INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO DIMAS DE CAJAMARCA
|
|
- Salvador Farías Villalobos
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO DIMAS DE CAJAMARCA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO DIMAS I.E.S.T.P DIMAS
2 Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" RESOLUCION DIRECTORAL Nº IESTP-DIMAS/CAJ Cajamarca, 04 de enero de 2018 Visto, el proyecto Reglamento de Prácticas Pre Profesionales y/o formación en situaciones reales de trabajo y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad de la Dirección de la Institución Educativa aprobar los Documentos que rigen el normal desempeño de los Institutos de Educación Superior Tecnológica, de conformidad a la De conformidad con la Ley General de Educación Nº 28044; Modificatoria de DCBN y sus anexos RVM N MINEDU, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, Reglamento de la Ley N Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, Resolución de Secretaría General N MINEDU, Resolución de Secretaría General N MINEDU y demás normas y orientaciones que rijan el normal desarrollo para Instituciones que desarrollen Carreras Tecnológicas. Que, en concordancia a dichas Normas, la Comisión ha formulado el Reglamento de Prácticas Pre Profesional para el año 2018, como un instrumento orientador que ayude al desarrollo y conducción del Proceso de Prácticas y Desenvolvimiento en situaciones reales de trabajo de nuestra comunidad Educativa, de la manera más apropiada. SE RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: aprobar el Reglamento de Prácticas Pre Profesionales 2018 del instituto de Educación superior Tecnológico dimas, para el año ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, su cumplimiento por todos los alumnos y docentes asignados a la supervisión de las mismas. Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese
3 INDICE INTRODUCCIÓN 4 BASE LEGAL 5 CAPÍTULO I GENERALIDADES, CONVALIDACIONES 6 CAPÍTULO II DEFINICIÓN, OBJETIVO, CARACTERISTICAS 7 CAPÍTULO III DEL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS, FINALIDADES Y CALIFICACIÓN 8 CAPÍTULO IV GESTIÓN Y COORDINACIÓN 12 CAPÍTULO V DE LA EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS 13 CAPÍTULO VI DE LOS DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES 14 CAPITULO VII DE LA CERTIFICACION MODULAR 15 DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS 17 TABLA DE CONVALIDACIONES 18
4 INTRODUCCIÓN El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS - fue creado por Resolución Ministerial N ED manteniendo una estructura curricular dinámica por competencias y adaptable a las necesidades que el país requiere, frente a los constantes cambios en los sistemas de formación profesional que involucra los conocimientos adquiridos con el Nuevo Diseño Curricular. El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS, presenta éste instrumento normativo regulador de los procedimientos que debe efectuar el estudiante para cumplir con la práctica pre profesional. El desarrollo de la Práctica Pre-Profesional concluye con la Certificación Modular correspondiente. El Reglamento contiene la finalidad de la práctica pre- profesional, los objetivos, la organización, las responsabilidades, la evaluación, los instrumentos de observación y evaluación. La base legal se encuentra en concordancia y cumplimiento a las Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de Educación Superior Tecnológica en los Institutos Superiores Tecnológicos autorizados. Las Carreras Técnicos Profesionales involucradas en el presente Reglamento son las siguientes: Administración de Empresas; Contabilidad. BASE LEGAL Ley General de Educación Nº RVM N MINEDU y su Modificatoria de DCBN y sus anexos Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, Reglamento de la Ley N Resolución de Secretaría General N MINEDU, Ley N Ley de Institutos y Escuelas de la Educación Superior.
5 Decreto Supremo N ED, Reglamento de la Ley N Ley N 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales. Resolución Directoral N ED, que aprueba el Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica con carácter experimental. Decreto Supremo Nº ED aprueba en el desarrollo de las Actividades Productivas y Empresariales de las Instituciones de Educación Superior, podrán convalidar las horas de dichas actividades productivas con la práctica pre-profesional Resolución Directoral N ED, Lineamientos para la Práctica preprofesional en Instituto de Educación Superior Tecnológico, Instituto Superior de Educación e Instituto de educación Superior pedagógico que aplican el Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica. Resolución Directoral N ED, que aprueba la Directiva N ME/VMGP-DIGESUTP-DESTP, Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica, en Instituto de Educación Superior Tecnológico e Instituto Superior de Educación autorizados. Resolución de Secretaría General N MINEDU y demás disposiciones vigentes. CAPÍTULO I
