Guía para gestión de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios Tipo Superior Para la Modalidad Escolarizada

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1 Guía para gestión de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios Tipo Superior Para la Modalidad Escolarizada (Actualización julio 2014)

2 Secretaría de Educación de Tamaulipas Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior Torre Gubernamental José López Portillo Piso 10, Blvd. Praxedis Balboa S/N, C.P , Cd. Victoria, Tamaulipas. Tel. 01(834) , , ext otcsemsys@tamaulipas.gob.mx Última Actualización julio 2014 Modificada por: Mtra. Ma. Del Carmen Chávez Puga. Mtra. Adriana Rodríguez Wong. Última Actualización julio 2014 Autorizada por: Mtro. Gustavo Adolfo García Paz. 1

3 Contenido Presentación Marco Jurídico Niveles de Educación Superior Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado Licenciatura Posgrado a) Especialidad b) Maestría... 6 c) Doctorado Modalidades educativas Modalidad escolarizada: Modalidad no escolarizada: Modalidad mixta: Lineamientos generales Requisitos Primera fase: Pertinencia Social Segunda fase: Jurídica-Administrativa Tercera fase: Académica Soporte documental Anexos

4 Presentación. La formación de profesionistas, investigadores, y técnicos constituye una condicionante ineludible para el desarrollo de toda sociedad, por ello la Secretaría de Educación de Tamaulipas propicia la ampliación de la cobertura y la elevación de la calidad de sus servicios educativos, en particular de los de tipo superior como son: técnico superior universitario, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado. En este sentido, resulta muy importante la participación de los particulares que se incorporan al Sistema Educativo Estatal fortaleciendo el capital cultural con la oferta de sus programas académicos, de investigación y de extensión educativa. El Sistema Educativo de México se rige a través de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos. El Artículo 3º, inciso VI, establece que los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. Con el propósito de orientar a los particulares interesados en impartir educación de nivel superior en la entidad, y con fundamento en el marco jurídico aplicable, se ha elaborado la presente guía, en la que se precisan los niveles educativos, las modalidades, lineamientos, y requisitos para la obtención del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, (RVOE) de Nivel Superior de parte del Gobierno del Estado de Tamaulipas. El RVOE constituye un acto administrativo a través del cual los particulares podrán impartir educación en el Sistema Educativo Estatal, en los términos que establezca la legislación aplicable, así como sus normas y reglamentos específicos. I. Marco Jurídico. El Sistema Educativo Estatal se constituye por la educación que impartan el Estado, los Municipios o sus organismos descentralizados, la Universidad Autónoma de Tamaulipas y los particulares que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, estos últimos mediante el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y la normatividad vigente, ciñéndose a lo prescrito en el Artículo 3º fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sujetándose siempre a la vigilancia e inspección oficiales. Los particulares que imparten educación del tipo Superior con fundamento en Decretos del Congreso del Estado y en Acuerdos del Ejecutivo del Estado, mantendrán el régimen jurídico que tienen reconocido y por lo tanto, sus relaciones con la Secretaría, se conducirán de conformidad con dichos instrumentos jurídicos. No obstante, podrán sujetarse, en lo que les beneficie, a lo establecido en el Acuerdo Gubernamental por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior. (Artículo 2, fracción 2) Con fundamento en el Acuerdo Delegatorio de facultades del Titular del Ejecutivo del Estado, al titular de la Secretaría de Educación del Estado, publicado en el periódico oficial no. 45 de fecha 15 de abril de 2014 podrá, otorgar o negar el reconocimiento de validez oficial a los 3

5 estudios efectuados en los planteles particulares circunscritos en el Estado, de acuerdo a la opinión técnica que emita la Secretaría: I.- Personal académico que acredite la preparación adecuada para impartir educación. II.- Instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, un nuevo reconocimiento. III.- Planes y programas de estudio que la autoridad otorgante consideren procedentes. La Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, que funciona como ventanilla única designada para el efecto de recibir las propuestas de los particulares, se crea en base al Acuerdo Gubernamental del 6 de diciembre de 2011, que en su artículo primero expresa: Se crean las Comisiones Estatales para la Planeación y Programación de la Educación Media Superior (CEPPEMS) y de la Educación Superior de Tamaulipas (COEPPES), como órganos de consulta del titular del Ejecutivo del Estado. Las Comisiones son auxiliares de la autoridad educativa estatal en materia de planeación y programación de la educación de los tipos medio superior y superior, respectivamente. Las Comisiones actuarán con base en la normatividad aplicable al Sistema Educativo Estatal. También identifica sus funciones en su artículo segundo: III. Emitir la opinión técnica correspondiente a la autoridad educativa estatal, sobre la pertinencia de la apertura de instituciones oficiales o particulares que soliciten el reconocimiento de validez oficial de estudios, para atender la demanda de los estudios del tipo medio superior y superior en el Estado. XIII. Emitir opinión técnica y de pertinencia social sobre los proyectos de creación de nuevos planteles oficiales y particulares, así como de los planes y programas de estudio o ampliación de la oferta educativa vigente, para atender la demanda del nivel. 2. Niveles de Educación Superior. La Educación Superior tiene como objetivo la formación de profesionales en diversas áreas de la ciencia, la tecnología, la cultura y la docencia. Requiere el haber cursado el nivel medio superior en la modalidad de bachillerato o su equivalente, y se ofrece en carácter de universitaria, tecnológica o normal. Incluye los niveles de técnico superior universitario o profesional asociado, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, correspondiendo éstos últimos al posgrado. Es así, que la clasificación de los niveles se efectúa dentro de un marco taxonómico general respecto de parámetros que son de interés esencial para los planificadores con miras a la comparación internacional de la educación, o bien, que están estrechamente relacionados con la definición de los niveles de educación. Teniendo como referencia el Acuerdo Secretarial 279 la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE, 2011) de la UNESCO, y considerando el Marco Mexicano de Cualificaciones (MMC, 2013), se describen los siguientes niveles de estudio del tipo superior: 4

