RECOMENDACIONES PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE MEMORIAS TÉCNICAS DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS EN PROYECTO DEL SISTEMA LMDS Y SIMILARES

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1 Recomendaciones para la elaboración y presentación de memorias técnicas de estaciones radioeléctricas en proyecto del sistema LMDS y similares SECRETARIA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN. RECOMENDACIONES PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE MEMORIAS TÉCNICAS DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS EN PROYECTO DEL SISTEMA LMDS Y SIMILARES Versión 5 (Mayo de 2015)

2 Índice general ÍNDICE GENERAL OBJETO DEFINICIONES TIPOLOGÍA DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS TECNOLOGÍAS CONSIDERACIONES GENERALES CONTENIDO A INCLUIR EN LAS MEMORIAS TÉCNICAS EN LAS QUE SE SOLICITE EL ALTA O LA MODIFICACIÓN DE ESTACIONES BASE SOLICITUD DE ALTA DE ESTACIONES BASE DE LMDS Certificación del técnico competente Entidad explotadora del espectro Plano de situación Plano esquemático de emplazamiento y radio de actuación Compartición del emplazamiento y coubicación de tecnologías Planos en planta y alzado Identificación de zonas sensibles Reportaje Fotográfico Proceso de cálculo de niveles de exposición estimados Cálculo de los volúmenes de referencia Técnicas de minimización de niveles de la estación base Diagramas de radiación de la estación base Certificado de calibración del equipo de medida Cumplimiento del RD 1066/2001 en la instalación de terminales fijos del usuario Información adicional SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE ESTACIONES BASE DE LMDS /28 C/ Capitán Haya, 41

3 ANEXO 1. MODELOS DE CERTIFICACIONES DE COLEGIADO CERTIFICACIÓN DEL COLEGIADO PARA ESTACIONES QUE NO REQUIEREN ESTUDIO DE NIVELES DE EMISIÓN (ER5) CERTIFICACIÓN DEL COLEGIADO PARA ESTACIONES QUE REQUIEREN ESTUDIO DE NIVELES DE EMISIÓN (ER1, ER2, ER3, ER4) ANEXO 2. NOTAS ACLARATORIAS ACERCA DE LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE NIVELES DE DECISIÓN SEÑALADOS EN LA ORDEN MINISTERIAL: CTE/23/2002, DEL 11 DE ENERO POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE DETERMINADOS ESTUDIOS O CERTIFICACIONES POR OPERADORES DE SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACIONES ACLARACIONES CRITERIO NIVELES DE DECISIÓN Ejemplo A OTROS EJEMPLOS ACLARATORIOS Ejemplo B.26 Ejemplo C Ejemplo D /28 C/ Capitán Haya, 41

4 1 OBJETO El objeto de este documento es presentar una serie de recomendaciones que sirvan de guía a los ingenieros en la elaboración de memorias técnicas para la aprobación y modificación de la autorización e instalación de estaciones base de LMDS y similares. Las solicitudes que se presenten siguiendo estas normas facilitarán su revisión y, en consecuencia, la tramitación del expediente. La falta de datos esenciales en los proyectos técnicos retrasa su aprobación y, consecuentemente, el reconocimiento de las instalaciones y la autorización para emitir o para hacerlo en condiciones diferentes a las anteriormente autorizadas. Alguna falta de datos, o algunos errores evidentes, podrían ser subsanados de oficio por la Administración General del Estado, mientras que otros tendrán que ser aportados oficialmente por el interesado. Las memorias técnicas sirven simultáneamente como propuesta técnica para la autorización de las estaciones base según lo recogido en la Orden de 9 de marzo de 2000 por la que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico. estudio detallado de los niveles de exposición a las emisiones radioeléctricas en las cercanías de la estación propuesta conforme a lo establecido en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre y la Orden Ministerial CTE/23/2002, de 11 de enero, modificada por la Orden ITC/749/2010, de 17 de marzo. Estas recomendaciones pretenden: que la memoria técnica cumpla ambos fines, que su contenido esté coordinado con el del archivo en formato XML que debe acompañarla, que la tramitación de las autorizaciones sea lo más ágil posible evitando demoras por necesidad de aclaraciones, que la estación quede perfectamente descrita en el Registro Nacional de Frecuencias. 2 DEFINICIONES 2.1 Tipología de estaciones radioeléctricas Las estaciones radioeléctricas se clasifican dependiendo de su tipología en cinco categorías. Tipo ER1: Estación radioeléctrica ubicada en suelo urbano con potencia isotrópica radiada equivalente superior a 10 vatios. Debe presentar el estudio exigido por el RD 1066/2001 junto con la propuesta técnica para su autorización. 4/28 C/ Capitán Haya, 41

