PROYECTO: SEMAFORIZACION IQUIQUE 2012 DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, 2do llamado

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1 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE Secretaría Comunal de Planificación PROYECTO: SEMAFORIZACION IQUIQUE 2012 DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, 2do llamado BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PROPUESTA PÚBLICA Nº 60/2012 1

2 BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PROPUESTA PÚBLICA Nº 60/2012 PROYECTO: SEMAFORIZACION IQUIQUE 2012 DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, 2do llamado 1. REGULACION Las normas aplicables a estas bases serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado N º ; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios N º , Decreto Supremo N º 250 Reglamento de la Ley , Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N º , Ley N , sobre Bases Generales de Medio Ambiente y sus modificaciones., Decreto Supremo Nº 63 que Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley Nº Decreto N 63, del 21/07/86 Modificación al manual de Normas Técnicas para la señalización, control y Regulación del tránsito en vías en donde se realizan trabajos; Aclaraciones, consultas y respuestas, las presentes bases administrativas especiales y especificaciones técnicas. Sin perjuicio de lo anterior, en esta propuesta pública se establece el siguiente orden de prelación normativo y primacía de los antecedentes que se deberá observar: a) Aclaraciones producto del Foro Inverso, posteriores al proceso de apertura b) Consultas y/o Aclaraciones. c) Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas d) Ley N º de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios e) Decreto Supremo N º 250, que aprueba Reglamento de la Ley N º f) Decreto Supremo N º 1763, que modificó el D.S. N º 250. g) Ley N º , Orgánica Constitucional de Municipalidades. h) Ley N º , Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos del Estado. de Bases de Procedimientos Administrativos. i) Ley , Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. j) Ley N º que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades del Trabajo. k) Decreto Supremo N 40 que aprueba reglamento sobre prevención de riesgos laborales profesionales. l) Ley Nº , sobre Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Productos Químicos. m) Ley , de Transito, Transporte Público de Pasajeros Locomoción Colectiva n) Normativa Aplicable vigente Toda la normativa aplicable a la presente licitación y en particular, todo reglamento, ordenanza y norma que rigen la contratación del servicio; se entenderá plenamente conocido por parte del licitante o Adjudicatario, según corresponda. 2. EL MANDANTE La presente propuesta es convocada por la I. Municipalidad de Iquique, quien tendrá la supervisión técnica y administrativa, lo que comprende, los procesos de licitación, adjudicación, contrataciones respectivas, así como la supervisión directa de las obras contratadas hasta su total terminación y entrega. La unidad técnica para la presente propuesta será la Dirección de Tránsito y Transporte Público. 2

3 3. LA PROPUESTA La presente propuesta se refiere a la semaforización Iquique 2012 de la Ilustre Municipalidad de Iquique, cuyas características se indican en las Especificaciones Técnicas de las presentes bases de licitación CONDICIONES ESPECIALES POR TRATARSE DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO YA APROBADOS, SE LE INFORMA A LOS OFERENTES LOS MONTOS MAXIMOS POR PROYECTOS: A) SUMINISTRO E INSTALACION DE SEMAFORO CRUCE AVENIDA LA TIRANA CON AVENIDA ELIAS LAFFERTE (EX_CAMPOS DE DEPORTES) MONTO MAXIMO $ B) SUMINISTRO E INSTALACION DE SEMAFORO CRUCE AVENIDA LA TIRANA CON AVENIDA PROGRESO MONTO MAXIMO $ C) SUMINISTRO E INSTALACION DE SEMAFORO CRUCE AVENIDA BILBAO CON AVENIDA PADRE HURTADO MONTO MAXIMO $ SE CALIFICARA COMO SE INDICA EN LOS PUNTOS Y LA PARTE ECONOMICA Y DE PLAZOS RESPECTIVAMENTE. LA PRESENTE PROPUESTA, SI BIEN SE TENDRA QUE OFERTAR POR ITEMS, LA ADJUDICACION SE REALIZARA A LA MEJOR OFERTA CONJUNTA DE LOS TRES ITEMS, VALE DECIR A UNA SOLA EMPRESA. 4. DE LOS PROPONENTES Podrán participar todas las personas naturales y/o jurídicas que fabriquen, importen o comercialicen las especies y/o servicios requeridos y que cumplan con los requisitos establecidos en los antecedentes de esta propuesta. Nota: Se recomienda a los interesados, someter a consulta cualquier duda o dificultad en torno a la documentación a acompañar, con el fin de evitar que situaciones de forma o interpretación afecten su postulación. Estas consultas deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. 5. FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO 5.1 La ejecución de la obra en cuestión, será financiada con recursos provenientes de Convenio de Transferencia de recursos, indicados en Decreto Alcaldicio N 777/12 de fecha 29 de Mayo de La I. Municipalidad de Iquique se reserva el derecho de descontar o aumentar partidas, disminuir o aumentar unidades en los ítems, o declarar no adjudicada la propuesta según lo estime conveniente a los intereses fiscales mediante resolución fundada. 6. ETAPAS Y PLAZOS 6.1 El proceso de licitación con sus respectivas fechas y plazos se efectuará en conformidad a la Ficha de licitación del Portal Mercado Público VISITA A TERRENO 3

