ACTA N DE FEBRERO DEL 2018

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1 JUNTA DIRECTIVA PRESIDENTA MSC. ALEJANDRA MORA MORA PRESIDENTA EJECUTIVA MINISTRA DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER VICEPRESIDENTA LICDA. EDDA QUIRÓS RODRÍGUEZ REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA MSC. NANCY MARÍN ESPINOZA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MSC. FLOR ELIETH UMAÑA FERNÁNDEZ REPRESENTANTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE LICDA. CAROLINA CARMONA QUIRÓS REPRESENTANTE DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL ACTA NÚMERO TRES-DOS MIL DIECIOCHO DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES EL DÍA VEINTISÉIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, LA CUAL DIO INICIO A LAS DIECISIETE HORAS CON VEINTICUATRO MINUTOS, CON LA PRESENCIA DE LA MSC. ALEJANDRA MORA MORA, QUIEN PRESIDE Y LAS DIRECTORAS EDDA QUIRÓS RODRÍGUEZ; NANCY MARÍN ESPINOZA, FLOR ELIETH UMAÑA FERNÁNDEZ; CAROLINA CARMONA QUIRÓS Y EL DIRECTOR LUIS PABLO ZÚÑIGA MORALES. AUSENTE CON JUSTIFICACIÓN: LA DIRECTORA TERESITA RAMELLINI CENTELLA. MSC. TERESITA RAMELLINI CENTELLA REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES DE MUJERES LIC. LUIS PABLO ZÚÑIGA MORALES REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA AGENDA CAPÍTULO I LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA CAPÍTULO II LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR 1. Aprobación del Acta N correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de febrero del CAPÍTULO III ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA 1. Informe presentado por la Ministra Alejandra Mora sobre participación en evento de 90 años de la CIM; Sesión del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos; Tercera Sesión del Comité Directivo de la CIM y Segunda Conferencia de Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de Convención Belém Do Pará (MESECVI), realizadas en Washington D.C., del 20 al 22 de febrero del CAPÍTULO IV ASUNTOS DE LA JUNTA DIRECTIVA 1. Solicitud de la Directora Teresita Ramellini Centella, para conocer la Declaración sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como bien de la humanidad, emitida por el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Belém Do Pará para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -MESECVI-, en la Decimocuarta Reunión del Comité de Expertas -CEVI-, realizada en Panamá durante los días 27 y 28 de noviembre del Oficio DAF de fecha 07 de febrero del 2018, suscrito por la señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera, en que remite la Modificación Presupuestaria N , con las justificaciones correspondientes de las variaciones de los requerimientos de los Programas Administrativo y Técnico. 3. Oficio DAF suscrito por la señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera, en fecha 09 de febrero del 2018, en que se da respuesta por parte de la Contraloría General de la República mediante documento de fecha 08 de febrero del 2018, a la consulta sobre cómo plantear la diferencia técnica entre el superávit no comprometido y el superávit comprometido; lo anterior en cumplimiento al Acuerdo N 8 de la Sesión N del 22 de enero del Oficio INAMU-PE-DE suscrito el 20 de febrero del 2018 por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en respuesta al Acuerdo N 12 del Acta N , que presenta el Informe sobre el avance y estado actual de los Convenios de Cooperación celebrados con el INAMU, citados en el oficio DGAE , de acuerdo a la información suministrada por el Área de Violencia de Género y el Área de Construcción de Identidades y Proyectos de Vida. 5. Oficio INAMU-PE-DE del 21 de febrero del 2018, de la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en que remite las observaciones y recomendaciones al Informe de Seguimiento de acciones INAMU-JD- AI emitido por la Auditoría Interna, en atención a lo solicitado en el Acuerdo N 11 de la Sesión N Oficio UIN suscrito por la señora Ingrid Trejos, Jefa de la Unidad de Informática en fecha 09 de febrero del2018, presentando el Informe de Avance sobre el Sistema de Seguimiento y Cumplimiento de Acuerdos de Junta Directiva -SISECA-, conforme al Acuerdo N 6 del Acta N , referente asimismo al oficio UIN

2 7. Oficio UIN fechado 22 de febrero del 2018, con el que la señora Ingrid Trejos, Jefa de la Unidad de Informática, da cumplimiento al Acuerdo N 12 del Acta N sobre el Sistema SISECA. 8. Conocimiento del oficio FMI de fecha 12 de febrero del 2018 suscrito por la señora Ana Felicia Torres Redondo, Coordinadora del Foro de Mujeres del INAMU, en que hace de conocimiento los acuerdos tomados en la III Asamblea General Ordinaria del Foro de Mujeres del INAMU, celebrada el día 08 de diciembre del Oficios presentados por la Auditora Interna señora Ema Rebeca Alfaro: INAMU-JD-AI de 05 de diciembre del 2017, con el que la Auditoría Interna brinda Asesoría a la Junta Directiva, sobre el posible riesgo que podría enfrentar el INAMU al realizar la contención del gasto. INAMU-JD-AI de 08 de enero del 2018, que adjunta el Informe Anual de Labores realizadas por la Auditoría Interna durante el período INAMU-JD-AI del 08 de enero del 2018, que remite oficios referentes a la Encuesta para el Jerarca en el proceso de Autoevaluación de la Calidad de la Auditoría Interna del INAMU en el INAMU-JD-AI de 31 de enero del 2018, que presenta solicitud de vacaciones de la Auditora Interna Ema Rebeca Alfaro, por el período comprendido del 21 de marzo al 13 de abril del año en curso y autorización para el nombramiento de la funcionaria Maureen Rojas en su sustitución. INAMU-JD-AI que adjunta el Informe INAMU-JD-AI-Inf de fecha 01 de febrero del 2018, en que la Auditora Interna señora Ema Rebeca Alfaro presenta el Informe sobre el Avance de las Medidas de Mejoramiento de la Auditoría Interna CAPÍTULO V ASUNTOS VARIOS CAPÍTULO I LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA La Presidenta Alejandra Mora procede a dar lectura a la Agenda, con el consiguiente acuerdo: ACUERDO NÚMERO UNO 1. APROBAR LA AGENDA PARA LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO TRES-DOS MIL DIECIOCHO. CAPÍTULO II LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR 1. Aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria N celebrada el 12 de febrero del Una vez que la Presidenta Alejandra Mora somete a consideración el Acta indicada, se acuerda: ACUERDO NÚMERO DOS 1. APROBAR EL ACTA NÚMERO DOS-DOS MIL DIECIOCHO CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA DOCE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECIOCHO, SIN MODIFICACIÓN ALGUNA. Se abstienen de votar la Directora Carolina Carmona y el Director Luis Pablo Zúñiga, en razón de no estar presentes en la Sesión N CAPÍTULO III ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA 1. Informe presentado por la Ministra Alejandra Mora sobre su participación en el evento de celebración de los 90 años de la CIM; en la Sesión Especial del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos; en la Tercera Sesión del Comité Directivo de la CIM y en la Segunda Conferencia Extraordinaria de Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém Do Pará (MESECVI), realizadas en Washington D.C., del 20 al 22 de febrero del Se da por conocido el informe de participación en los eventos indicados, rendido verbalmente por la señora Ministra Alejandra Mora Mora. CAPÍTULO IV ASUNTOS DE LA JUNTA DIRECTIVA 1. Solicitud de la Directora Teresita Ramellini Centella, para conocer la Declaración sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como bien de la humanidad, emitida por el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Belém Do Pará para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -MESECVI-, en la Decimocuarta Reunión del Comité de Expertas -CEVI-, realizada en Panamá durante los días 27 y 28 de noviembre del La Presidenta Alejandra Mora presenta la Declaración del Comité de Expertas del MESECVI, que indica:

3 MECANISMO DE SEGUIMIENTO OEA/Ser.L/II.7.10 CONVENCIÓN BELÉM DO PARÁ (MESECVI) MESECVI/CEVI/doc.244/17.rev1 Decimocuarta Reunión del Comité de Expertas 28 de noviembre de y 28 de noviembre de 2017 Original: español Ciudad de Panamá, Panamá Declaración sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como bien de la humanidad El Comité de Expertas (CEVI) del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belem do Pará (MESECVI), RECONOCIENDO: Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (1948) afirma que Todos los seres humanos, sin distinción de raza, sexo, nacionalidad, credo o condición social, tienen derecho al bienestar material y a su desarrollo espiritual, en condiciones de libertad, dignidad, igualdad de oportunidades y seguridad económica; Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) afirma que Todas las personas son iguales ante la ley. consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley; Que el Protocolo Adicional a la Convención Americana en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador" (1988) establece la obligación de garantizar el ejercicio de derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social; y Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará (1994) afirma que Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, culturales y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.; Que la igualdad entre mujeres y hombres y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas es un objetivo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS, 2015) adoptada por 193 países del mundo; Que los Estados Parte de la Convención de Belém do Pará adoptaron la Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el Marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030 (2016) que contribuye a hacer posible que, en nuestra región, la igualdad entre mujeres y hombres sea transversalizada en todos los ODS; REITERANDO que la violencia por razón de género contra la mujer es uno de los medios sociales, políticos y económicos fundamentales a través de los cuales se perpetúa la posición de subordinación de la mujer con respecto al hombre 1 ; RECORDANDO que el art. 6 de la Convención de Belém do Pará dispone que El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros: a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación y que conforme a los arts. 8 (b) de la misma Convención y el art. 5 de la CEDAW, los Estados Partes convinieron en adopta medidas apropiadas para modificar dichos patrones estereotipados con miras a eliminar los prejuicios y prácticas consuetudinarias y de cualquier índole que perpetúan la desigualdad y la violencia contra las mujeres; RECORDANDO también las preocupaciones resaltadas por el CEVI y los compromisos adoptados por los Estados en la Declaración de Pachuca: Fortalecer los esfuerzos de prevención de la violencia contra las mujeres, en particular los de: Coordinar con las instancias gubernamentales relevantes para incorporar el enfoque de género y de derechos humanos en la currícula educativa y ámbitos educativos no formales; y Ampliar el trabajo de educación para los derechos humanos y la igualdad de género más allá del sector educativo para incluir a otros espacios y actores clave, como madres y padres, sindicatos y organizaciones de educadores(as) y grupos religiosos, entre otros; ALTAMENTE PREOCUPADAS por la proliferación e impacto de campañas y discursos organizados por sectores conservadores que justifican las discriminaciones, las prácticas nocivas, la división sexual del trabajo, o la exclusión de las mujeres del poder público y político, que cuestionan los avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, tergiversando conceptos, desinformando y confundiendo a la población y oponiéndose a las leyes y políticas públicas que promueven la autonomías física, económica, y la toma de decisiones por parte de las mujeres; En 1 Comité CEDAW, Recomendación 35