6 Niveles del MMC, 2013 Referente respecto de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación CINE 2011, UNESCO NIVEL 8 NIVEL CINE 8 Doctorado o equivalente NIVEL 7 NIVEL CINE 7 Maestría o equivalente NIVEL 6 NIVEL CINE 6 Licenciatura o equivalente NIVEL CINE 5 NIVEL 5 Educación terciaria de ciclo corto Referentes Nacionales del MMC en el ámbito escolar y universitario Doctorado Maestría (7B) Especialidad (7A) Licenciatura Profesional Asociado ó Técnico Superior Universitario 2.1. Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado. Este nivel está orientado al desarrollo de habilidades y destrezas prácticas específicas de una profesión. Facilita a los participantes la calificación adecuada para su incorporación al mercado de trabajo. Características: Requerir como requisito de ingreso, estudios de nivel medio superior. Tener planes de estudio integrados por un mínimo de 180 créditos. Tener 1440 horas bajo la conducción de un académico como mínimo. Total de horas mínimas 2,880 Horas. Facilitar el acceso a una profesión y/o poder acreditarse como parte del plan de estudios de una licenciatura. Al término se podrá obtener el título y cédula de Profesional Asociado o Técnico Superior Universitario Licenciatura. Tiene como objetivo fundamental el desarrollo de conocimientos, actitudes, aptitudes, habilidades y métodos de trabajo para el ejercicio de una profesión con alto nivel de capacitación y facilitar la calificación suficiente para el ingreso a programas de investigación avanzada. Características: Tener como antecedente académico de ingreso la educación media superior o carrera profesional corta de técnico superior universitario ó profesional asociado. Tener planes de estudio integrados por un mínimo de 300 créditos y un mínimo de 2400 horas bajo la conducción de un académico. Total de horas mínimas 4,800. A su término se podrá obtener el título y cédula de licenciatura Posgrado. a) Especialidad. El propósito de este nivel es profundizar los conocimientos en un campo determinado y está dirigido a la formación de individuos capacitados para el estudio y tratamiento de problemas 5

7 específicos de un área particular de una profesión, pudiendo referirse a conocimientos y habilidades de una disciplina básica o a actividades específicas de una profesión determinada. Características: Tener como antecedente académico el título de licenciatura, o haber cubierto el total de créditos de la misma, cuando se curse la especialidad como opción de titulación de la licenciatura. Debe estar integrado por un mínimo de 45 créditos. Tener un mínimo de 180 horas bajo la conducción de un académico. Total de horas mínimas 720. A su término se podrá obtener el grado correspondiente. b) Maestría El propósito de este nivel es la formación de individuos capacitados para participar en el análisis, adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un área específica, de una profesión o disciplina. Propicia la incorporación de sus participantes a estudios e investigaciones avanzadas. Sus planes de estudio se orientan básicamente a la investigación. Características: Tener como antecedente académico el título de licenciatura o haber cubierto el total de créditos de la licenciatura cuando se cursó como opción de titulación de ésta. Tener un mínimo de 75 créditos, después de la licenciatura o 30 después de la especialidad. Tener un mínimo de 300 horas bajo la conducción de un académico. Total de horas mínimas 1,200 (Después de la Licenciatura) o 480 Horas (Después de la Especialidad). Por cada plan de estudios contar como mínimo con un académico de tiempo completo, activo en investigación, por cada 25 alumnos. A su término se podrá obtener el grado correspondiente. c) Doctorado Son los programas de enseñanza terciaria, que conducen a una calificación de investigación avanzada y que por consiguiente están dedicados a estudios avanzados e investigaciones originales y no están basados únicamente en cursos teóricos. Éste se define como, el grado académico que forma personal para participar en la investigación, desarrollo experimental y la docencia, capaz de generar y aplicar el conocimiento en forma original e innovadora, apto para preparar y dirigir investigaciones o grupos de investigación y cumplir con una función de liderazgo intelectual. Características: Tener como antecedente académico por lo menos el título de licenciatura o haber cubierto el total de créditos de la misma, cuando se curse como opción de titulación de ésta. Cubrir un total de 150 créditos como mínimo, después de la licenciatura, 105 después de la especialidad o 75 después de la maestría. Presentar tesis o trabajo de investigación original publicable, que contribuya significativamente al desarrollo del conocimiento. Cubrir un mínimo de 600 horas bajo la conducción de un académico 6

