CONSIDERACIONES. El artículo 3 de nuestra constitución política, establece el derecho de todo individuo a la educación.
|
|
- Carla Maldonado Ríos
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS A FLEXIBILIZAR Y ADECUAR LOS CRITERIOS DE EQUIPARACIÓN Y REVALIDACIÓN DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO, POR JÓVENES QUE SE VIERON OBLIGADOS A RETORNAR AL PAÍS POR LAS POLÍTICAS MIGRATORIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS. MÓNICA T. ARRIOLA GORDILLO, Senadora de la República de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 numeral 1 fracción II, 76 numeral 1 fracción IX, 87 numeral 5, 95 numeral 1, 103 numeral 2, fracción III y numeral 3, 108 numerales 1 y 2, 109, 110 numeral 1 y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía, para su discusión y aprobación, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, a la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas y a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, para flexibilizar los criterios de equiparación en la revalidación de los estudios realizados en el extranjero; y a crear un Sistema de Créditos, así como un intercambio de los mismos, que facilite los procesos de equiparación de estudios, conforme a la siguientes: CONSIDERACIONES El artículo 3 de nuestra constitución política, establece el derecho de todo individuo a la educación. Dentro de este precepto se constituye la obligación del Estado Mexicano, incluyendo a la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, de impartir educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. A su vez, menciona que el Estado garantizará la calidad, principalmente, en sus materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa, entre otros. Asimismo, ese derecho básico de toda civilización, se plasma en la Ley General de Educación. El Plan Nacional de Desarrollo establece dentro de sus objetivos principales el abatir la marginación y el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables para proteger la igualdad en las oportunidades. El Programa Nacional de Desarrollo Social, estableció como principal herramienta para abatir los padecimientos sociales, acciones que buscan abatir la pobreza, el rezago y las desigualdades sociales. El Programa Sectorial de Educación, paralelamente, establece el compromiso de ampliar las oportunidades educativas para reducir desigualdades entre grupos sociales, cerrar brechas e impulsar la equidad. Como podemos concluir de la información vertida en los anteriores párrafos, existe, plasmado en diversas disposiciones legales, programas y compromisos del Estado Mexicano, una responsabilidad de realizar acciones afines y compatibles, en las distintas esferas de la administración pública, que reduzcan significativamente la brecha social, la desigualdad y el rezago, sobretodo, de grupos vulnerables, entre los cuales se encuentran los migrantes. La educación es la herramienta equilibradora y de reducción de la fisura social, más importante que cualquier sociedad puede utilizar para cumplir con los compromisos esenciales y alcanzar los objetivos que se plantean.
2 Uno de los grupos con mayor marginación y con una abierta exposición a la desigualdad que padece nuestra sociedad, son los migrantes que, como sabemos, han sido un tema protagonista en la opinión pública y en los medios de comunicación, debido al preocupante incremento en las estadísticas de su movilización a distintos países. Como si no fuera suficiente el cúmulo de condiciones adversas que enfrentan las personas que se ven obligadas a dejar sus tierras de nacimiento por la pobreza, la violencia y la falta de oportunidades que los rodea, los países de destino tienen un conjunto de ordenamientos jurídicos que les complican más la incorporación a una vida digna y el acceso a un futuro adecuado. En la mayoría de los supuestos, los países de destino no tienen una intención de mala fe, pero la inacción para modificar sus regímenes jurídicos provoca un nivel de desafuero para los migrantes, que pudiera ser solucionado por medio de reformas a normas específicas. En México, existen distintas normas en materia educativa que regulan la revalidación, equivalencia y equiparación de estudios para el otorgamiento de la validez oficial. Dentro de las normas en mención, existe el acuerdo secretarial 286, que con fundamento en distintos artículos de la Ley General de Educación, como el 61, 62, 63 y 64 regulan escrupulosamente los lineamientos y criterio generales para otorgar la validez. Para entrar en materia, debemos mencionar que las personas que realicen estudios en el extranjero, o en alguna institución o modalidad fuera del Sistema Educativo Nacional, y que al incorporarse a este Sistema quiere que se consideren reconocidos y con validez oficial en la República tales estudios, requiere que la autoridad educativa, que tiene la atribución de revalidar y otorgar equivalencias de estudios, según lo establecido en el artículo 14, 61 y demás aplicables de la Ley General de Educación, emita este reconocimiento. El Artículo 61 de la ley citada, establece que los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional podrán adquirir validez oficial, mediante su revalidación, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema. La revalidación podrá otorgarse por niveles educativos, por grados escolares, créditos académicos, por asignaturas u otras unidades de aprendizaje, según lo establezca la regulación respectiva. La revalidación, siendo la aplicable para el reconocimiento de estudios realizados en el extranjero por tanto, en materia de migración-, es el acto a través del cual la Secretaría de Educación Pública, Federal o Estatales, según su competencia, otorgan validez oficial a los estudios que se realizan en el extranjero, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro del sistema educativo nacional. A la autoridad educativa local le compete, de manera exclusiva, revalidar y otorgar equivalencias de estudios de educación primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. Compete a la Secretaría y a la autoridad educativa local, indistintamente, revalidar y otorgar equivalencias de estudios distintos de los de primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. La autoridad educativa local otorgará revalidaciones y equivalencias únicamente cuando estén referidas a planes y programas de estudio, que se impartan en su respectivo territorio.
