Autonómica. Cataluña HACIENDA AUTONÓMICA
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- Óscar Padilla Iglesias
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1 Autonómica Cataluña HACIENDA AUTONÓMICA Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono. Publicación DOGC 30 de marzo de Entrada en vigor Al día siguiente de su publicación el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Excepciones: a) Los capítulos V, VI, VII y VIII del título I de la parte primera, relativos a los impuestos: -sobre grandes establecimientos comerciales; -sobre las estancias en establecimientos turísticos; -sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos, y -sobre las bebidas azucaradas envasadas Entran en vigor el primer día del trimestre siguiente a la entrada en vigor de la presente Ley. b) El capítulo IX del título I de la parte primera, relativo al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica: exigible a partir del 1 de enero de 2018, salvo en el caso de las motocicletas, en que es exigible a partir del 1 de enero de c) Los apartados 4 y 5 añadidos al artículo 37 del texto refundido de la Ley de patrimonio: aplicables en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley. d) Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia: aplicable a partir de la aprobación de la correspondiente disposición reglamentaria. Antecedente normativo Cita: -Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas Modifica: -Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego. Se añade un apartado, el 6, al artículo 6. -Ley de 20 de marzo de 1984 del Estatuto de la Función
2 Interventora. -Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales. Apartado 3 del artículo 2. -Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña. Apartados 5 bis y 6 del artículo 10 bis. -Ley 38/1991, del 30 de diciembre, de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes. Apartado 1 del artículo 3. -Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad- «Mossos d'esquadra». -Ley 3/ 1995, de 6 de abril, de reconocimiento de la Universitat Oberta de Catalunya. -Ley 5/1995, de 21 de junio, de protección de los animales utilizados para experimentación y por a otras finalidades científicas. Se añaden dos disposiciones adicionales, la primera y la segunda. -Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña.: Modifica la letra a del artículo 60. Se añade un artículo, el 63 bis. -Ley 10/1997, de 3 de julio, de la renta mínima de inserción. Letra d del apartado 1 del artículo 6. -Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de protección de los animales. Letra a del apartado 2 del artículo 24 -Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. Disposición adicional, la novena. -Ley 5/1998, del 17 de abril, de puertos de Cataluña. Se añade una disposición adicional, la cuarta. -Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y de adaptación al euro. Artículo 32 en relación con el tipo de gravamen de la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. -Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales. -Ley 15/2001, de 14 de noviembre, de Meteorología. -Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria. Se añade un capítulo, el VII. -Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. La letra b del artículo 7. Artículo 8. -Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña. Artículos 68 y 69. -Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la Empresa Pública Catalana. -Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. Letra e) bis, al artículo 2. -Ley 14/2002, de 27 de junio, de las cámaras oficiales de
3 comercio, industria y navegación de Cataluña y del Consejo General de las Cámaras. Apartados 2 y 3 del artículo 8. -Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. Artículo 29. -Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña: -Apartado 3 del artículo 67. -Añade un párrafo al apartado 3 del artículo 69. -Apartado 7 del artículo 69. -Primer párrafo del apartado 8 del artículo 69. -Añaden dos párrafos al final del apartado 8 del artículo 69. -Apartado 9 del artículo 69. -Añade un apartado, el 13, al artículo 71. -Letra b del apartado 2 del artículo 72 bis. -Párrafo relativo al coeficiente de vertido a sistema (Kan). -Apartado 5 del artículo 74. -Letra a del apartado 2 del artículo 76 bis. -Añade un apartado, el 11, al artículo 78. -Apartado 1 del artículo 80. -Añade un artículo, el 82. -Apartado 1 de la disposición adicional decimoséptima.1, 2, 4, 6 y 10. -Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña. -Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña. Añade el apartado 5 al artículo 4. -Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situados en terrenos forestales. Apartado 4 del artículo 4. -Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña. Apartado 2 del artículo 8. -Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales. -Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. -Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo. -Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras. Letra b del apartado 2 del artículo 12. -Ley 21/2005, de 29 de diciembre, de medidas financieras. Apartados 1 y 2 del artículo 14. -Artículo 46 de la Ley 4/2006, de 31 de marzo, ferroviaria -Ley 12/2006, de 27 de julio, de medidas en materia de medioambiente y de modificación de las leyes 3/1988 y 22/2003,
