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1 INFORME ECONÓMICO-FINANCIERO DE LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES AUTONÓMICAS EJERCICIO 2014

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3 ÍNDICE RESUMEN EJECUTIVO PRESENTACIÓN I. EL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE: COMPOSICIÓN Y EVOLUCIÓN I.1. ANTECEDENTES GENERALES I.2. DIMENSIÓN Y EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO ESPAÑOL I.3. DIMENSIÓN Y EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE GALICIA I.4. ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL I.5. ENTIDADES PÚBLICAS NO INVENTARIADAS I.6. PLAN DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE II. RENDICIÓN DE CUENTAS, TRANSPARENCIA Y CONTROL II.1. RENDICIÓN DE CUENTAS II.2. TRANSPARENCIA II.3. CONTROL III. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DEL SECTOR INSTRUMENTAL III.1. LOS PRESUPUESTOS DE LOS ENTES DEPENDIENTES III.2. SITUACIÓN CONSOLIDADA DE LOS ENTES DEPENDIENTES III.2.1. Dimensión del sector instrumental en III.2.2. Forma de financiación y grado de dependencia financiera III.2.3. Gastos de personal III.2.4. Solvencia a corto plazo III.2.5. Endeudamiento III.2.6. Resultado y Fondos Propios III.3. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA III.4. SOSTENIBILIDAD FINANCIERA IV. RECOMENDACIONES ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA CONSELLERÍA DE FACENDA (INTERVENCIÓN XERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA) RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA INTERVENCIÓN XERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

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5 ÍNDICE DE CUADROS Cuadro1. Número de entes que componen el Inventario Cuadro2. Entidades públicas de la C.A. de Galicia Cuadro3. Relación de organismos autónomos Cuadro4. Entidades públicas de consulta y asesoramiento Cuadro5. Relación de agencias públicas autonómicas Cuadro6. Relación de entidades públicas empresariales Cuadro7. Relación de consorcios Cuadro8. Relación de sociedades públicas Cuadro9. Relación de fundaciones integrantes del sector público Cuadro10. Evolución del sector público de la CA de Galicia Cuadro11. Efectos por bajas netas en los procesos de reordenación Cuadro12. Situación de la rendición de cuentas de Cuadro13. Cuentas de 2014 no rendidas Cuadro14. Análisis de la información para publicar en la sede electrónica Cuadro15. Diferencias en el remanente de tesorería ( ) Cuadro16. Informes de auditoría de las cuentas anuales Cuadro17. Presupuesto inicial por tipo de entidad (M ) Cuadro18. Volumen de recursos gestionados (en millones de euros) Cuadro19. Grado de dependencia financiera Cuadro20. Gastos de personal y número medio de efectivos en el ejercicio Cuadro21. Variaciones gastos personal GAIN y ATURGA Cuadro22. Remanente de tesorería y fondo de maniobra (M ) Cuadro23. Endeudamiento comercial y financiero (en millones de euros) Cuadro24. Resultado económico y fondos propios (en millones de euros) Cuadro25. Déficit o superávit de las entidades instrumentales (millones de euros) Cuadro26. Superávit o déficit 2014 (millones de ) Cuadro27. Endeudamiento empresas públicas que no consolidan (no AAPP) (M ) Cuadro28. Deuda de las empresas públicas que no consolidan a 31 de diciembre de 2014 (Euros) Cuadro29. Relación entre las existencias y endeudamiento de XESTUR Cuadro30. Distribución de la participación en las entidades de capital riesgo Cuadro31. Inversión y pérdidas acumuladas de la participación pública en las entidades de capital riesgo (M ) Cuadro32. Inversión y deterioro de las inversiones realizadas por las entidades de capital riesgo (M )

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7 ÍNDICE DE GRÁFICOS Gráfico 1. Número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde el año Gráfico 2. Distribución % entidades dependientes de las comunidades autónomas Gráfico 3. Distribución porcentual de entes públicos por CCAA Gráfico 4. Evolución del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia Gráfico 5. Evolución porcentaje presupuesto inicial Gráfico 6. Evolución presupuesto gestionado por la Administración instrumental Gráfico 7. Transferencias y subvenciones presupuestadas para el sector instrumental Gráfico 8. Evolución temporal de los recursos gestionados (millones de euros) Gráfico 9. Índice de evolución temporal de los gastos de personal (Año 2009=100) Gráfico 10. Evolución temporal de la deuda de las entidades instrumentales (en millones de euros) Gráfico 11. Ratio deuda/pib empresas públicas que no consolidan (no AAPP) Gráfico 12. Evolución de avales concedidos por el IGAPE y su deterioro (M ) Gráfico 13. Evolución de créditos concedidos por el IGAPE y su deterioro (M )

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9 ABREVIATURAS ACEOUSA Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A. AGADER Axencia Galega de Desenvolvemento Rural AGADIC Axencia Galega de Industrias Culturais GAIN Axencia Galega de Innovación AGASP Academia Galega de Seguridade Pública AXI Axencia Galega de Infraestruturas AGSOT Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos APLU Axencia Galega de Protección da Legalidade Urbanística ATRIGA Axencia Tributaria de Galicia AXEGA Axencia de Emerxencias de Galicia BEI Banco Europeo de Inveresiones CCAA Comunidades Autónomas CEEI GALICIA, S.A Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia CES Consello Económico e Social de Galicia CESGA Centro de Supercomputación de Galicia, S.A. CGRL Consello Galego de Relacións Laborais CIXTEC Centro Informático para a Xestión Tributaria Económico-Financeira e Contable CRTVG Compañía Radio-Televisión de Galicia y Sociedades EGAP Escola Galega de Administración Pública EPOSH Empresa Pública de Obras e Servizos Hidráulicos Fexdega Fundación Feiras e Exposicións de Galicia FOGGA Fondo Galego de Garantía Agraria Galaria Galaria, Empresa Pública de Servizos Sanitarios, S.A. IFEVI Instituto Feiral de Vigo IGAE Intervención General de la Administración del Estado IGAEM Instituto Galego de Artes Escénicas e Musicais IGAPE Instituto Galego de Promoción Económica IGC Instituto Galego do Consumo IGE Instituto Galego de Estatística IGSSL Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral IGVS Instituto Galego da Vivenda e Solo INEGA Instituto Enerxético de Galicia INGACAL Instituto Galego de Calidade Alimentaria INTECMAR Instituto Tecnolóxico para o Control de Medio Mariño LOFAXGA Ley de Organización y Funcionamento de la Admón. General y del Sector Público Autonómico de Galicia M Millones de euros MEISA Estación de Inverno Manzaneda, S.A. MINHAP Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas PYMES Pequeñas y medianas empresas 7

10 Informe económico-financeiro de las entidades instrumentales 2014 PORTOS RETEGAL SEAGA SEC SERGAS SGPIHM SODIGA SOGAMA SPI TDC TRLRFPG TURGALICIA XESGALICIA XESTUR GALICIA Xestur Coruña Xestur Lugo Xestur Ourense Xestur Pontevedra XESTURES Portos de Galicia Redes Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos, S.A. Sistema Europeo de Cuentas Servizo Galego de Saúde Servizo Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller Sociedade de Capital-Risco de Galicia Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. Sociedade Pública de Investimentos, S.A. Tribunal Galego de Defensa da Competencia Texto Refundido de la Ley de régimen Financiero y Presupuestario de Galicia Sociedade de Imaxe e Promoción Turística Galicia, S.A. Xestora Entidades de Capital Risco, S.A. Xestión Urbanística de Galicia Xestión Urbanística da Coruña, S.A. Xestión Urbanística de Lugo, S.A. Xestión Urbanística de Ourense, S.A. Xestión Urbanística de Pontevedra, S.A. Sociedades de gestión urbanística 8

11 RESUMEN EJECUTIVO El informe que se adjunta a este resumen ejecutivo tiene los siguientes objetivos: ofrecer una visión de la composición y evolución de las entidades instrumentales dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, valorar la transparencia de su información económica y analizar, desde una perspectiva consolidada, su situación financiera. Su ámbito subjetivo está constituido por las entidades que el Título III de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de Organización y Funcionamiento de la Administración General y del Sector Público Autonómico de Galicia (en adelante LOFAXGA) denomina entidades instrumentales del sector público autonómico, es decir, las siguientes: a) Entidades públicas instrumentales: Organismos autónomos (excepto el SERGAS que es objeto de informe independiente) Agencias públicas autonómicas Entidades públicas empresariales Consorcios autonómicos b) Otras entidades instrumentales: Sociedades mercantiles públicas autonómicas Fundaciones del sector público autonómico El ámbito temporal abarca el ejercicio 2014 (último ejercicio del que se dispone de cuentas rendidas en el Consello de Contas). Este informe unido al informe sobre la cuenta de la Administración General y al informe sobre la cuenta del SERGAS sirve de base para emitir la declaración definitiva sobre la Cuenta General de la Comunidad Autónoma. Composición y evolución del sector Desde los inicios de los años 90 se ha observado un proceso continuo de creación de entidades paralelas. Con carácter general, el argumento empleado para justificar la creación de entidades instrumentales ha sido el de conseguir una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos. Con todo, no faltaron voces que sitúan en la huida del derecho administrativo en los procesos de contratación, en la mayor discrecionalidad en las políticas de personal, en la relajación de los controles y en la elusión de los límites al endeudamiento público las razones últimas del nacimiento y proliferación de estas entidades. El Consello de Contas y otros órganos de control externo en sus 9

12 informes sobre entes paralelos confirmaron estos temores poniendo de manifiesto reiteradamente muchos de estos problemas de organización y funcionamiento. Es necesario tener en cuenta que este proceso creciente de descentralización funcional fue común en gran parte de las administraciones autonómicas y locales. Ahora bien, la crisis económica cambió el discurso sobre la Administración paralela. La mayor parte de las administraciones aprobaron o anunciaron planes de racionalización con medidas orientadas a la reducción o, cuando menos, reordenación del sector en una especie de vuelta o marcha atrás que cuestiona la consecución de los principios que, en su día, inspiraron su desarrollo. En julio de 2011, por primera vez desde su creación, disminuye el número de entes dependientes de las comunidades autónomas. En esta línea, la Xunta acordó en abril de 2010 iniciar un plan de evaluación y racionalización, seguido de otros en junio de 2011 y en septiembre de Algunas de las medidas de estos planes fueron incluidas en dos normas autonómicas de rango legal: la LOFAXGA y la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de Racionalización del Sector Público Autonómico. La LOFAXGA supone un avance importante en la medida en que regula en una misma norma las entidades dependientes que hasta ese momento tenían una normativa dispersa. Sin embargo, alguna de sus previsiones no se han puesto en marcha. En particular, no se ha puesto en funcionamiento ni se ha regulado el registro de entidades dependientes en el que se deben inscribir preceptivamente la constitución de entidades y demás actos que se determinen reglamentariamente y en el que se depositen las cuentas anuales para su remisión al Consello de Contas. Este defecto dificulta la delimitación exacta de las entidades que según la Ley deben tener la consideración de integrantes del sector público autonómico. Además, no se ha hecho la conversión de algunos entes públicos en las formas jurídicas previstas en la Ley (nombradamente en agencias) por lo que en la actualidad siguen existiendo múltiples categorías jurídicas, algunas herederas de la legislación anterior, para personificar la actuación de la Administración. Los planes de racionalización elaborados por la Xunta de Galicia no fueron objeto de publicación y no se aporta información sobre su seguimiento y efectos. La única información oficial disponible es la publicada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) en la que se hace un seguimiento de los planes de racionalización de las comunidades autónomas. Según la información referida a , el número de entidades dependientes de la Comunidad Autónoma era de 110 frente a las 159 entidades instrumentales existentes en julio de La reducción formulada, medida en porcentaje de entidades a suprimir, está en línea con el compromiso medio del conjunto de las comunidades. El grado de ejecución también se corresponde con el conseguido por el promedio autonómico. 10

13 No obstante, muchas de las unidades eliminadas en el Plan de racionalización tienen una importancia económica residual, por ejemplo las fundaciones de desarrollo comarcal que representan más de la mitad de las entidades suprimidas. El ahorro total representa menos del 1% de los fondos gestionados por el sector por lo que la reducción en el sector es más nominal que real. De hecho, el tamaño del sector instrumental, teniendo en cuenta el volumen de recursos gestionados en términos relativos, no decreció en los últimos años. Este dato se explica por la creación de agencias que pasaron a gestionar descentralizadamente políticas que hasta ahora eran desarrolladas en el campo de las consellerías (gestión tributaria, infraestructuras, innovación y modernización tecnológica). En todo caso, el hecho de que estas entidades se integren en el presupuesto consolidado incrementó la transparencia de los fondos gestionados fuera de la Administración general. Además de la supresión de entidades, la Administración impulsó otras medidas de racionalización en las entidades que subsisten, en particular en materia de personal y limitación de las retribuciones de altos cargos. Rendición, transparencia y control Con carácter general, las entidades dependientes rindieron en plazo sus cuentas anuales al Consello de Contas. La práctica totalidad de los estados contables fueron remitidos en plazo por la Intervención General integrados en la Cuenta General, siendo residual el número de entidades que rinden sus cuentas de manera individual al margen de la rendición realizada por la Intervención General. En cualquier caso, subsisten algunos supuestos de no rendición (las entidades que expresamente se indican en el informe) entre las que destacan por su importancia cuantitativa los Fondos de Capital Riesgo gestionados por Xesgalicia 1. En el 2014 tampoco aportaron sus cuentas el organismo autónomo Esola Galega de Administración Pública (EGAP) y la entidad pública empresarial Augas de Galicia 2. La Escola Galega de Administración Pública aprobó sus cuentas el 14 de julio de 2015, es decir, antes de la finalización del plazo de remisión de cuentas por parte de la Intervención General. Las cuentas de la EGAP fueron aportadas al Consello de Contas durante el plazo de alegaciones a este informe aduciendo un error material como explicación de la no rendición en plazo. a.1 Por otra parte, se han observado una serie de defectos en la información rendida que deberían 1 Las cuentas anuales de los Fondos de Capital Riesgo son accesibles en la página web de Xesgalicia aunque ello no obsta el deber de rendirlas al Consello de Contas. 2 Estas dos entidades no aportaron sus cuentas a la Intervención General en plazo y por este motivo no fueron incluidas en la Cuenta General rendida por la Intervención. Sin embargo, las cuentas de la entidad pública empresarial Augas de Galicia fueron obtenidas en el marco de un proceso de fiscalización y sus datos fueron incorporados a este informe para realizar el análisis económico del sector instrumental. a.1 Párrafo modificado en trámite de alegaciones. 11

14 corregirse para incrementar la transparencia sobre la gestión económica del sector instrumental y que se detallan a continuación: No rendición telemática y no difusión en internet 3. Escasa consolidación. Falta de calidad en las memorias elaboradas por organismos autónomos. Falta de información económico-financiera (principalmente presupuestaria) en las fundaciones y sociedades mercantiles que tenga en cuenta su pertenencia al sector público. Heterogeneidad de la información facilitada sin que se observen formatos comunes ni la emisión de instrucciones que hagan homogénea la documentación rendida. Falta de actualización del Plan de Contabilidad Pública de Galicia. Falta de instrucciones y guías contables que desarrollen el marco normativo contable aplicable a las entidades dependientes. Falta de información sobre indicadores de gestión y coste de actividades. En lo que afecta al control, la práctica totalidad de las entidades instrumentales, excepto los organismos autónomos y alguna agencia, no están sometidas a fiscalización previa. Están sujetas a un régimen de control financiero que se sustenta en dos elementos: a) comunicación previa de sus decisiones de gasto a la Intervención General que emitirá un informe no suspensivo y b) control posterior de la Intervención General mediante auditorías. El control ejercido tiene una orientación fundamentalmente de legalidad, debiendo potenciarse los controles financieros orientados a conocer la situación financiera, en particular, sobre la ejecución presupuestaria, la capacidad o necesidad de financiación, el endeudamiento comercial y los riesgos e incertidumbres que afecten a la sostenibilidad financiera. También deben priorizarse las auditorías operativas orientadas a verificar el cumplimiento del objetivo estratégico y operativo y la buena aplicación de los fondos asignados. Estos trabajos permitirían tener un mejor conocimiento para la racionalización y reordenación del sector en el que la información económica debe ser un elemento fundamental en las decisiones que se aprueben. La regulación realizada por la LOFAXGA no llevó aparejada una actualización del régimen de control, por lo que se producen asimetrías entre el sector público definido por la Ley y el sector público a efectos de presupuestos, contabilidad y control, al mismo tiempo tampoco coincidentes 3 Como hecho posterior hay que señalar la aprobación de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de Transparencia y Buen Gobierno. A partir de su entrada en vigor el portal de transparencia de la Xunta de Galicia permite el acceso a la Cuenta General de la comunidad. 12

15 entre ellos. Por este motivo debería actualizarse la normativa de control. Además, es necesario aplicar alguna modalidad de control sobre los fondos sin personalidad jurídica, los consorcios y sobre las sociedades y fundaciones públicas en los que la Administración autonómica no ostenta el control (<50%) pero es el socio mayoritario, sin que hasta el momento conste la realización de controles financieros sobre estas entidades. Situación económica Según los presupuestos iniciales de 2014, de cada 100 euros de los presupuestos autonómicos las entidades instrumentales gestionaban 16 euros aproximadamente. Las transferencias y subvenciones previstas para financiar todas estas entidades en 2014 eran de M. Según las cuentas anuales aprobadas, los recursos gestionados en 2014 supusieron M frente a los M de La mayor parte de estos recursos fueron aportados por la Administración autonómica, vía transferencias de financiación y subvenciones, por lo que el grado de dependencia financiera de las entidades instrumentales es muy alto, sin que obtengan porcentajes significativos de sus fondos sin recurrir al Tesoro autonómico. El escaso nivel de autofinanciación de algunas de las sociedades públicas cuestiona que las actividades desarrolladas por estas sean mercantiles o empresariales. Por otra parte, en las fundaciones públicas, la dependencia de las subvenciones autonómicas, superior al 80%, evidencia la incapacidad para usar el modelo según su verdadera esencia que no es otra que la de incentivar la participación de la financiación privada en actividades de interés general. Para obtener los datos anteriores fue necesario realizar un proceso de consolidación en el que se eliminaron las operaciones internas. Este proceso está limitado por los defectos en la información económica señalados en el informe y resumidos anteriormente. En cualquier caso, el trabajo realizado permite también ofrecer una visión global sobre la situación financiera del sector que se puede resumir en las siguientes variables: 1. Déficit o superávit: A efectos de estabilidad presupuestaria, se deben clasificar las entidades instrumentales en dos grupos. Aquellas que no se financian mayoritariamente (>50%) a través de ingresos de mercado (comerciales) y las restantes. Las primeras son consideradas Administraciones Públicas lo que implica que su déficit y su endeudamiento consolida y están sometidos a los límites fijados anualmente. El Sistema Europeo de Cuentas vigente desde 2014 (SEC 2010) amplía aún más los criterios para considerar las entidades como integrantes del sector Administraciones Públicas. En Galicia, la mayor parte de las entidades forman parte de este grupo, siendo esta una de las comunidades con un mayor porcentaje de entidades sectorizadas como Administración Pública lo que pone de relieve que estas no se emplearon, o no sirvieron, para eludir los límites de la normativa de estabilidad, es decir, para situar deuda fuera de balance. El segundo grupo estaría 13

16 formado por las entidades que se financian principalmente con sus propios recursos (ingresos comerciales). Forman parte de este grupo más reducido, entre otras, Sogama y Portos de Galicia. Hasta 2009 las entidades instrumentales consideradas Administraciones Públicas generaron superávits presupuestarios aportando, de este modo, capacidad de financiación a la Administración. Este dato muestra situaciones de sobrefinanciamiento y de ociosidad en los recursos ya que las entidades no eran capaces de aplicar la totalidad de los fondos que recibían. Esta situación era provocada fundamentalmente por el IGAPE y AGADER. De 2009 a 2011, las entidades instrumentales presentan ligeros déficits, por lo que contribuyeron a generar el déficit de la Administración en esos años. En 2014 el sector instrumental presenta un superávit de 110 M generado fundamentalmente por las sociedades SPI Galicia y Xestur y provocado por inyecciones de capital realizadas por la Xunta de Galicia en el ejercicio. En cualquier caso, es necesario tener en cuenta que todos estos saldos son calculados considerando como ingresos de las entidades las transferencias y aportaciones realizadas por la Administración General, es decir, una sociedad pública puede tener superávit aunque perciba importantes aportaciones públicas para financiar su actividad o, incluso, compensar sus pérdidas contables. 2. Gastos de personal: Los gastos de personal en 2014 fueron 249 M. Con respecto al año 2013 se produce una merma de un 3,5%. Este descenso se concentra fundamentalmente en las sociedades mercantiles y las fundaciones públicas. 3. Solvencia a corto plazo: Las entidades instrumentales presentan una razonable posición de solvencia a corto plazo. A nivel agregado, las agencias tienen elevados remanentes de tesorería positivos que pueden poner de manifiesto que estas entidades no son capaces de aplicar los fondos que se les atribuyen. La mayor parte de los remanentes están materializados en derechos de cobro frente a la Administración. Dentro de las excepciones a la regla general, destaca a nivel individual el remanente de tesorería negativo de la Axencia de Infraestruturas por importe de -15 M. Las sociedades tienen a nivel agregado un fondo de maniobra positivo. Con todo, la mayor parte de este saldo corresponde a Xestur Galicia y está materializado en obras en curso y terminadas de las sociedades de gestión urbanística cuyo grado de realización es incierto. 4. Endeudamiento: En esta variable debemos separar aquellos entes y sociedades que son considerados Administración Pública (que no se financian a través de ingresos de mercado) y que consolidan su endeudamiento con la Administración. Dentro de este grupo, destaca la deuda de la Sociedade Pública de Investimentos, IGAPE y la de Xestur Galicia que fue recién reclasificada por considerar que sus ingresos no alcanzaban a financiar sus costes de producción. En el grupo de los entes que no consolidan (Empresas Públicas), aquellos que se financian con ingresos comerciales, 14

