ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL

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1 ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL 2011

2 ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL 2011 Madrid, 2012

3 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Edita: Distribución y venta: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Paseo de la Infanta Isabel, 1 Secretaría General Técnica Madrid Centro de Publicaciones Teléfono: Fax: Impresión y encuadernación: Talleres del Centro de Publicaciones del MAGRAMA Plaza San Juan de la Cruz, s/n Madrid NIPO: X Teléfono: Depósito Legal: M Fax: Catálogo de Publicaciones de la Administración General del Estado: Tienda virtual: centropublicaciones@magrama.es Datos técnicos: Formato: 17x24 cm. Caja de texto: 12x19 cm. Composición: una columna. Tipografía: Arial a cuerpo 10. Encuadernación: grapado. Papel: interior en papel reciclado de 80 g. Cubierta en cartulina gráfica de 250 g. Tintas: 4/4. Impreso en papel reciclado al 100%

4 SANIDAD VEGETAL 1. Organización y Gestión del Sistema de Control de la Sanidad Vegetal El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política en materia de Sanidad Vegetal. Esta función, dentro del departamento ministerial, es realizada por la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria a través de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal. Entre las actividades que se realizan en materia de fitosanidad se encuentran las siguientes: Elaboración la normativa básica en materia de sanidad vegetal que afecta a todo el territorio, y transposición de la legislación comunitaria. Elaboración de los planes y programas fitosanitarios de carácter nacional para la prevención, control y erradicación de las principales plagas y enfermedades de vegetales y productos vegetales. Gestión y coordinación a nivel nacional de la sanidad vegetal. Interlocución con los Organismos internacionales en temas de sanidad vegetal. Por su parte las Comunidades Autónomas, a través de los correspondientes Departamentos que integran la sanidad vegetal, y de acuerdo a las competencias asumidas, desarrollan las siguientes actividades: Desarrollo normativo específico en materia de sanidad vegetal en su ámbito territorial. Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia fitosanitaria, tanto de la legislación nacional y comunitaria (1), como la propia de su comunidad autónoma. Ejecución de los planes y programas fitosanitarios previstos en su territorio. Todas las demás funciones relacionadas con la sanidad vegetal, con excepción de las encomendadas a la Administración del Estado y, especialmente, aquellas de carácter ejecutivo, como la planificación, organización, dirección y ejecución de campañas reguladas de tratamientos contra plagas, y la adopción, dentro de la normativa vigente, de limitaciones aconsejables u obligatorias que afecten a la sanidad de los cultivos o la transmisión de plagas a través de los medios de transporte o de locales relacionados con productos vegetales. La coordinación de las actividades en materia fitosanitaria se trata a nivel nacional en el Comité Fitosanitario Nacional (CFN) creado en 1998 (Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio). La preside el Director General de Sanidad de la Producción Agraria, y lo componen representantes de todas las comunidades autónomas, que se reúnen al menos una vez cada trimestre. El CFN recibe el apoyo técnico de 14 Grupos de Trabajo que tratan con sectores específicos de la producción, abarcando distintos cultivos y aspectos de la fitosanidad. (1) De las 17 comunidades autónomas españolas sólo 16 están incluidas en el sistema de control fitosanitario de la UE. Hasta la fecha, está excluida la Comunidad Autónoma de Canarias por recibir el tratamiento de región ultraperiférica. 1

5 La aplicación de la normativa en materia de sanidad vegetal implica la realización de un gran número de inspecciones, controles y prospecciones anuales que, además, conlleva la toma de un gran número de muestras, como parte del procedimiento de diagnóstico para la correcta identificación de los organismos vivos. En este sentido, la designación de los laboratorios nacionales de referencia para la identificación y el diagnóstico de plagas y enfermedades de los vegetales se encuentra regulada a través de la Orden ARM/2238/2009, de 29 de julio, y son: LNR para la identificación y diagnóstico de artrópodos perjudiciales y útiles: Unidad de protección de cultivos del Departamento de Producción vegetal (Botánica y Protección Vegetal) de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de la Universidad Politécnica de Madrid. LNR para la identificación de nematodos fitopatógenos: Laboratorio de Nematología del Departamento de Biodiversidad y Biología Evolutiva del Museo Nacional de Ciencias Naturales. LNR para la identificación y diagnóstico de hongos fitopatógenos: Grupo de Investigación en Hongos Fitopatógenos del Instituto Agroforestal Mediterráneo de la Universidad Politécnica de Valencia. LNR para la identificación y diagnóstico de bacterias fitopatógenos: Laboratorio de Bacteriología del Centro de Protección Vegetal y Biotecnología del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias LNR para la identificación y diagnóstico de virus, viroides y fitoplasmas de especies leñosas: Laboratorio de Virología e Inmunología del Centro de Protección Vegetal y Biotecnología del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias LNR para la identificación y diagnóstico de virus, viroides y fitoplasmas de especies no leñosas: Grupo de Virología e Inmunología del Instituto Agroforestal Mediterráneo de la Universidad Politécnica de Valencia. Asimismo, las comunidades autónomas disponen de laboratorios para la identificación y diagnóstico de las muestras tomadas en las inspecciones realizadas en el mercado interior, y que constituyen los laboratorios oficiales de control de rutina. 2. Prevención y lucha contra plagas La prevención y lucha contra plagas incluye tanto las actividades fitosanitarias desarrolladas en el marco de los Programas Nacionales de Control de Plagas, de acuerdo a la normativa española, como las implementadas para el Control de organismos nocivos de cuarentena, regulación establecida desde el ámbito comunitario y, en su caso, también desde el marco legislativo español. Programas Nacionales de Control de Plagas Durante 2011 se han desarrollado, en coordinación con las Comunidades Autónomas implicadas, las acciones recogidas en los Programas Nacionales de Control de Plagas, cuya lucha ha sido calificada de utilidad pública. Los programas vigentes corresponden al control de la mosca del olivo, la langosta y otros ortópteros, la mosca mediterránea de la fruta, los insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas y los topillos de campo. 2

6 En el cuadro adjunto se resume la normativa que regula los citados Programas Nacionales de Control: NORMATIVA ORGANISMO NOCIVO CULTIVO Langosta mediterránea y langosta del desierto Cultivos agrícolas (Dociostaurus en general maroccanus y Shistocerca gregaria) Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el Programa Nacional de Control de las plagas de langosta y otros ortópteros. Real Decreto 461/2004, de 18 de marzo, por el que se establece el Programa Nacional de Control de la mosca mediterránea de la fruta. Real Decreto 1938/2004, de 27 de septiembre, por el que se establece el Programa Nacional de Control de los Insectos Vectores de los Virus de los Cultivos Hortícolas. Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. Real Decreto 409/2008, de 28 de marzo, por el que se establece el programa nacional de control de las plagas del topillo de campo, «Microtus Arvalis» (Pallas), y otros microtinos. Mosca de la fruta (Ceratitis capitata) Moscas blancas (Bemisia tabaci y Trialeurodes vaporariorum) y trips (Frankliniella occidentalis) Mosca del oliva (Batrocera oleae) Topillo del campo (Microtus arvalis, Pallas), y otros microtinos. Cultivos de cítricos y otros frutales Cultivos hortícolas Olivo Cultivos en general Mosca del olivo (Bactrocera oleae Gmel) La disposición adicional primera del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, califica de utilidad pública la lucha contra la mosca del olivo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 15 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. Durante el 2011 las medidas llevadas a cabo para el control de esta plaga incluyen: Actuaciones relativas al control, alerta y evaluación de la mosca del olivo Este tipo de actuaciones, se basan principalmente en el análisis de las variables biológicas de la mosca del olivo (población adulta en vuelo, fecundidad y población larvaria en fruto), y de las condiciones climáticas del área afectada, permitiendo: Unificar los criterios de seguimiento de la plaga a nivel nacional. Predecir con bastante fiabilidad, mediante un modelo matemático desarrollado al efecto, el futuro comportamiento de la plaga en base a unos datos poblacionales iniciales. Determinar el momento idóneo de realización de los tratamientos. Tratamientos fitosanitarios Las Autoridades competentes de las Comunidades Autónomas afectadas por la mosca del olivo establecen anualmente Programas de tratamiento fitosanitario, 3

7 en base a los resultados obtenidos en los estudios de control, alerta y evolución de la plaga. El establecimiento de estos programas permite que sólo se realicen tratamientos en caso necesario, reduciendo el impacto ambiental que provocaría la aplicación de tratamientos masivos. Langosta y otros ortópteros (Dociostaurus maroccanus y Shistocerca gregaria) Las Comunidades Autónomas en las que existen poblaciones endémicas de estos ortópteros, deben efectuar las prospecciones necesarias para determinar su presencia y poder delimitar las zonas donde es necesario llevar a cabo las medidas establecidas en el Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el Programa Nacional de Control de las plagas de langosta y otros ortópteros. Mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata) La mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata) constituye un riesgo para los cítricos y otros frutales en las zonas de clima mediterráneo, provocando la caída prematura de los frutos o la pérdida de valor comercial de los mismos. Con el fin de prevenir el desarrollo de las poblaciones de este organismo, las comunidades autónomas afectadas han efectuado las prospecciones necesarias para determinar la presencia de la misma y valorar su incidencia. Durante el 2011 se han llevado a cabo las medidas obligatorias establecidas en el Real Decreto 461/2004, de 18 de marzo, por el que se establece el Programa Nacional de Control de la mosca mediterránea de la fruta. Insectos vectores de los virus de cultivos hortícolas El principal problema fitosanitario que afecta a los cultivos hortícolas es el causado por las virosis, en su mayor parte, transmitidas a través de determinados insectos vectores, tales como moscas blancas y trips, por lo tanto, para reducir los daños causados por los virus en los vegetales sensibles, es necesario el control de estos organismos. Para ello, se han llevado a cabo las medidas obligatorias necesarias para reducir, a umbrales tolerables, las perdidas ocasionadas por el binomio insectos vectores/virus, según lo establecido en el Real Decreto 1938/2004, de 27 de septiembre, por el que se establece el Programa Nacional de Control de los insectos vectores de los virus de cultivos hortícolas. Topillo del campo y otros microtinos (Microtus arvalis Pallas) Durante el 2011 se han realizado prospecciones en las épocas adecuadas para determinar la posible presencia del topillo de campo, y poder, en caso de aparición, identificar las especies de microtinos de que se trate, evaluar los niveles y características de sus poblaciones y averiguar, en particular, su incidencia al objeto de establecer los ámbitos territoriales en los que se aplicarán las medidas obligatorias, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 409/2008, de 28 de marzo, por el que se establece el programa nacional de control de las plagas del topillo de campo, Microtus arvalis (Pallas), y otros microtinos. 4

8 Control de organismos nocivos de cuarentena (plagas de cuarentena) En España se llevan a cabo una serie de prospecciones de obligado cumplimiento para detectar la posible presencia de determinados organismos nocivos de cuarentena (plagas) que pueden afectar a vegetales y productos vegetales, y cuyo efecto pernicioso puede implicar graves pérdidas económicas a los sectores implicados, así como derivar en graves consecuencias medioambientales. En el siguiente cuadro se muestra la relación actualizada de organismos nocivos de cuarentena para los cuales deben ser controlados obligatoriamente ciertos vegetales y productos vegetales: ORGANISMO NOCIVO Anoplophora chilensis (Cerambícido de los cítricos) Bursaphelenchus xylophilus (Nematodo de la madera del pino) Clavibacter michiganensis spp. sepedonicus (Podredumbre anular de la patata) Diabrotica virgifera (Gusano occidental de las raíces del maíz) Dryocosmus kuriphilus (Avispilla del castaño) Estudios zonas protegidas: - Anthonomus grandis (Picudo del algodonero) - Curtobacterium flaccumfaciens (Marchitez bacteriana de la judia) - Leptinotarsa Decemlineata (Escarabajo de la patata) Varios (1) CULTIVO Coníferas (2) Patata Maíz NORMA NORMA ESPAÑOLA COMUNITARIA Decisión 2008/840/CE - Decisión /380/CE Decisión 2006/133/CE - Decisión 2008/340/CE - Decisión 2008/378/CE - Decisión 2008/684/CE - Decisión /790/CE - Decisión 2008/954/CE - Decisión 2009/420/CE - Decisión 2009/993/UE Directiva 93/85/CEE - Directiva 2006/56/CE Decisión 2003/766/CE - Decisión 2006/564/CE - Decisión 2008/644/CE O.M. 22-III-94 - Orden APA/718/2007 Castaño Decisión 2006/464/CE - Varios Directiva 92/70/CE Reglamento 690/ Reglamento 823/ Reglamento 17/ Reglamento 361/2010 -Reglamento 436/ O.M. 31-I-94 5

9 ORGANISMO NOCIVO - Sternochetus mangiferae (Picudo de las semillas del mango) CULTIVO NORMA COMUNITARIA NORMA ESPAÑOLA - Erwinia amylovora (Fuego bacteriano) Fusarium circinatum (Gibberella circinata) (Chanco resinoso del pino) Nematodos del quiste de la patata (Globodera pallida (Stone) Behrens y Globodera rostochiensis (Wollenweber) Behrens (poblaciones europeas)) Phytophthora ramorum (Muerte repentina del roble) Ralstonia solanacearum (Podredumbre parda de la patata) Rhynchophorus ferrugineus (Picudo rojo de las palmeras) Viroide de la deformación fusiforme del tubérculo de la patata (PSTVd) Virus del mosaico del pepino dulce (Pep MV) R.D. 1201/1999 Rosáceas (3) - R.D. 1512/ R.D. 246/ R. D. 1786/2011 Pinus spp. y Pseudotsuga menziesii. Decisión 2007/433/CE R.D. 637/ R.D. 65/2010 Patata Directiva 2007/33/CE R.D. 920/2010 Varios (4) Patata / Tomate Palmae Lycopersicon lycopersicum, Capsicum annum, Solanum melongena, Solanum tuberosum, Nicotiana tabacum y plantas ornamentales de la familia Solanaceae (como Petunia spp., Solanum jasminoides, Datura spp., Physalis spp., Cestrum spp.,brugmansia spp., etc) Decisión 2002/757/CE - Decisión 2004/426/CE - Decisión 2007/201/CE Directiva 98/57/CE - Directiva 2006/63/CE Decisión 2007/365/CE - Decisión 2008/776/CE - Decisión 2010/467/UE Decisión 2007/410/CE R.D. 1644/ Orden APA/719/2007 Orden ARM/605/2009 Tomate Decisión 2004/200/CE - (1) Acer spp., Aesculus hippocastanum, Alnus spp., Betula spp., Carpinus spp., Citrus spp., Corylus spp., Cotoneaster spp., Fagus spp., Lagerstroemia spp., Malus spp., Platanus spp., Populus spp., Prunus spp., Pyrus spp., Salix spp. y Ulmus spp. (2) Madera y plantas de Abies, Cedrus, Larix, Picea, Pinus, Pseudotsuga y Tsuga. (3) Amelanchier, Chaenomeles, Cotoneaster, Crataegus, Cydonia, Eriobotrya, Malus, Mespilus, Photinia davidiana, Pyracantha, Pyrus y Sorbus. (4) Principalmente en las especies Rhododendron, Camellia y Viburnum - - 6