4 La visita a terreno será el día xxxxxx xx de xxxxxx de 2012, partiendo a las 10:00 hrs. Desde las oficinas de la Secretaria Comunal de Planificación en el Dirección a los puntos de la ciudad indicados en las especificaciones técnicas. La asistencia es de CARÁCTER OBLIGATORIO y será registrada en un Acta preparada para tal efecto, la que se subirá al portal mercado público, como documento anexo. Ésta será la única oportunidad para que la unidad técnica de la I.M.I. explique en terreno los futuros trabajos. 7.- COMPLEMENTACION, RECTIFICACION Y ENMIENDA El Municipio, a través de la Secretaría Comunal de Planificación podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consulta o solicitud de aclaración formulada por un licitante, enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación posterior del Decreto Alcaldicio correspondiente. De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la fecha de apertura de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio de las modificaciones. Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública Las respuestas a consultas, las aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y complementaciones realizadas, formarán parte integrante de las Bases de esta Propuesta RECEPCION DE LAS OFERTAS No se recibirán propuestas después de la hora del acto de apertura electrónica indicado en la publicación. A partir de dicha hora, tampoco los oferentes podrán retirar ni modificar sus propuestas. 8.1 Obligatoriamente toda la documentación solicitada en estas bases deberá ser ingresada al portal a menos que: 1. El Oferente se encuentre inscrito en Chileproveedores y tenga los documentos solicitados en estas bases registrados (contratados) en dicho portal. 2. El oferente acredite ante el Municipio encontrarse en alguna de las circunstancias del artículo 62 del Reglamento de la Ley Dicha acreditación deberá certificarla Secoplac antes del acto de apertura o la Comisión de apertura en el mismo acto Será responsabilidad única del oferente ingresar la oferta y la documentación solicitada para la presente propuesta en forma correcta en el portal Al ingresar la documentación al portal se deberá especificar en el nombre del archivo, cual es el documento que contiene, con el fin de hacer más expedito la revisión de éstos La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. En este sentido, la Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se refieran a situaciones no 4

5 mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo otorgado para la corrección de estas omisiones será de 2 días hábiles contados desde el requerimiento del Municipio, el cual se informará a través del Portal al resto de los oferentes u otro plazo que la comisión estime pertinente. La presentación física, se hará en la Secretaría Municipal con copia en la Secretaría Comunal de Planificación ambos domiciliados en el segundo piso de edificio Ex Aduana. Lo anterior no podrá aplicarse a las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 9.1., de estas Bases Administrativas Especiales. 9. ACTO DE APERTURA 9.1. El Acto de Apertura a Público, es el acto público, en que los miembros de la Comisión de Apertura de Propuestas, proceden a abrir los Antecedentes Administrativos, y en caso de calificar dichas ofertas, se procede a abrir la Oferta Económica de cada proponente. Dicha apertura será proyectada para facilitar su revisión tanto para los miembros de la comisión como para las personas que asistan al acto, lo cual no es obligatorio para los proponentes. En este caso, sólo se constatará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases. En caso que al momento de la apertura de las ofertas, el portal Mercado Público o Chileproveedores presente problemas técnicos, se levantará un acta indicando los problemas y una vez que el portal vuelva al normal funcionamiento se citará nuevamente a la comisión de apertura y a los oferentes que asistieron al acto original. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 8.4, la Comisión de Apertura de Propuesta, no admitirá las ofertas que no cumplan con los siguientes requisitos: 1. La Garantía de la Seriedad de la Oferta debe presentarse físicamente en el Municipio antes de que comience el Acto de Apertura a Público, además de encontrarse ingresada en el portal 2. Deben estar ingresados en el portal antes del acto de apertura todos los documentos solicitados para la Oferta Económica, según el punto 9.5. de estas Bases Administrativas Especiales Están facultados para efectuar observaciones durante el proceso de apertura y firmar el acta respectiva, además de la Comisión, aquellos proponentes que se presenten personalmente, o por medio de un representante o apoderado. En este caso, deberán acreditar la personería con que actúan, por medio de escritura pública, si fuere sociedad, o de una carta poder extendida ante Notario, si se trata de personas naturales Todos los documentos, antecedentes comerciales, personales y demás datos subidos al portal, se presumirán fidedignos, por lo que la I. Municipalidad de Iquique, se basará en ello para analizar la propuesta, sin perjuicio de requerir mayor información cuando lo estime necesario. En consecuencia, cualquier falsedad en los datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que diera lugar. 9.4 Apertura de los Antecedentes Administrativos 5

6 a) Solo en el caso de que el oferente sea persona jurídica, y que no se encuentre inscrito en los registros de Chileproveedores o que dichos documentos no se encuentres vigentes en dicho portal, deberá ingresar en el portal a.1) Escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones si las hubiera. Debe el oferente destacar la ubicación de la personería de sus representantes, para que la comisión de apertura pueda ubicarla fácilmente en la respectiva escritura. a.2) Certificado de Vigencia de la Sociedad emitida por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta. b) Sólo en el caso de que el oferente no se encuentre inscrito en los registros de Chileproveedores deberá ingresar en el portal una Declaración Jurada ante Notario Publico donde se exprese que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de sus trabajadores dentro de los anteriores dos años, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta. c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario 30) emitido por la Inspección del Trabajo que debe tener validez a la fecha del acto de apertura. d) Certificado de antecedentes personales para fines especiales, emitido por el Registro Civil e Identificación si es persona natural, o del Representante Legal si es persona jurídica. La vigencia no superior a 30 días a la apertura de la presente propuesta. e) Sólo en el caso de que el oferente no se encuentre inscrito en los registros de Chileproveedores deberá ingresar en el portal certificado de antecedentes comerciales, emitido por la Cámara de Comercio con una antigüedad no mayor a 30 días a la apertura de la presente propuesta, el cual también puede ser emitido electrónicamente vía Internet. f) Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo a lo establecido en el punto 15.1 de las presentes bases. g) Formulario de Identificación del proponente. h) Acta de visita a terreno. i) Programa de trabajo o Carta Gantt, se deberá presentar carta Gantt con las distintas etapas del trabajo para cada uno de los cruces, indicando el plazo total de ejecución de las obras. j) Carta compromiso del oferente, firmada ante notario, garantizando el buen funcionamiento de los semáforos, según lo estipulado en las especificaciones técnicas. k) Certificados de experiencia por obras de semaforización de transito similares al presente llamado de propuesta pública. l) Planos de las canalizaciones y emplazamiento de cámaras, según se indican en especificaciones técnicas. m) Ficha Técnica respecto del controlador a proponer con la correspondiente certificación U.O.C.T. vigente, además deberá detallarse todas las características del equipo controlador para verificar que se ajuste a los requerimientos de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la IMI. 6