17 destaca SOGAMA. En cualquier caso, el nivel de endeudamiento de este grupo, en términos comparados con otras comunidades, es bajo. Por último, es necesario tener en cuenta una serie de incertidumbres y de riesgos que pueden afectar a la sostenibilidad financiera del sector. 1. Avales: Hasta 2011 aumentó notablemente la concesión de avales por el IGAPE cuyo riesgo es asumido por la Administración autonómica. A partir de ese ejercicio comenzó una senda de merma. A finales de 2013 el riesgo vivo era de 165,6 M y en el cierre de 2014 se situó en 145,6 M. 2. Préstamos: El IGAPE inició en 2007 la concesión de préstamos a empresas. El Instituto obtiene los fondos, básicamente, a través de un préstamo del Banco Europeo de Inversiones. A finales de 2014 los créditos concedidos eran 78,2 M, de los que 31,0 M se consideraron de dudoso cobro. 3. Fondos de capital riesgo. La Xunta participa en sociedades (Sodiga) y fondos de capital riesgo (Emprende, Adiante,...) cuyo objeto es la toma de participaciones temporales en el capital y la concesión de préstamos a empresas no cotizadas. A finales de 2014, el capital aportado a estos instrumentos ascendía a 254 M. Las pérdidas acumuladas por insolvencias y deterioro de inversiones en esta fecha eran 151 M. 4. Sociedade de Xestión Urbanística. Xestur Galicia presenta una situación de solvencia comprometida. Su deuda financiera, a cierre de 2014, era de 159,5 M. Además tiene que hacer frente a un endeudamiento comercial de 65,3 M. Para poder hacer frente a estas deudas posee un activo corriente de 331 M. Sin embargo, de ese activo, 325 M están materializados en obras, parcialmente en curso y no finalizadas, cuya capacidad de realización y venta está sujeta a importantes incertidumbres, lo que determinó en 2014 la necesidad de inyectar capital por parte del IGVS por importe de 32,2 M para atender la financiación de las obligaciones asumidas. 15

18 0. PRESENTACIÓN OBJETIVOS 0.1. El Consello de Contas elabora anualmente, desde el ejercicio 2006, un informe sobre la actividad económico-financiera de las entidades dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Los hechos puestos de manifiesto en estos informes y algunas de sus recomendaciones fueron tenidas en cuenta en la elaboración de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General y del Sector Público Autonómico (en adelante LOFAXGA) aprobada en diciembre de Además, el Parlamento de Galicia instó al Consello de Contas a mantener el carácter periódico de este trabajo. El objetivo del informe es analizar la situación económica del sector público instrumental de la Xunta de Galicia. Este objetivo general se concreta en: a. Ofrecer una caracterización global del sector público instrumental analizando su composición y su evolución. b. Valorar la rendición de cuentas, la transparencia de la información económica y el grado de control aplicado por la Administración autonómica. c. Realizar un análisis consolidado de las principales magnitudes financieras de tal forma que se aporte una visión global sobre la dimensión, el déficit, la solvencia, el endeudamiento y la sostenibilidad del sector público dependiente. ÁMBITO 0.2. Constituye el ámbito subjetivo del informe a las entidades dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Son entidades dependientes los entes con personalidad jurídica propia, cualquiera que sea su forma jurídica o denominación, que están controlados por la Administración General. Esta definición abarca los organismos autónomos, agencias, consorcios, entidades públicas empresariales, fundaciones públicas y sociedades públicas. Las expresiones entidades dependientes, controladas, paralelas o instrumentales son utilizadas indistintamente en el informe para referirse a este conjunto de organismos El ámbito objetivo del informe abarca el análisis de la composición y dimensión del sector, la transparencia de su información financiera y de gestión y su grado de control, su situación económica, las medidas de racionalización puestas en marcha y el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera El ámbito temporal engloba el ejercicio Son también analizados ejercicios anteriores en la medida en que sirvan para mostrar antecedentes que ayuden a contextualizar el informe. También se hace referencia a los cambios y riesgos más relevantes producidos con posterioridad al 16

19 cierre del ejercicio 2014 con base a la información disponible. LIMITACIONES AL ALCANCE 0.5. El trabajo se desarrolló a partir de la información rendida por la Intervención General, las entidades dependientes y de la información contenida en el inventario de entes públicos del sector público autonómico publicado por el Ministerio de Hacienda. La inexistencia en la Xunta de Galicia de un registro público, en el que se relacionen todas las entidades dependientes, afecta a la delimitación de las entidades que deben ser consideradas integrantes del sector público autonómico de acuerdo con la normativa gallega aplicable (LOFAXGA). Por otra parte, las limitaciones de las cuentas anuales rendidas, puestas de manifiesto en el epígrafe II.2, dificultaron los trabajos de consolidación y de análisis de la situación global del sector con el alcance que se describe en el epígrafe III. ESTRUCTURA DEL INFORME 0.6. El informe consta de tres partes. a. En la primera parte se analiza la composición y evolución del sector público instrumental mostrando las principales características que lo configuran y se hace referencia a los planes de racionalización puestos en marcha. b. La segunda parte comprende una valoración del nivel de transparencia del sector. Para ello se revisa la rendición de cuentas y, en general, la información financiera y de gestión facilitada por las entidades instrumentales. Se valora también el grado de control interno. Las cuentas anuales del ejercicio 2014 de las entidades instrumentales dependientes de la Comunidad Autónoma que sirven de base para la emisión de este informe están disponibles en la dirección electrónica c. En la tercera parte se ofrece una visión consolidada sobre la situación económica y financiera del sector a través de las siguientes variables: dimensión cuantitativa absoluta y relativa, nivel de autofinanciación, déficit o superávit, solvencia, endeudamiento, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. 17

20 I. EL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE: COMPOSICIÓN Y EVOLUCIÓN I.1. ANTECEDENTES GENERALES 1.1. Las administraciones públicas españolas, en todos sus niveles, impulsaron en los últimos veinte años un proceso creciente de descentralización funcional consistente en la constitución de entidades dependientes para la gestión de determinadas políticas y servicios públicos. Este proceso fue especialmente intenso en el ámbito autonómico y local Todas estas entidades forman la estructura instrumental de la Administración. Esta estructura no es totalmente homogénea en los tres niveles de gobierno -estatal, autonómico y local- existiendo diferentes tipos de entidades y terminologías distintas para su denominación. Los entes creados adoptan formas jurídicas diversas, tanto públicas como privadas, por ejemplo, organismos autónomos, entes públicos, agencias, consorcios, fundaciones y sociedades. En función de la forma adoptada -que no siempre ha tenido una correspondencia lógica con la actividad a desarrollar por el organismo creado- resulta aplicable un cuerpo normativo distinto que afecta a las distintas esferas de actividad: personal, patrimonio, contratación, presupuestos, contabilidad, deuda, etc Con carácter general, el argumento empleado para justificar la creación de entidades instrumentales fue el de conseguir una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos. Con todo, no faltaron voces que sitúan en la huida del derecho administrativo en los procesos de contratación, en la mayor discrecionalidad en las políticas de personal, en la relajación de los controles y en la elusión de los límites al endeudamiento público las razones últimas del nacimiento y proliferación de estas entidades. El Consello de Contas y otros órganos de control externo en sus informes sobre entes paralelos confirmaron estos temores poniendo de manifiesto reiteradamente muchos de estos problemas de organización y funcionamiento La crisis económica varió el discurso sobre la Administración instrumental o paralela. La Administración central y las CCAA han aprobado en los últimos años planes de simplificación y racionalización con el objetivo de reordenar sus entes instrumentales. Las medidas contempladas apuntan, con carácter general, hacia una reducción en la dimensión del sector instrumental lo que indica una especie de vuelta o marcha atrás en el proceso de descentralización funcional y cuestiona que se hubiesen cumplido los principios que en su día inspiraron su desarrollo. 18

21 I.2. DIMENSIÓN Y EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO ESPAÑOL 1.5. Uno de los aspectos en los que se hacía evidente la falta de transparencia del sector instrumental era en la ausencia de un inventario que permitiera conocer las entidades dependientes de cada comunidad autónoma. Para resolver este problema, el Consejo de Política Fiscal y Financiera en 2003 impulsó la elaboración de un inventario actualizable semestralmente El Inventario elaborado por el Ministerio de Hacienda contiene información sobre la denominación, forma jurídica, componentes o accionistas y otros datos legales. Con todo, no contiene información sobre variables económicas como pueden ser el volumen de recursos gestionados ni tampoco sobre el personal al servicio de estos organismos La evolución del número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde 2003 a 2015 se refleja en el gráfico 1. Gráfico 1. Número de entidades dependientes de las comunidades autónomas desde el año 2003 Fuente: Ministerio de Hacienda. Datos a 1 de enero de cada ejercicio 1.8. El cuadro 1 de la página siguiente, refleja la distribución de las entidades por comunidades autónomas a 1 de enero de Las entidades se clasifican en función de su forma jurídica en los siguientes grupos: Administración General, organismos autónomos administrativos, organismos autónomos comerciales, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entes públicos, agencias, consorcios, fundaciones, otras instituciones sin ánimo de lucro, sociedades mercantiles y universidades. Esta clasificación evidencia la variada tipología en la que se puede personificar la actuación de la Administración. 19

22 Administración General OO.AA. administrativos OO.AA. comerciales Organismos autónomos Entidades públicas empresariales Entes públicos Agencias Consorcios Fundaciones Otras instituciones sin ánimo de lucro Sociedades mercantiles Universidades Total Informe económico-financiero de las entidades instrumentales 2014 Cuadro1. Número de entes que componen el Inventario CCAA Andalucía Aragón P. de Asturias Illes Balears Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Extremadura Galicia C. Madrid Región de Murcia C. Foral de Navarra La Rioja C. Valenciana Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Varios Total Fuente: Ministerio de Hacienda. Informe sector público autonómico a 1 de enero de El gráfico 2 muestra la distribución porcentual de entidades dependientes de las CCAA poniendo de manifiesto un reparto de aproximadamente un 80% del total entre consorcios, fundaciones y sociedades mercantiles del sector público. 20

23 Gráfico 2. Distribución % entidades dependientes de las comunidades autónomas 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% OO.AA. administrativos OO.AA. Comerciales Organismos autónomos Entidades públicas empresariales Entes públicos Agencias Consorcios Fundaciones Otras Instituciones sin ánimo de lucro Sociedades mercantiles Universidades Fuente: Ministerio de Hacienda. Informe sector público autonómico a 1 de enero de 2015 I.3. DIMENSIÓN Y EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE GALICIA La Administración gallega no publica la relación de entidades que deben ser consideradas como integrantes de su sector público autonómico según la normativa aplicable contenida fundamentalmente en la LOFAXGA. La única información oficial disponible sobre la relación de entidades instrumentales es la que figura en el inventario elaborado y publicado por el Ministerio de Hacienda La Comunidad Autónoma de Galicia no ha permanecido ajena a la descentralización funcional. El gráfico 3 muestra la representación correspondiente al porcentaje de entes por CCAA en el que se aprecia que la Comunidad Autónoma de Galicia es la quinta Administración autonómica con mayor número de entes instrumentales (6,1%) 4. Con todo, el número de entes públicos es una variable poco representativa de la importancia del sector. 4 Conviene tener en cuenta que en esa fecha la Comunidad Autónoma del País Vasco no facilitaba datos al Ministerio. 21

24 Gráfico 3. Distribución porcentual de entes públicos por CCAA Fuente: Ministerio de Hacienda. Informe sector público autonómico a 1 de enero de La evolución temporal de las entidades incluidas en el Inventario como integrantes del sector público autonómico se refleja en el gráfico 4 en el que se aprecia el crecimiento hasta el año 2008 a partir del cual el número se mantiene estable hasta la significativa reducción de entes en 2012, concentrada en gran medida en la supresión definitiva de las fundaciones de desarrollo comarcal. Gráfico 4. Evolución del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del INVENTE 22

25 I.4. ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL 1.13 Hasta la aprobación de la LOFAXGA en 2010 el sector público autonómico a pesar de su crecimiento adolecía de una serie de carencias que lo acompañaron desde su nacimiento: No existía una regulación normativa que abarcara todo el sector público autonómico. Los distintos tipos de entidades estaban regulados por normas diferentes y dispersas. No existía un registro específico que permitiera conocer las entidades creadas, su normativa de creación y sus principales características, excepto los inventarios descritos que no constituyen auténticos registros. No existía patrón ni criterio alguno para definir cuando una actividad debía ser realizada centralizadamente y cuando era oportuno crear una entidad dependiente 5. Además, no se aprecia una correspondencia lógica entre la forma jurídica de cada entidad y la actividad desarrollada, de tal manera que se producen claros desajustes entre la actividad desplegada por la entidad y la normativa que se le aplica La LOFAXGA trató de corregir estas deficiencias. Para ello realiza una regulación completa del sector público autonómico, crea un registro de entidades dependientes y establece unos criterios generales para la creación de organismos. Sin embargo, algunas de sus previsiones no están siendo aplicadas En particular, no se ha puesto en funcionamiento ni se ha regulado el registro de entidades dependientes en el que se deben inscribir preceptivamente la constitución de entidades y demás actos que se determinen reglamentariamente y en el que se depositen las cuentas anuales para su remisión al Consello de Contas. Este defecto dificulta la delimitación exacta de las entidades que según la Ley deben tener la consideración de integrantes del sector público autonómico. Además, no se hizo la conversión de algunos entes públicos en las formas jurídicas previstas en la Ley (principalmente en agencias) por lo que en la actualidad siguen existiendo múltiples categorías jurídicas, algunas herederas de la legislación anterior, para personificar la actuación de la Administración A partir de las definiciones contenidas en la Ley y de la información reflejada en el inventario de entes dependientes elaborado por el Ministerio de Hacienda procedemos a delimitar el sector público autonómico agrupando las entidades en las siguientes categorías: 5 Este defecto se intentó corregir con el Decreto 217/2008 por el que se regula el contenido mínimo de las propuestas de creación de las entidades que formen parte del sector público autonómico. 23

26 Cuadro2. Entidades públicas de la C.A. de Galicia Tipo de entidad Número Organismos autónomos y entidades públicas de consulta 12 Agencias públicas autonómicas 15 Entidades públicas empresariales 3 Consorcios del sector público autonómico 19 Sociedades mercantiles públicas autonómicas 26 Fundaciones del sector público autonómico 35 Total (*)110 (*)Las entidades que figuran en INVENTE a 01/01/2015 son 114 ya que incluye la Administración General y las tres universidades gallegas que no tienen carácter de dependientes. Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Deben tenerse en cuenta las diferencias entre la clasificación del inventario del Ministerio de Hacienda (INVENTE) y la del cuadro 2 anterior como consecuencia de que el primero considera como entidades de derecho público los siguientes: las dos entidades públicas de consulta y asesoramiento las entidades públicas empresariales Portos de Galicia y CRTVG 8 entidades a las que la LOFAXGA les da el tratamiento de agencias 5 entidades que tienen la consideración de fundaciones del sector público autonómico 1 entidad que tiene el carácter de consorcio En los párrafos siguientes se analiza cada tipo de entidad y se relacionan los entes existentes a 31/12/2014 indicando su denominación, su fecha de creación, su finalidad, su inclusión a efectos de contabilidad nacional (SEC) en el sector Administraciones Públicas y, en su caso, el porcentaje de participación de la Administración autonómica Como se ha dicho, la ausencia de un registro autonómico en el que se relacionen las entidades que según las definiciones de la LOFAXGA deban ser consideradas como integrantes del sector público autonómico motiva que la delimitación realizada en este informe parta del inventario de entes elaborado por el Ministerio de Hacienda y publicado tanto en la página web de la Xunta como del propio Ministerio. Con todo, conviene tener en cuenta que los criterios de delimitación del inventario no son completamente coincidentes con las definiciones contenidas en la LOFAXGA. De este modo aparecen inventariadas entidades como dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia pero que, si atendemos a nuestra legislación, no deberían ser consideradas integrantes del sector público autonómico. Esta circunstancia concurre en algunas sociedades, fundaciones y consorcios con participaciones cruzadas de varias administraciones. En particular, se incluyen en el Inventario sociedades u otros entes en los que participan varias administraciones aun cuando la Comunidad Autónoma de Galicia no ostente una posición de dominio siempre que una única administración no posea una mayoría de control o financiación. 24

27 ORGANISMOS AUTÓNOMOS El derogado artículo 11 del Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (en adelante TRLRFPG) se refería a los organismos autónomos como entes institucionales de derecho público que realizan funciones o actividades de la competencia de la Comunidad Autónoma en régimen de descentralización administrativa y que podían tener carácter administrativo o comercial Con la aprobación de la LOFAXGA en 2010 desaparece la distinción entre organismos administrativos y comerciales y se agrupan bajo la categoría única de organismos autónomos como entidades públicas instrumentales cuya organización y funcionamiento se regula por el derecho administrativo y que pueden ejercer actividades de intervención, fomento, gestión de servicios públicos o apoyo a la función administrativa en régimen de descentralización funcional A finales de 2014 los organismos autónomos dependientes de la Comunidad eran los siguientes: Cuadro3. Relación de organismos autónomos Denominación Escola Galega Administración Pública (EGAP) Instituto Galego Vivenda e Solo (IGVS) Instituto Galego de Estatística (IGE) Servizo Galego de Saúde (SERGAS) Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA) Instituto Galego de Consumo (IGC) Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP) Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (IGSSL) Consello Galego da Competencia Instituto de Estudos do Territorio Administración Pública SEC Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Pte. Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Sí Finalidad Actuaciones relacionadas con el personal de la A.P., realización de trabajos en materia de A.P., normalización del idioma gallego en la A.P. Realización de la política del suelo y vivienda de la Xunta de Galicia Dirección, coordinación y realización de actividades estadísticas llevadas a cabo por las distintas AA.PP. de Galicia Gestión de los servicios sanitarios de carácter público dependientes de la comunidad autónoma y coordinación integral de todos los recursos sanitarios Ejecutar la política de la Consellería de Medio Rural para la ordenación, fomento, reestructuración y mejora del sector lácteo y ganadero Orientar, formar e informar a los consumidores y usuarios sobre sus derechos y la forma de ejercerlos, y difundir su conocimiento Enriquecimiento del capital humano e impulso de la calidad en los servicios de seguridad pública Gestionar y coordinar las políticas que en las materias de seguridad, higiene y salud laboral establezcan los poderes públicos de la C. Autónoma Preservar el funcionamiento competitivo de los mercados en el ámbito territorial de la C. A. de Galicia Análisis, estudio y asesoramiento en materia de urbanismo y ordenación del territorio Fecha alta 22/06/ /05/ /08/ /01/ /01/ /01/ /01/ /10/ /03/ /01/ Como entidades equiparables a los organismos autónomos en su organización y funcionamiento se sitúan las entidades públicas de consulta o asesoramiento. Según la disposición 25

