El nuevo protocolo de la Casa Real y las Universidades

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1 La Casa Real y las Universidades: un nuevo protocolo? Análisis de las diferencias en la imagen y el protocolo de la antigua y la nueva Casa Real Española y cómo este cambio puede afectar a los actos en la Universidad. INDICE: Introducción Reseña histórica: La Monarquía y la Universidad. El protocolo de las Casas Reales en España. Regulación de la Casa del Rey y su protocolo: Coronación de Juan Carlos I y Felipe VI Juan Carlos I. El Rey que reinventó la monarquía Felipe VI. El nuevo Rey La imagen del Rey en los actos públicos. Juan Carlos I Felipe VI Actos de la Casa Real en las universidades Los Reyes en los actos de la Universidad. Puntos relevantes a tener en cuenta en los actos de la Universidades con asistencia de los miembros de la Familia Real. La apertura del Curso Universitario Un acto de la Universidad? 1

2 Introducción En el contexto de estos encuentros cuyo tema principal es Tradición y Modernidad, nos parece interesante detenernos en las diferencias existentes en la imagen y el protocolo de la antigua y la nueva Casa Real española y cómo este cambio puede afectar a los actos en la Universidad. El objeto de este trabajo es, por lo tanto, revisar los aspectos que rodean la asistencia de los miembros de la Familia Real a los actos púbicos y especialmente a los actos organizados por las universidades, con motivo del relevo que ha sucedido recientemente en la persona que ostenta la Jefatura del Estado. En el último año han sido numerosas las noticias sobre los cambios en el protocolo de la Casa Real y su flexibilización, por lo que entendemos que es interesante hacer, al menos, un análisis un poco más detallado que nos aporte información ordenada y objetiva de esta realidad, de manera que sigamos teniendo puntos de referencia a la hora de afrontar la organización de una acto con la asistencia de miembros de la Familia Real. Además es una buena ocasión para revisar los aspectos de protocolo que rodean estos actos y poner sobre la mesa puntos que pueden ser objeto de análisis y debate. Antes de entrar en los aspectos que configuran la monarquía de Juan Carlos I y Felipe VI vamos a realizar un pequeño recorrido por el protocolo en las Casas Reales antiguas, con el fin de comprender mejor las monarquías modernas, ya que si algo pesa en las Casas Reales es la tradición que arrastran desde sus inicios, deteniéndonos en los lazos de unión entre la Corona y la Universidad. Reseña Histórica. La Monarquía y la Universidad La palabra universidad nos remonta directamente hasta la Edad Media y, concretamente, a los monasterios y las catedrales donde se impartían los estudios. Las Partidas de Alfonso X el Sabio es el primer documento que encontramos que habla de Estudios Generales, título XXXI, partida 2; según Las Partidas, los reyes eran emperadores en sus reinos y, por ello, tenían potestad para la creación de las universidades. Es en este marco histórico donde nace la relación entre Reyes y Universidad, y ésta surge como corporación de colaboración y apoyo para el aprendizaje intelectual a través de un mecenazgo compartido mediante una protección pontificia y regia (auctoritate regia et auctoritate pontificia). Estos dos grandes bastiones van configurando las peculiaridades de unas corporaciones de amplia proyección, con autonomía económica, administrativa y jurídica, de manera que si carecían de alguna de ellas quedaban en una categoría intermedia. En este sentido, un Estudio General sería el lugar en donde se impartirían saberes múltiples y habría sido ratificado por una autoridad ecuménica: Papado, Emperador o Rey. Las universidades europeas París, Bolonia, Oxford, Cambridge, Padua, Nápoles, Toulouse, Praga, Viena, Heilderbert y Colonia (en este orden) y las españolas Palencia 1208, Salamanca 1218, Valladolid 1270, Alcalá 1293 ) surgen en torno a estudios catedralicios y conventuales, así como de asociaciones de maestros y estudiantes. Para que fuera viable un Estudio General los reyes necesitaban la autorización papal, así como las rentas concedidas para su mantenimiento. Durante el siglo XIII fracasaron algunos Estudios Generales porque los monarcas solos no podían financiarlos, Valencia (1245), Sevilla (1260), entre otros. Alfonso VIII de Castilla junto con el apoyo del obispo Tello Téllez decide favorecer a la escuela episcopal palentina con una buena dotación económica y atrayendo profesorado de Francia e Italia para elevar el nivel de las enseñanzas que se impartían. Es la primera universidad y toma el nombre de Estudio General de España. Alfonso IX de León fundó el Estudio General Salmantino con apoyos de una preexistente escuela de la catedral, la Universidad Salmantina se verá atendida tanto por Fernando III como Alfonso X pero no sólo desde el punto de vista económico sino también institucional. 2

3 Alfonso XI será quien solicite al Papa Clemente VI el Estudio General para la Universidad de Valladolid, otorgado en 1346, pese a que su creación data de Sancho IV El Bravo, Rey de Castilla, crea el Estudio General de Alcalá de Henares, futura Universidad Complutense. Jaime II de Aragón, en 1300 ratifica la bula de Bonifacio VIII otorgada en 1297 y se crea el Estudio General de Lérida. Dionisio I funda la Universidad de Lisboa, en 1290, el papa Nicolás IV concede la bula para la impartición de los Estudios Generales. En 1308 por bula de Clemente V la universidad se traslada a Coimbra. Pedro IV, Rey de Aragón, crea el Estudio General de Huesca, en 1354, aunque no será hasta 1465 que el Papa Paulo II conceda la bula que confirme los privilegios otorgados. Alfonso el Magnánimo autoriza el Estudio General de Gerona, en 1446, aunque no se materializa. Felipe II le asigna rentas y no será hasta 1572 cuando se impartan las primeras clases. La confirmación papal no llegará hasta A finales del siglo XV y durante el XVI se estrecha la relación con la monarquía, representada por los Reyes Católicos, que dotan a la Universidad de nuevos privilegios y estatutos. Fernando el Católico concede el privilegio a la ciudad de Barcelona por el que se reúnen todas las Escuelas de Gramática y Arte, bajo la autoridad del canciller del Estudio de Medicina. Carlos I dio validez a este privilegio de Fernando el Católico y en 1536 se coloca la primera piedra del Estudio General de Barcelona. Isabel I se erige como la gran protectora de la Institución Universitaria, gracias a su entusiasmo por la cultura española, el prestigio de esta institución alcanza, en todo su reinado, cotas que permanecerán hasta mediados del siglo XIX. Espalter deja su retrato en la bóveda del Paraninfo de la Universidad Central, como protectora de las Ciencias y la Cultura. Los monarcas seguirán apoyando a la institución universitaria plasmando este apoyo a través de sus visitadores reales, se inician en el reinado de Juana I. Poco a poco estas visitas regias tomaron la forma de visitadores periódicos con potestad para impulsar y canalizar reformas y realizar sucesivas modificaciones de los Estatutos internos. En el siglo XVII, hacia 1625, las tres universidades mayores castellanas de Salamanca, Valladolid y Alcalá adquirieron la categoría de verdaderas universidades de la Monarquía. El resto de los conventos-universidades y colegios-universidades dieron origen a las que convencionalmente se llamarían universidades menores, con la finalidad de atender las necesidades culturales y religiosas de entornos locales, apoyadas por prohombres y notables destacados. Fueron creadas, en su mayoría, por mecenas eclesiásticos y algunos seculares, que las dotaron con rentas del diezmo, deuda pública o patrimonios personales. Será en el siglo XVIII cuando las reformas ilustradas culminan en el llamado Plan Caballero de 1807, que pretendía aplicar un modelo uniforme a todas las universidades de la Monarquía, se suprimieron muchas de las llamadas universidades menores, es decir, las instituciones académicas de proyección más localista, en parte por su excesivo número, y por el deterioro académico y la penuria económica de muchas de ellas. 3

