MIEMBROS PRESENTES. Anchía Azofeifa Gerardo

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1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA EL ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, A LAS DIECINUEVE HORAS Y QUINCE MINUTOS EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA MIEMBROS PRESENTES Anchía Azofeifa Gerardo Benavides Morales Greivin González Sánchez Ángelo Lobo Cabezas Marianela Marín Delgado Lourdes Sibaja Montero José Ramón Vargas Chavarría Luis Ángel Zumbado Vargas Damaris Presidente Regidor suplente Regidor propietario Regidora propietaria Regidora suplente Regidor propietario Vicepresidente Regidora suplente Artavia Mendoza Jenny Síndica suplente Castro Agüero Matilde Mayela Síndica suplente Castro Araya José Roberto Síndico suplente Chinchilla Ramírez Guido Síndico propietario Delgado Solís Karen Liliana Síndica suplente Hernández Pérez Martha Eugenia Síndica suplente Rivera Chaves Carmen Mayela Síndica propietaria Solís Gómez Norma Regidora suplente Ureña Marín Danny Ricardo Síndico propietario Valverde Guillén Marco Antonio Síndico propietario MIEMBROS AUSENTES Segura Muñoz Monserrat Andrea Jiménez Meza José Miguel Regidora suplente Síndico propietario Preside: Gerardo Anchía Azofeifa. Alcalde: Gerardo Oviedo Espinoza. Secretaria de actas: Nazzira Hernández Madrigal. Abogado de la Fracción del Sol: Carlos Mejías Arguedas. Abogado de la Fracción de Liberación Nacional: Lic. Sergio Jiménez Guevara. Abogado de la Fracción del Partido Acción Ciudadana: Lic. Jorge Gutiérrez Diermissen. La Presidencia llama a la Síndica suplente Matilde Mayela Castro Agüero, para que en sustitución del síndico suplente José Miguel Jiménez Meza, ocupe la curul de regidora propietaria.

2 ORDEN DEL DÍA 1. Lectura y aprobación del acta de la Sesión Ordinaria N Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia. 3. Correspondencia. 4. Iniciativa de los Síndicos. 5. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal. 6. Dictámenes de comisiones. 7. Iniciativas de los Regidores. ARTÍCULO I. Lectura y aprobación del acta de la sesión Ordinaria N Se procede a dar lectura al acta de la Sesión Ordinaria N y sin observaciones se aprueba por unanimidad. ACUERDO N 1: SE APRUEBA POR UNANIMIDAD EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA N ARTÍCULO II. Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia Primero Audiencia otorgada a la Sra. Rosa Mora Villalobos, Presidenta de la Asociación Nacional de Artesanos Costa Rica Creativa de Santa Ana. Señora Rosa Mora Villalobos El 20 de marzo de este año, yo envié al Concejo Municipal solicitud para realizar la Feria Internacional Uniendo Culturas, en la cual se explicó el motivo del cambio de la fecha, para poder conseguir la declaratoria de interés cultural, que dura casi tres meses en el Ministerio de Cultura Juventud y Deporte, y así encontrar patrocinadores. Resulta que a la fecha no hemos recibido respuesta, y eso nos preocupa, hoy la Junta Directiva estaba reunida y nos preocupa que esta feria está dedicada al señor Presidente de la República y ya el respondió que sí, me preocupa mucho que no hayamos tenido respuesta del Concejo Municipal aprobando la feria. Me enteré que para esas fechas está la Feria de la Cebolla, imagínese usted que hace seis meses envié está nota, aquí tengo el recibido. Me preocupa mucho tener que cambiarla de fecha porque ya hay dos artesanos que compraron el boleto del avión, ustedes que tal vez han viajado saben que cuando uno compra el boleto y lo cambia, tiene una penalidad y hay que pagar, creo que son $150,00, los artesanos que vienen a esta feria vienen de muye lejos, esos dos que ya compraron el boleto vienen de Arequipa y de Cusco, buscamos fecha buena para vender, cómoda de pago, que haya dinero en la calle para vender y recuperar al menos el costo de los boletos.

3 Quisiera saber que solución hay. También la cambiamos de fecha porque el 19 de marzo es el día del Artesano aquí en Costa Rica. Entonces, en la nota también les estoy diciendo que por ese motivo la cambiamos para poder esa fecha felicitar, tomar en cuenta el trabajo de muchos artesanos y premiarlos. Lo que más me preocupa es tener que decirle al Presidente de la República tuvimos que cambiar de fecha, al menos en mi caso, soy muy responsable, me gusta hacer las cosas en orden. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa En vista que la fecha para realizar esta Feria coincide con la solicitud de la Feria del Centro Agrícola Cantonal y soy miembro de este último, me inhibo de conocer del tema. Señor Presidente Luis Vargas Chavarría ad-hoc Siendo que el señor Presidente se inhibe, asumo la Presidencia para lo que corresponda. Doña Rosa, yo sugeriría con todo respeto, que se reúnan con el Centro Agrícola Cantonal y la Comisión de Gobierno y Administración para que se pongan de acuerdo, ya que entiendo que la Feria de la Cebolla se hace en ese tiempo por ser un producto perecedero. Señora regidora Marianela Lobo Cabezas Nada más para dejar las cosas claras, la nota no llegó a la Comisión de Gobierno y Administración, creo que fue mal trasladada, y esa es la razón por la cual no se ha dado respuesta; sin embargo, creo oportuno indicar tanto a los del Centro Agrícola como a los de la Asociación, que no podemos adelantar procesos si no están los permisos otorgados, en el sentido que puedo entender la preocupación suya de los artesanos que ya compraron el tiquete; pero la verdad es que no debieron comprarlo hasta que no estar la autorización respectiva. En la nota comprendo las razones que usted da para el cambio de fecha, sin embargo, el problema que siento yo doña Rosa, es que la Feria de la Artesanía ha venido cambiando de fecha en varias oportunidades y por diferentes motivos, una vez se hizo en abril si mal no recuerdo. Señora Rosa Mora Villalobos La primera. Señora regidora Marianela Lobo Cabezas Otra se hizo en febrero, el año pasado. Recuerdo que estando nosotros aquí hubo un traslado de fecha, porque específicamente querían aprovechar una actividad. La Feria de la Cebolla se ha hecho constante en esa semana, en la segunda semana de marzo. Me preocupa el tema de los agricultores que tienen lista la producción para tenerla lista para la feria para poderla vender. Opino igual que don Luis, tal vez sería bueno llamar al Centro Agrícola a ver si la pueden hacer en conjunto o determinar otra fecha. Señora Rosa Mora Villalobos Disculpe, con respecto a que no tenemos el permiso, asumimos que ya lo teníamos al no recibir respuesta de la Municipalidad; no obstante, tomaremos la recomendación de

4 hablar con los del Centro Agrícola, que no creo, porque incluso el año pasado les pedimos un espacio para celebrar el Día del Artesano con la primer actividad que hicimos Raíces Culturales y no accedieron. Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría Por qué no esperamos a sentarnos con el Centro Agrícola? Doña Marianela puede convocar a los dos grupos y tal vez solucionar algo. Señora Rosa Mora Villalobos Como para cuando, porque estamos sobre tiempo. Para este lunes? Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría Sería para el lunes, doña Marianela les comunica la hora. Señora Rosa Mora Villalobos Muchas gracias, buenas noches. Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría Procedo a entregar la presidencia otra vez a don Gerardo Anchía. Señor regidor José Ramón Sibaja Montero Con base en el artículo Nº27 que dice que las facultades de un regidor es llamar al orden al presidente municipal cada vez que en el desempeño de su cargo se separe de las disposiciones y demás; le quisiera decir al señor Gerardo Anchía que todavía no me queda claro ese procedimiento que ha inventado: traer grupos en Asuntos de Presidencia, lo cual es su potestad; pero inhibirse por ser parte del tema, por ejemplo: el otro día trajo a la Asociación de Natación y participó en la discusión; luego se lo echamos atrás para que no afectara a estos muchachos; sin embargo, igual sucedió hoy, que da audiencia a un grupo y se inhibe, cuando lo correcto sería que un regidor presente una moción para alterar el Orden del Día para dicho efecto. Entonces, me gustaría que me explique porque yo sigo sin entender, ese procedimiento que considero, está totalmente viciado. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa Yo dije que al ser miembro de la Junta Directiva del Centro Agrícola me inhibía; no obstante, se toma nota de sus observaciones don José Ramón. Segundo Se trata de la juramentación del Órgano Director para el procedimiento para resolver la Relación Hechos-Proceso Administrativo de Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto de otorgamiento de permiso de construcción Nº El acuerdo que los tres asesores del Concejo Municipal funjan como Órgano Director del tema en mención, fue tomado en la Sesión Ordinaria Nº224 del 19 de agosto 2014; pero por asuntos de agendarlo en la sesión posterior, no se realizó el procedimiento; así que procedo a la juramentación de los señores: Carlos Mejías Arguedas Sergio Jiménez Guevara Cédula Nº Cédula Nº

