ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO Y ACEPTACIÓN DE OBRA 2016
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- José Francisco Vera Montes
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1 4"/C2 2 *Ir 11 ir=01,11 ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ En la localidad de L ii\j' A 1?_~_l Ó, del Municipio de Villaflores, Chiapas; siendo las 1.- O o horas, del 1`-1 de.-.-tle..-e_.0 del año 7,0 1 (,,, en el local que ocupa 1::-/ Lu5a/ C.- c)."(j 77 r a, con la asistencia de los CC. Representantes del Comité Comunitario, Autoridades y/o Funcionarios Municipales y ciudadanos que al final se citan se procedió: A la Conformación del Comité Comunitario sujetándose a lo siguiente: DISPOSICIONES GENERALES PRIMERO.- Tienen por objeto regular la organización y funcionamiento de los Comités Comunitarios, Integrados por los beneficiarios y la comunidad en general, que actuarán como la instancia ciudadana, participativa, amplia, incluyente y plural con el objeto de contar con mecanismos de participación social, agregando valora las acciones de gobierno en lo:3 procesos de instrumentación y supervisión del cumplimiento real de los objetivos y la t ansparencia de las acciones implementadas de manera coordinada. SEGUNDO.- Para los presentes lineamientos, se entenderá por: I. Asamblea General: Miembros de la comunidad reunidos para la torna de decisiones mediante su participación democrática. II. Comisiones de Obra y/o Acción: Forman parte del Comité Comunitario y se integran por vecinos responsables de atender problemas, rezagos y carencias. III. Comité Comunitario: Órgano de participación social y representación de una comunidad, ya sea urbana, rural o indígena, electos de manera democrática en Asamblea General. IV. Mesa Directiva: Es el órgano de gestión de la comunidad con las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno. TERCERO.- Los Comités Comunitarios, son el órgano de participación y de representación de una comunidad ya sea, urbana, rural o indígena, los cuales actuarán como: Página 1 de lo
2 I. Grupos que se organizan para formar un núcleo ciudadano en cada comunidad, para el seguimiento y evaluación de las obras y acciones. II. Instrumentos de organización de la población que los tres órdenes de gobierno reconocerán como instancias de participación y planeación comunitaria. DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ COMUNITARIO CUARTO.- Para cumplir con su objetivo los Comités Comunitarios tendrán las siguientes funciones: I. Promover la organización de los miembros de la comunidad, estableciendo la Asamblea General como órgano de decisión de la comunidad; II. III. IV. Detectar y priorizar la problemática existente en la comunidad y aprobar los diagnósticos y planes de desarrollo comunitario; Constituir comisiones de trabajo específicas, atendiendo a la implementación de los diversos Programas Sociales Federales o tareas acordadas por la Asamblea General y el Comité, establecidas en el plan comunitario; Ejecutar los acuerdos y propuestas generadas en los eventos de planeación participativa; Establecer los mecanismos de corresponsabilidad entre la comunidad y los tres órdenes de gobierno; VI. VII. VIII. Organizar a la comunidad para llevar a cabo las tareas de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las obras y acciones. Aportar los recursos humanos, económicos y materiales que a la comunidad correspondan, cuando así se haya pactado en función de la obra o acción prevista; Participar en los procesos de ejecución, supervisión, control y seguimiento de proyectos y acciones; Página 2 de 10
3 LIrt!! 11~1~111.1 Mliegsiemtc ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ IX. Apoyar en la ejecución de obras y acciones, evaluar sus resultados y definir en su caso las medidas preventivas y correctivas; X. Convocar a Asamblea General; DE LA INTEGRACIÓN Y ACTIVIDADES DE LA MESA DIRECTIVA DEL COMITÉ QUINTO.- Los Comités Comunitarios estarán integrados por la comunidad y representados por una Mesa Directiva, conformada por un Presidente, un Secretario, un Tesorero, Vocal de Comisión de Obra y un Vocal de Control y Vigilancia, preferentemente de forma equitativa entre hombres y mujeres, todos ellos elegidos democráticamente en Asamblea General Constitutiva y deberán ser personas: I. Que habiten en la comunidad, barrio, colonia o localidad donde se constituye el Comité; II. Que no ocupen cargo de representación popular, ni sean servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, asociación partidista, política y/o religiosa; III. IV. Electas democráticamente por la mayoría de los vecinos; Que sean personas reconocidas por su honestidad y responsabilidad en la comunidad; V. Con presencia y capacidad de convocatoria en su comunidad. Los integrantes de la Mesa Directiva del Comité prestarán sus servicios de manera gratuita y están sujetos a la voluntad y determinaciones mayoritarias de la Asamblea General, y podrán ser removidos de su responsabilidad, si la Asamblea que los designó así lo resuelve. SEXTO.- El Comité tendrá vigencia, en tanto así lo disponga su Asamblea General; contará con las Comisiones de obra y/o acción que considere necesarias, atendiendo a los acuerdos de su Asamblea, participando en el proceso de planeación, programación, Página 3 de 10