5 Tipo ER2: Estación radioeléctrica ubicada en suelo urbano con potencia isotrópica radiada equivalente inferior o igual a 10 vatios y superior a 1 vatio. Debe presentar el estudio exigido por el RD 1066/2001 junto con la propuesta técnica para su autorización. Tipo ER3: Estación radioeléctrica ubicada en suelo no urbano con potencia isotrópica radiada equivalente superior a 10 vatios y en cuyo entorno existen áreas en las que pueden permanecer habitualmente personas. Debe presentar el estudio exigido por el RD 1066/2001 junto con la propuesta técnica para su autorización. Tipo ER4: Estación radioeléctrica ubicada en suelo no urbano con potencia isotrópica radiada equivalente inferior o igual a 10 vatios y superior a 1 vatio, en cuyo entorno existen áreas en las que pueden permanecer habitualmente personas. Debe presentar el estudio exigido por el RD 1066/2001 junto con la propuesta técnica para su autorización Tipo ER5: Estación radioeléctrica ubicada en suelo no urbano y en cuyo entorno no hay áreas de permanencia habitual de personas, es decir, estaciones rurales aisladas. Está exenta de presentar el estudio exigido por el RD 1066/2001 pero no de presentar la memoria técnica para su autorización, la cual debe incluir explícitamente la justificación de la exención de presentar estudio de niveles en base a que el volumen de referencia no incide en zonas con presencia habitual de personas y que el nivel de exposición máximo que podría aportar la estación en la zona de presencia habitual de personas más próxima es inferior al nivel de decisión. Incluso aquellas estaciones radioeléctricas exentas de presentación del estudio exigido por el RD 1066/2001 estaciones tipo ER5, deben presentar memoria técnica para su autorización. 2.2 Tecnologías En este documento se considera el sistema LMDS 3.5 GHz. Nota: En el documento se presentan algunos ejemplos de planos de situación, alzado, etc., los cuales aunque incluyan referencias a UMTS u otros sistemas, son válidos como referencia dada la similitud con las memorias de telefonía móvil. 3 CONSIDERACIONES GENERALES Cada estación base deberá estar identificada por un único código de estación. Las coordenadas de la estación base deberán indicarse en el Datum ETRS89 o REGCAN95 para el caso de las Islas Canarias.La instalación de nuevos sectores para una tecnología dada en un emplazamiento en el que ya existe una estación autorizada de dicha tecnología debe considerarse una MODIFICACIÓN de la estación preexistente y no un ALTA. 5/28 C/ Capitán Haya, 41

6 4 CONTENIDO A INCLUIR EN LAS MEMORIAS TÉCNICAS EN LAS QUE SE SOLICITE EL ALTA O LA MODIFICACIÓN DE ESTACIONES BASE 4.1 Solicitud de alta de estaciones base de LMDS En general las memorias técnicas en las que se solicite el alta de una nueva estación base de LMDS incluirán un fichero xml con la información técnica de la estación base y uno o varios ficheros pdf en los que se detalle la información de los apartados a : Toda esta información es preceptiva según la OM CTE/23/2002, salvo en los casos que se indique expresamente atendiendo a la tipología de la estación en cuyo caso se indicará en el apartado correspondiente. Cualquier tipo de información no contemplada en los apartados a que el operador quiera añadir deberá incorporarse en el apartado Si se trata de un documento adicional, se hará mención expresa en dicho apartado. En cualquier caso, conviene que se adjunte sólo la información que sea considerada estrictamente necesaria para la memoria técnica Certificación del técnico competente La primera página de la memoria técnica de estaciones en proyecto será siempre la certificación del técnico competente, para la cual pueden tomarse como ejemplo las plantillas recogidas en los anexos 1 y 2 de este documento. El tipo de sistema se completará atendiendo a la tecnología de la estación base solicitada. En el caso de LMDS será LMDS 3.5 GHz. Conforme a las condiciones establecidas en la OM CTE/23/2002 y a la Orden ITC/749/2010, de 17 de marzo, las memorias de alta y modificación para estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 incluirán en las medidas de fase 1, al menos cinco medidas Entidad explotadora del espectro A partir del 25 de febrero 2014 se ha de incluir en la memoria técnica, ya sea para solicitar aprobación de estación o modificación de una autorizada, un apartado donde se especifique la entidad explotadora del espectro utilizado por la estación, indicando si se trata del titular de la concesión o de un cesionario Plano de situación Para estaciones del tipo ER1 y ER2 se situará la estación sobre un mapa con la escala adecuada para representar el ámbito geográfico de la ubicación de la estación. Para estaciones tipo ER3, ER4 y ER5 se ubicará la estación en mapa de escala 1: representando la dirección de cada sector. 6/28 C/ Capitán Haya, 41