4 CONSTATANDO que los medios de comunicación y la publicidad reproducen estos patrones culturales patriarcales, revictimizan a las mujeres y continúan usando su imagen como objeto de consumo o vinculado exclusivamente con el rol reproductivo; ALARMADAS por la aprobación de leyes contrarias a los derechos de las mujeres o regresivas respecto de los logros alcanzados en materia de igualdad y vida libre de violencia, PREOCUPADAS por los obstáculos para la aplicación de leyes existentes que incorporan los principios y obligaciones contraídas al aprobar la Convención de Belém do Pará y la CEDAW; PREOCUPADAS por el rechazo a una educación libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación de las mujeres, incluida la educación sexual, y por el uso de los supuestos valores religiosos y morales para afectar estos derechos humanos; ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO los Lineamientos Interamericanos por la Igualdad de género como bien de la humanidad aprobados por parte de las Delegadas de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) de la OEA; COMPARTIENDO las advertencias de los Lineamientos sobre que los discursos en contra de los derechos de las mujeres se basan en concepciones intolerantes que promueven el miedo y la culpa en las mujeres, identificando el ejercicio de sus derechos con la descomposición social o el libertinaje y que en algunos casos llegan a justificar la violencia contra ellas con base en juicios morales sobre la vida y conducta de las víctimas, promoviendo la impunidad por actos de discriminación y violencia, incluyendo los discursos de odio. DECLARA: Que los discursos y campañas que defienden como natural el orden social, político y económico patriarcal y refieren despectivamente a la categoría analítica género como una ideología, dificultan la igualdad sustantiva, ya que profundizan el machismo y la misoginia, refuerzan y perpetúan estereotipos y roles de género discriminatorios y una cultura de intolerancia, que afecta a la convivencia democrática, dificulta el ejercicio de los derechos de las mujeres y legitima la violencia en su contra; Que la vida libre de violencia y la igualdad entre hombres y mujeres son derechos humanos reconocidos en los tratados que integran el ius cogens internacional y Estados deben cumplir estrictamente con el deber de debida diligencia para garantizarlos; Que la discriminación y la violencia contra las mujeres constituyen violaciones a los derechos humanos, por lo que no resultan admisibles justificaciones basadas en creencias o valores religiosos o culturales; Que género es una categoría analítica proveniente de las ciencias sociales, no es una ideología sino un instrumento metodológico para examinar y revelar las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, así como para defender los derechos humanos de las mujeres; RECOMIENDA: 1. Fortalecer el tejido institucional y social para el desarrollo cultural de la igualdad de mujeres y hombres como un bien de la humanidad; 2. Profundizar el enfoque de género en las leyes y las políticas públicas, incluyendo en la educación en todos los niveles y ámbitos con el objetivo de garantizar la igualdad de derechos y de oportunidades, y una vida libre de violencia para las mujeres; 3. Empoderar a las mujeres para el ejercicio de sus derechos y fortalecer los mecanismos de protección y acceso a la justicia; 4. Incentivar la profundización y difusión de conocimientos, así como la producción cultural y artística con perspectiva de género, para promover la igualdad y no discriminación, y el fortalecimiento del Estado Laico; 5. Trabajar con los medios y profesionales en comunicación para que participen activamente favoreciendo el cambio cultural para la igualdad y la no discriminación. El Directorio procede a analizar los alcances de la Declaración sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como bien de la humanidad, emitida por el Comité de Expertas -CEVIdel Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém do Pará (MESECVI), considerando de vital importancia hacerla de conocimiento institucional. ACUERDO NÚMERO TRES 1. El análisis y reflexión sobre la los alcances de la Declaración sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como bien de la humanidad, emitida por el Comité de Expertas -CEVI- del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém do Pará (MESECVI), en su Decimocuarta Reunión realizada en la Ciudad de Panamá. 1. COMISIONAR A LA SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA A PROCEDER A REMITIR VÍA DIGITAL AL DIRECTORIO DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO, EL DOCUMENTO CONTENIENDO LA DECLARATORIA SOBRE LA IGUALDAD DE GÉNERO Y EL EMPODERAMIENTO DE LAS MUJERES COMO BIEN DE LA HUMANIDAD, EMITIDA EN LA DECIMOCUARTA REUNIÓN DEL COMITÉ DE EXPERTAS -CEVI- DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA

5 VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ -MESECVI-, CON LA FINALIDAD DE QUE SEAN APLICADOS EN LO QUE CORRESPONDE. 2. Oficio DAF de fecha 07 de febrero del 2018, suscrito por la señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera, en que remite la Modificación Presupuestaria N , con las justificaciones correspondientes de las variaciones de los requerimientos de los Programas Administrativo y Técnico. Se autoriza el ingreso de las señoras Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera y Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, al ser las dieciocho horas con siete minutos. La Directora Juanita Grant presenta lo concerniente a los rubros presupuestarios contenidos en el Programa Administrativo, en que indica: TOTAL REBAJOS: Información: , Monto correspondiente a pautajes para el Área de Violencia, por cuanto esta Área cumplirá esta acción con el Convenio la II Etapa Convenio INAMU-UNAFUT Machismo en el marco del Campeonato Mundial de Fútbol Rusia 2018, por lo que se requiere re clasificar los recursos. Productos de papel, cartón e impresos: 500, Las suscripciones de diarios de circulación nacional se tramitaron a finales de diciembre Se cumplió con la meta y con el objetivo. Prestaciones Legales: , Para incrementar la subpartida de Pensiones y Jubilaciones Contributivas del Programa Administrativo, de acuerdo con el objeto de gasto del Sector Público se reclasifica el monto destinado para el pago de Pensiones y Jubilaciones Contributivas. El rebajo es una reclasificación, por lo que no se afecta la meta ni el cumplimiento de los objetivos. Transferencias Corrientes a Organismos Internacionales: 8.600, El monto que se ejecutará es menor a lo que se estimó, por lo que dicho rebajo no afecta el cumplimiento de las acciones inscritas en el POI y permiten el cumplimiento de otras actividades y metas. Sumas Libres sin asignar Presupuestaria: , Monto que se reclasifican para hacer frente a necesidades Institucionales que surgieron posterior a la elaboración del POI 2018, mismas de importancia que permiten el cumplimiento de metas y objetivos Institucionales y que por su naturaleza presupuestaria pueden ser financiadas con superávit. TOTAL AUMENTOS: Servicios en Ciencias Económicas y Sociales: 25,000, Contratación de Servicios Profesionales para actualización del Manual Institucional de Cargos del INAMU. Esta contracción forma parte de las actividades del Plan de Mejora