7 n) Certificado de Aprobación vigente de la U.O.C.T. que cumple con las especificaciones técnicas de módulos de señales a Led. o) Carta de Garantía Notarial, por un periodo mínimo de 36 meses, para garantizar el reemplazo de la pérdida de intensidad luminosa o cualquier otro desperfecto o vicio de fabricación que se presente en los módulos Led instalados. p) Ficha o especificaciones técnicas de las piezas que conforman el semáforo, como por ejemplo, lámparas, postes, cables a emplear, etc. Nota: Todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como Anexos Administrativos. 9.5 Apertura de la Oferta Económica a) Carta Oferta, según formato, en cuyo documento se señalará el valor total de la propuesta expresada en pesos, indicando el valor total neto, el valor del impuesto y el valor total impuesto incluido. Además se indicará en ellas, el plazo de entrega. Nota: Todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como Anexos Económicos 9.6 No obstante lo requerido en los puntos anteriores de las presentes bases, los licitantes podrán adjuntar a sus propuestas todos los antecedentes adicionales que estimen pertinentes. 9.7 Finalmente, se dará lectura al Acta de Apertura la cual debe incluir las observaciones que pudieran haber y procederán a firmar el acta solo aquellas personas que cumplan con lo establecido en el punto 9.2 de la presente propuesta, para luego entregar una copia del acta a cada uno de los proponentes, además de ser publicada en el portal La Municipalidad pone en conocimiento de los oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación presentada en el acto de apertura, ésta queda sujeta a otras revisiones por parte de la Unidad Técnica Municipal, pudiendo encontrar diferencias u omisiones que no fueron observadas en la mencionada apertura. Esta situación implica que el (los) oferentes puedan quedar fuera de base en la etapa de evaluación técnica. 10. DE LAS OFERTAS La vigencia de la oferta, será de 60 días corridos o más, a contar de la apertura de la presente propuesta. Las ofertas se formularán en pesos moneda nacional. El precio de las obras corresponderá al de un contrato de suma alzada, por una suma determinada, la cual incluirá además el valor de los proyectos, aprobaciones de planos, permisos, pagos de aporte y derechos, pago de honorarios, impuestos, derechos notariales, imposiciones provisionales, garantías y demás. En general y sin que esta enumeración sea taxativa, el valor de la oferta incluye todo gasto que arrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. El impuesto al valor agregado (IVA) no forma parte del precio y su aplicación será de acuerdo a la ley vigente. Las variaciones legales y/o contractuales que experimenten las remuneraciones serán de cargo exclusivo del oferente. El plazo para realizar los trabajos, será el que señale el proponente en Carta Oferta, según formato tipo, en días corridos, y éste comenzará a regir a partir de la fecha del Acta de la Entrega de Terreno. Sin embargo este plazo puede modificarse a solicitud de la Unidad técnica a través de una re-programación de las Obras Adjudicadas. 7

8 11. ADJUDICACION La Ilustre Municipalidad de Iquique se reserva el derecho adjudicar total o parcialmente, o declarar no adjudicada la presente Propuesta Pública, con expresión de causa, según se estime conveniente a los intereses municipales El Adjudicatario de la presente licitación se elegirá de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados en las B. A. E., presente la oferta más conveniente para la Ilustre Municipalidad de Iquique. La Comisión Evaluadora estará compuesta por el Director de la Secretaría Comunal de Planificación, el Director de Administración y finanzas, el Director de Asesoría Jurídica y el Director o jefe de la unidad técnica solicitante, encargados o de quienes ellos designen. La Comisión de Evaluación de la Propuesta, analizará y evaluará cada una de las ofertas, de acuerdo a criterios específicos, debiendo el Municipio emitir resolución o circunstancias de la adjudicación. El plazo para adjudicar la propuesta será de hasta 45 días hábiles a contar de la fecha y hora del acto de apertura de la propuesta. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo, se informará en el sistema de Informaciones las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 8.4., la Comisión Evaluadora no podrá aceptar, ofertas con errores u omisiones, rectificados a solicitud de la Comisión de Apertura, de los antecedentes o certificados con fecha posterior al concedido en dicho acto Criterios de Evaluación: Criterio Porcentaje (%) Precio 30 Oferta Técnica 35 Plazo de ejecución 30 Cumplimiento de requisitos formales Asignación de Puntaje por el Precio Total de la Oferta (SUMATORIA DE LOS TRES ITEMS) Puntaje Obtenido = PXI X 100 PE Donde: PXI: PE: Oferta económica más baja Oferta económica a evaluar Oferta económica mas baja obtendrá 100 puntos Asignación de puntaje por calidad de la oferta técnica. Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje. Decrecerá el puntaje a medida que las especificaciones técnicas a ofertar no cumplan con los requisitos establecidos de acuerdo a lo siguiente: - (20%) Cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las especificaciones técnicas en relación a las piezas que conforman el semáforo. 8