7 Fig. 1 Estación urbana Fig. 2 Estación rural Opcionalmente se puede representar sobre el plano de situación una capa con la simulación teórica de la zona de cobertura. Extensión orientativa de una página Plano esquemático de emplazamiento y radio de actuación Este apartado no se aplica a las estaciones tipo ER5. Para las estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 se aportará un plano esquemático de situación con referencia a las áreas cercanas en las que pudieran permanecer habitualmente personas en el que se representará la dirección de cada sector y la ubicación de todos los puntos de medida. Cuando en un entorno de 100 metros de la estación existan espacios considerados sensibles se deben resaltar dichas zonas y representar los puntos sensibles sobre los que se ha realizado la medida. Extensión orientativa de una página. 7/28 C/ Capitán Haya, 41

8 Fig. 3 Estación de tipo ER Compartición del emplazamiento y coubicación de tecnologías El emplazamiento se considerará compartido si existen otras estaciones en el emplazamiento, ya sean del mismo operador o de otros. En zonas urbanas o donde puedan permanecer habitualmente personas se considerará el mismo emplazamiento cuando es el mismo edificio o azotea. En caso de existir otras estaciones autorizadas del operador en el emplazamiento, se podrá hacer referencia a esta circunstancia y en una tabla se indicará código de estación y su tecnología. Si el emplazamiento es compartido con otro operador se podría recoger una relación de los operadores. En los casos en que en el emplazamiento haya varias estaciones, ya sean del mismo o de otros operadores, la elección de los umbrales para la realización de las medidas se guiará por las NOTAS ACLARATORIAS ACERCA DE LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE NIVELES DE DECISIÓN SEÑALADOS EN LA ORDEN MINISTERIAL CTE/23/2002 del Área de Comprobación Técnica de Emisiones Radioeléctricas, que se incluye en el Anexo Planos en planta y alzado Este apartado no se aplica a las estaciones tipo ER5. Para las estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 (se ha ampliado a ER3 y ER4, ya que pueden ser emplazamientos con zonas transitables o edificaciones próximas) se representará la disposición de la estación en su entorno, mediante planos en planta y alzado que integren el detalle del paralelepípedo de referencia en las direcciones de máxima emisión de las antenas hacia las áreas más cercanas en las que pudieran permanecer habitualmente personas o puedan constituir una zona de paso. Se señalarán las zonas de acceso restringido. El nivel de detalle debe ser el necesario para que la figura del volumen de referencia de cada antena o grupo de antenas sea representativa en su entorno de alcance. Extensión orientativa de tres páginas. 8/28 C/ Capitán Haya, 41

9 Fig. 4 Ejemplos de planos de planta con distintas distribuciones de antenas Fig. 5 Ejemplos de planos de alzado con el volumen de referencia de un sector Identificación de zonas sensibles Este apartado no se aplica a las estaciones tipo ER5. Cuando en un entorno de 100 metros de una estación base existan espacios considerados sensibles (guarderías, centros de educación infantil, primaria, centros de enseñanza obligatoria, centros de salud, hospitales, parques públicos y residencias o centros geriátricos), el estudio tendrá en consideración la presencia de dichos espacios tal como se indica en el punto f) del apartado 3.1 de la Orden ministerial CTE/23/2002 de 11 de enero. En el caso de que no haya centros sensibles localizados en el entorno de 100 metros de la estación se indicará expresamente esta circunstancia. 9/28 C/ Capitán Haya, 41

10 Cada espacio sensible deberá quedar claramente identificado con su nombre, dirección y tipo de zona sensible, ubicándolo en el plano esquemático recogido en el apartado También se deberán incluir imágenes de los puntos sensibles en el reportaje fotográfico. Además, entre las medidas que recoja la certificación del técnico competente se deberán incluir medidas en cada uno de los espacios sensibles. Extensión orientativa de una página Reportaje Fotográfico Se añadirán al documento fotografías representativas, inteligibles y de poco volumen organizadas en cuadrículas de modo que puedan recogerse ocho fotografías por página. Las estaciones de tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 incluirán las siguientes fotografías: Vista general del emplazamiento. Vista en la dirección de máxima emisión de cada uno de los sectores. Vista general de cada centro sensible localizado. Vista hacia la estación desde cada uno de los puntos de medida en la que se aprecie claramente la sonda y su fijación al trípode. Vista hacia la estación desde cada una de las medidas realizadas en los puntos sensibles. Aunque no es preceptivo, se recomienda incluir fotografías de las estaciones de tipo ER5 con el objeto de facilitar su clasificación como estación rural aislada y justificar la exención de presentar estudio de niveles: Vista general del emplazamiento en la que se distinga claramente la estación (o su ubicación futura cuando esta no exista) y su entorno. Vista en la dirección de máxima emisión de cada uno de los sectores. Extensión orientativa de dos páginas. 10/28 C/ Capitán Haya, 41

