SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce."

Transcripción

1 Exp: CO Res. Nº SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce. RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR R.A.G.E. A FAVOR DE J.C.C., CONTRA EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ, LA CONTRALORA GENERAL Y EL JEFE DE LA DIVISIÓN JURÍDICA, AMBOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. Resultando: 1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala, el diecisiete de marzo del dos mil doce, el accionante presenta recurso de amparo contra el Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría General de la República. Afirma que la Contraloría General de la República inició un procedimiento sancionatorio que culminó con la suspensión por el término de treinta días hábiles contra el Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz. Señala que la sanción es improcedente debido a que el Alcalde Municipal no está sujeto a la relación de empleo, ni cuenta con superior jerárquico, en razón de que es un puesto de elección popular. Aduce que ni el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la República o el Concejo Municipal tienen competencia para llevar a cabo un procedimiento disciplinario en contra de un Alcalde, o bien ejecutar la sanción. 2.- Luis Antonio Sobrado González, Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones informa que por oficio número (DJ-0018) del trece de enero del dos mil doce, miembros suplentes del órgano decisor de la Contraloría General de la República informaron al Tribunal Supremo de Elecciones que enviaron al Concejo Municipal de Santa Cruz el oficio número (DJ-0017) del doce de enero del dos mil doce, para que conociera de la recomendación de la sanción de suspensión sin goce de salario por treinta días a J.C.C.. Explica que el Tribunal en sesión ordinaria número del veinticuatro de enero del dos mil doce, al conocer del citado oficio dispuso ³dado que el órgano contralor no recomienda en éste caso la cancelación de las credenciales de los referidos funcionarios de elección popular, corresponde al respectivo concejo municipal conocer del asunto y no a este órgano colegiado. Dado que según se indica, en el caso en cuestión el respectivo concejo municipal conoció sobre el particular, este Tribunal omite ulterior pronunciamiento al respecto. Señala que en materia municipal no ejerce una competencia disciplinaria plena respecto de los funcionarios municipales de elección popular, ya que, únicamente está habilitado para cancelar o declarar la nulidad de sus credenciales por las causales previstas taxativamente en el Código Municipal. Indica que corresponde a la Contraloría General de la República, de acuerdo a las competencias legales y constitucionales el investigar las infracciones a las normas que integran el ordenamiento de control y fiscalización de la Hacienda Pública. 3.- Ana Cecilia Pastrana Gutiérrez, Presidenta del Concejo Municipal de Santa Cruz Guanacaste, y Marcos Gutiérrez Rodríguez, Coordinador de la Asesoría Jurídica de

2 la Municipalidad de Santa Cruz informan que por medio del oficio 149 del doce de enero del dos mil doce, la Contraloría General de la República, comunica al Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz el acto final dentro del procedimiento administrativo y recomienda con carácter vinculante la imposición de una sanción de suspensión sin goce de salario por el plazo de treinta días hábiles a Jorge Enrique Chavarría Carrillo en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz. Igualmente pide que del acatamiento de esa recomendación debe de informarse dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles. En acuerdo adoptado por el Concejo Municipal, en su sesión ordinaria , artículo 4 inciso 14 del veinticuatro de enero del dos mil doce, tiene por conocido el oficio número 149 (DJ-0017) y acuerda por unanimidad que se abstiene de pronunciarse sobre el fondo de la recomendación de suspensión hasta tanto el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda resuelva las medidas cautelares solicitadas por el Alcalde Chavarría Carrillo, pues también se conoce la resolución de ese Tribunal dictada a las nueve horas cincuenta y dos minutos del dieciocho de enero del dos mil doce, expediente CA-6. Por resolución del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, en resolución de las once horas once minutos del veintisiete de enero del dos mil doce, se dispuso: ³Ordenar a la Municipalidad de Santa Cruz la suspensión inmediata de cualquier decisión administrativa, tomada o por tomar, de suspender al Alcalde Municipal J.C.C. en cumplimiento de lo resuelto por la Contraloría en la resolución PA , manteniéndose en su cargo para todos los efectos. Reitera que la ejecución emitida por la Contraloría General de la República en el oficio 0172 ya que existe resolución judicial que así lo ha ordenado. 4.- Luis Diego Ramírez González, Gerente de la División Jurídica de la Contraloría General de la República informa que el accionante presentó el dieciocho de enero del dos mil doce, ante el Tribunal Contencioso Administrativo un proceso de conocimiento, expediente judicial CA, donde pretende que se anule la resolución R-DC de las diez horas del veinte de diciembre del dos mil once, y la resolución PA de las trece horas del veintitrés de marzo del dos mil once, ambos de la Contraloría General de la República. Que el accionante además interpuso dentro de ese proceso solicitud de medida cautelar para que se ordene la suspensión de efectos de la resolución R-DC El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda mediante resolución de las once horas del veintisiete de enero del dos mil once, otorgó como medida cautelar provisional la suspensión inmediata de cualquier decisión administrativa, tomada o por tomar, de suspender al Alcalde en cumplimiento de lo resuelto de manera vinculante por la Contraloría mediante resolución PA , manteniéndose en su cargo para todos los efectos. Por resolución de las quince horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, rechaza la solicitud de medida cautelar promovida por el accionante, resolución que fue apelada por el tutelado. Explica que la Sala Constitucional ha dispuesto que la Contraloría General de la República es el órgano de control y fiscalización superior de la Hacienda Pública, y la actuación de la Administración Activa, como superior jerárquico o patrono, y titular de la potestad disciplinaria respecto del funcionario público destinatario de sanción (ver resolución ); además de la Constitucionalidad del artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Explica que el Tribunal Supremo de Elecciones ha dispuesto que la sanciones de los alcaldes municipales que no involucren la cancelación de credenciales corresponde al Concejo Municipal (ver oficio DJ-0018 del trece de enero del dos mil doce). El Tribunal Supremo de Elecciones ha entendido que las conductas irregulares de los alcaldes municipales no podrán quedar impunes, por lo que es Concejo Municipal quién resulta competente para conocer de las sanciones de los alcaldes.