8 Total de horas mínimas 2,400 Horas (Después de la Licenciatura) 1,680 Horas (Después de la Especialidad) 1,200 Horas (Después de la Maestría). A su término se podrá obtener el grado correspondiente. Por cada plan de estudios de doctorado, la institución deberá contar como mínimo, con un académico de tiempo completo activo en investigación, por cada 10 alumnos. Nivel Educativo Doctorado Mínimo de Créditos 150 Créditos (Después de la Licenciatura) 105 Créditos (Después de la Especialidad) 75 Créditos (Después de la Maestría) Mínimo Estimado de Horas 2,400 Horas 1,680 Horas 1,200 Horas Maestría 75 Créditos (Después de la Licenciatura) 1,200 Horas 30 Créditos (Después de la Especialidad) 480 Horas Especialidad 45 Créditos 720 Horas Licenciatura 300 Créditos 4,800 Horas Profesional Asociado o Técnico Superior Universitario 180 Créditos 2,880 Horas 3. Modalidades educativas. En la Ley General de Educación en sus artículos 46 y 54, Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, artículo 21, el Acuerdo Secretarial no.243 artículo 1, el Acuerdo Secretarial no. 279 artículos 16 y 17, y Acuerdo Gubernamental del 9 octubre 2012, artículo 1, mismos que planean que la educación tendrá las modalidades de escolarizada, no escolarizada y mixta, para las que se entiende como: 3.1 Modalidad escolarizada: Es el conjunto de servicios educativos que se imparten en las instituciones educativas de manera presencial, lo cual implica proporcionar un espacio físico para recibir formación académica de manera sistemática, es decir, en horarios y calendarios continuos; así mismo, requiere de instalaciones, equipo y mobiliario pedagógico, que cubran las características de esta modalidad y que la autoridad determine. El carácter presencial no debe impedir la flexibilidad en la formación del alumno en cuanto a conocimientos y experiencias adquiridos fuera del campus o de los horarios institucionales. 3.2 Modalidad no escolarizada: La destinada a estudiantes que adquieren una formación sin necesidad de asistir al campo institucional, esto es sustituido por la institución a través de elementos y 7

9 métodos que permiten lograr su formación a distancia, a través de los recursos didácticos de auto acceso, del equipo de informática y telecomunicaciones y del personal docente. 3.3 Modalidad mixta: Es la combinación armónica de las dos anteriores y se caracteriza por su flexibilidad para cursar las asignaturas o módulos que integran el plan de estudios, ya sea de manera presencial o no presencial. En esta mezcla se mantienen, por una parte, los elementos esenciales del proceso enseñanza-aprendizaje tradicional: estudianteprofesor y se adicionan nuevos: material didáctico, asesoría, apoyos computarizados, etc., que permiten satisfacer las necesidades de los estudiantes. Es conveniente resaltar que el contenido temático de los programas de estudio, así como el rigor en la evaluación, deberán ser los mismos que en las otras modalidades. 4. Lineamientos generales. Las Instituciones Particulares de Educación Superior (IPES), (sean personas físicas o morales) deberán seguir el procedimiento siguiente: I. Obtener el Certificado del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física Educativa (ITIFE), cumpliendo con la Ley de Infraestructura Física Educativa para el Estado de Tamaulipas Artículo 22 Fracción 3. Comunicarse con el Director Jurídico, al teléfono: ext Para las carreras de formación de recursos humanos para la salud el Comité de Salud en coordinación con el ITIFE, realizarán la visita de verificación de infraestructura, mobiliario y equipo de acuerdo con cada programa académico a ofertar. II. Redactar oficio de solicitud y dirigirlo al C. Secretario de Educación, con atención al Subsecretario de Educación Media Superior y Superior. III. Integrar, organizar, y guardar en dos discos compactos (total seis) la documentación de cada fase (tres fases) para presentar y tramitar el RVOE de nivel superior. IV. Concertar cita a partir del primer día hábil del mes de diciembre de cada año, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, para ser atendidos en los meses de enero a marzo, en la Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, que funciona como ventanilla única designada para tal efecto. V. Entregar el expediente en la ventanilla única. El particular o su representante legal, y el responsable del programa académico, realizarán la entrega y tramitación de los documentos que conforman el expediente. No se dará inicio al trámite cuando la documentación esté incompleta. VI. Realizar el pago, después de la revisión previa efectuada por la ventanilla única, por concepto de servicios de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas Capítulo III de los Servicios Prestados por Autoridades Educativas del Estado. Artículo 71. Los servicios que prestan las autoridades educativas del Estado causarán derechos conforme a la siguiente tarifa: Fracción VII-Por solicitud, estudio y resolución del trámite de: (Factor: Salarios mínimos vigente). 1.- Reconocimiento de validez oficial de estudios de tipo medio superior y superior, por programa académico, 130 días de salario mínimo; 8

