VENCIMIENTOS CORRESPONDIENTES AL MES DE ABRIL DE 2018 REGÍMENES NACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS SOCIALES
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- Rosario Muñoz Saavedra
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1 VENCIMIENTOS CORRESPONDIENTES AL MES DE ABRIL DE 2018 REGÍMENES NACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS SOCIALES Correspondiente al mes de Marzo de 2018 Trabajadores autónomos, pago mensual, conforme a cada categoría. NUEVOS VALORES A PARTIR ABRIL Empleadores, presentación y pago de aportes y contribuciones para Seguridad Social y Obras Sociales. Pago de las cuotas a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo. Presentación de las contribuciones del 14% sobre los montos que abonen a los trabajadores en vales alimentarios. SISTEMA INTEGRAL DE RETENCIONES ELECTRONICAS (SIRE). Mis Aplicaciones WEB (DJ F. 996) Reemplaza al aplicativo "SIJP - Retenciones y Percepciones" Obligatoria su utilización para los siguientes regímenes de la seguridad social: a) Régimen general de retenciones (RG (AFIP) 1784); b) Servicios eventuales (RG (AFIP) 3983); c) Empresas constructoras (RG (AFIP) 4052); d) Prestadores de servicios de limpieza de inmuebles (RG (AFIP) 1556); e) Vales alimentarios y/o cajas de alimentos (RG (AFIP) 1557); f) Actividad tabacalera (RG (AFIP) 1727); g) Prestadores de servicios de investigación y seguridad (RG (AFIP) 1769); h) Convenios de corresponsabilidad gremial " " " " " " * Presentación DD.JJ. e ingreso del saldo resultante, correspondiente a: Marzo * Ingreso del Pago a Cuenta, correspondiente a: 1º quincena Abril Empleadores del servicio doméstico, determinación e ingreso de los aportes y contribuciones. R.G. (A.F.I.P.) 841. Formulario AFIP 102/RT. Marzo/ Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 1 de 14
2 IMPUESTOS NACIONALES IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS Presentación Declaración Jurada cierre: NOVIEMBRE Ingreso del saldo resultante Anticipos Sociedades del artículo 69 de la Ley. Cierre de ejercicio y Nº de anticipo: (Nº 10); (Nº 9); (Nº 8); (Nº 7); (Nº 6); (Nº 5); (Nº 4); (Nº 3); (Nº 2); (Nº 1). Informe para fines fiscales. F. 760/C ó F Memoria, Estados Contables e Informe de auditoría en pdf, de corresponder, Ejercicios cerrados Octubre de REGÍMENES DE RETENCIÓN Agentes de Retención 4ta. Categoría-Empleadores: Liquidación impuesto anual período fiscal Deberán informar en la DD.JJ. correspondiente al período fiscal de marzo del SICORE, los beneficiarios a los que NO se les hubiera practicado la retención total del gravamen sobre las remuneraciones abonadas. Informe nominativo e ingreso de las retenciones y/o percepciones practicadas en el mes de Marzo/2018 (deducido el pago a cuenta). Régimen opcional retenciones y/o percepciones inferiores a $ (R.G. A.F.I.P. 738, Tít. II). Ingreso de las retenciones practicadas entre el y el y/o percepciones practicadas durante el mes de Marzo de 2018 (pago a cuenta 1º semestre 2018). Ingreso de las retenciones practicadas entre el y el sobre determinadas ganancias (pago a cuenta Abril/2018) PRORROGADO POR RG 4189-E Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 2 de 14
3 REGÍMENES DE RETENCIÓN (Cont.) Régimen opcional retenciones y/o percepciones inferiores a $ (R.G. A.F.I.P. 738, Tít. II). Ingreso de las retenciones practicadas entre el y el (pago a cuenta 1º Semestre 2018) SISTEMA INTEGRAL DE RETENCIONES ELECTRONICAS (SIRE). Mis Aplicaciones WEB (DJ F. 997) * Presentación DD.JJ. e ingreso del saldo resultante, correspondiente a: Marzo * Ingreso del Pago a Cuenta, correspondiente a: 1º quincena Abril IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y AL VALOR AGREGADO REGIMEN GENERAL DE RETENCIONES SUJETOS ADHERIDOS AL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) Adquirentes, locatarios y/o prestatarios que revistan la calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados en el Impuesto al Valor Agregado; los Estados Nacional, provinciales, municipales y el Gobierno de la C.A.B.A., sus entes autárquicos y descentralizados; los colegios, consejos u otras entidades profesionales y las entidades bancarias que efectúen pagos en cumplimiento de libranzas judiciales. Ingreso (Incluido el Régimen Opcional Semestral) de las retenciones, practicadas en: 2º quincena Marzo/ º quincena Abril/ Información (Régimen General) de las retenciones, practicadas en: Marzo/ RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES - MONOTRIBUTO Ingreso correspondiente al mes de Abril de Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 3 de 14