3 En este contexto, se utilizan distintos criterios básicos plasmados en el acuerdo 286 para emitir una resolución a las solicitudes de revalidación que le sean presentadas a la autoridad educativa. El objeto de revalidación es otorgar el reconocimiento a los estudios realizados en el extranjero y que constan en los certificados, diplomas, constancias, títulos o grados académicos, siempre y cuando sean estudios equiparables a los realizados dentro del sistema educativo nacional. Ésta se otorga por niveles educativos, ciclos escolares, asignaturas, o cualquier otra unidad de aprendizaje existente en el sistema educativo nacional. Se prevé que será improcedente la revalidación, cuando se solicite respecto de estudios que no puedan ser equiparables con los realizados dentro del sistema educativo nacional. En materia de revalidación de estudios, el acuerdo secretarial mencionado, establece la obligación de que la autoridad educativa considere los criterios que en cada caso se incluyen en este Acuerdo, para cada tipo o nivel educativo. A falta de disposición o criterio específico aplicable, en la resolución de revalidación de estudios se establece la opción de considerar el contenido programático, que deberá ser en al menos un setenta y cinco por ciento(75%) equiparable; tratándose de estudios parciales del tipo superior efectuados en el extranjero, con excepción de educación normal, en la revalidación por asignaturas el contenido programático deberá representar al menos un sesenta por ciento (60%) de equiparación; la carga horaria y la duración de los estudios de que se trate; el número de créditos de acuerdo con las escalas internacionalmente aceptadas; las tablas de correspondencia que emita la Dirección; los antecedentes académicos; el certificado, diploma, título profesional, grado que corresponda o sus equivalentes; en caso de extranjeros, el grado de reciprocidad en el trato otorgado en los países correspondientes, a los estudios realizados dentro del sistema educativo nacional, o la acreditación internacional de la institución educativa de procedencia. Esto ha sido traducido en que, entre otros criterios, para revalidar los estudios realizados en sistemas escolarizados, los contenidos de los planes y programas de estudio deben ser equiparables a los del Sistema Educativo Nacional en, al menos un 75% para el caso de una revalidación total y en al menos un 60% para el caso de revalidación parcial. El pensador, abogado, y funcionario Alfonso Rangel Guerra, planteó la problemática principal que enfrenta México al respecto de la revalidación de estudios, ya que el criterio de equiparación parte de la suposición de que los estudios sean iguales o similares a los impartidos en la República Mexicana. En el mismo sentido, estableció que el criterio de identidad o similitud se ha aplicado a los planes y programas de estudio que se cursan, y no de manera general al tipo o nivel educativo, lo que permitiría mayor viabilidad al reconocimiento. Además, menciona que aunque la Ley General de Educación establece la posibilidad de un sistema de créditos, y ello podría ser una salida para facilitar el reconocimiento de estudios, México aún no cuenta con un verdadero modelo nacional y de uso extendido de los mismos, y por tanto, éstos difícilmente se utilizan como criterio para resolver una revalidación de estudios. Asimismo, menciona que existe una falta precisión respecto a qué estudios son susceptibles de revalidación, qué debe entenderse por estudios equiparables, el criterio de la secuencia académica, oficialidad de la autoridad que realiza la revalidación. Tal y como operan en la realidad los trámites derivados de este ordenamiento, parecen constituir más un obstáculo que un incentivo a la movilidad de estudiantes.