6 GENERALIDADES Artículo 1º.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para regular las prácticas pre profesionales de los estudiantes del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS conforme a lo señalado en la normativa sobre la materia. Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento para todos los entes involucrados en el proceso de las Practicas Pre-profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS. Artículo 3º.- Los entes involucrados en el proceso regulado en éste Reglamento, son: Dirección Jefe de Unidad Académica Coordinador de Prácticas Pre Profesionales.- Equipo de Prácticas Pre profesionales.- Docente-Asesores de prácticas.- Practicante.- CONVALIDACIONES Artículo 4 : De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº ED, los estudiantes que participen en el desarrollo de las Actividades Productivas y Empresariales de las Instituciones de Educación Superior, podrán convalidar las horas de dichas actividades productivas con la práctica pre-profesional. La participación de los estudiantes en estas actividades productivas y empresariales, requiere la necesaria aprobación previa por parte del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS del respectivo proyecto productivo. Artículo 5 : Los estudiantes que laboran en puestos de trabajo de empresas o instituciones, cuyas funciones y características coincidan con los contenidos de
7 uno ó más módulos técnico profesionales de la carrera, podrán convalidar toda o parte de la práctica pre-profesional, que corresponda a un módulo técnico profesional para lo cual el estudiante presentará la documentación pertinente ante el Comité de Prácticas Pre profesionales. Artículo 6 : El Comité de Práctica Pre-Profesional previa verificación, establecerá el porcentaje a convalidar, con el visto bueno de la jefatura de Unidad Académica. CAPÍTULO II DEFINICIÓN, OBJETIVO, CARACTERÍSTICAS Artículo 7º.- La práctica pre-profesional, es el ejercicio de las capacidades y aptitudes adquiridas durante el proceso de formación, en situaciones reales de trabajo. Tiene carácter formativo. Tiene como finalidad consolidar los aprendizajes logrados durante el proceso formativo y es un requisito indispensable para que el estudiante acceda a la certificación y la titulación como Técnico profesional. Las prácticas pre-profesionales tienen carácter obligatorio, siendo un requisito para tener derecho a la Titulación y certificación progresiva. Artículo 8º.- Las prácticas pre-profesionales tienen como objetivos: Desarrollar habilidades y destrezas para un mejor desempeño profesional, fomentando actitudes de responsabilidad y trabajo en equipo. Complementar la formación académica de los practicantes en base a una relación con el mercado, fundamentalmente en sus áreas de especialidad y relacionando a los profesionales con su entorno social. Comparar y contrastar los conocimientos teóricos y prácticos, en la realidad laboral actual.
8 Artículo 9º.- Son características de las Prácticas Pre Profesionales, las siguientes: a) Son integrales, porque comprenden todo lo aprendido durante la formación profesional según la carrera correspondiente. b) Son graduales, porque logran que el estudiante adquiera experiencias en forma creciente en situaciones reales de trabajo, en las que el practicante logrará autonomía en forma progresiva. c) Son realistas, porque permiten que el futuro profesional se desenvuelva en situaciones reales de trabajo en el centro laboral, poniendo en práctica los conocimientos y capacidades adquiridas, adoptando actitud analítica y crítica. CAPÍTULO III DEL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS PRE -, FINALIDADES Y CALIFICACIÓN Artículo 10º.- Las prácticas pre-profesionales se desarrollan en instituciones, empresas u organizaciones públicas o privadas, con o sin fines de lucro; siendo responsabilidad del alumno informar a la Coordinación de Practicas Pre- Profesionales y/o a los docentes asesores para registrar la realización de la práctica pre-profesional. Artículo 11º.- La realización de las prácticas pre profesionales puede tener lugar en los siguientes ámbitos: En la empresa o institución del sector privado o público, donde se planifican, organizan, ejecutan y evalúan, de manera objetiva y económica, los procesos de producción de bienes o servicios. En el Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS, siempre que cuente con las instalaciones y desarrolle proyectos productivos y de prestación de servicios. Autogestionaria, en los que participan de manera independiente o asociados, para la producción de bienes o servicios. Este tipo de
9 organización requiere ser de conocimiento previo, autorizada y supervisada por un Comité de Prácticas Pre-Profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS. Artículo 12º Las prácticas pre-profesionales que tiene por objeto complementar y profundizar la formación profesional por capacidades en transcurso de la carrera profesional, se sujeta a lo siguiente: a) Que el Coordinador de Prácticas Pre-Profesionales y/o los docentes asesores deben informar al estudiante sobre los objetivos de las prácticas y proporcionar los formatos a utilizar a los practicantes. b) Que el estudiante al concluir sus estudios, demuestre la capacidad de desempeñarse en el campo profesional conforme al perfil profesional correspondiente.