4 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Declaración Jurada cierre: MARZO Actividad Agropecuaria: Presentación DDJJ Marzo de Ingreso anual del impuesto cierre Marzo de Micro y Pequeñas Empresas -RG Nº * Transferencia electrónica de fondos correspondiente a: Enero/2018 * Presentación de la DDJJ mensual, correspondiente a: Marzo/ IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - REGIMEN DE RETENCION EMPRESAS DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, DE INVESTIGACIÓN Y/O SEGURIDAD Y DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS. R.G. (A.F.I.P.) 34 - SICORE - Ingreso (Incluido el Régimen Opcional Semestral) de las retenciones, practicadas en: 2º quincena Marzo/2018. Ingreso (Incluido el Régimen Opcional Semestral) de las retenciones, practicadas en: 1º quincena Abril/2018. Información (Régimen General) de las retenciones, practicadas en Marzo/ IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA Presentación Declaración Jurada cierre: NOVIEMBRE Ingreso del saldo resultante MORATORIAS Y PLANES DE PAGO CON A.F.I.P Régimen de Facilidades de Pago Permanente Sistema Jerónimo R.G. A.F.I.P. Nº 184. Débito directo. 23 Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 4 de 14
5 MORATORIAS Y PLANES DE PAGO CON A.F.I.P. (Cont.) Ley Moratoria Impositiva/ Previsional - Débito directo. Régimen de Facilidades de Pago. RG (AFIP) Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. Plan de Facilidades de Pago Permanente. RG (AFIP) 35. Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. Régimen Especial de Regularización. RG (AFIP) Moratoria Previsional para contribuyentes Autónomos y Monotributistas. Débito directo. Régimen Especial de Facilidades de Pago. RG (AFIP) Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. Régimen de Facilidades de Pago. RG (AFIP) Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. Régimen de Facilidades de Pago. RG (AFIP) Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. Régimen de Facilidades de Pago. RG (AFIP) Ley Nº , Libro II - Régimen de Sinceramiento Fiscal, Título II, Regularización excepcional de obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras. Débito directo. Régimen de Facilidades de Pago. RG (AFIP) 4099-E. Por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Débito directo. 23 IMPUESTOS INTERNOS Declaración jurada y pago Marzo/2018. R.G. (A.F.I.P.) 7 y modif. (Excepto Cigarrillos) PROCEDIMIENTO: RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y VENTAS Sujetos comprendidos en el Art. 2º de la R.G. Nº Transferencia electrónica de datos, correspondiente a: Marzo/ Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 5 de 14
6 PROCEDIMIENTO: FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN - RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIONES Adquirentes, locatarios o prestatarios inscriptos en el I.V.A. que realicen operaciones con sujetos que emitan comprobantes clase "M". Información de las retenciones, practicadas en Marzo/ PROCEDIMIENTO - RÉGIMEN DE INFORMACIÓN. REGISTRO DE OPERACIONES INMOBILIARIAS OPERACIONES COMPRAVENTA Y/O LOCACIÓN BIENES INMUEBLES: Personas físicas, sucesiones indivisas y demás sujetos obligados a "empadronarse" en el "Registro de Operaciones Inmobiliarias", que asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar. * Transferencia electrónica de datos, correspondiente a: Marzo PROCEDIMIENTO - RÉGIMEN DE INFORMACIÓN. OPERACIONES EN MERCADO INTERNO Contribuyentes y/o responsables obligados a inscribirse en el "Registro de Sujetos Vinculados". DJ F. 968 (generado por el aplicativo) Transferencia electrónica de datos, correspondiente a: Marzo IMPUESTOS PROVINCIALES INGRESOS BRUTOS CONVENIO MULTILATERAL Anticipo 3/ Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 6 de 14