5 Jorge Gutiérrez Diermissen Cédula Nº Como Órgano Director para el procedimiento para resolver la Relación Hechos-Proceso Administrativo de Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto de otorgamiento de permiso de construcción Nº Los señores Mejías Arguedas, Jiménez Guevara y Gutiérrez Diermiseen aceptan el juramento y prometen cumplir fielmente los deberes de su cargo. Tercero Traigo un tema de mucha urgencia, ya que no se ha podido conformar el nuevo Comité Cantonal de la Persona Joven; la señora a cargo, realizó su mayor esfuerzo y no hubo anuencia delas personas; así que existe preocupación del Ministerio de Cultura y Juventud porque venderá el periodo para nombrar nueva Junta; entonces, lo más conveniente, es que la Administración nos colabore en el caso. Señor regidor Ángelo González Sánchez Es lamentable que pase esto, y considero que mucho tiene que ver con la divulgación, ya que no es tan elocuente poner rótulos que digan: Asamblea para conformar el Comité de la Persona Joven ; debería asistir a los colegios, aunque sea con los directores, para que ellos envíen representantes; igual en la iglesias, recorrer el Cantón, porque existen muchas religiones. Yo puedo comprometerme en ayudar con la divulgación, y cuando se establezca la fecha de la Asamblea, ayudar con la convocatoria. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa Deberíamos colaborar con la señora Raquel Hernández, en el sentido que don Ángelo se ofrece en colaborar y el señor Alcalde nos indica que el funcionario de Promoción Social y el de Cooperación Técnica, pueden ayudar en este sentido. Cuarto Recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra del acuerdo tomado respecto al expediente Nº DEP , presentado por el Sr. José Ramón Sibaja Montero. Debido que realice este Órgano Director, me inhibo de la votación y le cedo la Presidencia al Sr. Vicepresidente Luis Vargas Chavarría. Señor Presidente ad-hoc Luis Vargas Chavarría Asumo la Presidencia al inhibirse el Regidor Gerardo Anchía Azofeifa, y por lo tanto, la Presidencia llama a la Regidora suplente Lourdes Marín Delgado, para que en su sustitución, ocupe la curul de regidora propietaria. Igualmente, debido que el Regidor propietario José Ramón Sibaja Montero es quien presenta el recurso de revocatoria, el mismo queda inhibido de la votación; así que la Presidencia llama la Regidora suplente Damaris Zumbado Vargas, para que en su sustitución, ocupe la curul de regidora propietaria.

6 Les agradezco a los compañeros regidores que nos traslademos a la oficina anexa para poder tomar la resolución correspondiente. SE RESUELVE LA PRÓXIMA SEMANA COMO CORRESPONDE. Quinto Informe final del Órgano del procedimiento bajo la resolución número ACUERDO N 2: ARTÍCULO III. Correspondencia. 1. Memorial de fecha 07 de noviembre del 2014, remitido por la señora Yamileth Acuña Aguilar, vecina de La Promesa, en el que solicita una ayuda social. PARA SU DICTAMEN, TRASLADÉSE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES. 2., Memorial MSA-AUI , de fecha 07 de noviembre del 2014remitido por el Lic. Mario Chan Jiménez, Auditor Interno, en el que solicita se les comunique si se nombró el Órgano Director para el permiso de construcción pasado en un sobre cerrado al Concejo Municipal. SE CONOCIÓ EL TEMA EN EL PUNTO DE AGENDA: ASUNTOS DE TRÁMITE DE PRESIDENCIA, PUNTO Correo electrónico recibido el 05 de noviembre del 2014, remitido por el Lic. Mario Chan Jiménez, Auditor Interno, en el que se refiere al tema de incumplimiento de deberes del regidor SE TOMA NOTA. 4. Memorial de fecha 04 de noviembre del 2014, remitido por el señor Fernando Salazar Portilla, en el que interpone recurso de apelación en contra de la resolución MSA-GFT ; avalúo e incidente de nulidad. PARA SU DICTAMEN, TRASLADÉSE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS. 5. Memorial CCDR SANTA ANA, , de fecha 06 de noviembre del 2014, remitido por el señor Gastón Vargas Rojas, Presidente, Comité Cantonal de Deportes y Recreación, en el que solicita información sobre la liquidación del ICODER correspondiente a fondos contenidos en el artículo d) de la Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos para la salud, Ley PARA SU ATENCIÓN, TRASLADÉSE A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. ARTÍCULO VI. Iniciativa de los Síndicos.

7 NO HUBO INTERVENCIONES. ARTÍCULO V. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal. Primero Conforme al acuerdo Nº3 de la Sesión Ordinaria Nº235 del 04 de noviembre 2014, hago entrega de los expedientes de Furati que se encuentran en la Administración. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS AMBIENTALES. Segundo En relación con el acuerdo Nº7 de la Sesión Ordinaria Nº234, celebrada por el Concejo Municipal el 28 de octubre del año en curso, en el que se aprueba la contratación de un abogado externo para que realice el órgano de procedimiento en relación con el Recurso extraordinario de revisión contra el acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº68, art. VI del 28 de agosto del 2007, y acuerdo de la Sesión Ordinaria Nº18, Art. V del 31 de agosto 2010, interpuesto por el Comité Pro Rehabilitación Cuesta de los Obando y Calle Lajas; el señor Gerardo Anchía le dio respuesta a la solicitud de la Proveedora Municipal, en cuanto al perfil del abogado que desean contratar; pero en uno de los párrafos se indica que la Alcaldía le consta todo el proceso, y es cierto que a mí me consta todo el proceso; sin embargo, en mi poder no tengo el expediente respectivo; por lo tanto, considero que deberíamos de proceder, ya sea en realizar ese expediente, contratar quién realice la investigación preliminar, o si es está persona que vamos a contratar, realice todo el procedimiento. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa Tiene razón don Gerardo, con respecto a los insumos que debe tener este órgano y alguien debe dárselos. Alcalde Lic. Gerardo Oviedo Espinoza Puede ser asesoría legal. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa O trasladarlo a Auditoría, que podrían hacer todo el expediente para que el señor que se encargue, tenga eso. Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría Don Sergio Jiménez dice que él puede colaborar, porque saldría muy oneroso si lo hace el órgano que se contrate; entonces, podría ser que prepare el informe en conjunto con la Auditoría, para que el Órgano Director cuente con un punto de partida Señora regidora Marianela Lobo Cabezas Yo estaría de acuerdo siempre y cuando se haga de manera objetiva, esto en el sentido que yo sé que don Sergio ha estado trabajando en el tema de los permisos de construcción de KIREBE y ellos interponen un recurso contra un acuerdo, pero al mismo tiempo interponen una denuncia contra la empresa.

8 Lo que no se, es si Órgano Director será para el recurso contra el acuerdo únicamente, o la denuncia contra los permisos a Kirebe también. Pregunto: La denuncia no debió haber sido trasladada a la Auditoría? O sea, nada más para que me clarifique: Qué es lo que se va investigar? Se va a hacer una investigación preliminar, porque es igual para la contratación del órgano debe tenerse claro que es lo que se va investigar. Es importante definirlo. Alcalde Lic. Gerardo Oviedo Espinoza Esto también tiene un poco que ver con este mismo tema. En la sesión No. 221, el Concejo Municipal solicitó una información al Proceso de Geomática, referente a los movimientos de tierra, permisos de construcción y el replanteamiento referente a la tapia y a otras construcciones que se hicieron ahí; entonces, en el primer informe, el Ing. Eduardo Sosa solicito que la empresa tenía que hacer un replanteamiento, e hizo el estudio y está adjuntando todo el replanteamiento que realizo la empresa a efecto de entregarlo al Concejo Municipal para su respectivo análisis y las decisiones que se tengan que tomar. Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa La denuncia interpuesta por el Comité Pro Rehabilitaci on Cuesta de los Obrandos y calle Lajas contra los permisos concedidos a Kirebe, voy a enviarlo a la Comisión de Obras. PARA SU DICTAMEN, TRASLADESE A LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS LA DENUNCIA INTERPUESTA POR EL COMITÉ PRO REHABILITACI ON CUESTA DE LOS OBRANDOS Y CALLE LAJAS. Tercero De conformidad con el acuerdo Nº4 de la Sesión Ordinaria Nº221, celebrada el 29 de julio 2014, presento el memorial MSA-ALc , de fecha 11 de noviembre 2014, en el que se hace entrega del oficio MSA-GOT-GEM , firmado por el Ing. Eduardo Sosa Aguilar, Encargado del Proceso de Geomática de la Municipalidad, en el que se refiere a los permisos de construcción y movimientos de tierra en el Condominio Residencial Valle Lajas. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Cuarto Para su análisis y aprobación, les presento el memorial MSA-Alc , de fecha 11 de noviembre de 2014, en el que se adjunta el oficio MSA-GOT-CAM , de fecha 06 de noviembre 2014, remitido por el Ing. Helmut Johnson Madrigal, en cuanto al pronunciamiento del Proceso de Contraloría Ambiental referente al Sistema de tratamiento de aguas residuales del Condominio Providencia, Inversiones Pacífico Marino S.A. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Quinto

9 Para su análisis y aprobación, les presento el memorial MSA-ALc , de fecha 11 de noviembre 2014, en el que se adjunta el oficio MSA-GOT-GEM , de fecha 05 de noviembre 2014, remitido por el Ing. Eduardo Sosa Aguilar, Encargado del Proceso de Geomática, en el cual da su informe respecto a la solicitud de otorgamiento del visto bueno catastral para hacer una segregación de lote, por parte de la Sra. Diana Escobar Pardo, Representante Legal de Hogares de Costa Rica. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN. Sexto Para su análisis y aprobación, les presento el memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 11 de noviembre de 2014, remitido por la Sra. Karla Guerrero Mora, del Dpto. Proveeduría, en el que solicita autorización a la Administración para adjudicar el siguiente proceso de Contratación Administrativa: LICITACION ABREVIADA No. 2014LA CONSTRUCCIÓN DE MURO DE RETENCIÓN Y LOSA DEL POLIDEPORTIVO NUEVO PARA BARRIO LA PROMESA : Se recomienda adjudicar la presente contratación a: Mestayer y Cedeño, S.A: Por un monto de ,86 (Veintitrés millones seiscientos setenta y ocho mil setenta y cinco con 86/100). PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Sétimo Para su análisis y aprobación, les presento el memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 11 de noviembre, 2014, remitido por la Lida; Maria Pérez Angulo, del Dpto. Proveeduría en el que solicita autorización para que la Administración declare infructuoso por falta de ofertas, el siguiente proceso de Contratación Administrativa: - Licitación Abreviada Nº2014LA contratación de los servicios para realizar un diagnóstico y planos constructivos de accesibilidad en áreas de uso público en el Cantón de Santa Ana. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa Acojo la iniciativa del señor Alcalde y la convierto en moción. Debido que la Regidora propietaria Marianela Lobo Cabezas no se encuentra en su curul, la Presidencia llama la regidora suplente Lourdes Marín Delgado, para que en su sustitución ocupe la curul de regidora propietaria. Los regidores que estén de acuerdo en dispensar del trámite de comisión, la moción presentada, para autorizar a la Administración Municipal declarar infructuoso por falta de ofertas, el siguiente proceso de Contratación Administrativa: - Licitación Abreviada Nº2014LA contratación de los servicios para realizar un diagnóstico y planos constructivos de accesibilidad en áreas de uso público en el Cantón de Santa Ana.