10 2.- Cambios a cada plan y programa de estudio de tipo medio superior y superior con reconocimiento de validez oficial, 55 días de salario mínimo; y 3.- Cambio o ampliación de domicilio, o establecimiento de un plantel adicional, respecto de cada plan de estudios con reconocimiento de validez oficial, 50 días de salario mínimo. VII. Esperar las notificaciones de las opiniones técnico-académico y de pertinencia social, según corresponda a su trámite, emitidas por la Comisión Estatal para la Planeación y Programación de la Educación Superior, (COEPPES-Tamaulipas) que la Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior, entregará por escrito. Si las opiniones son favorables, se continúa con el trámite. De resultar no favorables, se informarán detalladamente los aspectos a subsanar. En este caso el trámite se suspenderá a partir de la recepción de la notificación y se reanudará hasta que el solicitante entregue las correcciones a la Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior para que esta a su vez las envíe nuevamente a la COEPES para su evaluación. VIII. Esperar a ser contactados por el Departamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Dirección de Educación Superior, cuando la Oficina Técnica de las Comisiones de Educación Media Superior y Superior turne el expediente respectivo. IX. Esperar la Opinión Técnica emitida por la Autoridad Educativa que sustentará la decisión del Secretario de Educación de Tamaulipas. El cuál a su vez expedirá el RVOE mediante Acuerdo Gubernamental. El RVOE tendrá vigencia a partir del ciclo escolar inmediato a la fecha de su expedición y únicamente amparará los estudios que realicen los alumnos de nuevo ingreso al período escolar que éste señale así como el tipo, modalidad y especialidad educativa que en él se establezcan. La Secretaría de Educación en el ámbito de su competencia, comunicará al particular la resolución final con el propósito de que el particular interesado, tome las debidas prevenciones para el inicio de las actividades correspondientes a la modalidad, tipo y nivel para las cuales se emite el Acuerdo respectivo. X. Acudir al Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas para la publicación una vez que se haya expedido el Acuerdo del RVOE. El Acuerdo Gubernamental expresa en Capítulo V, Art 20. Frac. 2. que el particular al cual se le otorgue y publique el reconocimiento de validez oficial de estudios en el periódico oficial, contará con un término de 30 días hábiles para darse de alta en el Sistema de Control Escolar de la Subsecretaría, una vez que haya tramitado la clave de centro de trabajo a través de la Dirección Académica. En caso de no darse de alta se harán acreedores a una sanción, al no proporcionar información veraz y oportuna relativa a la educación, en los términos de los artículos 103 fracción XI y 104 de la Ley y la autoridad educativa no otorgará la validación de los estudios de los alumnos de dichas instituciones, hasta que regularice su situación. 5. Requisitos La documentación se presentará atendiendo a los lineamientos descritos anteriormente. Los requisitos y formatos anexos incluidos en esta guía serán aplicables para tramitar o gestionar el RVOE solamente para la MODALIDAD ESCOLARIZADA la cual se encuentra sujeta a actualizaciones futuras. 9

11 En esta guía, podrá identificar todos los documentos que se integrarán en tres fases. En la primera, se encuentran los elementos que debe contener el documento del estudio de factibilidad de los programas a solicitar RVOE. En la segunda fase se localizan los documentos necesarios que debe reunir la IPES en materia legal y administrativa. En la fase 3 finalmente, se incluyen los documentos que abarca el área académica Primera fase: Pertinencia Social Estudio de factibilidad. Realizar un estudio de investigación para diagnosticar la factibilidad del programa educativo y presentarlo en un documento que incluya los siguientes puntos a nivel nacional, estatal y regional. (Anexo: formato 0) a) Congruencia con los planes de desarrollo federal, estatal y municipal 1. Planes de Desarrollo (Federal, Estatal y Municipal) 2. Programas de Desarrollo Educativo (Federal y Estatal) b) Aspectos demográficos y socioeconómicos 1. Delimitación de la zona geográfica de influencia. Especificación de los municipios y estados de la zona de influencia. 2. Población total de la zona 3. Población por sexo 4. Población por edades 5. Grado de escolaridad 6. Migración. (Movilidad de aspirantes y egresados) 7. Distribución de la población por tipo (urbana, rural) 8. Infraestructura 9. Niveles de Bienestar (vivienda, salud, educación, empleo, seguridad) 10. Ingreso y gasto mensual de familias 11. Población económicamente activa 12. Tasa de empleo 13. Tipos de actividades económicas preponderantes en la zona* (identificación e indicadores cuantitativos y cualitativos) c) Preferencias y tendencias vocacionales 1. Subnivel de estudios que los padres prefieren para sus hijos 2. Carreras que los padres prefieren para sus hijos 3. Tipo de bachillerato al que asisten los alumnos prospectos 4. Interés de los prospectos en continuar al siguiente nivel de estudios 5. Tipo de estudios que prefieren los prospectos y razones de su preferencia; 6. Principales razones por las que los prospectos prefieren a la institución d) Justificación del programa educativo 1. Demanda Distribución de la población de la zona de influencia por rangos de edad susceptibles de incorporarse a la carrera en estudio Comportamiento de la población proyectado a 12 años mínimo Pirámide educativa de la zona de influencia 10