28 adicional sexta de la LOFAXGA, tendrán esta consideración aquellas entidades a las que se les atribuya expresamente por ley independencia funcional o especial autonomía respecto a la Xunta de Galicia. Se regirán por su normativa específica en los aspectos precisos para garantizar esa autonomía y por las disposiciones relativas a los organismos autónomos en los demás extremos. A pesar de que no se ha aprobado ley posterior a la LOFAXGA que reconozca expresamente ese carácter, existen dos organismos que encajan en esta categoría. Cuadro4. Entidades públicas de consulta y asesoramiento Nombre Fecha alta Finalidad Consello Económico e Social Hacer efectiva la participación de los agentes económicos y sociales en la 13/07/1995 de Galicia (CES) política socio-económica de Galicia Diálogo institucional entre sindicatos y asociaciones empresariales y como Consello Galego de Relacións 01/07/2008 órgano consultivo y asesor de la Comunidad Autónoma en las materias Laborais (CGRL) relativas a sus políticas laborales Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Admón. Pública SEC Sí Sí AGENCIAS La ley de presupuestos para regula, por primera vez, en su disposición transitoria primera, la figura de las agencias públicas autonómicas como entidades instrumentales de derecho público, dotadas de personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, facultadas para ejercer potestades administrativas, que son creadas por el Consello de la Xunta para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia en el ámbito de sus competencias. El marco básico de actuación y presupuestario se contiene en el contrato de gestión Tras su aprobación y hasta 2010 únicamente funcionaba una agencia pública autonómica la Axencia Galega de Industrias Culturais (AGADIC), creada en 2008 por transformación del organismo autónomo comercial Instituto Galego de Artes Escénicas e Musicais (IGAEM) La norma incorporada en la Ley de Presupuestos para 2008 fue derogada en 2010 por la LOFAXGA que contiene una nueva regulación de las agencias públicas haciendo hincapié en que el modelo debe ser el de gestión por objetivos La aprobación de la LOFAXGA lleva implícita una apuesta fuerte por el modelo de agencias, ya que además de prever la transformación en agencias de 7 entes de derecho público, contempla en sus disposiciones adicionales la constitución de tres nuevas entidades: la Axencia Galega de Innovación, la Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia y la Axencia Galega de Infraestruturas. Con anterioridad, la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de Servicios Sociales de Galicia había previsto la creación de la Axencia de Servizos Sociais y la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas la constitución de la Axencia Tributaria de Galicia. 6 Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año

29 Posteriormente, la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de Turismo de Galicia autoriza la creación de la Axencia de Turismo de Galicia y la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de Racionalización del Sector Público Autonómico la creación de la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos y la Axencia en Materia de Docencia, Formación, Investigación, Innovación e Avaliación de Tecnoloxías e Servizos Sanitarios que habían asumido las competencias, entre otras, de la Fundación Pública Sanitaria Centro de Transfusións de Galicia y de la Fundación Escola Galega de Administración Sanitaria, respectivamente A 1 de enero de 2015 eran 15 las agencias públicas constituidas dependientes de la Comunidad 7. Cuadro5. Relación de agencias públicas autonómicas Nombre Admón. Pública SEC Finalidad Fecha alta Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE) Sí Impulsar el desarrollo competitivo del sistema productivo gallego 27/06/1992 Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económicofinanceira e Contable (CIXTEC) Sí Desarrollo de proyectos y aplicaciones informáticas, gestión, planificación, supervisión, asesoramiento y coordinación y suministro de equipos informáticos a la Xunta 09/04/1998 Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) SÍ Fomento de la eficiencia energética y ahorro energético 30/03/1999 Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (AGADER) Sí Fomento y coordinación del desarrollo del territorio rural gallego, para mejorar las condiciones de vida y contribuir a frenar la 29/12/2000 despoblación Axencia Xestión Integrada, Calidade e Avaliación Formación Profesional Sí Gestionar el sistema de formación profesional 02/05/2002 Instituto Tecnolóxico para o Control do Medio Mariño (INTECMAR) Sí Control de la calidad del medio marino 07/07/2004 Instituto Galego de Calidade Alimentaria (INGACAL) Sí Investigación y desarrollo tecnológico en el sector alimentario e instrumento que facilitará el funcionamiento de los consejos 28/12/2006 reguladores Axencia Galega de Emerxencias (AXEGA) Sí Estudio y ejecución de la política autonómica en materia de protección civil y gestión de emergencias en los términos previstos en la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de Emergencias de 07/05/2007 Galicia Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC) Sí Impulso y consolidación del tejido empresarial en el sector cultural gallego 11/06/2008 Axencia Galega de Infraestruturas (AXI) Sí Impulsar, coordinar y gestionar la política autonómica en materia de carreteras 26/09/2011 Definición, desarrollo y ejecución de los instrumentos de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia Sí política de la Xunta en el ámbito de las tecnologías de la (AMTEGA) información y comunicaciones. 17/01/2012 Axencia Galega de Innovación (GAIN) Sí Apoyar e impulsar el crecimiento y la competitividad de las empresas gallegas, fomentar y vertebrar las políticas de 16/02/2012 innovación en las AA.PP. gallegas Axencia de Turismo de Galicia (ATURGA) Sí Impulso, coordinación y gestión de la política autonómica en materia de turismo 10/10/2012 Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) Sí Desarrollo de sus funciones como instrumento al servicio de los intereses de la Comunidad Autónoma de Galicia 23/10/2012 Axencia Galega de Servizos Sociais Sí Gestión de servicios públicos en materia de servicios sociales 01/01/2015 Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE 7 Posteriormente se crearon: por Decreto 112/2015 de 31 de Julio la Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Sanidade. por Decreto 142/2015 de 17 de septiembre la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos. 27

30 1.29. En la relación de agencias contenidas en el cuadro es necesario tener en cuenta las siguientes precisiones: a) La previsión legal contenida en la disposición transitoria segunda de la Ley 3/2002, de 29 de abril, de Medidas de Régimen Fiscal y Administrativo respecto a la Axencia para a Xestión Integrada, Calidade e Avaliación da Formación Profesional en cuanto a dotación de medios personales, materiales y presupuestarios para el cumplimiento de sus funciones no se hizo efectiva. El Decreto 102/2015, de 9 de julio, acuerda la extinción de esta Agencia. b) El Instituto Galego de Promoción Económica, el Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financeira e Contable, el Instituto Enerxético de Galicia, la Axencia Galega de Desenvolvemento Rural, el Instituto Tecnolóxico para o Control do Medio Mariño, el Instituto Galego de Calidade Alimentaria y la Axencia Galega de Emerxencias fueron creadas como entidades de derecho público con personalidad jurídica propia que por Ley tengan que ajustar su actividad al ordenamiento jurídico privado. Esta categoría jurídica estaba regulada en el artículo 12 del TRLRFPG y fue incorporada por mimetismo de la legislación estatal. Tenía como pretensión albergar los entes públicos que, sin adoptar forma de sociedad mercantil, realizaran actividades empresariales. Con todo, con esta forma jurídica se crearon sociedades públicas que no realizaban ninguna actividad que justificara el sometimiento al derecho privado. La mera revisión de sus funciones, descritas en el cuadro anterior, permite comprobar este hecho. La disposición transitoria tercera de la LOFAXGA señala que las normas de organización y funcionamiento y los estatutos de estas 7 entidades tendrán que adecuarse a lo que dispone esta Ley para las agencias sin que esta adaptación haya tenido lugar por el momento. c) En 2015 entra en funcionamiento la Axencia Galega de Servizos Sociais sin que se hubiese producido la extinción del Consorcio Galego de Servizos Sociais prevista en el Decreto 40/2014, de 20 de marzo, por el que se crea la Axencia Galega de Servizos Sociais y se aprueban sus estatutos. d) Como hechos posteriores hay que tener en cuenta que durante el año 2015 se creó la Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde (Decreto 112/2015, de 31 de julio) y la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos (Decreto 142/2015, de 17 de septiembre) La puesta en marcha de todas estas agencias provoca que, a pesar de que el número de entidades instrumentales esté disminuyendo, el volumen de recursos públicos gestionados de manera descentralizada, en términos relativos esté aumentando, ya que políticas públicas que hasta este momento se venían realizando, fundamentalmente, de manera centralizada pasan a realizarse en régimen de descentralización funcional. En particular responden a esta migración: las infraestructuras, la innovación, las tecnologías de la información, la gestión tributaria y los servicios sociales. 28

31 ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES La LOFAXGA incorpora a la legislación gallega una nueva forma jurídica de ente instrumental: las entidades públicas empresariales. Se trata de entes a los que se les encomienda la realización, conforme a criterios de gestión empresarial, de actividades prestacionales, de gestión de servicios públicos o producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación A finales de 2014 eran tres las entidades públicas empresarias dependientes de la Xunta cuya relación se encuentra en el cuadro 6. Cuadro6. Relación de entidades públicas empresariales Nombre Compañía Radio Televisión de Galicia Admón. Pública SEC Sí Finalidad Gestión de los servicios de radiodifusión y televisión de la CA de Galicia Fecha alta 04/08/1984 Portos de Galicia (PG) No Gestión y explotación de instalaciones portuarias 21/12/1994 Augas de Galicia Sí Gestión de obras y prestación de servicios encomendados dentro del programa de actuación del O.A. de Aguas 14/01/2012 Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE En lo que afecta a la relación de entidades contenida en el cuadro es necesario tener en cuenta las siguientes precisiones: a) El Decreto 32/2012, de 12 de enero, aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia. La constitución y puesta en funcionamiento de dicha entidad pública supone la integración en esta y la extinción del organismo autónomo Augas de Galicia y de la entidad de derecho público Empresa Pública de Obras e Servizos Hidráulicos. b) Portos de Galicia y Compañía Radio Televisión de Galicia fueron creadas como entidades de derecho público con personalidad jurídica propia de las previstas en el derogado artículo 12 del TRLRFPG. La disposición transitoria tercera de la LOFAXGA señala que las normas de organización y funcionamiento y los estatutos de estas 2 entidades tendrán que adecuarse a lo que dispone esta ley para las entidades públicas empresariales sin que esta adaptación haya tenido lugar. c) La Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de Medios Públicos de Comunicación Audiovisual de Galicia crea la Corporación Radio Televisión de Galicia S.A. como sociedad mercantil que asumirá las competencias y el patrimonio de la Compañía y de sus sociedades dependientes (TVG, S.A. y RTVG, S.A.). El Decreto 177/2015, de 3 de diciembre, extingue la entidad de derecho público Compañía 29

32 Radio Televisión de Galicia. Sus activos y pasivos pasan a integrarse en Televisión de Galicia, S.A. designada como Corporación Radio Televisión de Galicia, S.A. que comienza a ejercer su actividad a 1 de enero de CONSORCIOS Hasta la aprobación de la LOFAXGA prácticamente era inexistente la regulación autonómica sobre los consorcios. La LOFAXGA supone la incorporación al ordenamiento jurídico de una regulación más detallada. Según su artículo 95 tienen la consideración de consorcios autonómicos aquellos en que la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, directamente o a través de las entidades instrumentales, aportara mayoritariamente los medios necesarios para su constitución y funcionamiento o en los que se comprometió, en el momento de su constitución, a financiarlos mayoritariamente, siempre que la actuación de sus órganos de dirección y gobierno esté sujeta al poder de decisión de la Administración General de la Comunidad Autónoma o de una de sus entidades instrumentales A finales de 2013 la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local introduce una previsión relativa al régimen jurídico de los consorcios, obligando a que los estatutos de estos determinen la Administración de adscripción y el régimen presupuestario y contable aplicable. La adscripción se producirá de acuerdo con los criterios de prioridad fijados por la ley que básicamente atienden a los elementos de control, financiación y ámbito de actuación por este orden. Los consorcios ya creados dispondrán de un plazo de un año para realizar la adaptación de sus estatutos A finales de 2014, según el inventario del Ministerio de Hacienda, los consorcios dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia son los que se muestran en el cuadro 7 de la siguiente página: 30

33 Cuadro7. Relación de consorcios Nombre Porcentaje de participación de la CA Adm. Pública SEC Finalidad Fecha alta Centro Asociado de la Uned en Ourense Sí (Estado) Enseñanzas universitarias 19/09/1991 Consorcio Cidade de Santiago de Compostela 33,33 Sí (Estado) Apoyo administrativo y de gestión al Real Patronato de la Ciudad de Santiago de Compostela 24/04/1992 Centro Extensión Universitaria e Divulgación Ambiental Galicia Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarcas Deza e Tabeirós Terra de Montes Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento da Comarca de Valdeorras Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento da Comarca de Verín Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Galicia Consorcio Provincial de A Coruña Servizo contra Incendios e Salvamento 99,99 Sí Proporcionar un marco ajustado para la difusión cultural y el intercambio científico 18/12/ ,01 Sí Prestación del servicio contra incendios y salvamento 15/07/ ,39 Sí Prestación del servicio contra incendios y salvamento 17/11/ ,68 Sí Prestación del servicio contra incendios y salvamento 17/11/ Sí 100 Sí Evaluación del sistema universitario de Galicia, análisis de sus resultados y la propuesta de medidas de mejora de la calidad de servicios. Apoyo continuo a los servicios bibliotecarios de las tres universidades gallegas a través de la cooperación interbibliotecaria 06/04/ /10/ ,00 Sí (EELL) Prestación del servicio contra incendios y salvamento 13/08/2002 Consorcio Audiovisual de Galicia 75,00 Sí Potenciación institucional de las acciones tendentes al desarrollo del sector audiovisual de Galicia 29/10/2002 Consorcio Casco Vello de Vigo 55,56 Sí Consorcio contra Incendios e Salvamento Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro Consorcio contra Incendios e Salvamento da Comarca de A Limia Actuaciones e intervenciones que contribuyan al proceso de recuperación del casco viejo de Vigo 17/03/ ,33 Sí Prestación del servicio contra incendios y salvamento 12/08/ ,33 Sí Prestación del servicio contra incendios y salvamento 20/08/2005 Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar 8 51,00 Sí Dirección, evaluación y control de la gestión de los servicios sociales de ámbito local 08/07/2006 Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) Sí Velar por la utilización racional del suelo, la ordenación del territorio y del litoral 31/10/2007 Consorcio Oncolóxico de Galicia 57,14 Pte. Prestación de la asistencia sanitaria especializada en materia oncológica 12/07/2008 Consorcio Provincial Lugo Prestación Servizo contra Incendios e Salvamento 50,00 Sí (EELL) Ejecución de las competencias del servicio público de prevención, extinción de incendios y salvamento 07/02/2009 C. Prov. Pontevedra Prestac. Serv. contra Incendios e Salvamento 50,00 SÍ (EELL) Ejecución de las competencias del servicio público de prevención y extinción de incendios 08/03/2011 Augas de Valdeorras 33,33 Pte. Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Ordenación y gestión de un servicio intermunicipal de depuración de aguas residuales 25/10/ Como hechos posteriores, el Decreto 40/2014, de 20 de marzo, por el que se crea la Axencia Galega de Servizos Sociais y se aprueban sus estatutos establece que esta asumirá la gestión coordinada que tenía el Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar. 31

34 1.37. En relación con el cuadro anterior es necesario efectuar una serie de precisiones: a) Aunque el plan de racionalización prevé también la extinción de los consorcios contraincendios comarcales de O Carballiño y de O Ribeiro, de A Limia, de Valdeorras y de Verín y su integración en un consorcio provincial de Ourense, los cuatro consorcios comarcales siguen de alta en el inventario. En el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 26 de noviembre de 2015 se publica la aprobación inicial de la disolución de los cuatro consorcios para su integración en el Consorcio Provincial de Ourense para la prestación del servicio contra incendios y salvamento que había sido creado por el Decreto 67/2015, de 30 de abril, como ente adscrito a la Diputación Provincial y que integrará y asumirá los bienes y derechos de los consorcios comarcales. b) Tal como se refleja en el cuadro anterior, el Consorcio Cidade de Santiago y el consorcio Centro Asociado da UNED Ourense están sectorizados en contabilidad nacional (SEC) como entidades estatales mientras que los consorcios provinciales contraincendios figuran, a efectos SEC, como entidades locales. Además, existen también otras entidades en las que la participación de la Comunidad es inferior al 50%, en particular, los consorcios contraincendios comarcales y el consorcio Augas de Valdeorras. c) El Decreto 40/2014, de 20 de marzo, por el que se crea la Axencia Galega de Servizos Sociais y se aprueban sus estatutos establece que esta asumirá la gestión coordinada que tenía el Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar. d) En el último inventario de entidades dependientes publicado por el Ministerio de Hacienda a 1 de julio del 2015, figuran también como consorcios: el Consorcio para a Xestión da Rede Básica de Abastecemento Cervo e Burela y el Consorcio Local de Os Peares. SOCIEDADES MERCANTILES PÚBLICAS Según la LOFAXGA, son sociedades mercantiles públicas autonómicas aquellas en las que en su capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades instrumentales reguladas por la Ley. Además, se sujetan al mismo régimen jurídico aquellas sociedades mercantiles en las que la Comunidad disponga de la mayoría de los derechos de voto o tenga derecho a nombrar la mayoría de los miembros de los órganos de gobierno A finales de 2014, según el inventario de entidades dependientes, eran 26 sociedades mercantiles de la Comunidad Autónoma de Galicia y se encuentran descritas en el cuadro 8 de la siguiente página: 32

35 Cuadro8. Relación de sociedades públicas Nombre Fecha alta Porcentaje de participación de la C.A. Admón. Pública SEC Sociedade de Capital-Risco (SODIGA) 18/11/ ,21 Sí Estación de Inverno de Manzaneda, S.A 9. (MEISA) 10/04/ No Televisión de Galicia, S.A. 01/06/ Sí Xestión do Plan Xacobeo, S.A. 10/12/ Sí Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A. 11/05/ ,74 Sí Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. ( en liquidación ) 22/09/ Sí Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (SOGAMA) 11/03/ No Centro de Supercomputación de Galicia, S.A. (CESGA) 19/05/ Sí Sociedade Galioil, S.A. 04/05/ Pte Desenvolvemento Comarcal de Galicia, S.A. (SODECOGA) 23/05/ Sí Empresa Pública de Servizos Sanitarios, S.A. (GALARIA) 11/08/ Sí Galicia Calidade, S.A. 17/07/ Sí Cursos Internacionais Universidade Santiago de Compostela, S.A. 15/04/ No Redes Telecomunicación Galegas, S.A. (RETEGAL) 22/03/ No Sociedade Pública de Investimentos Galicia, S.A. 10/04/ Sí Sotavento Galicia, S.A. 11/04/ ,5 No Xenética Fontao, S.A. 01/07/ No Sociedade para a Promoción de Iniciativas Empresariais Innovadoras, S.L. 12/03/ Pte Sociedade Xestora de Intereses Univ. Santiago de Compostela (UNIXEST, S.L.) 22/03/ No Sociedade Xestora Entidades de Capital Risco, S.A. (XESGALICIA) 12/04/ Sí Cidade Universitaria, S.A. 06/08/ ,14 No UNINOVA, S.L. 29/05/ Pte Corporación Universidade da Coruña, S.L 21/01/ Pte Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos, S.A. (SEAGA) 21/02/ Sí Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A. 12/06/ ,86 Sí Xestión do Solo de Galicia-Xestur, S.A. 24/02/ ,37 Sí Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE En relación con el contenido del cuadro es necesario efectuar una serie de precisiones: a) Se produce la disolución por fusión de las sociedades provinciales de gestión del suelo y se crea Xestión do Solo de Galicia-Xestur S.A. b) Las siguientes sociedades no presentaban actividad a finales de 2014 o estaba prevista su disolución aunque siguen figurando en el inventario debido a que no se ha producido su extinción definitiva. 9 La Xunta de Galicia transmitió acciones de MEISA-Estación Invierno Manzaneda a la Diputación de Ourense en abril de 2015 reduciendo su participación del 48 al 34%. 33

36 - Desenvolvemento Comarcal de Galicia, S.A. (SODECOGA) 10 - Sociedade de Imaxe e Promoción Turística Galicia, S.A. (TURGALICIA) 11 - Centro de Supercomputación de Galicia, S.A. (CESGA) 12 - Sociedade Galioil, S.A. 13 c) Las siguientes sociedades dependen de alguna de las universidades gallegas. - Sociedade para a Promoción de Iniciativas Empresariais Innovadoras, S.L. - Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A. - Cidade Universitaria, S.A. - Cursos Internacionais Universidade de Santiago, S.A. - Sociedade Xestora de Intereses Universidade Santiago de Compostela (UNIXEST) - Corporación Universidade da Coruña, S.L. FUNDACIONES PÚBLICAS Según la LOFAXGA son fundaciones del sector público autonómico aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes: a) sean constituidas por aportaciones mayoritarias de la Comunidad Autónoma o de sus entidades dependientes. b) su patrimonio fundacional con carácter de permanencia esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración General o sus entidades dependientes o c) sean financiadas mayoritariamente con cargo a los presupuestos de la Comunidad siempre que, en este caso, esta controle los órganos de gobierno Según el inventario de entidades integrantes del sector público autonómico de Galicia, a finales de 2014 las fundaciones de la Comunidad eran 35, produciéndose 3 bajas con relación a la situación existente a 1 de enero de Su descripción se recoge en el cuadro Con fecha 05/01/2012 se inscribió su disolución en el Registro Mercantil. Se inscribe la extinción en el Registro el 16/04/ El Consello de la Xunta de Galicia de 27 de diciembre de 2013 autorizó la disolución y el inicio del proceso de liquidación de la Sociedade de Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. (Turgalicia). 12 En 2012 se acordó también la supresión del Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA, S.A.) aunque sigue figurando en el inventario en 2014 al no haberse completado las operaciones de extinción de la personalidad. 13 Se inscribe en el Registro la extinción el 07/10/