4 En la práctica, el criterio que más se utiliza es el de similitud en porcentajes de contenido programático. Dada la diversidad de enseñanzas, esto normalmente limita el proceso de revalidación de estudios, y cuando no se alcanzan los porcentajes de equiparación, los interesados tienen la oportunidad de sujetarse a una evaluación orientada a demostrar los saberes que una revalidación parcial no reconoce. El cumplimiento del derecho a la educación en México enfrenta, por lo tanto, diversos obstáculos relacionados, en el caso de los migrantes, con las condiciones de salida de su país, que pudiese impedir contar con todos los documentos de identidad o escolaridad, y la diversidad que pueden tener los sistemas educativos por los que cursaron, en referencia a los del sistema educativo nacional, lo cual retrasa los trámites de ingreso al sistema educativo nacional, e inclusive, los impide. Dentro del grupo de migrantes se encuentran los denominados Dreamers, que son jóvenes repatriados o retornados a México, principalmente de Estados Unidos, que son explotados y mal aprovechados por empresas y empleadores, y para los cuales el Programa Binacional de Educación Migrante "PROBEM", no ha sido respuesta suficiente. Estos jóvenes son objeto de rechazo y discriminación, calculados aproximadamente en unos 500 mil jóvenes que llegaron cuando eran unos niños a los Estados Unidos, fueron repatriados o han retornado a México en los últimos ocho años. No podemos dejar que nuestra juventud empiece de cero, cuando ha obtenido conocimientos importantes fuera del sistema educativo nacional. En este tenor, debemos de ponderar de manera formal, si el actual sistema de revalidación, equiparación e intercambio de créditos, funcionan para la accesible incorporación de los migrantes a la vida productiva del país, a través de un reconocimiento de la educación adquirida y el ingreso en caso de ser parcial, o los priva de esa oportunidad. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Soberanía, la siguiente Proposición con: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, a la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas y a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, para flexibilizar los criterios de equiparación en la revalidación de los estudios realizados en el extranjero por los jóvenes repatriados o retornados. SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, a la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas y a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, a crear un Sistema de Créditos, así como un intercambio de los mismos, que facilite los procesos de equiparación de estudios para los jóvenes repatriados o retornados. MÓNICA T. ARRIOLA GORDILLO Senadora de la República Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, el 25de noviembre de 2014.
5 Acuerdo Secretarial 286 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre de 2000 Universidad Autónoma de la Ciudad de México. SOBRE REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS Rangel Guerra, Alfonso. La Revalidación de Estudios. publicaciones.anuies.mx/pdfs/revista/revista20_s1a4es.pdf
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI La suscrita, Adriana del Pilar Ortiz Lanz, diputada
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los párrafos primero y tercero del artículo 3, el artículo 4, las fracciones III, VII, y XI del artículo 9, la fracción VI del artículo 26, los
Más detallesFORMATO DE PROPUESTAS DE REDACCIÓN RESPECTO DEL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
Artículo 14.- I.- a II Bis.- III.- Revalidar y otorgar equivalencias de estudios, distintos de los mencionados en la fracción V del artículo 13, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría
Más detallesLineamiento para la Resolución de Equivalencia de Estudios versión 1.0 Planes de estudio
Lineamiento para la Resolución de Equivalencia de Estudios versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Agosto 2010 1. Propósito Emitir la resolución por la cual se declaran equiparables los estudios realizados
Más detallesCC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE
CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE Los que suscriben Diputados Jorge Aguilar Chedraui y Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, en representación
Más detallesAcerca del RVOE. Disposiciones aplicables a los acuerdos de Revalidación Oficial de Estudios.