12 Comportamiento de la matrícula de educación superior de los últimos 10 años en la zona de influencia 2. Oferta Instituciones de educación superior (según el caso) en la zona de influencia que ofrezca el programa, equivalentes o similares Características del programa, equivalentes o similares ofertados por las instituciones del área de influencia Comportamiento histórico de la matrícula del programa, equivalentes o similares ofertados por instituciones de educación superior y proyección a seis años en el área de influencia 3. Mercado laboral Necesidades de recursos humanos y de contratación Principales problemas en las áreas económicas y sociales preponderantes* Tasa promedio anual de contratación por sector y por tipo de empleo Proyecciones de crecimiento en términos de empleo a diez años. e) Aspectos de metodología 1. Introducción Objetivo general Objetivos específicos 2. Metodología Instrumentos de recolección de información Determinación y selección de la muestra Selección y sistematización de la información Procesamiento y Análisis de la información Informe y discusión de resultados Consistencia entre la demanda estudiantil y la oferta laboral (presente y futura) Congruencia de las opiniones de padres e hijos con relación a la carrera (programa) Congruencia entre el nivel socioeconómico y las características del programa y de la institución Congruencia entre las características de la actividad económica de la zona y las características del programa Evidencia de que el programa atiende una demanda no satisfecha en términos de cantidad, calidad, y/o costo. Congruencia del programa con relación a los planes de desarrollo de gobierno Fuentes de información utilizadas Requisitos de presentación Consultar para más detalles de cada uno de los puntos la guía de pertinencia social dictaminada por Comisión Estatal para la Planeación de las Educación Superior, COEPPES. (Anexo: Guía de pertinencia social) Dicho estudio será evaluado por la COEPES misma que emitirá opinión técnica de su pertinencia social favorable o no favorable. 11

13 5.2 Segunda fase: Jurídica-Administrativa Oficio en escrito libre en el que se solicita el RVOE firmado por el propietario o representante legal donde especifique, nivel educativo, nombre del programa académico, modalidad, ciclo, duración y domicilio donde se ofertará dicho programa. (Nota: cuando aún no se cuente con nombre de la institución autorizado, no se permitirán hojas membretadas, quien solicita es la persona moral). Para nuevos programas académicos se requerirá una solicitud por cada programa Formato de Solicitud de RVOE y escritos de bajo protesta de decir la verdad, firmados por el propietario y el representante legal. (Anexo: Formato 1). Para nuevos programas académicos se requerirá una solicitud por cada programa Formato de solicitud para autorización del nombre de la institución. Presentar terna de nombres, una breve reseña de los mismos, con biografía, monografía o justificación del nombre. (Anexo: Formato 2). Tomando en cuenta lo siguiente: Omita utilizar la palabra nacional ; Evite la utilización de los términos autónoma o autónomo, por corresponder a instituciones de educación a las que se les haya reconocido esa naturaleza, en los términos de la fracción VII del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Omita utilizar el término universidad, a menos que ofrezcan por lo menos cinco planes de estudios de licenciatura, o posgrado, en tres distintas áreas del conocimiento, una de las cuales deberá ser del área de humanidades; y Use nombres de personas ya fallecidas solamente y que hubieran prestado destacados servicios a la sociedad Acreditación de la personalidad jurídica. (Anexo: Formato 3). En el caso de Persona Física se requiere: acta de nacimiento, copia fotostática de la Cédula Fiscal certificada por Notario Público. En el caso de Persona Moral se requiere: copia fotostática certificada por notario público del acta constitutiva con registro público de la propiedad; y copia de identificación oficial del representante legal y poder notariado a favor de éste. currículum vitae del propietario o representante legal acompañado de la documentación que acredite su preparación profesional. (Acta nacimiento, título del grado máximo de estudios y cédula profesional) Acreditación de la ocupación legal del inmueble y condiciones infraestructurales. (Anexo: Formato 4). Copia de la escritura pública de propiedad, debidamente certificada por notario público, en caso de ser propietario del bien inmueble, Copia certificada por notario público del contrato de comodato o del contrato de arrendamiento debidamente inscritos en el registro público de la propiedad, en caso de no ser propietario del bien inmueble, 12