3 5.- Mediante escrito de fecha veintisiete de mayo del dos mil doce, el accionante presenta escrito en el cuál manifiesta que se encuentra disconforme con los informes rendidos por las autoridades recurridas. 6.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales. Redacta la Magistrada PachecoSalazar; y, Considerando: I.- Hechos probados: De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos: a) Por resolución PA del veintitrés de marzo del dos mil once, el órgano decisor de la Contraloría General de la República ordena la suspensión sin goce de salario por el plazo de treinta días hábiles a Jorge Enrique Chavarría Carrillo en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz ±por autorizar mediante su firma una serie de nóminas de pago a contratistas (ver informe); b) Por resolución R-DC del veinte de diciembre del dos mil once, la Contraloría General de la Repúblicaconfirma la sanción impuesta (ver informe); c) Mediante oficio STSE del veinticuatro de enero del dos mil doce, el Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones comunica a la Contraloría General de la República que según lo dispuesto por ese Tribunal en la resolución de las once horas con cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, dado que el órgano contralor no recomienda en este caso la cancelación de credenciales de los referidos funcionarios de elección popular, corresponde al respectivo concejo municipal conocer del asunto y no a este órgano colegiado (ver comunicación); d) Por resolución de las once horas once minutos del veintisiete de enero del dos mil doce, del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, se ordenó a la Municipalidad de Santa Cruz la suspensión inmediata de cualquier decisión administrativa, tomada o por tomar, de suspender al Alcalde Municipal J.C.C., en cumplimiento de lo resuelto por la Contraloría en la resolución PA , manteniéndose en su cargo para todos los efectos (ver resolución); e) Por oficio DJ del veintinueve de marzo del dos mil doce, la División Jurídica de la Contraloría General de la República comunica al Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, orden de ejecución de la sanción al Alcalde Municipal (ver oficio); f) Por resolución de las quince horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, rechaza la solicitud de medida cautelar promovida por el accionante (ver documento de la Contraloría General de la República); II.-

4 Esta Sala mediante resolución de las quince horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil doce, dispuso lo siguiente: ³ÚNICO.- El recurrente manifiesta que en aplicación del artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se inició un procedimiento sancionatorio contra el Alcalde de San José, el cual finalizó con la recomendación de la Contraloría de suspender por quince días sin goce de salario a dicho funcionario. Explica que la autoridad administrativa competente para sancionar tiene ocho días para interponer una gestión de revisión ante la Contraloría General de la República y una vez resuelta dicha gestión, deberá cumplir, sin dilación, lo dispuesto en el pronunciamiento técnico jurídico emitido, so pena de incurrir en el delito de desobediencia. No obstante, el recurrente alega que el Alcalde ha manifestado que no hay un superior jerárquico que aplique la sanción impuesta, debido a que ocupa un puesto de elección popular. Sin embargo, no le compete a esta Sala revisar si el Concejo Municipal de San José es el órgano competente para ejecutar la recomendación de la Contraloría General de la República; ello es labor propia de la vía común. En consecuencia, de considerarlo pertinente, la parte recurrente puede plantear su inconformidad ante las instancias administrativas o jurisdiccionales correspondientes, ante las cuales podrá, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones. Así las cosas, el presente recurso es inadmisible y así se declara (el destacado no corresponde al original) Asimismo en resolución de las dieciséis horas y seis minutos del veintinueve de setiembredel dos mil diez, indicó lo siguiente: ³III.- Sobre el fondo. Los argumentos que plantea el actor no se relacionan de forma directa con la protección de los derechos fundamentales ±objeto exclusivo del recurso de amparo±, pues aunque se toma en consideración que enfrenta un procedimiento de índole sancionatorio, en cuyo desarrollo es central el respeto del principio del debido proceso, no toda aducida irregularidad en este tipo de procedimiento implica violación constitucional del debido proceso. Los elementos básicos constitutivos del principio, en sede administrativa, se establecen en la sentencia #15-90 de las 16:45 horas del 5 de enero de 1990 y en repetidos pronunciamientos subsecuentes, como sigue: ³ (...) el derecho de defensa garantizado por el artículo 39 de la Constitución Política y por consiguiente el principio del debido proceso, contenido en el artículo 41 de nuestra Carta Fundamental, o como suele llamársele en doctrina, principio de 'bilateralidad de la audiencia' del 'debido proceso legal' o 'principio de contradicción' (...) se ha sintetizado así: a) Notificación al interesado del carácter y fines del procedimiento; b) derecho de ser oído, y oportunidad del interesado para presentar los argumentos y producir las pruebas que entienda pertinentes; c) oportunidad para el administrado de preparar su alegación, lo que incluye necesariamente el acceso a la información y a los antecedentes administrativos, vinculados con la cuestión de que se trate; ch) derecho del administrado de hacerse representar y asesorar por abogados, técnicos y otras personas calificadas; d) notificación adecuada de la decisión que dicta la administración y de los motivos en que ella se funde y e) derecho del interesado de recurrir la decisión dictada." "... el derecho de defensa resguardado en el artículo 39 ibídem, no sólo rige para los procedimientos jurisdiccionales, sino también para cualquier procedimiento administrativo llevado a cabo por la administración pública; y que necesariamente debe dársele al accionante si a bien lo tiene, el derecho de ser asistido por un abogado, con el fin de que ejercite su defensa. (...)"