7 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Contribuyentes locales y Actividades especiales, anticipo 03/2018. Agentes de Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires (A.R.C.I.B.A.): Presentación y pago DD.JJ. Marzo/2018. Régimen de Facilidades de Pago de carácter permanente. R. (SHyF) 303/99 y R. (DGRyEI) 1221/99. Ingreso de la cuota correspondiente. Régimen de Facilidades de Pago. R. (DGR CBA) 2291/00 y R. (SHyF) 801/00. Ingreso de la cuota correspondiente. Régimen de Presentación Espontánea. L. (CBA) 671; D. (CBA) 2076/2002; R. (SHYF) 2676/2002 y R. (DGR CBA) 51/2002. Ingreso de la cuota que corresponda. Régimen de Facilidades de Pago de carácter transitorio. R. (Min. Hacienda Buenos Aires (Ciudad)) 910/2014. Ingreso de la cuota que corresponda PROVINCIA DE BUENOS AIRES Pagos mensuales, período Marzo/2018. Declaración Jurada Anual contribuyentes directos, Período Fiscal Régimen General de Percepción: Método Percibido: al Depósito y DDJJ al Depósito y DDJJ /05 03/ Método Devengado: Depósito y DDJJ Marzo Régimen General de Retención: Depósito y DDJJ Marzo al al Depósito y DDJJ. 24 Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 7 de 14
8 AGENDA IMPOSITIVA GANANCIAS: REGÍMENES GENERALES DE RETENCIÓN RÉGIMEN GENERAL R.G. (AFIP) Nro. 830 CONCEPTO Alícuotas % Importes mensuales Inscripto No Insc. no sujeto a ret. $ Intereses por operaciones en entidades financieras. Agentes de bolsa o mercado abierto Otros intereses (no comprendidos en el punto anterior) Alquileres o arrendamientos de bienes muebles. Bienes inmuebles urbanos, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing, - incluye suburbanos-. Bienes inmuebles rurales, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing, -incluye subrurales Regalías, interés accionario, excedentes y retornos distribuidos entre asociados, cooperativas excepto las de consumo -, obligaciones de no hacer, o por abandono o noejercicio de una actividad Venta de bienes muebles y bienes de cambio. Transferencia temporaria o definitiva de derechos de llave, marcas, patentes de inversión, regalías, concesiones y similares. Locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia no mencionados expresamente en otros incisos. Honorarios de director de sociedad anónima, síndico, fiduciario, consejero de sociedades cooperativas, integrante de consejos de vigilancia y socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y por acciones. Profesiones liberales, oficios, albacea, mandatario, gestor de negocio. Corredor, viajante de comercio y despachante de aduana, comisiones derivadas de la actividad de comisionistas, rematadores, consignatarios y demás auxiliares de comercio. Explotación de derechos de autor s/escala s/escala 28-2 y 3 - Operaciones de transporte de carga nacional e internacional. 0, , , , , , , , ,- Operaciones realizadas a través de mercado de cereales a término que se resuelvan en el curso del término (arbitrajes) y de mercados de futuros y opciones. Distribución de película. Transmisión de programación. Televisión vía satelital. Cualquier otra cesión o locación de derechos excepto las mencionadas anteriormente. 0,5 2 - Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 8 de 14
9 RÉGIMEN GENERAL R.G. (AFIP) Nro. 830 (Cont.) CONCEPTO Alícuotas % Importes mensuales Inscripto No Insc. no sujeto a ret. $ Pagos realizados por cada administración descentralizada, fondo fijo o caja chica. 0,5 1,5 Subsidios abonados por los Estados nacionales, provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio, en la medida en que no establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias. Subsidios abonados por los Estados nacionales, provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia, en la medida en que no se establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias , , ,- RETENCIÓN MÍNIMA: General $ 90,00 Alquileres urbanos percibidos por no inscriptos $ 450,00 Importante: Cuando los beneficiarios sean no inscriptos en el impuesto no corresponderá considerar monto no sujeto a retención En el caso de inmuebles rurales el monto no sujeto a retención se acumula por la cantidad de meses que se abonen Las ganancias provenientes de derechos amparados por la L. 723 no sufrirán retenciones por los importes abonados hasta la suma acumulada de $ ,- en cada período fiscal y por cada agente de retención ESCALA APLICABLE: IMPORTES RETENDRÁN Más de $ A $ $ más el % s/exced. de $ en adel Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 9 de 14