14 En ambos casos, la vigencia mínima del contrato deberá ser de 2 ciclos escolares, no se aceptarán contratos por tiempos indefinidos. Permiso de la autoridad correspondiente debidamente validado con sellos y firmas autorizados para el funcionamiento de planteles en inmuebles que sean propiedad de la federación o del gobierno del estado. Licencia de uso de suelo expedido por la autoridad municipal, que contemple la autorización para impartir educación superior. Plano de la ubicación de la institución en la localidad. Plano arquitectónico debidamente acotado, con la distribución del inmueble, elaborado y firmado por arquitecto o profesionista afín que cuente con cédula profesional para el ejercicio de su profesión, al que se anexará un documento que precise la cantidad mínima y máxima de alumnos y docentes que pueden ser atendidos en cada espacio educativo. Expediente fotográfico de la infraestructura y el equipo de la institución que incluya fotografías a color de 4 por 5 tomadas con cámara digital (con su respectivo pie de foto, indicando: denominación, ubicación, cantidad, características de la infraestructura y equipo), de las siguientes áreas: Fachada principal: toma panorámica del inmueble: Aulas: toma panorámica de pizarrón o pintaron, estrado, escritorio, silla del maestro, mobiliario de alumnos, ventanas, paredes y lámparas. Áreas administrativas: tomas de puertas de acceso, distribución de mobiliario y equipo de oficina, cubículos de profesores, etc. Laboratorio(s) y/o taller(es): toma panorámica en las que se aprecie la cantidad y ubicación del mobiliario y equipo de cada área, así como las condiciones de iluminación y ventilación. Biblioteca: toma de mobiliario, estantería, equipo y totalidad del acervo. Áreas de circulación: tomas de pasillos, accesos, escaleras. Servicios sanitarios: tomas de cada módulo en los que observen puertas, separadores, sanitarios, mingitorios, lavabos, así como medios de ventilación e iluminación natural y/o artificial; y Anexos: tomas de áreas de recreación, deportivas, asistencia médica, jardines, auditorios, salas de juntas, cafetería, bodegas, estacionamiento, etc. Descripción de instalaciones y equipo que apoyarán cada programa educativo. (incluirlo también en fase 3) De la infraestructura de la institución se describirá sólo aquella que se utilizará en la operación del programa académico propuesto, como son aulas, talleres, laboratorios, centros de información, etcétera Inventario general detallado de infraestructura, mobiliario, equipo, y material didáctico, a utilizar en el desarrollo temático especifico de cada asignatura. (escrito libre) Certificado del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física Educativa (ITIFE) con la categoría correspondiente para la modalidad escolarizada Programa de seguridad, higiene y protección civil (Anexo: Formato 5). 13

15 Documento del programa que incluya: normas de construcción, seguridad e higiene, del programa de protección civil institucional que especifique la organización, el equipo, la capacitación, los señalamientos, las brigadas, otros. Certificado de seguridad estructural emitido por autoridad competente municipal o estatal; ó por perito particular autorizado en la materia, anexando en este caso copia de la cédula profesional certificada por notario público. En ambos casos se incluirá la descripción detallada de la construcción: capacidad, soporte, peso, entre otras. Constancia de Medidas de Seguridad, expedida por la autoridad municipal en un lapso no mayor de 6 meses a la fecha de presentación del trámite de RVOE. Aviso de Funcionamiento vigente, expedido por la Secretaría de Salud del Estado. Dictamen de Verificación Sanitaria vigente, expedido por la Secretaría de Salud del Estado Reglamento Institucional. Incluirlo también en fase 3. (Anexo: Formato 6). Que contenga: Ingreso, permanencia y egreso. Aportaciones o cuotas de inscripción, colegiaturas, cuotas adicionales y becas. Servicio social. Programa de servicio social con relevancia en: o El plan de estudios e impacto en la formación integral de los estudiantes; o o Planeación y control del mismo; Apoyo al estudiante en la elección, desarrollo y supervisión de las actividades del servicio social; Titulación. Incluir opciones y requisitos de titulación más pertinentes al área del conocimiento en la que está insertado el programa educativo. Opciones: Técnico Superior Universitario Por promedio de calificaciones. Examen de egreso Tesina; Proyecto terminal; Proyecto profesional; Enviar calendario de fechas de estas actividades. Licenciatura Por promedio de calificaciones. Asignaturas de posgrado; Examen de egreso; Tesis; Proyecto terminal; Proyecto profesional; Enviar calendario de fechas de estas actividades. 14