37 1.43. Con relación a la composición actual del sector público fundacional de la CA de Galicia es necesario realizar las siguientes precisiones: a) Permanecen en el inventario a finales del 2014 aunque está prevista su eliminación: la Fundación Galicia Saúde, la Fundación do Centro Tecnolóxico da Carne, la Fundación Galega de Formación para o Traballo y la Fundación Centro Tecnolóxico de Telecomunicacións de Galicia. b) Se dan de baja las fundaciones Illa de San Simón, Fundación Universidade de A Coruña y Centro Tecnolóxico Lácteo de Galicia, este último tras la fusión con la Fundación Centro Tecnolóxico Agroalimentario de Lugo (CETAL) que a su vez causa baja en el inventario a 1 de julio de c) La Fundación Cidade da Cultura y las fundaciones públicas sanitarias aparecen clasificadas en el inventario como entes públicos. 35

38 Cuadro9. Relación de fundaciones integrantes del sector público Nombre Fecha de alta Finalidad Fundación Galicia Europa 15/02/1988 Promoción de todas las acciones que propicien un acercamiento entre Galicia y Europa No Fundación Semana Verde de Galicia 23/07/1991 Promoción actividades agropecuarias, agroindustriales, alimentarias, comerciales, sociales y educacionales y de ocio Fundación Feiras e Exposicións de Ourense 24/12/1992 Promoción de actividades comerciales, industriales, agroindustriales, sociales, educativas y aquellas que potencien el desarrollo de dichos sectores Fundación Feiras e Exposicións de Lugo 05/04/1993 Promoción de actividades comerciales, industriales, agroindustriales, sociales, educativas y aquellas que potencien el desarrollo de dichos sectores Fundación Centro Transfusión Galicia 10/06/1993 Organización fundacional de hemodonación y hemoterapia en la C.A.. Promoción de la donación, extracción, procesamiento y envío de sangre a hospitales Fundación de Exposicións e Congresos da Estrada 08/07/1993 Organización y realización de ferias, exposiciones y congresos y la organización de cursos de formación e inserción profesional Fundación Rof Codina 23/12/1994 Apoyo a la docencia clínica de la Facultad de Veterinaria de Lugo Sí Fundación Inst. Galego Oftalmoloxía 23/12/1994 Prestación de servicios especializados de consultoría, evaluación y servicios oftalmológicos Sí Fundación Pública Galega de Medicina Xenómica 23/12/1994 Prestación de servicios especializados de consultoría, evaluación y servicios oftalmológicos Sí Fundación Galicia América 13/12/1996 Promover especialmente todas las acciones que fomenten el acercamiento a la realidad gallega de todos los países americanos Fundación Pública Galega para a Tutela de Persoas Adultas 24/01/1997 Tutela, curatela y defensa judicial de mayores de edad, incapacitados legalmente, residentes en Galicia Fundación Universidade de Vigo 08/10/1997 Actividades auxiliares a la educación Pte Fundación Pública Escola Galega Administración Sanitaria Docencia, formación e investigación en la administración y gestión sanitaria, sociosanitaria 29/12/1997 (FEGAS) y salud pública Promoción, desarrollo y financiación de las actividades propias de la Universidad de A Fundación Universidade da Coruña 29/04/1998 Coruña y sus relaciones con la sociedad Fundación Pública Urxencias Sanitarias Galicia /06/1999 Gestión y coordinación de las demandas de asistencia sanitaria urgente extrahospitalaria Sí Fundación Pública Cidade da Cultura de Galicia 27/12/1999 Creación, explotación y promoción de áreas y centros de conservación, producción, exhibición y consumo cultural, comunicativo y tecnológico Instituto Feiral de Vigo 13/04/2000 Promoción de ferias y congresos No Aquae Querquennae - Vía Nova 20/07/2000 Protección, estudio y promoción del complejo arqueológico Pte Instituto Feiral da Coruña 22/12/2000 Promoción de ferias y congresos Sí Fundación Deporte Galego 28/06/2001 Promoción e incentivo del deporte y la práctica deportiva de la C. A. Gallega Sí Fundación Centro Tecnolóxico do Mar 27/07/2001 Contribuir a mejorar las condiciones para el desarrollo sostenible de los recursos marinos No Fundación Galicia Saúde 13/09/2002 Gestión y administración del área hospitalaria de la Mutualidad del Centro Gallego de Buenos Aires. Fundación Centro Tecnolóxico de Supercomputación de Galicia 04/10/2002 Mantener y ampliar el acceso a convocatorias de proyectos de investigación reservadas a instituciones sin ánimo de lucro Fundación Centro Tecnolóxico da Carne 12/11/2003 Fomentar la investigación y desarrollo en materia cárnica, mejorar las técnicas de gestión productiva y la formación de recursos humanos Fundación Centro Galego de Artesanía e Deseño 22/01/2004 Dotar el sector artesano gallego de los profesionales y técnicos que precise mediante una formación profesional no reglada y de carácter práctico Fundación Sotavento Galicia 01/08/2005 Promoción, apoyo y fomento de actuaciones de interés general destinadas a incentivar y divulgar las energías renovables Fundación Axencia Enerxética Provincial da Coruña 11/10/2006 Mejora y aprovechamiento de los recursos energéticos provinciales Sí Fundación Centro de Estudos Eurorrexionais Galicia-Norte Buscar sinergia y complementaridades en los centros académicos universitarios de la 30/01/2007 Portugal eurorregión para reforzar las capacidades entre las universidades Fomentar el estudio, investigación y difusión de la dieta atlántica para la salud y el Fundación Dieta Atlántica 30/10/2007 bienestar de la población Fundación Centro Tecnolóxico Agroalimentario de Lugo 03/12/2007 Promover, impulsar y apoyar el desarrollo tecnológico del sector agroalimentario Fundación USC Deportiva 31/01/2008 Promoción, incentivo y desarrollo de la actividad físico-deportiva universitaria Sí Fundación Centro Tecnolóxico de Telecomunicacións de Galicia 11/06/2008 Contribuir al fortalecimiento de la industria de las telecomunicaciones en Galicia No Fundación Galega da Formación para o Traballo 04/09/2008 Promover, aplicar e implementar actuaciones tendentes a la configuración de un sistema integrado de formación profesional en Galicia Vigo Convention Bureau 01/01/2010 Desarrollo de la economía productiva y social mediante la potenciación de infraestructuras turísticas Fundación Pública Camilo José Cela 25/09/2012 Promover el estudio de la obra de Camilo José Cela y conservar su patrimonio Pte Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Admón pública SEC Sí No Sí Sí Sí No Sí Sí Pte Sí Pte Sí Sí Sí No Sí Sí Sí- Estado No Pte 36

39 I.5. ENTIDADES PÚBLICAS NO INVENTARIADAS La identificación de las entidades integrantes del sector público autonómico realizada fundamentalmente por el Ministerio de Hacienda a través del Inventario de Entes Dependientes es una tarea compleja que se encuentra en permanente actualización. Es habitual que en cada publicación semestral aparezcan nuevas entidades que no habían sido identificadas en publicaciones anteriores, a pesar de estar ya constituidas o que se den de baja entidades que desaparecen o dejan de cumplir los requisitos para ser consideradas como integrantes del sector público autonómico No consta que la Comunidad Autónoma haya puesto en marcha el registro de entidades previsto en el artículo 52 de la LOFAXGA. Tampoco la existencia de un sistema que permita conocer con exactitud y de manera actualizada las entidades que cumplen o potencialmente puedan cumplir los requisitos legales para ser consideradas como integrantes del sector público, en particular, en entidades como las fundaciones en las que su pertenencia al perímetro de la Administración exige una evaluación periódica para comprobar si se cumplen los requisitos de control, patrimonio y financiación pública No constan en el inventario del Ministerio determinadas entidades cuyas características podrían determinar su pertenencia al sector público. En concreto, las fundaciones de investigación sanitaria y algunos centros tecnológicos Respecto a los centros tecnológicos, constituidos con forma de fundación, solo 5 se encuentran inventariados. Aunque en este tipo de entidades pueden concurrir circunstancias distintas que avalen su carácter público o privado es necesario tener en cuenta las siguientes cuestiones: los órganos de gobierno son mixtos y habitualmente el sector privado se reserva un número mayor de miembros. La financiación es mayoritariamente pública, aunque esta condición no otorga, por sí misma, carácter público a la fundación. Algunos centros tecnológicos desarrollan sus actividades en instalaciones públicas cedidas, por lo que este hecho debe ser valorado para comprobar si el patrimonio fundacional es mayoritariamente público En lo referente a las fundaciones de investigación sanitaria, el criterio del Consello de Contas manifestado en los informes de la Cuenta General del SERGAS es que estas entidades deben ser consideradas integrantes del sector público, sin embargo, en la actualidad siguen sin estar inventariadas en la Administración autonómica La Administración autonómica no dispone de un inventario de entidades con participación pública autonómica pero sin control por parte de la Comunidad (participación autonómica minoritaria). Este inventario debería incluir las sociedades mercantiles, los consorcios y las fundaciones en las que la Administración realice aportaciones y/o participe en sus órganos de 37

40 gobierno. Esta información resulta necesaria para conocer la situación de entidades en las que varias administraciones, a través de sus aportaciones, ostentan el control aunque individualmente consideradas ninguna tenga una participación mayoritaria. En la actualidad, no se está ejerciendo control ni seguimiento alguno sobre estas entidades sin que se incluyan en los presupuestos ni rindan cuentas. Esta circunstancia concurre en alguna entidad que figura en el inventario del Ministerio de Hacienda por ejemplo, la Sociedad y la Fundación Parque Eólico Sotavento. En estas entidades la participación de la Xunta y del Estado alcanza el 51%, siendo la Xunta, a través del Inega, el accionista con mayor participación (30,5%). 38

41 I.6. PLAN DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DEPENDIENTE En abril de 2010 el Consello de la Xunta acordó iniciar un plan de evaluación y racionalización de las entidades públicas dependientes. A este plan le siguió otro en junio de En septiembre de 2014 se aprobó la III fase del plan de racionalización Ninguno de estos planes fue objeto de publicación ni tampoco los informes en los que se evalúa su grado de realización (informes de seguimiento). La Xunta tampoco ofrece información específica sobre estos planes en su página web. La única información proporcionada por la Administración autonómica se contiene en la referencia de los Consellos de la Xunta celebrados en los que se facilita un resumen informativo a los medios de comunicación de los acuerdos adoptados. A pesar de ello, a nivel central el Ministerio de Hacienda publica semestralmente un informe sobre reordenación del sector público autonómico La Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de Racionalización del Sector Público Autonómico dispone en el segundo apartado del artículo 2 que la consellería competente en materia de evaluación y reforma administrativa elaborará al menos cada tres años planes de racionalización y reestructuración que analicen la estructura organizativa y la dimensión orgánica de la Administración General y de las entidades que integran el sector público autonómico, tomando como referencia el principio de racionalización del gasto y la mejora de la gestión del sector público. Hay que señalar que la competencia recae en la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa dependiente de la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza La Comunidad Autónoma había comprometido inicialmente una reducción de 64 entidades a fecha 1 de julio de Según la información publicada referida a 1 de enero de 2015 la reducción global comprometida por la Comunidad era de 64 entidades. En dicha fecha la reducción efectiva fue de 46 entidades y en otras 6 el proceso se encontraba en un estadio muy próximo a la extinción. Tanto la importancia relativa de la reducción comprometida como el grado de ejecución son similares al promedio de las restantes comunidades Un aspecto de especial relevancia para valorar adecuadamente los procesos de reordenación que ha experimentado el sector público autonómico es la valoración de los costes, ingresos y resultados económicos asociados a dichos procesos; así como de los efectos esperados en materia de reducción de personal y los ahorros estimados por las bajas netas de entidades expuestas. A pesar de que la reducción neta formulada afecta al 32,7% del total de entidades, la importancia económica de un gran número de las extinguidas es menor. De hecho, los ahorros previstos para todo el período por las bajas es de 19,69 M (siendo 13,94 M el ahorro real) lo que 39

42 representa en torno al 1% de los fondos gestionados por las entidades dependientes La Xunta de Galicia no aporta información detallada sobre el origen y composición de los ahorros previstos, ni sobre el destino del patrimonio de las entidades disueltas y sobre las soluciones adoptadas en relación con el personal de las entidades extinguidas. Desde un punto de vista de la transparencia, debería facilitarse información sobre todos estos extremos Tomando como punto de referencia inicial de los procesos de reordenación el 1 de julio de 2010, fecha en la que el número de entidades ascendía a 159, el cuadro 10 muestra la variación porcentual del tipo de entidades instrumentales en el período analizado a partir de los datos del inventario del Ministerio y tomando como referencia a clasificación por formas jurídicas que figura en dicho inventario. Cuadro10. Evolución del sector público de la C.A. de Galicia Tipo entidad 01/07/ /01/2015 %variación s/2010 Organismos autónomos Entidades públicas empresariales - 1 EN La Agencias públicas autonómicas Sociedades mercantiles públicas Fundaciones del sector público autonómico Consorcios autonómicos Entidades derecho público Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INVENTE Es relevante el análisis de la incidencia en la contención del gasto público que supuso la reducción de la Administración institucional en el sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia. Con los datos procedentes del MINHAP se evalúan los efectos que se reflejan en el cuadro 11 y que ponen de manifiesto tanto los importes estimados y realizados por bajas netas en los procesos de reordenación como las desviaciones, situándose el global en un 29% por debajo de las cifras inicialmente previstas. Cuadro11. Efectos por bajas netas en los procesos de reordenación Efectos por las bajas netas en los procesos de reordenación (Datos económicos en euros) CA de Galicia 2011 s/2010 real 2012 s/2011 real 2013 s/2012 real 2014 s/2013 av 2015 s/2014 estimado Total Estimado Realizado Desviación -33% -21% -25% 0,00% 174% -29% Fuente: elaboración propia a partir de datos del MINHAP. Informe de reordenación del sector público 40

43 1.58. Además de la supresión y reordenación de entidades, la Administración impulsó otras medidas de racionalización en las entidades que subsisten, principalmente en materia de personal y limitación de las retribuciones de altos cargos. II. RENDICIÓN DE CUENTAS, TRANSPARENCIA Y CONTROL 2.1. En este epígrafe se analizan la rendición de cuentas, el nivel de transparencia de la información económica y el grado de control de las entidades instrumentales. II.1. RENDICIÓN DE CUENTAS 2.2. Las entidades instrumentales están obligadas a rendir sus cuentas anualmente al Consello de Contas de Galicia para su fiscalización Según el TRLRFPG la Administración autonómica formará anualmente la Cuenta General de la Comunidad que abarcará la totalidad de las operaciones económicas llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración y sus entes dependientes. Tradicionalmente no todas las entidades controladas por la Administración autonómica integran sus estados contables en la Cuenta General. De este modo, la rendición de las cuentas al Consello se hacía a través de dos medios: La Cuenta General rendida por conducto de la Intervención General antes de 31 de octubre del año siguiente al que se refiere (en la actualidad el 30 de septiembre). Las cuentas individuales de las restantes entidades que son remitidas directamente por estas al Consello de Contas, siendo el plazo legal límite de rendición antes de 30 de julio. Esta remisión fragmentada se enmendó de manera casi total ya que en 2011 y 2012 se integraron en la Cuenta General la práctica totalidad de las entidades públicas dependientes. Este hecho viene propiciado por la considerable ampliación del perímetro de los presupuestos a partir de 2010, como consecuencia de la reforma de la Ley de Régimen Financiero realizada por la Ley 3/2009. Esta norma modificó el ámbito subjetivo de los presupuestos, pero no así el de la Cuenta General, por lo que en la actualidad se produce una asimetría entre el ámbito subjetivo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma y la Cuenta General, que debe ser corregida. Este problema fue ya advertido por el Consello de Contas en su informe sobre la Cuenta General de 2008, en el que se recomendaba que, hasta que se efectuara la reforma de la Ley, era conveniente integrar en la Cuenta General a todas las entidades públicas autonómicas La Ley 8/2015, de 7 de agosto, de reforma de la Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consello de Contas, y del Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, 41

44 aprobado por el Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, para la prevención de la corrupción, en su artículo segundo modifica el artículo 121 del Decreto Legislativo 1/1999 que ahora dispone: «1. La Cuenta General de la Comunidad Autónoma de cada año se remitirá, tras el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, al Consello de Contas y al Tribunal de Cuentas, antes del 30 de septiembre del año siguiente al que se refiere.» Rendición en La Intervención General rindió, en plazo, la Cuenta General del ejercicio 2014, indicando que aunque las entidades autonómicas no adaptaran su normativa a la clasificación establecida por la LOFAXGA, la Ley 11/2013 de 26 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2014 se ajusta a ella por lo que la Cuenta General se presenta de acuerdo con dicha Ley y además de la información relativa a la Administración General de la Comunidad Autónoma incluye las cuentas de 9 organismos autónomos, 2 entidades de consulta, 13 agencias, 2 entidades públicas empresariales, 14 sociedades mercantiles, 17 fundaciones públicas y 8 consorcios. Estas cuentas están disponibles en la siguiente dirección electrónica En el cuadro 12 se muestra un resumen de la rendición de cuentas del En el cuadro 13 las entidades que no rindieron sus cuentas en Cuadro12. Situación de la rendición de cuentas de 2014 EJERCICIO 2014 Tipo pde entidad Rendición en plazo Rendición en plazo directa Rendición fuera de plazo No rendidas Total OOAA y entidades de consulta Agencias Entidades públicas empresariales Sociedades públicas Fundaciones Consorcios TOTAL Fuente: elaboración propia a partir de las cuentas rendidas 42

45 Cuadro13. Cuentas de 2014 no rendidas EGAP OOAA AGENCIAS Axencia para a Xestión Integrada e a Avaliación da Formación Profesional Axencia Galega de Servizos Sociais Augas de Galicia EPES CONSORCIOS Consorcio contra Incendios e Salvamento das Comarcas do Carballiño e do Ribeiro Consorcio Servizo contra Incendios e Salvamento Comarcas Deza e Tabeirós Terra de Montes Consorcio Audiovisual de Galicia Consorcio Centro Oncolóxico de Galicia Consorcio Cidade de Santiago de Compostela SOCIEDADES PÚBLICAS Sociedade Imaxe e Promoción Turística de Galicia, S.A. (TURGALICIA), en liquidación Desenvolvemento Comarcal de Galicia, S.A. (SODECOGA) Sociedade Galioil, S.A. (sin actividad) Sociedade Xestora de Intereses Univ. Santiago de Compostela (UNIXEST, S.L.) RELACION DE CUENTAS NO RENDIDAS EN 2014 Fundación Rof Codina Instituto Feiral da Coruña (IFECO) Fundación Galicia - América Fundación Galicia Saúde Vigo Convention Bureau Aquae Querenneae - Vía Nova Fundación Sotavento Galicia FUNDACIONES Fundación Universidade da Coruña (FUAC) Fundación Dieta Atlántica Fundación USC-deportiva Sociedade para a Promoción de Iniciativas Empresariais Innovadoras, S.L. Adiante 2000 Corporación Universidade da Coruña, S.L UNINOVA, S.L. Estación de Inverno de Manzaneda, S.A. Sotavento Galicia, S.A. Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A. Cidade Universitaria, S.A. Cursos Internacionais Universidade Santiago de Compostela, S.A. Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Fundación Centro de Estudos Eurorrexionais Galicia-Norte Portugal Fundación Centro Tecnolóxico Agroalimentario de Lugo Fundación Centro Tecnolóxico de Telecomunicacións de Galicia Fundación Axencia Enerxética Provincial da Coruña Fundación Pública Galega Camilo José Cela Emprende Galicia Iniciativas Emprendedoras Tecnolóxico I2C Xes-Impulsa Ferrol Xes-Innova 2.7. Rindieron individualmente y directamente sus cuentas del ejercicio 2014: FONDOS CAPITAL RIESGO -La Fundación Instituto Feiral de Vigo, la Fundación de Feiras e Exposicións de Ourense (EXPOURENSE) y la Fundación Universidade de Vigo. -El Consorcio Augas de Valdeorras, Centro Asociado Uned Ourense y los consorcios provinciales contra incendios y salvamento de A Coruña y Lugo y los comarcales de Verín y Valdeorras. Todos estos consorcios rinden sus cuentas telemáticamente a través de la plataforma para las entidades locales Por lo que se refiere a las entidades que no rindieron sus cuentas conviene efectuar una serie de precisiones: a) El Organismo Autónomo Escola Galega de Administración Pública y la Entidad Pública 43