10 Los resultados de las prospecciones realizadas durante la campaña comprendida entre 2010 y 2011, para cada una de las plagas antes mencionadas, así como una pequeña referencia explicativa, se recogen a continuación: Anoplophora chinensis (Foster) Anoplophora chinensis (Foster) es un coleóptero cuya presencia se detectó por primera vez en el territorio de la Unión Europea en Como consecuencia de ello, y el hecho de que pudiese causar importantes daños económicos en varias plantas hospedadoras tales como Acer spp., Alnus spp., Citrus spp., Platanus spp., Populus spp., Pyrus spp., hizo que la Comisión aprobara la Decisión 2008/840/CE, por la que se adoptan medidas de emergencia contra la introducción y la propagación en la Comunidad de Anoplophora chinensis (Foster). En relación a los controles oficiales para la detección de este organismo nocivo, en la campaña 2010/11 se realizaron en España inspecciones, de las que 949 se llevaron a cabo en viveros, 70 en parques y jardines públicos y 446 en centros de jardinería. En ninguna de las inspecciones realizadas se detectó su presencia, por lo que el territorio español se encuentra libre de este organismo nocivo. Bursaphelenchus xylophilus Bursaphelenchus xylophilus, o nematodo de la madera del pino, es un organismo nocivo de cuarentena que afecta a las especies del género Pinus sp. y a otras coníferas. Desde que se detectara por primera vez en Portugal en 1999, en el marco de la Unión Europea se han venido estableciendo medidas para la erradicación del mismo. En la actualidad, se encuentra en vigor la Decisión 2006/133/CE, por la que se exige a los Estados miembros que adopten, con carácter temporal, medidas complementarias contra la propagación de Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al.), en lo que respecta a zonas de Portugal distintas de aquéllas en las que se haya comprobado su ausencia, y sus posteriores modificaciones. En España, a lo largo de 2011, se realizaron inspecciones visuales en puntos distribuidos en masas forestales con especies sensibles y se tomaron muestras para su análisis en el laboratorio, resultando todas ellas negativas a la presencia del nematodo de la madera del pino. En relación a los brotes existentes del nematodo de la madera del pino en territorio español, durante 2011, se actualizaron los Planes de Acción de las correspondientes áreas demarcadas, en As Neves (Galicia) y en Sierra de Dios Padre (Extremadura). En ambos Planes de Acción se integran todas las medidas a ejecutar para el control y la erradicación de estos dos brotes del nematodo de la madera del pino en sus respectivas áreas. Además de las mencionadas prospecciones realizadas en masas forestales, también se inspeccionaron áreas consideradas de alto riesgo de plaga (masas forestales en decaimiento, masas forestales incendiadas, entornos de Puestos de Inspección Fronteriza), así como viveros, aserraderos e industrias de la madera. El resultado de estas prospecciones fue la detección, en una industria maderera localizada en Murcia, de una partida de madera contaminada por Bursaphelenchus xylophilus que procedía de Portugal. Para evitar la dispersión y erradicación del brote se incineró toda la partida de madera. 7

11 Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus (necrosis bacteriana o podredumbre anular) es una de las bacteriosis, conjuntamente con Ralstonia solanacearum, que afectan principalmente al cultivo de la patata con grave perjuicio para los agricultores. A nivel comunitario, las medidas de detección y lucha contra Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus se encuentran recogidas en la Directiva 93/85/CEE y a nivel nacional, se recogen en la Orden de 22 de marzo de 1994, y sus respectivas modificaciones, relativas a la lucha contra la necrosis bacteriana de la patata. En el Plan de Control de este organismo nocivo se incluye la realización de exámenes oficiales sistemáticos de la producción nacional de patata de siembra y de consumo, así como de otros potenciales hospedantes. De esta forma, durante la campaña 2010/11, se realizaron inspecciones visuales y se tomaron muestras de patata, de las que aproximadamente el 65% fueron de patata de siembra y el resto de consumo, resultando todas ellas negativas a Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus. Diabrotica virgifera Le Conte Diabrotica virgifera Le Conte, es un coleóptero que puede suponer un importante problema fitosanitario para las zonas productoras de maíz. En este contexto, y de acuerdo a la Decisión 2003/766/CE relativa a medidas de emergencia contra la propagación en la Comunidad de Diabrotica virgifera Le Conte, anualmente se lleva a cabo una prospección para detectar la presencia de este organismo nocivo en las zonas productoras españolas. Para dicho fin, en 2011, se establecieron 280 trampas de feromonas, en las que no se produjeron capturas de este organismo nocivo. Dryocosmus kuriphilus Dryocosmus kuriphilus puede ser uno de los insectos mas perjudiciales para los castaños (Castanea Mill.), afectando a la producción y a la calidad de los frutos. Como consecuencia de la aparición de este organismo en varios Estados miembros en 2005, la Comisión estimó necesario regular su control con la aprobación de la Decisión 2006/464/CE, de medidas provisionales contra la introducción y propagación en la Comunidad de Dryocosmus kuriphilus. En España, durante 2011 se prospectaron 476 lugares con especies sensibles a Dryocosmus kuriphilus, incluyendo 275 masas forestales y 201 viveros, no detectándose su presencia en ninguno de los casos. Organismos nocivos para los que España tiene la consideración de Zona Protegida en todo o en parte de su territorio De acuerdo a la legislación vigente, se pueden establecer zonas con una protección especial por su exposición a riesgos fitosanitarios específicos mediante el reconocimiento de Zonas Protegidas, compatibles con el mercado interior. En España, existe en la actualidad el reconocimiento de Zona Protegida, en todo el territorio nacional o en parte, para los siguientes organismos nocivos: Anthonomus 8

12 grandis, Curtobacterium flaccumfaciens, Erwinia amylovora, Leptinotarsa decemlineata y Sternochetus mangiferae. En el caso de Anthonomus grandis (picudo del algodonero), coleóptero cuyo principal hospedante es el algodón, tienen la consideración de Zona Protegida en España las Comunidades Autónomas de Andalucía, Cataluña, Extremadura, Murcia y Comunidad Valencia. Durante las prospecciones realizadas en 2011, no se detectó la presencia de este organismo nocivo. Para Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens, o marchitez bacteriana de la judía, la Zona Protegida se extiende a todo el territorio español. En 2011, se llevó a cabo la inspección visual de 70 parcelas y de 3 lotes de semilla de judía, tomándose un total de 67 muestras, siendo todas ellas negativas a la presencia del organismo nocivo. Erwinia amylovora, o fuego bacteriano, es una bacteria que afecta fundamentalmente a plantas de la familia de las rosáceas, tanto frutales como ornamentales y silvestres, causando importantes pérdidas económicas. España tenía la consideración de Zona Protegida en todo su territorio, hasta que en 2011 se adoptó en el marco de la Unión Europea el Reglamento De Ejecución 436/2011 De La Comisión de 5 de mayo de 2011 que modifica el Reglamento (CE) 690/2008, por el que se reconocen determinadas zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios específicos, por el que Castilla y León perdía el estatus de Zona Protegida para este organismo nocivo. De forma complementaria a la normativa comunitaria, las medidas adoptadas a nivel nacional se encuentran reguladas por el Real Decreto 1201/1999 por el que se establece el Programa Nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas. En este contexto, en 2011, se prospectaron puntos para la detección de Erwinia amylovora. Asimismo, se inspeccionaron viveros que producen y/o comercializan especies sensibles a este organismo nocivo. Los resultados de los análisis confirmaron, por un lado, la erradicación de brotes en La Rioja y, por otro, la presencia del Erwinia amylovora en brotes que se habían detectado anteriormente o nuevos brotes en Andalucía, Aragón, Cantabria Castilla La Mancha, Extremadura, La Rioja, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana. En el mapa de la página siguiente se refleja el resultado de las prospecciones llevadas a cabo en Leptinotarsa decemlineata (escarabajo de la patata) es un coleóptero que afecta principalmente al cultivo de la patata aunque también puede afectar a tomate y berenjena. En España, están reconocidas como Zona Protegida para este organismo nocivo, las Islas de Ibiza y Menorca. Durante 2011 se llevaron a cabo prospecciones en 39 parcelas y los resultados fueron negativos en todos los casos. Sternochetus mangiferae (gorgojo de las semillas del mango) es un coleóptero cuyo principal hospedante es el mango, por ello, en España, sólo están reconocidas como Zona Protegida las provincias de Granada y Málaga. En 2011, se realizaron inspecciones visuales en 6 explotaciones de mango localizadas en dichas provincias y se tomaron 80 muestras, sin que se detectase el organismo nocivo en ninguna de ellas. 9

13 En todas las comunidades autónomas afectadas, por alguno de los organismos nocivos considerados para el reconocimiento de Zona Protegida, se llevaron a cabo las actuaciones fitosanitarias oportunas, dando cumplimiento a la legislación vigente con la destrucción del material afectado, y el establecimiento de una zona de seguridad alrededor de cada brote con un seguimiento intensivo durante dos años, transcurridos los cuales, y sí no hay obtención de nuevos positivos, se puede considerar erradicado el brote en cuestión. MAPA ERWINIA AMYLOVORA Fusarium circinatum (=Gibberella circinata) En el año 2006, España notificó a los Estados miembros y a la Comisión la detección, en material forestal de reproducción, del hongo fitopatógeno, cuya forma asexual recibe el nombre de Fusarium circinatum Niremberg & O Donnell, mientras que su forma sexual se denomina Gibberella circinata Niremberg & O Donnell. Inmediatamente, se establecieron medidas fitosanitarias que culminaron en la adopción del Real Decreto 637/2006, de 26 de mayo, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del hongo de las coníferas «Fusarium circinatum» Niremberg et O Donnell. Con posterioridad, y como consecuencia del riesgo fitosanitario, la Comisión Europea adoptó la Decisión 2007/433/CE sobre medidas provisionales de emergencia para prevenir la introducción y propagación en la Comunidad de este organismo. En este marco, en el territorio español durante 2011 se realizaron prospecciones en bosques, de Pinus spp. y Pseudotsuga menziesii (incluyendo parques y jardines), y en lugares de producción de material de plantación de estas especies, tanto en viveros como en fuentes semilleras de zonas forestales. Los resultados confirmaron la presencia del organismo nocivo en Asturias (un nuevo 10

14 brote), Castilla y León (un brote), Galicia (un brote en monte y tres en viveros), y cinco brotes en el País Vasco. En todos los casos, se establecieron las correspondientes zonas demarcadas de seguridad alrededor de cada brote para su control intensivo. De esta forma, quedaron establecidas dos zonas demarcadas en Asturias, diecisiete focos activos en Cantabria, tres en Castilla y León, veintisiete en Galicia, uno en Navarra que abarca la totalidad de los montes plantados con P. radiata y finalmente ocho en País Vasco. Phytophthora ramorum Phytophthora ramorum (muerte súbita del roble) es un hongo que puede ocasionar importantes problemas fitosanitarios en robles y en vegetales ornamentales como Rhododendron spp. y Viburnum spp.. Por ello, la Comisión aprobó la Decisión 2002/757/CE, sobre medidas fitosanitarias provisionales de emergencia para impedir la introducción y propagación de este organismo en la Unión Europea. Durante la prospección llevada a cabo en 2011, en España se inspeccionaron las especies susceptibles a este organismo en viveros, 189 parques y jardines y 916 montes. En total se tomaron 401 muestras de las que 3 resultaron positivas. Estos diagnósticos positivos correspondían a muestras tomadas en tres viveros localizados en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias y Galicia. Tal y como establece la normativa vigente, el material afectado fue destruido y se aplicaron medidas de desinfección en los viveros implicados. Ralstonia solanacearum Ralstonia solanacearum (podredumbre parda de la patata y de la marchitez bacteriana de la planta de la patata) es una de las bacteriosis, conjuntamente con Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus, que afecta principalmente al cultivo de la patata con grave perjuicio para los agricultores. A nivel comunitario, las medidas de detección y lucha contra Ralstonia solanacearum se encuentran recogidas en la Directiva 98/57/CE, y a nivel nacional, se recogen en el Real Decreto 1644/1999, de 22 de octubre, sobre el control del organismo nocivo denominado Ralstonia solanacearum (Smith) Yabouchi et al. De acuerdo a esta normativa, en 2011 se realizaron en España prospecciones y análisis de muestras de patata de siembra, de patata de consumo, de cultivos de tomate, así como de aguas fluviales. En total se tomaron muestras, de las que aproximadamente el 50% fueron de patata de siembra, el 20% de patata de consumo, el 10% de plantas de tomate y el 9% de agua fluvial. De las muestras de patata tomadas, todas resultaron negativas a la presencia de Ralstonia solanacearum, sin embargo resultaron positivas 121 muestras de agua. Rhynchophorus ferrugineus El curculiónido ferruginoso de las palmeras o picudo rojo (Rhynchophorus ferrugineus Olivier) fue detectado por primera vez en España en 1995, en Granada (Andalucia), sobre las especies de palmeras Phoenix dactylifera y Phoenix canariensis. Durante casi una década, la presencia de este organismo nocivo en España se limitó a su extensión alrededor del brote inicial en Granada. De esta forma, no fue hasta el año 2004 cuando se comenzó a detectar en la Comunidad Valenciana, y a finales de 2005 en las Comunidades Autónomas de Murcia y Canarias. Posteriormente, su presencia se ha extendido a Cataluña y a las Islas Baleares. En las prospecciones correspondientes a la anualidad 2011 se llevaron a cabo un total de