4 relativas a la protección de los animales, de la Ley 12/1985, de espacios naturales, de la Ley 9/1995, del acceso motorizado al medio natural, y de la Ley 4/2004, relativa al proceso de adecuación de las actividades de incidencia ambiental. -Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico. Apartado 2 bis del artículo 19. -Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública. -Ley 5/2007, de 4 de julio, medidas fiscales y financieras. Artículo 21. -Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. -Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud. -Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales. Apartado 1 del artículo 91. -Ley 13/2007, de 31 de octubre, del Memorial Democrático. -Ley 14/2007, de 5 de diciembre, del Instituto Catalán Internacional por la Paz. -Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. -Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de protección de los animales. Letra a del apartado 2 del artículo 24. -Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. -Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del deporte. Apartado 1 de la disposición transitoria sexta. -Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos: -Letra b del apartado 10 del artículo 6. -Artículo 15. -Disposición adicional segunda. Añade la disposición adicional cuarta. -Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código civil de Cataluña. Artículo Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Cataluña. -Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras. -Disposición transitoria cuarta de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales -Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley 6/2008, de 13 de mayo, del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes. -Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. -Decreto legislativo 2/2009, de 25 de agosto, por el que se aprueba Letra d) del artículo 3, del texto refundido de la Ley de
5 carreteras. -Ley 11/2009, de 26 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas. Letras a) y b) del apartado 1 del artículo 3. -Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias. Añade Letra, la a bis, al artículo 3. -Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública. Apartado 8 del artículo 60. -Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. Añade el epígrafe 1.14, al apartado 1 (Energía) del anexo II. -Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas, para la supresión de la deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil. Artículo 21. -Decreto ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales. Añade letra j) al artículo 5. -Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo. -Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas. -Decreto legislativo 2/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto articulado de las tasas aplicables por Puertos de la Generalidad. -Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia. Disposición adicional séptima. -Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas. -Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Artículo 7. -Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. Añade artículo el Ley 34/2010, de 1 de octubre, de regulación de las fiestas tradicionales con toros, los municipios de Olot, Roses y Torroella de Montgrí. Suprime del anexo «Lista actualizada de los municipios donde se celebran fiestas tradicionales con toros». -Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales , de modo que, mientras no se apruebe una nueva cartera, se establecen costes de referencia y bases de cálculo para las distintas prestaciones de servicio de vivienda para mayores de dieciocho años. Anexo 1. -Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras. Disposición transitoria sexta.
6 -Ley 7/2011 en relación con los requisitos para disfrutar del porcentaje incrementado de deducción por inversión en la vivienda habitual. -Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona. -Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. -Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. -Apartado 3 del artículo Apartado 4.8 de la disposición adicional decimonovena. -Ley 2/2014 en relación con los órganos de la Administración con autonomía de gestión sin personalidad jurídica. -Decreto-ley 2/2015, de 28 de julio, por el que se modifica parcialmente el Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por el Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre. -Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas. -Apartado 1 de la disposición adicional decimonovena. -Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas. -Añaden apartados del 5 al 9, al artículo Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y del Servicio Público de Ocupación de Cataluña. Añade letra e) bis, al artículo 27. -Ley 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías, y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012. Artículo 11. -Disposición adicional octava de la Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña. -Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. -Ley 3/2016, de 15 de diciembre, de prórroga del Plan Serra Húnter. Artículo único. -Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica: -Apartado 1 del artículo 13. -Apartado 1 de la disposición adicional primera. Apartado 2 del artículo 16. -Disposición adicional séptima. -Varios de los apartados del anexo I y II. Deroga Normativa relativa al impuesto sobre grandes establecimientos comerciales:
7 -Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales. -Decreto 342/2001, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, en todo cuanto se oponga a lo establecido por la presente Ley. Normativa relativa al impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos: -Título III (artículos 98 a 116) de la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. -Apartado 3 del artículo 5 del Reglamento del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos aprobado por el Decreto 129/2012, de 9 de octubre. Normativa relativa a la Agencia Catalana del Patrimonio Cultural: -Letras c bis) y c ter) del artículo 72.3 y la disposición transitoria cuarta bis de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras. -Letras e) y f) del artículo 4.1, las letras a), b), c) y d) del artículo 15, la letra b) del artículo 17 y la letra f) del artículo 18 de los estatutos de la Agencia Catalana del Patrimonio Cultural, aprobados por el Decreto 198/2013, de 23 de julio. -Apartados 2 y 3 del artículo 7 y el artículo 9 de los estatutos del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, aprobados por el Decreto 40/2009, de 10 de marzo. -Disposición adicional tercera de la Ley 21/2009, de 18 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2009,relativa al cumplimiento de los objetivos presupuestarios del Servicio Catalán de la Salud y del Instituto Catalán de la Salud. -Artículo 6 de la Ley 24/1987, de 28 de diciembre, de creación de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña. Normativa siguiente relativa al Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Cataluña: -Ley 6/1981, de 19 de junio, reguladora del Consejo Asesor de Radio y Televisión Española (RTVE) en Cataluña. -Ley 5/1982, de 6 de mayo, de reforma de la Ley reguladora del Consejo Asesor de RTVE en Cataluña. -Decreto 198/1982, de 7 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora del Consejo Asesor de RTVE en Cataluña. -Decreto 538/1983, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de RTVE. -Ley 6/2012, de 17 de mayo, de estabilidad presupuestaria. -Artículo 6 y las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el
8 Decreto 305/2006, de 18 de julio. -Letra a) del apartado 1 del artículo 59 del Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística, aprobado por el Decreto 64/2014, de 13 de mayo. -Apartado 1.2 del artículo 1 del Reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones, aprobado por el Decreto 414/2011, de 13 de diciembre. -Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico: -la expresión «de forma reiterada» del artículo la frase «y se considera cesión reiterada cuando la vivienda se cede dos o más veces dentro del periodo de un año» del artículo Las normas y los preceptos enumerados en el anexo, en virtud del Plan de simplificación normativa , aprobado por el Acuerdo GOV/114/2016, de 2 de agosto 1. -Ley 14/2002, de 27 de junio, de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Cataluña y del Consejo General de las Cámaras. Apartado 1 del artículo 8. -Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras. Artículo 23. -Ley 8/2008 de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos. Apartado 4 del artículo 17. -Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del deporte. Artículo 16. -Ley 21/2005, de 29 de diciembre, de medidas financieras que modifican el artículo 58 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas, y se modifica el mencionado artículo 58 de dicha Ley 7/2004. Artículo 19. Objeto Aprobar medidas complementarias a la Ley de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el ejercicio de 2017, de carácter fiscal, administrativo, financiero y del sector público y de creación y regulación de determinados impuestos. De especial interés para las entidades locales Función pública Decreto legislativo 1/1997, Retribuciones del funcionario en prácticas con vinculación previa 1 En el Anexo se clasifican en cuatro bloques las normas que se derogan, los siguientes: A) Normas con rango de ley B) Preceptos no incluidos en leyes presupuestarias ni en leyes de medidas C) Preceptos de leyes presupuestarias D) Preceptos de leyes de medidas
9 de 31 de octubre (art. 162) como funcionario de carrera o interino, personal laboral fijo o temporal con la misma administración a la que pertenece el cuerpo o escala a que aspira a ingresar (modifica art. 104 bis.2). Vivienda Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda (art. 190) -Añade como infracción no retirar placas colocadas en fachadas relativas a la calificación de viviendas con protección oficial una vez perdida esta calificación (modifica art. 125). Establece el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, para retirar placas de las fachadas relativas a la calificación de viviendas con protección oficial una vez perdida esta calificación (añade disposición adicional vigésima 5). Urbanismo Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto (art. 191) Ley 3/2012, de 22 de -Zonas inundables (modifica art. 9.2). -Prohíbe al planeamiento establecer determinaciones que contravengan o dificulten la ejecución de los planes sectoriales que gestionen los riesgos (añade art. 9.2 bis). -Documentación exigible en el procedimiento de aprobación de proyectos de actuaciones específicas de interés público en suelo no urbanizable (modifica letra e) art. 48.1). -Establece el plazo de emisión del informe de la comisión territorial de urbanismo que corresponda en los proyectos de nuevas actividades y construcciones en suelo no urbanizable (modifica art. 49.2). -Introduce modificaciones en el procedimiento de otorgamiento de licencias de proyectos de reconstrucción o rehabilitación de determinadas construcciones en suelo no urbanizable (modifica art. 50.1). -Introduce la exigencia de un informe de la Agencia Catalana del Agua sobre la solución de saneamiento propuesta en los proyectos de urbanización (añade apartado 7 al art. 89). -Infraestructuras comunes a varios polígonos de actuación urbanística (añade art. 118 bis). -Campings: exige un plan de gestión del riesgo de los campings para aquellos ya existentes que se encuentren en zonas de riesgo de inundación (añade disposición adicional decimonovena). -Ampliaciones autorizables en edificaciones y las actividades existentes en suelo no urbanizable (modifica disposición transitoria decimoquinta. 2). -Otorgamiento de licencias urbanísticas para la reconstrucción o rehabilitación de determinadas construcciones en suelo no urbanizable (añade disposición transitoria decimonovena). -Licencias de obra otorgadas al amparo de normativa previa. Prórroga hasta el 31 de diciembre de Licencias de obra otorgadas al amparo de normativa previa.