10 c) Que cuando las prácticas son realizadas en las instituciones antes mencionadas, los profesores- asesores del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado DIMAS realice las coordinaciones respectivas para lograr el reporte de los centros de práctica así como las supervisiones respectivas. Artículo 13º.- La Coordinación de Prácticas Pre - Profesionales dentro de sus funciones, elabora un registro que permita facilitar el record de prácticas de cada estudiante. Artículo 14º.- La Coordinación de Practicas Pre Profesionales orienta, apoya y coordina con los docentes asesores de las diversas especialidades la organización, ejecución y evaluación de las practicas pre profesionales. Artículo 15º.- Los estudiantes que participen en Actividades de desarrollo Personal y Profesional así como Productivas, Empresariales o de Voluntariado implementados por el Instituto De Educación Superior Tecnológico Privado IESTP DIMAS, podrán convalidar las horas de dichas actividades con la práctica pre-profesional, siguiendo el cuadro de convalidación. Artículo 16º.- La calificación de las prácticas para los primeros años contempla: a) Aspecto Actitudinal: Actitud frente al trabajo tales como dedicación, constancia, diligencia, responsabilidad, puntualidad, disciplina, participación, capacidad de comunicación, persuasión de análisis y crítica y los considerados en las unidades didácticas aprendidas. b) Aspecto Promoción Educativa: Como la participación, identificación e integración al grupo de trabajo. Página 11
11 c) Aspectos Conceptuales y Procedimentales: Se evaluara según programación de cada módulo y carrera, y aplicado en la organización y ejecución del trabajo. Artículo 17º.- Iniciadas las prácticas pre profesionales en una empresa, el estudiante deberá presentarse al docente asesor para informar sobre el desarrollo de las mismas, para facilitarle la documentación pertinente para tal fin. Artículo 18º.- La realización de las prácticas pre profesionales en una empresa, requiere previamente: Carta de la Institución presentando al estudiante. Convenio de Practicas Pre Profesional u otros documentos que permitan desarrollar las prácticas, adjuntando un programa de actividades que desarrollara el practicante. Artículo 19º.- Los estudiantes que laboran en puestos de trabajo relacionados con sus respectivas carreras profesionales, podrán convalidar la práctica pre profesional correspondiente a las competencias adquiridas, previa presentación de: Copia de las seis últimas boletas de pago. 1 copia legalizada de certificado de trabajo. Informe descriptivo sobre el desarrollo de la actividad laboral (físico y cd). Artículo 20º.- Los estudiantes que laboran independientemente, como dueño, socio o integrante de empresa familiar, en puestos de trabajo relacionados con sus respectivas carreras profesionales, podrán convalidar la práctica pre profesional correspondiente a las competencias adquiridas, previa presentación de: Copia de la minuta de la empresa que ha constituido. Página 12
12 Informe descriptivo sobre el desarrollo de la actividad laboral (físico y cd). CAPÍTULO IV GESTIÓN Y COORDINACIÓN Artículo 21º.- La ejecución de las prácticas profesionales es requisito indispensable para la certificación y titulación; para el efecto, el Instituto establecerá mecanismos de vinculación con las empresas, instituciones públicas o privadas para garantizar su ejecución, no siendo responsabilidad de la institución la búsqueda de las mismas. Artículo 22º.- La gestión de las Prácticas Pre - Profesionales es responsabilidad e interés del alumno. La Institución gestionara la consecución de convenios a través de los docentes asesores, la Coordinación de Prácticas Pre - Profesionales aprobara los centros de prácticas bajo la modalidad de convenios y/o cartas de buenas intenciones interinstitucional. Artículo 23º.- La Coordinación junto a los docentes asesores de prácticas gestionan la documentación que el alumno requiera para formalizar y acreditar sus horas de prácticas en las empresas, si bien es cierto que la formación debe ser dual en la actualidad, para quienes hayan terminado la carrera y no hayan desarrollado prácticas en situaciones reales de trabajo es como sigue: PRÁCTICAS PRÁCTICAS PRÁCTICAS CARRERA INICIALES INTERMEDIAS FINALES Administración de Empresas Contabilidad Artículo 24º.- Los docentes asesores de práctica monitorearan, por distintos medios, el desempeño de las prácticas en las entidades en las que se realicen. Artículo 25º.- Las prácticas pre profesionales realizadas por los estudiantes quedarán registradas en el registro de prácticas y en el expediente del alumno el cual una vez culminado el proceso estará bajo custodia de Dirección Académica. Página 13
13 CAPÍTULO V DE LA EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS Artículo 26º.- Para la evaluación, los docentes asesores de prácticas realizarán la verificación y validación de los documentos junto a los reportes del centro de práctica del alumno, cuya escala cualitativa es A (Muy Buena), B (Buena), C (aceptable), D (Deficiente); las que se registran en un ficha de evaluación. Los alumnos que obtienen calificación deficiente deberán realizar nuevamente la práctica. Artículo 27º.- Los criterios para lograr una eficiente evaluación en los centros de práctica serán conforme a los siguientes indicadores: a. Organización y ejecución del trabajo. b. Capacidad Técnica y empresarial. c. Cumplimiento en el trabajo. d. Trabajo en Equipo. e. Iniciativa. Artículo 28º.- Los docentes asesores orientaran la realización del informe descriptivo de las prácticas pre profesional, según estructura normada, el cual será promediado con la calificación otorgada por las sedes de prácticas, a través de promedio aritmético. CAPÍTULO VI DE LOS DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES Artículo 29º.- El alumno practicante tiene los siguientes derechos: Página 14