9 - (80%) Cumplimiento de todos los requisitos solicitados en las especificaciones técnicas en relación al controlador ASIGNACION DE PUNTAJE POR PLAZO DE EJECUCION Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos. Decrecerá el puntaje a medida que el plazo de entrega sea mayor. EL PLAZO A EVALUAR COMO EL MENOR QUE SE USARA COMO BASE, SE ENTEDERA QUE SERA EL PLAZO MAXIMO OFERTADO DE LOS 3 CRUCES POR PARTE DEL OFERENTE, POR CUANTO ESTA LICITACION SE DEBERA EJECUTAR COMO SI FUESEN PROYECTOS DISTINTOS, VALE DECIR SIMULTANEAMENTE LOS 3 CRUCES. Plazo de Entrega CRITERIOS PUNTAJE Al menor plazo 100 Al siguiente 90 Al siguiente 80 Etc Asignación de Puntaje por cumplimiento de requisitos formales de la Oferta Forma de ingreso de los documentos en el portal Mercado Público (ver punto 8.2 Y 8.3) Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje. Decrecerá el puntaje a medida que aumente la cantidad documentos no presentados en el acto de apertura. Cantidad de documentos faltantes Puntaje O MAS Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma: 1º por mayor ponderación por Oferta Técnica. 2º por menor valor. 3 por menor plazo de ejecución de las obras. 3º por cumplimiento de los requisitos formales de la oferta. NOTA: los oferentes que obtengan un promedio inferior a 50 puntos en la oferta técnica no seguirán en el proceso de evaluación, y serán declarándos fuera de Bases, por no cumplir la calificación técnica mínima. Secoplac, comunicará por medio del portal oferentes el resultado de la adjudicación. a los señores 12. CONTRATO 12.1 El contrato será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad y se entenderá perfeccionado con la firma de la Municipalidad de Iquique y el oferente adjudicado de la presente propuesta pública. 9

10 El contrato deberá ser suscrito dentro del plazo de 30 días corridos, a contar de la notificación a través del portal Mercado Público, del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, y siempre que previamente, el adjudicatario haga entrega de los siguientes documentos, en la misma Dirección indicada: - Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, según lo indicado en el punto 15.2 de la B. A. E. - Certificado de deuda Tesorería General de la República, a menos que se encuentre inscrito en Chileproveedores. - Declaración Jurada acreditando no haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la ley de compras en los últimos 2 años a menos que se encuentre inscrito en Chileproveedores. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario 30-1) emitido por la Inspección del Trabajo que debe tener validez a la fecha de la firma del contrato. - Patente comercial o profesional al día. De no acompañar los documentos referidos, o de no suscribir el contrato dentro del plazo establecido para ello, y siendo dicha omisión atribuible al adjudicatario, la Dirección encargada de redactar el contrato, comunicará, esto al Alcalde, quien procederá a dejar sin efecto el decreto respectivo. Se entenderá que forman parte del contrato, las presentes bases, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones, las rectificaciones, complementaciones y enmiendas de las Bases, las Ofertas Técnicas y Económicas y otros documentos adjuntos, por el oferente adjudicado. Nota: En caso que el Oferentes adjudicado no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. Art. Nº 66 del Reglamento de Compras Públicas Precio de las obras del contrato Las ofertas se formularán en pesos, moneda nacional. El precio de las obras corresponderá al de un contrato a suma alzada, por una suma determinada, el cual incluirá además el valor de los proyectos, aprobaciones de planos, permisos, pagos de aporte y derecho, pago de honorarios, impuestos, derechos notariales, imposiciones previsionales, garantías y demás. En general, y sin que esta enumeración sea taxativa, el valor de la oferta incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. El Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) no forma parte del precio y su aplicación será de acuerdo a la ley vigente. Las variaciones legales y/o contractuales que experimenten las remuneraciones serán de cargo exclusivo del oferente. Se deja constancia que el presente contrato, incluye Impuestos y no considera reajuste, ni cubos ajustables. Por lo tanto, el valor de las obras que haya que ejecutar para dar cumplimiento a las exigencias establecidas para la recepción de los servicios de Alcantarillado, Agua potable, Electricidad, etc.; Legislación cuya aplicación se entiende conocida por el contratista, así como, los costos asociados a las aprobaciones de planos, recepciones municipales Provisorias y Definitivas, impuestos, transferencias, ensayes, inscripciones, permisos de ocupación de vías públicas y otros bienes nacionales de uso público relacionados directamente con la obra, así como los cobros y garantías por concepto de rotura y reposición de pavimentos, veredas etc., si corresponde. De acuerdo a los Proyectos Informativos y a las Factibilidades entregadas para el estudio de la oferta, hubiere que hacer modificaciones a la o las, redes de servicios 10

11 públicos existentes, necesarias para obtener la aprobación de los respectivos servicios, estas serán de costo del contratista adjudicado, en ningún caso estas modificaciones se considerarán obras extraordinarias. Los posibles Aportes Reembolsables que solicitan los servicios en las factibilidades entregadas, serán de cargo del proyecto. El contratista no tendrá derecho a demandar aumento o reajuste del precio de su contrato fundado en la dictación de leyes generales o especiales que dispongan reajuste o aumentos de las remuneraciones, bonificaciones, imposiciones previsionales, o impuestos, aumentos en los salarios o en los costos de los materiales y equipos nacionales y/o importados Modificaciones al contrato La Municipalidad de Iquique una vez adjudicada y contratada la propuesta, podrá solicitar al contratista que efectúe modificaciones que durante la vigencia del contrato, resultaren necesarias para la obtención de un mejor logro de los trabajos contratados. Si durante la ejecución de las obras, se requiere introducir, modificar o agregar al proyecto, variaciones al mismo y/o partidas que produzcan aumentos, reducción y aún supresión de cantidades de obra, éste estará obligado a ejecutarlas, siempre y cuando se disponga de los fondos para ejecutarlas y la visación del mandante. La ejecución por parte del contratista, se efectuará una vez notificado por Decreto Alcaldicio de la autorización de dicha modificación. Con la finalidad de determinar montos y plazos involucrados en las modificaciones será obligación de la empresa constructora adjudicada proporcionar al ITO, lo siguiente: a) Presupuesto presentado para su aprobación, adjuntando un desglose completo y el análisis de precios unitarios correspondientes. En caso que el oferente requiera y/o solicite aumento de plazo a la Dirección de Tránsito y Transporte Público, dicho aumento será analizado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público y la Secretaría Comunal de Planificación, quienes evaluarán si amerita técnicamente la ampliación, para luego enviar la solicitud a la Dirección de Asesoría Jurídica Término anticipado del contrato La Municipalidad de Iquique, podrá poner término anticipado al contrato en la situación que genere cualquier incumplimiento por el contratista de las obligaciones que la ley o el contrato le imponga, en especial, en los siguientes casos: Término Administrativo del Contrato El incumplimiento del contratista de los plazos y condiciones de su oferta o de las obligaciones que impongan las Bases de la licitación o las que asuman al suscribirse el Contrato respectivo, dará derecho a la Municipalidad para resolver administrativamente el contrato. En este caso suspenderá al contratista del derecho a participar en licitaciones de la Municipalidad por un período de hasta 3 años. Una vez iniciado el contrato la Municipalidad de Iquique, podrá resolverlo administrativamente y hacer efectivas las garantías, ejecutar obras directamente con cargo al contratista, o exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones del contratista, en caso de existir una o más de las siguientes causales: a) Si el monto acumulado de las multas aplicadas al contratista supera el 5% del 11