Acerca del RVOE. Disposiciones aplicables a los acuerdos de Revalidación Oficial de Estudios. Ley General de Educación Artículo 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades
Más detallesCAPÍTULO 9. LINEAMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS
CAPÍTULO 9. LINEAMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS 9.1 PRÓPOSITO Establecer el lineamiento para la emisión de la resolución por la cual se declaran equiparables los estudios realizados
Más detallesPlan de calidad para revalidaciones y equivalencias de Educación Media Superior
Fecha de emisión: 07/05/2014 Versión N. 3 Página: 1 de 5 Plan de calidad para de Educación Media Elaboró Revisó Licda. Bertha Verónica Hernández Toscano Jefa del de Educación Media y Aprobó Dra. Irma Yolanda
Más detallesEl papel de la DGIRE-UNAM en la movilidad estudiantil
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS El papel de la DGIRE-UNAM en la movilidad estudiantil Octubre 2010 Revalidación
Más detalles(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de octubre de 2000)
ACUERDO NÚMERO 286 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS QUE DETERMINAN LAS NORMAS Y CRITERIOS GENERALES, A QUE SE AJUSTARÁN LA REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO Y LA EQUIVALENCIA
Más detallesManual de Lineamientos Académico-Administrativos del Tecnológico Nacional de México
Manual de Lineamientos Académico-Administrativos del Tecnológico Nacional de México Planes de estudio para la formación y desarrollo de competencias profesionales Tecnológico Nacional de México Derechos
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL SENADOR MARTÍ BATRES GUADARRAMA. El que
Más detallesMETODOLOGÍA. proceso legislativo y del recibo de turno para emitir el dictamen correspondiente.
Honorable Asamblea: A la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición
Más detallesC O N S I D E R A N D O
OTTO RENÉ GRANADOS ROLDÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la
Más detallesD I C T A M E N. I. Antecedentes COMISIÓN DEL FEDERALISMO HONORABLE ASAMBLEA:
HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión del Federalismo de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente, Proposición con Punto de Acuerdo
Más detallesSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de octubre de 2000 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales,
Más detallesMOVILIDAD ESTUDIANTIL EDUCACIÓN BÁSICA. Mtro. Juan Ramón Nieto Quezada Director de Incorporación y Revalidación
MOVILIDAD ESTUDIANTIL EDUCACIÓN BÁSICA Mtro. Juan Ramón Nieto Quezada Director de Incorporación y Revalidación Movilidad Estudiantil El concepto de movilidad se remonta a la aparición de las primeras universidades
Más detallesNombre del documento: Normativo para la Resolución de equivalencia de estudios
Página: 1 de 8 1. Propósito Emitir la resolución por la cual se declaran equiparables entre sí estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional, para lograr con esto apoyar el tránsito de los
Más detallesM a r c o L e g a l. Derecho a la educación Libertad de ocupación
M a r c o L e g a l ARTÍCULOS 3o. Y 5o. CONSTITUCIONALES Derecho a la educación Libertad de ocupación ART. 64 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Facultad del Secretario de Educación Pública para emitir un
Más detallesCIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO
CIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO MOTIVO: Con el propósito de promover el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses del público, estima conveniente
Más detallesAcreditación de Conocimientos Adquiridos de manera autodidacta
Acreditación de Conocimientos Adquiridos de manera autodidacta Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Dirección de Acreditación y Certificación QUÉ ES LA ACREDITACIÓN DE CONOCIMIENTOS?
Más detallesMéxico, DF, a 18 de septiembre de Secretarios de la Cámara de Diputados Presentes
DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON LA QUE REMITE PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA QUE SOLICITA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE EN EL PROCESO DE ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
Más detallesLegislación Universitaria. Reglamento de Equivalencia y Revalidación de Estudios
Legislación Universitaria Reglamento de Equivalencia y Revalidación de Estudios Índice Presentación Título Único Disposiciones generales Capítulo I Disposiciones generales Capítulo II De la solicitud,
Más detallesLA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: C O N S I D E R A N D O Que en sesión de fecha 18 de octubre del
Más detallesREGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
Más detallesLEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE P R E S E N T A C I Ó N 3 TÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO
Más detallesPROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO,
Dr. Fernando Enrique Mayans Canabal, Senador de la República integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, con
Más detallesSECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA DECRETO
SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA DECRETO por el que se modifica el diverso que crea el Colegio de Bachilleres como organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y domicilio
Más detallesSistema de Educación Media Superior de acuerdo a los períodos establecidos en los calendarios de tramitación para primer ingreso. Artículo 10. La rece
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
Más detallesENCUENTRAN INCORPORADAS
UNO, DE LA SEGUNDA COMISIÓN, LA QUE CONTIENE PUNTO DE ACUERDO: POR EL QUE SE SOLICITA AL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA UN INFORME SOBRE LA SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO QUE SE HA REALIZADO A
Más detallesPUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O
REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ,
Más detallesREACTIVOS SOBRE LEY GENERAL DE EDUCACION] Ley General de Educación PROFESOR(A):
Ley General de Educación PROFESOR(A): 1. De acuerdo con la Ley General de Educación, son atribuciones del Ejecutivo Federal. (Art. 12) 1. Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuito.