10 Sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. En discusión. Si no hay nadie al uso de la palabra, voy a someter a votación. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar, la moción presentada, para autorizar a la Administración Municipal declarar infructuoso por falta de ofertas, el siguiente proceso de Contratación Administrativa: - Licitación Abreviada Nº2014LA contratación de los servicios para realizar un diagnóstico y planos constructivos de accesibilidad en áreas de uso público en el Cantón de Santa Ana. Sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda: ACUERDO N 3: SE AUTORIZA A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DECLARAR INFRUCTUOSO POR FALTA DE OFERTAS, EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA: - LICITACIÓN ABREVIADA Nº2014LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA REALIZAR UN DIAGNÓSTICO Y PLANOS CONSTRUCTIVOS DE ACCESIBILIDAD EN ÁREAS DE USO PÚBLICO EN EL CANTÓN DE SANTA ANA. Octavo Para su análisis y aprobación, les presento el memorial MSA-GAD-PRV , de fecha 11 de noviembre, 2014, remitido por la Lcda.; María Pérez Angulo, del Dpto. de Proveeduría, en el que solicita al Concejo Municipal que rectifique el acuerdo Nº6, tomado en la Sesión Ordinaria Nº234, del 28 de octubre, ya que en dicho acuerdo se adjudica a la empresa Productive Business Solutiones S.A. PBS, por la suma de $ , para renovación y contratación de sistemas de impresión para el área administrativa y operativa de la Municipalidad de Santa Ana, siendo lo correcto $ ; lo anterior debido a una mala distribución en las cantidades de impresoras por cada opción se presentó el error.

11 Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa La Regidora propietaria Marianela Lobo Cabezas ya se encuentra en su curul. Acojo la iniciativa del señor Alcalde y la convierto en moción. Los regidores que estén de acuerdo en dispensar del trámite de comisión, la moción presentada, para rectificar el acuerdo Nº6 de la Sesión Ordinaria Nº234 del 28 de octubre 2014, y en su lugar se adjudique la contratación a la empresa Productive Business Solutiones S.A. PBS, por la suma de $ (veintiocho mil doscientos treinta y un dólar americano con 92/100), para renovación y contratación de sistemas de impresión para el área administrativa y operativa de la Municipalidad de Santa Ana, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. En discusión. Si no hay nadie al uso de la palabra, voy a someter a votación. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar, la moción presentada, para rectificar el acuerdo Nº6 de la Sesión Ordinaria Nº234 del 28 de octubre 2014 y en su lugar se adjudique la contratación a la empresa Productive Business Solutiones S.A. PBS, por la suma de $ (veintiocho mil doscientos treinta y un dólar americano con 92/100), para renovación y contratación de sistemas de impresión para el área administrativa y operativa de la Municipalidad de Santa Ana, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda: ACUERDO N 4: SE RECTIFICA EL ACUERDO Nº6 DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº234 DEL 28 DE OCTUBRE 2014 Y EN SU LUGAR SE ADJUDIQUE LA CONTRATACIÓN A LA EMPRESA PRODUCTIVE BUSINESS SOLUTIONES S.A. PBS, POR LA SUMA DE $ (VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN DÓLAR AMERICANO CON 92/100), PARA RENOVACIÓN Y CONTRATACIÓN DE SISTEMAS DE IMPRESIÓN PARA EL ÁREA ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA Noveno Conforme al acuerdo Nº12 de la Sesión Ordinaria Nº235 de 04 de noviembre 2014, les presento para su análisis y aprobación, el memorial MSA-ALc , de fecha 11 de noviembre 2014, en el que se les remite por parte de la Unidad Técnica de Gestión

12 Vial de la Municipalidad, el diseño pluvial del proyecto de construcción de cordón y caño y ampliación vial en el Casco Urbano de Santa Ana. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Décimo Para su análisis y aprobación, les presento la Modificación Presupuestaria Nº PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO. Undécimo En cumplimiento al contenido del Artículo 17, inciso i) del Código Municipal vigente, me permito convocarles a la Sesión Extraordinaria N , que se celebrará el jueves 13 de noviembre de 2014 a las 19 horas en el salón de sesiones de la Municipalidad. 1. Audiencias: 1.1. Lic. Olga Masis Delgado, Encargada del Proceso de Archivo de la Municipalidad. Asunto: Exposición acerca de la firma digital Sr Julio Masis, Ingeniero Hidrólogo. Asunto: Referirse al modelaje de detritos 3d que realizó por el deslizamiento del Cerro Tapezco. ARTÍCULO VI. Dictámenes de comisiones. Lunes 10 de Noviembre de 2014 Hora: 6:30 p.m. Asistentes: Invitados: COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN Sra. Marianela Lobo Cabezas - Coordinadora Sra. Norma Solís Gómez Sr. Minor Sequeira Castro Licda. Marilú Sánchez Venegas Sebastián Araya Ángulo MSA-SCM-SEC

13 Agenda: 1. Memorial MSA-ALC-GAD de la Licda. Marilú Sánchez, Directora Administrativa, Municipalidad de Santa Ana. Dictamen No Memorial MSA-ALC-GAD de la Licda. Marilú Sánchez, Directora Administrativa, Municipalidad de Santa Ana. Asunto: Presentación del Manual de Reclutamiento y Pre Selección de la Municipalidad de Santa Ana. Luego de analizar el Manual de Reclutamiento y Preselección de la Municipalidad de Santa Ana en conjunto con el personal encargado, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal aprobar la propuesta del Manual de Reclutamiento con los siguientes cambios: 1. Agregar un apartado con el procedimiento de selección de los puestos interinos. Tabla de contenido INTRODUCCIÓN MANUAL DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN Propósito Alcance Objetivo General Objetivos Específicos Referencia o Marco Legal Responsabilidad Definiciones EL RECLUTAMIENTO Reclutamiento Interno Reclutamiento Externo TIPOS DE CONTRATACION En propiedad De confianza Interino DOCUMENTOS RELACIONADOS PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO, PRESELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL Surge la Vacante Solicitud para cubrir la vacante... 20

14 3- Consulta a Administración de Salarios Consulta Perfil del Puesto Revisión de candidatos para ascenso directo Concurso Interno Concurso Externo Solicitud de documentos a candidatos Recepción de documentos y verificación que los postulantes presenten toda la documentación pertinente Convocatoria a los aspirantes que cumplan con el perfil Elaboración y Calificación de Pruebas Realización de la Entrevista y aplicación de la Prueba Presentación de Nómina de elegibles Citación de Aspirante elegido Firma de la Declaración Jurada y determinación de las condiciones del Trabajo Integración del Expediente de Trabajo Inducción al Nuevo Empleado Nombramiento Temporal Informe sobre Desempeño durante Periodo de Prueba Informe a La Alcaldía sobre la Evaluación del Desempeño en Periodo de Prueba Nombramiento en Propiedad del nuevo Servidor Público ANEXOS... Error! Marcador no definido. ANEXO 1... Error! Marcador no definido. Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as). Error! Marcador n ANEXO 2... Error! Marcador no definido. Formulario de entrevista.... Error! Marcador no definido. ANEXO Tabla de ponderación de Candidatos INTRODUCCIÓN El crecimiento socio económico al que se ha visto expuesto en los últimos años la parte occidental de la capital, y específicamente el Cantón de Santa Ana, ha provocado que la Municipalidad de Santa Ana deba contratar más personas para atender los servicios y necesidades que los habitantes requieren, tanto el que brinda atención directa al administrado, como el que atiende, soporta y apoya las gestiones técnicas y las que administran los recursos económicos y materiales para ofrecer a la comunidad servicios de alta calidad, todo esto dentro del bloque de legalidad que le rige como entidad pública.

15 Los recursos humanos son la única fuente de ventaja competitiva de las organizaciones, todos los otros componentes de la competitividad, como por ejemplo el capital y la tecnología se encuentran disponibles en diferentes medidas. Sólo los recursos humanos, sus habilidades, motivación y compromiso harán la diferencia entre el fracaso y el éxito de las organizaciones y en el caso particular de la Municipalidad, hará la diferencia en el nivel de satisfacción que los habitantes del Cantón perciban de ella. Es por eso que la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Santa Ana ha desarrollado el presente procedimiento, con el fin de que los subprocesos de reclutamiento y preselección de personal, se desarrollen de manera coherente y homogénea, que cumplan a cabalidad la normativa vigente para el sector municipal y más ampliamente, para el beneficio del interés público; de tal manera que al conformar una nómina de posibles ocupantes para un puesto, se le presente a la Alcaldía, aquellas personas que se considere sean idóneas para ocupar la posición. En el presente manual, se detallan las actividades que se deben realizan para dotar de recurso humano a la Municipalidad, en concordancia a lo indicado en el Artículo 126 del Código Municipal, Ley Este manual presenta la forma como debe llevarse a cabo los subprocesos de reclutamiento y preselección de personal en la Municipalidad de Santa Ana entendido como un proceso para identificar, atraer y seleccionar a los candidatos idóneos con las competencias y cualidades necesarias, acordes al perfil del puesto y que permita tomar la decisión final, que corresponde siempre al Alcalde Municipal, de conformidad con lo establecido por el artículo 17, inciso k) del Código Municipal Ley Este instrumento, facilita la depuración del grupo de candidatos hasta que se reduce solo a unos pocos individuos que posean las especificaciones del cargo necesarias para contribuir de forma significativa al logro eficaz de los objetivos y metas de la Administración Pública Municipal. MANUAL DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN Propósito: Definir un mecanismo dirigido a comprobar la idoneidad de los aspirantes a un puesto en la Municipalidad de Santa Ana y realizar las actividades administrativas necesarias para dotar, de manera adecuada a la institución, del recurso humano idóneo y necesario para el desarrollo de las funciones propias de la Municipalidad a partir de una plaza vacante. El reclutamiento y selección de personal está ligado con la misión estratégica de la Municipalidad, ya que recluta y preselecciona al personal que debe ser capaz de colaborar efectivamente en el logro y consecución de las metas institucionales. Alcance: Aplica para todos los puestos de la Municipalidad y sus funcionarios y funcionarias, también para todas las personas que participen en un concurso ya sea interno o externo para optar por un puesto en la Municipalidad de Santa Ana debidamente autorizado según el artículo 120 del Código Municipal. También aplica para aquellos puestos que se deba contratar en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación

16 Objetivo General: Establecer, de manera documental, la política, objetivos, lineamientos y responsabilidades necesarios para llevar a cabo cualquier verificación, inspección, prueba, actividad u operación, relacionados con la selección técnica del personal y obtener un eficaz funcionamiento. Objetivos Específicos Dotar a la Municipalidad, de un instrumento técnico administrativo que contemple de manera estandarizada, los pasos involucrados en el procedimiento de reclutamiento de personal. Proveer información sistemática y real que contribuya a facilitar la selección y contratación de personal. Proporcionar un instrumento idóneo, que sea utilizado por personas involucradas en el subproceso de llenar una plaza vacante en la Municipalidad. Proporcionar elementos para crear un entorno de libre competencia, para la selección de personal Referencia o Marco Legal Constitución Política de Costa Rica Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 Código Municipal Ley N 7794 Convención Colectiva de los Trabajadores de la Municipalidad de Santa Ana. Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Santa Ana Reglamento de Carrera Administrativa Municipal Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos. Responsabilidad Es responsabilidad del Proceso de Recursos Humanos y del Alcalde o Alcaldesa Municipal, que se cumpla con este procedimiento en la escogencia de personas que requiera hacer la Municipalidad de Santa Ana para ocupar puestos de toda índole o tipo, ya sean nuevos o creados bajo la normativa vigente. Definiciones Alcalde o Alcaldesa: Es el máximo jerarca administrativo de la Municipalidad y con potestad para nombrar, promover y remover al personal municipal, conforme lo establece el Artículo 17 de la Ley Código Municipal. Apertura de un Concurso: Fecha en que la administración inicia la recepción de documentos por parte de las personas interesadas a ocupar un puesto en la Institución. Ascenso: Posibilidad prevista por la legislación para ascender a un funcionario a lo interno y a un puesto superior, siempre y cuando se encuentre calificado para ello, y ocupe el grado inmediato inferior, implica la realización de funciones de un nivel superior.

17 Concurso Externo: Proceso de reclutamiento que se realiza mediante publicación en al menos un diario de circulación nacional. Concurso Interno: Proceso de reclutamiento que se realiza entre todos los empleados de la Institución. Entrevista: Comunicación bilateral en la que los oferentes del puesto tienen la ocasión de presentar de manera verbal sus expectativas y conocimientos; mientras que los entrevistadores se enteran de los antecedentes, intereses y valores de los oferentes. Expediente de Personal: Documento físico, en custodia del departamento de Recursos Humanos que contiene el historial laboral de una persona trabajadora de la Municipalidad. Factores a evaluar: Se refiere a los requisitos que debe cumplir la persona que aspira a un puesto en la Municipalidad de Santa Ana, y se incluyen en una matriz para ser ponderados de acuerdo a una calificación previa. Pueden ser académicos, de experiencia, de tipo documental, de conocimientos o prácticos, para cumplir con la condición de idoneidad requerida para ocupar un puesto. Fecha de cierre: Fecha en que la administración finaliza oficialmente la recepción de documentos por parte de las personas interesadas a ocupar un puesto en la Institución. Idoneidad comprobada: Verificación objetiva de las cualidades, competencias y/o requisitos del aspirante a un puesto. Inopia comprobada: Condición que se le da a un proceso de reclutamiento al no existir candidatos o candidatas para ocupar el puesto, o bien que quienes hayan participado no cumplan con los requisitos definidos en el Manual Descriptivo de Puestos. Nómina de Elegibles: Es el listado de mínimo dos personas que se presenta a la Alcaldía Municipal para que sobre esa base, el Alcalde o la Alcaldesa escoja la persona que ocupará el puesto vacante. Ocupante del puesto: Persona fisca, con las aptitudes y requisitos que le permiten desarrollar o ejecutar actividades asignadas a un puesto. Patrono: Municipalidad de Santa Ana representada por el Concejo y el Alcalde o Alcaldesa. Puesto: Conjunto de competencias, facultades, funciones, deberes, responsabilidades y requisitos asignados a una persona trabajadora para que sean atendidos durante la jornada de trabajo. Requisitos: Conjunto de condiciones para optar por un puesto. Se especifican en cada descripción de los puestos contenidos en el Manual de Puestos de la Municipalidad de Santa Ana. Se pueden clasificar en académicos, relativos a los estudios formales, o de experiencia que se refieren a los años que la persona ha dedicado a realizar funciones similares o iguales a las de un puesto o profesión. Requisitos Legales: Conjunto de condiciones definidas mediante una ley o reglamento para optar por un puesto. Se especifican en cada descripción de los puestos contenidos en el Manual de Puestos de la Municipalidad de Santa Ana.

18 EL RECLUTAMIENTO El reclutamiento es un conjunto de técnicas y procedimientos orientados a atraer candidatos potencialmente calificados y capaces de ocupar cargos dentro de la institución. Es un sistema de información mediante el cual se divulga y ofrece las oportunidades de empleo que pretende llenar en una empresa o institución. Para ser eficaz, el reclutamiento debe atraer suficiente cantidad de candidatos para abastecer de modo adecuado el proceso de selección. Reclutamiento Interno El reclutamiento es interno cuando, al quedar una plaza vacante, la Municipalidad intenta llenarla mediante la reubicación de sus funcionarios, ya sea por ascenso (movimiento vertical), transferencia (movimiento horizontal) o mixtos (transferencias con ascenso). Ventajas del reclutamiento interno Es más económico para la administración pública, evita gastos de anuncios de prensa, costos de recepción de candidatos, costos de admisión, costos de integración del nuevo empleado, etc. Es más rápido, evita las frecuentes demoras del reclutamiento externo, la espera de los candidatos, la posibilidad de que el candidato escogido no cumpla con la disciplina laboral, la demora natural del propio proceso de admisión. Presenta mayor índice de validez y seguridad, puesto que ya se conoce al candidato por su desempeño en un puesto anterior, se le evaluó durante cierto periodo y fue sometido al concepto de sus jefes y no necesita periodo experimental. El margen de error se reduce bastante, debido al conocimiento que se tiene del servidor público. Es una poderosa fuente de motivación para los funcionarios, debido a que ofrece la posibilidad de progreso en la organización, gracias a las oportunidades ofrecidas a quienes presentan condiciones para un futuro ascenso. Desventajas del Reclutamiento Interno Puede generar conflicto de intereses, y generar una actitud negativa en los funcionarios que, por no cumplir con los requisitos no lograrían oportunidades de crecimiento. Reclutamiento Externo El reclutamiento externo opera con candidatos que no necesariamente pertenecen a la administración. Cuando existe una vacante y no es posible cubrirla mediante un proceso de reclutamiento interno, la Municipalidad intenta llenarla con personas de afuera, es decir, con candidatos externos atraídos por la oportunidad de empleo o deseo de pertenecer a ella. El reclutamiento externo recae sobre candidatos potenciales, disponibles o empleados en otras instituciones públicas o privadas. Ventajas del reclutamiento externo Trae nuevas experiencias a la institución, lo que ocasiona siempre una importación de ideas nuevas y diferentes enfoques de los problemas internos de la administración pública. Renueva y enriquece los recursos humanos de la organización, sobre todo cuando la política de la administración pública es recibir personal que tenga el mismo perfil o

19 mayor al que existe en la administración pública. Aprovecha las inversiones en capacitación y desarrollo de personal efectuadas por otras organizaciones, empresas o por los propios candidatos. Desventajas del reclutamiento externo Generalmente tarda más que el reclutamiento interno, pues se invierte bastante tiempo en la pre-selección de personal, en el contacto con las fuentes de reclutamiento, en la atracción y presentación de candidatos, en la aceptación y selección inicial. Es más costoso y exige mayores inversiones y gastos inmediatos en anuncios de prensa y gastos operacionales entre otros. Se invierte tiempo de los departamentos relacionados con los subprocesos de reclutamiento, selección y contratación de personal, como de los departamentos relacionados con la plaza vacante. En principio, es menos seguro que el reclutamiento interno, ya que los candidatos externos son desconocidos y siempre existe la posibilidad de que no cumplan al cien por ciento el perfil requerido o no se adapten a las necesidades de la administración pública. TIPOS DE CONTRATACION En propiedad Son aquellas contrataciones que se hacen para ocupar en forma permanente una plaza fija en la Municipalidad. El ocupante del puesto debe cumplir un periodo de prueba. De confianza Son aquellos a quienes se les contrata a plazo fijo por medio de la partida presupuestaria Servicios especiales para brindar servicio directo al Alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal, conforme lo establece el Artículo 118 del Código Municipal Ley Son aquellos que realizan funciones de dirección, inspección, vigilancia, fiscalización, manejo de fondos o valores, auditoria, control directo de adquisiciones. Interino Se propone el siguiente texto para sustituir ese párrafo: Son aquellos a quienes se les nombra para cubrir ausencias temporales de los funcionarios permanentes o necesidades temporales de plazo fijo u obra determinada. Estos puestos se contratan por la partida de sueldos por servicios especiales para puestos de nivel técnico o profesional y por jornales ocasionales si se trata de puestos operativos. DOCUMENTOS RELACIONADOS: Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as). (Anexo 1) Formulario de entrevista. (Anexo 2) Tabla de ponderación de Candidatos. (Anexo 3) PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO, PRESELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL.