12 valor del contrato. b) Si el contratista demuestra insolvencia o fuera declarado en quiebra. c) Si el contratista no diere cumplimiento al pago de las remuneraciones y obligaciones previsionales del personal de la obra y/o personal de los subcontratistas, por dos meses consecutivos. d) Si el oferente mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores. e) Si por defectos de las obras, atribuibles al contratista, estas quedaren con defectos graves no susceptibles de ser reparados, y ellos comprometieren la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones substanciales del proyecto. f) En el evento que se haya hecho efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. g) Si el contratista efectuase un traspaso total o parcial del contrato a un tercero. En caso que la Municipalidad de Iquique, opten por el derecho establecido en el punto Término Administrativo del Contrato, las partes se sujetarán al siguiente procedimiento: La Municipalidad de Iquique, tomarán inmediata posesión de la parte de la obra y el contratista le entregará los trabajos incluidos hasta el último Estado de Pago y además los ejecutados pendientes de incluir en el próximo, así como los recintos, materiales e implementos que fueren de propiedad de la Municipalidad y aquellos que estuvieren acopiados y tuvieren relación con la obra contratada. Sólo después de haber efectuado la entrega material, podrá el contratista ejercer las acciones que crea corresponderle. La Municipalidad de Iquique, se reservan el derecho a continuar la ejecución de parte de la obra mediante contratación directa o con un tercero, por cuenta y con cargo al contratista hasta su total terminación. La Municipalidad de Iquique, suspenderá todo pago correspondiente de parte de la obra al contratista hasta la Recepción Provisoria de la totalidad de la obra, especialmente los derivados de la continuación de la misma, de acuerdo con el sistema o método que la Municipalidad considere más conveniente. Se hará exigible de inmediato y por este solo hecho, y sin perjuicio de cualquier otra multa, indemnización o sanción que corresponda, por concepto de cláusula penal en los términos del artículo 1542 del Código Civil, una multa ascendiente al 5% del monto del contrato la cual el contratista deberá pagar en la Municipalidad de Iquique dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la correspondiente notificación. Si así no ocurriese, el contratista autoriza expresamente a la Municipalidad de Iquique, para pagarse de esta multa con cualquier suma que adeude por cualquier concepto al contratista, con el monto de las retenciones y de las garantías en su poder. Dentro de los 100 días siguientes al Decreto Alcaldicio o terminación anticipada del contrato, según corresponda, el ITO procederá a realizar una liquidación final del contrato. En ella se evaluarán y valorizarán: i) La totalidad de las obras efectiva y correctamente realizadas a satisfacción de la Municipalidad, en conformidad a su estado de avance y presupuesto; ii) Los materiales acopiados en la obra respecto de los cuales la Municipalidad, manifieste su intención de apropiarse; y iii) Los montos retenidos de los Estados de Pago. Al monto resultante de la valorización anterior se deducirán los siguientes conceptos: i) Montos otorgados por la Institución que financia, al contratista por concepto de anticipo por la ejecución de la obra pendientes de restitución. 12

13 ii) iii) Multas por atraso en la ejecución de la obra; El monto de la pena estipulada en la cláusula penal por concepto de terminación anticipada; iv) Cualquier suma reclamada por terceros derivadas de la ejecución de la obra y, en especial, toda cantidad que el contratista adeudare por cualquier otro concepto a sus trabajadores ;y v) Cualquier otra suma que adeudare el contratista por cualquier concepto, incluso las derivadas de acciones entabladas por terceros que tengan por origen la ejecución de la obra. Si de la valorización efectuada resultare un saldo en contra del contratista, la Municipalidad de Iquique, estará facultada para imputar dichas sumas a las Garantías emitidas a favor de ella, pagándose del monto adeudado por el contratista y restituyéndole el saldo resultante, si existiese, sin perjuicio del derecho que tendrá el contratista a ejercer las acciones que creyere corresponderle. La procedencia y el ejercicio de los derechos establecidos en los puntos anteriores no podrán ser discutidas por el contratista bajo ningún concepto, pues aunque éste se considere perjudicado, acatará lo resuelto por la Municipalidad, haciéndole entrega inmediata de la obra, sin que ello obste al ejercicio de las acciones que crea le puedan corresponder posteriormente. La resolución administrativa anticipada del contrato se hará por Decreto Alcaldicio que se notificará personalmente o por cédula en el domicilio que el contratista ha señalado al celebrar el contrato o en el Libro de Obras si durante la vigencia del contrato hubiere modificado éste. Puesto término anticipado al contrato por las causales que se señalan en este artículo la Municipalidad de Iquique, hará efectiva las garantías del mismo. Asimismo, la parte del precio no devengada será destinada a financiar la nueva contratación y si quedare un saldo a favor del contratista, le será devuelto luego de la suscripción del nuevo contrato con un tercero. Para estos efectos, será aplicable la siguiente norma: El término anticipado del contrato se hará administrativamente sin forma de juicio La Unidad Técnica (Dirección de Tránsito y Transporte Público), podrá llevar a cabo la ejecución de los trabajos con cargo a las retenciones y en segundo lugar a las garantías del contrato, incluso por trato directo o administración directa. Lo anterior será causal de suspensión del Registro de Contratistas, proponiendo la Dirección de Tránsito y Transporte Público el período de suspensión sobre la base de la importancia del incumplimiento Término del contrato de mutuo acuerdo. El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento de las partes, caso en el cual, ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización Término del contrato por causa de fuerza mayor o caso fortuito. La Municipalidad de Iquique, podrá declarar terminado anticipado de pleno derecho el Contrato de Construcción y proceder a su liquidación anticipada cuando por causas de fuerza mayor calificada por la Municipalidad, se deba paralizar la Obra. En este caso la Municipalidad de Iquique, dará aviso por carta certificada al Contratista con no menos de treinta días corridos de anticipación, plazo en el cual ambas partes convendrán la forma y condiciones en que se paralizarán los trabajos y se efectuarán aquellos cuya continuación o terminación sea indispensable, según la Municipalidad. 13

