RECUPERO DE LAS CONTRIBUCIONES PATRONALES ABONADAS POR EL AÑO 2011

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1 INSTRUCTIVO REFOP RECUPERO DE LAS CONTRIBUCIONES PATRONALES ABONADAS POR EL AÑO 2011 En el Boletín Oficial del 12 de mayo de 2011 se publicó la Disposición 233/2011 de la Subsecretaría de Transporte Automotor que brinda el recupero de las contribuciones patronales correspondientes al año de 2011 La normativa que regula esta presentación establece que serán beneficiarios del régimen aquellos sujetos de derecho cuyo objeto comercial consista en el transporte de cargas por automotor sujeto a Jurisdicción Nacional, en sus diversas especialidades de tráfico previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40 del 24 de enero de También serán beneficiarios los que, además de las definidas en el párrafo precedente, realicen otra (otras) actividad (actividades). Es por ello que se exige: Estar inscripto en el Registro Único del Transporte automotor (RUTA). Dar cumplimiento a los términos, condiciones y beneficios derivados del citado convenio colectivo de trabajo, especialmente con relación a la escala salarial, y a los aportes y contribuciones a la obra social pertinente.- Que todo el personal de conducción tenga su Licencia Nacional Habilitante vigente, de acuerdo a lo normado por la Resolución 444 /1999 de la Secretaría de Transporte Automotor y sus disposiciones reglamentarias, en las condiciones de su vigencia.- Determinación de Acreencia: Las acreencias que percibirán los beneficiarios determinados en la Resolución 435/05 y sus modificatorias ascenderá a la suma equivalente de las contribuciones patronales sobre el C.C.T. 40/89 con destino a: a. Ley del Sistema integrado de Jubilaciones y Pensiones. b. Ley del Instituto Nacional de la Seguridad Social para Jubilados y Pensionados. c. Ley del Régimen de Asignaciones Familiares d. Ley del Fondo Nacional de Empleo. La Subsecretaría de Transporte Automotor aprobó el modelo de nota (Anexo I) por la que debe presentarse para incorporarse como beneficiario al régimen, como asimismo los formularios (Anexo II y Anexo III) y la documentación respaldatoria e información con carácter de declaración jurada que deberá acompañarse. Los Anexos I, II (A), II (B) según corresponda y Anexo III deberán ser confeccionados vía Internet por medio de la página WEB de FADEEAC ( entrando en el Link REFOP y luego utilizando los formularios que se encuentran bajo el título FORMULARIOS REFOP 2011 FECHA DE TODAS LAS PRESENTACIONES EN AAUCAR ENERO FEBRERO MARZO ABRIL /05/11 al 27/05/2011 MAYO JUNIO JULIO AGOSTO /09/11 al 30/09/2011 SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE - DICIEMBRE /02/12 al 17/02/2012 1

2 1. QUIENES SOLICITEN EL REINTEGRO: 1. FORMULARIO ANEXO I: Nota de solicitud de inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACIÓN DEL TRANSPORTE (REFOP), dispuesta por la Disposición 233/2011 de la SubSecretaría de Transporte Automotor de la Nación. Acreditación de personería: Personas Físicas: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, en el caso de tener apoderado, se deberá acompañar, también la fotocopia del poder. Sociedades de Hecho: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del socio que firma la presentación. Sociedades Comerciales: Copia del contrato constitutivo y constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio del domicilio social. (resaltando empresa, vigencia, autoridades y cargo). Fotocopia de la última acta de designación de autoridades certificada por escribano público y constancia de inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio social. Si la inscripción de la última acta de designación de autoridades se encontrara en trámite, deberá presentarse la constancia que acredite la tramitación de dicha inscripción y copia de la publicación del edicto pertinente donde deberá estar resaltada la designación de autoridades. (resaltando el firmante, cargo y vigencia). Apoderados: Fotocopia de Poder. Este requisito reemplaza al acta de designación de autoridades expresadas en el ítem anterior. (resaltando el apoderado y vigencia) Sucesiones: Fotocopia certificada por Escribano Público del testimonio judicial de la designación -- en su caso- del Administrador de la sucesión indivisa, junto con la constancia de inscripción de la misma en la AFIP. En el caso de que no hubiere administrador, se deberá acompañar copia certificada de la declaratoria de herederos y todos ellos deberán suscribir la presentación Si hubiera ocurrido un cambio de titular, representante legal, apoderado de la empresa o administrador judicial en los períodos de reintegros posteriores al empadronamiento, los interesados deberán acreditar la nueva personería invocada debiendo acompañar los instrumentos respectivos con las formalidades requeridas según corresponda conjuntamente con el Anexo II B, todo ello certificado por escribano y debidamente inscripto. 2. FORMULARIO ANEXO II-A o ANEXO II-B (si ya se encuentran empadronados en años anteriores) 1. Detalle del personal en relación de dependencia, al 31 de diciembre de 2010 o en el caso de no existir a esa fecha, a fecha posterior indicando CUIL, nombre y apellido y categoría o tarea desarrollada, debiendo presentar, en este último caso, una nota aclaratoria indicando el motivo por el cual se presenta a fecha posterior (inicio actividades, inclusión de personal en relación de dependencia, etc.). Para aquellas empresas que la nómina supere la cantidad de 100 (cien) se deberá presentar en soporte magnético (CD, planilla Excel con los datos mencionados). (Ver modelos al final del instructivo). 2. Sólo si presenta formulario ANEXO II-A (empresas que presenten por primera vez) fotocopia de resumen de cuenta del Banco de la Nación Argentina, constancia de apertura de cuenta o impresión desde Internet donde conste el número de cuenta y Clave Bancaria Uniforme (CBU). De no contar con este requisito igualmente se inscribirá a la empresa, pero no serán liberados los fondos hasta que se cumpla con el mismo.- El titular de la cuenta bancaria debe ser el mismo que solicitó el reintegro, debe coincidir su carácter jurídico y su número de CUIT. 3. Fotocopia de la inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA.).- 4. Fotocopia del formulario de inscripción en la AFIP, (bajado por Internet), donde conste claramente el número de CUIT de la empresa, razón social, código de actividad principal y secundaria y fecha de inicio de las mismas. 2