20 - Surge la Vacante. El proceso de reclutamiento comienza con la necesidad de cubrir una plaza vacante; dentro de las causas probables para que se dé una plaza vacante puede estar: Creación de una plaza nueva. Renuncia de servidor en propiedad. Jubilación del servidor en propiedad. Muerte del servidor en propiedad. Incapacidad médica o permiso con o sin goce de salario prolongado del servidor en propiedad. 2- Solicitud para cubrir la vacante Cuando la vacante se produce en alguna Dirección y/o Proceso de la Municipalidad, es responsabilidad de Director(a) y/o Jefe de Proceso dar aviso al Proceso de Recursos Humanos para activar el proceso de reclutamiento. Dicho aviso deberá realizarse a través de solicitud formal, por cualquiera de los medios de comunicación interna que se usen en la Municipalidad. 3- Consulta a Administración de Salarios Recibida la solicitud formal en el Proceso de Recursos Humanos, este emite solicitud a la Administración de Salarios para consultar si dicha plaza se encuentra o no en la Relación de Puestos definida para el año en ejercicio y si existe la capacidad económica para realizar dicha contratación. Una vez que Administración de Salarios determina si económicamente es procedente dicha contratación, envía su diagnóstico a la Jefatura del Proceso de Recursos Humanos para que esta continúe con el proceso de selección de personal. 4- Consulta Perfil del Puesto Una vez concretados los pasos anteriores, la Jefatura de Recursos Humanos, o quien ésta designe, consulta el perfil del puesto, el cual se encuentra contenido en el Manual Descriptivo de Puestos para verificar los requisitos que deben de cumplir las personas aspirantes al puesto. 5- Revisión de candidatos para ascenso directo Una vez verificado el perfil del puesto, se analiza si existe en el área, algún servidor del grado inmediato que pueda suplir la vacante y valorar la posibilidad de realizar el ascenso directo. Si la persona identificada cumple con todos los requisitos y está interesado en ocupar el puesto vacante, se le traslada la recomendación al Alcalde o Alcaldesa Municipal. En caso de que el personal existente no cumpla con el perfil requerido para cubrir dicha vacante, se procede a realizar un concurso interno. 6- Concurso Interno El concurso interno, deberá convocarse cuando la vacante no puede ser llenada

21 mediante ascenso directo, esto es, por inopia en las instancias a las que se refiere el punto anterior y la plaza será objeto de concurso interno, con participación de todos los (as) trabajadores (as) de la Municipalidad. De éstos, solo participarán aquellos que se ajusten a lo solicitado en cuanto a requisitos indicados en el perfil del puesto. La Jefatura de Recursos Humanos preparará la convocatoria al concurso; se realizará mediante circular a todo el personal y en ella se indicará como mínimo los requisitos, características del puesto, fecha límite para la recepción de solicitudes de participación, y tabla de ponderación de factores. 7- Concurso Externo El concurso externo, corresponderá cuando la vacante no puede ser llenada mediante el procedimiento de concurso interno. El concurso externo se convocará por medio de una publicación en al menos un diario de circulación nacional y con las mismas condiciones del concurso interno. Adicionalmente, se verifica en el Registro de Elegibles, que se mantiene en el Proceso de Recursos Humanos, para conocer si existen candidatos que cumplan con el perfil del puesto. De existir candidatos que cumplan con el perfil del puesto en los archivos de los postulantes, se procederá a consultarles si están interesados en participar del concurso y se agregan al concurso externo para seguir con el proceso normal de reclutamiento. 8- Solicitud de documentos a candidatos Las convocatorias a los concursos internos o externos harán mención de la documentación que tendrán que presentar los candidatos, y la tabla de ponderación de factores, dicha documentación deberá ser solicitada conforme al perfil pero básicamente deberá presentar: Cédula de identidad o de residente libre de condición. Comprobante de domicilio. Hoja de delincuencia. Currículo vitae. Carta de recomendación de una persona no familiar. Copia de título(s) académicos obtenidos. Requisitos opcionales según lo requiera el puesto: Constancia de labores en instituciones públicas, donde conste fecha de ingreso, fecha de salida, puesto desempeñado y puesto ocupado. Carta de servicios de último empleo. Copia de títulos de formación técnica o especializada relacionados al puesto por el que concursa. Comprobante de afiliación al Colegio Profesional respectivo. Copia de licencia de conducir. Para los puestos de la Policía Municipal, se deberá contemplar además de los requisitos

22 anteriores, los definidos en el Reglamento del Servicio Seguridad, Vigilancia Comunal de la Municipalidad de Santa Ana. 9- Recepción de documentos y verificación que los postulantes presenten toda la documentación pertinente Publicados los concursos, interno o externo, los interesados en participar lo comunicarán al Proceso de Recursos Humanos por escrito, aportando los atestados o copia certificada de estos, que indiquen el cumplimiento de los requisitos solicitados o las debidas convalidaciones del caso. La Jefatura de Recursos Humanos es la encargada de recibir todos los documentos de los oferentes a los puestos convocados a concurso; dentro de la fecha y hora previamente establecidas en la convocatoria emitida. Sin excepción, todos los títulos deberán ser presentados junto con los originales a efecto de validar la copia confrontándola contra el original. Únicamente seguirán con el trámite y proceso de selección los candidatos que presenten la documentación completa solicitada en la convocatoria. El incumplimiento por parte de los oferentes de lo establecido en el presente procedimiento, facultara al Proceso de Recursos Humanos para excluirlos de oficio del concurso en el que estén participando. 10- Convocatoria a los aspirantes que cumplan con el perfil. Una vez revisados los atestados de los concursantes, se seleccionan aquellos candidatos o candidatas, que según la documentación presentada cumplan con el perfil del puesto. La documentación de los concursantes escogidos será presentada al superior inmediato para una valoración previa. Posteriormente se les citara para que realicen las entrevistas y las pruebas de idoneidad. 11- Elaboración y Calificación de Pruebas El superior inmediato del puesto vacante será quien elabore las pruebas de idoneidad con las que se evaluará a las personas concursantes. Estas se elaborarán dependiendo del perfil del puesto y de igual manera se establecerán los tiempos para su realización. Las pruebas de idoneidad se deberán entregar al Proceso de Recursos Humanos en dos sobres cerrados, uno contendrá la prueba en blanco y el otro sobre contendrá la prueba resuelta. La persona que haya confeccionado la prueba, será responsable de su calificación y una vez realizada la calificación, entregará las pruebas calificadas a la Jefatura de Recursos Humanos. 12- Realización de la Entrevista y aplicación de la Prueba El aspirante deberá presentarse el día y hora en que se le convoque para la realización

23 de la prueba de idoneidad y la entrevista con el superior inmediato y el Jefe de Recursos Humanos o quien estos designen. Mediante la entrevista se examinará al aspirante respecto del potencial que tenga para cumplir los requisitos establecidos para el puesto vacante, así como también identificar quién de entre los candidatos se adaptará mejor al cargo y quién ofrece la capacidad de desempeño que la Municipalidad requiere. Dicha entrevista será calificada y se sumara al resto de los factores definidos en la convocatoria del concurso; de dicha suma se obtendrá la nómina de elegibles que cumplen con el perfil del puesto. 13- Presentación de Nómina de elegibles Una vez realizadas las entrevistas y aplicadas las pruebas de idoneidad y calificados todos los factores definidos en el concurso, el Proceso de Recursos Humanos presenta a la Alcaldía una nómina de elegibles, de acuerdo a la normativa vigente, en estricto orden de descendente de calificación. Sobre esa base el Alcalde nombrará a la persona que va a ocupar el puesto vacante y lo comunicará a la Jefatura de Recursos Humanos. 14- Citación de Aspirante elegido. Una vez recibido el comunicado por parte de la Alcaldía sobre el nombramiento, el Proceso de Recursos Humanos se comunica con la persona elegida y coordina la fecha de ingreso con ella. Posteriormente comunica a la Alcaldía y al superior inmediato del puesto vacante la fecha de ingreso del nuevo funcionario para que este tenga conocimiento y para que se prepare la inducción e información que deba conocer la persona nueva. Si el puesto para que el que se está llenando la vacante requiere acceso a los sistemas de información, la Jefatura de Recursos Humanos deberá comunicar al Proceso de Tecnologías de Información para que realice las acciones que permitan a la persona nueva el acceso a los sistemas que corresponda, así como la creación de la cuenta de correo electrónico y la asignación de línea telefónica. 15- Firma de la Declaración Jurada y determinación de las condiciones del Trabajo Para iniciar labores, el aspirante debe presentarse en la oficina de Recursos Humanos, con la finalidad de que se le dé la respectiva inducción, sobre aspectos relevantes de la Municipalidad, las indicaciones correspondientes al puesto que desempeñara, se le dará de alta en el reloj marcador y las instrucciones de cómo realizar las respectivas marcas de asistencia, se le indicará el lugar de trabajo, el nombre del jefe inmediato, el horario de trabajo y la forma de pago. Al final de la inducción se procederá con la firma de la Declaración Jurada que deben firmar todos los funcionarios (as) de nuevo ingreso. 16- Integración del Expediente de Trabajo Una vez realizados los trámites anteriores, la Dirección de Recursos Humanos procederá a solicitar al nuevo servidor los documentos que sean necesarios para