4 En 1837 desaparecen los diezmos eclesiásticos, que constituían su fuente de financiación y, por el plan de 1838, quedaba establecido que dichas universidades se financiasen a partir de los derechos de matrícula y académicos, así como de cantidades otorgadas por los presupuestos generales del Estado; desaparecen, también, los privilegios jurisdiccionales y de este modo, pasamos de la universidad del Antiguo Régimen, autónoma en lo financiero y organizativo, a la universidad liberal, centralizada, uniforme y jerarquizada, financiada y controlada por el Estado. Esto supone un cambio fundamental, ya que pasó de ser una institución financiada por la Monarquía y la Iglesia a configurarse como una parte de la estructura del Estado. El proceso de descentralización estatal, abierto a raíz de la Constitución de 1978, repercute en la institución universitaria en el sentido de que el referente educativo tiende a ser ahora el marco geográfico de la correspondiente Comunidad Autónoma. Reseña histórica. El protocolo de las Casas Reales en España No cabe duda, y numerosos estudios así lo avalan, que la influencia mayor para la monarquía española fue la Casa Ducal de Borgoña, perteneciente a los Austrias (Habsburgo) y que se une al reino de España por el matrimonio de Doña Juana, hija de los Reyes Católicos, llamada La loca y de Felipe I "El Hermoso", Duque de Borgoña, Conde de Habsburgo y Rey Consorte de España. Hasta llegar al protocolo borgoñón en los diferentes reinos históricos existe un ceremonial de coronación de los reyes: en el reino Visigodo y reino de Asturias los reyes eran ungidos y coronados; en el reino de Navarra los monarcas eran alzados sobre un escudo; en el reino de León la ceremonia va precedida de una procesión desde el Castillo a la Catedral, se prestaba el juramento de rodillas ante el prelado; los prelados investían al Soberano con la espada, el anillo, el cetro, el báculo y el manto, finalmente, se ceñía la corona y se contemplaba el acto de coronación con una misa, bendición litúrgica y procesión de regreso al castillo; y, en el reino de Castilla los monarcas eran proclamados ante el pueblo. Actualmente se sigue la tradición castellana y los monarcas son proclamados en las Cortes Generales (art. 61 de la Constitución Española). Desde 1369 hasta nuestros días España contará con tres dinastías: la Dinastía Española de los Trastámara que finalizará con el matrimonio entre Juana I la Loca, hija de Isabel I La Católica y Fernando el Católico, con Felipe I. Su hijo Carlos I dará comienzo a la Dinastía Española de los Austrias hasta Carlos II el Hechizado; entre los monarcas de esta dinastía: Felipe II, Felipe III y Felipe IV. Tras la guerra de sucesión que se abre en España por la sucesión al trono dará comienzo la Dinastía Española de los Borbón con Felipe V y, paradójicamente en el momento actual el monarca actual es Felipe VI, precedido de Juan Carlos I, Alfonso XIII, Alfonso XII, Isabel II, Fernando VII, Carlos IV y Carlos III. El protocolo borgoñón: Desde la Edad Media, el principal objetivo político de la etiqueta cortesana había sido el de reforzar la autoridad y el poder real, para demostrar la superioridad de los reyes y confirmar la esencia jerárquica de la sociedad. 4

5 Con Felipe I la corte española se sumerge en el protocolo borgoñés. El protocolo actual solo se entiende si nos remontamos a la Borgoña de los siglos XIV y XV, ducado pequeño que había heredado una serie de territorios al Norte de Francia gracias a alianzas patrimoniales, convirtiéndose en el centro del poder económico europeo. El Duque Felipe el Bueno de Borgoña decide crear un protocolo fastuoso para imponer su autoridad y renombre frente a Inglaterra, Francia, Alemania y Castilla y Aragón, las grandes monarquías de entonces. Fue inventado para elevar la figura del soberano, el Duque, convirtiéndolo en un ser casi semi divino, para así imponer la autoridad recibida de Dios frente a sus súbditos. Los aspectos más destacados en este protocolo es el orden, todo estaba escrito, tanto las funciones de cada uno como el comportamiento que debían de seguir en la corte, los procedimientos y rituales que marcaban todos los aspectos de la vida cotidiana, desde dar a luz, atender la capilla, vestir y desvestir, recibir visitas, dónde debían de sentarse, el orden para servir las comidas, éstas y otras actividades se rodeaban de un ceremonial que creaba una atmósfera envolvente, en la cual la familia real se movía. La etiqueta española se basó en los principios y la organización de la Corte del ducado de Borgoña. Otro de los aspectos a tener en cuenta que marcará el protocolo en España hasta el punto que podríamos decir que en España se lleva 500 años utilizando el protocolo según el uso de Borgoña, es la uniformidad, es decir, todos los actos celebrados en los distintos territorios que poseía el ducado debían de reunir las mismas características independientemente del lugar en el que se celebrasen. Ésta es una de las pretensiones del Ordenamiento General de Precedencias del Estado, de Con Carlos I perteneciente a la dinastía de los Austrias el protocolo borgoñés impregna todos los aspectos en la Corte, se enorgulleció de su herencia borgoñona y se dedicó a implantar los principios y la sabiduría cortesanos borgoñones en España. El estilo borgoñón se convertirá en la columna vertebral característica de la estructura, ceremonia y etiqueta de la Casa Real, también incorpora elementos y fórmulas propias de las Casas de Castilla y Aragón y, con la llegada de la emperatriz Isabel de Portugal también se introducen nuevos elementos. Todo ello hace que las Cortes de Madrid, en 1528, reivindiquen las raíces del reino de Castilla para las altas dignidades dando lugar a una reforma que podría denominarse proceso de hispanización de la Casa real de Borgoña como respuesta a las Cortes castellanas. Para entender esto tan sólo hay que cruzar unos datos que avalan lo fastuoso del protocolo borgoñón, la Casa de doña Juana de Austria, que guardó la estructura castellana, tal y como lo estableció Isabel la Católica tenía como servidumbre a 34 personas frente a los 665 al servicio de Carlos I. Desde Carlos V (Carlos I de España, ) y su hijo Felipe II ( ), pasando por Felipe IV, hasta el más exitoso de los reyes Borbones, Carlos III ( ) los observadores de la corte española a menudo quedaban impresionados por su etiqueta. Aparecía extraordinariamente rígida, ritualista, fría, y durante el XVII degradante hacia los cortesanos y sirvientes que trabajaban de acuerdo con sus preceptos. Tanto monarcas como cortesanos parecían encadenados a unos ceremoniales heredados de un pasado lejano. Ni Felipe II ni sus sucesores anularon lo que Carlos V decretó. Con Felipe IV encontraría este protocolo uno de sus seguidores más fieles. Los reyes Borbones del siglo XVIII también conservaron el sistema borgoñón, adquiriendo esta reminiscencia del pasado empleándola tal y como lo hicieran sus predecesores Habsburgo, para reafirmar su autoridad como monarcas hispanos absolutos y manifestando a todos sus súbditos y miembros de la Corte su posición y poder. El nuevo protocolo se nutría de un vasto elenco de personas que trabajaban directa o indirectamente para la Real Casa: profesionales, especialistas, clérigos, sirvientes aristocráticos, etc. Los miembros de la Corte tenían que cumplir sus tareas convenientemente y comportarse de una manera decorosa y elegante. 5