10 PAGOS EFECTUADOS A BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR CONCEPTO Ganancia Tasa Neta Efectiva Incremental Contratos de transferencia de tecnología regidos por dicha ley: - Servicios de asistencia técnica, ingeniería o consultoría - Cesión de derechos o licencias (explotación de patentes de invención) - Servicios de asistencia técnica y cesión de derechos sin indicar montos 60% 80% 80% 21,00% 26,582% 28,00% 38,889% 28,00% 38,889% Derechos de autor y artistas residentes en el extranjero 35% Intereses de créditos de cualquier origen obtenidos en el extranjero: - Préstamos tomados por entidades financieras 43% 12,% 13,960% 15,05% 17,7% - Importación de bienes muebles amortizables -excepto automóvilesfinanciados por el proveedor - Préstamos otorgados por entidades bancarias o financieras radicadas en países que adoptan estándares establecidos por el Comité de Bancos de Basilea - Bonos de deuda registrados en países con convenios de reciprocidad para protección de inversiones - Préstamos tomados por sujetos del art. 49 (excluidos bancos), personas físicas y sucesiones indivisas cuando el acreedor no sea una entidad radicada en países que adoptan estándares establecidos por el Comité de Bancos de Basilea 43% 43% 43% 100% 15,05% 17,7% 15,05% 17,7% 15,05% 17,7% 35,00% 53,846% Depósitos efectuados en entidades financieras 43% Sueldos y honorarios derivados de actividades personales 70% Locación de cosas muebles 40% Alquileres y arrendamiento de inmuebles 60% Transferencias a título oneroso 50% Demás ganancias 90% 15,05% 17,7% 24,50% 32,450% 14,00%,279% 21,00% 26,582% 17,50% 21,212% 31,50% 45,985% RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE FACTURAS "M" Pagos realizados por operaciones respaldadas por facturas "M", excepto las operaciones por compra de granos no destinados a la siembra: RETENER EL 3% RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE DIVIDENDOS Ó DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES SUPERIORES A LA GANANCIA IMPOSITIVA Pago de dividendos o distribución de utilidades superiores a la ganancia impositiva: RETENER EL 35% RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE INTERESES - R.G. (AFIP) 500 Art. 81, inc. a), último párrafo RETENER EL 35% Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 10 de 14
11 RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN SOBRE INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO C.A.B.A (RESOLUCIÓN A.G.I.P. 158/2012 Y MODIFIC.) Los Agentes de Recaudación deberán retener/percibir el 3% a los contribuyentes incluidos en el padrón Régimen Simplificado con magnitudes superadas publicado en la página web RÉGIMEN DE RETENCIÓN DE CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL a) Empresas de investigación y seguridad [RG (AFIP) 1769]: pagos de facturas superiores a $ por mes. b) Régimen general de retención en operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obra, cosas y locaciones o prestaciones de servicios gravadas por el IVA [RG (AFIP) 1784]: retención mínima $ 400. c) Contratistas y/o subcontratistas de la industria de la construcción [RG (AFIP) 2682]: pagos totales o parciales -año calendario- que superen $ RÉGIMEN DEL TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA,CARGOS PÚBLICOS, SOCIOS DE SOCIEDADES COOPERATIVAS DEDUCCIONES ART. 23: para todo el país excepto para zonas desfavorables. CONCEPTO A) Ganancias no imponibles [art. 23, inc. a)] B) Deducción por carga de familia [art. 23, inc. b)] Cónyuge Hijo C) Deducción especial [art. 23, inc. c); art, 79, inc. e)] D) Deducción especial [art. 23, inc. c); art, 79, incs. a), b) y c)] E) Primas de seguros [art. 81, inc. b)] F) Gastos de sepelio (art. 22) G) Seguros de retiro - individuales IMPORTE ACUMULADO ABRIL , , , , ,66 332,04 332,04 420,40 ESCALA DEL IMPUESTO: GANANCIA NETA IMPONIBLE ACUMULADA De más de $ PAGARÁN A $ $ Más el % Sobre el excedente de $ , , ,33 429, , ,33.754, , ,33.754, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,67 en adelante , ,67 Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página de 14