4 ejecución, supervisión, evaluación, operación y mantenimiento de los proyectos y acciones. El Comité se compromete a impulsar y participar en los procesos de capacitación y talleres de planeación, promoviendo a su vez la Participación de la población. Se constituye el Comité Comunitario de C_ P ,51) que estará integrado por las personas que fueron elegidas democráticamente en asamblea comunitaria, siendo estas: C. Presidente: y\c r\..ár., n C. Secretario: 0C-OL,k_ * C. Tesorero: r.v\yeaa, k fi C. Vocal de Comisión de Obra: lk.3 ck,,re)( C. Vocal de Control y Vigilancia: SciV\ o CEOlí SÉPTIMO.- El Presidente del Comité Comunitario tendrá las siguientes actividades: I. Representar a la comunidad ante autoridades de los tres órdenes de gobierno y Organizaciones de la Sociedad Civil; II. Realizar acciones de gestoría y establecer una coordinación permanente con las autoridades de los tres órdenes de gobierno e integrantes de la comunidad; III. Informar a la comunidad y a los miembros del Comité de las actividades realizadas o por realizar; IV. Auxiliar al Tesorero en las aportaciones de la comunidad convenidas con las autoridades, en función de la obra o acción prevista en los Programas Sociales Federales; V. Convocar a reuniones periódicas a los miembros del Comité y presidirlas; Página 4 de lo
5 VI. Asistir acompañado por los miembros del Comité a las reuniones de información organizadas por la comunidad; VII. Organizar y convocar, en coordinación con las autoridades, las asambleas generales para planear programas y acciones de trabajo; VIII. Coordinar las actividades de los integrantes del Comité para el logro de los objetivos; IX. Las demás funciones que decida la Asamblea. OCTAVO.- El Secretario del Comité Comunitario tendrá las siguientes actividades: I. Auxiliar al Presidente en todas sus actividades; II. Emitir las convocatorias de las reuniones del Comité, previo acuerdo con el Presidente; III. Levantar las actas y acuerdos de cada asamblea y toda la documentación relativa al funcionamiento del Comité; IV. Llevar y controlar el archivo de documentos; V. Suplir al Presidente del Comité en su ausencia. NOVENO.- El Vocal de la Comisión de Obra y/o Acción del Comité Comunitario son designados por la Asamblea General y pueden estar formadas por dos o más miembros o personas de la comunidad interesadas en participar, con el objeto de atender cada uno de los problemas planteados y/o indicadores de la Cruzada establecidos en el Plan Comunitario y tendrán las siguientes actividades: I. Llevar a cabo las tareas encomendadas por la Asamblea General para dar solución a los problemas o satisfacer necesidades, tratando de cumplir con los objetivos y metas propuestas dentro del Plan Comunitario y dentro de los tiempos fijados en dicha Asamblea; II. Participar en la solución de los problemas y decisiones que tome la comunidad; III. Realizar sus tareas en forma corresponsable y abierta; Página 5 de 10
6 IV. Promover y orientar a los grupos sociales y a las familias en las actividades que se desprendan del Plan Comunitario; V. Auxiliar al Tesorero y Presidente en la recolección de aportaciones convenidas, en función de la obra o acción prevista en los Programas Sociales Federales; VI. Apoyar al Presidente en la representación, gestión y coordinación con las autoridades y la comunidad; VII. Apoyar la organización, el control, vigilancia y el seguimiento de las obras y acciones que se realicen en la comunidad; VIII. Reemplazar provisionalmente las actividades o alguna función dentro del Comité, si fuese necesario; IX. Presentar informes periódicos a la Asamblea General de los avances y dificultades en la realización de las tareas encomendadas. DECIMO.- El Vocal de Control y Vigilancia del Comité Comunitario, tendrán las siguientes actividades: I. Apoyar las actividades de contraloría social de los Programas Sociales Federales, con especial atención en la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo de los recursos; II. Procurar que el Comité y la comunidad reciban toda la información y orientación necesaria acerca de requisitos, trámites, recursos asignados a las obras y acciones de los Programas Sociales Federales a instrumentar en la comunidad; III. Apoyar al Presidente y a los miembros del Comité con instrumentos de control que auxilien sus actividades; IV. Apoyar a la contraloría social estando presentes en todas las etapas de la ejecución de los proyectos; Página 6 de lo