Institucional y es una necesidad ya que la existente data del año 2000 y debido a que la Institución no cuenta con el personal con la expertis para realizar esta actividad. Pensiones y Jubilaciones Contributivas: , De acuerdo con el objeto de gasto del Sector Público, se reclasifica el monto destinado para el pago de Pensiones y Jubilaciones Contributivas. Según los reportes recibidos a la fecha se aumenta esta subpartida para asumir el pago de pensión de las personas funcionarias. Transporte de Bienes: 3.000, Para atender mediante servicio de correo las notificaciones de FOMUJERES en diferentes partes del país, esta estrategia disminuye los costos de transporte y viáticos de Conductores de Equipo Móvil y agiliza las acciones que se están desarrollando para el cumplimiento de las notificaciones. Bienes Intangibles: , Se requiere este aumento con el fin de poder realizar los pagos correspondientes al concurso de Licitación Abreviada de un Licenciamiento del Sistema de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Nacionales PIEG y PLANOVI, y en cumplimiento con la disposición de la Contraloría General de la República. Se trata de la compra de una licencia para el uso del Sistema. Transferencias Corrientes a Órganos Desconcentrados: , Para el pago del 3% a la CNE se estimó un monto menor por cuanto se valoraba alcanzar una ejecución mayor de presupuesto para el año 2017, por lo que es necesario el aumento para completar los millones que se le van a transferir a esta entidad. DIFERENCIA A TRASLADAR AL PROGRAMA TÉCNICO: La Directora Yolanda Delgado por su parte presenta lo correspondiente al Programa Técnico, indicando que la recomendación de asignación de recursos presupuestarios se realiza con base en tres situaciones particulares: 1) consignar una omisión en la matriz correspondiente al POI de la Región Chorotega, asociada a la partida de Viáticos y Transportes en el Programa Avanzamos Mujeres, en razón de que al elaborar el instrumento, se dejaron espacios en blanco que no fueron captados en la planificación; 2) incluir el registro de pago de tres contrataciones administrativas que corresponden al ejercicio económico 2017; y 3) consignar los recursos vinculados al Foro de Mujeres del INAMU asignados en el POI por concepto de

6 actividades relacionados con los talleres de capacitación y Asambleas Generales, dado que por error material se registraron en una matriz independiente de la planificada para el Área de Ciudadanía Activa, por lo que no pudieron ser captados en los registros de la Unidad de Planificación Institucional. Una vez esbozadas las observaciones y hechas las aclaraciones pertinentes, se procede a tomar el acuerdo: ACUERDO NÚMERO CUATRO 1. El oficio DAF de fecha 07 de febrero del 2018, suscrito por la señora Juanita Grant Rojas, Directora Administrativa Financiera, con el que presenta la Modificación Presupuestaria N , correspondiente al Presupuesto Ordinario del Instituto Nacional de las Mujeres del Ejercicio Económico 2018, por el monto de cuatrocientos diecisiete millones doscientos dieciocho mil quinientos noventa colones con 100/00 ( ,00). 1. APROBAR CONFORME A LOS ATESTADOS PRESENTADOS POR LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS, LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÙMERO UNO-DOS MIL DIECIOCHO (N ) AL PRESUPUESTO ORDINARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO DOS MIL DIECIOCHO, POR EL MONTO DE CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA COLONES CON 100/00 ( ,00). 2. AUTORIZAR A LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA A PROCEDER CON LA REMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS SOPORTE APROBADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA, A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA AUTORIDAD PRESUPUESTARIA Y A FODESAF, CONFORME LO ESTABLECIDO. ACUERDO FIRME. 3. Oficio DAF suscrito por la señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera, en fecha 09 de febrero del 2018, en que se da respuesta por parte de la Contraloría General de la República mediante documento de fecha 08 de febrero del 2018, a la consulta sobre cómo plantear la diferencia técnica entre el superávit no comprometido y el superávit comprometido; lo anterior en cumplimiento al Acuerdo N 8 de la Sesión N del 22 de enero del La señora Juanita Grant presenta la respuesta brindada por la Contraloría General de la República, ante la consulta hecha por el INAMU, sobre cómo se define la diferencia técnica entre el superávit no comprometido y el superávit comprometido. De: Juan Miguel Rodríguez Alpízar <juan.rodriguez@cgr.go.cr> Enviado: jueves 8 de febrero de :35:04 p.m. Para: Juanita Grant Rojas C: Rodrigo Paniagua Páez; Juan Carlos Barboza Sánchez; Juan Miguel Rodríguez Alpízar Asunto: Consulta Estimada Juanita Grant En respuesta a la consulta realizada mediante correo electrónico el día 26 de enero del presente año, sobre cómo plantear la diferencia técnica entre el superávit no comprometido y el superávit comprometido. Al respecto, se aclara que a nivel presupuestario no existen las figuras de Superávit Comprometido y Superávit no comprometido, sino que en su lugar aplican las clasificaciones oficiales establecidos en el clasificador de ingresos para el sector público, emitido por el Ministerio de Hacienda, es decir, el superávit solamente se puede clasificar como superávit libre o como superávit específico. Sobre el particular, este Órgano Contralor mediante oficio DFOE-SOC-0953 del 21 de setiembre de 2017 emitió un criterio relacionado con el origen, clasificación y aplicación de los recursos provenientes del superávit, en el cual se externan principalmente las siguientes consideraciones: i. En relación con el uso de los recursos por parte de las instituciones y órganos públicos, debe tenerse presente que se encuentran sometidos al principio de legalidad consagrado en el artículo 11 de la Constitución Política, y desarrollado también en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, principio que orienta toda la actuación administrativa. ii. En atención a lo anterior, se puede señalar que la legislación que crea la institución o faculta a un órgano a administrar recursos con presupuesto independiente, le asigna los recursos financieros que soportarán el ejercicio de sus competencias en general, sin que su uso y aplicación tengan una finalidad específica originaria. De este modo la Administración con absoluta discrecionalidad puede disponer de ellos para atender las obligaciones que en general demande el ejercicio de su competencias durante el ejercicio económico y posterior a éste, las cuales comprenden una gama de gastos operativos propios tanto de la actividad sustantiva como de las actividades de apoyo necesarias para que las primeras puedan realizarse. No obstante, es necesario dejar claro que en concordancia con lo indicado, el remanente que de ellos resulte al final del período, se constituirá en superávit libre, entendido