12 * A partir del 1/7/2018, en $ 2.326,03 y $ 3.721,65. OTRAS NOVEDADES RESOLUCION (Consejo Nac. Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil) 3-E/2017. BO: 28/06/2017. TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL. PRESTACION POR DESEMPLEO, LEY INCREMENTO PROGRESIVO A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2017: Se fija el salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares: * A partir del 1/7/2018, en $ para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 50 por hora para los trabajadores jornalizados. Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013, fijándose: RECATEGORIZACION MiPYME Para la recategorización deberán utilizar el servicio web AFIP "PYMES - Solicitud de categorización y/o beneficios", ingresando al mismo con clave fiscal. Las empresas categorizadas antes del 28/02/2017 deberán presentar el nuevo Formulario 1272 según el mes de cierre de ejercicio: > diciembre, enero y febrero: realizar un nuevo F. 1272; > marzo: realizar un nuevo F. 1272; > de abril a noviembre: rectificar el último F presentado. CONTRIBUCION INACAP. INCREMENTO A PARTIR DE ENERO, FEBRERO Y MARZO DE 2018: Con motivo del Acuerdo salarial celebrado el 24 de enero de 2018, por aplicación de la cláusula gatillo prevista en el Acuerdo salarial del año 2017, el Organismo dio a conocer los nuevos valores: * Cuota de enero 2018: $ 91,19 * Cuota de febrero 2018: $ 92,68 * Cuota de marzo 2018: $ 94,18 CONTRIBUCIONES PATRONALES UNIFICACION DE ALICUOTAS Y NUEVO MINIMO NO IMPONIBLE. VIGENCIA A PARTIR DEL MES DEVENGADO FEBRERO DE 2018: Recordamos que la ley de reforma tributaria modificó el decreto 814/2001, al unificar en un 19,5% las alícuotas de las cargas sociales que los empleadores ingresan a la AFIP en concepto de contribuciones patronales con destino a los subsistemas del Sistema Único de Seguridad Social. Esta modificación en el régimen de contribuciones patronales tendrá efectos a partir del mes devengado febrero, cuyo vencimiento opera en el mes de marzo de La unificación de la alícuota se implementa de manera gradual, según el siguiente cronograma: Alícuota de contribuciones patronales Encuadre del empleador Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Desde el 01/01/2022 Decreto 814/2001, artículo 2, inciso a) 20,70% 20,40% 20,10% 19,80% 19,50% Decreto 814/2001, artículo 2, inciso b) 17,50% 18,00% 18,50% 19,00% 19,50% Asimismo, y con la misma vigencia, la reforma tributaria creó un mínimo no imponible de $ sobre el cual no se pagarán contribuciones patronales, pero su aplicación será gradual, ya que este monto regirá a partir del año El monto de la detracción será el que muestra el siguiente cuadro: Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 12 de 14
13 OTRAS NOVEDADES (Cont.) Detracción de la base imponible para contribuciones patronales Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Hasta el 31 Dic Desde el 01/01/2022 Porcentaje aplicable sobre el importe contemplado en el artículo 4 del decreto 814/2001 vigente en cada mes 20% ($ 2.400) 40% ($ 4.800) 60% ($ 7.200) 80% ($ 9.600) 100% ($ ) RESOLUCION (Registro Nac. Trabajadores Rurales y Empleadores Nacional) 64/2018. BO (Nacional) 01/03/2018. TRABAJO AGRARIO. NUEVA LIBRETA DEL TRABAJADOR RURAL: Se aprueba la nueva libreta de trabajo rural en formato de credencial, que reemplazará definitivamente a su anterior formato. Se mantienen la plena vigencia, validez y eficacia de las libretas de trabajo rural emitidas con el sistema y formato papel hasta la fecha límite del 31 de agosto de Vencido dicho plazo, regirá exclusivamente la libreta del trabajador rural en formato credencial como único instrumento válido para el cumplimiento de la ley 191; y desde entonces, las libretas de trabajo rural emitidas en formato papel perderán toda vigencia y eficacia jurídica para el cumplimiento de la referida normativa, debiendo ser devueltas al trabajador al momento de reemplazarlas por la nueva libreta de trabajo en formato credencial. Asimismo, se aprueba la implementación del portal web del RENATRE, con el objeto de que los beneficiarios y registrados puedan gestionar de manera virtual y progresiva los diferentes trámites administrativos inherentes al Registro. La presente normativa comienza a regir el 1 de marzo de RESOLUCION (Sec. Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa) 74/2018. BO: 28/02/2018. SOCIEDADES. REGIMENES ESPECIALES. TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. REGISTRO DE EMPRESAS MIPYMES. SE EXTIENDE LA VIGENCIA DEL CERTIFICADO MIPYME PARA EJERCICIOS CERRADOS A PARTIR DE DICIEMBRE DE 2017: Se extiende el plazo de vigencia del Certificado MiPyME hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. A consecuencia de ello, el trámite de renovación del citado certificado podrá ser realizado a partir del primer día de dicho mes. Las presentes disposiciones resultan de aplicación para los sujetos con ejercicios fiscales cerrados a partir del mes de diciembre del año RESOLUCION GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) BO (Nacional): 07/03/2018. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. APORTES Y CONTRIBUCIONES. SISTEMA APLICATIVO SICOSS, VERSION 41. APROBACION. VIGENCIA: Se aprueba la versión 41 del programa aplicativo Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS. La nueva versión contiene las siguientes novedades: * Incorporación de las nuevas alícuotas para el cálculo de las contribuciones patronales, para las declaraciones juradas correspondientes al período devengado febrero de 2018 y los siguientes. * Incorporación de un campo para informar la detracción del mínimo no imponible. * Incorporación de un código de condición que identifique a los trabajadores en condición de jubilarse, respecto de las declaraciones juradas para el período devengado enero de 2018 y los siguientes. * Habilitación de nuevos códigos de actividad que contemplan distintas modalidades contractuales del trabajo agrario. * Establece las pautas para el usufructo de los beneficios establecidos en la ley La nueva versión se encontrará disponible en la Web de la AFIP a partir del 3 de abril de Las declaraciones juradas determinativas de los recursos de la seguridad social correspondientes a los períodos devengados enero, febrero y/o marzo de 2018 presentadas con una versión anterior del SICOSS podrán ser rectificadas por nómina completa utilizando la versión 41 de dicho aplicativo hasta el 31 de mayo de 2018, inclusive. En este caso, la rectificativa en menos no implicará la aplicación de las disposiciones de la resolución general Asimismo, cuando la rectificación de las referidas declaraciones juradas arroje un saldo a favor de la AFIP, su ingreso se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 13 de 14
14 OTRAS NOVEDADES (Cont.) RESOLUCION (Subsec. Trabajo, Industria y Comercio Buenos Aires (Ciudad)) 798/2018. BO (Buenos Aires (Ciudad)): 08/03/2018. TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. POLICIA LABORAL. CIUDAD DE BUENOS AIRES. RUBRICA DE LIBROS Y DOCUMENTACION LABORAL. IMPLEMENTACION DE SISTEMA WEB. PRORROGA: Se prorrogan hasta el día 1 de junio del año 2018 los plazos para adecuarse al Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma digital de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecidos en los artículos 2, 3 y 4 de la resolución (SsTIC) 2623/2017, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período mayo de NUEVAS VERSIONES APLICATIVOS * Bienes Personales Acciones y Participaciones Societarias - Versión 4.3. * Ganancias Personas Jurídicas - Versión 15.0 Release 3. RESOLUCION GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4189-E. BO: 10/01/2018. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RENTAS DEL TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA, ACTORES Y OTROS. SE EXTIENDE AL 31/03 DE CADA AÑO LA PRESENTACION DEL F.572 WEB SIRADIG ANUAL, Y SE INCREMENTA A $ EL IMPORTE DE RENTAS BRUTAS PARA PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES: Mediante la presente resolución se extiende al 31 de marzo de cada año el plazo del que disponen los trabajadores para informar, a través del F. 572 Web SIRADIG, la información correspondiente a las deducciones anuales. A consecuencia de ello, se extiende hasta el último día del mes de abril de cada año el plazo para que los agentes de retención efectúen la liquidación anual, y durante el mes de mayo deberán retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido. En la liquidación del SICORE correspondiente al mes de mayo de cada año, deberán informar el detalle de los beneficiarios a los que no les hubieran practicado la retención total del gravamen. En otro orden, se incrementa a $ el importe de las rentas brutas percibidas anualmente a partir del cual resulta obligatorio que los beneficiarios de las rentas presenten la declaración jurada patrimonial ante la AFIP. Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del período fiscal Calendario de Vencimientos y Agenda Impositiva 04/2018 Página 14 de 14
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