24 integrar el expediente personal, que se custodia en los archivos de Recursos Humanos. Esta solicitud incluye un número de cuenta bancaria en la que desea que se le deposite el salario. 17- Inducción al Nuevo Empleado La inducción se realiza en el Proceso de Recursos Humanos, donde en forma general se informa al nuevo funcionario acerca de los Reglamentos y normativa existente, horarios y fechas de pago. Luego corresponde al Jefe inmediato del nuevo empleado o la persona que este designe, proporcionar al trabajador la inducción necesaria para llevar a cabo las labores correspondientes al puesto. 18- Nombramiento Temporal Una vez que el nuevo servidor público comienza a trabajar, el Proceso de Recursos Humanos procederá a emitir la Acción de Personal correspondiente al periodo de prueba y de la cual deberá dar parte a la Administración de Salarios, para que se hagan los ajustes a nómina correspondientes y que el servidor de nuevo ingreso pueda percibir su sueldo, de igual forma se emite un tanto para el nuevo funcionario y un tanto más para el expediente personal. 19- Informe sobre Desempeño durante Periodo de Prueba. Con el fin de conocer si la persona contratada cumple con las expectativas en la ejecución puesto y antes de que se venza el nombramiento del periodo de prueba, la Jefatura de Recursos Humanos solicita por medio escrito al superior inmediato, una evaluación por el tiempo laborado. 20- Informe a La Alcaldía sobre la Evaluación del Desempeño en Periodo de Prueba. Con los informes recopilados el Proceso de Recursos Humanos, informa a la Alcaldía, para que ésta decida si se nombra al nuevo funcionario en propiedad o no. 21- Nombramiento en Propiedad del nuevo Servidor Público. Después de conocer los resultados de la Evaluación del Desempeño, la Alcaldía emite un oficio mediante el cual nombra al funcionario en propiedad o bien lo separa del cargo y pide repetir el concurso. Si los resultados evidenciados en la evaluación del desempeño no son satisfactorios termina el contrato y se notifica al servidor público y a los departamentos involucrados y se deberá iniciar un nuevo proceso de Reclutamiento. Si los resultados evidenciados en la evaluación del desempeño son satisfactorios, se elabora la acción de personal correspondiente al nombramiento en propiedad, con lo que se da por concluido el proceso de reclutamiento y selección para el puesto. ANEXOS: ANEXO 1

25 Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as).

26 Formulario de entrevista. ANEXO 2

27 ANEXO 3 Tabla de ponderación de Candidatos.

28 ANEXO 4 Tabla de ponderación de Candidatos. Licda. Marianela Lobo Cabezas Coordinadora Nathalia Mora Delgado Secretaria de Comisiones En discusión.

29 Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarria Me inhibo de la votación para que sea mi compañera Norma Solís Gómez quien la realice, ya que ella es quien asiste a la Comisión de Gobierno y Administración. Señor Presidente Gerardo Anchia Azofeifa Debido que el Regidor propietario Luis Vargas Chavarría se inhibe de la votación, la Presidencia llama a la regidora suplente Norma Solís Gómez, para que en sustitución del Regidor propietario Luis Vargas Chavarría, ocupe la curul de regidora propietaria. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar, el dictamen Nº102 de la Comisión de Gobierno y Administración MSA-SCM-SEC , sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los regidores que estén de acuerdo en aprobar en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda: ACUERDO N 5: 1. SE APRUEBA EN TODOS SUS TÉRMINOS, EL DICTAMEN Nº102 DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MSA-SCM-SEC SE APRUEBA LA PROPUESTA DEL MANUAL DE RECLUTAMIENTO CON LOS SIGUIENTES CAMBIOS: 2.1. AGREGAR UN APARTADO CON EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS PUESTOS INTERINOS EN LA DEFINICIÓN DE NÓMINA DE ELEGIBLES DEBE LEERSE: ES EL LISTADO DE MÍNIMO 3 PERSONAS QUE SE PRESENTA A LA ALCALDÍA MUNICIPAL PARA QUE SOBRE ESA BASE, EL ALCALDE O LA ALCALDESA ESCOJA LA PERSONA QUE OCUPARÁ EL PUESTO VACANTE. Tabla de contenido INTRODUCCIÓN MANUAL DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN Propósito Alcance Objetivo General Objetivos Específicos Referencia o Marco Legal... 16

30 Responsabilidad Definiciones EL RECLUTAMIENTO Reclutamiento Interno Reclutamiento Externo TIPOS DE CONTRATACION En propiedad De confianza Interino DOCUMENTOS RELACIONADOS PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO, PRESELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL Surge la Vacante Solicitud para cubrir la vacante Consulta a Administración de Salarios Consulta Perfil del Puesto Revisión de candidatos para ascenso directo Concurso Interno Concurso Externo Solicitud de documentos a candidatos Recepción de documentos y verificación que los postulantes presenten toda la documentación pertinente Convocatoria a los aspirantes que cumplan con el perfil Elaboración y Calificación de Pruebas Realización de la Entrevista y aplicación de la Prueba Presentación de Nómina de elegibles Citación de Aspirante elegido Firma de la Declaración Jurada y determinación de las condiciones del Trabajo Integración del Expediente de Trabajo Inducción al Nuevo Empleado Nombramiento Temporal Informe sobre Desempeño durante Periodo de Prueba Informe a La Alcaldía sobre la Evaluación del Desempeño en Periodo de Prueba Nombramiento en Propiedad del nuevo Servidor Público ANEXOS... Error! Marcador no definido. ANEXO 1... Error! Marcador no definido. Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as). Error! Marcador n

31 ANEXO 2... Error! Marcador no definido. Formulario de entrevista.... Error! Marcador no definido. ANEXO Tabla de ponderación de Candidatos INTRODUCCIÓN El crecimiento socio económico al que se ha visto expuesto en los últimos años la parte occidental de la capital, y específicamente el Cantón de Santa Ana, ha provocado que la Municipalidad de Santa Ana deba contratar más personas para atender los servicios y necesidades que los habitantes requieren, tanto el que brinda atención directa al administrado, como el que atiende, soporta y apoya las gestiones técnicas y las que administran los recursos económicos y materiales para ofrecer a la comunidad servicios de alta calidad, todo esto dentro del bloque de legalidad que le rige como entidad pública. Los recursos humanos son la única fuente de ventaja competitiva de las organizaciones, todos los otros componentes de la competitividad, como por ejemplo el capital y la tecnología se encuentran disponibles en diferentes medidas. Sólo los recursos humanos, sus habilidades, motivación y compromiso harán la diferencia entre el fracaso y el éxito de las organizaciones y en el caso particular de la Municipalidad, hará la diferencia en el nivel de satisfacción que los habitantes del Cantón perciban de ella. Es por eso que la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Santa Ana ha desarrollado el presente procedimiento, con el fin de que los subprocesos de reclutamiento y preselección de personal, se desarrollen de manera coherente y homogénea, que cumplan a cabalidad la normativa vigente para el sector municipal y más ampliamente, para el beneficio del interés público; de tal manera que al conformar una nómina de posibles ocupantes para un puesto, se le presente a la Alcaldía, aquellas personas que se considere sean idóneas para ocupar la posición. En el presente manual, se detallan las actividades que se deben realizan para dotar de recurso humano a la Municipalidad, en concordancia a lo indicado en el Artículo 126 del Código Municipal, Ley Este manual presenta la forma como debe llevarse a cabo los subprocesos de reclutamiento y preselección de personal en la Municipalidad de Santa Ana entendido como un proceso para identificar, atraer y seleccionar a los candidatos idóneos con las competencias y cualidades necesarias, acordes al perfil del puesto y que permita tomar la decisión final, que corresponde siempre al Alcalde Municipal, de conformidad con lo establecido por el artículo 17, inciso k) del Código Municipal Ley Este instrumento, facilita la depuración del grupo de candidatos hasta que se reduce solo a unos pocos individuos que posean las especificaciones del cargo necesarias para contribuir de forma significativa al logro eficaz de los objetivos y metas de la Administración Pública Municipal. MANUAL DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

32 Propósito: Definir un mecanismo dirigido a comprobar la idoneidad de los aspirantes a un puesto en la Municipalidad de Santa Ana y realizar las actividades administrativas necesarias para dotar, de manera adecuada a la institución, del recurso humano idóneo y necesario para el desarrollo de las funciones propias de la Municipalidad a partir de una plaza vacante. El reclutamiento y selección de personal está ligado con la misión estratégica de la Municipalidad, ya que recluta y preselecciona al personal que debe ser capaz de colaborar efectivamente en el logro y consecución de las metas institucionales. Alcance: Aplica para todos los puestos de la Municipalidad y sus funcionarios y funcionarias, también para todas las personas que participen en un concurso ya sea interno o externo para optar por un puesto en la Municipalidad de Santa Ana debidamente autorizado según el artículo 120 del Código Municipal. También aplica para aquellos puestos que se deba contratar en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación Objetivo General: Establecer, de manera documental, la política, objetivos, lineamientos y responsabilidades necesarios para llevar a cabo cualquier verificación, inspección, prueba, actividad u operación, relacionados con la selección técnica del personal y obtener un eficaz funcionamiento. Objetivos Específicos Dotar a la Municipalidad, de un instrumento técnico administrativo que contemple de manera estandarizada, los pasos involucrados en el procedimiento de reclutamiento de personal. Proveer información sistemática y real que contribuya a facilitar la selección y contratación de personal. Proporcionar un instrumento idóneo, que sea utilizado por personas involucradas en el subproceso de llenar una plaza vacante en la Municipalidad. Proporcionar elementos para crear un entorno de libre competencia, para la selección de personal Referencia o Marco Legal Constitución Política de Costa Rica Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 Código Municipal Ley N 7794 Convención Colectiva de los Trabajadores de la Municipalidad de Santa Ana. Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Santa Ana Reglamento de Carrera Administrativa Municipal Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos.