6 Con Felipe V comienza la Dinastía Española de los Borbones, podríamos decir que con esta Dinastía irrumpe una renovada concepción del protocolo borgoñón de Carlos I. Felipe V da los pasos para iniciar un intento de reforma de la estructura y de la contabilidad financiera de la corte, pero tan sólo quedó en un intento ya que tras un periodo de tiempo no muy largo la estructura departamental borgoñesa quedó totalmente restaurada. Por lo tanto, una vez más, el estilo borgoñón triunfó sobre sus detractores. En cualquier caso, la etiqueta borgoñona se adaptó a los gustos reales y a las variables circunstancias financieras, políticas e ideológicas. Pese a que la corte fue envuelta por los aires franceses de Felipe V, el primer soberano de este linaje en gobernar España, mantuvo muchas de las tradiciones y ceremonias de la Casa de Habsburgo, siendo tan importante su protocolo desde el punto de vista formal y simbólico, que incluso algunos de sus detalles, como la utilización de la pila de Santo Domingo de Guzmán en el ritual del bautizo, se han conservado hasta nuestros días. El sistema de administración del Estado se moderniza con Felipe V y se crea la figura de los Secretarios de Estado. José de Grimaldo fue el primer Secretario de Estado y del Despacho, quien estableció las normas escritas de protocolo en la recepción de embajadores del extranjero que aún siguen vigentes (Ceremonial de 1717 vigente hasta nuestros días). Las ordenanzas reales, instrucciones y edictos modificando la etiqueta se hacían públicos una vez casi cada diez años, como mínimo, desde 1547 hasta Carlos III introduce nuevos cambios en el ámbito del ceremonial y el protocolo. Fue el creador, en cierta manera, de la Bandera y el Himno Nacionales (1785). Al estar toda Europa mediterránea en manos de los Borbones, todos empleaban la bandera blanca con las armas de cada soberano, Carlos III crea una bandera para diferenciar en la mar a sus buques y fuera fácilmente identificable, por lo que se escoge el rojo y amarillo. Se pasaría de ser la Bandera de la Armada, a los ejércitos de tierra, convirtiéndose finalmente en la Bandera Nacional en1860, en la Guerra de África. Tras Carlos III, tenemos que hacer una referencia obligada al reinado de José Bonaparte, quien en cinco años innovó el protocolo español. En 1809, introdujo las llamadas Etiquetas, donde se establecía quiénes iban a ocupar cada una de las siete salas del Palacio Real, siendo estas etiquetas reglamentadas posteriormente por la Orden Real de 1908 de Alfonso XIII. Curiosamente, el Palacio Real de Oriente en Madrid, situado en el Occidente de la Capital, recibe este nombre por José Bonaparte. Fue un homenaje de los afrancesados a José Bonaparte, que era el Gran Oriente de la Masonería Española, por lo que el Palacio Real era llamado el Palacio del Gran Oriente y así ha permanecido hasta hoy en la Plaza de Oriente. José Bonaparte suprimió las órdenes existentes en la época de Carlos III y creó una serie de disposiciones de carácter protocolario: creó la Orden Real de España, copiando la Legión de Honor, cambió el Escudo de España (que tenía el águila imperial) e introdujo por primera vez, en dicho escudo, las Armas de Navarra. Entre 1856 y 1861, durante el reinado de Isabel II, se escribe un organigrama del Estado en el que aparece reflejado por primera vez el poder civil. La Primera República, vigente sólo durante once meses, derogó muchos títulos y honores, mantuvo la Bandera bicolor como símbolo de la Nación, pero no tuvo tiempo para introducir nuevos usos protocolarios. 6

7 El reinado de Alfonso XIII, con el que se inaugura el nuevo siglo XX, representa uno de los momentos más importantes del protocolo español. Es entonces cuando se reglamenta el uso de la Bandera Nacional y el Himno Nacional y se establece la última disposición protocolaria. Se trata de la Orden del Rey de 1908 firmada por el Jefe Superior de Palacio, publicada en la Gaceta de Madrid y refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Esta Orden de 1908 recoge las Etiquetas de José Bonaparte, pues en ella se establecen las siete grandes categorías de precedencias en el organigrama del Estado Español que van a ocupar las siete salas del Palacio Real. Sería la última ocasión en que estas siete categorías serían ordenadas según el Uso de Borgoña. Orden que para la entrada en el Salón del Trono y desfile ante Su Majestad debe regir en todas las recepciones generales. Tras la época alfonsina, durante la dictadura de Primo de Rivera, éste intentó cambiar el protocolo, pero en 1926 dicta una orden circular en la que confiesa no poder establecer unas normas de carácter general, dada la dificultad y complejidad del momento histórico. Fue la Segunda República la que provocó esa ruptura definitiva con el Antiguo Régimen, y también con las normas protocolarias existentes. Se cambió el Himno, la Bandera y el Escudo; se abolieron las grandes condecoraciones del Toisón de Oro, de Carlos III y la Orden de Mª Luisa; se derogaron los Títulos de Grandes de España, etc. Por el contrario creó la Orden Honorífica de la República, además de la nueva Bandera y Escudo. En 1941 el General Franco dictamina por primera vez que la Marcha Real será el Himno Nacional de España, siendo ésta la primera vez que se habla del Himno Nacional como tal, aunque no estableció ninguna disposición de protocolo hasta el final de su gobierno, en En este año, Franco promulga un reglamento llamado de Precedencias y Ordenación de Autoridades y Corporaciones, en el que establece un organigrama de Estado con objeto de perpetuar la situación política. Este Reglamento de Precedencias y Ordenación de Autoridades y Corporaciones, establece ya una moderna clasificación de actos y autoridades públicas, pues delimita el ámbito de aplicación de ordenación del Estado a los actos oficiales (excluyendo los actos privados, sociales, deportivos o religiosos) y a los cargos públicos. En el año 1975, con la Transición Española, este reglamento pierde vigencia dado que han desaparecido gran parte de las autoridades de la época del General Franco y se han definido otros nuevos cargos no contemplados en él. El caos protocolario de la época evidencia la necesidad de crear un nuevo ordenamiento de precedencias. El primer gobierno socialista de Felipe González impulsó este cambio protocolario con un nuevo Ordenamiento General de Precedencias en el Estado (Real Decreto 2099 / 1983, de 4 de agosto). Regulación de la Casa del Rey y su protocolo 7

8 Coronación de Juan Carlos I y de Felipe VI 22 de noviembre de de junio de 2014 El día 22 de noviembre de 1975, dos días después de la muerte del general Franco, el príncipe don Juan Carlos de Borbón y Borbón prestaba juramento como Rey de España, con el nombre de Juan Carlos I, en presencia de la princesa Sofía, y de sus hijos, Elena, Cristina y Felipe y ante las Cortes, el Gobierno, el Consejo del Reino y el Consejo de Regencia, cuyo presidente Rodríguez de Valcárcel le tomó juramento. "Juro por Dios y sobre los Santos Evangelios cumplir y hacer cumplir las leyes fundamentales del Reino y guardar lealtad a los principios que informan el movimiento nacional", pronunció don Juan Carlos con la mano derecha extendida sobre los Evangelios y teniendo ante sí los atributos de la realeza -el cetro y la corona- junto a un crucifijo, que había sido depositado sobre un cojín rojo. Seguidamente, el presidente de las Cortes gritó " Viva el Rey!", a lo que las personas que se encontraban en el hemiciclo del Palacio de las Cortes respondieron " Viva!". A las 8 de la mañana, la Carrrera de San Jerónimo estaba abarrotada. Desde la Puerta del Sol hasta la Plaza de Neptuno había banderas con los colores nacionales, adhesivos y pancartas patrióticas con la inscripción 'Juan Carlos I, Rey de España'. A las 10 en punto comenzaron a llegar los procuradores, entre ellos Nicolás Franco, hermano del fallecido general Franco, que recibió el pésame de los presentes. El primer representante extranjero en llegar a las Cortes fue el príncipe Raniero de Mónaco, que ocupó el palco junto al rey Hussein de Jordania y el general Pinochet. A la doce ya estaban todos los palcos repletos de invitados, los hijos del Generalísimo Franco, los marqueses de Villaverde, los duques de Cádiz, que tomaron asiento en el palco de la Familia Real, las infantas Pilar y Margarita, hermanas de don Juan Carlos, con sus respectivos maridos, los ex soberanos de Grecia, Ana María y Constantino, hermano de doña Sofía, y su hermana, la princesa Irene, y la infanta doña Alicia, tía de don Juan Carlos, y sus primos, los príncipes de Zamoysky. Todos ellos puestos en pie, recibieron al presidente del Gobierno, Arias Navarro. Don Juan Carlos, serio y emocionado, pronunció su primer y trascendental discurso que fue televisado en directo "Asumo la Corona del Reino con pleno sentido de mi responsabilidad ante el pueblo español". Un discurso muy ovacionado y en el que transmitió su deseo de ser el rey de todos los españoles y transitar de la dictadura a la democracia. A la una de la tarde, los Reyes abandonaron el Palacio de las Cortes al son del himno nacional y emprendieron un recorrido en un coche descubierto, desde la Carrera de San Jerónimo, plaza de Neptuno, paseo del Prado, plaza de Cibeles, Calle de Alcalá, Gran Vía, plaza de España hasta el Palacio de Oriente, donde presidieron el primer acto público de su reinado: el último adiós a Franco en el Salón de Columnas. La entronización de Don Juan Carlos representó la restauración de la monarquía en España después de 44 años. 8