11 Fig. 6 Ejemplo de reportaje fotográfico Proceso de cálculo de niveles de exposición estimados Este punto no se aplica a las estaciones tipo ER5. Para las estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 se detallará el proceso de cálculo de los niveles de exposición en la estación proyectada indicando las expresiones utilizadas y los supuestos considerados para garantizar la situación más desfavorable en la que se obtenga el campo mayor. Estos valores representan la estimación de los niveles de exposición que estarán presentes cuando la estación esté en funcionamiento en los puntos donde se han realizado las medidas de niveles preexistentes Cálculo de los volúmenes de referencia Este punto no se aplica a las estaciones tipo ER5. Para las estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 se realizará el cálculo de los volúmenes de referencia bien con forma de paralelepípedo en las direcciones de radiación del sistema para las antenas sectoriales o con forma de toroide para el caso de antenas no directivas (omnidireccionales) Asimismo, deberá tenerse en cuenta el escenario del emplazamiento para el caso de que haya varias fuentes de emisión cuyos volúmenes de referencia se solapen en cuyo caso se realizará el cálculo del paralelepípedo compuesto. 11/28 C/ Capitán Haya, 41

12 Técnicas de minimización de niveles de la estación base Este apartado no se aplica a las estaciones tipo ER5. Para las estaciones tipo ER1, ER2, ER3 y ER4 se recogerán las técnicas y adaptaciones que se implementan sobre la estación base proyectada para minimizar la potencia radioeléctrica emitida Diagramas de radiación de la estación base Se incluirá el diagrama de radiación en el plano horizontal y vertical de cada uno de los tipos de antenas que se van a utilizar en la estación proyectada Certificado de calibración del equipo de medida Siempre que se deba realizar una medida de los niveles de emisión, en este apartado se presentará el certificado de calibración del equipo de medida Cumplimiento del RD 1066/2001 en la instalación de terminales fijos del usuario De acuerdo con el apartado tercero 3.1.g) correspondiente a la ORDEN CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones deberá exponerse la justificación de que las normas generales de instalación de terminales fijos de exteriores de clientes garantizan el cumplimiento de los límites de exposición establecidos en el establece el Real Decreto 1066/2001. Este apartado tiene aplicación exclusivamente sobre los terminales fijos de cliente, como es el caso de LMDS, quedando exentas las tecnologías con terminales móviles. En el desarrollo de este apartado deben incluirse los siguientes puntos: Diagrama de radiación de la antena del equipo de cliente, tanto en acimut (plano horizontal) como en elevación (plano vertical). Cálculo del volumen de referencia. El operador indicará todos los parámetros técnicos del equipo de cliente necesarios para la presentación del desarrollo de los cálculos que definen el volumen de referencia que, en el caso peor, aseguren que fuera de él se garantizan los límites establecidos en el Real Decreto 1066/2001. Los datos del paralelepípedo se presentarán en una tabla junto a una representación descriptiva tridimensional. Normas generales de instalación. Se indicarán las normas generales de instalación de los terminales fijos del cliente definidas por el operador orientadas a la garantía de que se cumplen los límites de exposición establecidos en el reglamento y que no van a encontrarse en áreas de presencia habitual o de paso de personas dentro del volumen de referencia. Técnicas de minimización de niveles. Recogerá las técnicas que implementan los equipos o el sistema utilizados en el terminal de cliente para reducir en lo posible la potencia emitida Información adicional En este apartado se añadirá cualquier tipo de información no contemplada en los apartados anteriores que el operador quiera añadir. Debe tenerse en cuenta que para evitar que el documento se haga muy extenso, únicamente se deberá incorporar la información que sea considerada 12/28 C/ Capitán Haya, 41

13 estrictamente necesaria para el objeto del Certificado de Conformidad. Si se trata de un documento adicional, se hará mención expresa en este apartado. 4.2 Solicitud de modificación de estaciones base de LMDS Las memorias técnicas en las que solicite la modificación de la estación base deberán incluir los apartados descritos para el caso de nuevas estaciones base. Además, deberán incluir una breve descripción en la que se detalle en qué consiste exactamente la modificación. 13/28 C/ Capitán Haya, 41