15 inspecciones para detectar la presencia de Rhynchophorus ferrugineus en viveros, parques y jardines públicos y masas forestales. Se detectaron brotes en todas las comunidades autónomas del arco mediterráneo citadas, así como dos únicos brotes puntuales en Aragón. En todos los casos, se aplicaron las medidas fitosanitarias oficiales de erradicación y control, demarcando las zonas afectadas, y de acuerdo a la Decisión 2010/467/UE de la Comisión por la que se modifica la Decisión 2007/365/CE en lo que se refiere a las plantas sensibles y a las medidas que deben tomarse si se detecta Rhynchophorus ferrugineus (Olivier), para cada brote, se establece un Plan de Acción. En el siguiente mapa se puede observar la distribución actual de este organismo nocivo en la Península y Baleares: MAPA RHYNCHOPHORUS FERRUGINEUS Virus del mosaico del pepino dulce (PepMV) El PepMV es un virus que puede causar graves daños al cultivo de tomate. Por ello, y tras la aparición de este organismo nocivo en varios Estados miembros (Alemania, Francia, Países Bajos y Reino Unido), la Comisión aprobó la Decisión 2004/200/CE, sobre las medidas a adoptar contra la introducción y propagación del virus del mosaico del pepino dulce (PepMV). Con el objetivo de detectar su presencia en España, durante 2011 se llevaron a cabo 516 inspecciones en viveros de producción de planta de tomate y semilleros, 598 en explotaciones de producción de tomate y 4 en puntos de venta de tomate. Se analizaron un total de muestras, de las cuales 66 resultaron positivas al virus PepMV que correspondieron a brotes localizados en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Baleares y Murcia, siendo aplicadas las medidas de erradicación y control oficiales. 12

16 Viroide de la deformación fusiforme del tubérculo de la patata (PSTVd) Este organismo nocivo tiene como principal hospedante la patata, aunque también puede afectar a tomates, así como a otras plantas del género Solanum spp. Debido al riesgo fitosanitario que este organismo nocivo puede suponer, el PSTVd está incluido en el Anexo I, parte A, sección I, de la Directiva 2000/29/CE, como organismo cuya introducción y propagación debe prohibirse en todos los Estados Miembros. Adicionalmente, tras la notificación de los Países Bajos de la presencia de PSTV en su territorio, la Comisión adoptó la Decisión 2007/410/CE, por la que se adoptan medidas para evitar la introducción y propagación en la Comunidad del viroide de la deformación fusiforme del tubérculo de la patata. En este ámbito, durante 2011 se llevaron a cabo inspecciones visuales, y se analizaron 202 muestras, de las cuáles 28 resultaron positivas, todas ellas de Solanum jasminoides. Los brotes se localizaron en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Galicia y Comunidad Valenciana. En todos los casos, se destruyó el material afectado para evitar la propagación del organismo nocivo, y se aplicaron el resto de medidas fitosanitarias oficiales. Tuta absoluta La polilla del tomate, o Tuta absoluta, es una plaga que afecta principalmente al cultivo de tomate y cuya área natural de distribución es el Hemisferio Sur de América. Se encontró por primera vez en España en 2007, en brotes localizados en arco mediterráneo, y en 2008 se detectaron brotes en Aragón, Castilla la Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Navarra y País Vasco. Dado que se trataba de un organismo nocivo nuevo en España y que podía tener una gran incidencia en el sector hortofrutícola, en el Comité Fitosanitario Nacional celebrado el 25 de Enero de 2008, se establecieron Medidas provisionales de control de la polilla del tomate. Durante el año 2011, las Autoridades competentes de sanidad vegetal de las comunidades autónomas han continuado realizando prospecciones en sus propios territorios para determinar la presencia del organismo nocivo y adoptar las medidas y tratamientos necesarios para su control, logrando de esta forma que los daños producidos en el cultivo de tomate no sean significativos en la mayoría de los casos. 3. Fomento de agrupaciones fitosanitarias La Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 17 de noviembre de 1989, establece un programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs, en adelante). Entre los objetivos de dicho programa se prevé el fomento de las mencionadas Agrupaciones para la realización de tratamientos fitosanitarios mediante la concesión de ayudas, las cuales son gestionadas y tramitadas a través de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de sanidad vegetal, quienes pueden establecer las condiciones y requisitos técnicos según el tipo de cultivo. Las principales ayudas a las que pueden acceder las ATRIAs son la subvención total o parcial de los sueldos del personal técnico contratado, la subvención de los costes de gestión o la subvención de aquellos productos fitosanitarios que puedan aportar una innovación y mejora en la aplicación de las técnicas de la lucha integrada. 13

17 4. Control embalajes de madera Durante 2011 se han inscrito 59 nuevas empresas en el Registro oficial de operadores de embalajes de madera, y se han realizado 1007 inspecciones de seguimiento a empresas registradas en años anteriores para comprobar que se mantienen los requisitos establecidos en Orden APA/3290/2007, de 12 de noviembre, por la que se establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera utilizados en el comercio con terceros países y el procedimiento administrativo de autorización, modificada por la Orden ARM/2213/2010, de 30 de julio. En diciembre de 2011 se encontraban inscritas en el Registro oficial de operadores de embalajes de madera más de 926 empresas. Con el fin de facilitar a las empresas españolas llevar a cabo el régimen de intercambios comerciales con terceros países que han puesto en práctica las exigencias previstas por la NIMF nº 15, en la página Web del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y marino pueden consultar: Legislación aplicable (nacional e Internacional) Listado de países que exigen el cumplimiento de la NIMF 15 a los embalajes de madera para que puedan entrar en sus territorios sin restricciones, pero debe tenerse en cuenta que es orientativa ya que cada día se van incorporando más países a dicha exigencia. Información sobre el procedimiento a seguir en caso de estar interesados en registrarse. Preguntas mas frecuentes, aunque pueden plantear las dudas a través de un correo electrónico habilitado específicamente para tal fin. 5. Programa de Control Oficial de Sanidad Vegetal El sistema de control en materia de sanidad vegetal se encuentra plenamente establecido en el Estado español, dando cumplimiento a los requisitos del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, que a su vez es la transposición de la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de Entre los procedimientos inspectores establecidos se encuentran los exámenes oficiales, controles fitosanitarios y prospecciones. En este sentido, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, en coordinación con las comunidades autónomas, en 2005 elaboró un Manual de Procedimiento de Inspección Fitosanitaria en el mercado Interior Europeo para armonizar el sistema de control fitosanitario en todo el territorio nacional, aprobado en el marco del Comité Fitosanitario Nacional, y que es actualizado periódicamente. Además, en el marco de la Seguridad Alimentaría y en cumplimiento del Reglamento (CE) n 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y 14

18 bienestar de los animales, se modificó la Directiva 2000/29/CE para que la Sanidad Vegetal adoptase algunos aspectos de aplicación en su ámbito competencial, en particular los que se refieren a los Programas Nacionales de Control. En este ámbito, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del MARM, en coordinación con las comunidades autónomas, elaboró e incorporó el Programa de Control Oficial de Sanidad Vegetal en el Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaría. Durante 2010, se ha llevado a cabo la actualización de dicho Programa para incorporarlo al Plan vigente para el nuevo período Asimismo, anualmente se elabora un informe de todas las actividades de control oficial en materia de sanidad vegetal, dando así cumplimiento al artículo 44 del Reglamento (CE) n 882/2004. En este sentido, y de acuerdo a los datos recogidos en el informe elaborado en 2011, permanecieron inscritas entidades en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales y Productos Vegetales (ROPCIV), que deben dar cumplimiento a las disposiciones de la Directiva 2000/29/CE, se controlaron operadores económicos. De las empresas que estando registradas, mantienen la actividad económica y emiten pasaportes fitosanitarios y por tanto están sujetas a control. En conclusión, el Programa Nacional de Control de Sanidad Vegetal se ha desarrollado un año más con todos los instrumentos disponibles al alcance de las distintas administraciones implicadas, dando respuesta a las distintas casuísticas fitosanitarias en todo el territorio nacional de manera armonizada y eficiente. El grado de consecución del objetivo es del 78,05 por ciento, valor ligeramente superior al del año anterior. 6. Relaciones internacionales El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino participa a nivel internacional en los siguientes ámbitos: Representación en la Unión Europea tanto en Comité Permanente Fitosanitario de la Comisión Europea (SCPH), en el COPHs (Chief Officer Plant Health) del Consejo de la Unión Europea, así como en diferentes grupos de trabajo tanto a nivel de la Comisión como del Consejo de la Unión Europea En la Organización Mediterránea de Sanidad Vegetal (OEPP), que es una organización intergubernamental fundada en 1951, y compuesta por 50 miembros, responsable de la cooperación en sanidad vegetal en la zona euromediterránea. Los objetivos principales son la protección vegetal, el desarrollo a nivel internacional de estrategias que impidan la introducción y expansión de plagas peligrosas y favorecer métodos de control eficaces En la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) es un tratado internacional sobre sanidad vegetal, firmado por 172 países, cuyo objetivo es garantizar la intervención para impedir la propagación y la introducción de plagas de las plantas y de los productos de las plantas, así como promover medidas apropiadas para combatirlas. La Comisión de Medidas Fitosanitarias (CMF) gobierna la CIPF y aprueba las normas internacionales para medidas fitosanitarias (NIMF). La FAO proporciona la secretaria de la convección internacional de protección fitosanitaria. En la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) a través de la red científica para la evaluación del riesgo en sanidad vegetal cuya finalidad es la 15

19 cooperación científica con objeto de coordinar actividades, intercambio de información, desarrollo e implementación de proyectos conjuntos, e intercambios de expertos y buenas prácticas disponibles. 7. Publicaciones realizadas en el año 2011 Siguiendo la labor de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria a lo largo de los años, encaminada a dar a conocer y divulgar los resultados de investigación científica o aplicada en el campo de la sanidad vegetal, se ha continuado con la edición del Boletín de Sanidad Vegetal. Plagas. Este año se han publicado dos volúmenes con una tirada de 800 ejemplares cada uno. Por otra parte, los 14 Grupos de Trabajo Fitosanitarios que la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria mantiene con los Órganos competentes de las Comunidades Autónomas, especializados en diferentes grupos de cultivo o áreas fitosanitarias y que constituyen una información actualizada y dinámica de los problemas fitosanitarios a nivel nacional, tienen el compromiso de preparación para su publicación de folletos divulgadores en forma de desplegables, cuyo objetivo es la difusión técnica entre los agricultores de aquellas plagas y enfermedades que por su importancia, o por ser de nueva aparición en el territorio nacional deben ser conocidas, tanto por los efectos que producen como por la forma de combatirlas. Este año se ha publicado el folleto PULGUILLA DE LA PATATA (Epitrix similaris Gentner) con una tirada de ejemplares: Además de las publicaciones antes citadas, se ha publicado como fuera de serie el título GUÍA PRÁCTICA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE ESPECIES DE ORTÓPTEROS (ADRIDOIDEA Y TETTIGONIOIDEA). El objetivo de esta guía es facilitar la identificación de las especies de Ortópteros a personas no familiarizadas con su taxonomía. Todas las publicaciones se han incluido en línea en la página web del MAGRAMA. 16

20 PRODUCTOS FITOSANITARIOS 1. Producción y consumo Producción En España, es poco relevante la síntesis de sustancias activas. La industria nacional se centra en la fabricación de productos fitosanitarios, suponiendo ésta la mayoría del consumo. La capacidad de producción tradicionalmente es muy superior a la capacidad utilizada (debido a la estacionalidad del consumo y a la formulación de algunas fábricas). Consumo y Controles de Vigilancia El consumo de productos fitosanitarios, al igual que el de otros medios de producción, está claramente afectado por las expectativas de cosecha por parte de los agricultores. Durante 2011, el consumo se mantuvo en unos niveles algo superiores a los de 2010, tomando como referencia los datos aportados por AEPLA, hubo un consumo de Tm en insecticidas, Tm en fungicidas, Tm en herbicidas y de Tm en otros. Se han elaborado los informes reglamentarios correspondientes a 2010 de los Programas de Vigilancia de la Comercialización y de la Utilización de Productos Fitosanitarios, ejecutados por las Comunidades Autónomas a los que ha dado difusión nacional e internacional. Se han realizado inspecciones en establecimientos del sector en los que se han detectado un 7,8% de infracciones, iniciándose los correspondientes expedientes sancionadores, cifra igual a la del año anterior, lo que indica que se continúa avanzando en el cumplimiento de la normativa vigente. En cuanto a la utilización de productos fitosanitarios y teniendo en cuenta la publicación de la Orden APA/326/2007, de 9 de febrero por la que se han establecido las obligaciones de los titulares de explotaciones agrícolas y forestales en materia de registro de la información sobre el uso de productos fitosanitarios, se han realizado inspecciones en empresas de tratamiento y explotaciones agrarias, número inferior al de 2009, con un porcentaje de infracciones del 5,75% inferior al de años anteriores. 2. Registro de productos fitosanitarios La actividad del Registro de Productos Fitosanitarios, en cuanto a cifras de solicitud de autorizaciones y otros se ha mantenido prácticamente en la misma línea que la del año Han aumentado considerablemente los expedientes de productos fitosanitarios que requieren de una evaluación técnica compleja por los diferentes Grupos de Expertos de Evaluación, representando prácticamente el 98% de solicitudes frente al 2% del resto de los expedientes, lo que unido a la finalización de la revisión comunitaria de sustancias activas antiguas y su revisión por principios uniformes, conforme a la Directiva 91/414/CEE, ha determinado el incremento de trabajo técnicocientífico en esta área. 17