16 Maestría Tesis; El estudiante presentará la defensa de su tesis. Doctorado Enviar calendario de fechas de estas actividades. Requisitos: Nivel de segundo o tercer idioma para el egreso y titulación (ver programa de lenguas en el documento curricular y Anexos: Anteproyecto de Acuerdo SEP (2006) y Marco Común Europeo de Referencias para las Lenguas (MCER, 2002) para niveles de lenguas y niveles de docencia Carta compromiso de cumplir con otorgamiento de becas tipo superior. (Anexo: Formato 7) Carta compromiso de no publicitar, inscribir alumnos o iniciar clases hasta contar con el RVOE tipo superior. (Anexo: Formato 8) Durante el trámite no se aceptarán constancias, ni copias simples de cualquier documento. En el caso de documentos que obren en los archivos de la autoridad educativa y que no requieren actualización, bastará con mencionarle el escrito con el que fue entregado. 5.3 Tercera fase: Académica Esta fase será evaluada por la COEPES, quien emitirá opinión técnico-pedagógica favorable o no favorable. El contenido de esta fase contendrá los siguientes elementos: Documento Curricular. (Anexo: formato 9) DATOS GENERALES DEL PROGRAMA ACADÉMICO Nombre autorizado de la institución Nivel Nombre del programa académico Modalidad Duración del ciclo Clave del plan de estudios Antecedentes administrativos de ingreso del estudiante Antecedentes académicos de ingreso del estudiante FILOSOFÍA INSTITUCIONAL Misión, visión, valores e identidad de la institución. MARCO DE REFERENCIA Justificación del programa académico. 15

17 Necesidades educativas económicas y sociales que atenderá. Campo de trabajo y ejercicio profesional. PLAN DE ESTUDIOS Fundamentos del plan de estudios. Perfil de ingreso. Perfil de egreso. Objetivos del grado de estudios. Organización curricular y Funciones de cada parte académica en que se divida la estructura curricular (áreas, núcleos, componentes, etc.). Métodos de aprendizaje. Evaluación del proceso de aprendizaje. Utilización de tecnologías de la información y comunicación para el aprendizaje. Enfoque de competencias en el modelo educativo. Programa de lenguas institucional o del programa educativo. Como referencia de los niveles de lenguas y los niveles de docencia, igualmente para referencias de las certificaciones de conocimiento de la lengua y certificaciones de enseñanza de la lenguas se tomarán en cuenta los documentos de Anteproyecto de acuerdo SEP abril 2006 y Marco Común Europeo de Referencias para las Lenguas (MCER, 2002) (Ver acceso en línea en: Soporte documental). Líneas de generación y aplicación del conocimiento. (Para el caso de Maestrías y Doctorados). Propuesta de evaluación y actualización periódica del plan de estudios. LISTADO DE ASIGNATURAS Ciclo. Nombre de la asignatura. Clave de la asignatura. Seriación. Horas docentes y horas independientes. Total de horas. Créditos. Instalaciones. MAPA CURRICULAR Representación gráfica del plan de estudios, que incluya Nombre del Programa. Estructura del plan. Nombre, ubicación, número de créditos, carga horaria de cada asignatura. Total de créditos y horas. 16

18 5.3.2 Programas de Estudio. (Anexo: formato 10) Guía para gestión de RVOE de tipo superior para la modalidad escolarizada DATOS GENERALES DEL PROGRAMA DE LA ASIGNATURA Nombre del programa académico. Nombre de la asignatura. Clave de la asignatura. Ciclo escolar. Créditos. Carácter (obligatoria/optativa). Campo o área a la que pertenece la asignatura. Asignación de tiempo: total de horas docentes (THD) y total de horas independientes (THI). Perfil Profesional para impartir la asignatura. Ubicación esquemática de la asignatura. PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA Caracterización de la asignatura. Intención didáctica. Competencias a desarrollar. Competencias previas de otras asignaturas. Mapa conceptual. Temario. Actividades de aprendizaje. Proyecto integrador (Para fortalecer las competencias de la asignatura con otras asignaturas). Evaluación por competencias (específicas y genéricas de la asignatura). Fuentes de información. Unidades Listado de acervo informativo. (Anexo: formato 11) Se relaciona el material de consulta disponible para apoyar el programa académico propuesto: libros, revistas, antologías, videos, películas, audios, discos compactos, recursos electrónicos o digitales etc., así como convenios para uso de programas y redes académicas de bibliotecas virtuales. Se deberá citar no. consecutivo, autor, año, titulo, editorial, edición de los materiales, numero de volúmenes. Así como características de los servicios de información Personal de la Institución. Acreditación del perfil profesional de directivos, académicos y docentes para el desempeño de su función. Propuesta de rector y/o director, y docentes. (Anexo: formato 12) Propuesta de plantilla de personal académico y docente que apoyará el programa académico, señalando nombre, perfil profesional, función y/o materia que impartirán y horas por semana. (Anexo: formato 13) Anexar de cada uno de los miembros del personal, los siguientes documentos: 1. Acta de nacimiento. 17

