METODOLOGÍA. II. En el capítulo OBJETO Y DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA se extracta el alcance de dicha proposición.
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- Javier Vera Villalobos
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1 DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, LXII LEGISLATURA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL CUAL EL SENADO EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS PARA QUE INFORME A ESTA SOBERANÍA RESPECTO DE SU PROGRAMA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE GRUPOS INDÍGENAS; Y A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL PARA QUE INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO , RESPECTO AL COMBATE A LA POBREZA Y DESNUTRICIÓN DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LOS PUEBLOS INDÍGENAS. HONORABLE ASAMBLEA: Las y los Senadores integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas del Senado de la República de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 86, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 113, 117, 135, 175, 177, 182, 190 y demás relativos de su propio Reglamento, someten a la consideración del Pleno el siguiente dictamen con Punto de Acuerdo por el cual el Senado exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que informe a esta Soberanía respecto de su Programa para la defensa de los derechos humanos de grupos indígenas; y a la Secretaría de Desarrollo Social para que informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo , respecto al combate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas. METODOLOGÍA I. En el capítulo de ANTECEDENTES se hace referencia al inicio del proceso legislativo con la presentación al Pleno de la proposición con Punto de Acuerdo ya indicada, el consecuente acuerdo de turno dictado por el Presidente de la Mesa Directiva para la elaboración del presente. II. En el capítulo OBJETO Y DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA se extracta el alcance de dicha proposición. III. En el capítulo de CONSIDERACIONES, la Comisión dictaminadora da cuenta de los argumentos de valoración de la proposición y de los motivos que sustentan su determinación. I. ANTECEDENTES PRIMERO. En sesión ordinaria de Pleno celebrada el 8 de abril de 2014, el Senador David Monreal Ávila del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo presentó una proposición con Punto de Acuerdo que exhorta ala Comisión Nacional de los Derechos Humanos a diseñar e implementar una campaña permanente, exhaustiva y precisa de educación, divulgación, respeto y defensa de los derechos de los pueblos indígenas; y exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social para que implemente un programa de combate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas. SEGUNDO. A través del oficio número DGPL-1P3A de esa misma fecha, la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición se turnara a esta Comisión para su estudio y dictamen correspondiente. 1
2 II. OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA Señala el Senador proponente, en síntesis, que en las sociedades democráticas, el respeto a los derechos humanos de los individuos es fundamental para su pleno desenvolvimiento; que una de las principales características de las sociedades democráticas es su pluralidad, la cual se expresa de diferentes formas y refleja las distintas formas; que los pueblos indígenas son un gran reflejo de la pluralidad que existe en el mundo y reflejo de la libre determinación de los pueblos como derecho inherente a ellos; sin embargo, a lo largo de los años han sido un sector especialmente vulnerable. Agrega que México es un país donde proliferan poblaciones indígenas, las cuales, dotan al país de gran identidad cultural y sirven como referencia de pluralidad; sin embargo, a la vez son un grupo que muestra la enorme desigualdad que se vive en estos días; que esta situación no debería ser una realidad en el país, pues México ha firmado varios acuerdos internacionales, donde se reconocen distintos derechos para estos pueblos; que según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) el 41.7% de la población indígena se encuentra en situación de pobreza y el 30.6% en pobreza extrema; además el 47.7% de la población indígena tiene rezago educativo, el 23.4% no tiene acceso a servicios de salud y el82.3% no cuenta con seguridad social, aunado al 70% de la población que carece de servicios básicos en sus viviendas; que por si fuera poco, de acuerdo con datos de la UNICEF, quienes más sufren son las niñas, niños y adolescentes indígenas; que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) de 2012 el 33.1% de los niños de 0 a 5 años indígenas padecen de desnutrición crónica. Aunado a que la tasa de mortalidad infantil indígena es 60% mayor dela población no indígena. Señala que todos estos