Más detallesQUE REFORMA EL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR EL SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA (PRI).
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR EL SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA (PRI). Enrique Burgos García, en su carácter de senador de la república
Más detallesC.C. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores Presentes. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
C.C. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores Presentes. Luis Alberto Villarreal García, Senador de la República de la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, e integrante del Grupo
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, QUE PRESENTA EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU COORDINADOR,
Más detallesREGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Revalidaciones y Equivalencias ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE REVALIDACIONES Y EQUIVALENCIAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II Del estudio
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
C. Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República: CARLOS MENDOZA DAVIS, Senador de la República del Congreso General de la Unión, con aval del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE ASAMBLEA: El suscrito, David Homero Palafox Celaya, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de esta Sexagésima Primera Legislatura en ejercicio de
Más detallesProgramas sujetos a reglas de operación en el anexo 10 del PEF de 2012
CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LA REVISIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS PREVISTOS EN EL ANEXO 10, EROGACIONES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL
Más detallesAntecedentes. Problemática: Dimensionamiento del Sistema Educativo Nacional. Complejidad. Sistemas de control escolar estatales
Antecedentes Problemática: Dimensionamiento del Sistema Educativo Nacional (instituciones de gobierno y de la sociedad). Complejidad o Diversidad de datos o Infraestructura Tecnológica Sistemas de control
Más detallesEntrega de Dictamen de Equivalencia de Estudios del Nivel Medio Superior
Dirección de y Revalidaciones Fecha de emisión: 27/07/2015 Versión N. 0 Página: 1 de 5 Entrega de de Estudios del Nivel Medio Elaboró Revisó Licda. Bertha Verónica Hernández Toscano Jefa del Revalidaciones
Más detallesSEGUNDA COMISIÓN, RELACIONES EXTERIORES, DEFENSA NACIONAL Y EDUCACIÓN PÚBLICA
DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DE LA SECRETARIA DE A IMPULSAR LA CONFORMACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 68 Y 69
Más detallesMARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2013 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN VII
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2013 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X V I I 41 SECCIÓN VII 3 CALENDARIO Al margen un sello que dice: Secretaría de Educación Jalisco. Dirección General de Educación Media
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
12-27-91 DECRETO promulgatorio del Acuerdo en materia de reconocimiento o revalidación de certificados de estudios, títulos, diplomas y grados académicos, entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino
Más detallesINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO SOBRE LA REINSERCIÓN DE LOS MIGRANTES MEXICANOS EN SUS COMUNIDADES DE ORIGEN EN MATERIA DE EDUCACIÓN Y SALUD
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO SOBRE LA REINSERCIÓN DE LOS MIGRANTES MEXICANOS EN SUS COMUNIDADES DE ORIGEN EN MATERIA DE EDUCACIÓN Y SALUD DANNER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Diputado integrante de la LXII
Más detallesCHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre CHAPINGO SUBDIRECCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA: CONSIDERACIONES
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE, AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A DAR SEGUIMIENTO A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTE, AL COMPROMISO
Más detallesINICIATIVA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 3o., 8o. Y 10 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIP. GABRIELA RAMÍREZ RAMOS (PAN)
INICIATIVA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 3o., 8o. Y 10 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIP. GABRIELA RAMÍREZ RAMOS (PAN) La suscrita Gabriela Ramírez Ramos, diputada federal por el distrito
Más detallesParticularmente, se modificó el artículo 123 constitucional, en los siguientes términos:
GRICELDA VALENCIA DE LA MORA, Senadora de la República de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Movimiento Regeneración
Más detallesDICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A TOMAR MEDIDAS PARA IMPULSAR LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL PAÍS.
DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A TOMAR MEDIDAS PARA IMPULSAR LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL PAÍS. HONORABLE ASAMBLEA: A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente
Más detallesCONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TITULO PRIMERO CAPITULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS (Reformada la denominación por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación
Más detallesLa Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación
La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Evolución Organizacional 1978 Dirección General de Acreditación y Certificación (DGAC) 1984 Dirección General de Evaluación (DGE) 1985
Más detallesACUERDO NÚMERO 345 POR EL QUE SE DETERMINA EL PLAN DE ESTUDIOS DEL BACHILLERATO TECNOLÓGICO.
ACUERDO NÚMERO 345 POR EL QUE SE DETERMINA EL PLAN DE ESTUDIOS DEL BACHILLERATO TECNOLÓGICO. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el Lunes 30 de Agosto de 2004.) Al margen un sello con el Escudo
Más detallesSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 02/04/17 por el que se modifica el diverso número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO DE MONTERREY PRESENTE.- C. ADRIÁN EMILIO DE LA GARZA SANTOS, PRESIDENTE MUNICIPAL DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, conforme a lo dispuesto por los artículos 35, apartados A, fracción II, y B, fracción
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
REGLAMENTO GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS VIGENTE Artículo 1o.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas relativas a la incorporación de estudios de instituciones
Más detallesTERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
TERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA LINEAMIENTOS Generales por los que se regula el Padrón Nacional de Alumnos, Docentes, Instituciones y Centros Escolares, así como el Registro
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II REQUISITOS DE REVALIDACIÓN CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIOS GLOSARIO 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL
PRESENTE.- AYUNTAMIENTO DE MONTERREY C. ADRIÁN EMILIO DE LA GARZA SANTOS, PRESIDENTE MUNICIPAL DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, conforme a lo dispuesto por los artículos 35, apartados A, fracción II, y B, fracción
Más detalles- Establecer normas y mecanismos para la certificación de conocimientos.
Noviembre, 2012 Misión de la DGAIR Promover una administración escolar eficiente; facilitar la participación de los particulares en la prestación de los servicios educativos; el tránsito de los educandos
Más detallesEn virtud de lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:
Con fundamento en los artículos 1, 2, 82 y 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca vigente; 1, 2, 3 fracción I, 6 primer y segundo párrafo, 12 primer párrafo, 16, 24, 26, 27
Más detallesDictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes sobre dos puntos de acuerdo: 1) que exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y
Honorable Asamblea: A la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, le fueron turnadas para su estudio y dictamen el Primer
Más detallesD.O.F. 2 de agosto de 1995
Acuerdo mediante el cual se establecen lineamientos generales para la definición de normas técnicas de competencia laboral que comprendan conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de certificación.
Más detallesla República y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE LA H. COMISIÓN PERMANENTE EXHORTA RESPETUOSAMENTE AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA QUE EN EL MARCO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES, LLEVE A CABO
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA: METODOLOGÍA
DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE POBLACIÓN Y DESARROLLO; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA, DEL SENADO DE LA REPÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES HECHAS POR LA HONORABLE
Más detallesANDREA GARCÍA GARCÍA Senadora de la República
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE, A LA SECRETARÍA DE SALUD PARA QUE EN COORDINACIÓN CON EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES (INAPAM) Y EL SISTEMA
Más detallesQUE REFORMA EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ELVIA MARÍA PÉREZ ESCALANTE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ELVIA MARÍA PÉREZ ESCALANTE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI La suscrita, Elvia María Pérez Escalante, diputada a
Más detallesde Educación
XI. Alineación de objetivos INEA con los objetivos sectoriales -PND 2007-2012 Objetivos particulares del INEA Fortalecer y ampliar la atención de la población que se encuentra en condición de rezago educativo,
Más detallesSÁBADO 16 DE ENERO DE 2016 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN IV
SÁBADO 16 DE ENERO DE 2016 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X X I V 23 SECCIÓN IV 3 ACUERDO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo.
