DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
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- Martín Nieto Villalobos
- hace 5 años
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1 DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
2 Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de lo Consultivo Departamento de Asuntos Litigiosos
3 Objetivos Generales: Actuar como representante legal de la Contraloría General. Proporcionar asesoría jurídica. Proponer la actualización de leyes, reglamentos, decretos y lineamientos.
4 Atribuciones Las atribuciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos se encuentran señaladas en el Artículo 15 del Reglamento Interior de la ContraloríaGeneral,entrelasquepodemos mencionar por su importancia: Establecer, para efectos administrativos, los criterios generales respecto de la interpretación y aplicación del Marco Jurídico, los cuales tendrán el carácter de obligatorios para las áreas administrativas de la Contraloría General; Resolver las consultas jurídicas que le formulen los titulares de las Direcciones Generales, Dirección de Área, Órganos Internos de Control, Coordinación, Subdirecciones, Departamentos y demás áreas administrativas de la Contraloría General, sobre asuntos relativos al desempeño de sus funciones; Fijar el criterio de solución en asuntos legales, cuando dos o más Direcciones Generales, Dirección de Área, Coordinación, Subdirecciones o Departamentos de la Contraloría General, emitan opiniones contradictorias entre sí; Ser el Consejero Jurídico y representar a la Contraloría General en los Juicios en que sea parte, así como intervenir en las reclamaciones de carácter jurídico, que puedan afectar sus derechos;
5 DEPARTAMENTO DE LO CONSULTIVO: Analizar los ordenamientos legales y normativos. Proporcionar asesoría jurídica al personal de la dependencia. Elaborar y revisar instrumentos jurídicos, anteproyectos de Ley y coadyuvar en la elaboración de reglamentos, acuerdos, decretos y demás disposiciones normativas sobre asuntos que sean competencia de la dependencia. Actualizar los ordenamientos legales y normativos relacionados con las atribuciones de la Contraloría General. Analizar y verificar la legalidad de los contratos de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, los convenios, así como llevar el registro correspondiente de los anteriores. Llevar el registro, control y actualización de los contratos de arrendamiento, dictámenes de justipreciación de rentas e incremento de rentas de bienes inmuebles. Compilar y divulgar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares, tesis jurisprudenciales.
6 Verificar conjuntamente con los Órganos Internos de Control, que las dependencias y entidades de la administración pública estatal cumplan con las normas, procedimientos y calendarios establecidos en materia de arrendamientos inmobiliarios. Mantener actualizado el portal de internet de la Contraloría General. Asistir a las reuniones del subcomité de Adquisiciones y procesos licitatorios que convoque la Contraloría General. Se presentan a continuación algunos formatos que pueden ser localizados en la página electrónica de la Contraloría General: lacualasu vez contiene la normatividad actualizada y puede utilizarse como página de consulta.
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13 Es importante señalar, que la inobservancia de la legislación aplicable en cuanto hace a la realización de los contratos es motivo de responsabilidad para el servidor público que incumpla con el deber conferido reglamentado en el artículo 46, y se sancionará de acuerdo a los numerales 53, 54 y 55 todos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
14 DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LITIGIOSOS Objetivo general: Atendiendo a las atribuciones otorgadas a la Contraloría General, por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Veracruz, y de acuerdo a la distribución de competencias que establece su Reglamento Interior, corresponde a la Dirección de Asuntos Jurídicos, fungir como asesor y representante legal de la Dependencia; y con tal carácter, interviene ante los órganos jurisdiccionales (Federales y Estatales), en las controversias y asuntos en que sea parte, promoviendo aquellas acciones tendientes a defender sus intereses. Véase: Art. 33 de la L.O.P.E. y numeral 15 fracciones I y X del Reg. Int. de la C.G.
15 Estrategia: La actuación de la Dirección de Asuntos Jurídicos, se encuentra basada en diversas técnicas administrativas y de gestión, las cuales se desarrollan tácticamente en base a la naturaleza de cada materia, como lo son: Propiamente la Administrativa; De Amparo; Laboral; y Penal.
16 En términos generales: La estrategia de la Dirección de Asuntos Jurídicos, consiste en realizar un diagnóstico de cada asunto a tratar de acuerdo a la realidad jurídica que se tenga, y en base a ello, dentro de los términos respectivos y con fundamento en las disposiciones legales vigentes, planea la decisión que corresponda, es decir, reflexiona a futuro con la información que se tenga, para tomar en el momento oportuno (presente) la determinación que en derecho proceda, tomando en consideración los intereses de la Dependencia.