5 De otra parte, este Tribunal ha indicado en reiteradas ocasiones -al recisar su ámbito de competencia- que en materia de debido proceso el amparo procede solo contra actos evidentemente arbitrarios que conculquen en forma directa derechos fundamentales, es decir, violaciones graves, burdas y claras al derecho de defensa, ya que esta sede no ha sido creada para corregir todos los vicios procedimentales, sino sólo para enmendar las infracciones a los elementos esenciales del debido proceso que colocan al administrado en un evidente estado de indefensión. De esta manera, no toda infracción a las normas de procedimiento se convierte, per se, en una violación de relevancia constitucional, amparable en esta sede. Por el contrario, el amparo tan sólo procede, debido a la sumariedad que lo caracteriza, ante violaciones graves que conculquen o amenacen conculcar, de forma directa y efectiva el derecho de defensa o el debido proceso (cfr. las sentencias # de las 17:24 horas del 25 de marzo de 1998, # de las 9:31 horas del 23 de febrero y # de las 15:29 horas del 10 de octubre, últimas dos del 2001). IV.- De este modo, establecer si competía a la Contraloría General de la República o al Tribunal Supremo de Elecciones iniciar el procedimiento, así como si con su prosecución se violenta la autonomía municipal, son extremos ajenos al ámbito competencial de la Sala en amparo (resolución # de las 14:49 horas del 26 de julio de 2006). No se trata, el primer supuesto descrito, de la intervención de un órgano manifiestamente incompetente para actuar, pues en repetidos pronunciamientos se ha sustentado la constitucionalidad de los artículos 68 y 73 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, aún frente a entes descentralizados (sentencias # de las 14:46 horas del 6 de junio de 2001; # las 15:07 horas del 16 de junio de 2002; # de las 14:37 horas del 12 de noviembre de 2003; # de las 15:11 horas del 21 de abril de 2004). El artículo 259 del Código Electoral de 2009 no retira competencia alguna de forma palmaria a la Contraloría, tal y como lo reconoció el propio Tribunal Supremo de Elecciones, en la reciente resolución #6061-M-2010 de las 12:15 horas del 13 de setiembre de 2010, en la cual se decreta la cancelación de las credenciales de la Alcaldesa Municipal del Cantón Central de Alajuela, a partir de un procedimiento iniciado por la Contraloría, oficiosamente, en marzo de 2010, para verificar si se había transgredido el ordenamiento jurídico que rige la materia municipal y de hacienda pública. Tuvo el Tribunal por cumplidas, en ese caso y sin objeción, las prescripciones del artículo 259 del Código Electoral (considerando III de la resolución). V.- Por otra parte, la compatibilidad constitucional de las competencias sancionatorias de la Contraloría con la autonomía municipal quedó establecida en el ya citado pronunciamiento # de las 15:11 horas del 21 de abril de Que la Constitución confiera a esos entes autonomía política y administrativa no libera a sus jerarcas del respeto del deber de probidad y del cumplimiento de las normas de protección de la hacienda pública, cuya infracción corresponde verificar a la Contraloría General accionada. Los alegatos de violación al debido proceso por incompetencia material de la Contraloría deben, por ende, descartarse y desestimarse este extremo del amparo (el destacado no corresponde al original) III.- Después de analizar los elementos probatorios aportados este Tribunal descarta la lesión a los derechos fundamentales del recurrente. De los informes rendidos por

6 los representantes de las autoridades recurridas -que se tienen dados bajo fe de juramento con las consecuencias, incluso penales, previstas en el artículo 44 de la Ley que rige esta Jurisdicción- y la prueba aportada para la resolución del asunto ha sido debidamente acreditado que por resolución PA del veintitrés de marzo del dos mil once, el órgano decisor de la Contraloría General de la República ordenó la suspensión sin goce de salario por el plazo de treinta días hábiles a Jorge Enrique Chavarría Carrillo en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz. Mediante resolución R-DC del veinte de diciembre del dos mil once, la Contraloría General de la República confirmó la sanción impuesta. Que por oficio STSE del veinticuatro de enero del dos mil doce, el Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones comunica a la Contraloría General de la República que según lo dispuesto por ese Tribunal en la resolución de las once horas con cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, dado que el órgano contralor no recomienda en este caso la cancelación de credenciales de los referidos funcionarios de elección popular, corresponde al respectivo concejo municipal conocer del asunto y no a este órgano. De lo expuesto, y la jurisprudencia parcialmente transcrita la Sala reitera que el cuestionamiento sobre la ejecución de una sanción dispuesta por la Contraloría General de la República contra un Alcalde Municipal debe ser discutida en la jurisdicción ordinaria por considerar que ese aspecto no presenta roces de inconstitucionalidad. Nótese que tal disconformidad actualmente está siendo atendida por los Tribunales Contenciosos Administrativos y Civiles de Hacienda. Por lo expuesto, lo procedente es declarar sin lugar el recurso. Por tanto: Se declara sin lugar el recurso. Ana Virginia Calzada M. Presidenta Gilbert Armijo S. ErnestoJinesta L. Fernando Cruz C. Fernando Castillo V. Paul Rueda L. Aracelly Pacheco S. Es copia fiel del original - Tomado del Sistema Costarricense de Información Jurídica el: 27/8/ :50:54 a.m.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Exp: 05-001429-0007-CO Res: 2005-07262 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas con un minuto del diez de junio del dos mil cinco.- Recurso de amparo interpuesto