9 Atrás quedaban ya las imágenes de Alfonso XIII, abuelo del Rey, partiendo hacia el exilio tras su abdicación en abril de En el momento de la coronación don Juan Carlos tenía 37 años, nueve menos de los que tiene su hijo que reina como Felipe VI. El 19 de junio de 2014 Madrid se viste de gala, jóvenes y mayores, provistos con banderas y gallardetes con los colores nacionales abarrotan los alrededores del palacio de la Carrera de San Jerónimo. El ceremonial comienza con la imposición del rey Juan Carlos del Fajín de Capitán General al Rey en un solemne acto en el salón de Audiencias del Palacio de la Zarzuela ante la emocionada mirada de la reina Letizia y sus hijas, la Princesa de Asturias y la infanta Sofía; la reina Sofía y la infanta Elena. El rey Felipe VI viste uniforme de gran etiqueta del Ejército de Tierra, el fajín de Capitán General, el Toisón de oro, la Gran Cruz del Collar de la Orden de Carlos III y las Grandes Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico. La familia real es recibida por el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy; el Presidente del Congreso, Jesús Posada, y del Senado, Pío García Escudero y tras los protocolarios saludos les rinden los honores preceptivos la Agrupación de Honores, al mando de un teniente coronel del Ejército del Aire. El Rey, a continuación, pasa revista a la formación, acompañado por el jefe de Estado Mayor de la Defensa, almirante Fernando García Sánchez, el general jefe del Cuarto Militar del Rey, Antonio de la Corte, y el jefe de la Fuerza, el teniente coronel del Ejército de Aire. El rey Felipe VI, la reina Letizia, la princesa de Asturias y la infanta Sofía acceden al Congreso de los Diputados por la Puerta de los Leones, que sólo se abre en las grandes ocasiones. Atraviesan el salón de los Pasos Perdidos y se detienen a saludar a los poderes políticos y, a continuación, irrumpen en el Hemiciclo de la mano, como han hecho en sus diez años de camino hacia el trono, ante los 325 diputados y los 259 senadores de la presente legislatura y ante los miembros de la Familia Real y del Rey. La sala les recibe con un largo minuto y medio de aplausos, que el nuevo soberano agradece emocionado, asintiendo y extendiendo los brazos hacia la audiencia en señal de recíproca gratitud para finalmente, conmovido por la larga ovación, pedir con un gesto de manos que por favor terminara. Ha abierto la sesión el Presidente del Congreso, Jesús Posada, con un discurso introductorio en el que, además de referirse al nuevo Monarca, a la nueva Reina y al brillante progreso de España, ha hecho una destacada mención al rey Juan Carlos y otra a la reina Sofía, ambas interrumpidas por nuevos aplausos. Doña Sofía ha agradecido a los presentes la ovación primero con repetidas inclinaciones de cabeza y después poniéndose en pie. El momento más solemne de la ceremonia, la jura y proclamación de Felipe VI, con la mano derecha sobre la Carta Magna, presta juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. Y el Presidente del Congreso, Jesús Posada, le ha proclamado soberano con estas palabras: "En nombre de las Cortes Españolas y la Constitución, manifestamos a la Nación española que queda proclamado Rey de España Felipe de Borbón y Grecia que reinará con el nombre de Felipe VI. VIVA EL REY!, VIVA ESPAÑA!". Desde la noche anterior todo estaba preparado en el interior del palacio de las Cortes para esta histórica jornada. Los sillones dorado y rosa del Patrimonio Nacional para los nuevos Reyes y las dos sillas para la nueva Princesa de Asturias y la infanta Sofía en el estrado; los sillones para los ministros y los senadores y diputados; los sillones en la tribuna de invitados para la reina Sofía, la infanta Elena y las infantas Pilar y Margarita, así como familiares de doña Letizia; al otro lado del escenario, sobre el túmulo, descansaban los atributos seculares de la realeza: la corona y el cetro, que simbolizan la Monarquía española y que han estado presentes en las sesiones de juramento y proclamación de los soberanos desde Isabel II hasta Juan Carlos I. Y ahora también en la de Felipe 9

10 VI. La corona, de plata sobredorada, sin pedrería y de uso decorativo, data de los tiempos de Carlos III, pesa alrededor de un kilo y lleva los emblemas de los distintos Reinos que formaron España. La pieza, que pertenece a Patrimonio Nacional y se custodia en el Palacio Real, fue vista por última vez en enero de 1980, con motivo del traslado de los restos de Alfonso XIII a España y su enterramiento definitivo en el monasterio de El Escorial. Y el cetro un bastón de mando con casi setenta centímetros de largo-, dotado de carácter simbólico, ha sido considerado como un trabajo centroeuropeo del siglo XVII, de autor desconocido por carecer de marcas. Tras la jura de Felipe VI, el nuevo monarca ha pronunciado su primer discurso como Rey, se ha presentado como un Rey Constitucional orgulloso de su país: "Inicio mi reinado con una profunda emoción, consciente de la responsabilidad que supone. España es una gran nación en la que creo, a la que quiero. Una gran nación en la que creo, a la que quiero y a la que admiro; y a cuyo destino me he sentido unido toda mi vida, como Príncipe Heredero y -hoy ya- como Rey de España". No han faltado referencias al proyecto de concordia nacional de su padre el rey Juan Carlos: "Mi padre apeló a los valores defendidos por mi abuelo el Conde Barcelona y nos convocó a un gran proyecto de concordia nacional que ha dado lugar a los mejores años de nuestra historia contemporánea. Don Juan Carlos construyó los cimientos de un edificio político que logró superar diferencias que parecían insalvables, conseguir la reconciliación de los españoles". No se ha olvidado tampoco de su madre, la reina Sofía - su dedicación y lealtad al rey Juan Carlos, su dignidad y sentido de la responsabilidad, son un ejemplo que merece un emocionado tributo de gratitud que hoy", que ella le agradece lanzándole un beso al aire desde la distancia. Todo tiempo político tiene sus nuevos retos ha dicho y ha aludido a las víctimas del terrorismo, a los estragos de la crisis y a su fe en la unidad de España: "Quiero reafirmar, como Rey, mi fe en la unidad de España, de la que la Corona es símbolo. Unidad que no es uniformidad. En esa España, unida y diversa, basada en la igualdad de los españoles, en la solidaridad entre sus pueblos y en el respeto a la ley, cabemos todos. En esa España, caben todos los sentimientos y sensibilidades, caben las distintas formas de sentirse español". En definitiva, "una monarquía renovada para un tiempo nuevo". El nuevo Soberano acaba su discurso agradeciendo la atención en los cuatros idiomas oficiales (en castellano, catalán, euskera y gallego) en España: Muchas gracias. Moltes gràcies. Eskerrik asko. Moitas grazas, al que ha seguido aplauso de un minuto y cuarenta y seis segundos. Una vez concluida la solemne ceremonia y bajo los acordes del Himno Nacional, los Reyes acompañados por la nueva Heredera y la infanta Sofía abandonan el Hemiciclo. En el Palacio Real saludarán desde el balcón principal junto a los Reyes don Juan Carlos y doña Sofía. La jornada finaliza con una recepción a una representación de la sociedad civil española en el Palacio Real. Analizando la coronación de Juan Carlos I y Felipe VI encontramos, sin lugar a dudas, diferencias a tener en cuenta tanto desde el punto de vista de protocolo como desde la situación socio-política y económica de cada una de las épocas en las cuales se producen estos dos hechos históricos. Podemos hablar de cambios, en cuanto al protocolo, profundos, o a menos sustanciales y no cabe duda que la época socio política y económica de estas dos etapas de la historia de España distan mucho entre sí. En cuanto al protocolo y empezando por la disposición del escenario que en la coronación de Felipe VI, se ha vestido más acorde a los tiempos actuales, más minimalista en cuanto a los elementos que en él se han depositado, ya que el propio lugar tiene un porte tradicional. El atril se coloca tan sólo para el discurso del Rey. La etiqueta en esta ocasión es menos rígida, vestido corto. La disposición de los atributos es la misma pero con la gran ausencia del crucifijo que podemos ver en la coronación de Juan Carlos I. Ceremonia religiosa y ceremonia laica. Tras la proclamación en las Cortes de Juan Carlos I y jurar los principios del movimiento nacional se oficia una ceremonia católica en la Iglesia de San Jerónimo, mientras que Felipe VI tras recibir de manos del Rey Juan Carlos I la Banda de Capitán General, jurar la Constitución en el Congreso, saluda al pueblo desde el balcón de Palacio Real y recibe a una representación de la sociedad. 10