33 Responsabilidad Es responsabilidad del Proceso de Recursos Humanos y del Alcalde o Alcaldesa Municipal, que se cumpla con este procedimiento en la escogencia de personas que requiera hacer la Municipalidad de Santa Ana para ocupar puestos de toda índole o tipo, ya sean nuevos o creados bajo la normativa vigente. Definiciones Alcalde o Alcaldesa: Es el máximo jerarca administrativo de la Municipalidad y con potestad para nombrar, promover y remover al personal municipal, conforme lo establece el Artículo 17 de la Ley Código Municipal. Apertura de un Concurso: Fecha en que la administración inicia la recepción de documentos por parte de las personas interesadas a ocupar un puesto en la Institución. Ascenso: Posibilidad prevista por la legislación para ascender a un funcionario a lo interno y a un puesto superior, siempre y cuando se encuentre calificado para ello, y ocupe el grado inmediato inferior, implica la realización de funciones de un nivel superior. Concurso Externo: Proceso de reclutamiento que se realiza mediante publicación en al menos un diario de circulación nacional. Concurso Interno: Proceso de reclutamiento que se realiza entre todos los empleados de la Institución. Entrevista: Comunicación bilateral en la que los oferentes del puesto tienen la ocasión de presentar de manera verbal sus expectativas y conocimientos; mientras que los entrevistadores se enteran de los antecedentes, intereses y valores de los oferentes. Expediente de Personal: Documento físico, en custodia del departamento de Recursos Humanos que contiene el historial laboral de una persona trabajadora de la Municipalidad. Factores a evaluar: Se refiere a los requisitos que debe cumplir la persona que aspira a un puesto en la Municipalidad de Santa Ana, y se incluyen en una matriz para ser ponderados de acuerdo a una calificación previa. Pueden ser académicos, de experiencia, de tipo documental, de conocimientos o prácticos, para cumplir con la condición de idoneidad requerida para ocupar un puesto. Fecha de cierre: Fecha en que la administración finaliza oficialmente la recepción de documentos por parte de las personas interesadas a ocupar un puesto en la Institución. Idoneidad comprobada: Verificación objetiva de las cualidades, competencias y/o requisitos del aspirante a un puesto. Inopia comprobada: Condición que se le da a un proceso de reclutamiento al no existir candidatos o candidatas para ocupar el puesto, o bien que quienes hayan participado no cumplan con los requisitos definidos en el Manual Descriptivo de Puestos. Nómina de Elegibles: Es el listado de mínimo dos personas que se presenta a la Alcaldía Municipal para que sobre esa base, el Alcalde o la Alcaldesa escoja la persona que ocupará el puesto vacante.

34 Ocupante del puesto: Persona fisca, con las aptitudes y requisitos que le permiten desarrollar o ejecutar actividades asignadas a un puesto. Patrono: Municipalidad de Santa Ana representada por el Concejo y el Alcalde o Alcaldesa. Puesto: Conjunto de competencias, facultades, funciones, deberes, responsabilidades y requisitos asignados a una persona trabajadora para que sean atendidos durante la jornada de trabajo. Requisitos: Conjunto de condiciones para optar por un puesto. Se especifican en cada descripción de los puestos contenidos en el Manual de Puestos de la Municipalidad de Santa Ana. Se pueden clasificar en académicos, relativos a los estudios formales, o de experiencia que se refieren a los años que la persona ha dedicado a realizar funciones similares o iguales a las de un puesto o profesión. Requisitos Legales: Conjunto de condiciones definidas mediante una ley o reglamento para optar por un puesto. Se especifican en cada descripción de los puestos contenidos en el Manual de Puestos de la Municipalidad de Santa Ana. EL RECLUTAMIENTO El reclutamiento es un conjunto de técnicas y procedimientos orientados a atraer candidatos potencialmente calificados y capaces de ocupar cargos dentro de la institución. Es un sistema de información mediante el cual se divulga y ofrece las oportunidades de empleo que pretende llenar en una empresa o institución. Para ser eficaz, el reclutamiento debe atraer suficiente cantidad de candidatos para abastecer de modo adecuado el proceso de selección. Reclutamiento Interno El reclutamiento es interno cuando, al quedar una plaza vacante, la Municipalidad intenta llenarla mediante la reubicación de sus funcionarios, ya sea por ascenso (movimiento vertical), transferencia (movimiento horizontal) o mixtos (transferencias con ascenso). Ventajas del reclutamiento interno Es más económico para la administración pública, evita gastos de anuncios de prensa, costos de recepción de candidatos, costos de admisión, costos de integración del nuevo empleado, etc. Es más rápido, evita las frecuentes demoras del reclutamiento externo, la espera de los candidatos, la posibilidad de que el candidato escogido no cumpla con la disciplina laboral, la demora natural del propio proceso de admisión. Presenta mayor índice de validez y seguridad, puesto que ya se conoce al candidato por su desempeño en un puesto anterior, se le evaluó durante cierto periodo y fue sometido al concepto de sus jefes y no necesita periodo experimental. El margen de error se reduce bastante, debido al conocimiento que se tiene del servidor público. Es una poderosa fuente de motivación para los funcionarios, debido a que ofrece la posibilidad de progreso en la organización, gracias a las oportunidades ofrecidas a

35 quienes presentan condiciones para un futuro ascenso. Desventajas del Reclutamiento Interno Puede generar conflicto de intereses, y generar una actitud negativa en los funcionarios que, por no cumplir con los requisitos no lograrían oportunidades de crecimiento. Reclutamiento Externo El reclutamiento externo opera con candidatos que no necesariamente pertenecen a la administración. Cuando existe una vacante y no es posible cubrirla mediante un proceso de reclutamiento interno, la Municipalidad intenta llenarla con personas de afuera, es decir, con candidatos externos atraídos por la oportunidad de empleo o deseo de pertenecer a ella. El reclutamiento externo recae sobre candidatos potenciales, disponibles o empleados en otras instituciones públicas o privadas. Ventajas del reclutamiento externo Trae nuevas experiencias a la institución, lo que ocasiona siempre una importación de ideas nuevas y diferentes enfoques de los problemas internos de la administración pública. Renueva y enriquece los recursos humanos de la organización, sobre todo cuando la política de la administración pública es recibir personal que tenga el mismo perfil o mayor al que existe en la administración pública. Aprovecha las inversiones en capacitación y desarrollo de personal efectuadas por otras organizaciones, empresas o por los propios candidatos. Desventajas del reclutamiento externo Generalmente tarda más que el reclutamiento interno, pues se invierte bastante tiempo en la pre-selección de personal, en el contacto con las fuentes de reclutamiento, en la atracción y presentación de candidatos, en la aceptación y selección inicial. Es más costoso y exige mayores inversiones y gastos inmediatos en anuncios de prensa y gastos operacionales entre otros. Se invierte tiempo de los departamentos relacionados con los subprocesos de reclutamiento, selección y contratación de personal, como de los departamentos relacionados con la plaza vacante. En principio, es menos seguro que el reclutamiento interno, ya que los candidatos externos son desconocidos y siempre existe la posibilidad de que no cumplan al cien por ciento el perfil requerido o no se adapten a las necesidades de la administración pública. TIPOS DE CONTRATACION En propiedad Son aquellas contrataciones que se hacen para ocupar en forma permanente una plaza fija en la Municipalidad. El ocupante del puesto debe cumplir un periodo de prueba. De confianza Son aquellos a quienes se les contrata a plazo fijo por medio de la partida presupuestaria Servicios especiales para brindar servicio directo al Alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal, conforme lo establece el Artículo 118 del Código Municipal Ley Son aquellos que realizan funciones de dirección, inspección, vigilancia, fiscalización, manejo de fondos o valores, auditoria, control directo de adquisiciones.

36 Interino Se propone el siguiente texto para sustituir ese párrafo: Son aquellos a quienes se les nombra para cubrir ausencias temporales de los funcionarios permanentes o necesidades temporales de plazo fijo u obra determinada. Estos puestos se contratan por la partida de sueldos por servicios especiales para puestos de nivel técnico o profesional y por jornales ocasionales si se trata de puestos operativos. DOCUMENTOS RELACIONADOS: Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as). (Anexo 1) Formulario de entrevista. (Anexo 2) Tabla de ponderación de Candidatos. (Anexo 3) PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO, PRESELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL. - Surge la Vacante. El proceso de reclutamiento comienza con la necesidad de cubrir una plaza vacante; dentro de las causas probables para que se dé una plaza vacante puede estar: Creación de una plaza nueva. Renuncia de servidor en propiedad. Jubilación del servidor en propiedad. Muerte del servidor en propiedad. Incapacidad médica o permiso con o sin goce de salario prolongado del servidor en propiedad. 2- Solicitud para cubrir la vacante Cuando la vacante se produce en alguna Dirección y/o Proceso de la Municipalidad, es responsabilidad de Director(a) y/o Jefe de Proceso dar aviso al Proceso de Recursos Humanos para activar el proceso de reclutamiento. Dicho aviso deberá realizarse a través de solicitud formal, por cualquiera de los medios de comunicación interna que se usen en la Municipalidad. 3- Consulta a Administración de Salarios Recibida la solicitud formal en el Proceso de Recursos Humanos, este emite solicitud a la Administración de Salarios para consultar si dicha plaza se encuentra o no en la Relación de Puestos definida para el año en ejercicio y si existe la capacidad económica para realizar dicha contratación. Una vez que Administración de Salarios determina si económicamente es procedente dicha contratación, envía su diagnóstico a la Jefatura del Proceso de Recursos Humanos para que esta continúe con el proceso de selección de personal.