3 3 FORMULARIO ANEXO III: Según solicitud de reintegro (Punto 3). 3. SOLICITUD DE REINTEGRO Todas las empresas que soliciten el reintegro deberán presentar la siguiente documentación en el mismo órden que se solicita: 1. Formulario Anexo III, que se completará con la información obtenida de la fotocopia del Listado de la Declaración Jurada (Papel de trabajo formulario 931). Se deberá generar un Anexo por cada mes solicitado, además deberá ser firmado por el titular, representante legal o apoderado, administrador judicial, etc. 2. Fotocopia del Borrador de la Declaración Jurada (papel de trabajo del Formulario 931 última secuencia).- En el mismo se expresan los importes correspondientes a los conceptos por los que se solicitará la devolución.- 3. Fotocopia del Formulario 931 presentado por el período que se solicita el reintegro (Declaración jurada secuencia coincidente con el formulario anterior).- 4. Fotocopia del ticket de pago de la Contribución a la Seguridad Social.- 5. Fotocopia del ticket de pago de la Contribución a la Obra Social.- 6. Fotocopia del Borrador de Declaración Jurada de IVA (papel de trabajo Formulario 731 última secuencia). 7. Fotocopia del formulario 731 presentado por el período que se solicita el reintegro. (Declaración jurada de IVA, secuencia coincidente con el formulario anterior). 8. Dictamen de contador público con certificación del Colegio Profesional correspondiente, del formulario ANEXO III dónde conste la identificación de la empresa sobre la cual se emite la certificación, el período presentado y la información tomada como base en la sección 3 y sección 4 del Anexo III. (ver modelo) FORMAS DE PRESENTACION: Oden de presentación: Fotocopias de las Boletas del 2% (Cod Res. ST 96/2005) a la Federación de Camioneros, por los meses que se presenten en cada fecha, es independiente al legajo, no deben ser foliadas: a) Anexo I. b) Acreditación de personería c) Anexo II A / Anexo II B (según corresponda. d) Listado de personal al 31 de diciembre de e) De corresponder nota aclaratoria para el listado de personal posterior al 31 de diciembre. f) Fotocopia del CBU Banco Nación (Si presenta Anexo IIA) g) Fotocopia inscripción RUTA h) Fotocopia inscripción AFIP (obtenida por internet). i) Anexo III de los meses indicados en el cronograma y la documentación respaldatoria. Con el objetivo de maximizar los tiempos administrativos y por ende acelerar los tiempos del reintegro solicitamos que la presentación se realice en la siguiente forma: Anexo I, Anexo II y documentación inicial en un bloque abrochado en la parte superior izquierda Anexo III y la documentación respaldatoria (incluir el dictamen de contador al final del último mes del cuatrimestre presentado) abrochado en la parte superior izquierda (por cada período). Los séis bloques (1 de las boletas del 2%, 1 de la documentoación inicial y 4 por cada mes presentado) dentro de un sobre (SIN CERRAR), en el que se indicará la empresa, período y cámara. OBSERVACIONES: 3