Más detalles

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión

Ministerio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto

Más detalles

Exp: CO Res. Nº

Exp: CO Res. Nº Exp: 10-008556-0007-CO Res. Nº 2010013705 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas y treinta y seis minutos del dieciocho de agosto del dos mil diez. Acción de

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. R-DCA-058-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas con veintiún minutos del veintiuno de enero del dos mil dieciséis.---------------------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

Exp: CO Res. Nº

Exp: CO Res. Nº Exp: 09-018333-0007-CO Res. Nº 2010001647 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas y cincuenta y uno minutos del veintisiete de enero del dos mil diez. Acción

Más detalles

Exp: Nº CO. Res: Nº

Exp: Nº CO. Res: Nº Exp: Nº 07-002232-0007-CO Res: Nº 2007-004632 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del once de abril del dos mil siete. Acción de

Más detalles

#/ Exp: CO Res. Nº SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce

#/ Exp: CO Res. Nº SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce #/ Exp: 12-011662-0007-CO Res. Nº 2012014219 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del doce de octubre de dos mil doce. Recurso de amparo que se

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DCA-1060-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas del primero de noviembre del dos mil dieciocho.------------------------- Recurso

Más detalles

REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº DE AGOSTO DEL 2015

REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº DE AGOSTO DEL 2015 REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 76-2015 3 DE AGOSTO DEL 2015 Acta de la reunión extraordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las catorce horas con treinta minutos

Más detalles

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA.

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. La competencia para conocer las acciones de nulidad contra los actos administrativos dictados con ocasión a la LOPCYMAT, no corresponden a la jurisdicción

Más detalles

JURISPRUDENCIA ELECTORAL AMERICANA Acuerdo de Washington de 13 de abril de 2010

JURISPRUDENCIA ELECTORAL AMERICANA Acuerdo de Washington de 13 de abril de 2010 Tribunal: País: Temas: Justicia electoral (5) Partidos políticos (6) Sentencia: 0393-E-2000 Descripción: Control de constitucionalidad en materia electoral. Competencia del TSE. Aplicación analógica del

Más detalles

Alcance Nº 12 a La Gaceta Nº 60

Alcance Nº 12 a La Gaceta Nº 60 Alcance Nº 12 a La Gaceta Nº 60 DIARIO OFICIAL AÑO CXXVIII La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 24 de marzo del 2006 100 Páginas TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES RESOLUCIONES N 0522-E. San José, a las

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez. *100122310007CO* Exp: 10-012231-0007-CO Res. Nº 2010015293 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez.

Más detalles

R-DCA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

R-DCA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. R-DCA-0201-2018 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas diez minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho. -------- Recurso

Más detalles

Exp: CO Res. Nº

Exp: CO Res. Nº Exp: 12-016277-0007-CO Res. Nº 2013004613 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas treinta minutos del diez de abril de dos mil trece. Acción de inconstitucionalidad.

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DCA-0656-2017 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas dieciséis minutos del dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.---- Recurso

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Amparo Voto 1494-03 Exp: 02-002617-0007-CO Res: 2003-01494 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas con trece minutos del veinticinco de febrero del dos mil tres.

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Exp: 05-005268-0007-CO Res: 2005-05992 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas con cincuenta y dos minutos del veinticuatro de mayo del dos mil cinco.- Recurso

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0321-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

ΧΟ. Exp: CO. Res. Nº

ΧΟ. Exp: CO. Res. Nº 090175700007ΧΟ Exp: 09-017570-0007-CO Res. Nº 2010-004163 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las doce horas y diez minutos del veintiséis de febrero del dos mil diez. Recurso

Más detalles

N M TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las quince horas con treinta minutos del seis de abril de dos mil dieciocho.

N M TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las quince horas con treinta minutos del seis de abril de dos mil dieciocho. N. 2103-M-2018.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José a las quince horas con treinta minutos del seis de abril de dos mil dieciocho. Diligencias de cancelación de credencial de Vicealcaldesa primera

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 LOS RECLAMOS POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES LABORALES, DEBEN INTERPONERSE ANTE LAS INSPECTORÍAS DEL TRABAJO En fecha dieciocho (18) de marzo de, la Sala Político Administrativa,

Más detalles

DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA

DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA Al contestar refiérase al oficio No. 10012 25 de setiembre de 2014 DFOE-IFR-0600 Licenciado Reynaldo Vargas Soto Auditor General CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD Asunto: Respuesta a la consulta efectuada por

Más detalles

Acta De Votación. Poder Judicial. Sala Constitucional. Viernes, 10 de junio de 2016

Acta De Votación. Poder Judicial. Sala Constitucional. Viernes, 10 de junio de 2016 Poder Judicial Acta De Votación Sala Constitucional Viernes, 10 de junio de 2016 En San José, a las once horas con cincuenta minutos del diez de junio del dos mil dieciséis, se inició la votación de la

Más detalles

Mexicali, Baja California, cinco de febrero de dos mil trece.