7 11(éé. p re= ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO V ACEPTACIÓN DE OBRA V. Apoyar el funcionamiento del Sistema de Quejas y Atención a la Ciudadanía, para que cualquier irregularidad detectada pueda tener cauces de solución en las instancias competentes; VI. Verificar que el desarrollo de los proyectos, obras o acciones se realicen de acuerdo a lo convenido y formas establecidas y que los recursos se utilicen de manera eficiente y honesta. DECIMO PRIMERO.- Si hubiera dos o más obras a realizarse en un núcleo poblacional, se podrán nombrar comisiones para el seguimiento y control de éstas, cuando sean necesarias y que así lo apruebe la Asamblea General. Estas comisiones serán únicamente para el seguimiento y supervisión de la obra que corresponda, su vigencia termina cuando concluya la obra, proyecto o acción. DECIMO SEGUNDO.- La Asamblea General es la máxima autoridad del Comité Comunitario y deberá ser convocada por la mesa directiva a necesidad de los asuntos a tratar cuando menos con 48 horas de anticipación, siendo necesario que asistan el 50% más uno de sus integrantes para la toma de acuerdos. Las decisiones de la Asamblea se tomarán por mayoría de votos y será necesario levantar un acta de los acuerdos tomados en cada una de ellas asentando la firma de los asistentes. DECIMO TERCERO.- Es obligación de la mesa directiva de la Asamblea del Comité Comunitario, dar cuenta a la. Asamblea General del seguimiento de los acuerdos y solicitudes de obras. Página 7 de 10
8 CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DE OBRA A continuación se procedió a informar a los presentes sobre la obra y/o acción que se realizará a través del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF); así como los criterios que servirán de base para la ejecución de las obras, los beneficios y compromisos que deberá asumir el Comité Comunitario, quienes deberán cooperar con su esfuerzo y colaborar organizadamente en la realización, administración, mantenimiento y operación de la obra. Enterados lifs presentes de lo expresado aceptan la obra de: r- R h k 1, a ea,.f14. mk 11 1? G que beneficia a la localidad de: LL Una vez aceptada la obra, el Comité Comunitario, tendrá por objeto contribuir a la realización de la obra que se hace referencia en la presente acta, debiendo cumplir la comunidad, si así lo amerita la obra a ejecutar, con los requerimientos siguientes: 1. Aportar recursos económicos o en especie (mano de obra y/o materiales de la región) de acuerdo al porcentaje que determine la propia Asamblea General de la localidad. 2. Poner a disposición de los ejecutores, el terreno o área que se requiera para las obras y proporcionar el derecho de vía, con la documentación legal que lo acredite. 3. Colaborar con las autoridades en la resolución de los problemas que se presenten durante la ejecución de los trabajos. 4. Vigilar la operación y administración de las acciones y participar en la organización de tareas en las que se aporte la mano de obra de los miembros de la Comunidad y los habitantes, sobre todo en el cuidado y mantenimiento de la obra a ejecutar. Es obligación de los integrantes del Comité Comunitario, dar cuenta mensualmente a la Asamblea General, sobre las acciones realizadas, una vez aprobado el programa de actividades y de gestión del Comité Comunitario de /1,J QÑ3 \O por la Asamblea General, se procede a firmar el acta por los miembros del Órgano Ejecutivo Local. No habiendo otro punto que tratar, se concluye la Asamblea Constitutiva del Comité Comunitario y Aceptación de Obra, siendo las /.,f2 O horas del 1? de (_--;/-7 r O del año 2D/-, firmando para constancia y validez los participantes: Página 8 de 10
9 Autoridades ylo Funcionarios del H. Ayuntamiento Municipal de Villaflores, Chiapas NOMBRE: CARGO QUE OSTENTA: kv-c) C11-\ co b G-00 J9u )ufirar 42erct irvd AY4R-c_\SAÑ So f p y ui 5DK e OZva Representantes del Comité Comunitario c.ve.. -ylart do ti 11 eirec erna)/j-0 Firma: Cargo: Presidente C. Oai /la le gqḻ jos-e Firma: Cargo: Secretario c. e/cwt.( ediz Firma: Cargo: Tebrero C. gqffeilt eti7a e2 er-01 Firma: Cargo: Vota' de Comisión de Obra C. (---eocbl, o u ^"evre:z_ efe 2., Firma: Cargo: Vocal de con rol y vigilancia Página 9 de lo
10 AcT CONSTITUTIIV DEL COwinTÉ COMi ITAV/10 Y i\cep C1ÓN DE OBRA 206 Otras Autoridades (Comisarilado Ejidall y/o Agente Municipal) C. Cargo: Comisariado Ejidal C. Cargo: Agente Municipal Página JO de lo
11 COMUNITARIO Y ACEP-ACION DIOBRA Ciudadanos Ast,,Itentes Nombre Completo 1)0010./-721/101,/,,) pja v4ppez,yel- 41 coz)03e CHI/L.0- idzi_ CP0Z 4Q 'ez Hetee~7,?- 42 Maree 4~47411e-2 fe~-414--clak,p&z 4P-Parihi C;t4fre2.
12 Ciudadanos Asistentes N 0111bre Corinpleto 740'0 lyvítț7 i ACTA CoK ST "FUT IVA DEI. COIATIÉ COMUN TAR O Y Ac 2TACK5IN, DE 0113 lad _Qotkr_re. z ;, 4 é -;79PAPeZ Quie~Z la1_,7_ ock-Z_ 422wez (.1 Y C 2e2_ G
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