4 1. Las gestiones se tramitarán ante las entidades de base, quién a su vez girarán lo recibido a FADEEAC, via bolsín color amarillo. 2. La certificación contable debe tener un dictámen y debe dirigirse a la razón social de la empresa y para ser presentado ante la Secretaría de Transporte de la Nación. Una certificación puede incluir la totalidad de los meses presentados. (VER MODELO) 3. Los formularios Anexo I Anexo II (apéndice A o B ) y el Anexo III de la Disposición 233/2011 de la Subsecretaría de Transporte deberán ser confeccionados vía internet a traves de la página Web link REFOP. 4. Los beneficiarios deberán arbitrar los medios necesarios para asegurar la correcta impresión de los formularios, en especial la zona de los códigos de barra evitando todo tipo de manchas y escrituras, como así también se sugiere no utilizar impresoras de matriz de punto y que se aprecien los espacios blancos entre las barras negras del código. ESTOS FORMULARIOS NO PUEDEN CORREGIRSE A MANO. ANTE UN ERROR SE DEBEN REIMPRIMIR CORRECTAMENTE. 5. Todos los formularios y documentación presentados deberán llevar la firma y aclaración del titular, representante legal, administrador judicial o apoderado. Por favor prestar especial atención a los formularios Anexo I, II y Anexo III, SE DEBEN FIRMAR EN EL LUGAR DONDE DICE FIRMA DEL TITULAR, LAS FIRMAS COLOCADAS EN OTRO LUGAR AL INDICADO SERÁ OBSERVADA Y EL TRÁMITE SERA RECHAZADO SIN POSIBILIDAD ALGUNA DE SUBSANACIÓN. APARTE DE LA RAZON SOCIAL Y EL CARGO DEBEN TENER INDEFECTIBLEMENTE LA ACLARACION DEL FIRMANTE. FIRMANTES AUTORIZADOS PARA CADA CIRCUNSTANCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.A.): Presidente o Apoderado SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.): Socio Gerente o Apoderado SOCIEDAD DE HECHO (S.H.): Socio o Apoderado SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: Socio Comandito o Apoderado PERSONAS FISICAS: Titular o Apoderado SUCESIONES: Administrador Judicial U.T.E.: Representante o Apoderado COOPERATIVA (LTDA.): Presidente o Apoderado FIDEICOMISO: Administrador Fiduciario En todos los casos se deberá presentar la documentación que acredite la personería del firmante según lo especificado en el punto 1 apartado 6 del presente instructivo 6. Toda la documentación que se presente (Formularios Anexo I, Anexo II A o Anexo II B y Anexo III, documentación inicial y respaldatoria) deberá ser foliada en el anverso de la hoja unicamente comenzando con el número Las empresas que hayan optado por abonar las cargas sociales por intermedio del régimen de facilidades de pago deberán solicitar el reintegro total de las contribuciones devengadas en el período y seran aprobadas cuando se cancele la totalidad de las contribuciones. A tales efectos para certificar la cancelación de las obligaciones deberán presentar, por cada período: fotocopia del formulario 931; fotocopia del formulario por el cual se solicitaron las facilidades de pago, detalle de las obligaciones regularizadas y copia de la pantalla de la AFIP donde conste la cancelación de las cuotas. 8. Decreto 814/2001 y/o Decreto 730/2001: El descuento computable en el IVA por el decreto 814/01 deberá realizarse considerando el método de lo percibido, descontando en el Anexo III el importe total que figura en el papel de trabajo del formulario 731 por este concepto. 9. Tener presente que en el formulario Anexo III en el párrafo final, debajo del cuadro de pedido de reintegro, cuando se declara el TOTAL DEL CREDITO FISCAL DEL PERIODO, por favor copiar lo declarado en el tercer renglón del frormulario 731 (IVA), dicho valor debe conincidir con el borrador del Formulario 731 (Determinación del Impuesto) SIN DESCONTAR NINGUNA SUMA POR NINGUN CONCEPTO. 4

5 10. Para aquellos transportistas que ya estan inscriptos en el REFOP y deben informar cuenta bancaria (ya sea de alta o modificación) por favor presentar en sobre aparte un Anexo II A y fotocopia del CBU otorgado por el Banco de la Nación Argentina donde conste la razón social, el CUIT y el CBU otorgado. MODELO DE NOTA ACLARATORIA PARA EL LISTADO DE PERSONAL FUERA DE LA FECHA SOLICITADA: Lugar y Fecha:.. Sr. Subsecretario de Transporte de la Nación: Por intermedio de la presente y en carácter de declaración jurada informo que el personal detallado en el Anexo II y en el Listado de personal que se adjunta, corresponden a (mes y año) por haber incorporado a esa fecha personal en relación de dependencia. Atentamente. Firma Aclaración Personería invocada (titular, Presidente, Apoderado, etc.) CUIT. Lugar y Fecha: MODELO DE LISTADO DE PERSONAL LISTADO DE PERSONAL AL.. DE.... DE C.U.I.L. APELLIDO Y NOMBRE CATEGORÍA O TAREA DESARROLLADA Firma Aclaración Personería invocada (titular, Presidente, Apoderado, etc.) CUIT. 5

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