Mexicali, Baja California, cinco de febrero de dos mil trece. **********. VS RECTOR DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA Y OTRAS AUTORIDADES. EXPEDIENTE 825/2011 S.S. RECURSO DE REVISIÓN Mexicali, Baja California, cinco de febrero de dos mil trece. V I S

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Exp: 03-007202-0007-CO Res: 2003-08587 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las dieciséis horas con veintitrés minutos del diecinueve de agosto del dos mil tres.- Recurso de

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S Guanajuato, Guanajuato, 27 veintisiete de abril de 2016 dos mil dieciséis. ----------------------------------------------------------------------------- Una vez vistos los autos del recurso de revisión

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Amparo Voto 7390-03 Exp: 03-006440-0007-CO Res: 2003-07390 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas con veintiocho minutos del veintidós de julio del dos mil tres.

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. R-DCA-415-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas con veinte minutos del dieciocho de mayo del dos mil dieciséis. ---- RECURSO DE

Más detalles

SENTENCIA A.A. Nº PIURA

SENTENCIA A.A. Nº PIURA Lima, veintiuno de octubre del dos mil diez.- VISTOS; y CONSIDERANDO: Primero: Que, es materia de apelación la sentencia de fojas trescientos noventa y dos, expedida por la Primera Sala Civil de la Corte

Más detalles

Exp: CO Res: SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas con treinta y siete minutos

Exp: CO Res: SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas con treinta y siete minutos Exp: 05-005282-0007-CO Res: 2005-05885 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las catorce horas con treinta y siete minutos del dieciocho de mayo del dos mil cinco.- Recurso de

Más detalles

MINISTRA MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS SECRETARIO ALFREDO VILLEDA AYALA

MINISTRA MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS SECRETARIO ALFREDO VILLEDA AYALA AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN ********** QUEJOSOS Y RECURRENTES: ********** MINISTRA MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS SECRETARIO ALFREDO VILLEDA AYALA Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Exp: 04-009484-0007-CO Res: 2005-07681 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las doce horas con dieciocho minutos del diecisiete de junio del dos mil cinco.- Recurso de amparo

Más detalles

México, Distrito Federal, a siete de marzo de dos mil doce.

México, Distrito Federal, a siete de marzo de dos mil doce. SOLICITUD DE TENER POR CUMPLIDA LA SENTENCIA JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-13/2012 ACTORES: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARTIDO DEL TRABAJO Y MOVIMIENTO CIUDADANO

Más detalles

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O 125-DRPP-2016. DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS. San José, a las doce horas cincuenta minutos del tres de octubre de dos mil dieciséis.- Recurso de Revocatoria y apelación en Subsidio presentado

Más detalles

PRIMERO ANTECEDENTES. (Omissis) CUARTO ESCRITOS DE DEFENSAS Y ALEGATOS

PRIMERO ANTECEDENTES. (Omissis) CUARTO ESCRITOS DE DEFENSAS Y ALEGATOS CALIFICACIÓN DE DESPIDO. REENGANCHE. PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. El patrono no podrá negarse al reenganche y pago de salarios caídos por existir una orden de alejamiento de un trabajador hacia la beneficiaria

Más detalles

Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 13 de enero del páginas PODER LEGISLATIVO LEYES N 9406 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 13 de enero del páginas PODER LEGISLATIVO LEYES N 9406 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 13 de enero del 2017 13 páginas ALCANCE N 9 PODER LEGISLATIVO LEYES N 9406 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Imprenta

Más detalles

ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEEM-RAP-003/2017. ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL.

ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEEM-RAP-003/2017. ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL. RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE:. ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN. ALEJANDRO SANTOYO. PONENTE: RODRÍGUEZ SECRETARIA INSTRUCTORA

Más detalles

RESEÑA DEL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2686/2014 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

RESEÑA DEL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2686/2014 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESEÑA DEL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2686/2014 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN NO ADMITIR EL AMPARO DIRECTO EN CONTRA DE UNA SENTENCIA DICTADA POR UN TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO

Más detalles

Asuntos Jurídicos ASUNTOS JURÍDICOS

Asuntos Jurídicos ASUNTOS JURÍDICOS Asuntos Jurídicos ASUNTOS JURÍDICOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS INTERPUESTOS CONTRA DECISIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Durante el año 2011, ingresaron 97 recursos administrativos interpuestos

Más detalles

Acta De Votación. Exp. Nº Voto Nº Tipo Por Tanto CO RECURSO DE AMPARO No ha lugar a la gestión formulada.

Acta De Votación. Exp. Nº Voto Nº Tipo Por Tanto CO RECURSO DE AMPARO No ha lugar a la gestión formulada. Poder Judicial Acta De Votación Sala Constitucional Miércoles, 17 de febrero de 2016 En San José, a las nueve horas cincuenta minutos del diecisiete de febrero de dos mil dieciseis, se inició la votación

Más detalles

495 25/02/1992 I ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD VOTO

495 25/02/1992 I ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD VOTO 495 25/02/1992 I ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD VOTO 495-92 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José a las quince horas treinta minutos del veinticinco de febrero de mil novecientos

Más detalles

LA COMPETENCIA RESULTANDO:

LA COMPETENCIA RESULTANDO: RESOLUCIÓN NO. 1552-2007 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas con treinta y un minutos del siete de febrero del dos mil siete.- Acción de inconstitucionalidad

Más detalles

INDICE. 56 Naturaleza 3. Autorización: 56 Autorización de la CGR para poder adquirir remolcadores y lanchas 4. Amparo:

INDICE. 56 Naturaleza 3. Autorización: 56 Autorización de la CGR para poder adquirir remolcadores y lanchas 4. Amparo: INDICE I. Presentación 15 II. Sistemas Nacional de Control Fiscal 17 - Porqué la necesidad de u enfoque sistemático? 20 - Finalidad del Sistema Nacional de Control fiscal 21 1. Ámbito de aplicación 21