46 Empresarial Augas de Galicia 14 no rinden sus cuentas y así aparece manifestado en la propia memoria de la Cuenta General de la Comunidad presentada por la Intervención. La Escola Galega de Administración Pública aprobó sus cuentas el 14 de julio de 2015, es decir, antes de la finalización del plazo de remisión de cuentas por parte de la Intervención General. Las cuentas de la EGAP fueron facilitadas al Consello de Contas durante el plazo de alegaciones a este informe aduciendo un error material como explicación de la no rendición en plazo. a.2 b) La Axencia para a Xestión Integrada e a Avaliación da Formación Profesional y la Axencia Galega de Servizos Sociais no presentaron cuentas ya que la primera no tiene actividad y la segunda comienza sus actividades en c) Respecto a los consorcios que no rinden sus cuentas: - El Consorcio Cidade de Santiago de Compostela está integrado en el sector estatal. - Los consorcios Audiovisual de Galicia y Oncolóxico no presentan actividad aunque se deberían aportar las cuentas hasta su completa extinción. - Los consorcios comarcales contra incendios de O Carballiño, de O Ribeiro y de O Deza y Tabeirós Terra de Montes no presentan cuentas ni integradas en la Cuenta General ni directamente, ni telemáticamente a través de la plataforma de rendición o bien en papel. d) Respecto a las sociedades públicas: - Turgalicia, Sodecoga y Galioil se encuentran en proceso de disolución aunque las cuentas deberían ser aportadas hasta su completa extinción. - Las sociedades dependientes de las universidades. Todas estas cuentas deberían ser facilitadas puesto que se trata de sociedades públicas. En concreto, no figuran las cuentas de Corporación Universidade de A Coruña, S.L.; Sociedade Xestora de Intereses da Universidade de Santiago de Compostela (UNIXEST, S.L.); Sociedade para a Promoción de Iniciativas Empresariais Innovadoras, S.L.; Uninova, S.L; Cidade Tecnolóxica de Vigo, S.A.; Cidade Universitaria, S.A. y Cursos Internacionais Santiago de Compostela, S.A. - No rinden sus cuentas Sotavento Galicia, S.A. ni la Estación de Inverno de Manzaneda, S.A. En estas sociedades la participación de la Comunidad es inferior al 50%. En cualquier caso, son empresas con mayoría pública conjunta, es decir, donde un conjunto de administraciones controlan la gestión y, por tanto, deben ser consideradas sociedades públicas. En estas dos sociedades la Xunta de Galicia es el accionista principal por lo que debería rendir las cuentas de 14 Estas dos entidades no aportaron sus cuentas a la Intervención General en plazo y por este motivo no fueron incluidas en la Cuenta General rendida por la Intervención. Sin embargo, las cuentas de la entidad pública empresarial Augas de Galicia fueron obtenidas en el marco de un proceso de fiscalización y sus datos fueron incorporados a este informe para realizar el análisis económico del sector instrumental. a.2 Párrafo modificado en trámite de alegaciones. 44

47 estas entidades y someterlas a su control. - No rinden cuentas los Fondos de Capital Riesgo gestionados por Xesgalicia. Las cuentas anuales de dichos fondos están disponibles en la página web de Xesgalicia, sin que este extremo sustituya el deber de rendición. II.2. TRANSPARENCIA 2.9. La información económica y financiera rendida por las entidades dependientes pone de relieve una serie de defectos que deberían corregirse con el objeto de incrementar la transparencia sobre la actividad desarrollada por el sector instrumental. A) Medio de presentación de las cuentas Según la legislación vigente, la Cuenta General comprende todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración. Por lo tanto, la rendición de todas las cuentas del sector público autonómico debería realizarse en un acto único, a través de la Intervención General, integradas en la Cuenta General de la Comunidad. Como se ha indicado anteriormente, en las cuentas de 2011 y 2012 se amplió notablemente el perímetro de la Cuenta General y se completó en En todo caso, es oportuno reformar la normativa para ampliar el ámbito subjetivo de la Cuenta incluyendo a todos los entes dependientes, en la línea con lo que ya sucede en la práctica En la actualidad, la rendición de las cuentas por parte de las entidades dependientes a la Intervención General y de esta al Consello de Contas se efectúa en papel o en formato PDF mediante escaneo de las cuentas anuales. La experiencia de otras administraciones, en todos los niveles (central, autonómico y local), ponen de relieve la posibilidad y oportunidad de implementar un sistema de rendición telemática. Es preciso destacar que esta cuestión se trata en la Ley 8/2015, de 7 de agosto, de reforma de la Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consello de Contas, y del Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, para la prevención de la corrupción establece: Se crea una comisión mixta formada por representantes del Consello de Contas y de la Intervención General de la Comunidad Autónoma con el objetivo de intercambiar información implantando la rendición telemática, facilitar el acceso a la documentación y mejorar el seguimiento de las recomendaciones contenidas en los informes de control. La composición, la organización y el funcionamiento de la comisión se regularán en un convenio de colaboración. Este convenio fue firmado el 5 de abril de B) Plan de contabilidad aplicado Las entidades del sector público autonómico elaboran sus cuentas siguiendo planes contables distintos: el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia, el Plan General de Contabilidad de la 45

48 Empresa (o de las PYMES en su caso) y la adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro El régimen contable aplicado por cada tipo de entidad varía en función de su forma jurídica: Los organismos autónomos, las agencias y los consorcios aplican el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia. También aplican este plan Augas de Galicia y Portos de Galicia aunque con algún criterio tomado del plan privado. Las sociedades públicas y la entidad CRTVG forman sus cuentas de acuerdo con los principios contables y normas de valoración del Plan General de Contabilidad de la Empresa. Las fundaciones públicas, en general, aplican el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos La aplicación de planes distintos (públicos y privados, generales o sectoriales, normales o abreviados), aunque viene obligada o está permitida por la normativa no contribuye a ofrecer la mejor información económica sobre la actividad desarrollada por distintos motivos: En primer lugar, el hecho de que la forma jurídica de muchas entidades como sociedades mercantiles no se ajuste a su verdadera naturaleza económica (administrativa y no empresarial) provoca que la aplicación del plan empresarial privado no sea la más adecuada para ofrecer la imagen fiel del patrimonio y de los resultados de la empresa. En segundo lugar, la pertenencia de las fundaciones y sociedades mercantiles al sector público exigiría que aportaran información adicional a la que prevé la normativa privada y que en la actualidad no recogen en sus cuentas. En tercer lugar, los criterios de valoración y de registro contable difieren entre entidades, lo que afecta a la comparabilidad y dificulta la hasta ahora limitada consolidación contable. C) Mecanismos de publicidad y difusión La Intervención General no publicaba en su web la Cuenta General. Esta carencia se enmendó recientemente con la puesta en marcha del portal de transparencia incluyéndose la publicación de la Cuenta General de Por otra parte, con carácter general las entidades dependientes publican en internet sus cuentas. D) Actualización del marco contable El Plan de Contabilidad Pública de Galicia fue aprobado en 2001 y está inspirado en el Plan General de Contabilidad Pública de 1994 y en el plan privado del año Estas dos normas que sirvieron de base al plan gallego están en la actualidad derogadas y fueron sustituidas por planes 46

49 nuevos inspirados en el pronunciamiento de organismos internacionales en materia de contabilidad. La convivencia del plan público gallego, que contiene normas y criterios contables muy diferentes al nuevo plan privado aplicado por las sociedades y fundaciones públicas, afecta a la homogeneidad de la información, a su comparabilidad y dificulta los trabajos de consolidación de cuentas. Además, el hecho de que en la Administración central y en algunas comunidades autónomas se estén aplicando planes actualizados también dificulta la comparación y ponen de relieve la necesidad de actualizar el marco contable de la Administración gallega. E) Falta de instrucciones y guías contables No existen instrucciones o guías contable que desarrollen el marco normativo aplicable a las entidades dependientes. Un marco normativo heterogéneo como el descrito (diferentes planes, distintos medios de rendición, diversos tamaños,...) exigiría la elaboración de instrucciones contables por la Intervención General que clarificasen el régimen aplicable a cada entidad, realizasen las adaptaciones de los planes a las entidades cuando sea necesario, normalizasen los formatos de rendición y, sobre todo, detallasen el contenido de las memorias. F) Defectos en las memorias elaboradas La memoria se configura como un elemento básico para mejorar la transparencia de las cuentas públicas, ya que le corresponde completar, comentar, ampliar y explicar el resto de estados contables. Con todo, el análisis de las memorias rendidas pone de manifiesto importantes deficiencias En las entidades sometidas al Plan de Contabilidad Pública, las memorias, con carácter general, no ofrecen información sobre todos los apartados contemplados en la norma o la información ofrecida es vaga y general. El hecho de que el Plan de Contabilidad Pública de Galicia únicamente enuncie los apartados sobre los que se debe aportar información pero no regule su contenido ni el formato de la información provoca la heterogeneidad de los documentos elaborados e incentiva sus carencias. Sin embargo, es preciso poner de manifiesto que a partir del ejercicio de 2013 se observa una notable mejora en la calidad de las memorias elaboradas por las agencias públicas Por su parte, las fundaciones y sociedades mercantiles elaboran la memoria según los modelos y contenido legal fijados en los planes privados. El problema, en este caso, radica en que la normativa privada es insuficiente para informar sobre muchos extremos que resultan necesarios teniendo en cuenta la pertenencia de estas entidades al sector público. Estas lagunas deberían ser cubiertas por una orden de la Consellería de Facenda en la que se regulase el contenido de esta 47

50 obligación de facilitar documentación adicional económico-financiera y los formatos de presentación. G) Falta de consolidación Las cuentas de la Administración General y de las entidades dependientes se presentan de manera individual sin que, prácticamente, se ofrezca información consolidada. En la actualidad, se han producido algunos avances y la Cuenta General ofrece algunas variables y estados consolidados de la Administración General, los organismos autónomos y agencias. Con todo, no existe consolidación de los datos de las entidades públicas empresariales, sociedades, consorcios y fundaciones que se presentan exclusivamente de forma individual sin que se ofrezca en ningún documento una visión global sobre la situación y evolución de este sector. H) Falta de información sobre aspectos económicos y de gestión básicos Con carácter general, la documentación rendida por las entidades dependientes no incluye información sobre los siguientes aspectos considerados esenciales para cumplir con la obligación de dar cuenta de la gestión realizada Información de carácter presupuestario. Las entidades sometidas al Plan de Contabilidad Pública ofrecen información presupuestaria sobre la ejecución del gasto, del ingreso y las modificaciones presupuestarias. Las fundaciones y sociedades públicas, a pesar de su obligación de elaborar presupuestos de explotación y de capital, no ofrecen información sobre la ejecución de estos en sus cuentas anuales Información sobre el cumplimiento de la legislación de contratos del sector público. Las entidades sometidas al Plan de Contabilidad Pública están obligadas a ofrecer información sobre la contratación administrativa del ejercicio. Con todo, algunas entidades no ofrecen esta información. En las entidades en las que se incluye este apartado, ofrecen información heterogénea que difiere en contenido y alcance. Por otra parte, las fundaciones y sociedades mercantiles no ofrecen ninguna información sobre esta cuestión a pesar de su consideración como poderes adjudicadores a efectos de la ley de contratos Información relativa al personal. La información ofrecida sobre este apartado por las entidades dependientes también es escasa o inexistente. La información debería contener la distribución y retribuciones por categorías, la distribución por tipo de contrato y nivel profesional y una explicación sobre la variación de la masa salarial y del número de efectivos en el ejercicio Información sobre el grado de ejecución de contratos-programa y encomiendas de gestión. La información rendida no contiene información sobre estos extremos. En la medida en que va en 48

51 aumento el modelo de agencias en las que el contrato de gestión ocupa un papel esencial y toda vez que las encomiendas de gestión son una figura jurídica cada vez más empleada en las relaciones entre la Administración General y las entidades dependientes, se hace necesaria la elaboración de información específica sobre estos aspectos Información sobre el coste de actividades e indicadores de gestión. La LOFAXGA establece con carácter general para las Agencias la publicación en la sede electrónica de estas de información actualizada sobre los siguientes aspectos de gestión: a) Contrato de gestión b) Plan de acción anual c) Informe de actividad d) Cuentas anuales e informe de auditoría El siguiente cuadro resume la información que es presentada por las agencias públicas autonómicas conforme a lo expresado anteriormente. Cuadro14. Análisis de la información para publicar en la sede electrónica AGENCIA Contrato gestión Plan acción anual Informe actividad Cuentas Informe auditoría AGADIC No No No Sí Sí AXI Sí No No No No AMTEGA Sí Sí Sí Sí Sí ATRIGA Sí Sí Sí Sí Sí ATURGA No No No No No CIXTEC No No No No No IGAPE No No Sí No No INEGA No No No Sí Sí INGACAL No No No No No INTECMAR No No No Sí Sí AXEGA No No No No No AGADER No Sí No No No GAIN No No No Sí Sí Fuente: elaboración propia a partir de información de las sedes electrónicas de las agencias 49

52 Podemos concluir que con carácter general las agencias no presentan la información de carácter económico financiero requerida por la normativa que les es de aplicación Información sobre déficit y deuda pública. Las entidades dependientes no ofrecen ninguna información sobre estos extremos. En la Cuenta General se incluye información resumida sobre las entidades que consolidan, su déficit y su deuda con la Administración General y sobre el cálculo de la necesidad o capacidad de financiación. La Intervención General debería completar esta información indicando de forma individualizada el déficit/superávit y la deuda en términos SEC de cada entidad Compromisos de gastos futuros, litigios, riesgos e incertidumbres. Las entidades sometidas al plan público informan de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. No sucede lo mismo en el resto de entidades. La información sobre los gastos con repercusión presupuestaria en el futuro y sobre todos aquellos hechos que puedan afectar de manera significativa a los próximos ejercicios deberían ser específicamente mencionados en la memoria para poder comprobar el cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera entendido como la capacidad de asumir compromisos que puedan ser atendidos en el futuro Información sobre las operaciones con la Administración General y con las restantes entidades dependientes. Tampoco esta información es accesible, en todos los casos, mediante consulta a las cuentas anuales de las entidades. Además, los criterios de elaboración difieren considerablemente en las entidades en que se incluye información al respecto. Un apartado de la memoria en el que se indicaran los ingresos y gastos, así como los activos y pasivos existente vinculados a la Administración General y a las restantes entidades dependientes permitiría identificar las operaciones internas y se configura como condición necesaria para proceder a la consolidación de las cuentas Informes de gestión y memorias de actividad. La mayor parte de las sociedades mercantiles (obligadas por la legislación mercantil) y algunos entes públicos adjuntan a las cuentas anuales un informe de gestión. Valorando positivamente este hecho, es preciso señalar que casi ningún informe aporta información sobre los riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta la entidad, ni sobre sus políticas de inversión, ni referencian hechos significativos sobre la evolución de la actividad. Aunque no forman parte de las cuentas anuales, las memorias de actividad y los informes de gestión deberían adjuntarse a estas o darles difusión y publicidad a estos documentos que sirven para conocer, desde la perspectiva de gestión, las actividades desarrolladas por las entidades en el ejercicio Plazos de pago. Las sociedades mercantiles están obligadas a proporcionar información sobre el cumplimiento de la normativa sobre morosidad. Esta obligación debería extenderse a todas las entidades públicas. Además, la Intervención General debería elaborar instrucciones que 50

53 homogeneizaran la información de este apartado que en la actualidad difiere notablemente entre el pequeño porcentaje de organismos que facilitan esta documentación. I) Falta de coherencia de la información Destacamos los siguientes hechos de las cuentas presentadas por el IGVS: a) No coinciden los importes de los totales del Activo y del Pasivo del Balance en b) Como consecuencia de lo anterior surgen incertidumbres acerca de la fiabilidad e integridad de la información proporcionada por el sistema. c) Según las cuentas presentadas, el Remanente de Tesorería es de mientras que en el Informe Memoria de la Intervención General dicho remanente figura por importe de Se ha comprobado que los remanentes de tesorería que constan en las cuentas presentadas por las entidades objeto del presente informe no coinciden en muchos casos con las que aparecen en el Informe Memoria que acompaña la Cuenta General de la Comunidad. En el cuadro 15 se pone de manifiesto esta falta de coherencia que impide conocer el verdadero valor de dicha cifra. Cuadro15. Diferencias en el remanente de tesorería ( ) Ente Remanente s/cuentas Remanente s/ informe memoria Axencia Galega de Innovación Axencia Tributaria de Galicia Axencia de Turismo de Galicia Instituto Galego de Promoción Económica Instituto Enerxético de Galicia Axencia de Industrias Culturais Axencia Galega de Infraestruturas Fuente: elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Se han observado inconsistencias importantes en la información contable rendida. Sirvan como ejemplo el Consello Económico e Social y la entidad pública empresarial Augas de Galicia. En el Consello Económico e Social el total del activo consta con un importe negativo, mientras que en el pasivo se incluye en el epígrafe de acreedores a corto plazo la cantidad de ,31. Por su parte, las cuentas de la entidad pública empresarial Augas de Galicia muestran en el epígrafe Activo Circulante un importe de -79M, consecuencia de un saldo de provisiones por -128M muy superior al propio saldo de las partidas provisionadas. 51

54 II.3. CONTROL Control interno de la Consellería de adscripción El control económico-financiero de las entidades dependientes se realiza por distintos órganos, a distintos niveles y a través de modalidades o formas distintas Un primer nivel de control es el que ejerce la propia entidad y sus órganos de gobierno sobre la actividad desarrollada. En este control, en su vertiente económica, ocupa un papel central el control presupuestario, con el objetivo de llevar un control sobre la ejecución de sus presupuestos de gasto, con independencia de que estos sean limitativos o estimativos. Este control resulta aún más imprescindible en la medida en que la mayor parte de las entidades se financian con recursos públicos. A partir del año 2009 se producen avances importantes en la información que incluyen los presupuestos elaborados por las sociedades y fundaciones públicas que deberán detallar los objetivos estratégicos y operativos perseguidos, los medios personales de los que se dispone y la financiación, transferencias y subvenciones recibidas. En cualquier caso, no consta que se haga un seguimiento periódico del nivel de cumplimiento de los objetivos establecidos en los presupuestos aprobados La normativa también prevé la existencia de controles de eficacia desarrollados por las consellerías de adscripción sobre algunos organismos dependientes, sin que exista constancia de que este tipo de control esté desarrollándose. Control interno de la Intervención General El principal control interno económico-financiero es el realizado por la Intervención General El control de la Intervención General es ejercido básicamente a través de dos modalidades: fiscalización previa o control financiero permanente. El primero supone una intervención previa de los actos de contenido económico que puede tener carácter suspensivo. El segundo sistema de control se sustenta en dos elementos: a) en el deber por parte de los entes controlados de comunicar, con carácter previo, las decisiones de gasto, mediante un extracto del expediente, a la Intervención General que emitirá un informe que no tendrá efectos suspensivos y b) en el control posterior realizado por la Intervención General mediante auditorías y según un plan anual La LOFAXGA supuso la modificación de la estructura y tipología de las entidades dependientes. En lo que afecta al control, esta norma remite a lo que disponga la normativa de régimen presupuestario y financiero. El problema radica en que el TRLRFP no se actualizó en materia de control (sí fue modificado el régimen presupuestario) por lo que resulta aplicable la disposición transitoria cuarta de la LOFAXGA. Esta disposición señala que el régimen previsto para los antiguos 52

55 organismos autónomos administrativos se aplicará a los organismos autónomos y a los consorcios, el régimen de los antiguos organismos autónomos comerciales se aplicará a las entidades públicas empresariales y, por último, el de las sociedades públicas a las sociedades mercantiles y fundaciones. Por lo que se refiere a las agencias, la LOFAXGA señala que el control interno corresponde a la Intervención General sin establecer en concreto ninguna modalidad de control. Por lo tanto, es necesario actualizar la normativa de control para establecer un régimen que fije el marco general aplicable a cada tipo de entidad evitando las asimetrías entre el sector público definido por la LOFAXGA y el sector público a efectos de presupuestos, contabilidad y control, al mismo tiempo tampoco coincidentes entre ellos En la práctica, los organismos autónomos y algunas agencias están sometidos a control de la Intervención en su modalidad de fiscalización previa, es decir, mediante la intervención previa de los actos de contenido económico. Por su parte, otras agencias, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles y las fundaciones públicas están sometidas al control de la Intervención General en su modalidad de control financiero permanente. No consta la realización de actuaciones de control sobre los consorcios El control ejercido tiene una orientación fundamentalmente de legalidad, debiendo potenciarse los controles financieros orientados a conocer la situación financiera, en particular sobre la ejecución presupuestaria, la capacidad o necesidad de financiación, el endeudamiento comercial y los riesgos e incertidumbres que afecten a la sostenibilidad financiera. También deben priorizarse las auditorías operativas orientadas a verificar el cumplimiento de los objetivos estratégicos y operativos y la buena aplicación de los fondos asignados. Estos trabajos permitirían tener un mejor conocimiento para la racionalización y reordenación del sector en el que la información económica debe ser un elemento fundamental en las decisiones que se aprueben La Intervención General no elabora un informe comprensivo de las actuaciones desarrolladas en el ejercicio de control permanente. Este informe, que contendría los resultados y conclusiones más relevantes derivadas del ejercicio del control financiero permanente y de la auditoría pública, posibilitaría un conocimiento sobre la situación de las entidades en relación con la observancia de los requisitos y adecuación a la normativa que regula su gestión Es preciso ampliar el perímetro de control de la Intervención General a los fondos de capital riesgo y a las entidades públicas en las que la participación de la Xunta no es superior al 50% pero en las que es el socio público mayoritario. Ejemplos de estas entidades son, Parque Eólico Sotavento (tanto la sociedad como la fundación), Parque Tecnolóxico de Galicia y otras fundaciones públicas en las que la participación de todas las entidades públicas es superior al 50% pero en las que ningún socio, patrón o partícipe tiene el control de la entidad. Estas situaciones deberían ser objeto 53