21 A esta actividad del Registro se ha sumado las cada vez más presentaciones de solicitudes de importaciones paralelas dentro de lo llamado comercio paralelo en al U.E. para productos fitosanitarios, donde las pequeñas empresas encuentran salida a la comercialización de productos fitosanitarios autorizados en otros Estados miembros, pero con precios inferiores a los ofrecidos en España. Con la publicación del nuevo Reglamento (CE) Nº 1107/2009, de 21 de octubre, de comercialización de productos fitosanitarios, con entrada en vigor desde el 14 de junio de 2011, se ha establecido un procedimiento nuevo de autorización de productos fitosanitarios, con un reparto de trabajo zonal entre los Estados miembros de la U.E., dirigido a suprimir en la medida de lo posible los obstáculos existentes en el comercio de productos fitosanitarios debido en la actualidad a los diferentes niveles de protección de los Estados miembros y disminución en la carga administrativa de los Estamos miembros. En 2011 se ha mejorado la información pública sobre el Registro de Productos Fitosanitarios, contenida en la página web de este Ministerio, que ofrece a los usuarios la posibilidad de disponer, a través de Internet, de una amplia y actualizada base de datos sobre la inscripción de productos fitosanitarios, así como la lista de autorizaciones de Otros medios de defensa fitosanitaria y Organismos de control biológico, incluyendo los nuevos requisitos de autorización bajo el Reglamento (CE) Nº 1107/ Límites máximos de residuos de productos fitosanitarios Durante el 2011 se ha continuado el proceso de revisión comunitaria de los límites máximos de residuos (LMR) establecido en el artículo 12 del Reglamento (CE) Nº 396/2005, en el que se ha participado activamente, atendiendo prioritariamente a que en la adopción de estos LMR se tengan en cuenta las prácticas agrícolas correspondientes a las condiciones de las autorizaciones de los productos fitosanitarios en España para asegurar al máximo el mantenimiento de los usos actualmente autorizados. Asimismo se han atendido las solicitudes de establecimiento de nuevos LMR presentadas en España para cubrir las correspondientes solicitudes de autorización de nuevos productos fitosanitarios y las solicitudes de nuevas autorizaciones para las que anteriormente no existía LMR o este era insuficiente para cubrir cada nuevo uso. Las actuaciones que competen a esta unidad son la evaluación de los ensayos de campo y la determinación de la buena práctica agrícola y la propuesta del valor del LMR necesario para cada caso. La evaluación del riesgo por ingesta alimentaria, para los distintos grupos de población, que pueda el LMR propuesto se realiza por la AESAN y, en caso de ser aceptable, se remite como propuesta de LMR a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. En caso contrario se procede a revisarla por si es posible modificar la buena práctica agrícola y la propuesta de LMR y, en tel caso se somete a nueva evaluación por AESAN. En cuanto al cumplimiento de LMR en la producción agrícola interior, los informes reglamentarios de los resultados de 2010, realizados en 2011, evidencian que el 96,5% de frutas y hortalizas y el 99,37% de cereales cumplen la normativa vigente, niveles análogos a los de años anteriores, y es importante destacar que en el 58,51% 18

22 de las frutas y hortalizas, y en el 89,30% en el caso de cereales no se han detectado residuos de plaguicidas. 4. Sostenibilidad en la utilización de productos fitosanitarios La Estrategia Temática sobre el Uso Sostenible de Plaguicidas, adoptada por Resolución del Parlamento Europeo en octubre de 2007, además de la declaración de intenciones y objetivos, incluye la previsión de desarrollar los actos legislativos necesarios, tanto de nueva normativa ( una Directiva-marco sobre uso sostenible de plaguicidas y un Reglamento de estadísticas de plaguicidas), como de modificación de la anterior (Reglamento sobre comercialización de productos fitosanitarios y Directiva de máquinas). La nueva normativa comunitaria, publicada a finales de 2009, requiere de la adopción de normativa nacional, en unos casos, o la organización de acciones coordinadas en su caso con las Comunidades Autónomas o con otros Órganos de la AGE. En nuestro caso la más importante es la Directiva marco, la 2009/128/CE, que obliga a los EM a su trasposición antes del 14 de julio de 2011 y a adoptar Planes de acción nacionales para la reducción de los riesgos y efectos del uso de productos fitosanitarios sobre la salud y el medioambiente. Estos planes deben incluir, entre otras medidas, la capacitación de usuarios profesionales, distribuidores y asesores, la inspección periódica de los equipos de aplicación de plaguicidas, la restricción estricta de los tratamientos aéreos y de los tratamientos fitosanitarios en áreas de esparcimiento y otras áreas sensibles. La medida de impacto mas amplio para el sector agrario es la implantación de la gestión integrada de plagas y de las estrategias o técnicas fitosanitarias alternativas al uso de sustancias activas químicas, es decir, las convencionales. Durante 2011 se ha avanzado en la transposición de dichas directivas y en la elaboración del Plan nacional de acción, habiéndose publicado el Real Decreto 1702/2011, sobre inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, mediante el que se traspone parcialmente la referida Directiva 2009/128/CE. 19

23 SANIDAD ANIMAL 1. Organización y Gestión de los Servicios Veterinarios El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (en adelante MARM) es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política en materia de Sanidad Animal. Esta función, dentro del Ministerio, es realizada por la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos a través de la Subdirección General de Sanidad de la Producción Primaria. Las actividades que realizan son las siguientes: Elaboración la normativa básica en materia de sanidad animal que afecta a todo el territorio. Elaboración de los planes y programas sanitarios de carácter nacional para la prevención, control y erradicación de las principales enfermedades de los animales. Gestión y coordinación a nivel nacional de las alertas sanitarias veterinarias como consecuencia de la aparición de una enfermedad relevante. Particular como interlocutor con organismos internacionales en temas de sanidad animal, como son la UE, la OIE, la FAO, entre otros. Gestionar y dirigir los Laboratorios Nacionales de Referencia que sirven de apoyo a los planes y programas sanitarios. Por su parte las Comunidades Autónomas (en adelante CCAA), a través de los correspondiente Departamentos de Agricultura/Ganadería y sus correspondientes unidades de sanidad animal, son las responsables de los la aplicación y ejecución de los programas y controles en materia de enfermedades animales en sus territorios. En concreto realizan las siguientes actividades: Desarrollo normativo específico en materia de sanidad animal en su ámbito territorial. Ejecución de los planes y programas sanitarios previstos en las explotaciones ganaderas de su territorio. Gestión y dirección de los Laboratorios de apoyo de carácter regional que sirven de apoyo en los programas sanitarios. El MARM y las CCAA coordinan sus actuaciones y adoptan decisiones conjuntas relacionadas con la sanidad animal mediante un Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria. Este Comité es el órgano encargado de coordinar todas las actuaciones en materia de sanidad animal. Está presidido por el Director General de Recursos Agrícolas y Ganaderos y en él participan como vocales las CCAA a través de los Directores Generales responsables de la sanidad animal y representantes de los Laboratorios Nacionales de Referencia. En el caso de enfermedades zoonóticas participan también miembros del Ministerio de Sanidad y Política Social (antes Ministerio de Sanidad y Consumo). En este comité se deciden todos aquellos aspectos relativos a la política de sanidad animal que se aplica en todo el territorio, como son la aprobación de los planes y programas de erradicación y control de enfermedades animales, se realiza su 20

24 seguimiento epidemiológico. Además también se aprueban planes de emergencia, de vacunación, de diagnóstico urgente o de formación. La ejecución de los planes y programas de sanidad animal se realiza por veterinarios oficiales o contratados por la administración correspondiente, en este último caso bajo su directa supervisión. En el caso de una alerta o una emergencia sanitaria, se dispone de un servicio de intervención rápida (SIR) formado por veterinarios que pueden intervenir, en colaboración con los servicios veterinarios de las CCAA, en el control de la emergencia. Se trata de un grupo formado por veterinarios especializados en la lucha y control de las enfermedades, dependiente del MARM. Asimismo, se cuanta con el apoyo de una red de laboratorios encargados de la realización de las pruebas diagnósticas oficiales, los laboratorios regionales. Estos laboratorios reciben las muestras tomadas de las explotaciones y animales, realizando su análisis y comunicando los resultados a la autoridad competente. Para cada una de las enfermedades objeto de control o vigilancia oficial se cuenta con planes y programas documentados diseñados siguiendo las directrices comunitarias y teniendo en cuenta los datos epidemiológicos existentes de años anteriores. Las enfermedades que tienen carácter endémico, incluidas en los denominados Programas nacionales de control y erradicación, como la tuberculosis y la brucelosis, tienen como objetivo fundamental la reducción de las prevalencias y su erradicación. Para las enfermedades que, no existiendo en nuestro país, suponen una amenaza para la cabaña ganadera, se realizan Planes de Vigilancia cuyo objetivo es vigilar de forma permanente la posible entrada de una patógeno exótico detectando, en el tiempo más breve posible, su entrada y actuando en consecuencia para lograr su rápida erradicación aplicando los planes de contingencia o emergencia preestablecidos. Todas las actuaciones que se desarrollen, en estos casos, deben seguir el Plan Coordinado Estatal de Alerta Sanitaria Veterinaria, que incluye las directrices e instrucciones para la adecuada planificación y organización de las actuaciones ante la aparición de una enfermedad de declaración obligatoria. Complementariamente al Plan Coordinado y en función de la enfermedad en cuestión, se aplican los manuales prácticos de operaciones o Planes de Contingencia específicos. El Plan coordinado contiene información sobre la base legal, los recursos humanos, materiales y financieros, las autoridades competentes, la cadena de mandos, los laboratorios de apoyo y las medidas de formación e información, entre otras. Por su parte, los Planes de Contingencia o Manuales Prácticos de Operaciones son manuales específicos para cada enfermedad y tienen por objeto servir de Guía de trabajo a los servicios veterinarios oficiales en caso de sospecha o confirmación de una enfermedad. Los manuales abordan aspectos relacionados con la política de control específica para esa enfermedad, su epidemiología, las actuaciones a realizar en la explotación, las medidas a adoptar ante la sospecha y ante la confirmación, los métodos de sacrificio y eliminación de cadáveres, las medidas de limpieza y desinfección incluyendo medidas de lucha antivectorial, las medidas a aplicar en la 21

25 fauna silvestre, las medidas de seguridad e higiene del personal y los aspectos de toma y remisión de muestras al laboratorio e interpretación de resultados. Como apoyo a todo el sistema, existe una aplicación informática que contiene información sobre los programas sanitarios y sus resultados. Esta aplicación es, asimismo, una base de datos que recopila toda la información sanitaria disponible y permite acceder a los procedimientos de actuación, como los planes de vigilancia, los programas de lucha y control sanitarios o los planes de contingencia, para cada una de las enfermedades relevantes. En el caso de aparición de una enfermedad sujeta a declaración obligatoria y en aquellas enfermedades de gran importancia por su capacidad de difusión y gravedad, existe un sistema de intercambio de comunicación de focos, vía Internet, en el que las autoridades competentes comunican la sospecha o confirmación de la enfermedad en cuestión. Adicionalmente, este sistema permite conocer la situación epidemiológica y los focos declarados por otros países y la comunicación de información sanitaria actualizada a los organismos internacionales como son la OIE y la UE. Todo ello se integra en una Red de información sanitaria veterinaria, para el tratamiento de la información sobre las epizootias y zoonosis ( Este sistema incorpora el denominado Módulo de epidemiovigilancia, que permite efectuar una adecuada y rápida trazabilidad de los animales y de los productos de origen animal de riesgo ante la notificación de un foco o sospecha de enfermedad en cualquier lugar del mundo Descripción de los sistemas de control sanitario Las explotaciones y los animales, incluidos aquellos que entran en el territorio nacional por un puesto de inspección fronterizo son sometidos a controles sanitarios. Siguiendo los Planes y Programas preestablecidos el número de explotaciones y de animales a controlar varía. En el primer caso, se realizan controles sobre un número determinado de explotaciones y animales que permitan descartar o confirmar la presencia de la enfermedad con una confianza que se determina en función de la prevalencia de la misma o del riesgo de contagio. En el caso de los programas de control y erradicación, aquellos que son obligatorios se realizan sobre la totalidad del censo de explotaciones y animales. En los casos en que la aplicación del programa sea voluntaria, son los correspondientes programas aplicados en el ámbito de la zona, agrupación o región los que determinan el número de explotaciones y de animales a controlar. Para las enfermedades endémicas sometidas a programas de control y erradicación se realiza una calificación sanitaria oficial de las explotaciones, una vez se conozcan los resultados del control. Estas calificaciones oficiales determinan posteriormente el tipo de movimientos que pueden realizar los animales entre las explotaciones, a efectos de evitar la difusión de enfermedades y las medidas de bioseguridad que deben aplicar para evitar la entrada de enfermedades en el caso de estar erradicadas. Las autoridades competentes de las CCAA supervisan la ejecución de los programas o planes de vigilancia a través de los servicios oficiales de sanidad animal. En el caso de que el programa o plan sea ejecutado por veterinarios privados o contratados, 22

26 previamente al inicio de las actuaciones, deben obtener la autorización correspondiente y ser informados de los trabajos a realizar. Los resultados de los planes y programas son comunicados periódicamente por las CCAA a la Administración Central, la cual posteriormente remite, si procede, a la Comisión Europea. En el caso de enfermedades de gran relevancia por su alta capacidad de difusión, cuando surge una sospecha de la existencia de una enfermedad de la Lista A de la UE, la comunidad autónoma afectada la comunica al MARM, acompañando un informe con las medidas adoptadas. Desde el MARM se procede a comunicar la sospecha al resto de las CCAA y a los organismos internacionales. La confirmación y la extinción del foco se realizan de igual forma. 2. Organización de los programas sanitarios en rumiantes En estas especies se desarrollan varios programas nacionales de lucha, control y erradicación. Los denominados Programas Nacionales de Erradicación de enfermedades de los animales, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2611/1996, destinados a combatir la tuberculosis bovina, la brucelosis bovina, la brucelosis ovina y caprina, aún endémicas en España, y a mantener la condición de nuestra cabaña de oficialmente indemne de leucosis bovina y libre de perineumonía contagiosa bovina. Esta normativa establece las bases para la planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de los citados programas, que son aprobados y cofinanciados mediante Decisiones específicas. En el año 2011 se han publicado tres nuevos Reales Decretos con elevado impacto en la lucha frente a estas enfermedades: el que actualiza y unifica los baremos de indemnización frente a distintas enfermedades en rumiantes (RD 389/2011); el que regula las calificaciones y los movimientos de las reses de lidia (RD 186/2011); y el que actualiza el Real Decreto 2611/1996 en cuanto a movimiento y calificación de cebaderos, prórroga y condiciones de movimiento respecto a la vacuna RB51 y inclusión de los Programas Nacionales aprobados para cofinanciación (RD 727/2011). Así mismo se encuentra plenamente operativa la nueva base de datos BRUTUB para la grabación de encuestas epidemiológicas y obtención de informes sobre factores de riesgo, en cumplimiento de distintas recomendaciones efectuadas por las últimas misiones de inspección de la FVO y por los subgrupos de la Task Force. Se ha modificado la encuesta epidemiológica y se ha modificado el sistema para incluir rebaños control. Además de estas enfermedades, los rumiantes son sometidos a controles sanitarios a través de otros programas específicos. Son el programa integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles establecido en el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre y el programa de vigilancia y erradicación frente a la lengua azul, cuyas bases vienen establecidas en el Real Decreto 1228/2001, de 8 de noviembre Descripción de la situación epidemiológica hasta el año 2011 Tuberculosis bovina 23