14 En la liquidación del Contrato la Institución que financie pagará al Contratista los Estados de Pago pendientes que correspondan a trabajos ejecutados hasta la fecha del aviso de suspensión, a los precios convenidos y en conformidad a una cubicación hecha de común acuerdo Procedimientos posteriores al término del contrato de obra. Una vez que la Ilustre Municipalidad de Iquique haya resuelto poner termino a la obra a través de resolución administrativa, deberá procederse a efectuar la liquidación del contrato, dentro de los plazos establecidos en el art. 184 del D. S N º 75 del Ministerio de Obras Públicas. Finalizado el procedimiento de liquidación y estando la obra a disposición de la Unidad Técnica, ésta deberá proceder a efectuar el llamada a licitación pública, privada o contratación directa Subcontratos El Contratista conservará íntegramente su responsabilidad frente a los mandantes de la totalidad de los trabajos encomendados, incluidos aquellos que subcontrate o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El Subcontratista deberá regirse por lo dispuesto en la ley N , de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Por razones que la Unidad Técnica justifique, podrá exigir el cambio del Subcontratista a la Empresa Contratista en cualquier momento de la ejecución de la obra, sin que el Contratista tenga derecho a reclamo ni indemnización de ningún tipo. 13. MULTAS Se considerarán las siguientes multas según los casos que se describen a continuación: a) Si el Contratista no termina la obra dentro del plazo total del contrato incluida las eventuales ampliaciones de plazo solicitadas por el mismo a la I.T.O, antes de su vencimiento contractual. Multa diaria de 6 UTM en contratos de obras menores y de 10 UTM. para contratos de obras mayores. b) Si el Contratista no cumple una orden dada por el Inspector Técnico, esta multa será de 1,5 a 4 UTM, en contratos de obras menores y de 5 a 8 UTM en contratos de obras mayores, por cada día que no se cumpla la orden desde que se anotó en el Libro de Obras. c) Si el Contratista no entrega oportunamente los datos que le solicite la I.T.O., la Inspección Técnica o la Dirección del Trabajo. Multa de 2 UTM por cada día de atraso en la entrega de la información. d) Si el Contratista no efectúa la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Multa de 2 UTM por cada día de atraso en la entrega de la información a la Dirección del Trabajo y a la Inspección Técnica. e) Si el Contratista no toma medidas de seguridad, protección e higiene, no mantiene los dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias, no suministra a sus trabajadores los elementos de protección personal que cuenten con certificación de calidad emitido por organismos competentes. Multa de 3 UTM por cada día de incumplimiento. f) Si el Contratista no entrega la nómina mensual de los trabajadores en actividad. Multa de 2 UTM en cada día de atraso en la entrega de la información. 14

15 g) Por término anticipado del contrato según lo señalado en el punto 12.4 de las presentes B. A. E. Multa de por lo menos el 5% del valor del monto del contrato, salvo en los casos estipulados en los puntos y de las presentes Bases. h) Por incumplimientos técnicos definidos en las Especificaciones Técnicas de Arquitectura y de Especialidades y aquellos definidos por faltas a Normas o Reglamentos de las mismas. Multa de 1 UTM diaria por cada día de incumplimiento. i) Por ausencia injustificada del profesional de terreno a cargo de las obras, sea titular o de reemplazo. Multa de 3 a 5 UTM diaria por cada día de incumplimiento. j) Por incumplimiento a las disposiciones referidas a cierros provisorios contenidas en el art. 5º de la Ordenanza Municipal 405 del Multa de 1 UTM diaria por cada día de incumplimiento k) Por no disponer en las faenas, del libro de la Obra, a partir del tercer día después del acta de entrega de terreno. Multa de 1 UTM diaria por cada día de incumplimiento l) Por incumplimiento en las normas referidas a los Derechos Laborales y Previsionales, de sus trabajadores y de sus contratistas. Multa de 1 UTM diaria por cada incumplimiento. m) Por no acreditar en la fecha requerida, el pago de remuneraciones y leyes sociales de los trabajadores de la obra. Multa de 1 UTM por cada día de atraso en el incumplimiento en la entrega de información. n) Si el contratista no diere cumplimiento con el plazo, para ejecutar las observaciones presentadas en la Recepción Provisoria. Multa de 3 UTM diaria por cada día de incumplimiento. o) Una vez terminada la obra y solicitada la recepción provisoria, el contratista entregará, los certificados de las empresas sanitarias, eléctricas y gas, en caso que el proyecto considere instalaciones, sanitarias de agua potable y alcantarillado, eléctricas y de gas. El no cumplimiento será causal de multa de 1 U.T.M. diaria por atraso, sin perjuicio de la multa por concepto de atraso de la obra en los plazos ofertado si procediere. El procedimiento para aplicación de las multas es el siguiente: - Constatado por el Inspector Técnico, el incumplimiento o contravención, a las presentes Bases Administrativas Especiales o al Reglamento de Contratación de Obras Públicas, se notificará al contratista por escrito de la falta y de la multa a aplicar. - Todas las multas, se cursarán en forma administrativa sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pagos más próximos, o de las retenciones del contrato, o de las garantías del contrato, si aquellas no fueren suficientes, en ese orden de prelación. Se calcularán sobre la base de la UTM del mes en que se cursa la multa. - Contra las resoluciones del ITO, sólo procederá, por parte del contratista, el recurso de apelación ante la Dirección de aseo y Ornato, el que deberá ser interpuesto por escrito. 14. FORMA DE PAGO La cancelación del monto contratado se efectuará, según la siguiente modalidad: 15