56 de regulación con el fin de impedir que estas empresas, fundaciones y consorcios queden en una especie de limbo legal en las que ninguna de las administraciones tutelantes ejerza funciones de control. El mayor porcentaje de participación y financiación y el ámbito territorial de las actividades desarrolladas pueden ser los criterios empleados para asignar el control de la entidad a alguna de las administraciones que formen parte en ella. Informes de auditoría financiera Tanto la legislación mercantil como en materia de fundaciones obliga a las entidades de cierta dimensión a someter obligatoriamente sus estados contables anuales a una auditoría financiera realizada por un profesional independiente habilitado para el ejercicio de la profesión. Los informes de auditoría acompañan las cuentas anuales, sin formar parte de ellas, y recogen la opinión del auditor sobre si la contabilidad refleja la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad Por lo que respecta al sector público autonómico están obligadas a auditarse las siguientes entidades: 1. Las sociedades que de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital no puedan formular balance abreviado. Además, la normativa sobre auditoría de cuentas amplía el perímetro de auditoría a aquellas sociedades que durante un ejercicio económico obtuvieran fondos públicos por un importe acumulado de o bien ejecutaran contratos con la Administración por igual importe, siempre que suponga al menos el 50% de su cifra neta de negocio. 2. Las fundaciones en las que durante dos ejercicios consecutivos, en la fecha de cierre de estos, concurran al menos dos de las circunstancias señaladas en el artículo 37 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de Fundaciones de Interés Gallego: que el activo supere los 2,4 millones de euros, que la cifra de ingresos por su propia actividad supere los 2,4 millones de euros, que el número de trabajadores supere los 50 y que el valor de las ventas y de los gravámenes de bienes y derechos de la fundación realizados durante el ejercicio económico supere el 50 por ciento del valor total de su patrimonio. 3. Aquellas entidades en las que así lo exija su propia normativa. Esta situación concurre en las agencias públicas autonómicas y en algunos entes de derecho público en los que su normativa de creación prevé la realización de auditorías anuales Con carácter general, las sociedades de auditoría son contratadas directamente por las entidades controladas, sin que la Intervención General participe en este proceso de selección y seguimiento de los trabajos e informes. En este sentido, podría ser conveniente establecer un 54

57 proceso de participación de la Intervención en la contratación de estos trabajos y en el seguimiento de los resultados con el objetivo de un mejor desempeño de las funciones de control interno de la actividad económico-financiera que tiene atribuidas. En esta línea, es preciso destacar como avance que la Intervención procedió a la contratación de la auditoría de cuentas anuales de 2014 correspondientes a 6 agencias En el siguiente cuadro se relacionan, por tipo de entidad, los informes de auditoría aportados junto con las cuentas anuales de las entidades instrumentales en el ejercicio Cuadro16. Informes de auditoría de las cuentas anuales 2014 Tipo entidad Entidades que no aportan informe Entidades auditadas Informes favorables Informes favorables con salvedades Organismos autónomos y entidades de consulta Agencias Entidades públicas empresariales Sociedades mercantiles Fundaciones públicas Consorcios Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Se observa que una parte importante de las entidades que forman sus cuentas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia no someten sus cuentas anuales a auditoría financiera De las agencias, 3 de ellas fueron auditadas con salvedades en los informes. En la Axencia de Infraestruturas el auditor señala de forma destacada la existencia de de saldos en entidades financieras para los cuales no se proporcionó evidencia sobre su naturaleza; asimismo, conviene indicar que esta entidad no dispone de inventario de los bienes cedidos en adscripción y por lo tanto presenta fondos propios con importe cero En las entidades que se someten a la auditoría financiera predominan los informes con opinión de auditoría favorable sin salvedades. Ahora bien, en la mayor parte de estos informes se incluyen párrafos de énfasis del auditor que, sin afectar a la opinión sobre las cuentas, ponen de relieve una serie de observaciones normalmente sobre la situación financiera o la viabilidad de las entidades Las principales salvedades y observaciones realizadas en los informes pueden sistematizarse en los siguientes grupos: Incertidumbres sobre la continuidad de la actividad. Se produce esta observación en la sociedad mercantil XESTUR, S.A. y en las fundaciones Semana Verde y Galicia Europa. 55

58 2.55. Incertidumbres sobre los efectos económicos en las cuentas anuales procedentes de litigios o reclamaciones pendientes de resolver así como de sentencias pendientes de ejecutar; esta referencia se incluye en los informes de AXI, Fundación Deporte Galego, Retegal S.A., SOGAMA y Portos de Galicia Incertidumbres sobre los efectos económicos derivadas de actuaciones de comprobación e inspección tributaria. Se incluye en el informe de la Fundación Deporte Galego Salvedades relativas al inventario y a la valoración de bienes. Figura en los informes de la Axencia Galega de Infraestruturas, Portos de Galicia e Intecmar Observaciones relativas a la aplicación del Plan General de Contabilidad Pública de Galicia (no adaptado al Plan General de Contabilidad Pública vigente para el Estado publicado en la Orden EHA/1037/2010 de 13 de abril). Afecta a la Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia, Axencia Galega de Innovación y Axencia de Turismo de Galicia. 56

59 III. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DEL SECTOR INSTRUMENTAL 3.1. El objetivo de este epígrafe es ofrecer una visión consolidada de la situación económica del sector público instrumental con el fin de conocer su posición global y sus principales fortalezas y debilidades financieras. La estructura del epígrafe es la siguiente: 1) Los presupuestos de los entes dependientes 2) Situación económica consolidada a través de las siguientes variables: a. Volumen de recursos gestionados b. Nivel de autofinanciación c. Gastos de personal d. Remanente de tesorería o fondo de maniobra e. Resultado del ejercicio y patrimonio neto f. Endeudamiento 3) Estabilidad presupuestaria 4) Sostenibilidad financiera III.1. LOS PRESUPUESTOS DE LOS ENTES DEPENDIENTES 3.2. Las entidades instrumentales tienen un régimen presupuestario distinto en función de su forma jurídica Los organismos autónomos y las agencias tienen presupuestos de gastos limitativos y sus presupuestos consolidan con los de la Administración General. Por lo tanto, su funcionamiento, en este campo, es similar a la Administración General Las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles, las fundaciones públicas y los consorcios 15 tienen presupuestos estimativos y están obligados a elaborar un presupuesto de explotación y de capital. Sus presupuestos se adjuntan a los generales pero no consolidan con estos. Estas entidades tienen un régimen presupuestario más flexible Hasta 2010 los presupuestos no integraban a todas las entidades dependientes, ya que ni la mayor parte de las fundaciones y ninguno de los consorcios figuraban en los presupuestos 15 Hasta 2012 no existían previsiones legales que regulasen el régimen presupuestario de los consorcios. La ley de acompañamiento de los presupuestos de 2012 establece para estos el mismo régimen que las fundaciones y sociedades, es decir, presupuesto estimativo. También se prevé ese mismo carácter para los presupuestos de las entidades públicas empresariales. 57

60 generales. Esta limitación, puesta de manifiesto por el Consello de Contas en sus informes, fue corregida por la Ley 3/2009, que incorpora a los presupuestos a todas las entidades que, según las normas de contabilidad nacional (criterio SEC), tengan la consideración de Administración Pública. La nueva redacción amplió notoriamente el perímetro de los presupuestos y a partir de ella los presupuestos incluyen la práctica totalidad de entidades dependientes Un análisis de los presupuestos 16 de las entidades instrumentales desde 2002 permite observar como ha evolucionado la gestión del presupuesto, en términos relativos, por parte de las distintas entidades públicas. Para la elaboración del cuadro 17, dividimos el presupuesto en tres unidades: a) Administración General que incluye el presupuesto gestionado directamente por las consellerías. b) Sergas. c) Administración instrumental que engloba el presupuesto gestionado por los organismos autónomos, agencias, entes públicos, sociedades, consorcios y fundaciones. El siguiente gráfico refleja la evolución del porcentaje del presupuesto gestionado desde el año 2002 hasta el Gráfico 5. Evolución porcentaje presupuesto inicial Admón. xeral SERGAS Admón. instrumental Fuente: Elaboración propia a partir de los presupuestos generales 3.7. El análisis del gráfico anterior pone de manifiesto como en el año 2002 de cada 100 euros 15 eran gestionados por las entidades instrumentales. Este porcentaje se incrementa ligeramente en el período y sufre un crecimiento más considerable en el ejercicio 2010, donde 22 de cada 100 euros del presupuesto inicial eran gestionados por el sector instrumental. Este crecimiento tiene 16 El análisis se efectuó a partir de los presupuestos iniciales aprobados. Se efectuó una consolidación eliminando las transferencias internas, de tal manera que los recursos figuren en la entidad final que gestiona los fondos. También se eliminó la participación de las entidades locales en los tributos del Estado, ya que su inclusión en el presupuesto como recursos gestionados por la Administración General distorsionaría el análisis al tratarse de meras operaciones de tesorería que no deben figurar en el presupuesto y que en la actualidad, siguiendo el criterio expresado por este Consello, ya no se incluyen en este documento y tienen un tratamiento extrapresupuestario. 58

61 varios motivos 17 entre los que destacan: a) Incremento del presupuesto del Instituto Galego de Vivenda e Solo, b) Incremento del presupuesto de la Sociedade Pública de Investimento, c) Aumento del presupuesto de la Sociedade de Xestión do Plan Xacobeo y d) Incremento del presupuesto del IGAPE por la inclusión de las cantidades destinadas a concesión de créditos En los años 2011 y 2012 la participación del sector instrumental vuelve a situarse en el 17%. En los ejercicios 2013 y 2014 se observa un descenso significativo en el porcentaje de presupuesto gestionado en consonancia con el compromiso de racionalización del sector público autonómico Los presupuestos de 2013 a 2016 mejoran la información que se presenta sobre datos consolidados del sector público autonómico incluyendo dos cuadros que resumen el presupuesto de gastos y de ingresos de todo el sector público, detallado por capítulos y por tipo de entidad. De acuerdo con esta información y excluyendo las operaciones de amortización de deuda podemos señalar que la Administración General gestiona el 45% del presupuesto de gastos, el Sergas el 37% y las restantes entidades el 18%, consolidándose la tendencia de gestión descentralizada del presupuesto En términos absolutos, el cuadro 17 muestra la evolución de los presupuestos iniciales de los distintos tipos de entidades dependientes. Cuadro17. Presupuesto inicial por tipo de entidad (M ) Órgano Ejercicio OOAA 270,14 287,68 240,69 251,83 266,53 269,78 339,80 248,63 192,38 179,60 179,78 184,73 213,12 Agencias 29,80 28,65 24,81 520,21 677,21 604,47 628,01 695,86 Entes públicos y EPES 373,63 409,83 462,31 505,09 554, , ,02 691,33 270,92 197,00 129,65 114,14 121,18 Sociedades 419,87 547,97 759,31 773,36 925,68 683, ,00 674,35 588,94 495,20 673,23 636,60 406,10 Fundaciones 160,34 155,43 172,18 186,13 212,42 144,24 203,62 171,24 138,73 124,97 112,76 121,19 98,97 Consorcios 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 58,86 61,24 67,44 87,23 85,56 77,74 82,74 Total presupuestos 1.223, , , , , , , , , , , , ,97 Fuente: Elaboración propia a partir de los presupuestos generales El gráfico 6 muestra unos presupuestos iniciales del sector instrumental que fue creciendo de forma sostenida hasta En 2011 disminuye significativamente para mantenerse estable a partir 17 Para las entidades instrumentales con presupuesto estimativo se tomó la suma del presupuesto de explotación y de capital. Con todo, se observaron algunos errores en la elaboración de estos presupuestos y en los importes incluidos en la Ley como presupuesto de cada entidad sin que se mantenga un criterio de cómputo homogéneo a lo largo del tiempo. En el 2010, de manera generalizada, aparecen cantidades duplicadas en los presupuestos de explotación y de capital que inciden fuertemente en el crecimiento del porcentaje de gasto gestionado por el sector instrumental. 59

62 de ese año. Es necesario tener en cuenta que el presupuesto consolidado (organismos autónomos y agencias) aumentó desde 2012 por la generalización del modelo de agencia. Gráfico 6. Evolución presupuesto gestionado por la Administración instrumental Fuente: Elaboración propia a partir de los presupuestos generales Un buen indicador para conocer la evolución del sector instrumental es el análisis de las transferencias previstas en los presupuestos. Las subvenciones presupuestadas para la financiación del sector representaron en torno al 9,3% hasta En 2009 se produce una ligera bajada como consecuencia de la desaparición de las fundaciones públicas sanitarias. En 2010 crecen las transferencias a las sociedades y a los entes y sobre todo al IGVS. En 2011 las transferencias de financiación del sector bajan más de un 20% en un contexto de merma, en menor porcentaje, de los Presupuestos Generales de la Xunta. Por último, en 2012 crecen de nuevo las transferencias al sector tanto en términos absolutos como relativos, sobre todo por la creación de la Axencia de Infraestruturas cuyos fondos estaban integrados hasta ese año dentro de la Administración General. En 2013 y 2014 continúa esta tendencia por la puesta en funcionamiento de las agencias de Turismo, Tributaria, Innovación y Modernización Tecnológica. En los ejercicios 2014 y 2015 las transferencias internas prácticamente se mantienen al igual que la previsión para el Gráfico 7. Transferencias y subvenciones presupuestadas para el sector instrumental Fuente: Elaboración propia a partir de los presupuestos generales de la C.A. 60

63 III.2. SITUACIÓN CONSOLIDADA DE LOS ENTES DEPENDIENTES En este epígrafe se trata de analizar la situación económico-financiera en 2014 de las entidades públicas dependientes a través de las siguientes variables: recursos gestionados, grado de dependencia financiera, gastos de personal, solvencia a corto plazo, endeudamiento, fondos propios y resultado. El análisis se realiza tomando como base los datos reflejados en las cuentas anuales rendidas La situación financiera y patrimonial de las entidades se analizó a partir de los datos de sus cuentas anuales. La información que se ofrece agrupa los datos en función de la forma jurídica de cada tipo de entidad. En el proceso de consolidación se eliminaron tanto las operaciones internas entre la Administración General y los entes dependientes como las realizadas entre estos. En cualquier caso, las limitaciones de las cuentas puestas de manifiesto en el epígrafe II.2 dificultaron el proceso de consolidación y no garantizan la identificación idónea de la totalidad de las operaciones vinculadas y del origen y carácter de los recursos obtenidos y aplicados por la entidades. III.2.1. DIMENSIÓN DEL SECTOR INSTRUMENTAL EN En este subepígrafe se refleja la dimensión del sector instrumental desde una perspectiva agregada. Para ello, se identificaron todos los fondos gestionados en 2014 en atención a su origen, es decir, la fuente de la que proceden. En definitiva, se cuantificaron los recursos con los que contaron las entidades paralelas para hacer frente a sus gastos, tanto de explotación como de capital Los recursos gestionados por las entidades instrumentales en 2014, agrupados por tipo de entidad se reflejan en el cuadro 18: Cuadro18. Volumen de recursos gestionados (en millones de euros) Tipo de entidad Importe % Importe % Organismos autónomos (sin SERGAS) ,8 18,71 278,9 17,57 Agencias 550,0 36,77 584,5 36,81 Entidades públicas empresariales (incluido grupo CRTVG) 205,2 13,72 226,3 14,25 Sociedades 293,7 19,64 318,6 20,07 Fundaciones 85,0 5,68 116,5 7,34 Consorcios 71,8 4,80 62,9 3,96 TOTAL 1.485,5 100, ,7 100,00 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas 18 La EGAP no rindió cuentas en plazo. 61

64 3.17. Con carácter general no hay variaciones significativas siendo, respecto al año 2013 en términos relativos, las fundaciones las más afectadas por la merma de recursos gestionados en un 27%, mientras que los consorcios experimentan un ascenso de un 14% Los organismos autónomos no experimentan cambios importantes siendo escasa la relevancia cuantitativa de la no aportación de datos de la EGAP Dentro de las agencias públicas, el 95% de los recursos gestionados se explican por las transferencias que reciben ya sean de explotación o capital con cargo a los capítulos IV y VII. En el año 2014 las transferencias de explotación no experimentaron variaciones significativas pero las de capital se redujeron desde 451M a 415M, afectando fundamentalmente a la Axencia de Infraestruturas. Esta agencia gestiona un 42% de los recursos correspondientes a esta forma jurídica. Le siguen por orden de importancia cuantitativa la AMTEGA con un 14% y el IGAPE con un 10% Los datos disponibles de las entidades públicas empresariales indican un descenso del 9,32% en recursos gestionados que desagregadamente se explica por descensos de un 7% en CRTVG que representa un 49% del total de recursos gestionados, de un 22% en Augas de Galicia que supone un 36% de recursos, mientras que en Portos de Galicia se produjo un incremento del 32% que suponen un 15% de recursos gestionados En el sector sociedades son SOGAMA con un 39%, la SPI con un 20%, XESTUR con un 15% y GALARIA con un 10% las que concentran el mayor volumen de recursos gestionados. La mayor parte de la disminución de los recursos gestionados respecto al ejercicio anterior se concentra en la Sociedade Pública de Investimento El gráfico siguiente muestra la evolución temporal de los recursos gestionados por las entidades instrumentales en el período En él se aprecia un ajuste significativo en 2011, recuperándose posteriormente. 62

65 Gráfico 8. Evolución temporal de los recursos gestionados (millones de euros) Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas III.2.2. FORMA DE FINANCIACIÓN Y GRADO DE DEPENDENCIA FINANCIERA Los recursos gestionados por las entidades instrumentales proceden de distintas fuentes: ingresos por prestación de servicios, ingresos financieros, subvenciones corrientes y de capital de la Administración autonómica o de otros entes públicos (fondos estatales, europeos...), ampliaciones de capital, aportaciones de socios para compensar pérdidas, endeudamiento y otros ingresos Las aportaciones procedentes de la Administración autonómica constituyen la fuente principal de recursos para las entidades instrumentales, tal como queda patente en el cuadro 19, en el que se muestra el grado de dependencia de las entidades instrumentales. Para ello, se incluyen todas las aportaciones de la Administración autonómica, ya sea en forma de pago por servicios prestados por las entidades dependientes (encomiendas de gestión), en forma de transferencias corrientes o de capital o mediante aportaciones para compensar pérdidas o ampliar capital. Cuadro19. Grado de dependencia financiera Tipo de entidad % % Organismos autónomos 93,9 91,6 Agencias 94,5 94,9 Entidades públicas empresariales 61,0 61,0 Sociedades 43,7 49,6 Fundaciones 80,4 80,0 Consorcios 80,3 77,4 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Los datos reflejados en el cuadro anterior evidencian la fuerte dependencia financiera del sector instrumental de las aportaciones realizadas por la Comunidad Autónoma, lo que pone de relieve su escasa capacidad de generación de recursos propios En los organismos autónomos el nivel de autofinanciamiento es prácticamente nulo. 63

66 Únicamente el IGVS es capaz de obtener parte de sus recursos al margen de aportaciones públicas a través de operaciones de enajenación de terrenos y viviendas y alquileres de inmuebles En las agencias, tan sólo el IGAPE, a través de la recuperación de créditos, obtiene una fracción no testimonial de sus fondos sin recurso al Tesoro autonómico En las entidades públicas empresariales, Portos de Galicia, a través de los ingresos por servicios portuarios, sitúa su grado de financiación por encima del 50% en 2014, mientras que Augas de Galicia, con cargo al canon de saneamiento, se sitúa en el 74%. En la Compañía Radio Televisión de Galicia los ingresos externos son inferiores al 10% En las sociedades, es SOGAMA la que presenta mayor capacidad de generar recursos Las fundaciones públicas muestran, globalmente, una escasa capacidad de captar recursos externos. Este hecho pone en tela de juicio la configuración de la mayor parte de estas entidades como fundaciones públicas, ya que esta forma jurídica debería ser utilizada como un modelo que permita canalizar la participación y la financiación privada en actividades de interés general En lo que afecta a los Consorcios, a pesar de ser entes de naturaleza interadministrativa con participación de varias administraciones, se observa como la práctica totalidad de la financiación se realiza a través de aportaciones de la Administración autonómica. III.2.3. GASTOS DE PERSONAL En este epígrafe se muestra el gasto de personal para las entidades instrumentales en los ejercicios 2013 y 2014 así como el número medio de efectivos en esos ejercicios, según la información consignada en sus cuentas anuales o en los presupuestos, en aquellas entidades cuyas memorias no aportaron datos sobre el número de efectivos. Cuadro20. Gastos de personal y número medio de efectivos en el ejercicio Tipo de entidad Gasto de personal (Millones de ) Nº medio de efectivos Organismos autónomos 27,0 29,8 858 n.d Agencias 67,2 58, Entidades públicas empresariales 58,6 62, Sociedades 28,0 34, Fundaciones 32,2 37, Consorcios 36,0 35,8 n.d. n.d Total 249,0 258,0 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Globalmente, se produce un descenso del 3,5% en gastos de personal, siendo destacable la reducción del 19% en las sociedades mercantiles, cuyo gasto representa el 11% del total por 64