11 Invitados. La representación de las Casas Reales europeas en la coronación del Rey Juan Carlos I es muy numerosa, mientras que en la coronación de Felipe VI se suprime toda invitación externa y se concibe una coronación más austera promovida por la situación socio-económica de la época, pero haciendo que los invitados sean una representación de todos los ámbitos de la sociedad española. Ausencias. No podemos pasar por alto las dos grandes ausencias en la coronación de Felipe VI, el Rey Juan Carlos I, su padre, y la Infanta Cristina, su hermana, con la finalidad de enviar un mensaje claro, queremos un cambio. Juan Carlos I. El Rey que reinventó la monarquía. La falta de antecedentes cercanos de una monarquía moderna lleva al Rey Juan Carlos I, tras jurar su cargo, a la necesidad de reinventar la monarquía tal y como señala la periodista Carmen González en un artículo publicado para el BBC Mundo. Se producen las primeras elecciones democráticas en 1977 y se aprueba el texto constitucional en 1978, pero la norma protocolaria vigente sigue siendo el Decreto 1483/1968, de difícil aplicación ante este nuevo panorama sociopolítico, al que se suma la recién estrenada organización territorial del Estado de las Autonomías. Todo ello plantea la necesidad de regular la ordenación de precedencias en los actos oficiales. Se promulga entonces, durante el gobierno de Felipe González, el Real Decreto 2099/1983 por el que se aprueba el ordenamiento general de precedencias en el Estado, norma protocolaria que continúa vigente en la actualidad. Esta ordenación diferenciada pone de relieve, una vez más, la importancia de las precedencias en la escenificación del poder, que supone el ceremonial en los actos públicos, dando protagonismo a unas autoridades sobre otras en función del acto y la demarcación territorial donde se celebre. Hoy día siguen vigentes en nuestro país 16 disposiciones legales que establecen normas de protocolo y que nacieron con la Constitución y perfilaron en menos de diez años. Son disposiciones sobre la Bandera, el Himno, el Escudo, los Estatutos Especiales que existen, así como los Tratamientos, Títulos y Honores. La Casa Real española, con la nueva monarquía, abandona las ceremonias pomposas que eran propias de los monarcas anteriores optando por un protocolo moderno y cercano, sin perjuicio de mantener algunas de las ceremonias tradicionales como la ceremonia de presentación de cartas credenciales. Está intención de cercanía y modernidad se traduce tanto en la normativa que regula los aspectos protocolarios de la Familia Real como en el desarrollo de los actos a los que asisten miembros de la Familia Real y que veremos en el apartado correspondiente. Entre las normas que regulan el protocolo de la Familia Real cabe destacar las siguientes: - Constitución de 1978: artículos 56.5 y Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en el acto de toma de posesión de cargos o funciones púbicas. - El Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, que regula el régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, modificado por el Real Decreto 470/2014, de 13 de junio de Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, donde se regula la Casa de Su Majestad el Rey (modificado en varias ocasiones, la última de ellas por Real Decreto 547/2014). - Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional. - Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, que regula los empleos militares del Rey y del Príncipe de Asturias. 11

12 - El Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares y que regula los honores correspondientes al Rey, a la Familia Real y a los Infantes de España (Capitulo II), que deroga el Real Decreto 834/1984, de 11 de mayo. La Constitución vigente dedica varios de sus artículos a la Corona y en concreto a las funciones del Jefe del Estado. A título de ejemplo vemos como corresponde al Rey, como símbolo de la unidad del estado: o Sanción y promulgación de las leyes (artículo 62 a); o Expedición de decretos acordados en el Consejo de Ministros (artículo 62 f); o Nombramiento del Presidente y de los miembros del Gobierno (artículos 99.3 y 100). o Nombramientos del Presidente y de los Magistrados del Tribunal Constitucional (artículos 159 y 160); o Nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo (artículo 123.2); o Nombramiento de los Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas (artículo 152.1). o El alto patronazgo de las Reales Academias (artículo 62 j). Sin embargo sólo nos vamos a detener en aquellos preceptos que de una u otra forma tienen relación con el tema de esta ponencia y han dado pie a normativa relacionada con el protocolo. La Casa de Su Majestad tiene amparo normativo en el artículo 65 de la Constitución, en su apartado 2, donde se establece que El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. Como desarrollo de este precepto se aprobó el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo (modificado por los Reales Decretos 657/1990, 1033/2001, 1183/2006, 999/2010 y 547/2014), estableciéndose que la Casa de Su Majestad el Rey es un Organismo que, bajo la dependencia directa de Su Majestad, tiene como misión servirle de apoyo en cuantas actividades se deriven del ejercicio de sus funciones como Jefe de Estado. La Casa de S.M el Rey fue por lo tanto creada para facilitar al Jefe del Estado el cumplimiento de sus funciones constitucionales y hacer posible su debida independencia respecto de los otros órganos del Estado. Por su parte la Secretaría General tiene a su cargo la tramitación de los asuntos que corresponden a la actividad y funciones de la Casa de Su Majestad el Rey, así como su resolución o propuesta y el despacho de los temas que requieran toma de decisiones. Para realizar estas funciones se le dotó de una estructura compuesta por el Gabinete de Planificación y Coordinación, la Secretaría de Su Majestad la Reina, la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, el Servicio de Seguridad, la unidad de Comunicación, la de Protocolo y la de Administración, Infraestructura y Servicios. Otro precepto que recoge uno de los actos con más tradición vinculados a la Casa Real y que todavía tienen vigencia en la actualidad es el artículo 63, en el que se señala que corresponde al Rey, como más alto representante del Estado español en las relaciones internacionales, acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos, manifestar el consentimiento del Estado en tratados, y declarar la guerra y hacer la paz. Este artículo da soporte normativo al acto de Presentación de Cartas Credenciales que tiene su origen más reciente en el Convenio de Viena. El Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961, dispone que se considerará que el jefe de la Misión Diplomática ha asumido sus funciones en el Estado receptor desde el momento en que haya presentado sus cartas credenciales o en que haya comunicado su llegada y presentado copias de estilo de sus cartas credenciales al Ministerio de Relaciones Exteriores. Las cartas credenciales son un documento dirigido, de manera solemne, por el Jefe del Estado acreditante al Jefe del Estado 12