14 Anexo 1. Modelos de certificaciones de colegiado 1. Certificación del colegiado para estaciones que no requieren estudio de niveles de emisión (ER5) Membrete del colegio oficial CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD DE ESTACIONES EN PROYECTO Don/doña Nombre colegiado, Titulación, NIF colegiado, con número de Colegiado Nº colegiado, en cumplimiento del Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitarias frente a emisiones radioeléctricas ( Boletín Oficial del Estado" del 29) y del apartado tercero de la Orden por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones, CERTIFICA: Que en el entorno de la estación proyectada cuyas características se especifican a continuación no existen áreas en las que puedan permanecer habitualmente personas y que por tanto no es preceptivo incorporar a esta memoria técnica estudio de los niveles de exposición a emisiones radioeléctricas en áreas próximas. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA ESTACIÓN Código del emplazamiento Código Estación Tipo de Sistema Operador (Nombre o razón social) Tipo de Solicitud Tipo de estación Situación/Dirección Población Término municipal Provincia Latitud (Datum ETRS89) Longitud (Datum ETRS89) Cota del terreno sobre el nivel del mar (m) Compartido con otro operador Compartido con otras tecnologías del propio operador Fecha de realización del informe XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX LMDS 3,5 GHz ó LMDS 26 GHz XXXXXXXXXX ALTA ó MODIFICACION 14/28 C/ Capitán Haya, 41 ER5 XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX SI ó NO SI ó NO dd/mm/aaaa Fecha, firma y sello del colegiado

15 Visado del Colegio Oficial Nombre colegiado Colegiado Nº Numero colegiado CARACTERÍSTICAS RADIOELÉCTRICAS DE LA ESTACIÓN Sistema/Sector 1/3 2/3 3/3 Frecuencia de Transmisión XXX XXX XXX Unidad de Frecuencia MHz MHz MHz Polarización V/H V/H V/H Tipo Ganancia ISO ISO ISO Valor Ganancia (db) XX XX XX Tipo Potencia Radiada PIRE PIRE PIRE Potencia máxima por Portadora XX XX XX Unidad de Pot. máxima por Portadora W W W Nº Portadoras Potencia máxima Total XX XX XX Unidad Potencia máxima Total W W W Acimut de máxima radiación (grados) Apertura horizontal del Haz (grados) Apertura vertical del Haz (grados) Inclinación del Haz (grados) Altura de la antena sobre el terreno (m) Nivel lóbulos secundarios (db) Certificación del colegiado para estaciones que requieren estudio de niveles de emisión (ER1, ER2, ER3, ER4) Además de las tablas de características generales y radioeléctricas de la estación, para este tipo de estaciones es necesario aportar la siguiente información: MEDIDAS FASE 1 CÁLCULO DE LOS NIVELES DE EXPOSICIÓN RADIOELÉCTRICA Equipo de medida utilizado Datos de las mediciones Marca: Código de estación: Modelo: Fecha de realización: Nº de serie: Técnico responsable: Rango de frecuencias 2 Fecha de última calibración*: Nº total de mediciones: Valor del umbral de detección: Sonda de banda ancha Marca: Modelo: Nº de serie 2 : Rango de frecuencias 2 : Resolución 2 : 15/28 C/ Capitán Haya, 41

16 Sensibilidad 2 : Planicidad 2 : Fecha de última calibración*: Localización del punto Hora de Unidad Nivel de Nivel de Valor Valor Diferencia: El punto de medida respecto del inicio de empleada Referencia decisión medido calculado (2)-(3) corresponde soporte de antenas cada (W/m 2 ) ó promediado a un Espacio Punto Dist Acim medición Sensible? de (m) (º) (V/m) (SI/NO) medida (1) (2) (3) (4) (5) *Se adjunta copia del certificado de calibración 2 Notas aclaratorias: (1) Según R.D. 1066/2001, de 28 de septiembre, en función de la frecuencia. (2) Según se señala en el procedimiento para la realización de medidas de emisión de la Orden (3) En las unidades señaladas en (1) o en (2), si las mediciones estuviesen por debajo del umbral de detección del equipo señálese "< umbral". Para las estaciones proyectadas indíquese el nivel preexistente. (4) Rellenar únicamente para el caso de estaciones de nueva instalación. (5) Caso de resultar la diferencia negativa deberán realizarse mediciones en FASE-2. MEDIDAS FASE 2/3 CÁLCULO DE LOS NIVELES DE EXPOSICIÓN RADIOELÉCTRICA Equipo de medida utilizado Datos de las mediciones Marca: Código de estación: Modelo: Fecha de realización: Nº de serie: Técnico responsable: Rango de frecuencias 2 Fecha de última calibración*: Valor del umbral de detección: Sonda de banda ancha Marca: Modelo: Nº de serie 2 : Rango de frecuencias 2 : Resolución 2 : Sensibilidad 2 : Planicidad 2 : Nº total de mediciones: Fecha de última calibración*: Localización del punto Hora de Unidad Nivel de Nivel de Valor Valor Diferencia: El punto de medida respecto del inicio de empleada Referencia decisión medido calculado (2)-(3) corresponde soporte de antenas cada (W/m 2 ) ó promediado a un Espacio Punto Dist Acim medición Sensible? de (m) (º) (V/m) (SI/NO) medida (1) (2) (3) (4) (5) /28 C/ Capitán Haya, 41