27 El objetivo de este programa plurianual es un rápido aumento del porcentaje de rebaños calificados como oficialmente libres, cuya consecuencia de futuro será el reconocimiento de regiones como oficialmente libres antes de la erradicación final. En el año 2011 se ha continuado con la aplicación de las nuevas medidas introducidas en el año 2008 y destinadas a incrementar la sensibilidad del diagnóstico en zonas de alta prevalencia, como el uso de la prueba del interferón gamma en rebaños positivos confirmados, la vigilancia y el establecimiento, en algunas zonas, de medidas de control de la fauna silvestre y las inspecciones sobre los equipos de campo que realizan la prueba de tuberculina. Así mismo, se ha continuado la inclusión en el programa de los cebaderos no calificados ubicados en provincias y/o UVLs de prevalencia 0. Los resultados disponibles indican que se continúa con un descenso moderado en los indicadores epidemiológicos, siguiendo las tendencias temporales manifestadas en los últimos años y situándose a los niveles más bajos desde el inicio del programa en los años 80. La prevalencia de rebaño fue del 1,33% (1,51% en 2010) y la incidencia de animales en el 0,28% (0,36% en 2010) , ,14 11,17 10,78 10, ,18 8 7,46 % 6 5,91 5,68 5,21 5,35 4, ,20 3,67 4,01 3,08 3,69 3,68 2,14 3,44 2,81 2,49 2,11 2,242,14 1,72 1,63 1,8 0 1,76 1,52 1,6 3 1,59 1,6 5 1,51 1,28 1,38 1,26 1,3 3 0,89 0,75 0,66 0,58 0,52 0,47 0,40 0,31 0,42 0,49 0,48 0,41 0,36 0,28 Herd prevalence Animal incidence Year Brucelosis bovina Las bases del programa sanitario de esta enfermedad son las mismas que en años anteriores, dada la satisfactoria evolución que está teniendo el programa plurianual. Además de continuar con la marcada tendencia de descenso anual, como hecho más destacable en el año 2011, señalar que se ha continuado con la inclusión en el programa de los cebaderos no calificados ubicados en provincias y/o UVLs de prevalencia 0 y, asimismo se ha completado la vacunación masiva en la zona de especial incidencia de la provincia de Segovia, con muy buenos resultados. Todas las CCAA estuvieron clasificadas ya en este año como de baja prevalencia. 24

28 En septiembre de 2011 se celebró en Buenos Aires (Argentina) la Conferencia Internacional de Brucelosis, en la que el Ministerio participó con una ponencia oral y tres posters. La prevalencia de rebaño se situó en el 0,12% en 2011 (0,20% en 2010) y la incidencia de animales en el 0,02% (0,05% en 2010). 7 6,59 6, ,95 % 4 3 2,70 4,044,00 3,38 3,48 3,11 2,83 2,77 2,49 2,58 Herd prevalence Animal incidence 2 1 1,55 1,47 1,9 1 1,77 1,3 7 1,4 6 1,3 7 1,4 5 1,54 1,2 5 0,94 1,08 0,96 0,84 0,80 0,83 0,84 0,65 0,62 0,57 0,59 0,57 0,41 0,44 0,39 0,45 0,30 0,37 0,40 0,25 0,320,20 0,22 0,13 0,09 0,07 0,05 0,12 0, Year Leucosis enzoótica bovina y Perineumonía contagiosa bovina. La condición de España como país oficialmente indemne de Leucosis Enzoótica Bovina por la Comisión Europea (Decisión 1999/465/CE) se mantiene, y con un descenso en el número de rebaños positivos. En 2011 se continuó la aplicación del Programa Nacional de Vigilancia de la Leucosis Bovina Enzoótica , con una reducción en los rebaños muestreados pero suficiente para el mantenimiento del estatuto de España frente a ambas enfermedades. En el caso de ambas enfermedades no han aparecido animales seropositivos confirmados. Brucelosis ovina y caprina (no debida a Brucella ovis ). Las bases de programa frente a esta enfermedad en 2011 son similares a las del año anterior. Los resultados de 2011 muestran una tendencia de descenso muy significativa, al igual que para el año 2010, con descensos importantes en los indicadores epidemiológicos en las comunidades autónomas en peor situación. Así mismo las comunidades autónomas de Galicia y Asturias y varias provincias de Castilla y León y el País Vasco cumplen, en principio, las condiciones requeridas para ser declaradas como oficialmente libres en La prevalencia de rebaños a nivel nacional continúa 25

29 por segundo año consecutivo por debajo del 1%, situándose en el 0,54% (0,89% en 2010). La incidencia de animales fue del 0,04% (0,07% en 2010) , ,25 24,17 23,48 22,93 21,85 % 20 19,12 17,6 0 herd prevalence 15 14,0 2 13,3 0 11,9 7 animal incidence 10 7, , ,46 2,49 2,92 3,17 2,84 2,48 2,05 1,72 1,46 1,33 1,17 0,92 0, Year Encefalopatía espongiforme bovina (EEB) 5,58 5,12 4,43 3,20 2,79 2,11 1,6 4 0,89 0,54 0,62 0,45 0,34 0,25 0,15 0,11 0,07 0, Desde que esta enfermedad fue detectada en diciembre de 2000 se adoptaron una serie de medidas centradas en cuatro grandes líneas de actuación son: Programa de muestreo de las subpoblaciones de bovino susceptibles Programa de inspección de establecimientos de transformación de subproductos y animales muertos Prohibición en todas las producciones animales de la alimentación con proteína animal transformada Retirada en los mataderos de los Materiales especificados de Riesgo en todos los bovinos sacrificados para consumo humano. El programa de vigilancia frente a esta enfermedad ha permitido verificar que la evolución de la enfermedad ha seguido la típica gráfica de campana de Gauss, alcanzando su punto de inflexión en el 2003 (167 animales positivos). Desde ese año, los casos continúan descendiendo y en el año 2011, se han detectado 6 animales positivos a EEB clásica y 1 animal positivo a EEB atípica tipo H. Se han analizado animales, siendo la subpoblación con mayor peso en relación al número de análisis, la correspondiente a los animales sanos sacrificados para consumo humano ( animales analizados). La subpoblación con mayor peso en cuanto a casos positivos es la de animal sacrificado para consumo humano, habiéndose detectado en esta subpoblación 4 animales positivos, lo que representa el 57% sobre el total de animales positivos, sin embargo para interpretar los datos hay que tener en cuenta que esta subpoblación 26

30 representa el 81% del total de análisis realizados. El animal detectado positivo a EEB clásica de mayor edad nació en marzo de 1991 (con 20 años de edad) y, el de menos edad, en agosto del año 2000 (13 años y 8 meses de edad). La evolución de los focos de EEB, desde el año 2000 hasta el año 2011 se esquematiza en la siguiente tabla, en la que se puede observar la disminución significativa del número de focos anual. Nº FOCOS /AÑO Año 2001 Año 2002 Año 2003 Año 2004 Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Asimismo, durante el año 2011 y siguiendo las directrices y normativa comunitaria se ha flexibilizado la vigilancia activa en aquellas subpoblaciones y tramos de edad en las que se ha demostrado que el cese de análisis no entraña riesgo para la salud publica ni para la sanidad animal. Scrapie, tembladera ó prurito lumbar en ovino y caprino En las encefalopatías espongiformes transmisibles en pequeños rumiantes, se ha continuado con la vigilancia en las especies ovina y caprina, tanto con muestreos en los mataderos como en animales muertos en las explotaciones y en la búsqueda de animales sospechosos, como parte de la estrategia europea de erradicación de encefalopatías espongiformes transmisibles diferentes de la EEB. En el año 2011 se han realizado tests rápidos en ovino y en caprino, entre las distintas subpoblaciones susceptibles. El número de focos de scrapie declarados en España en 2011 fue de 34. En relación a la evolución de la prevalencia es prematuro poder hablar de una tendencia descendente, dado que las medidas que se están adoptando para su erradicación como son los programas de mejora genética y repoblaciones con genotipos resistentes darán resultados a medio y largo plazo. La evolución de los focos de Scrapie desde el año 2001 hasta el año 2011 se representa en la siguiente tabla. 27

31 Nº FOCOS SCRAPIE /AÑO Año 2000 Año Año Año Año Año Año Año Año Año 2009 Año 2010 Año 2011 La caracterización de los focos de los últimos 6 años (su diferenciación como variedad clásica ó atípica) de focos es la siguiente: AÑO OVINO CAPRINO TOTAL CLAS ATÍP CLAS ATÍP Lengua azul En el año 2011 se ha continuado con el Programa Nacional de erradicación y vigilancia frente a la lengua azul, cuyos objetivos son prevenir la difusión de la enfermedad, conocer la situación epidemiológica y, en última instancia, la erradicación de la enfermedad basándose en la aplicación de: Un programa de vigilancia serológica: control periódico de animales centinela en la zona restringida, que se puede complementar o sustituir en la zona libre, formada por los archipiélagos canario y balear, con el análisis de sueros tomados en el marco de las campañas de saneamiento ganadero. Vigilancia mediante la realización de inspecciones clínicas de explotaciones de ovinos seleccionadas al azar de entre aquéllas que estén cercanas a explotaciones bovinas. Programa entomológico: basado en la captura de mosquitos del género Culicoides. Permite tener una idea exacta de la distribución del vector en nuestro país, así como de la época de actividad del mismo. Programa de vacunación: el programa de vacunación aplicado durante el 2010 implicaba la obligatoriedad de vacunar frente a los serotipos 1 y 8 del virus a todos los ovinos y bovinos mayores de 3 meses incluidos en la zona de restricción 1-8. Así mismo, eran objeto de vacunación frente al serotipo 4 los ovinos y bovinos mayores de 3 meses localizados en la zona de restricción para el serotipo 4, definida según Orden ARM/3023/2010, de 24 de noviembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. Considerando la favorable evolución epidemiológica que la enfermedad ha tenido en los últimos años se tomó la decisión de pasar a un modelo voluntario de vacunación, para lo cual por 28

32 medio de la Orden ARM/3373/2010, de 27 de octubre, se establecía que la vacunación sería voluntaria para el serotipo 8 a partir del 1 de enero del 2011 salvo en las provincias de Cádiz y Málaga en las que continuaría siendo obligatoria hasta el 31 de junio del 2011, fecha ésta en la que, igualmente, la vacunación pasó a ser voluntaria para los otros dos serotipos (1 y 4). Con posterioridad se publicó la Orden ARM/1614/2011 que permitía, a las Comunidades Autónomas que así lo decidiesen, prolongar la vacunación obligatoria hasta el 31 de julio del Las medidas de control implantadas frente a los serotipos 1, 4 y 8 han permitido una reducción drástica del número de focos notificados amén del mantenimiento de periodos prolongados de silencio epidemiológico COMPARATIVA FOCOS DE LENGUA AZUL SEROTIPOS 1, 4 Y 8 EN LOS AÑOS 2008, 2009 Y S S S Durante el año 2011 fueron declarados tres focos entre enero y marzo (correspondiendo al periodo de actividad del vector ). Uno de ellos, correspondiente al serotipo 1 se declaró en la provincia de Zamora en fauna silvestre. Los otros dos, del serotipo 4, afectaron a bovinos en la provincia de Cádiz. Con posterioridad, se mantuvo un silencio epidemiológico desde marzo hasta octubre, mes durante el cual se declaró el primer foco del periodo de actividad del vector , correspondiente al serotipo 1, en la comarca de Plasencia (Cáceres). Desde octubre y hasta el 31 de diciembre, se detectaron nuevos focos en la comunidad autónoma (Extremadura) hasta un total de 6 (todos bovinos centinelas), así como en la Comunidad Autónoma de Castilla y León afectada por un único foco del serotipo 1 en el sur de la provincia de Salamanca (caprinos centinelas), muy próximo a los focos previamente detectados en Cáceres. El número total de focos notificados durante el año 2011 ascendió, por lo tanto a nueve del serotipo 1 y dos del serotipo 4. En lo que respecta al serotipo 8, el único foco del año 2010 se notificó en noviembre en la comarca de Campo de Gibraltar (Cádiz) en una explotación de ovinos tras la 29

33 notificación de una sospecha clínica. Desde entonces y hasta la fecha no ha vuelto a notificarse ningún foco de este serotipo. DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DE LOS FOCOS DE LENGUA AZUL DECLARADOS DURANTE EL AÑO 2011 DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE FOCOS DE LENGUA AZUL POR SEROTIPO Y POR CCAA DURANTE 2011 BTV-1 BTV-4 BTV-8 ANDALUCIA CASTILLA Y LEÓN EXTREMADURA TOTAL De esta forma, se finalizó el año 2011 con la siguiente zonificación: Zona libre: las Islas Canarias y Baleares Zona restringida frente a los serotipos 1-8: todo el territorio peninsular español y Ceuta y Melilla Zona restringida frente a los serotipos 1-4-8: la totalidad de las comarcas ganaderas de las provincias de Cádiz, Huelva y Málaga y las comarcas ganaderas de Utrera (Bajo Guadalquivir), Osuna (Campiña Sierra Sur), Lebrija (Las Marismas), Sanlúcar la Mayor (Poniente de Sevilla) y Marchena (Serranía Sudoeste) de la provincia de Sevilla. 30