13 receptor, en el que se contiene el nombre de la persona a la que nombra embajador y el ruego de que se le considere representante legítimo del Estado que expide el documento. La ceremonia de presentación de cartas credenciales se celebra en el Palacio Real de Madrid. Es un acto de gran solemnidad, cuyas características formales se han mantenido, con ciertas modificaciones, desde el siglo XVIII. Los embajadores son conducidos en carroza desde el Palacio de Santa Cruz, sede del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, hasta el Palacio Real. La carroza es tirada por caballos, con palafreneros, lacayos y cochero, vestidos con uniformes de la época de Carlos III. En el momento de entrada de la carroza en la Plaza de la Armería del Palacio Real, una compañía de la Guardia Real rinde los honores de ordenanza de Jefe de Estado al paso de los carruajes e interpreta el himno nacional del país al que representa el embajador. La entrega a Su Majestad de las cartas credenciales se lleva a cabo en la Cámara Oficial. Posteriormente, el nuevo embajador y Su Majestad el Rey, junto con el Ministro de Asuntos Exteriores, se trasladan a un salón contiguo en el que mantienen un encuentro. Por otra parte, uno de los actos con menor transcendencia protocolaria pero una mayor transcendencia social son los actos de toma de posesión ante el Rey. Conforme al texto constitucional prestan juramento o promesa ante el Rey: El Presidente y miembros del Gobierno, los Magistrados del Tribunal Constitucional, el Presidente y los vocales del Consejo General del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal de Cuentas, el Fiscal General del Estado y el Gobernador del Banco de España. A partir de esta regulación se aprueba el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en el acto de toma de posesión de cargos o funciones y que sigue vigente en la actualidad. Este Real Decreto establece que en el acto de toma de posesión de cargos o funciones públicas en la Administración, quien haya de dar posesión formulará al designado la siguiente pregunta: «Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo... con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución, como norma fundamental del Estado?». Esta pregunta será contestada por quien haya de tomar posesión con una simple afirmativa. La fórmula anterior podrá ser sustituida por el juramento o promesa prestado personalmente por quien va a tomar posesión, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado. Por su parte, los Vicepresidentes, Ministros y demás miembros del Gobierno prestarán ante el Rey el juramento o promesa en la forma que hemos señalado en el párrafo anterior, refiriéndolo también a la obligación de mantener secreto de las deliberaciones del Consejo de Ministros. 13

14 Junto a estos actos y ceremonias previstos normativamente, no podemos dejar de hacer mención a otra de las ceremonias con tradición monárquica, en este caso castrense y es la Pascua Militar, que es el acto con el que se inicia el año militar. Tiene su origen en la recuperación para España de Menorca en 1782 que indujo al Rey Carlos III a proclamar la Pascua Militar que tradicionalmente se celebra el 6 de enero cada año. Pero seguramente, de entre las normas que hemos mencionado, una de las más relevantes de cara al protocolo debido a la Familia Real es el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, que regula el régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes. En él se recogen, en sólo seis artículos, el tratamiento y honores de la Familia Real que son los siguientes: El titular de la corona se denominará Rey o Reina de España y podrá utilizar los demás títulos que correspondan a la Corona, así como las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real. Recibirá el tratamiento de Majestad. La consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibirá la denominación de Reina y el tratamiento de Majestad. Al consorte de la Reina de España, mientras lo sea o permanezca viudo, corresponderá la dignidad de Príncipe. Recibirá el tratamiento de Alteza Real. Por su parte el heredero de la Corona tendrá, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, la dignidad de Príncipe o Princesa de Asturias, así como los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona. Recibirá el tratamiento de Alteza Real y de igual dignidad y tratamiento participará su consorte. Todos ellos recibirán los honores que se establezcan en cada caso en el ordenamiento jurídico, que en este momento es el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares y que regula los honores correspondientes al Rey, a la Familia Real y a los Infantes de España (Capitulo II), que deroga el Real Decreto 834/1984, de 11 de mayo. Por otro lado, los hijos del Rey que no tengan la condición de Príncipe o Princesa de Asturias y los hijos de este Príncipe o princesa serán infantes de España y recibirán el tratamiento de Alteza Real. Sus consortes, mientras lo sean o permanezcan viudos, tendrán el tratamiento y honores que el Rey, por vía de gracia, les conceda en uso de la facultad que le atribuye el apartado f) del artículo 62 de la Constitución. Asimismo, el Rey podrá agraciar con la dignidad de infante y el tratamiento de alteza a aquellas personas a las que juzgue dignas de esta merced, por la concurrencia de circunstancias excepcionales. Ninguna persona podrá titularse Príncipe o Princesa de Asturias u ostentar cualquier otro de los títulos tradicionalmente vinculados al sucesor de la Corona de España, titularse Infante de España, ni recibir los tratamientos y honores que corresponden a esas dignidades. Por su parte, los hijos de los infantes de España tendrán la consideración de grandes de España, sin que ello de origen a un tratamiento especial distinto del de excelencia y, respecto a los títulos, se señala que el uso de títulos de nobleza, pertenecientes a la Casa Real, solamente podrá ser autorizado por el titular de la Corona a los miembros de su familia. La atribución del uso de dichos títulos tendrá carácter graciable, personal y vitalicio. Sin embargo, junto a los tratamientos, no se regularon en su momento las formas de saludo a los miembros de la Familia Real, salvo el saludo militar, por lo que en este punto se han seguido los usos tradicionales respecto a los miembros de las familias reales. Así, en el saludo habitualmente se utiliza para los caballeros una pequeña inclinación de cabeza, como signo de respeto y para las damas aparte de una leve inclinación de cabeza también se suele hacer una pequeña reverencia (dobla las rodillas de una forma leve). 14

15 En el tratamiento hablado, para dirigirse al Rey o a la Reina se utiliza Su Majestad o Vuestra Majestad. Si se les nombra en una conversación debemos referirnos a ellos como Su Majestad el Rey o su Majestad la Reina. Si debemos usar el tratamiento de Alteza deberemos utilizarlo como Su Alteza o Vuestra Alteza, y si nos referimos a él, lo haremos como Su Alteza Real el... o su Alteza Real la Infanta doña... Por último, para dirigirnos por escrito al Rey o la Reina se debe utilizar Señor o Señora. Si nos dirigimos al Príncipe, el tratamiento escrito deberá ser Alteza, Señor o Señora. Hasta este punto hemos recogido, a grandes rasgos, qué normas legales o tradicionales caracterizan y distinguen el protocolo que rodea a la Casa Real española, pudiéndose concluir con facilidad que se trata de un protocolo bastante sencillo y sin excesivas rigideces, con una regulación poco exhaustiva, que sólo se ha ocupado de los puntos esenciales que eran necesario para que la relaciones protocolarias con El Rey o su Familia se produjeran dentro del respeto, pero al mismo tiempo de la cercanía necesaria y adaptándose a las costumbres que en ese momento se seguían en otras monarquías modernas. Felipe VI. El nuevo rey. Desde la llegada al trono de Felipe VI, como hemos comentado al principio de esta exposición, se han sucedido los debates y las noticias sobre lo que parece un importante cambio en el protocolo de la Casa Real. Para definir con mayor objetividad esta realidad vamos a ver qué cambios se han llevado a cabo, empezando por la parte normativa que ya hemos estudiado respecto de su antecesor. La normativa que se ha modificado o incorporado es la siguiente: - Real Decreto 470/2014, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes. - Real Decreto 527/2014, de 20 de junio, por el que se crea el Guion y el Estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero. - La normativa sobre regalos a favor de miembros de la Familia Real. Antes de la aprobación del Real Decreto 470/2014, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, se abrió el debate sobre qué iba a pasar con la precedencia del Rey que había abdicado. Con motivo de la abdicación y la llegada del nuevo Rey, la Familia Real cambia de manera que tras la proclamación la Familia Real pasa a estar compuesta por el Rey, su esposa, sus hijas, Don Juan Carlos y Sofía y donde quedan fuera sus hermanas, pasando a formar parte de la Familia del Rey, que tiene otra consideración protocolaria. Entre otros medios El Confidencial fue eco de este debate planteando algunas preguntas sobre cómo sería el protocolo a partir de la proclamación y qué sucedería desde este punto de vista si Don Juan Carlos y Don Felipe coinciden en un acto oficial, cómo hay que dirigirse a las infantas Leonor y Sofía o cómo hay que comportarse en una mesa o en un besamanos. A la primera pregunta, los expertos Diego Zala, Marina Fernández y Juan Manuel Jiménez, profesores de la Escuela Oficial de Protocolo, contestaban señalando que será muy difícil encontrar a padre e hijo en un acto oficial. Por su parte el director del Instituto Universitario de Protocolo de la Universidad Camilo José Cela, Carlos Fuente señalaba que el tratamiento de uno y otro también sería diferente, precisando que al Rey se le deberá tratar como Majestad, 15