14 a) Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación en su centro de prácticas pre profesionales. b) Recibir acompañamiento oportuno de parte de los docentes, coordinadores para su cumplimiento satisfactorio c) Ser evaluado objetiva y oportunamente y recibir información de los resultados obtenidos durante sus prácticas. Artículo 30º.- Son deberes del estudiante: a) Demostrar responsabilidad, disciplina, comportamiento ético y eficiencia profesional durante el desarrollo de sus Prácticas Pre - Profesionales. b) Respetar la normatividad interna de la entidad donde realiza sus prácticas pre - profesionales. c) Otras que establezcan el Instituto o la entidad en la que se desarrollen las prácticas pre - profesionales. Artículo 28º.- Los alumnos practicantes incurrirán en falta si: a) Hiciera abandono injustificado o falta en su Centro de Prácticas. b) Demostrara indisciplina e irresponsabilidad en el cumplimiento de las funciones asignadas. c) Otros que considere la entidad o el área respectiva. Artículo 29º.- En caso se demostrara que el alumno practicante incurrió en falta se procederá a la conclusión de éstas y a emitir el informe sancionatorio respectivo el cual será archivado en su legajo personal de prácticas pre profesionales. CAPITULO VII DE LA CERTIFICACION MODULAR Artículo 30. La Certificación Modular es la certificación que acredita al estudiante que curso su carrera en el Diseño Curricular Básico (DCB) la Página 15
15 adquisición de las capacidades terminales del módulo transversal y del técnico profesional. Artículo 31.- La certificación modular tiene por objeto completar y profundizar la formación profesional, es el documento que acredita que el estudiante ha adquirido las Capacidades Terminales del Módulo Profesional Técnico. Se realizará preferentemente en centros, empresas públicas y privadas de producción de bienes o presentaciones de servicios. Esta práctica es recomendable por su naturaleza real o integral. Artículo 32. El Certificado Modular se emitirá en el Formato establecido por la Dirección de Educación Superior. Artículo 33.-Para obtener la certificación modular se requiere que el estudiante presente lo siguiente: a) Haber aprobado todas las Capacidades Terminales en cada una de las Unidades Didácticas de los Módulos Transversales y Técnico Profesionales, con nota mínima de (13) trece. b) Haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre profesionales con una duración no menor al 35% del número total de horas del Módulo Técnico Profesional. Artículo 34.-La expedición del certificado de modular lo tramita ante la DRELM la Secretaria Académica del IESTP y el estudiante lo solicita en el área de Servicio de Atención al Alumno (SAA) de su respectiva sede, previo cumplimiento del trámite administrativo y requisitos siguientes: Solicitud dirigida a la Dirección General. Dos (2) fotografías tamaño pasaporte a colores con fondo blanco. Página 16
16 Constancia de haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre profesionales con una duración no menor del 35% del número total de horas del Módulo Técnico Profesional. Constancia de notas de unidades didácticas del Módulo Técnico Profesional y Módulos. Transversales matriculados y aprobados. Informe de práctica pre- profesional aprobado por la Coordinación de Prácticas Pre Profesionales del IESTP. Sustentación de prácticas Pago del derecho de trámite en caja del instituto por la certificación modular. Artículo 35.-Los certificados modulares serán registrados en el instituto. La relación de certificados modulares será remitida por el IESTP, anualmente a la DRELM precisando el código autogenerado correspondiente. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS PRIMERO: El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado IESTP DIMAS, a través de sus áreas competentes emitirá, de ser necesario, las Directivas, Informes u otros documentos específicos sobre la carrera profesional materia de prácticas. SEGUNDO: Los estudiantes tendrán derecho a recibir información y orientaciones específicas sobre el desarrollo de las prácticas pre profesionales en forma permanente. TERCERO: Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, serán resueltos por la Coordinación de Prácticas Pre profesionales, las jefaturas de Producto correspondientes y/o docentes designados por estas y los órganos institucionales que tengan relación directa con la gestión de prácticas. Página 17
17 MODULOS ACTIVIDADES HORAS CONVALIDADAS REGISTRO DE HORAS PARA CONVALIDACIÓN Actividades de servicios, acordes al perfil profesional, en las diferentes áreas del IST-DIMAS. Concursos institucionales, nacionales e internacionales, generales, anuales realizados por las Jefaturas de Producto dirigido a las carreras profesionales. Hasta el 35% del número total de horas de cada módulo técnico profesional Hasta el 35% del número total de horas de cada módulo técnico profesional. A través del informe de evaluación emitido por la persona responsable del desarrollo de la actividad o tarea. Estas actividades para ser convalidadas deben ser acorde a las capacidades terminales del módulo correspondiente. A través del informe del proyecto y registro de la actividad, y cuyos trabajos permitan la obtención de las capacidades terminales del módulo que está cursando. Estos documentos deben ser dirigidos a la Coordinación de prácticas pre profesionales Practica Pre Profesional Empleo (dependiente e independiente) Hasta el 35% del número total de horas de cada módulo técnico profesional. Carta de aceptación de parte de la empresa, convenio y/o carta de buena intención interinstitucional, plan de actividades, ficha de monitoreo, informe de valoración del docente-coordinador de prácticas, reporte de evaluación de la Empresa, constancia de prácticas expresado en horas, informe descriptivo de las practicas. Carta de aceptación de parte de la empresa, convenio y/o carta de buena intención interinstitucional, plan de actividades, ficha de monitoreo, informe de valoración del docente-coordinador de prácticas, reporte de evaluación de la Empresa, constancia de prácticas expresado en horas, informe descriptivo de las practicas.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO PERUANO DE SISTEMAS SISE I.E.S.T.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO PERUANO DE SISTEMAS SISE I.E.S.T.P SISE INDICE INTRODUCCIÓN 4 BASE LEGAL 5 CAPÍTULO I GENERALIDADES, CONVALIDACIONES