34 ZONIFICACIÓN POR RESTRICCIÓN DE LENGUA AZUL DESDE OCTUBRE 2010 Al igual que en años anteriores y con el fin de coordinar las medidas puestas en marcha para combatir la lengua azul, se han mantenido numerosas reuniones entre el MARM y las CCAA, los sectores implicados, grupo de expertos en esta enfermedad, Comisión Europea y países fronterizos (Francia, Portugal y Marruecos). En este sentido cabe destacar el importante riesgo que supone que los servicios veterinarios de Marruecos detectaran circulación de los serotipos 1 y 4, mientras que en Argelia y Túnez existe confirmación de circulación del serotipo 1. Otro país a tener en cuenta, debido a su proximidad geográfica con España, es Portugal. Durante el año 1011 sólo fue declarado un foco del serotipo 1 que, si bien fue detectado en un matadero ubicado en el norte del país, el animal afectado procedía de una explotación situada en la zona central, próxima por lo tanto a los focos notificados en Portugal en 2010 y a los focos detectados en España en Se han distribuido en el año 2011 un total de dosis de vacunas frente a los serotipos 1, 8 y 4 del virus de la lengua azul para su aplicación en las especies ovina y bovina, para lo cual el MARM ha destinado un presupuesto aproximado de 4 millones de euros. Señalar que en 2011 se han utilizado mayoritariamente vacunas inactivadas monovalentes frente al serotipo 1. Las vacunas frente al serotipo 4, únicamente se han empleado en la zona de restricción autorizada en Andalucía. Asimismo, se ha seguido utilizando, en ovino, una vacuna que induce la inmunidad de animales primovacunados con una única dosis. En cuanto a la vigilancia entomológica, la amplia cobertura alcanzada junto a la captura semanal en todas las estaciones establecidas, ha permitido tener un conocimiento preciso del inicio y fin de la actividad de Culicoides imicola en cada Comunidad Autónoma donde está presente, así como de su abundancia a lo largo del 31

35 tiempo. Igualmente ha facilitado información sobre la posible expansión geográfica de esta especie. También se dispone de una amplia información de las otras especies del género Culicoides que puedan tener importancia en la epidemiología de la lengua azul, como el complejo de Culicoides obsoletus, Culicoides pulicaris, etc., disponiéndose de modelos predictivos de presencia /ausencia de estos vectores en España en diferentes condiciones climáticas. 3. Actuaciones sanitarias en la especie porcina Plan de seguimiento y vigilancia sanitaria: peste porcina africana, peste porcina clásica y enfermedad vesicular porcina. En base a la experiencia adquirida en la lucha frente a las enfermedades de declaración obligatoria en porcino en los últimos años, junto a la situación epidemiológica de nuestro país y de nuestros principales socios comerciales, se consideró necesario la modificación del Real Decreto 1186/2006, de 13 de octubre, por el que se establecían las bases del plan de vigilancia sanitaria serológica del ganado porcino, con objeto de adecuarlo al riesgo que estas enfermedades, de gran impacto económico para el sector, vuelvan a aparecer en nuestro país. Desde finales de abril de 2011, el Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, establece los requisitos del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino. Con este real decreto se fijan las bases técnicas en las que se apoya la vigilancia de la Peste Porcina Africana (PPA), la Peste Porcina Clásica (PPC) y la Enfermedad Vesicular Porcina (EVP) en nuestro país y que a su vez están desarrolladas por un Programa Nacional de Vigilancia. El plan de vigilancia contempla una vigilancia pasiva basada en la notificación por parte del sector ganadero y veterinario de cualquier sospecha compatible con alguna de las tres enfermedades sujetas a vigilancia; y una vigilancia activa basada en un muestreo aleatorio anual estratificado y proporcional por CCAA, siendo la población objeto de la vigilancia todas las explotaciones porcinas cuyo censo sea superior a 10 madres reproductoras o 20 animales de cebo. En las siguientes tablas se presenta un resumen de los controles realizados desde el año 2003 al RESUMEN DE LOS CONTROLES EFECTUADOS DURANTE EL PERÍODO , DENTRO DEL PROGRAMA DE VIGILANCIA SANITARIA SEROLLÓGICA DEL GANADO PORCINO () PPA PPC EVP AÑO Explotaciones controladas Nº muestras Explotaciones controladas Nº muestras Explotaciones controladas Fuente: Datos aportados por las CCAA Nº muestras 32

36 En el año 2011, los resultados del programa de vigilancia porcina son fruto de las exigencias del Real Decreto 1186/2006, de 13 de octubre y, desde de mayo de 2011 del Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por lo que se puede apreciar una disminución en el total de explotaciones y muestras investigadas a nivel nacional Enfermedad de Aujeszky Como puede observarse en la siguiente tabla, en los últimos años, se ha producido una evolución muy favorable de la prevalencia de la enfermedad, de tal manera que para la mayor parte de los territorios la prevalencia es de 0 o muy cercana a este valor. Así, al cierre del año 2011, de un total de 496 comarcas ganaderas, con reproductores porcinos, sólo en 6 de ellas se han declarado explotaciones positivas y, en todos los casos, la prevalencia ha sido inferior al 3%, y muy relacionado con explotaciones reducidas y en su mayor parte en régimen extensivo. NÚMERO DE COMARCAS EN FUNCIÓN DE LA PREVALENCIA DE LA ENFERMEDAD DE AUJEXZKY Nivel Prevalencia % ,01% 10% > 10% En la página Web RASVE del MARM, se ha publicado el mapa nacional de prevalencias comarcales a cierre del año 2011, elaborado a partir de los datos remitidos por las CCAA a la SGSPP y que fueron calculados de manera uniforme. Dicho mapa se muestra a continuación. 33

37 Asimismo, desde agosto de 2010, mediante Decisión comunitaria se ha incluido en anexo II de la Decisión 2008/185/CE, a la totalidad del territorio español. De esta forma todo el país pasa a ser considerado territorio con programa aprobado, reconociéndose de esta forma su estatus sanitario a nivel europeo y suponiendo un paso más hacia el objetivo final de declararnos libres de la enfermedad. Por otro lado, durante el año 2011 la SGSPP ha proseguido su importante labor formativa en relación al Programa Nacional de Aujeszky. Se han impartido charlas y cursos de formación, en CCAA y asimismo se ha colaborado con cursos dirigidos a veterinarios de países terceros. 4. Actuaciones sanitarias en aves 4.1. Influenza aviar Nuestro país viene desarrollando un programa preventivo frente a esta enfermedad desde el año Desde entonces, y hasta la actualidad, se ha trabajado sin interrupción en el seno de la Unión Europea, de forma que las medidas contenidas en este Programa, forma de ejecución, financiación, etc., respondieran a las necesidades de cada momento, dependiendo de la situación epidemiológica de riesgo. Durante el año 2009 España notificó un foco de influenza aviar de baja patogenicidad (H5N3), detectado en junio 2009 en Navarra en una explotación de patos de engorde, así como un foco de alta patogenicidad en Guadalajara (H7N7) en el mes de octubre 2009 en una explotación de gallinas de puesta. Desde este último foco no se ha vuelto a notificar esta enfermedad en España que se declaró libre de la enfermedad el 29 de enero de Estos episodios han demostrado una vez más el excelente funcionamiento del sistema de detección precoz establecido en nuestro país, lo que facilitó la inmediata adopción de las medidas oportunas de aislamiento de ambos focos que evitasen su diseminación, salvaguardando de este modo la sanidad de la cabaña avícola nacional. En cuanto a la situación epidemiológica de los países de nuestro entorno, el año 2011 ha sido relativamente tranquilo en lo que a la difusión de la epidemia se refiere, de forma muy especial en los países de la Unión Europea y su entorno. Tan sólo ha habido focos de baja patogenicidad en Alemania, Italia y Holanda durante el primer semestre de En el resto del mundo, los brotes siguen concentrándose en el sudeste asiático, demostrando que la propagación del subtipo H5N1 iniciada en 2004 sigue activa. Se han confirmado focos de H5N1 en 2011 en Bangladesh y Vietnam y, por otro lado, durante el segundo semestre de 2011 ha habido focos de H5N1 en Sudáfrica y Egipto. En España, las medidas de bioseguridad se establecen de acuerdo con el riesgo previsto. Por ello, se definen unas zonas de riesgo, basándose en la abundancia de aves silvestres o de pasos migratorios, densidad de explotaciones de aves domésticas, dificultades para lograr el correcto aislamiento entre ambas, etc., donde las medidas preventivas se realizan con mayor rigor, y zonas de especial vigilancia, sometidas a medidas muy similares aunque de menor intensidad (especialmente en lo 34

38 referente al confinamiento de las aves). La relación de zonas de este tipo no se ha modificado durante este año, y se refleja en el mapa siguiente. MAPA DE ZONAS DE RIESGO Y DE ESPECIAL VIGILANCIA El Programa Nacional de Vigilancia de Influenza Aviar consta de dos líneas: vigilancia en aves domésticas y en aves silvestres. Cada una, a su vez, consta de actuaciones de vigilancia pasiva y de vigilancia activa, que posibilita disponer de mecanismos eficaces de detección precoz. En la siguiente tabla se detalla el número de muestras analizadas durante los últimos años en animales domésticos y silvestres Explotaciones domésticas Ejmplares silvestres En el caso de las aves domésticas, durante el año 2011 se han muestreado un total de explotaciones. Este muestreo se ha orientado, para dotarlo de mayor eficacia, a aquellas especies, tipos de producción o zonas geográficas en que se considera que el riesgo es mayor o la capacidad de control menor: por susceptibilidad de las especies albergadas: anseriformes, pavos, aves de vida media larga, presencia de varias especies, etc. por dificultades de manejo: aves cinegéticas, ratites, explotaciones al aire libre, etc. 35

39 por características de las instalaciones y/o el funcionamiento: explotaciones no profesionales, dificultad de aislamiento total de aves silvestres, ubicación en proximidades a grandes concentraciones de aves silvestres, etc. En el caso de aves silvestres, la vigilancia durante 2011 según las nuevas directrices de la Comisión se ha centrado en la vigilancia pasiva fundamentalmente. Se han muestreado un total de ejemplares, cifra muy inferior a las de los años anteriores Evolución del muestreo (IA) Nº explotaciones (aves domésticas) /Nº aves silvestres Expl. dom. Ejmp.silvest Años La siguiente tabla relaciona los aislamientos obtenidos. Nº positivos Patogenicidad del virus LPAI (baja patogenicidad) LPAI (baja patogenicidad) No identificable LPAI (baja patogenicidad) No identificable Subtipo detectado H7 H7N1 H4N1 H5 H10N Salmonelosis Durante el año 2011 se han completado muchas de las actuaciones y medidas contempladas dentro de los Programas de Vigilancia y Control de Salmonella, con la total aplicación en los principales sectores avícolas de los reglamentos comunitarios; aunque en España ya se había iniciado su aplicación a través de los Planes de medidas adicionales con el objetivo de instaurar las medidas higiénico-sanitarias y de control que han permitido mejorar la situación sanitaria y disminuir la prevalencia de Salmonella con importancia para la Salud Pública en la mayoría de las explotaciones. 36

40 Con el objeto de facilitar el procesamiento y tratamiento de los datos recogidos en los controles oficiales (muestreos, resultados, encuestas de bioseguridad), desde el año 2005 el MARM tiene puesta en marcha una aplicación informática al efecto. Además, en 2010 también se ha desarrollado una aplicación similar para la grabación y el procesamiento de los resultados de los autocontroles realizados por los avicultores. Los Programas Nacionales de Control de Salmonella en explotaciones avícolas, así como reglamentos y demás información ligada a los programas, puede consultarse en la página web del MARM: Asistencia técnica para el control de determinadas patologías aviares 2010 Asimismo, se ha continuado con este proyecto iniciado en 2006, coordinado por el MARM y las CCAA que lo han solicitado, para la ejecución y seguimiento de determinadas actuaciones en explotaciones en las que se confirmen determinadas patologías aviares. Entre las actividades llevadas a cabo dentro de este programa figuran el sacrificio de manadas positivas a determinados serotipos de Salmonella contemplados en los programas de control y la posterior destrucción de los cadáveres de forma higiénica y segura. A continuación se muestran las gráficas correspondientes al número de manadas y aves sacrificadas durante el año 2011, en el marco de las actuaciones de la Asistencia técnica en granja.. PORCENTAJE DE MANADAS DE PONEDORAS Y REPRODUCTORAS SACRIFICADAS DENTRO DEL MARCO DE ACTUACIONES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA EN GRANJA EN PROGRAMA PARA EL CONTROL DE PATOLOGÍAS EN EL SECTOR AVÍCOLA EN EL AÑO 201Q N=1 5% N=19 95% PONEDORAS REPRODUCTORAS 37

41 PORCENTAJE DE AVES PONEDORAS Y REPRODUCTORAS SACRIFICADAS DENTRO DEL MARCO DE LAS ACTUACIONE SDE LA ASISTENCIA TÉCNICA EN GRANJA EN PROGRAMA PARA EL CONTROL DE PATOLOGÍAS EN EL SECTOR AVÍCOLA EN EL AÑO 2011 N=5364 1% N= % PONEDORAS REPRODUCTORAS 4.4. Situación de los Programas de Vigilancia y control por sectores (datos de control oficial) Gallinas reproductoras (línea pesada de producción de carne y ligera de producción de huevos) El objetivo de reducción de manadas positivas a los cinco serotipos de Salmonella contemplado en este programa (SE, ST, incluyendo su variante monofásica, SH, SV, SH) es al 1 % o menos, en base al Reglamento (CE) 200/2010. A continuación se muestra una tabla con los datos de la evolución de la prevalencia de Salmonella para las manadas de reproductoras de línea ligera y pesada obtenida en los controles oficiales. EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN GALLINAS REPRODUCTORAS OBTENIDA POR CONTROL OFICIAL PREVALENCIA PREVALENCIA AVES PREVALENCIA Salmonella Salmonella REPRODUCTORAS Salmonella spp. (S.E.+S.T) (S.E.+S.T.+S.I.+S.H.+S.V.) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL 2007 LIGERAS 1,01% PESADAS 3,97% LIGERAS 0% PESADAS 2,91% LIGERAS 0% PESADAS 3,05% PROGRAMA DE LIGERAS 1,06% LIGERAS 1,06% LIGERAS 1,06% 38