16 14.1 Las obras se cancelará mediante Estados de Pagos según convenio De cada Estado de Pago, se retendrá un 5% de su monto total, garantizando la buena ejecución y plazo de la obra. El Contratista incluirá únicamente en los Estados de Pago aquellas unidades o partidas de la Obra que estén en construcción, de acuerdo con los planos y en las condiciones estipuladas en las Especificaciones Técnicas, no considerando, las provisiones de material en Obra y los anticipos a los Subcontratistas. Todo trabajo o suministro destinado a quedar oculto por otro, deberá ser inspeccionado por el ITO con anterioridad a ser cubiertos. En consecuencia, no se cancelarán Estados de Pago por obras cubiertas que no hayan cumplido con esta inspección antes de cubrir, sin perjuicio de la obligación del Contratista de reabrir las Obras para la inspección, a su costo y plazo. Los Estados de Pago serán considerados como abonos parciales que se efectúan al contratista, a cuenta del valor de la obra que se está realizando. En ningún caso se estimarán estos abonos como la aceptación por parte de la IMI de la cantidad y calidad de la obra ejecutada, y sólo tendrán la calidad de anticipo a cuenta del valor del contrato Para dar curso a los Estados de Pago, el contratista deberá acompañar: Primer Estado de Pago: a) Oficio conductor suscrito por el representante legal de la Empresa, dirigido a la Srta. Alcalde I. Municipalidad de Iquique, solicitando el pago. b) Factura correspondiente, extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, domiciliado en Aníbal Pinto N 50, Rut: c) Formulario de estado de Pago con firma de la inspección Técnica de la Obra y con firma y timbre de la Unidad Técnica, el que deberá incluir el avance de Obra. d) Formulario F 30-1, emitido por la Dirección del trabajo que acredite que el Contratista y los Subcontratista, si los hubiere, no tienen reclamaciones laborales en relación al proyecto. e) Planillas de cotizaciones previsionales al día, si corresponde. f) Certificados de laboratorio, de análisis y ensayos efectuados a la fecha del estado de pago, si correspondiera. g) Adjuntar tres fotos a color del avance de la obra. h) Cualquier otro documento que el Inspector Técnico estime pertinente y sea requerido a través del Libro de Obra. Tratándose del primer Estado de Pago, se deberá acompañar los siguientes documentos: 1. Bases Administrativas Especiales de la Licitación y Foro de Consultas y respuestas. 2. Acta de Apertura de la Propuesta 3. Informe de la Comisión evaluadora 4. Decreto Alcaldicio de adjudicación 16

17 5. Decreto Alcaldicio de Contrato 6. Acta de Entrega de terreno 7. Fotocopias de las Garantías por Fiel Cumplimiento del Contrato a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, domiciliado en Aníbal Pinto N 50, Rut: Copia del Permiso de Edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales, si correspondiere. 9. Fotografía del letrero de la Obra instalado, reglamentado en las presentes bases administrativas Próximos Estados de Pago: a) La factura correspondiente, extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, domiciliado en Aníbal Pinto N 50, Rut: b) Formulario de estado de Pago con firma de la Inspección Técnica de la Obra y con firma y timbre de la Unidad Técnica, el que deberá incluir el avance de Obra. c) Formulario F 30-1, emitido por la Dirección del Trabajo que acredite que el contratista y los subcontratistas, si los hubiere, no tienen reclamaciones laborales en relación al proyecto. d) Planillas de cotizaciones previsionales al día, si corresponde e) Certificados de laboratorios, de análisis y ensayos efectuados a la fecha de estado de pago, si corresponde. f) Protocolos de Inspección de Obras, firmados por el profesional encargado de la Obra y el ITO de la Unidad Técnica. g) Adjuntar 3 fotos a color del avance de la Obra. h) Cualquier otro documento que el Inspector Técnico estime pertinente y sea requerido a través del Libro de Obra Retenciones. En cada Estado de pago podrá retenerse, a lo menos el 5% y no más del 10% del valor de la obra pagada, hasta enterar un 5% del valor total del contrato, incluidos sus aumentos, como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. Las retenciones serán devueltas al momento de la recepción provisoria de las obras, previa solicitud a la Unidad Técnica y en todo caso una vez entregados los antecedentes requeridos en los instrumentos de la licitación o conforme a las normas vigentes (recepción municipal). El contratista al término de su obra, es decir, cuando su avance de obra llega al 100%, debe presentar una carta a la Dirección de Tránsito y Transporte Público, indicando que sus trabajos han finalizado, de acuerdo al contrato vigente, y solicitar la Recepción Provisoria Retiro de las Retenciones. Para dar curso al Estado de Pago, correspondiente a las retenciones, el contratista deberá presentar en la Dirección de Obras Municipales: a) Garantía por la BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA OBRA, según lo indicado en 17