19 2. Currículum vitae. 3. Certificado de grado máximo de estudios. 4. Cédula Profesional. Para los docentes de lenguas extranjeras incluir 1. Certificaciones de conocimiento de las lenguas y 2. Certificaciones de enseñanza de las lenguas que facilitarán. Se tomarán en cuenta los documentos de Anteproyecto de acuerdo SEP abril 2006 y Marco Común Europeo de Referencias para las Lenguas (MCER, 2002) para tal efecto. (Ver acceso en línea en: Soporte documental) Para instituciones de nueva creación incluir organigrama de la institución en el formato 13. Programa de Desarrollo Profesional. (Anexo: formato 14) Que incluya las siguientes secciones Programa de inducción. Programa de formación y actualización. Programa de evaluación pedagógica-disciplinar docente Horarios de clases del primer y segundo periodo escolar. Turnos, número de grupos, número de alumnos por grupo y horarios de las asignaturas con que se trabajará. (Anexo: formato 15) Descripción de instalaciones y equipo que apoyarán cada programa educativo. (incluirlo también en fase 3) De la infraestructura de la institución se describirá sólo aquella que se utilizará en la operación del programa académico propuesto, como son aulas, talleres, laboratorios, centros de información, etcétera Inventario general detallado de infraestructura, mobiliario, equipo, y material didáctico, a utilizar en el desarrollo temático especifico de cada asignatura. (escrito libre) Reglamento Institucional. Ingreso, permanencia y egreso, aportaciones o cuotas de inscripción, colegiaturas, cuotas adicionales, becas, servicio social y titulación. (Incluido también en fase 1, Anexo: formato 6) Reglamento Institucional. Ingreso, permanencia y egreso, aportaciones o cuotas de inscripción, colegiaturas, cuotas adicionales, becas, servicio social y titulación. (Incluido también en fase 1, Anexo: formato 6) NOTA: En carreras relacionadas con el área de la salud, consultar el instructivo que para el efecto tiene el Comité Estatal Interinstitucional para la Formación y Capacitación de Recursos Humanos e Investigación en Salud. (Anexo: Guía para la presentación de planes y programas de estudio en el área de la salud) 18

20 6. Soporte documental Acuerdo gubernamental (9 de octubre de 2012.) Por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior. Última reforma publicada en Periódico Oficial Órgano del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas Gobierno del Estado Disponible en: Acuerdo gubernamental (6 de diciembre de 2011) Mediante el cual se crean las Comisiones Estatales para la Planeación y Programación de la Educación Media Superior y de la Educación Superior de Tamaulipas. Disponible en: Consejo de Europa, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Subdirección General de Cooperación Internacional, (2002) Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: Aprendizaje, Facilitación, Evaluación. Disponible en: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Modificaciones DOF, 29 de julio del Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.(2013) Marco Mexicano de Cualificaciones (MMC 2013) y Sistema de Asignación, Acumulación y Transferencia de Créditos Académicos (SAATCA) Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas Última reforma aplicada P.O. 7 de marzo de Ley de Infraestructura Física Educativa para el Estado de Tamaulipas Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas Ley General de Educación Última reforma publicada DOF Disponible en: SEP (2006). Anteproyecto de Acuerdo por el que se determinan políticas, estándares y recomendaciones relacionadas con la facilitación y certificación de lenguas extranjeras, así como del español como lengua adicional. Disponible en: SEP (2009). Guía para la instrumentación didáctica de los programas de estudio para la formación y desarrollo de competencias profesionales. Disponible en: UNESCO (2011) Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE Instituto de Estadística de la UNESCO. Disponible en: 19

21 7. Anexos Lista de formatos modalidad escolarizada Fase 1 Formato 0 Fase 2 Formato 1 Formato 2 Formato 3 Formato 4 Formato 5 Formato 6 Formato 7 Formato 8 Fase 3 Formato 9 Formato 10 Formato 11 Formato 12 Formato 13 Formato 14 Formato 15 Pertinencia Social. Estudio de factibilidad. Guía de pertinencia social. Jurídica. Solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios. Solicitud de autorización de nombre. Acreditación de la personalidad jurídica. Acreditación de la ocupación legal del inmueble y condiciones infraestructurales. Programa de seguridad, higiene y protección civil. Reglamento institucional. Carta compromiso de cumplir con otorgamiento de becas tipo superior. Carta compromiso de no publicitar, inscribir alumnos o iniciar clases hasta contar con el RVOE tipo superior. Académica. Documento Curricular. Programas de Estudio. Listado de acervo informativo Acreditación del perfil profesional de directivos, académicos y docentes para el desempeño de su función. Propuesta de plantilla de personal académico y docente. Programa de Desarrollo Profesional. Horarios de clases del primer y segundo periodo escolar. Guía para la presentación de planes y programas de estudio en el área de la salud. 20

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