10 febrero 2 (art. 192) Prórroga hasta el 31 de diciembre de Área Metropolitana de Barcelona Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona (art. 193) Servicio de desechos. Medio ambiente Ley 12/2006, de 27 de julio, de medidas en materia de medioambiente y de modificación de leyes diversas 3 (art. 194) Órgano ambiental (art. 18). Residuos Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio (art. 195) -Espacios degradados, suelos alterados y suelos contaminados (modifica art. 19). -Suelo alterado (añade art. 19 bis). -Contaminación histórica y contaminación nueva (añade art. 19 ter). -Licencias y limitaciones en el aprovechamiento del suelo (modifica art. 20). Prevención y control ambiental de las actividades Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades (art. 196) Añade epígrafe Centrales hidroeléctricas con una potencia igual o inferior a 10 MW. Espectáculos públicos y actividades recreativas Ley 11/2009, de 26 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas (art. 218) -Modifica definición (art. 3). -Actividades de espectáculos públicos -Actividades recreativas. -Responsables (modifica art. 4). -Transmisión de comunicaciones previas, licencias, autorizaciones, explotación de actividades de espectáculos públicos y recreativas: límites (modifica art. 36.2). -Cambio de organizador (añade apartado 3 bis al art. 36). 2 Ley de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto 3 Ley 12/2006, de 27 de julio, de medidas en materia de medioambiente y de modificación de las leyes 3/1988 y 22/2003, relativas a la protección de los animales, de la Ley 12/1985, de espacios naturales, de la Ley 9/1995, del acceso motorizado al medio natural, y de la Ley 4/2004, relativa al proceso de adecuación de las actividades de incidencia ambiental.
11 -Infracciones muy graves y graves (modifica art. 47 y 48). -Responsables de las infracciones (modifica art. 56.1). Turismo Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña (art. 219) -Servicios turísticos de alojamiento (añade letra e bis, al art. 2, definiciones). -Establecimiento de alojamiento turístico: sujeción a autorización, comunicación o declaración responsable (art. 38.2). -Viviendas de uso turístico (modifica art. 50 bis, 1 y 2). -Infracciones (modifica art. 94.4). -Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario (modifica art. 105 bis). Equipamientos comerciales Decreto ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales (art. 226) -Concepto de parcela aislada (añade letra j) al art. 5). -Obligaciones del ayuntamiento respecto a los proyectos que admitan el uso comercial (modifica art. 14.1). -Régimen de comunicación (modifica arts. 17 y 18). -Competencia de la Administración local en materia de comercio: control y verificación del cumplimiento del Decreto-ley (modifica art. 25.1). Simplificación administrativa Ley 16/2015 de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica (arts ) -Actividades inocuas (art. 234). Regímenes de intervención (modifica art. 13.1) -Portal electrónico único (art. 235). Obligación de las Administraciones Públicas (modifica art. 16.2). -Ventanilla única (art. 236). Adopción del modelo de ventanilla única (modifica disposición adicional primera) -Actividades que requieren informe preceptivo favorable por riesgo de incendio (art. 237). Documentación necesaria para el inicio de actividades (modifica disposición adicional séptima). -Actividades sometidas a régimen de declaración responsable (art. 238). Modifica apartados del Anexo I -Actividades sometidas a régimen de comunicación (art. 239). Modifica apartados del Anexo II.
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