datos demuestran que el Estado no tiene un verdadero compromiso con los derechos de los pueblos indígenas que México está incumpliendo con sus obligaciones estipuladas en el artículo 1 de la Constitución Federal; y no sólo esto, sino que además, está incurriendo en responsabilidad internacional al no velar por los derechos establecidos en tratados internacionales. Concluye expresando que los pueblos indígenas son pieza clave en la identidad mexicana y como tal deben ser tratados con igualdad e inclusión, basta de segregaciones, es tiempo de forjar nuevos programas para el respeto y garantía a los derechos; a su vez el país debe asumir un mayor compromiso frente a las niñas, niños y adolescentes como sector vulnerable en la sociedad. Partiendo del anterior análisis, propone un punto de acuerdo que a la letra dice: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para que implemente una campaña permanente, exhaustiva y precisa de educación, divulgación, respeto y defensa de los derechos de los pueblos indígenas. SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social para que implemente un programa de combate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas. CONSIDERACIONES PRIMERA. Compete a la suscrita Comisión emitir dictamen con punto de acuerdo relativo a la referida proposición, de conformidad con los artículos 113, numeral 2, 117, 135, numeral 1, fracción I, 182, 190, 276, numeral 2, 277, numeral 1 y relativos del Reglamento del Senado, pues 2
3 es atribución de ésta, elaborar dictámenes respecto a los asuntos que le son turnados; emitiéndolo se atiende un asunto de la materia de la Comisión que no constituye una iniciativa de ley o decreto; la proposición que lo genera fue presentado al Pleno por un Senador integrante de esta Cámara; y fue turnado por la Mesa Directiva para proceder a su elaboración. SEGUNDA. Coincide con el proponente la suscrita Comisión cuando señala que en las sociedades democráticas, el respeto a los derechos humanos de los individuos es fundamental para su pleno desenvolvimiento; y que una de las principales características de las sociedades democráticas es su pluralidad, como en México, cuyos pueblos indígenas son referencia de pluralidad, pero muestran la enorme desigualdad que se vive, no sólo en estos días, sino que ha prevalecido prácticamente durante nuestra evolución histórica. Coinciden también en la realidad que muestran las cifras que aporta derivadas de estudios de Coneval, Unicef y la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT). Respecto a los puntos que propone, a efecto de dictaminar, es necesario primero considerar que la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su artículo 2º establece que dicha Comisión Nacional es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, y tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano. Su artículo 5 determina que se integra con un Presidente, una Secretaría Ejecutiva, Visitadores Generales así como el número de visitadores adjuntos y personal profesional, técnico y administrativo necesario para la realización de sus funciones. Analizando el objetivo y funciones de sus Visitadurías, el Manual de Organización General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sobre la Cuarta Visitaduría General establece como su objetivo: Conocer sobre quejas, recursos de queja e impugnaciones por presuntasviolaciones a Derechos Humanos de cualquier naturaleza jurídica, principalmente de grupos indígenas, a fin de proporcionar la defensa necesaria y el respeto a losderechos Humanos. Sus funciones son: FUNCIONES: Recibir, admitir o rechazar quejas e inconformidades presentadas por los afectados, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión Nacional; Iniciar a petición de parte la investigación de las quejas e inconformidades que le sean turnadas, o de oficio, discrecionalmente aquellas sobre denuncias de violación a los Derechos Humanos que aparezcan en los medios de comunicación; Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de Derechos Humanos que por su propia naturaleza así lo permitan; Solicitar a las autoridades competentes la aplicación de medidas precautorias o cautelares para que, sin sujeción a mayores formalidades, se conserve o restituya a una persona en el goce de sus Derechos Humanos, así como para que ante las noticias de la violación reclamada, cuando ésta se considere grave y sin necesidad de que estén comprobados los hecho su omisiones aducidos, constituyendo razón suficiente el que, de ser ciertos los mismos, resulte difícil o imposible la reparación del daño causado o la restitución al agraviado en el goce de sus Derechos Humanos; Emitir la calificación definitiva sobre la reserva de información odocumentación que las autoridades o servidores públicos a quienes se les haya solicitado estimen con carácter 3