67 entidades En los organismos autónomos, se produjo una reducción media del 10% (sin tener en cuenta la EGAP que no rindió cuentas en plazo). Las mayores reducciones (de un 13% y un 11%, respectivamente) tuvieron lugar en el Instituto Galego de Consumo y en el Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral En las agencias, el gasto de personal aumenta un promedio del 14% pero con importantes diferencias entre los dos años. Las variaciones más significativas se producen en la Axencia Galega de Innovación y en la Axencia de Turismo como consecuencia de la integración de personal de los servicios y entes asumidos por estos organismos. Cuadro21. Variaciones gastos personal GAIN y ATURGA Agencia Gastos 2014( ) Personal Gastos 2013( ) Personal Axencia Galega de Innovación , Axencia de Turismo de Galicia Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas De este modo, la variación media es poco representativa de los cambios que se han producido en las agencias dada la elevada variabilidad En las entidades públicas empresariales, los gastos de personal se han reducido el 6%, consecuencia del ahorro experimentado en la CRTVG y sociedades del 7% Las sociedades mercantiles reducen el gasto de personal en aproximadamente 6,4M. Ahora bien, el motivo principal de esta reducción responde a la reestructuración realizada y nombradamente la asunción de efectivos de Turgalicia por parte de la Axencia de Turismo de Galicia En las fundaciones, la masa salarial se reduce en un 13% y el número de efectivos un 11%. El gasto de personal disminuye en la práctica totalidad de las fundaciones. Dos fundaciones públicas sanitarias (061 y Centro de Transfusións) concentran más de la mitad del gasto y del número de efectivos del conjunto de fundaciones. EVOLUCION TEMPORAL DE LOS GASTOS DE PERSONAL EN EL PERÍODO En este subepígrafe se analiza la evolución temporal del gasto de personal de las entidades institucionales en comparación con la evolución de esta partida en la Administración General. Para ello el gráfico 9 muestra como a partir de 2009 el gasto de personal disminuye en la Administración General y en el conjunto de las entidades dependientes pero con dinámicas distintas. En la Administración General, la merma es más acusada hasta Además, en 2013 la masa salarial de las entidades instrumentales sube como consecuencia de la puesta en marcha de nuevas agencias. En 2014, el mantenimiento del nivel de gastos de personal en la Administración General 65

68 contrasta con el descenso en las entidades dependientes. Gráfico 9. Índice de evolución temporal de los gastos de personal (Año 2009=100) Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas III.2.4. SOLVENCIA A CORTO PLAZO El análisis de la solvencia a corto plazo se realiza a partir de dos variables. En las entidades que sujetan sus cuentas a la contabilidad pública se emplea el remanente de tesorería, es decir, la suma de los fondos líquidos más los derechos pendientes de cobro, menos las obligaciones pendientes de pago. En las sociedades y fundaciones que aplican planes contables privados se toma como indicador, ante la ausencia de un estado de remanente de tesorería, el fondo de maniobra (capital circulante) que es la diferencia entre el activo corriente (corto plazo) y el pasivo corriente (corto plazo). Aunque el remanente y el fondo de maniobra no son magnitudes completamente equivalentes, las limitaciones en la información facilitada por las sociedades y razones de operatividad recomiendan un análisis conjunto en este epígrafe. En cualquier caso y toda vez que el estudio estático de estas variables puede inducir a errores de interpretación, se realizarán una serie de observaciones para una correcta comprensión de los datos ofrecidos El remanente de tesorería y fondo de maniobra de las entidades dependientes en 2013 y 2014 fue el siguiente: 66

69 Cuadro22. Remanente de tesorería y fondo de maniobra (M ) Tipo entidad Remanente y fondo de maniobra Organismos autónomos 2,28 3,36 Agencias 94,15 89,81 Entidades públicas empresariales 2,87 2,20 Sociedades 240,81 212,40 Fundaciones 54,7 59,40 Consorcios 18,12 22,20 TOTAL 412,93 389,37 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Una primera lectura muestra una buena situación financiera del sector instrumental, ya que los fondos disponibles son capaces de hacer frente a sus deudas a corto plazo. Pudiendo dar por buena esta afirmación desde una perspectiva general, es necesario realizar un análisis detallado por tipo de entidad para conocer el origen, composición y significado de estos saldos Respecto a los organismos autónomos, tienen al cierre de cada ejercicio un remanente de tesorería total positivo. La principal fuente de este saldo en 2014 es el Instituto Galego de Consumo con 7,3 M mientras que destaca el IGVS por su importe negativo de -6,3 M Las agencias también tienen en 2014 remanente de tesorería total positivo. El 80% del saldo se concentra en el IGAPE, en gran medida afectado, y en AGADER. La mayor parte del remanente está materializado en derechos pendientes de cobro de las entidades frente a la Administración General. Paralelamente, la Administración General tiene reconocidas obligaciones pendientes de pago frente a estos organismos. La Axencia Galega de Infraestruturas presenta un remanente negativo a finales de 2014 de -15,02 M, que obedece fundamentalmente a las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto (cuenta 409) Las entidades públicas empresariales presentan remanente de tesorería positivo en Portos de Galicia incrementa su remanente desde 4,5 a 6,1 M, la CRTVG reduce el valor negativo de -3,8 a -2,6 M mientras que Augas de Galicia pasa de un remanente positivo de 1,56 M a un valor negativo por importe de -0,61 M en Las sociedades mercantiles tienen un capital circulante positivo en 2013 que aumentó en 2014, consiguiendo un saldo positivo considerable. Todas las sociedades tienen fondo de maniobra positivo excepto SPI y Galaria. Con todo, es necesario efectuar una serie de observaciones sobre la composición del saldo. La mayor parte del fondo de maniobra está concentrado en Xestur Galicia (228 M ). Ahora bien, este importe está materializado en existencias (obras en curso o terminadas, 67

70 por un total de 329,3 M ) cuyo grado de realización y cobro es incierto, sin que la sociedad haya procedido a dotar los correspondientes deterioros que pongan de manifiesto la pérdida de valor de estos activos Las fundaciones tienen un fondo de maniobra positivo que se mantiene relativamente estable en el ejercicio 2014 respecto al Es la Fundación Cidade da Cultura la que aporta el mayor valor al saldo (20,37 M ) aunque este se encuentra materializado en derechos de cobro frente a la Administración General. En conjunto, las fundaciones mantienen unos saldos de tesorería de 26,45 M que cubrían las deudas a corto plazo frente a terceros en más de un 50% Los consorcios reflejan en sus cuentas una situación financiera solvente con unos fondos líquidos superiores a las deudas a corto plazo. Todos presentaban remanentes de tesorería positivos y el mayor saldo se concentraba en la Axencia para a Protección da Legalidade Urbanística y en el Consorcio Casco Vello de Vigo. III.2.5. ENDEUDAMIENTO En este epígrafe se analiza el endeudamiento financiero y comercial de las entidades instrumentales, sin perjuicio de su estudio, desde una perspectiva de estabilidad presupuestaria, en el epígrafe III Los datos extraídos de las cuentas anuales de 2014 son los siguientes: Cuadro23. Endeudamiento comercial y financiero (en millones de euros) Tipo de entidad Financiero Comercial Financiero Comercial Organismos autónomos 0,0 89,6 0,0 88,9 Agencias 44,3 150,1 60,9 155,3 Entidades públicas empresariales 0,7 76,8 0,0 79,2 Sociedades 607,9 253,2 693,7 150,1 Fundaciones 2,5 18,2 2,2 35,4 Consorcios 0,0 9,6 0,0 7,8 TOTAL 655,4 597,5 756,7 516,7 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Las entidades instrumentales redujeron su endeudamiento en 2014 respecto a 2013 en un 1,4%, pasando de 1.273,4 M a 1.253,0 M, aunque mientras el endeudamiento financiero se redujo un 13%, la deuda comercial con proveedores aumentó el 16% En los organismos autónomos, la deuda se concentra en el IGVS, 86,2 M, que se corresponden con fianzas y depósitos recibidos. En el resto de entidades el endeudamiento no es significativo y está cubierto con los saldos de tesorería. Los organismos autónomos no tienen 68

71 endeudamiento financiero En las agencias, el endeudamiento financiero se concentra en el IGAPE que contrajo deuda para obtener los fondos necesarios con los que otorgar préstamos a empresas. Este hecho se comenta más detalladamente en el epígrafe III.4. En lo que se refiere a la deuda comercial, experimentó un leve descenso del 3% en En las entidades públicas empresariales, Portos de Galicia incrementó su endeudamiento que pasó de 7,2 M en 2013 a 11,4 M en 2014; CRTVG aumentó la deuda de 14,7 M a 16,2 M, mientras que Augas de Galicia redujo su deuda desde 57,3 M a 49,9 M El endeudamiento total de las sociedades en 2014 se incrementó en 17 M respecto a Al cierre de 2014 el 95% del endeudamiento está concentrado en SPI Galicia, Xestur y Sogama El endeudamiento de las fundaciones, que descendió en 2014, tiene origen básicamente comercial, es decir, es originado por las operaciones del tráfico habitual de la entidad. Son la Fundación Urxencias Sanitarias 061, con un 29% del total de la deuda de las fundaciones, Centro de Supercomputación de Galicia con un 20% y Cidade da Cultura con un 13%, las que concentran el volumen principal de esta deuda El gráfico siguiente muestra la evolución temporal de la deuda total (comercial y financiera) de las entidades instrumentales en el período En él se muestra una reducción del importe desde el año Gráfico 10. Evolución temporal de la deuda de las entidades instrumentales (en millones de euros) Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas 69

72 III.2.6. RESULTADO Y FONDOS PROPIOS En este epígrafe se analiza la evolución del resultado económico que figura en la cuenta de resultados económico-patrimonial o de pérdidas y ganancias y los fondos propios en los distintos entes integrantes del sector público instrumental. Como consideración previa debe advertirse que estas magnitudes tienen un significado distinto en función de la entidad que estemos estudiando y según si esa entidad aplica los planes de contabilidad público o privado, ya que determinados criterios y normas contables difieren en el tratamiento de algunas operaciones (p.e: subvenciones y transferencias), con repercusión directa en las mencionadas variables El resultado y fondos propios en 2013 y 2014 se muestran en el cuadro 24: Cuadro24. Resultado económico y fondos propios (en millones de euros) Resultado Fondos propios Resultado Fondos propios Organismos autónomos 22,3 582,8 4,0 559,1 Agencias 48,5 364,1 26,0 304,6 Entidades públicas empresariales -98,3 330,8-179,4 340,5 Sociedades 8,3 226,8-16,1 187,1 Fundaciones -24,4 111,2-1,6 162,4 Consorcios 3,0 81,5-0,6 85,0 TOTAL -40, ,2-167, ,7 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas El resultado positivo de los organismos autónomos en 2014 se explica por el hecho de que el IGVS presenta un resultado de 19 M que suponen un 86% del total. Y ello como consecuencia de recibir transferencias de capital por importe de 50 M frente a los 20 M que había recibido en el ejercicio En las agencias, el resultado positivo de 2014 crece respecto a 2013, en parte motivado por el saldo del IGAPE, que de presentar un desahorro de -31 M en 2013 pasa a un ahorro de 8 M en Además, hay que tener en cuenta el resultado positivo de AMTEGA de 25,5 M En las entidades públicas empresariales el resultado es negativo y generado fundamentalmente por la CRTVG y sociedades, lo cual expresa la insuficiencia de los ingresos propios de la compañía para hacer frente a los gastos totales. Las aportaciones patrimoniales realizadas por la Administración General para compensar este déficit se registran por la Compañía directamente como fondos propios, sin pasar por la cuenta de resultados, por lo que la pérdida expresa el resultado de la gestión sin tener en cuenta la aportación pública. Si tuviésemos en cuenta las transferencias concedidas por la Xunta, el resultado sería ligeramente positivo en los dos ejercicios En las sociedades los resultados negativos más importantes desde un punto de vista 70

73 cuantitativo son los de XESTUR En las fundaciones públicas, los resultados negativos se concentran en la Fundación Cidade da Cultura que, de presentar pérdidas por importe de -4,8 M en 2013, estas pasaron a ser de -26,4 M en 2014 como consecuencia fundamentalmente de dotar un deterioro por el valor de la obra ejecutada en los dos edificios paralizados. 71

74 III.3. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA A efectos de estabilidad presupuestaria, el Sistema Europeo de Cuentas considera unidades públicas los entes que adopten una forma jurídica pública (Administración General, organismo autónomo, agencia, entidad pública empresarial, consorcio) y las sociedades y otras entidades privadas (fundaciones) controladas por una unidad pública. Para que una unidad pública no sea considerada Administración Pública es necesario que se financie mayoritariamente (>50%) con ingresos comerciales, es decir, con recursos que provengan de la venta de bienes o de la prestación de servicios La entrada en vigor en septiembre de 2014 del nuevo Sistema Europeo de Cuentas (SEC 2010) amplió el perímetro de las entidades clasificadas dentro del sector Administraciones Públicas y ello porque a la regla del 50% se le añade el criterio del comprador de la producción, de tal manera que si la entidad vende su producción a la Administración matriz en condiciones no de mercado, debe considerarse Administración Pública. En definitiva, supone considerar como Administración Pública las sociedades instrumentales que actúan como medio propio La aplicación de estas reglas supone que los entes dependientes pueden estar clasificados en el sector Administraciones Públicas (productores no de mercado) o en el sector sociedades (productores de mercado = financiación mayoritaria con ingresos comerciales). La consecuencia de que una entidad sectorice o clasifique en uno u otro sector es que si es incluida dentro del perímetro Administraciones Públicas su capacidad o necesidad de financiación (superávit o déficit) y su endeudamiento financiero computará con el del resto de la Administración de la Comunidad. En otro caso, la deuda y el déficit no consolidará, no se tendrá en cuenta para comprobar el cumplimiento de los límites de estabilidad presupuestaria y permanecerá fuera de balance La mayor parte de la entidades autonómicas están clasificadas como Administración Pública. En concreto, según el Inventario del MINHAP a 1 de enero de 2015 existían 74 entidades clasificadas como administraciones públicas autonómicas, 3 estatales, 3 locales, 17 como no pertenecientes al sector AAPP y el resto pendientes de clasificación, siendo Galicia una de las comunidades con mayor porcentaje de entes sectorizados como Administración Pública Las dos magnitudes básicas en materia de estabilidad presupuestaria son el déficit y la deuda. Déficit La capacidad o necesidad de financiación de las entidades que se integran dentro del perímetro de la Administración se computa para calcular el déficit o superávit de esta, que se tendrá 72

75 en cuenta para verificar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. La información facilitada por la IGAE permite observar la evolución de los organismos autónomos y de las sociedades, fundaciones y entes, a efectos de déficit y deuda. Este comportamiento en los últimos 10 años se refleja en el cuadro siguiente: Cuadro25. Déficit o superávit de las entidades instrumentales (millones de euros) Saldos presupuestarios no financieros OOAA comerciales, entes y sociedades públicas incluidas en el sector AAPP Ejercicios Superávit o déficit de la Comunidad Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la IGAE En el cuadro anterior puede observarse como las entidades instrumentales no repercutieron de manera significativa en el déficit de la Comunidad en los últimos años. Es necesario tener en cuenta que el déficit o superávit de cada entidad se calcula computando como ingresos las transferencias recibidas de la Administración, es decir, una entidad que se financia íntegramente por la Administración General puede tener superávit si sus gastos son inferiores a las transferencias que recibe. Con esta premisa, los organismos y sociedades considerados Administraciones Públicas, en términos SEC, mostraron capacidad de financiación (superávit) hasta el ejercicio Este hecho estaba motivado porque sus ingresos eran superiores a sus gastos ya que recibían fondos que no aplicaban, es decir, no se mostraban eficaces en la gestión de los recursos asignados con los que se producían supuestos de sobrefinanciación. En los ejercicios 2009 a 2011, el conjunto de entidades presentan déficit volviendo a partir de ese año a una situación de superávit En el año 2014, las entidades instrumentales en su conjunto presentan un superávit de 110 millones de euros. Este importe está generado fundamentalmente por las sociedades SPI Galicia y Xestur Galicia. En los dos casos se produjeron, durante el ejercicio, importantes inyecciones de capital por parte de la Xunta que provocaron los saldos positivos mostrados en el cuadro

76 Cuadro26. Superávit o déficit 2014 (millones de ) Concepto Importe CAPACIDAD (+) O NECESIDAD (-) DE FINANCIACIÓN MOSTRADA POR CADA UNIDAD Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. (SPI Galicia) 69 Xestión do Solo de Galicia - Xestur, S.A. (XESTUR GALICIA) 33 Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE) 5 Fondo Tecnolóxico 12C 4 Emprende, FCR 3 Xes-Innova, FCR régimen simplificado 3 Adiante 2000, FCR 2 Ferrol Iniciativas Empresariais, FCR régimen simplificado 1 Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) 1 Sociedade Xestora de Entidades de Capital Risco ( XESGALICIA) 1 Sodiga Galicia, Sociedade de Capital Risco, S.A. (SODIGA) 1 Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) 1 Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC) -1 Sociedade Anónima de Xestión do Plan Xacobeo -1 Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos, S.A. (SEAGA) -1 Fundación Semana Verde de Galicia -2 Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar -3 Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Galicia -3 Fundación Cidade da Cultura de Galicia -3 Resto de entidades 0 TOTAL UNIDADES 110 Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la IGAE Endeudamiento 3.73 El endeudamiento de las entidades instrumentales que son consideradas, a efectos de contabilidad nacional, como Administración Pública computa dentro de la deuda de la Comunidad. En este sentido, la deuda financiera del IGAPE, SPI y CRTVG, entre otras, se incluye dentro del endeudamiento de la Administración autonómica Las entidades instrumentales clasificadas como sociedades no financieras, a efectos SEC, presentan un bajo nivel de endeudamiento en términos comparados. En el gráfico 11 siguiente se muestra el ratio deuda empresas públicas/pib para Galicia y PIB para el conjunto de comunidades, observándose como a lo largo del período analizado el ratio permaneció por debajo del promedio de las CCAA en el Estado. 74

77 Gráfico 11. Ratio deuda/pib empresas públicas que no consolidan (no AAPP) 1,5 1 0, galicia media ccaa Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Banco de España La evolución en términos absolutos fue la que se refleja en el cuadro 27 siguiente: Cuadro27. Endeudamiento empresas públicas que no consolidan (no AAPP) (M ) Endeudamiento empresas Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la IGAE y Banco de España El descenso más significativo tuvo lugar en 2009 y en 2014 y, en ambos casos, se debe a la reclasificación de entidades que pasaron de estar fuera del perímetro de consolidación a computar con el resto de entes como Administraciones Públicas. En 2009, el origen se situó en la reclasificación de ACEOUSA que, inicialmente, había sido incluida como sociedad no financiera, al estar previsto que cubriese parte de sus gastos de explotación con el cobro de peaje a los usuarios de la autovía Dozón-Ourense, y pasó a sectorizarse como Administración Pública al suprimir, antes de la entrada en funcionamiento, el peaje previsto. Esta consecuencia ya había sido advertida por el Consello de Contas en sus informes. En 2014, el descenso de deuda fuera de balance obedece a la reclasificación de las sociedades de gestión urbanística. Este cambio viene originado por la entrada en vigor del SEC 2010 y, en particular, por el nuevo criterio de incluir dentro del coste de producción los gastos financieros, lo que provoca que las entidades fuertemente endeudadas, como es el caso de la Xestur, tengan más dificultades para cumplir la regla del 50% El cuadro 28 muestra la deuda al final de 2014 de las sociedades que no consolidan. Cuadro28. Deuda de las empresas públicas que no consolidan a 31 de diciembre de 2014 (Euros) Entidades Importe Sociedade Galega de Medio Ambiente S.A. (SOGAMA) Estación de Inverno Manzaneda Cidade Universitaria, S.A Xenética Fontao, S.A Fundación Feiras e Exposicións Ourense Centro Tecnolóxico do Mar Redes de Telecomunicación Galegas, RETEGAL, S.A TOTAL Fuente: Consellería de Facenda, a partir de datos del Banco de España y de las cuentas anuales de las empresas públicas 75