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO PERUANO DE SISTEMAS SISE I.E.S.T.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO PERUANO DE SISTEMAS SISE I.E.S.T.P SISE INDICE INTRODUCCIÓN 3 BASE LEGAL 4 CAPÍTULO I GENERALIDADES 5 CAPÍTULO
Más detallesISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica
ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica Resolución Ministerial N 738-85-ED, Normas para la Programación, Ejecución y Evaluación de las Prácticas Profesionales
Más detallesVisto, el Reglamento de Titulación y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO:
Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" RESOLUCION DIRECTORAL Nº -2018 IESTP-DIMAS/CAJ Cajamarca, 04 de enero de 2018 Visto, el Reglamento de Titulación y demás documentos que acompañan; CONSIDERANDO:
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES CAPITULO I GENERALIDADES Y ALCANCES Art.1. El presente Reglamento contiene
Más detallesNORMATIVO DE PRÁCTICAS PRE-
NORMATIVO INGENIERÍA MECÁNICA PÁG.: 1 DE 10 NORMATIVO ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR: NOMBRE: Comisión de Prácticas Pre-Profesionales NOMBRE: Comisión de Prácticas Pre-Profesionales CONSEJO
Más detallesREGLAMENTO DEL EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS Y TÍTULACIÓN DEL IESTP PEDRO P. DÍAZ
REGLAMENTO DEL EXAMEN TEÓRICO-PRÁCTICO DEL LOGRO DE COMPETENCIAS Y TÍTULACIÓN DEL IESTP PEDRO P. DÍAZ I. FINALIDAD Orientar y establecer las responsabilidades, requisitos, procedimientos e instrumentos
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE RACIONALIZACIÓN REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES (Aprobado con Resolución N 186-2017-CU del 27 de junio de 2017) 2017 ÍNDICE
Más detallesREGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO POR LOS EGRESADOS QUE ESTUDIARON CON EL NDCB Diciembre, 2017 REGLAMENTO PARA OPTAR EL
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL CALLAO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO SIMÓN BOLÍVAR REGLAMENTO DE PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL BELLAVISTA PERÚ Í N D I C E TÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES PARA ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BOLIVARIANO
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES PARA ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BOLIVARIANO El Consejo Gubernativo del Instituto Tecnológico Superior Bolivariano, CONSIDERANDO: Que es una
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES (APROBADO CON RESOLUCION DE FACULTAD No.025-00-UPT/FACEM-CF) CAPITULO I DENOMINACION Art. 1º Se denomina Práctica Pre-Profesional a la actividad de capacitación
Más detallesCORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS
CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS ACUERDO No. 25 DE 2.006 (DICIEMBRE 20) Por el cual se modifica el acuerdo No 8 de Agosto 5 del 2004 El Consejo Superior de
Más detallesREGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO POR LOS EGRESADOS QUE ESTUDIARON CON EL PLAN DE ESTUDIOS POR ASIGNATURA Diciembre, 2017
Más detallesEcon. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática
Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática 2013 OBJETIVOS El presente ordenamiento tiene por objeto regular las diferentes actividades y las competencias que corresponde
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Capítulo I Naturaleza de las prácticas o pasantías preprofesionales.
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior (Requisitos previos a la obtención del título) determina que: como requisito previo
Más detallesEL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A
EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales,
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE INGENIERIA REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA (Aprobado con Resolución de Facultad No. 034-CF-2008-FAING/UPT) CAPITULO I GENERALIDADES:
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES DE CONTABILIDAD Y FINANZAS APROBADO CON RESOLUCION N CO-ULC
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES DE CONTABILIDAD Y FINANZAS APROBADO CON RESOLUCION N 04-06-CO-ULC CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES CAPITULO
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA LÍDER PERUANA RESOLUCIÓN N CONAFU
- 1 - VISTO: El Oficio N 025-2017-ULP-GSBU/UIDL, de la Unidad de Inserción y Desarrollo Laboral de la Oficina de Gestión Social y Bienestar Universitario que adjunta el Proyecto de Reglamento de Practicas
Más detallesUNIVERSIDAD DE LEON Escuela Universitaria de Trabajo Social "Ntra. Señora del Camino" LEON
REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DEL GRADO EN SOCIAL TRABAJO I. DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL Artículo 1. El Prácticum en la carrera de Trabajo Social es una actividad curricular obligatoria, pre-requisito para la
Más detallesPROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO
PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO ESPECIALIDAD TECNICO PRODUCTIVA TECNICO EN AVIACION COMERCIAL 2012 1 TÍTULO VII CAPITULO XXIX Normas para la titulación Articulo 209 Los estudiantes del
Más detallesRESOLUCIÓN N DIRECTORIO UPAGU
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO RESOLUCIÓN N 113 2007 DIRECTORIO UPAGU Cajamarca, 14 de noviembre de 2007. Visto: - El Oficio Nº 126-2007-VAC-UPAGU, mediante el cual el Vicerrector Académico,
Más detallesINSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO "ARGENTINA" TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA 2018