Más detalles

SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA

SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA Sumilla.- La acción de indemnización por daños y perjuicios proveniente de la relación laboral prescribe a los diez (10) años, de acuerdo a lo establecido por el inciso 1) del artículo 2001 del Código

Más detalles

1. Sentencia : Expediente : CO Año :2014 Despacho: Sala Constitucional Fecha: 13/06/2014 Clase de asunto: Recurso de amparo

1. Sentencia : Expediente : CO Año :2014 Despacho: Sala Constitucional Fecha: 13/06/2014 Clase de asunto: Recurso de amparo 1. Sentencia : 08680 Expediente :14-007888-0007-CO Año :2014 Despacho: Sala Constitucional Fecha: 13/06/2014 Clase de asunto: Recurso de amparo entencia: 08680 Expediente: 14-007888-0007- CO Fecha: 13/06/2014

Más detalles

SENTENCIA relativa al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por

SENTENCIA relativa al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO

Más detalles

Page 1 of 5 ß&Ø ß% Texto de la sentencia * 080106380007CO * Exp: 08-010638-0007-CO Res. Nº 2008012224 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas y cuarenta y uno minutos

Más detalles

Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de

Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de ASUNTOS JURÍDICOS Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de la Contraloría General de la República Durante el año 2012 ingresaron 67 recursos administrativos interpuestos contra actos

Más detalles

RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEE/SSI/RAP/003/2016 RECURRENTE: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEE/SSI/RAP/003/2016 RECURRENTE: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO SALA DE SEGUNDA INSTANCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEE/SSI/RAP/003/2016 RECURRENTE: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL

Más detalles

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA SENTENCIA TC/0026/14 Referencia: Expediente núm. TC-04-2012-0048, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Henya Brayda Tejada

Más detalles

EXPEDIENTE: DEN

EXPEDIENTE: DEN EXPEDIENTE: 015-04-2016-DEN RESOLUCION NO. 05- AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS DE LOS HABITANTES, A LAS ONCE HORAS TREINTA Y SIETE MINUTOS DEL VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS. Conoce la Agencia

Más detalles

R-DCA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

R-DCA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. R-DCA-0227-2017 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas cuarenta y nueve minutos del siete de abril del dos mil diecisiete. ---- Recurso

Más detalles

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: miércoles, 21 junio, 2017

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: miércoles, 21 junio, 2017 PODER JUDICIAL Votos del Día DESPACHO : 0005 Sala Segunda 11-000552-1178-LA Ordinario LABORAL 2017/ 000801 9:30 am 11-000693-1178-LA Ordinario LABORAL 2017/ 000802 9:35 am 11-000742-1178-LA Ordinario LABORAL

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE CHIAPAS ÓRGANO JURISDICCIONAL AUTÓNOMO

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE CHIAPAS ÓRGANO JURISDICCIONAL AUTÓNOMO Sesión ordinaria número 34 10 de octubre de 2018 Juicio Contencioso Administrativo número TJA/JCA/151-A/2018 o Primero: Es procedente el Juicio Contencioso Administrativo promovido por, Apoderado General

Más detalles

Asunto: Solicitud de criterio sobre devolución de Hacienda Pública.

Asunto: Solicitud de criterio sobre devolución de Hacienda Pública. Al contestar refiérase al oficio N 15985 6 de diciembre de 2016 DJ-1986-2016 Licenciado Luis Ureña Oviedo Auditor Interno Colegio Universitario de Cartago lurenao@cuc.ac.cr Asunto: Solicitud de criterio

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DCA-0790-2017 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas con diez minutos del veintisiete de setiembre dos mil diecisiete.------ DILIGENCIAS

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA REGLAMENTO QUE DEBEN OBSERVAR LOS FUNCIONARIOS OBLIGADOS A PRESENTAR EL INFORME FINAL DE SU GESTIÓN

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA REGLAMENTO QUE DEBEN OBSERVAR LOS FUNCIONARIOS OBLIGADOS A PRESENTAR EL INFORME FINAL DE SU GESTIÓN MUNICIPALIDAD DE HEREDIA REGLAMENTO QUE DEBEN OBSERVAR LOS FUNCIONARIOS OBLIGADOS A PRESENTAR EL INFORME FINAL DE SU GESTIÓN Considerando: I. Que conforme al artículo 11 de la Constitución Política, los

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las trece horas y diez minutos del diez de octubre del dos mil ocho.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las trece horas y diez minutos del diez de octubre del dos mil ocho. EXPEDIENTE N 08-009480-0007-CO PROCESO: RECURSO DE AMPARO RESOLUCIÓN Nº 2008015206 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las trece horas y diez minutos del diez de octubre del

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014. Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 84/2014. En Madrid, a 20 de junio de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X, en su propio nombre y representación, contra la resolución del Comité

Más detalles

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA SENTENCIA TC/0151/13 República Dominicana EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Referencia: Expediente núm. TC-07-2013-0014, relativo a la demanda en suspensión de ejecución interpuesta por HCT Transport, S. A. contra

Más detalles

Presidencia Corte Superior de Justicia de Cajamarca

Presidencia Corte Superior de Justicia de Cajamarca Resolución Administrativa N 179-2013-P-CSJCA-PJ Cajamarca, 17 de junio del 2013. VISTO: La solicitud presentada por María Rosa Lozano Ramírez; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante escrito con fecha de recepción

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE CHIAPAS ÓRGANO JURISDICCIONAL AUTÓNOMO

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE CHIAPAS ÓRGANO JURISDICCIONAL AUTÓNOMO Sesión ordinaria número 32 26 de septiembre de 2018 Recurso de Revisión número TJA/RR/067-A/2018 o Primero: Se CONFIRMA la resolución de diecinueve de enero de dos mil dieciocho, emitida por la Segunda

Más detalles

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Decreto Nº 33072 MANUAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS INFORMES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LA AUDITORÍA INTERNA EN EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

Más detalles

RECURSOS DE APELACIÓN.