7 este por definición como el exceso de ingresos ejecutados sobre los gastos ejecutados al final de un ejercicio presupuestario, que son de libre disponibilidad en cuanto al tipo de gasto que puede financiar. Así las cosas, una pretensión en contrario implicaría que todo remanente proveniente de ellos, al final del periodo se constituiría en Superávit Específico y en consecuencia la clasificación de Superávit Libre, dejaría de tener sentido en el Clasificador de Ingresos del Sector Público. La diferenciación antes mencionada, desde una visión técnica y jurídica y en atención al concepto de autonomía presupuestaria, resulta justificable para garantizar la libertad o discrecionalidad que tienen los jerarcas y titulares subordinados de la institución para administrar su presupuesto en aras de atender la función pública que se les ha encomendado. iii. Por el contrario, el superávit específico como fuente extraordinaria de recursos, se refiere al exceso de ingresos ejecutados sobre los gastos ejecutados al final de un ejercicio presupuestario, que por disposiciones especiales o legales tienen que destinarse a un fin específico, por lo que su categorización a nivel presupuestario, solo es posible si se está en presencia de los supuestos regulados en la citada acepción, es decir que exista una ley o disposición especial que así lo determine, por lo que no es dable otorgarle a los remanentes de los recursos ordinarios al final del ejercicio económico el carácter de específico, solamente porque constituyen obligaciones pendientes de pago producto de la adquisición de bienes y servicios. No obstante, se aclara que lo indicado no constituye impedimento para que a nivel administrativo una entidad, prevea una separación de los recursos y fuentes que financiarán el pago de una determinada obligación contractual. iv. En ese orden de ideas debe entenderse que el presupuesto público constituye una autorización para ejecutar un gasto máximo, pero una autorización de carácter limitativo que se sujeta a ciertos principios, siendo uno de ellos el de anualidad presupuestaria. Este principio establece un espacio de tiempo - conocido como ejercicio económico- durante el cual le resulta legítima a la Administración el ejercicio de esa potestad de gasto y por ende la ejecución presupuestaria. Para todos los efectos el ejercicio económico, comprendería el lapso de tiempo que va desde el 1 de enero al 31 de diciembre, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 176 de la Constitución Política y en el artículo 5, inciso d) de la LAFRPP. v. En relación con lo establecido en los artículo 8 y 9 de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, si bien en su párrafo final indica que para el caso de las contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por más de un período presupuestario, deberán adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones, más que el fundamento legal para argumentar la existencia de reservas presupuestarias que soporten el pago de las obligaciones contractuales pendientes al final de un período presupuestario; se refiere a un tema de programación presupuestaria, en el sentido de que la Administración es la que debe tomar las previsiones del caso, para que de los ingresos proyectados para el siguiente período presupuestario, se atiendan prioritariamente aquellos gastos vinculados a una obligación contractual que tiene su origen en períodos anteriores Por otra parte, en cuanto a la aplicación del superávit libre, el Decreto N del 29 de junio de 2005 [1], se establece en el artículo 7 que: Los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlo en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza. Los conceptos de Materia prima y Producto terminado para la producción y comercialización de combustibles respectivamente, podrán financiarse con recursos provenientes del superávit libre sólo en casos excepcionales fuera del alcance de la programación de la institución. Además de lo indicado en el párrafo primero de este artículo, no se podrán financiar con superávit libre los siguientes conceptos: a) Actividades Protocolarias y Sociales. b) Transporte en el exterior. c) Viáticos en el exterior. d) Gastos de representación personales. e) Gastos de representación institucionales. f) Servicios de Gestión y Apoyo, para que el Patronato Nacional de la Infancia brinde asistencia técnica y protección a la niñez, la adolescencia y a la familia, en situación de riesgo. (Así reformado el artículo 1 del decreto ejecutivo N del 29 de marzo del 2012) g) Información, excepto la que se realice para promocionar a Costa Rica como marca destino-país. h) Publicidad y Propaganda, excepto la publicidad para promocionar a Costa Rica en el interior y en el exterior desde la perspectiva de la construcción de la marca destino-país y aquella realizada por el Patronato Nacional de la Infancia en procura del fortalecimiento y protección de la niñez, la adolescencia y la familia dentro de los mejores valores tradicionales del ser costarricense. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1 del decreto ejecutivo N del 29 de marzo del 2012) i) Suplencias. j) Becas a funcionarios. k) Becas a terceras personas, excepto las becas concedidas por el Fondo Nacional de Becas (FONABE) que de conformidad con la legislación vigente, se adjudican a estudiantes de bajos recursos económicos para que cursen estudios en cualquiera de los ciclos educativos, dentro o fuera del país, con base en el mérito personal, las condiciones socio-económicas y el rendimiento académico de los beneficiarios. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1 del decreto ejecutivo N H del 22 de junio del 2016) l) Alimentos y bebidas, salvo para aquellas entidades y órganos que tengan a cargo el cuidado de segmentos desprotegidos de la población y que por esa condición deban suministrarles alimentos y bebidas.