ANEXO 0 TEXTO ÚNICO DE S ADMINISTRATIVOS - TUPA 08. CARNÉ INSTITUCIONAL (FUT solictarlo en ) Unidad.00. Recibo de Pago Administrativa. DUPLICADO CARNÉ INSTITUCIONAL Unidad.00. Recibo de Pago Administrativa
Más detallesÍNDICE GENERAL DEL INFORME DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONAL FACULTAD DE INGENIERÍA AMBIENTAL
ÍNDICE GENERAL DEL INFORME DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONAL I. Generalidades 1.1. Razón social de la empresa o institución descripción donde realizará las Prácticas Pre Profesionales 1.. Ubicación 1.3. Organización
Más detallesEL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A
EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2004-2005, que tienen un avance de al menos el 75% de créditos, a participar
Más detallesUNIVERSIDAD LATINOAMERICANA CIMA CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL
ÍNDICE GENERAL I. Generalidades 1.1. Razón social de la empresa o institución descripción donde realizará las Prácticas Pre Profesionales 1.. Ubicación 1.3. Organización de la Empresa o Institución donde
Más detallesEL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A
EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance
Más detallesEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO. A través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A
EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE APIZACO A través de la Profesionales C O N V O C A Al estudiantado de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance de por lo menos
Más detallesArtículo 4. Se enmarca dentro de los siguientes principios:
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA CARRERA DE ANÁLISIS DE SISTEMAS I. GENERALIDADES: 1. Definición y alcances. Artículo 1. El presente reglamento detalla las orientaciones generales para la
Más detallesDISPOSICIONES PARTICULARES DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DERECHO D VICE 06
DISPOSICIONES PARTICULARES DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DERECHO D VICE 06 O-FPP Formación en Pregrado y Postgrado O-CGT Certificación, Graduación y Titulación FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales
Universidad Católica del Norte Departamento de Educación. ANEXO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales Antofagasta, Septiembre 2010 INDICE INDICE 02 I. DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA)
LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA) De conformidad con lo estipulado por el Consejo Académico en la resolución N 16 de
Más detallesPASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN
REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE PRÁCTICAS PRÁCTICA Y PASANTÍAS PASANTÍA FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN TITULO I DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 01. El presente Reglamento General tiene por objeto Normar
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES TACNA PERU 2017 REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO.
Más detallesUNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional
10/02/2011 - Cada cinco años 1 de 7 ÍNDICE CAPÍTULO I.- De las Disposiciones Generales 2 CAPÍTULO II.- De la Admisión de los Residentes 3 CAPÍTULO III.- De las Obligaciones de los Residentes 4 CAPÍTULO
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados. Convocatoria 2017-B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados Convocatoria 2017-B POSGRADO (MAESTRÍA) EN CIENCIAS PARA EL DESARROLLO, LA SUSTENTABILIDAD Y EL TURISMO. 1 Modalidad:
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE ABOGADO
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA Av. SAN MARTIN Nº 361 FACULTAD DE DERECHO Y CS.PS. FONO-FAX 726881-727212 PAGO CAPANIQUE - POCOLLAY APARTADO 746 Teléfono (054) 743380 ANEXO 40 TACNA - PERU E-mail: derecho@upt.edu.pe
Más detallesREGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL
para la INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO DE LAS FUERZAS ARMADAS REGLAMENTO DE CERTIFICACION MODULAR Y TITULO PROFESIONAL - 2016 1 para la INDICE INTRODUCCION 3 TITULO I.- ASPECTOS GENERALES
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES TACNA - PERU REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA
Más detallesINSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO CONTINENTAL REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO CONTINENTAL REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Continental,
Más detallesNORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA
NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA Universidad de San Carlos de Guatemala Centro Universitario de Baja Verapaz CUNBAV Carrera Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa con Orientación en Medio
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA CURSAR PRÁCTICAS PROFESIONALES I Y PRÁCTICAS
Más detallesDIRECTIVA Nº R-UNE
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE PAGO DEL SERVICIO TEMPORAL, EVENTUAL Y SIN VÍNCULO LABORAL, EN LOS CENTROS PRODUCTIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados MAESTRIA EN ANALISIS TRIBUTARIO. Convocatoria 2016 B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados MAESTRIA EN ANALISIS TRIBUTARIO Convocatoria 2016 B Modalidad: Presencial. Tipo de programa: Profesionalizante. Tiempo
Más detallesINSTRUCTIVO PARA PASANTÍAS
UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES INSTRUCTIVO PARA PASANTÍAS I. DEFINICIÓN DE PASANTÍA: se
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el lunes 20
Más detallesNombre del procedimiento: Procedimiento del SGI para la Titulación.
Página 1 de 7 1. Propósito Establecer las normas y lineamientos para la obtención del Titulo Profesional de Licenciatura en los Institutos Tecnológicos Descentralizados del Estado de Jalisco. 2. Alcance
Más detallesDEFINICIONES. Revisión: Actividad realizada para evaluar los avances del diseño e identificar desviaciones y proponer acciones para su solución.