16 de manera que es el momento de establecer un título específico para el Rey abdicado, para clarificar verbal y popularmente el estatus de uno y de otro. Estas incógnitas han quedado al menos resueltas en gran medida por el Real Decreto 470/2014, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes. En concreto, se introduce una disposición adicional cuarta que establece que Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. Por su parte, Doña Sofía de Grecia, madre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Reina, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para la Princesa o el Príncipe de Asturias consortes en dicho Real Decreto. Así mismo, señala que el orden de precedencia de los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía en el Ordenamiento General de Precedencias del Estado, aprobado por el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, será el inmediatamente posterior a los descendientes del Rey Don Felipe VI, modificando de esta forma el Decreto mencionado. Como reflexión se puede señalar, tal y como indica la exposición de motivos del Real Decreto 470/2014, que la normativa del año 1987 en vigor otorga, en algunos aspectos, el adecuado tratamiento a SS. MM. los Reyes Don Juan Carlos I de Borbón y Doña Sofía de Grecia tras la abdicación, en cuanto que permanecen como miembros de la Familia Real. Sin embargo, existen otras cuestiones que es preciso regular para determinar el estatuto de los Reyes tras la abdicación. El Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, ya previó, en su disposición transitoria primera, el tratamiento y títulos correspondientes a Don Juan de Borbón y Battenberg y de su consorte tras la renuncia a sus derechos dinásticos por el primero. Sin embargo, la modificación que se ha realizado viene motivada por la intención de plasmar la gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles. En consecuencia, se ha establecido un nuevo orden de precedencia en la Casa Real española de manera que Doña Letizia y las actuales Infantas Leonor y Sofía tendrán una precedencia mayor que sus abuelos Don Juan Carlos y Doña Sofía. Como también cabía esperar a un nuevo Rey le corresponden nuevos símbolos, por lo que se ha aprobado el Real Decreto 527/2014, de 20 de junio, por el que se crea el Guión y el Estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero. Es interesante leer su exposición de motivos en la que se señala que Su Majestad el Rey, Felipe VI, siguiendo la tradición de la Casa Real, y contando con el asesoramiento de la Real Academia de la Historia, ha tenido a bien aprobar las Armas que utilizará durante su reinado, por lo que ha de modificarse el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, con el objeto de crear el guion y el estandarte correspondiente al nuevo Rey. De forma resumida se refiere a su descripción señalando que, de acuerdo con el referido dictamen de la Real Academia de la Historia, la ordenación del guion y del estandarte que ha de ostentar como Rey Don Felipe de Borbón y Grecia será la misma que tuvo como Príncipe de Asturias, con la salvedad de desaparecer el lambel diferenciador y timbrarse el escudo con la Corona Real de España, en lugar de la de Príncipe de Asturias. Esta es la práctica generalmente seguida en la heráldica europea cuando un príncipe heredero accede al trono. Asimismo, se establece que Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, una vez sea efectiva su abdicación, siga usando el guion y el estandarte que ha venido utilizando durante su reinado, señalando por último, que se adapta al nuevo escudo el 16

17 distintivo que actualmente utiliza el personal mencionado en el Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, por el que se crea el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey. Por último, en lo que a los cambios normativos de ámbito protocolario se refiere, hemos entendido relevante hacer referencia a la normativa sobre regalos a favor de la Familia Real que ha aprobado el Rey, no solo por lo interesante de la información sino porque conozcamos su contenido de cara a futuras visitas o asistencia de SS MM a los actos de la Universidad. Esta normativa se ha publicado y se puede consultar en la página Web de la Casa Real. En su introducción se señala que el Rey ha considerado conveniente regular el régimen de regalos a favor de los miembros de la Familia Real con objeto de adaptar este aspecto de su funcionamiento el resto de las normas actuales. Indica en esta línea que el artículo 26.2b).6º de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que es aplicable a los miembros del Gobierno y altos cargos y asimilados de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dice lo siguiente: No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente. Aun cuando a los miembros de la Familia Real no les resulte de aplicación el mencionado precepto, se considera procedente adaptarse a la regulación que, con carácter general, han aprobado en esta materia las Cortes Generales. En el supuesto de que la legislación estatal reguladora de esta materia fuese objeto de modificación o la legislación vigente fuese desarrollada reglamentariamente, se procederá en coherencia a adaptar estas normas a la modificación legislativa o al desarrollo reglamentario respectivamente. Sobre la base de esa disposición, y teniendo presente la Ley 23/1982, de 16 de junio, de Patrimonio Nacional, la presente regulación define los supuestos en los que se considera procedente aceptar o denegar regalos, teniendo en cuenta las normas de cortesía y diplomacia, y proceder a su clasificación en institucionales y de carácter personal. La regulación comprende, además, una serie de reglas para el registro y custodia de los regalos, así como concretas líneas de actuación tendentes a la difusión y publicidad periódica de los regalos que hayan sido entregados a la Familia Real. Finalizan estas normas recogiendo una serie de pautas que seguir en relación con los bienes procedentes de herencias o legados recibidos por miembros de la Familia Real por parte de terceras personas. Como ya señalamos al principio de este punto al hacer referencia a los cambios normativos, también se ha producido alguna modificación en la estructura organizativa de la Casa de Su Majestad el Rey en el siguiente sentido: o o o Se suprime la Secretaría de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias. Se crea la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, que también prestará los apoyos necesarios a Su Majestad la Reina Doña Sofía. Se crea el cargo de Consejero Diplomático de la Casa de Su Majestad el Rey, que dependerá directamente del Jefe de la Casa y tendrá consideración de personal de dirección. En consecuencia con estas modificaciones, la Secretaría de la Casa de Su Majestad el Rey quedará estructurada en las siguientes Unidades: o o o o Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos. Gabinete de Planificación y Coordinación. Secretaría de Su Majestad la Reina. Servicio de Seguridad. 17