17 4 5 6 *Se adjunta copia del certificado de calibración 2 (1) Indíquese la frecuencia del máximo de señal en la banda analizada. (2), (3) Según R.D. 1066/2001, de 28 de septiembre, en función de la frecuencia. En las mismas unidades señaladas en (2). (4) Sólo rellenar en las mediciones de campo cercano. (5) Señálese SI o NO según proceda. (6) Rellénese un registro por cada medición llevada a cabo. 17/28 C/ Capitán Haya, 41

18 Anexo 2. Notas aclaratorias acerca de los criterios de aplicación de Niveles de Decisión señalados en la orden ministerial: CTE/23/2002, del 11 de enero por la que se establecen las condiciones para la presentación de determinados estudios o certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones. Habida cuenta de las múltiples consultas recibidas sobre la interpretación que deba realizarse de los niveles de decisión señalados en el ANEXO IV de la referida ORDEN MINISTERIAL Procedimiento para la realización de medidas de niveles de emisión, a los efectos de la presentación, por parte de los operadores de telefonía móvil o LMDS, de los estudios técnicos sobre niveles de emisiones, anexos a los proyectos de instalaciones de nuevas estaciones base, conviene realizar las siguientes aclaraciones: 1.- Las medidas de niveles de emisiones pueden ser realizadas según refleja la citada OM, sobre diferentes fases. Fase 1 de medida: vista rápida del entorno radioeléctrico (amplio espectro) Esta fase se utilizará cuando se necesite el nivel total de radiación no ionizante en el emplazamiento bajo estudio. Como equipo de medida se utilizan sondas isotrópicas. Es el método menos preciso pero el más rápido de los tres, pudiendo ser utilizado en la mayoría de los emplazamientos. Este método no se debe emplear cuando: - El emplazamiento esté en la zona de campo cercano. - Se necesite conocer el nivel de radiación no ionizante por frecuencia. - El valor dado por el equipo de medida en fase 1 excede del nivel de decisión, necesitándose otro método de medida más preciso. - No exista lectura en el equipo de medida, por ser el valor de radiación no ionizante existente más bajo que el umbral de sensibilidad del equipo, y necesitemos, por cualquier motivo justificado, dar el nivel de señal medido en el emplazamiento bajo estudio. Fase 2 de medida: Medida selectiva en frecuencia Esta fase se empleará cuando se necesite conocer el nivel de radiación no ionizante, por cada emisión que exista en el emplazamiento, o cuando una vez empleada la fase 1, el valor obtenido exceda del nivel de decisión que corresponda. Para realizar las medidas se emplearán analizadores de espectro o receptores selectivos que cubran las bandas de frecuencia bajo estudio. Además será necesario el uso de antenas y cables calibrados. Este método de medida es más preciso que el anterior pero es más complejo y consume un mayor tiempo para obtener el valor final de la medida. Este método no se debe emplear cuando: - Se necesite medir en campo cercano. 18/28 C/ Capitán Haya, 41

19 - Se deban medir señales pulsantes (ej. Radar) - Los valores obtenidos exceden del nivel de referencia. - La tasa total de exposición excede de los límites expresados en el Anexo II del RD 1066/2001. Fase 3 de medida: Investigación detallada Es la fase de medida más compleja proporcionando la mayor exactitud. Se aplica en aquellas situaciones donde las anteriores fases no se han podido emplear. 2.- Los niveles de decisión, llamados así porque deben marcar la pauta para saber cuándo deberá llevarse a cabo una medición de los niveles de emisión en fase 2, es decir, con indicación de las diferentes componentes espectrales dentro de una determinada banda de frecuencias, están establecidos con valores 6 db inferiores a los niveles de referencia señalados en el RD 1066/2001, en función de la frecuencia. Las gráficas que señalan estos valores son las siguientes: En caso de medidas en unidades de intensidad de campo eléctrico V/m Fig. 7. Niveles de decisión en V/m En caso de medidas en unidades de densidad de potencia W/m2 19/28 C/ Capitán Haya, 41

20 Fig. 8. Niveles de decisión en W/m2 Si tomamos en consideración determinadas bandas de frecuencias en las que operan determinados Servicios de Radiocomunicaciones, dentro del espectro radioeléctrico completo, y asociamos dentro de dichas bandas lo que pudiera denominarse frecuencias significativas de trabajo para los citados servicios (por ej. Servicio de radiodifusión FM, Servicio de Telefonía móvil GSM, DCS, UMTS, Servicio punto multipunto LMDS, etc.), podríamos establecer los valores de referencia y por tanto los valores de decisión para las frecuencias referidas según la siguiente tabla: Servicio Frecuencia significativa de trabajo Valor de referencia Valor de decisión (V/m) (W/m 2 ) (V/m) (W/m 2 ) Radiodif. FM 100 MHz GSM 900 MHz Telefonía DCS 1800 MHz Móvil UMTS 2000 MHz LMDS Banda inferior 3400 MHz Banda superior MHz /28 C/ Capitán Haya, 41