78 III.4. SOSTENIBILIDAD FINANCIERA En este epígrafe, se analiza la capacidad de mantener en el futuro los compromisos asumidos y también se identifican los riesgos y amenazas que pueden condicionar la evolución financiera futura de las entidades instrumentales Los principales riesgos e incertidumbres que afectan al sector instrumental son los siguientes: Sociedades de gestión urbanística A finales del 2013, tuvo lugar la fusión de las cuatro sociedades de gestión urbanística provinciales mediante la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a una nueva sociedad, denominada XESTIÓN DO SOLO DE GALICIA XESTUR, S.A Las sociedades de gestión urbanística presentaban una situación de solvencia a corto plazo comprometida que es heredada por la nueva sociedad, aunque conviene tener en cuenta que en 2013 se produjo una reestructuración del pasivo, pasando una parte significativa del corto al largo plazo La deuda financiera a finales de 2014 era de 159,5 M, de los que 23,7 M eran a corto plazo. Además, presentan un endeudamiento comercial de 65,3 M. Para poder atender a estos importes, las sociedades de gestión urbanística tienen un activo corriente de 331 M. Este activo está materializado en existencias terminadas y en curso, con valores contables de 199,5 M y 126,3 M, respectivamente, pero cuya capacidad de realización y venta está sujeta a un grado de incertidumbre considerable Durante el ejercicio 2014, Xestur dotó deterioros de valor de existencias únicamente por importe de , según se indica en la memoria de sus cuentas anuales. Este deterioro no parece reflejar la pérdida potencial inherente a sus existencias. Además, la sociedad no presenta información acerca del impacto que sobre las cuentas anuales tiene el hecho de que el 16 de diciembre de 2014 la Junta General había aprobado la convocatoria de un concurso público para ofrecer suelo bonificado hasta un 50% La situación descrita provoca tensiones de tesorería para atender la financiación de las obligaciones asumidas lo que determina, tanto en el pasado como en el ejercicio corriente, la necesidad de realizar inyecciones de capital por parte de la Xunta de Galicia. En el ejercicio 2014 el IGVS aportó 32,2 M en una ampliación del capital de Xestur para hacer frente a vencimientos de mayo y de noviembre del préstamo sindicado. 76

79 Cuadro29. Relación entre las existencias y endeudamiento de XESTUR Cifras del activo corriente Importes ( ) EXISTENCIAS DEUDAS L/P DEUDAS C/P ENTIDADES DE CRÉDITO %DEUDAS EECC/EXISTENCIAS 49% DEUDAS PROVEEDORES DEUDA TOTAL %DEUDA TOTAL/EXISTENCIAS 69% Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas Capital-Riesgo La normativa básica del capital riesgo se encuentra en la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectivo de tipo cerrado De acuerdo con la citada Ley, el objeto principal de las entidades de capital riesgo consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas de naturaleza no inmobiliaria ni financiera que, en el momento de la toma de participación, no coticen en el primer mercado de bolsas de valores o en cualquier otro mercado regulado equivalente de la Unión Europea o del resto de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico Como actividades complementarias, para el desarrollo de su objeto social principal, las entidades de capital riesgo podrán conceder préstamos participativos, así como otras formas de financiación. En este último caso, y sin perjuicio de lo previsto para las ECR-Pyme, únicamente para sociedades participadas que formen parte del coeficiente obligatorio de inversión La Xunta tiene una participación mayoritaria en las siguientes entidades de capital riesgo mostradas en el cuadro 30, cuya gestión está atribuida a Xesgalicia (100% del capital correspondiente al IGAPE tras la adquisición el 2 de octubre del 2014 del 30% que era propiedad del socio minoritario Ahorro Corporación Desarrollo ). 77

80 Cuadro30. Distribución de la participación en las entidades de capital riesgo Entidad Forma jurídica Finalidad % Participación Xunta 2014 % Otros partícipes SODIGA SCR Empresas con alto potencial de crecimiento 47,36 IGAPE 21,86 XUNTA 23,49 ABANCA 4,41 B. POPULAR 2,43 BBVA Emprende FCR Nuevos emprendedores 81,4 IGAPE 18,60 ABANCA Adiante 2000 FCR Inversión en empresas viables 100 IGAPE - Xes-Innova FCR Inversión noticias TIC 100 IGAPE - Xes-Impulsa Ferrol 10 FCR Tejido productivo Ferrol 54,20 EMPRENDE 17,20 SEPI 11,45 ABANCA 11,45 Caixa Galicia FCR 5,70 Empresa Nacional Innovación Galicia-Iniciativas Emprendedoras FCR Fomento del espíritu emprendedor 95,24 GAIN 19 4,76 IGAPE - Tecnolóxico I2C FCR Apoyo a proyectos innovadores 99,08 GAIN 20 0,92 IGAPE - Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas que figuran en las páginas web de cada entidad Únicamente Sodiga y Xesgalicia rindieron sus cuentas al Consello de Contas. Los fondos de capital riesgo no rindieron sus cuentas y tampoco se tiene constancia de que estos estados fueran enviados a la Intervención General, ni que este centro directivo esté efectuando control alguno sobre estas entidades A pesar de lo anterior, en la dirección web de Xesgalicia están disponibles las cuentas de los Fondos correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014; lo que no exime de su obligación de rendirlas El hecho de que el control y la financiación (básicamente a través de aportaciones de los partícipes) de los fondos de capital riesgo sea público, implica la necesidad de rendir cuentas y someterse al control interno y externo de los organismos competentes Se cuantificó la inversión realizada en las entidades de capital riesgo tomando como datos los fondos reembolsables comprometidos; asimismo, se calcularon las pérdidas acumuladas de dicha inversión. Estos datos se reflejan en el cuadro El FCR Galicia Iniciativas Emprendedoras se constituye con fecha 20 enero de 2014 y las participaciones fueron totalmente suscritas por la Axencia Galega de Innovación (GAIN), si bien posteriormente se llevó a cabo una ampliación de capital con aportaciones por parte del IGAPE. 20 Con fecha 12 de diciembre de 2013, el Consello de la Xunta acordó el traspaso a GAIN de las 385 participaciones de las que era titular, produciéndose el traspaso efectivo en el año

81 Cuadro31. Inversión y pérdidas acumuladas de la participación pública en las entidades de capital riesgo (M ) Fondos reembolsables 222,7 226,9 226,9 253,9 Pérdidas acumuladas 85,9 124,8 145,2 151,1 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas que figuran en las páginas web de cada entidad Los datos ponen de manifiesto que el capital y fondos desembolsados en las entidades de capital riesgo a finales de 2014 ascendía a 253 millones. Las pérdidas acumuladas por insolvencias y deterioro de las inversiones realizadas importaban en esa fecha 151 millones El análisis de los datos evidencia que las sociedades y fondos de capital riesgo tienen una inversión total realizada en forma de instrumentos de patrimonio, préstamos participativos y préstamos, por un importe total que ascendía a finales del 2014 a 203,2 millones de euros y que estaban deteriorados en un 67%. Cuadro32. Inversión y deterioro de las inversiones realizadas por las entidades de capital riesgo (M ) Total inversión 191,5 216,4 221,1 203,2 Total deterioro 79,1 122,6 139,1 136,4 % deterioro 41% 57% 63% 67% Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas que figuran en las páginas web de cada entidad La situación que se refleja en la información anterior evidencia que se acometieron inversiones, ya sea en instrumentos de patrimonio ya sea en forma de préstamos participativos o préstamos directos, que asumieron un nivel de exposición y riesgo considerable dando lugar a importantes pérdidas patrimoniales y que no sirvieron para materializar la previsión contenida en el artículo 3.1 de la Ley 22/2014 según el cual se entenderá por entidades de capital-riesgo (ECR) aquellas entidades de inversión colectiva de tipo cerrado que obtienen capital de una serie de inversores mediante una actividad comercial cuyo fin mercantil es generar ganancias o rendimientos para los inversores Las pérdidas registradas tuvieron como consecuencia la necesidad de acometer diferentes operaciones de capital. El total de aportaciones realizadas por los partícipes a los fondos de capital riesgo en el año 2014 fue de 24 M. Avales del IGAPE Hasta el año 2011, el IGAPE incrementó notablemente la concesión de avales. A partir de este ejercicio, el riesgo vivo disminuye, tal como se refleja en el gráfico siguiente. 79

82 Gráfico 12. Evolución de avales concedidos por el IGAPE y su deterioro (M ) RISCO VIVO 294,5 296,6 204,9 165,6 145,6 PROVISIÓN 12,95 24,27 24,65 20,41 18,18 Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas El riesgo vivo a finales del 2014 era de 145,6 M. De ese importe, 141,5 son avales financieros que son concedidos por el IGAPE, siendo asumido el riesgo por la Xunta de Galicia. Los importes restantes obedecen a la operación de reaval por operaciones de préstamo o crédito avaladas por Sociedades de Garantía Mutua, ante las que el IGAPE reavala hasta el 25% del riesgo que estas asuman como primera avalista El IGAPE registró en sus cuentas una provisión de 18,2 M por aquellos avales que estima pueden ser reclamados y a los que tendría que hacerles frente. Préstamos del IGAPE En 2007, el IGAPE firmó con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) un contrato de financiación mediante el cual el BEI concedió al Instituto un préstamo global de 30 M que se podrá destinar a financiar la concesión, por parte del IGAPE, de préstamos a empresas que desarrollen proyectos empresariales en Galicia. En 2008 y 2009 se dispuso de la totalidad del préstamo y en este último año se obtuvo un nuevo préstamo del BEI por importe máximo de 200 M, disponiendo de 65 millones hasta finales de Teniendo en cuenta las amortizaciones realizadas, la deuda viva con el BEI a finales del era de 44,3 M Con fecha 28 de mayo de 2015 y previo informe favorable de la Consellería de Facenda fue aprobada una propuesta de novación del contrato anterior hasta un importe máximo de 135 M y con una cuantía máxima a desembolsar en el ejercicio presupuestario 2015 de 14 M Destacan los créditos concedidos por el IGAPE con cargo al préstamo otorgado por el BEI, al amparo de un programa aprobado por el consejo de dirección. El importe total de dichos créditos es de 78,18 M con un deterioro acumulado de 31,0 M, que supone un 45% del total. 80

83 La evolución de los créditos concedidos por el IGAPE se refleja en el gráfico siguiente: Gráfico 13. Evolución de créditos concedidos por el IGAPE y su deterioro (M ) Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas En el apoyo al sector productivo se observa un efecto relevo desde la concesión de subvenciones al otorgamiento de préstamos. En este cambio puede influir el hecho de que la concesión de créditos no tiene impacto directo en el déficit ya que tiene la consideración de operación financiera. Con todo, no se puede olvidar que estas operaciones sí pueden tener repercusión futura en las cuentas públicas, ya que si los prestatarios no devuelven la financiación concedida será necesario hacer inyecciones de capital en el IGAPE para atender el pago de la financiación concedida por el BEI. 81

84 IV. RECOMENDACIONES 1. Realizar las modificaciones normativas oportunas para conciliar la definición de sector público contenido en la LOFAXGA con el perímetro de los presupuestos, las entidades incluidas en la Cuenta General de la Comunidad y las sometidas a control interno por parte de la Intervención General. 2. Establecer sistemas de identificación de las entidades que pueden reunir los requisitos legales para ser consideradas integrantes del sector público autonómico, mediante la puesta en marcha del registro de las entidades dependientes prevista en la LOFAXGA. 3. Dotar de mayor transparencia el proceso de racionalización del sector público instrumental con información pública accesible acerca de los objetivos establecidos y de su grado de realización. 4. Establecer una correspondencia lógica entre la actividad a desarrollar por cada entidad y su forma jurídica, de tal manera que el régimen jurídico que le sea de aplicación sea el más ajustado a sus características y naturaleza. 5. Rendir las cuentas de todas las entidades instrumentales autonómicas. 6. Poner en marcha el sistema de rendición telemática de las cuentas de los entes instrumentales. 7. Actualizar el marco contable y, de conformidad con lo que dispone el artículo 111 del TRLRFP promover por parte de la Intervención General el desarrollo de un nuevo Plan General de Contabilidad manteniendo la debida coordinación con el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la Orden EHA/1037/ Avanzar en los procesos de consolidación para ofrecer una visión global de la situación económica del sector público autonómico. 9. Fortalecer la coherencia de la información aportada en la Cuenta General en relación con la facilitada en las cuentas de cada ente instrumental. 10. Establecer para las entidades sometidas a contabilidad privada la obligación de facilitar información adicional acerca de aspectos tales como: personal, presupuestos, contratación y demás información con relevancia en cuanto a la gestión de fondos públicos. 11. Mejorar las memorias elaboradas por las entidades sometidas al Plan de Contabilidad Pública y regular el contenido de aquellas. 12. Elaborar instrucciones, guías y resoluciones que desarrollen la normativa contable, en particular, desarrollar el formato y contenido de la información económico-financiera que deben aportar las entidades instrumentales. 82

85 13. Homogeneizar el contenido y formatos de la información rendida, principalmente en lo que se refiere a operaciones vinculadas tanto con la Administración General como con el resto de entidades dependientes. 14. Instar a los entes instrumentales al suministro de información sobre el coste de actividades e indicadores de gestión. 83

86 84

87 ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA CONSELLERÍA DE FACENDA (INTERVENCIÓN XERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA) 85

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101 RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA INTERVENCIÓN XERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA 99

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103 RÉPLICAS DEL CONSELLO DE CONTAS A LAS ALEGACIONES FORMULADAS POR LA INTERVENCIÓN XERAL AL ANTEPROYECTO DEL INFORME ECONÓMICO-FINANCEIRO DE LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO Trámite de alegaciones En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas de Galicia, el 12/05/2016 (RS. Núm. 213) se remitió el anteproyecto de informe de fiscalización a la Intervención General de la Comunidad Autónoma para que formulasen las alegaciones que estimasen pertinentes, que fueron presentadas el 15/06/2016 (RE núm. 685). Con relación a su contenido y tratamiento, independientemente de las aclaraciones y puntualizaciones que en cada caso figuran en las réplicas, es preciso señalar con carácter general que, excepto en los casos concretos que así lo requieran, no se valoran los alegaciones que confirmen deficiencias o irregularidades señaladas en el informe; que expongan criterios y opiniones sin soporte documental o normativo o bien que no rebatan el contenido del informe, sino que se trate de explicaciones o justificaciones sobre las actuaciones de la entidad fiscalizada. En los supuestos en los que se modifica total o parcialmente el contenido de algún punto del informe, se indicará este hecho expresamente mediante nota a pie de página. En este trámite se incluyeron algunas modificaciones del anteproyecto, que se indican mediante nota a pie de página, a los efectos de actualizar algún párrafo. ALEGACIÓN 1 No rendición de cuentas de la EGAP OBSERVACIÓN: "En el 2014 tampoco aportaron sus cuentas el organismo autónomo Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP)... " (Pág. 11 del anteproyecto). ALEGACIÓN: Sí bien la cuenta del organismo no fue incluida en la Cuenta General rendida por la Intervención General, sí consta el certificado del secretario de la Egap de su aprobación en la sesión del Consejo Rector de 14 de julio de Es preciso resaltar que la Egap rinde todos los años su cuenta en plazo, por conducto de la 101

104 Intervención General, no perteneciendo al número residual de entidades que lo hacen al margen de ella, desprendiéndose de la explicación ofrecida por el secretario general del organismo que, con respecto a las cuentas de 2014, hubo un error material en su envío derivado del conducto empleado a dichos efectos. Se adjunta un ejemplar de las cuentas debidamente aprobadas, así como del certificado del secretario donde consta la fecha de su aprobación. RÉPLICA La alegación no rebate el contenido del informe y por lo tanto no desvirtúa las afirmaciones realizadas en el mismo. Sin embargo, con el objeto de recoger las razones aludidas por la Intervención General para contextualizar la falta de rendición de cuentas de la Escola Galega de Administración Pública, se modifica el informe añadiendo una nota a pie de página en la página 11 del anteproyecto y un inciso final en el párrafo 2.8 a) con el siguiente tenor literal: La Escola Galega de Administración Pública aprobó sus cuentas el 14 de julio de 2015, es decir, antes de la finalización del plazo de remisión de cuentas por parte de la Intervención General. Las cuentas de la EGAP fueron aportadas al Consello de Contas durante el plazo de alegaciones a este informe aduciendo un error material como explicación de la no rendición en plazo. ALEGACIÓN 2 Diferencias en el remanente de tesorería OBSERVACIÓN: Se comprobó que los remanentes de tesorería que constan en las cuentas presentadas por las entidades objeto del presente informe no coinciden en muchos casos con las que aparecen en el Informe Memoria que acompaña la Cuenta General de la Comunidad. En el cuadro 15 se pone de manifiesto esta falta de coherencia que impide conocer el verdadero valor de dicha cifra. Cuadro. 15 Diferencias en el remanente de tesorería Ente Remanente s/ cuentas Remanente s/ informe memoria Axencia Galega de innovación Axencia Tributaria de Galicia Axencia de Turismo de Galicia Instituto Galego de Promoción Económica Instituto Enerxético de Galicia Axencia de Industrias Culturais Axencia Galega de infraestruturas Fuente: elaboración propia a partir de las cuentas rendidas 102

105 (Pág del anteproyecto) ALEGACIÓN: El cálculo del Remanente de Tesorería que consta en la Cuenta General responde a la metodología definida en el documento de principios contables públicos, donde se define de la forma siguiente: "el remanente de tesorería al cierre de un ejercicio, es una magnitud que se obtiene por la diferencia entre los derechos reconocidos netos pendientes de cobro a corto plazo, los fondos líquidos o disponibles y las obligaciones ciertas reconocidas netas y pendientes de pago a corto plazo. Los derechos y obligaciones anteriormente indicados podrán tener su origen tanto en operaciones presupuestarias como no presupuestarias". Según esta metodología, la información debe recabarse en su totalidad de los estados de ejecución definidos en la contabilidad presupuestaria de la entidad, en la que se recogen las operaciones realizadas en el ejercicio que abarcan tanto la ejecución de los presupuestos de ingresos y gastos como la realización de operaciones no presupuestarias. Esta circunstancia se explica expresamente en la Cuenta General. Algunas entidades, en la elaboración de sus Cuentas anuales, utilizan un procedimiento de cálculo diferente, en el que pueden incluir en algún caso información procedente de ajustes realizados con metodología propia de la contabilidad financiera, y sin trascendencia presupuestaria. La aplicación de este método puede dar lugar a diferentes resultados, lo que explica las diferencias observadas por el Consello de Contas en su informe. RÉPLICA La alegación no rebate el contenido del informe. En realidad, la alegación reconoce que algunas entidades utilizan un procedimiento de cálculo diferente, lo que da lugar a magnitudes distintas. El problema radica en que en un mismo documento, la Cuenta General, se están ofreciendo valores distintos para una misma magnitud y esto genera confusión y pone de manifiesto un problema en la producción de información contable. Se deberían establecer los procedimientos para que el remanente de tesorería sea calculado de manera homogénea y que, en todo caso, refleje de manera fiable y única la diferencia entre fondos líquidos, derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a corto plazo. Por lo tanto, no se puede admitir la alegación. 103

106 ALEGACIÓN 3 Planes de racionalización ALEGACIÓN: ESCRITO DE OBSERVACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y REFORMA ADMINISTRATIVA RÉPLICA El informe de observaciones que facilita la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa no concreta los párrafos del informe que son objeto de alegación. En todo caso, conviene tener en cuenta que el análisis de los planes de racionalización realizado en el informe del Consello de Contas parte de la información publicada por el Ministerio de Hacienda. Esta información es la única pública disponible que permite realizar una comparación homogénea entre Comunidades. Por último, las alegaciones realizados por la Xunta recogen en algunos casos meras declaraciones generales o hechos que no se encuentran suficientemente acreditados en su escrito de observaciones. Además, aporta información sobre la evolución de los planes de racionalización que no es objeto de publicación y que no permite realizar una comparación con otras administraciones, por lo que no se fundamentan adecuadamente las conclusiones a las que la Dirección General llega en su escrito. 104

107

A Vicesecretaría Xeral, dependente da Secretaría Xeral da Presidencia.

A Vicesecretaría Xeral, dependente da Secretaría Xeral da Presidencia. RELACIÓN DOS ÓRGANOS, SERVIZOS E UNIDADES RESPONSABLES DE TRANSPARENCIA NO ÁMBITO DA ADMINISTRACIÓN XERAL E DAS ENTIDADES INSTRUMENTAIS DO SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO Na Presidencia da Xunta de Galicia:

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