18 el punto 15.4 de las B. A. E. b) Formato de Estado de Pago, indicando los montos retenidos en cada Estado de Pago. c) Acta de Recepción Provisoria. d) Certificado de Recepción Municipal Definitiva, conforme a lo establecido en los artículos y de la Ordenanza General de Construcciones, si procediere. e) Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite que con relación a esta obra, no registra reclamos, denuncias, multas ni deudas pendientes por concepto de remuneraciones y cotizaciones previsionales. f) Cualquier otro documento que el Inspector Técnico estime pertinente y sea requerido a través del Libro de Obra. 15. GARANTIAS El proponente deberá presentar en las condiciones que se indican, las siguientes garantías: 15.1 Seriedad de la oferta Se deberá presentar una garantía, la cual podrá ser Vale Vista o Boleta de Garantía de seriedad de la oferta, con vigencia de 60 días corridos o mas, contados desde la fecha de apertura de la presente propuesta si es que fuera boleta de garantía, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique RUT , por la suma de $ e individualizada con nombre y número de propuesta. La Garantía de Seriedad de la oferta, se deberá subir al Portal Mercado Público y presentarse físicamente en Secretaria Municipal, ubicada en Aníbal Pinto N º 50, Edificio Ex aduana Segundo Piso, con al menos media hora de anticipación a la hora y fecha del Acto de Apertura a Público de la propuesta. Aquellas garantías presentadas fuera de este plazo y hasta antes el acto de apertura, excepcionalmente se admitirán, si tal presentación tardía fuere calificada por la Comisión de Apertura como un caso de Fuerza mayor y/o caso fortuito. Iniciado el acto de apertura, es inadmisible cualquier garantía. Esta garantía se hará efectiva cobrando íntegramente su monto, a título de cláusula penal, en los términos del art del Código Civil, en cualquiera de los siguientes casos: a) Si el proponente se desiste de la oferta; b) Si el proponente no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada; c) Si el proponente no entregare las garantías del contrato en el plazo establecido; d) Si el proponente no entregare dentro del plazo las Pólizas de Seguro establecidas en las presentes bases; 15.2 Fiel cumplimiento del contrato Al momento de firmar el contrato en la Dirección de Asesoría Jurídica, deberá entregar una Boleta de Garantía Bancaria o Vale Vista con certificado bancario de autenticidad, o Póliza de Garantía con Liquidador o Póliza de Garantía con Ejecución inmediata, para caucionar el fiel cumplimiento del contrato, por un 5% del monto total a contratar, de vigencia a 60 días o más, al plazo total propuesto, a nombre de la la Ilustre Municipalidad de Iquique, domiciliado en Aníbal Pinto N 50, Rut: , institución que caucionará dicho documento. El proponente adjudicado, dispondrá de un plazo de 30 días corridos, contadas desde la notificación de la adjudicación para presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de 18

19 Contrato, en caso contrario se dejará sin efecto la adjudicación y se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, todo ello por simple resolución administrativa. Dicho documento debe estar individualizado con el nombre y número de la propuesta Aumento de Obra En caso de aumento de plazo y valor que se genere en el transcurso de la ejecución del contrato, se deberá entregar al momento de firmar la modificación del contrato, una Boleta de Garantía Bancaria o Vale Vista con certificado bancario de autenticidad, o Póliza de Garantía con Liquidador o Póliza de Garantía con Ejecución inmediata, correspondiente al 5 % del monto de aumento, más el monto del contrato primitivo, con una validez superior en 60 días o más, al nuevo plazo final propuesto para la ejecución, a nombre de la la Ilustre Municipalidad de Iquique, domiciliado en Aníbal Pinto N 50, Rut: La Garantía original, correspondiente al contrato primitivo, se devolverá 10 días después de haberse recepcionado la nueva caución que quedará en su reemplazo Aumento de Plazo Si sólo se tratase de un aumento de plazo y las garantías primitivas de Fiel Cumplimiento del Contrato, queda dentro de la fecha de vigencia del mismo, incluido el aumento de plazo, no será necesario presentar una nueva caución Facultad de la Municipalidad. La Municipalidad de Iquique queda facultada por el contratista para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Obra y de las Retenciones que procedieren, sin necesidad de juicio o demanda ante tribunal, en los siguientes casos: a) Si el contratista no reemplazare cualquiera de las boletas antes de 30 días de sus respectivos vencimientos. b) Si el contratista fuere demandado por deudas previsionales y laborales por trabajadores con los que la Municipalidad tuviera responsabilidad solidaria. En este caso, si la Municipalidad, fuera demandada por responsabilidad solidaria, quedan facultadas para pagar con cargo a la garantía. c) Si el contratista no hubiere resuelto las observaciones para la Recepción Provisoria, dentro del plazo fijado por la comisión de Recepción. d) En el evento de término anticipado del contrato. e) En el caso de que existan vicios de construcción no resueltos por el contratista, a pesar de haber sido expresamente solicitada la demolición y reconstrucción, de la parte sospechosa, por parte del Inspector Técnico de Obras Anticipo Dentro del plazo de 30 días corridos desde la total tramitación del decreto de adjudicación, el contratista tendrá derecho de requerir por carta a la Dirección de Tránsito y Transporte Público, la entrega de un anticipo según lo estipula el Decreto Alcaldicio N 777/12 de fecha 29 de Mayo de Este anticipo no será tramitado, en tanto, el contratista no haya recepcionado el terreno. Para caucionar la entrega del anticipo, el oferente adjudicado deberá presentar uno o varias Boletas de Garantía Bancaria o Vale Vista a la vista con certificado bancario de autenticidad o Póliza de Garantía con Liquidador o Póliza de Garantía con Ejecución inmediata, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique domiciliada en Aníbal Pinto N 50, Rut: , por un equivalente al 100% del anticipo 19

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