8 m) Combustibles y lubricantes, excepto para atender situaciones de emergencia por parte de la Comisión Nacional de Emergencias y aquellas que tengan que ver con la atención directa de las personas menores de edad a través del Patronato Nacional de la Infancia. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1 del decreto ejecutivo N del 29 de marzo del 2012) n) Textiles y vestuarios, excepto cuando por medio del Patronato Nacional de la Infancia se destinen para la atención directa y protección especial de las personas menores de edad. (Así reformado el artículo 1 del decreto ejecutivo N del 29 de marzo del 2012) o) Y en general aquellos otros gastos que no estén relacionados con la actividad ordinaria de los órganos y entidades o que no sean indispensables para el cumplimiento de los fines institucionales. (Así reformado por el artículo 1 del decreto ejecutivo N del 21 de setiembre de 2007) (El subrayado no pertenece al original) Además, en cuanto a la aplicación del superávit específico, ese Decreto establece en el artículo 9 que: Los recursos de vigencias anteriores que se refieren al superávit específico, podrán utilizarse para financiar los gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a esos recursos. (El subrayado no pertenece al original) Por lo tanto, en los informes de ejecución presupuestario, como parte del ciclo presupuestario, se deben aplican las clasificaciones presupuestarias descritas anteriormente. La Presidenta Alejandra Mora manifiesta que según se desprende de la respuesta brindada por la Contraloría General de la República, a través del documento suscrito en fecha 08 de febrero del 2018 por el señor Juan Miguel Rodríguez Alpízar, queda claro que a nivel presupuestario no existen las figuras de Superávit Comprometido ni Superávit no comprometido, sino que en su lugar aplican las clasificaciones oficiales establecidos en el clasificador de ingresos para el Sector Público, emitido por el Ministerio de Hacienda; es decir, el superávit solamente se puede clasificar como superávit libre o como superávit específico; razón por la que el Órgano Contralor mediante oficio DFOE-SOC-0953 del 21 de setiembre de 2017 emitió un criterio con las consideraciones relacionadas con el origen, clasificación y aplicación de los recursos provenientes del superávit. Una vez esbozadas las observaciones y hechas las aclaraciones pertinentes, se procede a tomar el acuerdo: ACUERDO NÚMERO CINCO 1. El oficio DAF de fecha 09 de febrero del 2018, con el que la señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera, presenta el documento suscrito por el señor Juan Miguel Rodríguez Alpízar el día 08 de febrero del mismo año, que contiene la respuesta brindada por parte de la Contraloría General de la República, a la consulta del INAMU sobre cómo plantear la diferencia técnica entre el superávit no comprometido y el superávit comprometido; lo anterior en cumplimiento al Acuerdo N 8 de la Sesión N celebrada el 22 de enero del Lo indicado por la Contraloría General de la República, en el sentido de dejar claro que a nivel presupuestario no existen las figuras de Superávit Comprometido ni Superávit no comprometido, sino que en su lugar aplican las clasificaciones oficiales establecidos en el clasificador de ingresos para el Sector Público, emitido por el Ministerio de Hacienda; es decir, el superávit solamente se puede clasificar como superávit libre o como superávit específico; razón por la que el Órgano Contralor mediante oficio DFOE-SOC-0953 del 21 de setiembre de 2017 emitió un criterio con las consideraciones relacionadas con el origen, clasificación y aplicación de los recursos provenientes del superávit. 3. Las observaciones presentadas por la Contraloría General de la República; además de tener claro el objetivo de esta Junta Directiva, en el sentido de que el superávit libre que tiene el INAMU, estuviese debidamente clasificado con base en los compromisos asumidos. 1. TOMAR NOTA PARA LOS FINES LEGALES CORRRESPONDIENTES, DE LO INDICADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DEL DOCUMENTO SUSCRITO POR EL SEÑOR JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ ALPÍZAR EL DÍA 08 DE FEBRERO DEL 2018, EN EL SENTIDO DE DEJAR CLARO QUE A NIVEL PRESUPUESTARIO NO EXISTEN LAS FIGURAS DE SUPERÁVIT COMPROMETIDO NI SUPERÁVIT NO COMPROMETIDO, SINO QUE EN SU LUGAR APLICAN LAS CLASIFICACIONES OFICIALES ESTABLECIDAS EN EL CLASIFICADOR DE INGRESOS PARA EL SECTOR PÚBLICO, EMITIDO POR EL MINISTERIO DE HACIENDA; ES DECIR, EL SUPERÁVIT SOLAMENTE SE PUEDE CLASIFICAR COMO SUPERÁVIT LIBRE O COMO SUPERÁVIT ESPECÍFICO; RAZÓN POR LA QUE EL ÓRGANO CONTRALOR MEDIANTE OFICIO DFOE-SOC-0953 DEL 21 DE SETIEMBRE DE 2017 EMITIÓ UN CRITERIO CON LAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL ORIGEN, CLASIFICACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL SUPERÁVIT. La señora Juanita Grant, Directora Administrativa Financiera se retira al ser las dieciocho horas cuarenta minutos.

9 4. Oficio INAMU-PE-DE suscrito el 20 de febrero del 2018 por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en respuesta al Acuerdo N 12 del Acta N , que presenta el Informe sobre el avance y estado actual de los Convenios de Cooperación celebrados con el INAMU, citados en el oficio DGAE , de acuerdo a la información suministrada por el Área de Violencia de Género y el Área de Construcción de Identidades y Proyectos de Vida. La Directora Yolanda Delgado presenta un informe sobre los Convenios de Cooperación celebrados con el INAMU, ligados a transferencias económicas. En primera instancia se refiere a un Convenio Específico de Cooperación entre el Poder Judicial, INAMU y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, suscrito el 04 de diciembre del 2015, con transferencias realizadas por ; y , en fechas diciembre del 2015, agosto del 2016 y agosto del 2017, respectivamente; el cual continúa vigente en el año En segundo término, se refiere al Convenio Específico de colaboración suscrito entre el INAMU, el Instituto Nacional de Estadística y Censos y la Universidad Nacional, bajo responsabilidad del Área de Violencia de Género, cuya ejecución presupuestaria y acciones realizadas al 31 de diciembre del 2017, muestran que en el II Semestre del 2017, se tuvo un presupuesto ejecutado de ,58 y un presupuesto sin ejecutar de ,62. Finalmente se refiere al Convenio Específico entre el INAMU y la Caja Costarricense del Seguro Social, bajo la responsabilidad del Área de Construcción de Identidades y Proyectos de Vida, suscrito en el mes de marzo del 2015, cuya ejecución presupuestaria por las acciones realizadas al 31 de diciembre del 2017, se indica que al II trimestre del 2017 el presupuesto ejecutado fue de ,04; el Remanente de ,96 y el presupuesto sin ejecutar de La Presidenta Alejandra Mora señala el objetivo estratégico de suscribir el Convenio con el Colegio de Abogados, en el cual han sido atendidas más de personas en los proceso penales, deriva de los informes del Estado de la Justicia, donde