42 VIGILANCIA Y CONTROL 2008 PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL 2009 PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL 2010 PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL 2011 PESADAS 3,70% PESADAS 2,22% PESADAS 2,55% LIGERAS 1,94% PESADAS 3,84% LIGERAS 0 % PESADAS 2,34% LIGERAS 0 % PESADAS 2,14% LIGERAS 0% PESADAS 1,33% LIGERAS 0% PESADAS 0,39% LIGERAS 0% PESADAS 0.07% LIGERAS 0% PESADAS 2,25% LIGERAS 0% PESADAS 0,70 % LIGERAS 0% PESADAS 0,53 % Teniendo en cuenta tan sólo los controles oficiales, como se puede observar en la Tabla anterior, se habría alcanzado el objetivo de reducción de la prevalencia en esta población avícola. En cuanto a los principales serotipos aislados, S. Hadar está a la cabeza identificándose en el 13 % de los aislamientos. A continuación, se muestra la gráfica correspondiente a los principales serotipos identificados en manadas de gallinas reproductoras en el año 2011.en control oficial. PORCENTAJE CORRESPONDIENTE A LOS PRINCIPALES SEROTIPOS IDENTIFICADOS EN MANADAS DE GALLINAS REPRODUCTORAS EN EL AÑO 2011 POR CONTROL OFICIAL 72% 6% 3% 13% 6% Enteritidis Typhimurium Hadar Infantis Otros EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN GALLINAS REPRODUCTORAS (DATOS CONJUNTOS DE CONTRO OFICIAL (CO) Y AUTOCONTROL (ATC) AÑO (ATC Y CO) PREVALENCIA (%) 2008 (CO) ,5 3,3 0,72 0,32 39

43 Como se observa en la tabla, la prevalencia de salmonela para los cinco serotipos objeto de control (SE, ST, incluida la variante monofásica, SH, SV y SI) para el año 2011 es 0.32%, por tanto hemos conseguido cumplir el objetivo comunitario de reducción, fijado en 1% o menos de manadas positivas a los cinco serotipos objeto de control. PREVALENCIA CONJUNTA (ATC Y CO) REPRO 3,5 3 3,3 % prevalencia 2,5 2 1,5 2,5 1 0,5 0 0, (CO) ,32 Gallinas ponedoras La aplicación de los Planes de medidas de control de Salmonella para este sector se inició en 2005, aunque a nivel comunitario no eran obligatorios hasta el 1 de enero de Las explotaciones objeto del programa de control son aquellas con un censo superior a 1000 aves para control oficial y todas las comerciales para autocontroles y los serotipos para los que se aplica el porcentaje de reducción anual (Reglamento (CE) 1168/2006) son S. Enteritidis y S. Typhimurium, incluyendo su variante monofásica. En la tabla siguiente se muestran los datos de la evolución de la prevalencia de Salmonella para las manadas de gallinas ponedoras obtenida por control oficial EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN GALLINAS PONEDORAS OBTENIDA POR CONTROL OFICIAL GALLINAS PONEDORAS PREVALENCIA PREVALENCIA Salmonella Salmonella spp. (S.E.+ S.T.) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,95% 15,52% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,90% 12,46% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,53% 9,48% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL % 8.48% 40

44 Según el objetivo de reducción de prevalencia marcado en el Reglamento (CE) n º 517/2011, si el año anterior en control oficial la prevalencia fue del 9.48%, el porcentaje de reducción a aplicar para el año 2011 es del 10%. Por lo tanto, la prevalencia máxima que deberíamos alcanzar es de 8.53% y como podemos observar en la Tabla anterior por control oficial se alcanza dicho objetivo. Por lo que respecta a los principales serotipos identificados en manadas de gallinas ponedoras durante el año 2011, al igual que para los años 2009 y 2010, S. Enteritidis sigue siendo el más frecuente seguido por S. Infantis. PORCENTAJE CORRESPONDIENTE A LOS PRINCIPALES SEROTIPOS IDENTIFICADOS EN MANADAS DE GALLINAS PONEDORAS EN EL AÑO 2011 POR CONTROL OFICIAL 48% 11% 34% 4% 0% 3% Enteritidis Typhimurium Hadar Virchow Infantis Otros EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN GALLINAS PONEDORAS (DATOS CONJUNTOS DE CONTRO OFICIAL (CO) Y AUTOCONTROL (ATC) AÑO (ATC Y CO) 2008 (CO) PREVALENCIA (%) 15, ,21 5,92 2,8 Como se observa en la tabla, la prevalencia de salmonela para los dos serotipos objeto de control (SE, ST, incluida la variante monofásica) para el año 2011 es 2.8%, por tanto hemos conseguido cumplir el objetivo comunitario de reducción, fijado en 5.3% para España, ya que este objetivo se calcula mediante una reducción porcentual de la prevalencia del año anterior. En 2010 en España la prevalencia fue de 5.92% y por tanto había que reducir un 10% esa prevalencia. 41

45 % PREVALENCIA ,6 7,21 5,92 2, (CO) Pollos de engorde La aplicación de los Planes de medidas de control iniciados en 2007, tienen su continuidad en el Programa Comunitario de vigilancia y control de Salmonella en pollos de engorde que se puso en marcha el 1 de enero de 2009 en toda la UE. El objetivo de reducción de la prevalencia de determinados serotipos de Salmonella (S. Typhimurium y S. Enteritidis) fue fijado al 1% o menos para el 31 de diciembre de Además, a partir de diciembre de 2011 la carne fresca de ave de corral deberá cumplir con el criterio microbiológico de ausencia de Salmonella en 25 gramos. EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN POLLOS DE ENGORDE (BROILERS) OBTENIDA POR CONTROL OFICIAL BROILERS PREVALENCIA PREVALENCIA Salmonella Salmonella spp. (S.E.+ S.T.) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,13% 7,79% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,50% 3,53% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL % 1.4% En este caso por control oficial solo se muestrea un 10% de las explotaciones de pollos de engorde por tanto, este dato de prevalencia debe interpretarse con cautela. En cualquier caso, se puede observar una reducción importante de la prevalencia en el año 2011 en comparación al año 2010 para los serotipos objeto de control. En cuanto a los serotipos, S Virchow.es el más frecuentemente aislado seguido de S. Enteritidis en manadas de pollos de engorde (broilers) en el año 2011 en control oficial. 42

46 PORCENTAJE CORRESPONDIENTE A LOS PRINCIPALES SEROTIPOS IDENTIFICADOS EN MANADAS DE POLLOS DE ENGORDE EN EL AÑO 2011 POR CONTROL OFICIAL 16% 55% 5% 21% Enteritidis Hadar Virchow Infantis Otros 3% EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN BROILERS (DATOS CONJUNTOS DE CONTRO OFICIAL (CO) Y AUTOCONTROL (ATC) AÑO (ATC Y CO) PREVALENCIA (%) 1,6 0,4 0,14 PREVALENCIA CONJUNTA BROILERS 2011 % PREVALENCIA 1,7 1,6 1,5 1,4 1,3 1,2 1,1 1 0,9 0,8 0,7 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1 0 1,6 0,4 0,

47 Como se observa en la tabla anterior, la prevalencia de salmonela para los dos serotipos objeto de control (SE, ST, incluida la variante monofásica) para el año 2011 es 0.14%, por tanto hemos conseguido cumplir el objetivo comunitario de reducción, fijado en 1% o menos de manadas positivas a los dos serotipos objeto de control. Pavos de engorde El PNCS en esta población avícola se ha puesto en marcha el 1 de enero de El objetivo de reducción de la prevalencia de Salmonella se fija en 1% o menos de manadas positivas a los serotipos Enteritidis y Typhimurium para el 31/12/2012 (Reglamento (CE) 584/2008). Al igual que para los pollos de engorde (broilers), a partir de diciembre de 2011 la carne fresca de estas aves deberá cumplir con el criterio microbiológico de ausencia de Salmonella en 25 gramos. EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN PAVOS DE ENGORDE OBTENIDA POR CONTROL OFICIAL PAVOS DE CARNE PREVALENCIA PREVALENCIA Salmonella Salmonella spp. (S.E.+ S.T.) ESTUDIO DE PREVALENCIA UE 2006/ ,30% 3,84% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,81% 6,81% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL % 11.01% En cuanto a la distribución de serotipos, en esta población avícola a diferencia de las correspondientes a la especie Gallus gallus, el serotipo más frecuentemente identificado no es S. Enteritidis sino S. Typhimurium seguido de S. Hadar. PORCENTAJE CORRESPONDIENTE A LOS PRINCIPALES SEROTIPOS IDENTIFICADOS EN MANADAS DE PAVOS DE ENGORDE EN EL AÑO 2011 POR CONTROL OFICIAL 60% 0% 29% 11% Typhimurium Hadar Otros 44

48 EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN PAVOS DE ENGORDE (DATOS CONJUNTOS DE CONTROL OFICIAL (CO) Y AUTOCONTROL (ATC) AÑO (ATC Y CO) PREVALENCIA (%) ,67 1,12 Como se observa en la tabla, la prevalencia de salmonela para los dos serotipos objeto de control (SE, ST, incluida la variante monofásica) para el año 2011 es 1.12%, por tanto no hemos conseguido cumplir el objetivo comunitario de reducción, fijado en 1% o menos de manadas positivas a los dos serotipos objeto de control. % PREVALENCIA 1,8 1,6 1,4 1,2 1 0,8 0,6 0,4 0,2 0 1,67 1, AÑO Pavos reproductores Al igual que para los pavos de engorde el PNCS para pavos reproductores comienza a aplicarse el 1 de enero de Tanto el objetivo de reducción de la prevalencia de Salmonella como los serotipos objeto de control son los mismos que se aplican en pavos de engorde (Reglamento (CE) 584/2008). En nuestro país todas las explotaciones de pavos reproductores se encuentran localizadas en dos Comunidades Autónomas. EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN PAVOS REPRODUCTORES OBTENIDA POR CONTROL OFICIAL PAVOS REPRODUCTORES PREVALENCIA PREVALENCIA Salmonella Salmonella spp. (S.E.+ S.T.) ESTUDIO DE PREVALENCIA UE 2006/2007 5,3% 0% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL ,94% 5,88% PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL % 0% 45

49 EVOLUCIÓN DE LA PREVALENCIA DE SALMONELLA POR MANADA EN PAVOS REPRODUCTORES (DATOS CONJUNTOS DE CONTRO OFICIAL (CO) Y AUTOCONTROL (ATC) AÑO (ATC Y CO) PREVALENCIA (%) , Como se observa en la tabla, la prevalencia de salmonela para los dos serotipos objeto de control (SE, ST, incluida la variante monofásica) para el año 2011 es 0%, por tanto hemos conseguido cumplir el objetivo comunitario de reducción, fijado en 1% o menos de manadas positivas a los dos serotipos objeto de control. PREVALENCIA CONJUNTA (CO y ATC) PAVOS REPRO 7 6 5,88 % PREVALENCIA Ganado porcino Durante el año 2011, no se han producido avances a nivel europeo, sobre el estudio de coste-beneficio que se estaba llevando a cabo para valorar la posible puesta en marcha de un programa de control comunitario, así como para intentar identificar las medidas que resultaban más eficientes para conseguir el control de Salmonella en el ganado porcino En la última reunión la Comisión europea se concluyó que todas las posibilidades estaban abiertas y que habría que evaluar nuevos factores para llegar a una conclusión definitiva. Se sigue en espera de que la Comisión europea retome el tema y plantee las opciones a tomar de cara al futuro. Por su parte, a nivel nacional, el MARM continúa estimulando al sector para que tome sus propias medidas y plantee sus propios programas de prevención y control de cara a mejorar su competitividad en el panorama comercial internacional. En este sentido el 46

50 MARM ha colaborado con AESAN y con la Interprofesional del cerdo de capa blanca (INTERPORC) para la elaboración de una guía de prácticas correctas de higiene para la prevención y el control de Salmonella en los mataderos de porcino, para que contribuya a la concienciación de los operadores de mataderos en relación a la importancia que tiene el control de esta bacteria de cara a la salud pública. Además se han llevado a cabo otras actuaciones entre las que cabe señalar la participación en jornadas, charlas y conferencias encaminadas a la formación y a la concienciación en relación a la Salmonella porcina, iniciando junto a la interprofesional del cerdo de capa blanca (INTERPORC) la elaboración de una Guía de Buenas Practicas de Higiene para la prevención y control de Salmonella en explotaciones porcinas. Por otro lado el MARM y en su nombre la SG Sanidad de la Producción Primaria están continuamente siguiendo los acontecimientos relacionados con esta materia, mediante la asistencia a grupos de trabajo de la Comisión Europea. 5. Situación sanitaria de la fiebre del Nilo Occidental (West Nile) La encefalitis del Oeste del Nilo o fiebre occidental del Nilo es una enfermedad vírica (West Nile Virus WNV) transmitida por mosquitos, afecta principalmente a aves aunque también puede causar enfermedad tanto a caballos como a personas. Las aves son el principal reservorio epidemiológico, y a ellas se les atribuye el papel de la diseminación del virus de unos países a otros, siendo los humedales los hábitats óptimos para su propagación por la alta densidad de aves y las favorables condiciones ecológicas para la supervivencia del mosquito. España tiene una situación estratégica de paso de las aves migratorias entre Europa y África, lugar este último donde el virus es endémico, y dada la importancia de nuestros humedales como áreas de nidificación de muchas de estas aves, nuestro país tiene un riesgo alto de aparición de brotes. En el año 1999 el virus apareció por primera vez en Estados Unidos causando la peor epidemia de enfermedad por WNV de los últimos años. En Europa, desde que reaparece en 1996 en Rumanía después de 20 años de silencio epidemiológico, se han estado produciendo focos (Chequia 1997, Rusia 1999, el sur de Francia 2000 y 2004), los más recientes en Austria, el norte de Italia, Rusia y Grecia (2009 y 2010) que actualmente se considera endémica. Durante el mes de agosto de 2010 la OIE comunicó la existencia de varios focos de WN en équidos en Marruecos, y debido probablemente a la relación de este virus con aves migratorias procedentes del norte de África se detectó pocas semanas más tarde esta enfermedad en équidos en Andalucía, notificándose el primer foco a la OIE y a la Comisión Europea el 10 de septiembre de Durante ese año se notificaron 36 focos distribuidos entre las provincias de Cádiz (30), Málaga (5) y Sevilla (1). Durante el año 2011 sólo se han notificado 5 focos en équidos (se analizaron 64 equinos por sospecha clínica) todos ellos situados en Andalucía en los municipios de Barbate (2), Conil (2) y Vejer de la Frontera (1) entre los meses de septiembre y octubre. 47