21 Fig. 9 Ejemplo de niveles de decisión en V/m para los sistemas FM, GSM y LMDS Fig. 10 Ejemplo de niveles de decisión en W/m2 para los sistemas FM, GSM y LMDS Se observa, tanto en las gráficas como en la tabla anterior, que la parte más restrictiva del espectro, en lo referente a niveles de referencia y a niveles de decisión corresponde a la banda de frecuencias MHz., en la que están insertos servicios de radiodifusión (FM o TV) que, ocasionalmente, pueden poner grandes potencias radiadas en el ambiente. 21/28 C/ Capitán Haya, 41

22 3.- La polémica surge ante la distinta interpretación que pueda hacerse de la siguiente cuestión: Qué nivel de decisión debe ser tenido en cuenta cuando se hace una medida con una sonda que acumula emisiones en todo el espectro (banda ancha), para decidir si se deben realizar mediciones en fase 2, o no? 4.- Desde un punto de vista puramente teórico, el análisis del ambiente radioeléctrico con mediciones de los niveles de emisiones por medio de sondas de amplio espectro en un determinado emplazamiento debería guiarse, en lo referente a los niveles de decisión, por los valores más restrictivos para dichos niveles en todo el espectro radioeléctrico, es decir: 14 (V/m) o 0.5 (W/m2) según las unidades en las que se esté midiendo. De manera que si se obtuvieran valores, en las medidas del referido ambiente radioeléctrico de un determinado emplazamiento, superiores a los señalados, se estaría obligado a realizar mediciones en fase 2. Ahora bien, la aplicación estricta de este criterio pudiera conducir a la exigencia de realización de mediciones en fase 2, a operadores de estaciones de telefonía móvil o LMDS que operan en bandas de frecuencia con mucha menor restricción en cuanto a niveles de referencia que las bandas de radiodifusión, debiendo asumir las restricciones de estas últimas. 5.- Consideraciones prácticas: 5.a.- Experiencia acumulada: la experiencia acumulada en mediciones de niveles de emisiones radioeléctricas, particularmente en el campo de la telefonía móvil, nos muestra que, para estos servicios, se encuentran niveles extraordinariamente más bajos que los niveles de referencia que les corresponden por su frecuencia de trabajo. 5.b.- Contribución ponderada de las emisiones al conjunto global: cada estación radioeléctrica nueva que se instale, aportará su parte alícuota al ambiente global radioeléctrico ponderada sobre sus niveles de referencia correspondientes, según su frecuencia significativa de trabajo. Por ejemplo, cuando una estación de telefonía móvil DCS nueva sea instalada, la práctica totalidad de sus componentes espectrales estarán alrededor de su frecuencia significativa de trabajo 1800 MHz, siendo estas componentes generalmente mucho menores que las de otros servicios, como puedan ser, los de radiodifusión. En consecuencia las contribuciones alícuotas de los Servicios de bandas de frecuencias elevadas, que tienen niveles de referencia menos restrictivos, son prácticamente insignificantes, frente a los Servicios de radiodifusión para los que la mayor restricción de sus niveles de referencia les hace pesar mucho más en el denominado ambiente global radioeléctrico. Por todo lo anterior se establecen los siguientes criterios para cumplimiento por parte de los operadores1: A la hora de confeccionar la certificación (tipo A) que acompañará a la solicitud de autorización de una nueva estación, y en todos los casos en los que deban reflejarse mediciones en fase 1 con el formulario recogido en la citada OM, los niveles de decisión que deberán ser tenidos en cuenta para decidir si han de ser realizadas mediciones en fase 2, serán los más restrictivos que correspondan a los diferentes Servicios instalados en el emplazamiento de la nueva estación. 1 Encontrarán ejemplos, tablas y diagramas aclaratorios más adelante. 22/28 C/ Capitán Haya, 41

