre traslados y de admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros no homologados, en las
Más detallesLEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio)
LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE Artículo 4. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.
Más detallesestudios, no superar los umbrales económicos que se establezcan por Orden de la Consejería competente en materia de universidades.
Folio 1/5 La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 81, apartado 3, letra b), en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes
Más detallesNormativa de Ordenación Académica 03 SOLICITUD Y RESOLUCIÓN DE PERMANENCIA EN EL CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS LA SALLE
Normativa de Ordenación Académica 03 SOLICITUD Y RESOLUCIÓN DE PERMANENCIA EN EL CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS LA SALLE El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle (CSEULS), centro
Más detallesEstatutos de la Asociación para la Difusión y el Avance de Linux de Andaluc a
Estatutos de la Asociación para la Difusión y el Avance de Linux de Andaluc a CAPÍTULO I Denominación, nes, domicilio y ámbito territorial de acción Art culo 1 o Se constituye en Sevilla la entidad denominada
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDAS ESCOLARES AL HONOR PARA EL CURSO 2015-2016 I.- Beneficiarios Alumnos matriculados en alguno de los Colegios durante el curso escolar 2015/2016. de Attendis
Más detallesOF. 32 Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación del servicio de cursos, talleres, seminarios y otros servicios análogos.
Fecha acuerdo Pleno : 22/09/2017 Publicación aprobación provisional BOP Nº 189 de 04/10/2017 Diario GRANADA HOY de fecha 04/10/2017 Conceptos Tributarios CURSOS Fecha acuerdo Pleno (Alegaciones) :Sin alegaciones
Más detallesPROPUESTA DE NORMATIVA DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE GRADO Y DE LOS PREMIOS EXCELENCIA COMPLUTENSE DE GRADO POR RAMAS DE CONOCIMIENTO.
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Ref. del Orden del Día Fecha de la sesión 26 de abril de 2016 Sométase a CONSEJO DE GOBIERNO Madrid, 8 de abril de 2016 Vicerrector de Estudiantes Propuesta aprobada en
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR Publicado en el B.O.P. Nº 68 de 15 de Junio de 2.015 PREÁMBULO La Constitución Española, en el apartado 5 del artículo 27 establece que los
Más detallesREGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO
REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO Modificado por Resolución de Rectoría Nº 13/2016, del 11 de abril de 2016. Modificado por Resolución de Rectoría Nº 01/2009, del 06 de enero de 2009.
Más detallesESTATUTOS DEL CLUB DE INVERSIÓN [*] TÍTULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN
ESTATUTOS DEL CLUB DE INVERSIÓN [*] TÍTULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACIÓN ARTÍCULO 1º DENOMINACIÓN Los miembros firmantes de los presentes estatutos, cuya relación se adjunta
Más detallesCONVOCATORIA PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO
www.fundacionaramo.es ayudas@fundacionaramo.es CONVOCATORIA PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO PLAZO CONVOCATORIA: DEL MARTES 1 DE MAYO AL JUEVES 31 DE MAYO DE 2018 CONSULTAS: Email: ayudas@fundacionaramo.es
Más detallesNORMAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS (BECAS) DEL COLEGIO ALEMÁN DE MADRID
NORMAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS (BECAS) DEL COLEGIO ALEMÁN DE MADRID 1. Objeto y clases de ayudas económicas : 1.1-Las becas tienen por objeto compensar o reducir los gastos escolares de
Más detallesBASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR
Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL DE PREVISIÓN, ASISTENCIA Y SOLIDARIDAD. ACUERDO No 001 (Bogotá D.C., 28 de agosto de 2018)
FONDO DE EMPLEADOS DE ILUMNO PREVISIÓN, ASISTENCIA Y ACUERDO No 001 (Bogotá D.C., 28 de agosto de 2018) La Junta Directiva del Fondo de Empleados de FONEICO, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias.
Más detallesCRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA UNIVERSIDAD DE LEON.
CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA UNIVERSIDAD DE LEON. Acuerdo de Junta de Gobierno de 18-5-01 (Modificaciones aprobados
Más detallesPRESTACIONES QUE FACILITEN LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR Curso 2018/2019 (Decreto 84/2018 de 8 de
PRESTACIONES QUE FACILITEN LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR Curso 2018/2019 (Decreto 84/2018 de 8 de mayo del Gobierno de Aragón) Destinatarios Podrán solicitar las prestaciones los alumnos
Más detallesORDENANZA DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A TRANSEÚNTES
ORDENANZA DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A TRANSEÚNTES Artículo 1º.- CAPÍTULO I.- Naturaleza y Objeto El Servicio de Atención a Transeúntes (en adelante SAT) se configura como un servicio de atención
Más detallesNORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
NORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Aprobado por El Consejo de Gobierno de la UAM, el 12 de diciembre de 2014 Y El Pleno del Consejo Social de la UAM, el 15
Más detallesUniversitat Abat Oliba CEU Secretaría General NORMATIVA DE AYUDAS DE GRADO
NORMATIVA DE AYUDAS AL ESTUDIO DE GRADO (Aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2015 y modificada el 23 de enero de 2018) PREÁMBULO En cumplimiento del artículo 45 de la Ley
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ESCUELAS INFANTILES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA
NORMATIVA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ESCUELAS INFANTILES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA (Aprobada en Sesión de Pleno de fecha 9 de noviembre de 2016 y publicada en el BORM
Más detallesCómo realizar la matrícula
La matrícula sólo puede realizarse a través de Internet tanto para los Grados como para las Licenciaturas, Diplomaturas, Ingenierías o Ingenierías Técnicas. Existe la posibilidad de matricularse en los
Más detalles- Se amplía el Art. 32 de los Estatutos en los siguientes términos quedando redactado
1 ANEXO 2 Punto 3 del Orden del día.- Aprobar si procede, la modificación de los Arts. 32 y 33 de los estatutos, para la admisión de nuevos socios y eliminación de la figura de los Socios Abonados. *Nota
Más detalles