PROCESO: GESTIÓN DE LA FORMACIÓN PROFEONAL INTEGRAL PROCEDIMIENTO: DISEÑO CURRICULAR Objetivo: Orientar la elaboración o actualización de los programas de Formación Profesional Integral para desarrollar
Más detallesArequipa, 25 de Febrero del CONSIDERANDO:
Arequipa, 25 de Febrero del 2009. CONSIDERANDO: Que, los incisos j) y k) del artículo 9 del Reglamento Específico de Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas establecen que el
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados. Convocatoria 2017-B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados Convocatoria 2017-B POSGRADO (MAESTRÍA) EN CIENCIAS PARA EL DESARROLLO, LA SUSTENTABILIDAD Y EL TURISMO. 1 Modalidad:
Más detallesProcedimiento Práctica Final Estudiantes Centro de Formación Técnica Teodoro Wickel Klüwen
Procedimiento Práctica Final Estudiantes Centro de Formación Técnica Teodoro Wickel Klüwen ÁREA ACADÉMICA Revisado Por: Jimena Casas Klein Isolde Pérez Ovalle Patricia Vidal Salamanca Autorizado Por: Marcelo
Más detallesINSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA
INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA (Actualización 2015) Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula las disposiciones y normas por
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 87 de la Ley Orgánica
Más detallesCAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES
NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PASANTÍA EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FACYT) CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : Las
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados. Convocatoria 2017-B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados Convocatoria 2017-B POSGRADO (DOCTORADO) EN CIENCIAS PARA EL DESARROLLO, LA SUSTENTABILIDAD Y EL TURISMO. 1 Modalidad:
Más detallesMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA
REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación
Más detallesOFICINA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
El Reglamento de Prácticas Preprofesionales es aprobado con Resolución R. Nº4500-2007-UNFV Objetivos: Normar la complementación de la formación académica de los estudiantes de la Facultad, con base a un
Más detallesReglamento de Prácticas Profesionales de los Programas de Licenciatura de la Universidad Iberoamericana Puebla
Reglamento de Prácticas Profesionales de los Programas de Licenciatura de la Universidad Iberoamericana Puebla Introducción Las Prácticas Profesionales son una modalidad de aprendizaje situado en organizaciones
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS
UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS (ESCUELA DE POSGRADO) Aprobado por Resolución Vicerrectoral N 006-2016-UPA Lima, octubre 2016
Más detallesReglamento de Diplomados
Reglamento de Diplomados Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- Conforme al artículo 59 del Estatuto Orgánico, el Diplomado es una modalidad que permite la capacitación profesional en la adquisición
Más detallesPROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA
UNIVERSIDAD DE LIMA PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA Abril, 2016 1 ÍNDICE Página TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Disposiciones preliminares 4 TÍTULO III
Más detallesPROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES
PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES LICENCIATURA EN MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES LICENCIATURA EN MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS PROFESIONALES Documento aprobado por el H. Consejo Interno de
Más detallesCAPITULO I CAPITULO II
LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. TRABAJO PROFESIONAL Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de México. CAPITULO I DE LA JURISDICCIÓN
Más detallesPrácticas Pre-Profesionales
Prácticas Pre-Profesionales PP.02.04 Universidad Continental S.A. 2016 Av. San Carlos N 1980 - Urb. San Antonio - Huancayo - Perú Teléfonos: 064 481430-234329 Fax: 064-221929 Derechos Reservados Gustavo
Más detallesNORMAS PARA LA FINALIZACIÓN DEL SEMESTRE IMPAR E INICIO DEL SEMESTRE PAR 2017
INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PASCO Institución Revalidada Nº0123-2006-ED DIRECTIVA Nº 002-17-DREP-DG-IESTP-PASCO NORMAS PARA LA FINALIZACIÓN DEL SEMESTRE IMPAR E INICIO DEL SEMESTRE
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES LICENCIATURA EN ARQUITECTURA CAPÍTULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1: El presente Reglamento tiene como finalidad establecer los lineamientos para que
Más detallesRESOLUCIÓN MINISTERIAL N ED
Lima, 7 de diciembre de 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 0516-2007-ED CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, establece en su Artículo 16 que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido
Más detallesLima, 15 de diciembre de 2006
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0866-2006-ED Lima, 15 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 022-2004-ED, se aprueba el Reglamento de Educación Técnico-Productiva, cuya primera
Más detallesNORMAS DE ATENCIÓN BLOQUE Nº 2
NORMAS DE ATENCIÓN BLOQUE Nº 2 Para realizar cualquier trámite el alumno deberá tener sus documentos completos, estar al día en sus pagos y no tener cursos de cargo pendientes de programación. Los reclamos
Más detallesCONSIDERANDO EL REGLAMENTO DE TRABAJO DE APOYO A LA COMUNIDAD DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 7 FRACCIÓN I, 14 FRACCIÓN XX DE LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO;
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LA REALIZACIÓN DE PASANTÍAS
UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA EAC-CARACAS INSTRUCTIVO PARA LA REALIZACIÓN DE PASANTÍAS Vigente desde Octubre 2016 I.