4 reservado la que, en caso de proporcionarse, deberá ser manejada bajo la más estricta confidencialidad; Implementar las medidas y/o mecanismos necesarios para la atención, recepción y tramitación de quejas; investigación para la resolución de un asunto; conciliaciones; incompetencias; recomendaciones; documentos de no-responsabilidad y recursos de queja e impugnac Presentar denuncias penales cuando ello fuere necesario, en virtud del acuerdo o de la delegación de facultades hecha por el Presidente de la Comisión Nacional r; Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendación o acuerdos, que se someterán al Presidente de la Comisión Nacional para su consideración; Firmar los acuerdos de conclusión de los expedientes de queja y las cédulas de calificación de los expedientes que se refieran a tortura, principalmente de grupos indígenas; Coordinar las actividades del programa para la defensa de los Derechos Humanos de grupos indígenas; Precisamente a través de la Cuarta Visitaduría, el Senado de la República celebró un convenio de colaboración que suscribió el 29 de julio del presente año, en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas que se conmemora el 9 de agosto. Dicho convenio establece en su primera cláusula: OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración y apoyo entre LAS PARTES para desarrollar e impulsar acciones conjuntas para promover la observancia, el estudio, la enseñanza y la divulgación de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el país; elaborar y ejecutar programas en materia de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas; así como formular programas y proponer acciones de coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas dentro del territorio nacional. En consecuencia, a fin de valorar el cumplimiento de las atribuciones que en materia de grupos indígenas corresponde a la CNDH, esta Comisión considera procedente solicitarle un informe respecto a su programa para la defensa de los Derechos Humanos de grupos indígenas; con el objeto de tener conocimiento puntual de sus acciones. Respecto al exhorto que propone a la Secretaría de Desarrollo Social para que implemente un programa de combate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas, vale la pena tener presente que dentro de la Meta de México Incluyente, el objetivo 2.1. (Garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población) establece como su estrategia Asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los mexicanos, en particular para aquellos en extrema pobreza o con carencia alimentaria severa ; y las siguientes líneas de acción: Líneas de acción Combatir la carencia alimentaria de la población a través de políticas públicas coordinadas y concurrentes, priorizando la atención de las familias en extrema pobreza. Propiciaruningresomínimonecesarioparaquelasfamiliastenganaccesoasuficientes alimentos inocuos y nutritivos. Facilitar el acceso a productos alimenticios básicos y complementarios a un precio adecuado. 4
5 Incorporar componentes de carácter productivo a las acciones y programas sociales, con objeto de mejorar los ingresos de los mexicanos, proveerles empleo y garantizar el acceso a los alimentos indispensables para el ejercicio de sus derechos. Adecuar el marco jurídico para fortalecer la seguridad alimentaria y el derecho a la alimentación. A efecto de valorar los avances que la Secretaría de Desarrollo Social ha tenido respecto alcombate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas, esta Comisión estima necesario solicitarle un informe que permita conocer puntualmente dicho avances, tomando como referencia los conducentes objetivos, estrategias y líneas de acción de la Meta México Incluyente del Plan Nacional de Desarrollo , que ya fueron referidos.su puntual respuesta hará posible evaluar dentro de las atribuciones de este Cámara el cumplimiento de sus atribuciones respecto a la materia planteada. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión somete a consideración de la H. Asamblea el siguiente PUNTO DE ACUERDO Primero. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que informe a esta Soberanía respecto de su programa para la defensa de los Derechos Humanos de grupos indígenas, para los efectos planteados en el segundo considerando del presente dictamen. Segundo. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social para que informe sobre el cumplimiento y avances en los objetivos, estrategias y líneas de acción para alcanzar la Meta México Incluyente del Plan Nacional de Desarrollo , respecto al combate a la pobreza y desnutrición de las niñas, niños y adolescentes en los pueblos indígenas, para los efectos planteados en el mencionado segundo considerando. Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, el de diciembre de dos mil catorce. COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS 5
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