23 Si no existieran Servicios de Radiocomunicaciones, los niveles de decisión que deberán ser tenidos en cuenta serán los más restrictivos que correspondan a los Servicios que el operador va a instalar. De igual modo, si los niveles de decisión correspondientes a los Servicios que el operador va a instalar son menores que los más restrictivos que correspondan a los diferentes servicios instalados en el emplazamiento, serán estos primeros los que prevalecerán. Aclaraciones criterio niveles de decisión A continuación, se expone un conjunto de tablas y diagramas que cubre la casuística, y establece los valores correspondientes, siguiendo el criterio de niveles de decisión para cumplimiento por parte de los operadores. Necesitaremos conocer por un lado el/los sistema/s para los que los operadores presentan el estudio, y por otro las antenas de los sistemas de este operador, u otros, presentes en el mismo emplazamiento. Conviene especificar que, en caso de que se use un mismo estudio radioeléctrico para la integración de varios sistemas simultáneamente, comúnmente conocido como proyecto conjunto, se usará en las siguientes tablas y diagramas el sistema más restrictivo de los que el operador integre en esa obra conjunta. En la siguiente tabla obtendremos los niveles de referencia y de decisión del siguiente modo: seleccionaremos el conjunto de filas correspondientes al sistema por el que se presenta el estudio. De entre ellas seleccionaremos la que represente la presencia de antenas en el emplazamiento. Sistema a instalar UMTS / LMDS DCS Antenas existentes en el emplazamiento de este u otro operador UMTS/ FM GSM DCS LMDS Nivel de referencia Nivel de decisión V/m W/m 2 V/m W/m 2 SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO SI --I NO NO NO --I SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO --I-- --I SI --I-- --I-- --I GSM NO --I-- --I-- --I FM --I-- --I-- --I-- --I I--" representa indiferente 23/28 C/ Capitán Haya, 41

24 Ejemplo A. Supongamos que un operador desea presentar un estudio conjunto para la instalación de los sistemas DCS y UMTS, en un emplazamiento compartido con otro operador, el cual dispone ya en el mismo de una estación GSM, observándose que no hay antenas FM en el emplazamiento. Fig. 11 Ejemplo A El operador seleccionará en la tabla las filas correspondientes al sistema a instalar DCS, ya que este caso es más restrictivo que UMTS (sistema que también pretende instalar). Sistema a instalar DCS Antenas existentes en el emplazamiento de este u otro operador UMTS/ FM GSM DCS LMDS Nivel de referencia Nivel de decisión V/m W/m 2 V/m W/m 2 SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO --I-- --I De entre ellas seleccionará la 2ª fila por ser la que se ajusta a su caso, obteniendo los valores: - Nivel de referencia V/m W/m2 - Nivel de decisión V/m W/m2 El funcionamiento de la anterior tabla queda ilustrado en el siguiente diagrama de bloques: 24/28 C/ Capitán Haya, 41

25 Fig. 12 Diagrama de bloques para explicar los niveles de decisión 25/28 C/ Capitán Haya, 41

26 Otros ejemplos aclaratorios. A continuación veremos algunos casos que pueden contribuir a aclarar las especificaciones anteriores. Ejemplo B. En este emplazamiento sólo hay instalados sistemas LMDS (pese a que los soportes nos indican la intención de instalar más sistemas). Los niveles de referencia y decisión que el operador deberá tener en cuenta vendrán marcados por el sistema que pretendiese instalar. (Puede verse en la tabla a continuación). Fig. 13 Ejemplo B Sistema a instalar UMTS / LMDS DCS Antenas existentes en el emplazamiento de este u otro operador UMTS/ FM GSM DCS LMDS Nivel de referencia Nivel de decisión V/m W/m 2 V/m W/m 2 SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO SI --I NO NO NO --I SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO --I-- --I SI --I-- --I-- --I GSM NO --I-- --I-- --I FM --I-- --I-- --I-- --I /28 C/ Capitán Haya, 41

27 Ejemplo C. En este caso se observan antenas para transmisión de FM en la torre del centro de la imagen. Con esta configuración, independientemente del sistema que quiera instalar el operador, de la torre que usemos y de las demás antenas existentes, los niveles de referencia y decisión para el operador estarán marcados por la presencia de antenas FM en el emplazamiento (por ser el sistema más restrictivo). Fig. 14 Ejemplo C Sistema a instalar UMTS / LMDS DCS Antenas existentes en el emplazamiento de este u otro operador UMTS/ FM GSM DCS LMDS Nivel de referencia Nivel de decisión V/m W/m 2 V/m W/m 2 SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO SI --I NO NO NO --I SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO --I-- --I SI --I-- --I-- --I GSM NO --I-- --I-- --I FM --I-- --I-- --I-- --I /28 C/ Capitán Haya, 41

28 Ejemplo D. Supongamos que un operador desea instalar una antena mimetizada y que observa la presencia en el emplazamiento de una estación GSM. En este caso, independientemente de que el estudio realizado por el operador sea para la instalación de un sistema UMTS, un sistema DCS o un estudio conjunto de ambos, los valores de niveles de referencia y decisión vendrán limitados por la presencia de un sistema GSM. Fig. 15 Ejemplo D Sistema a instalar UMTS / LMDS DCS Antenas existentes en el emplazamiento de este u otro operador UMTS/ FM GSM DCS LMDS Nivel de referencia Nivel de decisión V/m W/m 2 V/m W/m 2 SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO SI --I NO NO NO --I SI --I-- --I-- --I NO SI --I-- --I NO NO --I-- --I SI --I-- --I-- --I GSM NO --I-- --I-- --I FM --I-- --I-- --I-- --I /28 C/ Capitán Haya, 41

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