RECURSOS DE APELACIÓN. ACLARACIÓN DE SENTENCIA. RECURSOS DE APELACIÓN. EXPEDIENTES: SUP-RAP-450/2015 y SUP-RAP-451/2015 ACUMULADOS. RECURRENTE: MANUEL BRAULIO MARTÍNEZ RAMÍREZ. AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 1 de junio del páginas PODER EJECUTIVO ACUERDOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 1 de junio del páginas PODER EJECUTIVO ACUERDOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS Año CXL San José, Costa Rica, viernes 1 de junio del 2018 5 páginas ALCANCE N 113 PODER EJECUTIVO ACUERDOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS NOTIFICACIONES OBRAS

Más detalles

R-DCA CONTRALORIA GENERAL

R-DCA CONTRALORIA GENERAL R-DCA-906-2014 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas treinta y un minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce. ----------------------------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

Chilpancingo, Guerrero, a dieciséis de marzo de dos mil dieciséis.

Chilpancingo, Guerrero, a dieciséis de marzo de dos mil dieciséis. TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO SALA DE SEGUNDA INSTANCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: TEE/SSI/RAP/008/2016 RECURRENTE: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO

Más detalles

CASACIÓN N AREQUIPA

CASACIÓN N AREQUIPA El subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio previsto en los artículos 144 y 145 del Decreto Supremo N 005-90- PCM, debe pagarse teniendo como base de cálculo la remuneración total. Lima, veinticinco

Más detalles

Juicio de Amparo Indirecto 173/2017-V 1

Juicio de Amparo Indirecto 173/2017-V 1 Juicio de Amparo Indirecto 173/2017-V 1 AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Tepic, Nayarit, a las once horas del ocho de febrero de dos mil diecisiete, en el expediente relativo al Juicio de Amparo Indirecto 173/2017**,

Más detalles

San José, 15 de mayo de

San José, 15 de mayo de 1 San José, 15 de mayo de 2013.- En San José, a las catorce horas con treinta minutos del quince de mayo del dos mil trece, se inició la votación de la Sala Constitucional, conformada por los Magistrados

Más detalles

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: miércoles, 20 junio, Se rechaza de plano el recurso.

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: miércoles, 20 junio, Se rechaza de plano el recurso. PODER JUDICIAL Votos del Día DESPACHO : 0005 Sala Segunda Fecha de Votación: miércoles, 20 junio, 2018 11-000532-1178-LA Ordinario Laboral 2018/ 000988 9:30 am 11-000908-1178-LA Ordinario Laboral 2018/

Más detalles

118 04JUN.2013 hrs del

118 04JUN.2013 hrs del É' i schacon CÉDULA DE NOTIFICACIÓN GOICOECHEA, a las 118 04JUN.2013 hrs del Sector: 24c? Notificando: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección: NO APLICA. Notifiqué mediante cédula, la resolución

Más detalles

Comité de Transparencia Sesión ordinaria 3/2017, 27 de enero de 2017

Comité de Transparencia Sesión ordinaria 3/2017, 27 de enero de 2017 ACTA DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CELEBRADA EL VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE. En la Ciudad de México, siendo las trece horas

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DCA-814-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del cinco de octubre de dos mil dieciséis.------------------------------------ Recurso

Más detalles

Ciudad de México. Resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día de del dos mil diecisiete.

Ciudad de México. Resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día de del dos mil diecisiete. QUEJOSA Y RECURRENTE: VALORES MEXICANOS CASA DE BOLSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE MINISTRO PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK SECRETARIA: JAZMÍN BONILLA GARCÍA Ciudad de México. Resolución de la

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. R-DCA-0476-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

901/2013 ESPINOSA SILIS. México, Distrito Federal, a veintidós de mayo de dos mil trece.

901/2013 ESPINOSA SILIS. México, Distrito Federal, a veintidós de mayo de dos mil trece. EXPEDIENTE: 901/2013 JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO SUP-JDC- ACTOR: JORGE ARTURO MANZANERA QUINTANA AUTORIDAD RESPONSABLE: UNIDAD DE ENLACE DE TRANSPARENCIA

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas cinco minutos del once de julio de dos mil catorce.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas cinco minutos del once de julio de dos mil catorce. Exp: 14-008355-0007-CO Res. Nº 2014011353 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas cinco minutos del once de julio de dos mil catorce. Recurso de amparo interpuesto

Más detalles

Monterrey, Nuevo León, a nueve de septiembre de dos mil dieciocho.

Monterrey, Nuevo León, a nueve de septiembre de dos mil dieciocho. JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SM-JDC-1129/2018 ACTORA: MARISOL ZÚÑIGA VIDALES RESPONSABLE: VOCAL EJECUTIVO DE LA 04 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA

Más detalles

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas y cuatro minutos del tres de abril del dos mil ocho.

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas y cuatro minutos del tres de abril del dos mil ocho. Exp: 08-004430-0007-CO Res. Nº 2008-05122 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas y cuatro minutos del tres de abril del dos mil ocho. Recurso de amparo que se tramita

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUANAJUATO. Sesión Ordinaria de Pleno de 24 veinticuatro de enero de 2018 dos mil dieciocho.