37 4- Consulta Perfil del Puesto Una vez concretados los pasos anteriores, la Jefatura de Recursos Humanos, o quien ésta designe, consulta el perfil del puesto, el cual se encuentra contenido en el Manual Descriptivo de Puestos para verificar los requisitos que deben de cumplir las personas aspirantes al puesto. 5- Revisión de candidatos para ascenso directo Una vez verificado el perfil del puesto, se analiza si existe en el área, algún servidor del grado inmediato que pueda suplir la vacante y valorar la posibilidad de realizar el ascenso directo. Si la persona identificada cumple con todos los requisitos y está interesado en ocupar el puesto vacante, se le traslada la recomendación al Alcalde o Alcaldesa Municipal. En caso de que el personal existente no cumpla con el perfil requerido para cubrir dicha vacante, se procede a realizar un concurso interno. 6- Concurso Interno El concurso interno, deberá convocarse cuando la vacante no puede ser llenada mediante ascenso directo, esto es, por inopia en las instancias a las que se refiere el punto anterior y la plaza será objeto de concurso interno, con participación de todos los (as) trabajadores (as) de la Municipalidad. De éstos, solo participarán aquellos que se ajusten a lo solicitado en cuanto a requisitos indicados en el perfil del puesto. La Jefatura de Recursos Humanos preparará la convocatoria al concurso; se realizará mediante circular a todo el personal y en ella se indicará como mínimo los requisitos, características del puesto, fecha límite para la recepción de solicitudes de participación, y tabla de ponderación de factores. 7- Concurso Externo El concurso externo, corresponderá cuando la vacante no puede ser llenada mediante el procedimiento de concurso interno. El concurso externo se convocará por medio de una publicación en al menos un diario de circulación nacional y con las mismas condiciones del concurso interno. Adicionalmente, se verifica en el Registro de Elegibles, que se mantiene en el Proceso de Recursos Humanos, para conocer si existen candidatos que cumplan con el perfil del puesto. De existir candidatos que cumplan con el perfil del puesto en los archivos de los postulantes, se procederá a consultarles si están interesados en participar del concurso y se agregan al concurso externo para seguir con el proceso normal de reclutamiento. 8- Solicitud de documentos a candidatos Las convocatorias a los concursos internos o externos harán mención de la documentación que tendrán que presentar los candidatos, y la tabla de ponderación de factores, dicha documentación deberá ser solicitada conforme al perfil pero básicamente deberá presentar:

38 Cédula de identidad o de residente libre de condición. Comprobante de domicilio. Hoja de delincuencia. Currículo vitae. Carta de recomendación de una persona no familiar. Copia de título(s) académicos obtenidos. Requisitos opcionales según lo requiera el puesto: Constancia de labores en instituciones públicas, donde conste fecha de ingreso, fecha de salida, puesto desempeñado y puesto ocupado. Carta de servicios de último empleo. Copia de títulos de formación técnica o especializada relacionados al puesto por el que concursa. Comprobante de afiliación al Colegio Profesional respectivo. Copia de licencia de conducir. Para los puestos de la Policía Municipal, se deberá contemplar además de los requisitos anteriores, los definidos en el Reglamento del Servicio Seguridad, Vigilancia Comunal de la Municipalidad de Santa Ana. 9- Recepción de documentos y verificación que los postulantes presenten toda la documentación pertinente Publicados los concursos, interno o externo, los interesados en participar lo comunicarán al Proceso de Recursos Humanos por escrito, aportando los atestados o copia certificada de estos, que indiquen el cumplimiento de los requisitos solicitados o las debidas convalidaciones del caso. La Jefatura de Recursos Humanos es la encargada de recibir todos los documentos de los oferentes a los puestos convocados a concurso; dentro de la fecha y hora previamente establecidas en la convocatoria emitida. Sin excepción, todos los títulos deberán ser presentados junto con los originales a efecto de validar la copia confrontándola contra el original. Únicamente seguirán con el trámite y proceso de selección los candidatos que presenten la documentación completa solicitada en la convocatoria. El incumplimiento por parte de los oferentes de lo establecido en el presente procedimiento, facultara al Proceso de Recursos Humanos para excluirlos de oficio del concurso en el que estén participando. 10- Convocatoria a los aspirantes que cumplan con el perfil. Una vez revisados los atestados de los concursantes, se seleccionan aquellos candidatos o candidatas, que según la documentación presentada cumplan con el perfil del puesto. La documentación de los concursantes escogidos será presentada al superior inmediato para una valoración previa. Posteriormente se les citara para que

39 realicen las entrevistas y las pruebas de idoneidad. 11- Elaboración y Calificación de Pruebas El superior inmediato del puesto vacante será quien elabore las pruebas de idoneidad con las que se evaluará a las personas concursantes. Estas se elaborarán dependiendo del perfil del puesto y de igual manera se establecerán los tiempos para su realización. Las pruebas de idoneidad se deberán entregar al Proceso de Recursos Humanos en dos sobres cerrados, uno contendrá la prueba en blanco y el otro sobre contendrá la prueba resuelta. La persona que haya confeccionado la prueba, será responsable de su calificación y una vez realizada la calificación, entregará las pruebas calificadas a la Jefatura de Recursos Humanos. 12- Realización de la Entrevista y aplicación de la Prueba El aspirante deberá presentarse el día y hora en que se le convoque para la realización de la prueba de idoneidad y la entrevista con el superior inmediato y el Jefe de Recursos Humanos o quien estos designen. Mediante la entrevista se examinará al aspirante respecto del potencial que tenga para cumplir los requisitos establecidos para el puesto vacante, así como también identificar quién de entre los candidatos se adaptará mejor al cargo y quién ofrece la capacidad de desempeño que la Municipalidad requiere. Dicha entrevista será calificada y se sumara al resto de los factores definidos en la convocatoria del concurso; de dicha suma se obtendrá la nómina de elegibles que cumplen con el perfil del puesto. 13- Presentación de Nómina de elegibles Una vez realizadas las entrevistas y aplicadas las pruebas de idoneidad y calificados todos los factores definidos en el concurso, el Proceso de Recursos Humanos presenta a la Alcaldía una nómina de elegibles, de acuerdo a la normativa vigente, en estricto orden de descendente de calificación. Sobre esa base el Alcalde nombrará a la persona que va a ocupar el puesto vacante y lo comunicará a la Jefatura de Recursos Humanos. 14- Citación de Aspirante elegido. Una vez recibido el comunicado por parte de la Alcaldía sobre el nombramiento, el Proceso de Recursos Humanos se comunica con la persona elegida y coordina la fecha de ingreso con ella. Posteriormente comunica a la Alcaldía y al superior inmediato del puesto vacante la fecha de ingreso del nuevo funcionario para que este tenga conocimiento y para que se prepare la inducción e información que deba conocer la persona nueva. Si el puesto para que el que se está llenando la vacante requiere acceso a los sistemas

40 de información, la Jefatura de Recursos Humanos deberá comunicar al Proceso de Tecnologías de Información para que realice las acciones que permitan a la persona nueva el acceso a los sistemas que corresponda, así como la creación de la cuenta de correo electrónico y la asignación de línea telefónica. 15- Firma de la Declaración Jurada y determinación de las condiciones del Trabajo Para iniciar labores, el aspirante debe presentarse en la oficina de Recursos Humanos, con la finalidad de que se le dé la respectiva inducción, sobre aspectos relevantes de la Municipalidad, las indicaciones correspondientes al puesto que desempeñara, se le dará de alta en el reloj marcador y las instrucciones de cómo realizar las respectivas marcas de asistencia, se le indicará el lugar de trabajo, el nombre del jefe inmediato, el horario de trabajo y la forma de pago. Al final de la inducción se procederá con la firma de la Declaración Jurada que deben firmar todos los funcionarios (as) de nuevo ingreso. 16- Integración del Expediente de Trabajo Una vez realizados los trámites anteriores, la Dirección de Recursos Humanos procederá a solicitar al nuevo servidor los documentos que sean necesarios para integrar el expediente personal, que se custodia en los archivos de Recursos Humanos. Esta solicitud incluye un número de cuenta bancaria en la que desea que se le deposite el salario. 17- Inducción al Nuevo Empleado La inducción se realiza en el Proceso de Recursos Humanos, donde en forma general se informa al nuevo funcionario acerca de los Reglamentos y normativa existente, horarios y fechas de pago. Luego corresponde al Jefe inmediato del nuevo empleado o la persona que este designe, proporcionar al trabajador la inducción necesaria para llevar a cabo las labores correspondientes al puesto. 18- Nombramiento Temporal Una vez que el nuevo servidor público comienza a trabajar, el Proceso de Recursos Humanos procederá a emitir la Acción de Personal correspondiente al periodo de prueba y de la cual deberá dar parte a la Administración de Salarios, para que se hagan los ajustes a nómina correspondientes y que el servidor de nuevo ingreso pueda percibir su sueldo, de igual forma se emite un tanto para el nuevo funcionario y un tanto más para el expediente personal. 19- Informe sobre Desempeño durante Periodo de Prueba. Con el fin de conocer si la persona contratada cumple con las expectativas en la ejecución puesto y antes de que se venza el nombramiento del periodo de prueba, la Jefatura de Recursos Humanos solicita por medio escrito al superior inmediato, una evaluación por el tiempo laborado. 20- Informe a La Alcaldía sobre la Evaluación del Desempeño en Periodo de Prueba.

41 Con los informes recopilados el Proceso de Recursos Humanos, informa a la Alcaldía, para que ésta decida si se nombra al nuevo funcionario en propiedad o no. 21- Nombramiento en Propiedad del nuevo Servidor Público. Después de conocer los resultados de la Evaluación del Desempeño, la Alcaldía emite un oficio mediante el cual nombra al funcionario en propiedad o bien lo separa del cargo y pide repetir el concurso. Si los resultados evidenciados en la evaluación del desempeño no son satisfactorios termina el contrato y se notifica al servidor público y a los departamentos involucrados y se deberá iniciar un nuevo proceso de Reclutamiento. Si los resultados evidenciados en la evaluación del desempeño son satisfactorios, se elabora la acción de personal correspondiente al nombramiento en propiedad, con lo que se da por concluido el proceso de reclutamiento y selección para el puesto. ANEXOS: ANEXO 1 Matriz de recepción de documentos y requisitos presentados por los candidatos(as).

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