señala que la más alta incidencia de desestimados lo tienen los casos de violencia sexual contra menores y los casos de la libre penalización en cuanto a las mujeres víctimas de violencia, siendo el INAMU de la tesitura de que con un buen acompañamiento a las víctimas en la vía penal, los casos tendrían un resultado distinto. Una vez esbozadas las observaciones y hechas las aclaraciones pertinentes, se procede a tomar el acuerdo: ACUERDO NÚMERO SEIS 1. El oficio INAMU-PE-DE suscrito el 20 de febrero del 2018 por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en respuesta al Acuerdo N 12 del Acta N , que presenta el Informe sobre el avance y estado actual de los Convenios de Cooperación celebrados con el INAMU, citados en el oficio DGAE , de acuerdo a la información suministrada por el Área de Violencia de Género y el Área de Construcción de Identidades y Proyectos de Vida. 1. TOMAR NOTA DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LA DIRECCIÓN TÉCNICA, DANDO POR CUMPLIDO EL ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA N 12 DE LA SESIÓN ORDINARIA N , EN RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COOPERACIÓN SUSCRITOS CON EL INAMU, QUE TENÍAN ASIGNADO UN PRESUPUESTO PLURIANUAL, EN CUANTO A LOS MONTOS EJECUTADOS Y LOS PENDIENTES DE EJECUCIÓN DURANTE ESTE AÑO. 5. Oficio INAMU-PE-DE del 21 de febrero del 2018, suscrito por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en que remite las observaciones y recomendaciones al Informe de Seguimiento de acciones INAMU-JD-AI emitido por la Auditoría Interna, en atención a lo solicitado en el Acuerdo N 11 de la Sesión N La Directora Yolanda Delgado indica que este informe requirió de un trabajo acucioso, proceso en el cual contó con la colaboración de la señorita Amanda Ocampo, quien es la funcionaria Profesional Ejecutiva encargada de los procesos contables en la Dirección Técnica. Asimismo hace una instancia a la Junta Directiva, sobre la importancia de dejar resueltas en la mayoría posible, las recomendaciones señaladas por la Auditoría Interna. Señala la señora Yolanda Delgado una diferencia de criterio entre la Junta Directiva y la Auditoría Interna, en cuanto al estado de cumplimiento de las diferentes acciones y recomendaciones que han sido señaladas, siendo que en algunos casos se establece incumplimiento o en proceso pendiente de resolución, cuando ya han sido cumplidas de conformidad, por lo que se requiere verificación de cada una de ellas.

10 La Directora Nancy Marín indica que en razón del peso que tiene la Auditoría Interna, las diferentes instancias institucionales deberían dar seguimiento a las recomendaciones que se señalen y brindar un informe al respecto, tanto a la Junta Directiva como la misma Auditoría Interna, sobre las acciones ejecutadas. La Presidenta Alejandra Mora manifiesta que algunas de las recomendaciones señaladas por la Auditoría Interna datan de un período de seis y siete años, y se presentan en forma repetitiva en el tiempo. Siendo que el proceso de balance de cumplimiento de las acciones y recomendaciones realizado por la Junta Directiva, ha sido presentado a través de la Dirección Técnica, en un informe que señala las acciones ejecutadas por las diferentes instancias. El Director Luis Pablo Zúñiga manifiesta preocupación por los señalamientos que hace la Auditoría Interna de falta de cumplimiento de algunas de las recomendaciones señaladas, por lo que considera de suma importancia aclarar y demostrar a través de los documentos recibidos y comunicados debidamente, que efectivamente se ha dado cumplimiento a lo señalado. En este sentido, propone realizar una Sesión Extraordinaria, a través de la cual se pueda confrontar y revisar esta situación, de manera que se pueda tener claridad del proceso de cumplimiento de las diferentes acciones y recomendaciones dadas. Una vez esbozadas las observaciones y consultas y hechas las aclaraciones respectivas, se acuerda: ACUERDO NÚMERO SIETE 1. El oficio INAMU-PE-DE del 21 de febrero del 2018, suscrito por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, en que remite las observaciones y recomendaciones al Informe de Seguimiento de acciones INAMU-JD-AI emitido por la Auditoría Interna, en atención al Acuerdo N 11, Sesión N Lo comentado por la Directora Técnica sobre las observaciones que realiza la Auditoría Interna en el Informe de Seguimiento de Acciones INAMU-JD-AI , que dan cuenta de un conflicto de fondo en relación con el nivel de cumplimiento de las acciones, así como del mecanismo de seguimiento al cumplimiento de las mismas. 3. La prioridad que sugiere para esta Junta Directiva, la articulación en el seguimiento de las acciones señaladas por la Auditoría Interna, lo que lleva a considerar necesario realizar una reunión de carácter técnico, en la que se hagan las valoraciones correspondientes al cumplimiento de cada una de las tareas indicadas. En dicha sesión de trabajo estarían presentes las señoras Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas; Juanita Grant Rojas, Directora Administrativa Financiera; Sandra Jiménez Vargas, Secretaria de la Junta Directiva; Licda. Sharon Esquivel Morales, Asesora Legal de la Presidencia Ejecutiva que acompaña a la señora Presidenta Alejandra Mora en las Sesiones de este Órgano Colegiado, y la señora Ema Rebeca Alfaro, Auditora Interna con quien ella guste hacerse acompañar, quienes procederán a revisar el avance en el estado de cumplimiento de cada una de las acciones y los acuerdos tomados, en lo que respecta particularmente al fondo y a la forma de su contenido; presentando posteriormente a la Junta Directiva un informe con los resultados, que permita proceder de conformidad con las acciones que subsistan de dicho análisis técnico como no cumplidas. 4. Que la voluntad de esta Junta Directiva ha sido avanzar en el cumplimiento de las observaciones y recomendaciones señaladas por la Auditoría Interna; siendo claro que no debe persistir la comunicación vía oficios sin lograr un acuerdo entre las diferentes instancias, por lo que se requiere realizar el control y seguimiento correspondiente en forma articulada. 1. COMISIONAR A LA DIRECTORA GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS SEÑORA YOLANDA DELGADO, A QUE CONVOQUE A UNA SESIÓN DE TRABAJO, PARA QUE EN UN PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, SE PRESENTE A ESTA JUNTA DIRECTIVA UN INFORME EN EL QUE SE LOGRE UN CONSENSO SOBRE LA BASE DE LAS PRUEBAS CORRESPONDIENTES Y DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ACUERDOS, Y PUEDA VISUALIZARSE EL ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES, TANTO LAS QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO, COMO LAS QUE SE ENTIENDE CARECEN DE TOTAL ACATAMIENTO; ESTO CON LA FINALIDAD DE PROCEDER CONFORME A LO QUE CORRESPONDA. 2. QUE PARA ESTA SESIÓN DE TRABAJO, SE DISPONGA DE LOS RECIBIDOS DE LAS NOTIFICACIONES DE LOS ACUERDOS DE JUNTA DIRECTIVA COMPETENTES PARA LA AUDITORÍA INTERNA, QUE HAN SIDO COMUNICADOS DEBIDAMENTE. ACUERDO FIRME.