51 Para controlar y prevenir la enfermedad, se ha realizado la vacunación voluntaria por parte de los propietarios de los animales con una vacuna inactivada frente a la enfermedad autorizada en la UE. Además se han realizado labores de control del vector, se ha incrementado la vigilancia en explotaciones de équidos y en fauna de aves silvestres y se ha mantenido una constante comunicación con las autoridades de salud pública. Estudios de epidemiología molecular desarrollados por el Laboratorio Nacional de Referencia de WN en España (LCV de Algete) demostraron que el virus causante de estos foco se encontraba clasificado dentro del linaje 1 del virus de WN, al igual que los aislados que circulan por el norte de África, Francia e Italia, y diferente a los aislados detectados en el este de Europa (Grecia, Rumanía y Rusia), que se encuentran clasificados dentro del linaje 2. IMAGEN 1. ÁRBOL FILOGENÉTICO VNO 48

52 En España existe un Plan de Vigilancia de West Nile en aves silvestres, caballos y mosquitos aprobado por el Comité RASVE en el año Dicho Plan se encuentra publicado en la hoja web http//rasve.magrama.es. Las principales características de este plan son la vigilancia epidemiológica en los mosquitos y las aves y, en función de los resultados, en los caballos. Las muestras son tomadas en las zonas consideradas de riesgo, como son algunos de los principales humedales españoles, bien en animales encontrados muertos o enfermos (vigilancia pasiva), bien en animales sanos (vigilancia activa). Las muestras se toman en los momentos de mayor actividad de los mosquitos. En cuanto a los programas de vigilancia por CCAA, a lo largo del año 2011, se han obtenido los siguientes resultados: Andalucía Además de los 5 focos declarados en équidos, se investigaron 127 aves, con sólo un resultado positivo por serología. Se ha establecido explotaciones de équidos centinela y se han analizado 529 muestras, todas negativas por IgM. En lo relativo a aves silvestres, se analizaron por sospecha 57 muestras, todas negativas y por vigilancia activa se tomaron 284 muestras, sin ningún resultado positivo. Galicia Se han muestreado 196 aves silvestres de 52 especies distintas y 17 aves centinelas, sin haber obtenido ningún resultado positivo. Debido a la presencia de síntomas neurológicos compatibles con WN, se analizaron muestras de un équido que resultaron negativas. Por otro lado, se establecieron 4 zonas de muestreo entomológico en zonas próximas a humedales y explotaciones equinas sin resultados positivos. Castilla y León. Se han muestreado aves silvestres de distintas especies, con 5 resultados serológicos positivos, sin que se aislara el virus en las muestras analizadas. Por otro lado se han muestreado un total de 159 équidos localizados en 74 explotaciones con sólo un resultado positivo por serología, sin que se relacionara con presencia de circulación del virus en la zona. Cataluña En cuanto a la vigilancia pasiva, se han analizado 51 aves silvestres que han sido negativas. Por otro lado, se han muestreado 230 aves silvestres por vigilancia activa (9 de ellas han sido positivas por SN sin que se haya aislado el virus) 49

53 Además se han tomado muestras de 234 gallinas para autoconsumo (todas negativas) En lo referente a la vigilancia activa de équidos, se han tomado muestras de 208 équidos (todo negativo) y en cuanto a la vigilancia pasiva, se tomaron muestras de 7 équidos que también han resultado negativas. Extremadura Se ha llevado a cabo un sistema de vigilancia pasiva, basada en el estudio de animales que presenten sintomatología compatible. No se han notificado focos. Madrid En la Comunidad de Madrid, dentro del Programa de Vigilancia de WN, se han llevado a cabo actuaciones en la vigilancia pasiva de aves, al objeto de detectar mortalidades anormalmente elevadas. En éstas actuaciones se han realizado encuestas clínicas, no habiendo observado incrementos de mortalidad que pudieran considerarse indicativos de la presencia de Encefalitis del Oeste del Nilo (West Nile). 6. Situación sanitaria de la Fauna Silvestre en el 2011 Es bien conocida la participación de la fauna silvestre en el mantenimiento y transmisión de diversas enfermedades compartidas con los animales domésticos y el hombre. Estas enfermedades no solamente suponen una amenaza sanitaria para el sector ganadero y el hombre sino que conllevan, así mismo, enormes pérdidas económicas y pueden afectar a especies silvestres que son objeto de aprovechamiento o comprometer la supervivencia de aquellas en peligro de extinción. Durante el año 2011 se ha puesto en marcha por primera vez a escala nacional el Programa Nacional de Vigilancia Sanitaria en Fauna Silvestre. Algunas de las enfermedades contempladas en el Programa han sido objeto de especial seguimiento, como es el caso de la influenza aviar, la fiebre del Nilo Occidental o la peste porcina clásica. La información relativa a la influenza aviar y la fiebre del Nilo Occidental está disponible en los apartados correspondientes de este documento. En cuanto a la vigilancia de la Peste porcina clásica (PPC) en jabalíes en España se inició con la inclusión de la misma en el Plan de Alerta contra la PPC, que fue aprobado en mayo de 2004 basado en la Directiva 2001/89/CE, que establecía la necesidad de realizar una vigilancia epidemiológica en la población de jabalíes. Para ello, España realiza una investigación serológica que permita determinar la ausencia de enfermedad asumiendo una prevalencia esperada de 0,2% con un nivel de confianza del 95%, lo que supone un total de muestras (cálculos realizados mediante el programa Win Episcope 2.0). Se ha realizado la distribución de las muestras en base a la superficie de cada comunidad autónoma en las que se haya detectado presencia de jabalíes, asumiendo, por lo tanto, que la población de jabalíes será proporcional a dicha superficie. 50

54 La siguiente tabla relaciona cada comunidad autónoma con las muestras de jabalíes mínimas que se deben tomar de acuerdo con su superficie. Desde la puesta en marcha del programa en el año 2004, todas las muestras analizadas dentro de este Plan de vigilancia de PPC en jabalíes han resultado negativas. DISTRIBUCIÓN GEOGR ÁFICA DEL MUESTREO Comunidad Autónoma Número de muestras Andalucía 264 Aragón 145 Asturias 32 Cantabria 16 Castilla-La Mancha 241 Castilla y León 286 Cataluña 97 Extremadura 126 Galicia 89 Madrid 25 Murcia 34 Navarra 33 País Vasco 22 La Rioja 16 Valencia 71 TOTAL Actuaciones sanitarias en los animales de la acuicultura 7.1. Situación epidemiológica de moluscos bivalvos En el ámbito de la Unión Europea, el hecho epidemiológico más relevante han sido las mortalidades anormales en Almeja japonesa, causadas por Vibrio Tapetis y Perkinsus sp. en Irlanda, Francia e Italia y la mortalidad de C. Gigas, causada por Vibrio sp. y OSHv microvar en el caso de Irlanda y Francia, y la mortalidad de C.Gigas sin que se haya detectado ningún patógeno en el caso de Reino Unido. En el ámbito nacional y con el fin de controlar la presencia de los distintos patógenos en el territorio de la Unión Europea, en España se han continuado los programas de monitoreo basados en técnicas histopatológicas y de biología molecular en las distintas Comunidades Autónomas. A continuación se hace una revisión sobre la situación epidemiológica de España con respecto a las distintas enfermedades de moluscos bivalvos. Enfermedad causada por Marteilia refringens Durante el año 2011 se ha realizado un programa de muestreo en mejillón, M galliprovincialis en Galicia en el cual se ha detectado el parásito en los 4 puntos de muestreo de los 15 seleccionados. Además, el parásito también ha sido encontrado en 51

55 O. edulis. En Cantabria se ha detectado en los 5 puntos de muestreo muestreados y en la Comunidad Valenciana en los dos puntos de muestreo muestreados. En Cataluña también se han realizado muestreos con resultados negativos a este parásito. Enfermedad causada por Bonamia ostreae Durante el año 2011 se han llevado a cabo programas de monitoreo para la detección de dicho patógeno en ostras, Ostrea edulis, cultivadas en Galicia, Asturias, Comunidad Valenciana, Cataluña. Se ha detectado la presencia de dicho patógeno en Galicia en coinfecciones con Bonamia exitiosa. Enfermedad causada por Perkinsus olseni Durante el año 2011 se han llevado a cabo programas de monitoreo para la detección de dicho patógeno en distintas especies de almejas cultivadas en Galicia y Asturias. Perkinsus spp. se ha detectado en ambas Comunidades Autónomas Enfermedad causada por herpes virus-1 En el Principado de Asturias se ha llevado a cabo un programa de vigilancia. Durante el mismo se ha detectado la presencia del biotipo de referencia del virus en uno de los puntos de muestreo Situación epidemiológica de los peces En el territorio nacional Podemos encontrar la siguiente distribución del número de explotaciones de acuerdo con las especies de peces cultivadas, observando que destaca un número mayor de explotaciones marinas que de continentales, si bien un gran número de ellas comparten especies (gráfico siguiente). Nº DE EXPLOTACIONES DE PECES POR ESPECIES EN EL TERRITORIO NACIONAL Trucha arco iris Salmón At lántico Otros salmónid Carpa Anguila Peces planos Lubina / Dorada Otras sp marinas Otras sp conti. Serie Datos proporcionados por las CCAA 52

56 Septicemia Hemorrágica Viral (SHV) y Necrosis Hematopoyética Infecciosa (NHI) De acuerdo a los datos proporcionados por las CCAA en cuanto a la categorización de las distintas piscifactorías frente a las enfermedades SHV y NHI según la Directiva 2006/88/CE nos encontramos la siguiente distribución: Categoría Categoría Categoría I II III ANDALUCÍA 2 7 ARAGÓN 8 ASTURIAS 32 CANARIAS CANTABRIA 7 CASTILLA Y LEON 27 CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA 10 EXTREMADURA 2 GALICIA 62 1 I BALEARES LA RIOJA 3 MURCIA 1 NAVARRA 5 PAIS VASCO VALENCIA 1 CATEGORÍA I 53

57 CATEGORÍA II CATEGORÍA III En relación con los controles oficiales que se han llevado a cabo durante 2011 para el mantenimiento o para la obtención de la calificación de zona o compartimento libre de enfermedad referente a SHV y NHI se han realizado inspecciones con toma de muestras para el análisis virológico en explotaciones con especies de salmónidos y de rodaballo. Todos los análisis resultaron negativos para dichas enfermedades. De estos datos se pueden extraer las siguientes conclusiones: 54

58 VHS: de un total de 150 explotaciones con especies sensibles (según Anexo IV de la Directiva 2006/88/CE) que existen en todo el territorio, 141 están calificadas libres de SHV, y en 9 el estado de infección es desconocido. (Tabla 1). NHI: de un total de 106 explotaciones con especies sensibles (según Anexo IV de la Directiva 2006/88/CE) que existen en todo el territorio, 102 están calificadas libres de IHN y 4 no están sujetas a este programa de vigilancia. (tabla siguiente) Para llevar a cabo este programa se han analizado un total de 776 muestras (pooles de 10 peces máximo) por métodos de cultivo celular y 50 por métodos directos sin cultivo celular. ESTADO DE LA CALIFICACIÓN DE LIBRE DE ENFERMEDAD PARA NHI-SHV DE EXPLOTACIONES CON ESPECIES SENSIBLES Nº Total Calificadas Programa de No sometidas a Explotaciones Li bres Vigilancia programa Trucha arco iris SHV Trucha común Rodaballo TOTAL Trucha arco iris NHI Salmón TOTAL Datos proporcionados por CCAA Anemia Infecciosa del Salmón (AIS) Con respecto a esta enfermedad todas las explotaciones del territorio nacional tiene la calificación de Libres de la enfermedad en virtud de la Decisión de la Comisión 2009/177/CE Herpes Virus de la Carpa Koi (KHV) En la actualidad en todo el territorio existen 4 piscifactorías con especies sensibles a esta enfermedad, 1 en Castilla y León, 1 en Extremadura y 1 en Baleares, dichas explotaciones se encuentran en situación de Categoría III ya que no tienen infección conocida pero no están sujetas a un programa oficial para la calificación de libre de enfermedad. DISTRIBUCIÓN DE PISCIFACTO RÍAS POR CATEGORÍAS Y POR ENFERMEDADES LISTADAS Categoría I Categoría II Categoría III Categoría VI Categoría V Total VHS IHN ISA KHV

59 Otras Enfermedades No Listadas en la Directiva 2006/88/CEE En el territorio nacional también se han llevado a cabo programas regionales de vigilancia para otras enfermedades que no aparecen listadas en el anexo IV de dicha Directiva, tanto para enfermedades producidas por virus, bacterias y parásitos y hongos. Entre las enfermedades víricas podemos destacar que para Necrosis Pancreática Infecciosa (NPI) de 123 explotaciones involucradas en dicho programa en las CCAA de Aragón, Asturias, Cantabria, Galicia, Extremadura y Murcia, resultaron 74 muestras (pooles de órganos de peces) positivas examinadas por cultivo celular y 11 muestras positivas examinadas por métodos directos sin cultivo celular. (Fig. 1) Nº PISCIFACTORÍAS INVOLUCRADAS EN VIGILANCIA PARA NPI 56

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