Más detallesProcedimiento para la autorización de Licenciaturas en las Instituciones Formadoras de Docentes. Fundamento Legal del Procedimiento
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Procedimiento para la autorización de Licenciaturas en las Instituciones Formadoras de Docentes
Más detallesMETODOLOGIA DEL DICTAMEN
DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO DIP. EDA MARÍA PALACIOS MÀRQUEZ PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA AL CONGRESO DEL
Más detallesTEXTO ANTERIOR: TEXTO REFORMADO CON LA CIRCULAR 9/2018:
CIRCULAR 9/2018 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 34/2010 (CARGOS EN MONEDA EXTRANJERA CON TARJETAS DE CRÉDITO) FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política
Más detallesA n t e c e d e n t e s
A n t e c e d e n t e s 1. Reforma constitucional en materia de protección de datos personales. El 1 de junio de 2009, se publicó el Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los
Más detallesCC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA H. CÁMARA DE SENADORES DE LA LXI LEGISLATURA P R E S E N T E.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 81 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO, Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO DE DICHO NUMERAL; Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 175 BIS
Más detallesParticularmente, se modificó el artículo 123 constitucional, en los siguientes términos:
GRICELDA VALENCIA DE LA MORA, Senadora de la República de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Movimiento Regeneración
Más detallesA N T E C E D E N T E S
COMISIÓN PERMANENTE DE ZONAS ESPECIALES Y DESARROLLO ECONÓMICO Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión
Más detallesCONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE REFORMA LA DE 5 DE FEBRERO DE 1857
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE REFORMA LA DE 5 DE FEBRERO DE 1857 TITULO PRIMERO. CAPITULO I. DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES. (REFORMADA SU DENOMINACIÓN, D.O.F. 10 DE JUNIO DE
Más detallesobjetivo es armonizar dicha Ley con la reforma constitucional sobre la Ciudad de México, para sustituir el nombre de Distrito Federal.
HONORABLE ASAMBLEA. A las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores de la LXIII Legislatura del. Honorable Congreso de la Unión, les fue turnada para
Más detallesestablecen criterios para privilegiar la competencia y las mejores comisiones para los usuarios de la banca.
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL BANCO DE MÉXICO Y A LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES PARA ESTABLECER UNA SOLA COMISIÓN POR INSTITUCIÓN BANCARIA Y UN TOPE MÁXIMO DE COBRO
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL
PRESENTE.- AYUNTAMIENTO DE MONTERREY C. ADRIÁN EMILIO DE LA GARZA SANTOS, PRESIDENTE MUNICIPAL DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, conforme a lo dispuesto por los artículos 35, apartados A, fracción II, y B, fracción
Más detallesDE REFORMAS A LA LEY DE AGUAS NACIONALES Y A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS EN MATERIA DE AGUA
DE REFORMAS A LA LEY DE AGUAS NACIONALES Y A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS EN MATERIA DE AGUA Alfredo Magno Garcimarrero Ochoa, como senador de la República y en uso de las atribuciones que me confieren los
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:
COMISIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: A la Comisión de Estudios Legislativos de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, fue
Más detalleshttp://www.consultasrodac.sep.gob.mx/bca/ Acreditación de Conocimientos (Título III, Capitulo tercero del Acuerdo Secretarial 286) El Objetivo consiste en ofrecer servicios educativos de calidad para formar
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DAVID MONREAL ÁVILA, Senador de la República, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de
Más detallesQUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 7O
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 7O. DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y 184 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ SANTIAGO LÓPEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD Planteamiento del problema Las
Más detallesCONSULTAR INFORMACIÓN DE MANERA SENCILLA, EFECTIVA Y RÁPIDA,
Hjf. io/ YOLANDA DE LA TORRE VALDEZ Senadora de la República, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 8 numeral
Más detallesPROPOSICIÓN DE LA SEN.
PROPOSICIÓN DE LA SEN. YOLANDA DE LA TORRE VALDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS A QUE, EN LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTES
Más detallesI.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1.-Nombre de la Iniciativa. 8 de marzo de de marzo de Equidad y Género. II.- SINOPSIS.
DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO PARLAMENTARIO DIRECCIÓN DE APOYO A COMISIONES SUBDIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO JURÍDICO A COMISIONES No. Expediente: 0386-2PO1-07 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1.-Nombre
Más detallesLA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: C O N S I D E R A N D O Que en sesión de fecha 13 de octubre del
Más detallesExposición de Motivos
INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 5. DE LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL, A CARGO DEL DIPUTADO JUAN FRANCISCO ESPINOZA EGUÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El que suscribe, Juan Francisco
Más detalles