18 o o o Comunicación. Protocolo. Administración, Infraestructura y Servicios. Como se puede observar si se realiza un análisis comparativo de los cambios normativos de un Rey a otro, estos no han sido de gran calado, más allá de lo que parece obligado cuando se produce el relevo en la Jefatura del Estado, ya que estos cambios sólo han afectado al orden de precedencias y tratamientos, lo cual parecía inevitable para dar cabida a la nueva situación, y a los símbolos del monarca. Esto pone de manifiesto que, pese a lo que pudiera parecer, no se han realizado cambios de fondo significativos respecto al protocolo de ambos monarcas, lo que por otro lado no es óbice para que se vayan realizando en el futuro, ya que son todavía pocos meses lo que ostenta la corona el nuevo Rey. Una vez hecho el análisis más objetivo entendemos que también es interesante ofrecer la visión de la proyección pública del protocolo y la imagen de ambos monarcas a través de su asistencia a los distintos actos públicos. La imagen del Rey en los actos públicos Juan Carlos I En la España actual, igual que ocurre en el resto del mundo, tanto las altas instituciones del Estado como las entidades autonómicas o locales siguen utilizando los acontecimientos especiales como instrumentos de proyección de su identidad ante sus destinatarios sociales. Así, la proclamación del rey, las tomas de posesión de los cargos públicos, las bodas reales que se han sucedido durante el siglo XX, la conmemoración anual del día de la Constitución o de las Fuerzas Armadas, entre otros, se convierten en transmisores del mensaje institucional que llega a los ciudadanos amplificado por los medios de comunicación social. En esta línea vamos a hacer referencia a algunos actos y a la imagen que proyectan del monarca. En un artículo publicado en la Revista de Protocolo por Ángel Linares en 2011 sobre el Día de la Fiesta Nacional se realiza un análisis detallado del acto que se celebró en octubre de ese año, por entender que entre todas las festividades que jalonan nuestro calendario, es difícil encontrar alguna otra jornada que reúna un mayor potencial para aproximarnos a distintos elementos y detalles protocolarios al más alto nivel del Estado. Señala que las celebraciones del Día de la Fiesta Nacional contaron con importantes novedades ese año. Por un lado, el Gobierno presentó un nuevo formato para el 12 de octubre, con diferentes innovaciones tanto en los actos militares como en la formulación general de la festividad, procurando que la conmemoración trascendiera desde lo estrictamente militar a un perfil más cívico y popular, con mayor participación de los ciudadanos y de otras instituciones y organismos oficiales. Por otro, el estado de salud del Rey, convaleciente tras una reciente operación en el talón de Aquiles, condicionó de igual modo buena parte de la agenda oficial y otros pormenores de los actos previstos, lo que hizo necesario introducir algunas novedades en el protocolo respecto de ediciones anteriores. De esta forma el autor del reportaje destaca la capacidad adaptativa que tiene el protocolo, como bien conocen los profesionales de esta disciplina, muchas veces percibida como rígida e inamovible, pero que tiene también sus márgenes de actuación, sin por ello dejar de desempeñar su necesaria función y de cumplir sus preceptivas normas. Del mismo modo, resulta oportuno resaltar la capacidad inherente de todo acontecimiento tradicional o de consolidadas celebraciones estatales para actualizarse y renovarse con el paso del tiempo, sin desprenderse un ápice de toda su simbología, solemnidad o representatividad. Así subraya cómo el protocolo tiene la capacidad de 18

19 amoldarse a la realidad de los acontecimientos y al contexto de situaciones cambiantes, lo cual incluye también al protocolo de SM El Rey, que se caracteriza por su sencillez. Las modificaciones que se realizaron en el desarrollo y ubicación del acto, así como el resto de actos y actividades que se incorporaron con motivo de la celebración de esta festividad tenían como principal objetivo el acercamiento de esa efeméride a la sociedad, procurando una mayor participación ciudadana. Concretamente se señala en el reportaje que para lograr el objetivo de una mayor afluencia de espectadores en el desfile, se decidió modificar su recorrido y acercarlo al centro de Madrid. Al respecto de estas modificaciones en la parada militar, cabe señalar que en la recepción que tendría lugar con posterioridad en el Palacio Real, tanto el Rey como el Príncipe se refirieron positivamente a esta nueva ubicación del desfile y de las autoridades, afirmando don Felipe que la nueva localización le había parecido «mejor» que la del año anterior, al permitir seguir el acto en mejores condiciones. Sin entrar en el detalle con que lo describe el comentarista vemos como ya en el reinado de Juan Carlos I se han ido realizando cambios o flexibilizando la organización de actos con el objetivo de acercar la monarquía y las celebraciones nacionales a los ciudadanos. Junto a este tipo de actos de un marcado protocolo ha sido frecuente ver a don Juan Carlos en actos de todo tipo mostrando una imagen cercana y afable como la que vemos a continuación. El pie de foto señala que El Rey Juan Carlos conversa con el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo (d), durante la visita que ha efectuado hoy a la sede de la empresa Jealsa Rianxeira S.A, con motivo del 50 aniversario de la compañía conservera de la localidad coruñesa de Boiro (X. Rey / EFE)- Son innumerables las imágenes del anterior Rey en actos públicos de mayor o menor rigor oficial y protocolario, que ponen de manifiesto que ha sido un Rey de su tiempo, que ha ido cambiando su imagen con los requerimientos de su entorno, situación que sigue manteniendo en la actualidad. Así vemos la imagen de la presidencia del acto de presentación de la Cátedra de América Latina en la Universidad Pontificia de Comillas, que trasmite seriedad y rigor, ya después de haber dejado la Jefatura del Estado. Acto que además tubo un desarrollo clásico en su contenido y protocolo ya que, en esta ocasión, don Juan Carlos estuvo acompañado por el Secretario de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica, Jesús Gracia; el rector magnífico y el vice-gran canciller de la 19

20 Universidad Pontificia Comillas, Julio Martínez y Francisco José Ruiz, entre otras autoridades públicas y académicas. En el Aula Magna, don Juan Carlos abrió la sesión y anunció las intervenciones del rector de la Universidad, del director de la Cátedra de América Latina y del expresidente de la República de Costa Rica, quien expuso la conferencia "La realidad política de América Latina". A su término, Su Majestad el Rey don Juan Carlos pronunció unas palabras para finalizar el acto de presentación. A continuación, don Juan Carlos firmó en el Libro de Honor y mantuvo un breve encuentro con miembros de la Junta de Gobierno de la Universidad Pontificia Comillas, patronos de la Fundación Universitaria Comillas-ICAI y con patrocinadores. Junto a este tipo de acto más oficial también se puede ver a don Juan Carlos en visitas por el territorio español como la que muestra la foto que se incluye a continuación con motivo de su viaje a Logroño en el año 2007, donde se puede observar de nuevo su cercanía. Con este breve recorrido vemos como don Juan Carlos ha proyectado una u otra imagen como corresponde al protocolo requerido en cada ocasión sin que se ponga de manifiesto en ningún momento una excesiva rigidez en las formas o en el tratamiento debido al monarca. Esta situación no es sólo una apreciación subjetiva sino que ya personas del mundo del protocolo opinaban sobre la flexibilización del tratamiento a la Familia Real en el año 2013 como muestra esta nota en El Confidencial Digital donde se recoge como Carlos Fuente, experto en protocolo, explica el protocolo con la Familia Real indicando que el saludo al rey ya no exige la inclinación de cabeza pues el protocolo se ha flexibilizado siendo optativo ese tipo de saludo. Más adelante ahondaremos en esta cuestión ya que es uno de los puntos donde existen más opiniones a favor de cambiar el protocolo tradicional de la monarquía. Felipe VI. Como en el punto anterior, vamos a ver a continuación algunos ejemplos e imágenes de actos con la asistencia del Rey Felipe VI. Un primer ejemplo es el acto de entrega de la VI edición del Premio de Derechos Humanos Rey de España celebrado en la Universidad de Alcalá. La Institución del Defensor del Pueblo y la Universidad de Alcalá, con el apoyo de Su Majestad el Rey don Juan Carlos, instituyeron en el año 2002 el Premio de Derechos Humanos Rey de España, con el propósito de que sirviera de reconocimiento y estímulo a las entidades de naturaleza pública o 20

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