11 El Director Luis Pablo Zúñiga se retira de la Sesión al ser las diecinueve horas con veintisiete minutos. La Directora Yolanda Delgado se retira al ser las diecinueve horas con veintinueve minutos 6. Oficio UIN suscrito por la señora Ingrid Trejos, Jefa de la Unidad de Informática en fecha 09 de febrero del 2018, presentando el Informe de Avance sobre el Sistema de Seguimiento y Cumplimiento de Acuerdos de Junta Directiva -SISECA-, conforme a lo indicado en el Acuerdo N 6 del Acta N , referente asimismo al oficio UIN Oficio UIN fechado 22 de febrero del 2018, con el que la señora Ingrid Trejos, Jefa de la Unidad de Informática, da cumplimiento al Acuerdo N 12 del Acta N sobre el Sistema SISECA. La Presidenta Alejandra Mora presenta los documentos suscritos por la señora Ingrid Trejos, en referencia al informe de avance en el proceso de desarrollo del Sistema de Seguimiento y Cumplimiento de los Acuerdos de Junta Directiva -SISECA-, en atención a lo indicado en el Acuerdo N 6 del Acta N , y en referencia asimismo al oficio UIN ; sobre la base de los logros alcanzados a la fecha, entre otros, la presentación de la matriz de identificación de personas involucradas en el proyecto elaborado, con sus respectivos responsables y roles en el proceso de desarrollo; la creación de los grupos de seguridad de acceso al Sistema. Donde además se señala que al realizar las pruebas iniciales de funcionalidad del Sistema, se identificaron nuevos requerimientos y surgieron algunas modificaciones que según lo indicado por la Unidad de Informática, deben ser atendidos posterior al cierre del cronograma establecido, con el fin de no interferir con el compromiso adquirido por esta Unidad ante la Junta Directiva, y concluir con una etapa de implementación en ambiente de producción. De igual manera la Presidenta Alejandra Mora indica que en esta ocasión se considera lo consignado en el oficio UIN fechado 22 de febrero del 2018, con el que la señora Ingrid Trejos presenta el Cronograma de Trabajo actualizado y da cumplimiento al Acuerdo N 12 del Acta N , sobre la funcionalidad del Sistema SISECA en su primera etapa, y además propone iniciar con el proceso de pruebas parciales e integrales del Sistema en forma conjunta. Una vez presentadas las observaciones y consultas sobre el tema, se procede a tomar el siguiente acuerdo: ACUERDO NÚMERO OCHO 1. El oficio UIN de fecha 09 de febrero del 2018 suscrito por la señora Ingrid Trejos, Jefa de la Unidad de Informática, en que presenta el Informe de Avance sobre el proceso de desarrollo del Sistema de Seguimiento y Cumplimiento de Acuerdos de Junta Directiva -SISECA-, en atención a lo indicado en el Acuerdo N 6 del Acta N , y en referencia asimismo al oficio UIN ; sobre la base de los logros alcanzados a la fecha, entre otros, la presentación de la matriz de identificación de personas involucradas en el proyecto elaborado, con sus respectivos responsables y roles en el proceso de desarrollo; la creación de los grupos de seguridad de acceso al Sistema 2. Que al realizar las pruebas iniciales de funcionalidad del Sistema, se identificaron nuevos requerimientos y surgieron algunas modificaciones que según lo indicado por la Unidad de Informática, deben ser atendidos posterior al cierre del cronograma establecido, con el fin de no interferir con el compromiso adquirido por esta Unidad ante la Junta Directiva, y concluir con una etapa de implementación en ambiente de producción. 3. De igual manera se considera lo consignado en el oficio UIN fechado 22 de febrero del 2018, con el que la señora Ingrid Trejos presenta el Cronograma de Trabajo actualizado y da cumplimiento al Acuerdo N 12 del Acta N , sobre la funcionalidad del Sistema SISECA en su primera etapa, y además propone iniciar con el proceso de pruebas parciales e integrales del Sistema en forma conjunta. 1. TOMAR EN CONSIDERACIÓN LO EXPUESTO POR LA SEÑORA INGRID TREJOS MARÍN, JEFA DE LA UNIDAD DE INFORMÁTICA EN SUS OFICIOS UIN Y UIN DE FECHAS 09 Y 22 DE FEBRERO DEL 2018, RESPECTIVAMENTE; PROCEDIENDO ESTA JUNTA DIRECTIVA A VALORAR POSITIVAMENTE LOS ELEMENTOS CONSIGNADOS EN EL PROCESO DE DESARROLLO Y FUNCIONALIDAD DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE ACUERDOS DE JUNTA DIRECTIVA -SISECA-, MEDIANTE LA PLATAFORMA INAMU SITIO COLABORATIVO; PLANTEADOS CONFORME AL CRONOGRAMA DE TRABAJO ESTABLECIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MISMO. 2. AUTORIZAR A LA UNIDAD DE INFORMÁTICA A EJECUTAR EL PLAN DE PRUEBAS PARCIALES E INTEGRALES DE FUNCIONALIDAD DE ESTA PRIMERA ETAPA DEL SISTEMA, A REALIZARLAS EN FORMA CONJUNTA CON LA SEÑORA SANDRA JIMÉNEZ VARGAS,

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