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUANAJUATO. Sesión Ordinaria de Pleno de 24 veinticuatro de enero de 2018 dos mil dieciocho. TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUANAJUATO Sesión Ordinaria de Pleno de 24 veinticuatro de enero de 2018 dos mil dieciocho. Acta PTJA-04 En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato; a las

Más detalles

México, Distrito Federal, a tres de agosto del dos mil doce.

México, Distrito Federal, a tres de agosto del dos mil doce. JUICIO DE INCONFORMIDAD EXPEDIENTE: ACTOR: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL 10, CON SEDE EN

Más detalles

Tepic, Nayarit; a doce de junio de dos mil trece.

Tepic, Nayarit; a doce de junio de dos mil trece. JUICIO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES EXPEDIENTE: SC-E-JPDF-40/2013 ACTOR: Juan Carlos Rivas Ochoa. AUTORIDAD RESPONSABLE: Juez Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de primera Instancia del Ramo

Más detalles

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A. CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A. CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL Página 1 EXPEDIENTE 1539-2017 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, diez de octubre de dos mil diecisiete. De oficio, se trae a la vista el expediente

Más detalles

Acta De Votación. Exp. Nº Voto Nº Tipo Por Tanto RECURRIDO CO

Acta De Votación. Exp. Nº Voto Nº Tipo Por Tanto RECURRIDO CO Poder Judicial Acta De Votación Sala Constitucional Miércoles, 11 de enero de 2017 En San José, a las nueve horas con cinco minutos del once de enero del dos mil diecisiete, se inició la votación de la

Más detalles

ACUERDO DE SALA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1139/2017

ACUERDO DE SALA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1139/2017 JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1139/2017 ACTOR: SALVADOR COSÍO GAONA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO PONENTE:

Más detalles

Artículo 1º.- Objeto de la Ley Modifícanse los artículos 22º y 25º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de la siguiente manera:

Artículo 1º.- Objeto de la Ley Modifícanse los artículos 22º y 25º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de la siguiente manera: LEY Nº 28961.- Ley que modifica los artículos 22º y 25º de la Ley Nº 27972, Ley orgánica de municipalidades y el artículo 31º de la Ley Nº 27867, Ley orgánica de gobiernos regionales, sobre causales de

Más detalles

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL. Prof. Robert F. Beers

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL. Prof. Robert F. Beers JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Prof. Robert F. Beers Acción de Inconstitucionalidad Acción de Inconstitucionalidad Su procedimiento se regula en la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Se dirige contra

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA EXPEDIENTE N.º 18.484

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL I~ I I~I I I I IIIIII SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 8 días del mes de julio de 2013, la Sala Primera del Tribunal nstitucional, integrada por los señores magistrados Urviola Hani,

Más detalles

DEFENSOR DEL PUEBLO. Alto comisionado de las Cortes para la tutela de los derechos del título I

DEFENSOR DEL PUEBLO. Alto comisionado de las Cortes para la tutela de los derechos del título I GARANTÍAS ORGÁNICAS Defensor del pueblo Defensores del pueblo autonómicos y locales Funciones no judiciales de órganos jurisdiccionales Otros órganos: Agencia protección de datos Órganos de administración

Más detalles

N MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. Considerando:

N MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. Considerando: N 24685-MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 18 del artículo 140 de la Constitución Política, 28.2.b

Más detalles

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda. NUE Clase Materia Número de Voto 9:30 am

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda. NUE Clase Materia Número de Voto 9:30 am PODER JUDICIAL Votos del Día DESPACHO : 0005 Sala Segunda Fecha de Votación: miércoles, 7 marzo, 2018 09-000329-0678-CI Ordinario CIVIL 2018/ 000433 9:30 am Se rechaza de plano el recurso de casación.

Más detalles

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DCA-0543-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil dieciocho.---------------------------------------

Más detalles

Ciudad de México, a once de enero de dos mil dieciocho.

Ciudad de México, a once de enero de dos mil dieciocho. JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SCM-JE-1/2018 ACTOR: FILEMÓN AGUILAR RODRÍGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE JUAN C. BONILLA, PUEBLA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA MAGISTRADO: ARMANDO

Más detalles

PROCESO DE AMPARO. LUZ CAROLINA VIGIL CURO Y otros. PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO Señor MOLLINEDO VALENCIA

PROCESO DE AMPARO. LUZ CAROLINA VIGIL CURO Y otros. PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO Señor MOLLINEDO VALENCIA EXPEDIENTE: DEMANDANTE: DEMANDADOS: MATERIA: NATURALEZA: PONENTE: 2008-0010-0102-JM-CI-01 ALBERTO VASQUEZ SALAZAR LUZ CAROLINA VIGIL CURO Y otros PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO Señor MOLLINEDO VALENCIA

Más detalles

ACUERDO DE SALA. Ciudad de México, a veinticinco de julio de dos mil dieciocho.

ACUERDO DE SALA. Ciudad de México, a veinticinco de julio de dos mil dieciocho. ACUERDO DE SALA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-411/2018 ACTOR: LUIS GUILLERMO MANZANO SÁNCHEZ, COORDINADOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO

Más detalles

Exp. Nombre. Acosta Sánchez, Vicepresidente, encargado de la Presidencia. Nugent, Díaz Valverde,

Exp. Nombre. Acosta Sánchez, Vicepresidente, encargado de la Presidencia. Nugent, Díaz Valverde, i.. Exp. Nombre : N 174-96-AAlTC : ENTEL PERU S.A. SENTENCIA DEL En Lima a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventisiete reunido el Tribunal Constitucional en sesión de Pleno

Más detalles