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL "HUMBERTO VELÁSQUEZ GARCÍA" ~ INFOTEP - CIÉNAGA, MAGDALENA NIT:
"HUMBERTO VELÁSQUEZ GARCÍA" ~ -'""^ 300.03.02.02 ACUERDO DEL CONSEJO ACADEMICO (21 de Marzo de 2012) Por medio del cual se modifica el Reglamento del Programa de Prácticas Profesionales de los Programas
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES D-RS Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado)
Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado) El presente reglamento tiene por objetivo establecer las bases y lineamientos generales para la prestación de las prácticas profesionales
Más detallesAprueban Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica
Aprueban Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Lima, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0516-2007-ED
Más detallesTITULO I ASPECTOS Y DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO I Del Contenido y Alcance. CAPITULO II De la Base Legal, Finalidad, Objetivos y Características
TITULO I ASPECTOS Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I Del Contenido y Alcance Artículo 1º.- El presente Reglamento contiene los lineamientos y orientaciones específicas para la planificación, organización,
Más detallesDirección de Vinculación
Dirección de Vinculación COORDINACIÓN DE VISITAS INDUSTRIALES ESCUELA PRÁCTICA EDUCACIÓN CONTINUA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS Y ESTADÍAS SEGUIMIENTO A EGRESADOS SISTEMA DE GESTIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE VISITAS Y ESTADIAS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE VISITAS Y ESTADIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y señalar los lineamientos
Más detallesPontificia Universidad Católica del Ecuador
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES O PASANTÍAS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN Art. 1.- Prácticas pre profesionales.- Se denomina prácticas prc profesionales, a la aplicación de conocimientos y al desarrollo
Más detallesReglamentación de las modalidades de Trabajo de Grado para Estudiantes de Programas de Pregrado Presencial de la UPTC
Reglamentación de las modalidades de Trabajo de Grado para Estudiantes de Programas de Pregrado Presencial de la UPTC RESOLUCIÓN Nº. 18 (13 de junio de 2006) Por la cual se reglamenta las modalidades de
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES UNIVERSIDAD ECCI
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES UNIVERSIDAD ECCI BOGOTÁ, D.C., ABRIL DE 2017 1 Reglamento de prácticas empresariales Código: RG-PO-001 Versión 03 Fecha de versión: 03-Abril- 2017 CAPÍTULO I CONSIDERACIONES
Más detallesCAPÍTULO OCHO. Evaluación y Acreditación
REGLAMENTO INTERNO CAPÍTULO OCHO Evaluación y Acreditación Art 130. La evaluación del rendimiento académico de los estudiantes es un proceso sistemático, reflexivo, continuo, ético y científico de valoración
Más detallesArtículo 2. Para efectos del presente reglamento, según la Norma Oficial Mexicana 090-SSA1-1994, se entiende como:
UDEM.. Documento Clave Emisor Vigente desde Modificación Revisión Página C22-060-A DICSA 10/02/2011 - Cada cinco años 1 de 6 índice CAPiTULO I De las Disposiciones Generales CAPiTULO 11 De la Admisión
Más detallesACUERDO 032 DE (Acta No. 008 del 28 de abril)
ACUERDO 032 DE 2014 (Acta No. 008 del 28 de abril) "Por el cual se definen los criterios para el desarrollo de las asignaturas Práctica Integral, Prácticas Integradas y Trabajo de Grado modalidad Prácticas
Más detallesReglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES
Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES 2016 Licenciatura en Entrenamiento Deportivo APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SESIÓN ORDINARIA DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL "PEDRO RUIZ GALLO" FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS Y MATEMATICAS D E C A N A T O
VISTO: El expediente Nº 2812-2004-FACFyM mediante el cual se alcanza el Proyecto de Reglamento de acreditación Co Curricular y Actividades No Cognoscitiva de la Escuela Profesional de Estadística. CONSIDERANDO
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICA LABORAL Centro de Capacitación Laboral y Formación Ciudadana CENCALA
PRESENTACION La práctica laboral, se entiende como la fase en la cual el joven aplica y complementa, en contextos productivos reales, los conocimientos adquiridos durante el proceso de formación académica,
Más detallesRESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-02
Aprueban Directiva Transferencias Programáticas Condicionadas de Recursos Ordinarios de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a Gobiernos Regionales
Más detallesManual de Lineamientos Académico-Administrativos del Tecnológico Nacional de México
Manual de Lineamientos Académico-Administrativos del Tecnológico Nacional de México Planes de estudio para la formación y desarrollo de competencias profesionales Tecnológico Nacional de México Derechos
Más detallesCAPITULO I CAPITULO II
LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA LA TITULACIÓN DE LA CARRERA DE ARQUITECTURA. OBRA TERMINADA División de las Humanidades y Artes. Facultad de Estudios Superiores Aragón. Universidad Nacional Autónoma de México.
Más detallesREGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ 2014 CAJABAMBA-CAJAMARCA PERÚ REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN MODULAR Y TITULACIÓN DEL IESTP JOSÉ ARNALDO SABOGAL DIÉGUEZ
Más detallesReglamento General para la Obtención del Grado Académico
Reglamento General para la Obtención del Grado Académico MARCO De acuerdo a la Constitución Política del Estado, Artículo 188; Ley de la Reforma Educativa, Artículo 23; Reglamento Institucional de Universidades
Más detallesAño de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú INSTRUCTIVO
Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 2016 ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGÓGICAS
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAS PRE- PROFESIONALES DEL I.E.S.T.P. MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN DOCUMENTO ELABORADO POR LA UNIDAD ACDÉMICA
Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAS PRE- PROFESIONALES DEL I.E.S.T.P. MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN DOCUMENTO ELABORADO POR LA UNIDAD ACDÉMICA
Más detallesUniversidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Noviembre del 2012 0 REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL CONTENIDO PÁG. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1 CAPITULO II DE LAS FORMAS DE PRESTACIÓN DEL
Más detallesSISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN
SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN TÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece un conjunto de normas especiales que regulan las prácticas y la titulación
Más detalles