17 Ahora bien: La Contraloría General, constantemente resulta ser notificada y/o emplazada por autoridades jurisdiccionales del orden local y federal, con motivo de diversas demandas de naturaleza administrativa (juicios contenciosos), de amparo y laboral e inclusive en materia penal, promovidas en su contra, cuestión que motiva la actuación de la Dirección de Asuntos Jurídicos, consistente, primeramente, en imponerse del estado que guarda el expediente de mérito, y por consecuencia, desahogar o diligenciar cada una de las etapas procesales, esto es, producir contestaciones, formular alegatos, atender audiencias, rendir pruebas, promover medios de impugnación, entre otras actuaciones.
18 En materia Administrativa (juicio contencioso): Una vez emplazado el juicio contencioso, dentro del término de 15 días hábiles, procede: Contestar la demanda; y Comparece a la Audiencia de Ley. En todo caso, si la Sentencia no es favorable: Promueve recurso de revisión. Y si la Sentencia es favorable, y es impugnada por la parte contraria: Desahoga vista respecto del recurso de revisión correspondiente.
19 En materia de Amparo: En esta materia la Contraloría General, actúa en 3 vertientes: Como autoridad responsable; Propiamente como parte quejosa; y En calidad de tercero perjudicado.
20 En materia Laboral: Emplazada la demanda, se determina el status del trabajador, se formula la correspondiente contestación y se recaba el material probatorio que habrá de ofrecerse ante la autoridad competente. En fecha y hora fijada por la autoridad, la Dirección de Asuntos Jurídicos, con el carácter de Apoderado Legal, comparece a una Audiencia en la que atiende las siguientes fases: Conciliación; Demanda y Excepciones; y Ofrecimiento y admisión de pruebas. Si el Laudo que se emita dentro del juicio, no es favorable para la Contraloría General, promueve Amparo ante la autoridad Federal.
21 En la vía Penal: Cuando por acciones u omisiones cometidas por personas físicas o morales, que afectan a la Contraloría General, o bien cuando esta última, en el ejercicio de sus funciones, tenga conocimiento de la comisión de un delito, la Dirección de Asuntos Jurídicos, formula denuncia y/o querella ante la autoridad Ministerial competente. Una vez presentada y ratificada la denuncia y/o querella, la actuación ante el órgano de investigación, será en calidad de coadyuvante. Si la determinación de la indagatoria, es en el sentido del No Ejercicio de la Acción Penal o del Archivo del expediente, promueve recurso de Queja ante la Sala Constitucional, a efecto de que se analice la legalidad o ilegalidad de la actuación del órgano instructor competente. Consúltese: Art. 15 fracciones IX y XII, del Reg. Int. de la C.G.; y numeral 125 del Cód. Procesal Penal para el Estado de Veracruz.
22 Recurso de Revocación: Como diversa atribución de la Dirección de Asuntos Jurídicos, consiste en conocer y tramitar los recursos de revocación promovidos en contra de actos o resoluciones administrativos, dictados en los procedimientos disciplinarios administrativos, y cuya actuación consiste: Solicitar un informe a la autoridad que emite el acto o resolución impugnada; Radica el asunto y ordena la celebración de audiencia de alegatos; Analiza la legalidad o ilegalidad del acto o resolución impugnada, en base a los agravios hechos valer por el recurrente; y Proyecta la resolución correspondiente. Remítase: Art. 15 fracción XXII, del Reg. Int. de la C.G. *Nota.-En lo no previsto por la Ley Estatal de Responsabilidades, aplica supletoriamente el Código Adjetivo Administrativo para la Entidad.
23 Certificaciones: Asimismo, compete a la Dirección de Asuntos Jurídicos, certificar la documentación que obra en los archivos y expedientes de la Contraloría General. Si la certificación la solicita el particular que tiene o reúna la condición de interesado, se le autoriza la expedición de la certificación, previo pago de los derechos arancelarios que deberá cubrir ante la Oficina Exactora en esta ciudad. Y en tratándose de trámites internos, el área correspondiente deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Exhibir el documento original para cotejo; y b) Acompañar fotocopia del o los originales. Corrobórese: Art. 15 fracción XV, del Reg. Int. de la C.G.
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