DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

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1 DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Francisco Segovia Coordinador de Proyectos de la Fundación Abogacía Española Experto Universitario en Prevención y Gestión de Crisis Internacionales francisco.segovia@fundacionabogacia.org

2 Es correcto el término guerra que utiliza el DIH o está ya desfasado? Nuevas formas de conflictos armados y Nuevos medios para atacar Aparición e influencia de poderosos grupos armados ilegales Innovación constante de la tecnología militar y de la industria militar MUCHA INFORMACIÓN EN: Stockholm International Peace Research Institute (SIPRI)

3 Joe Sacco La Gran Guerra

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5 QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (DIH)? REACCIONES DEL DERECHO ANTE LOS CONFLICTOS ARMADOS IUS AD BELLUM Rama del derecho que define las legítimas razones que un Estado tiene para entrar en guerra. Actualmente Carta de las Naciones Unidas - Art. 2.4 "Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas. - Art. 51 señala que "Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas" IUS IN BELLO Rama del derecho que define las prácticas aceptables mientras se está en guerra. DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

6 QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (DIH)? Es un conjunto de normas internacionales que: 1.-Tiene origen convencional y consuetudinario, y está específicamente destinado a ser aplicado en los conflictos armados, internacionales o no 2.- Limita, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los métodos (modos) y medios (armas) de hacer la guerra y que protege a las personas y los bienes afectados o que puedan resultar afectados por ella 3.- Proscribe conductas criminales de individuos durante los conflictos armados

7 CUÁLES SON LAS PRINCIPALES NORMAS DEL DIH? Derecho de la Haya Normas que regulan los medios y métodos que se usan en combate Derecho de Ginebra Normas dirigidas a la protección de las víctimas de los conflictos armados Resolución 2444 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el respeto de los Derechos Humanos en los conflictos armados (1968) y Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra (1977) En la actualidad convergen Derecho de la Haya y Derecho de Ginebra porque se pone de manifiesto que para proteger con mayor eficacia a las víctimas es preciso limitar el uso de la fuerza estableciendo reglas sobre la conducción de las hostilidades.

8 ORÍGENES Y EVOLUCIÓN DEL DIH 1ª ETAPA COSTUMBRES Y NORMATIVA CONSUETUDINARIA 2ª ETAPA AVANCES EN MATERIA DE REGULACIÓN A TRAVÉS DE TRATADOS BILATERALES Y REGLAMENTOS AD HOC 3ª ETAPA CODIFICACIÓN Primeros hitos en la codificación: La Conferencia de Ginebra de 1864 (1er CONVENIO DE GINEBRA) Declaración de San Petersburgo (1868) Conferencias de Paz de La Haya de 1899 y 1907 Período de entreguerras: El Tratado de Versalles de 1919 Pacto de la Sociedad de Naciones de 1920 El Pacto de Briand-Kellogg de 1928 Los Convenios de Ginebra de 1929

9 ORÍGENES Y EVOLUCIÓN DEL DIH Época de codificación hasta la actualidad Después de la II Guerra Mundial y época actual Firma de los cuatro Convenios de Ginebra, que establece la normativa básica del moderno DIH: I Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña. II Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar. III Convenio de Ginebra, relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. IV Convenio de Ginebra, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra Resolución 2444 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el respeto de los derechos humanos en los conflictos armados 1977 donde se aprobaron los dos Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949: Protocolo Adicional I, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales. Protocolo Adicional II, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional.

10 ORÍGENES Y EVOLUCIÓN DEL DIH Época de codificación hasta la actualidad Convenio sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción Convenio sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, que consta de cinco Protocolos. El Protocolo I, relativo a fragmentos no localizables por rayos X en el cuerpo humano (1980), el Protocolo II, relativo a minas, armas trampa y otros artefactos (1980), el Protocolo III, relativo a armas incendiarias (1980), el Protocolo IV, relativo a las armas láser que producen ceguera (1995) y el Protocolo V, relativo a restos explosivos de guerra (2003) Tratado de Ottawa, sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de las minas antipersonal y sobre su destrucción Convenio relativo a las municiones de racimo que prohíbe el uso, la producción, el almacenamiento y la transferencia de municiones de racimo que no son precisas ni fiables y prevé además, la prestación de ayudas en las comunidades afectadas (pendiente de firma y ratificación). o RESPECTO DEL SISTEMA DE EFICACIA El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas crea el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y en 1994 el Tribunal Penal Internacional para Ruanda Estatuto de Roma por el que se creó el primer tribunal penal internacional de carácter permanente de la historia, la Corte Penal Internacional.

11 CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DIH? PRINCIPIO DE LIMITACIÓN DE LA ACCIÓN HOSTIL Medios y modos de combate (sobre todo de tipo armamentístico) lícitos e ilícitos y formas de emplear los permitidos por el DIH PRINCIPIO DE DISTINCION Las partes en conflicto deben distinguir en todo momento entre la población y los combatientes. Los ataques no pueden ser dirigidos tampoco contra los bienes civiles

12 CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DIH? PRINCIPIO DE PRIORIDAD HUMANITARIA Las normas de DIH han sido elaboradas para garantizar la protección de los que sufren las consecuencias de la guerra y deben ser interpretadas de la forma más favorable a la defensa de sus intereses. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD. Se prohíben los métodos que causen a las personas civiles y/o a sus bienes daños excesivos con respecto a la ventaja militar concreta y directa prevista.

13 CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DIH? PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE LOS BELIGERANTES. Una vez iniciado un conflicto armado se aplica a todos de forma indiscriminada. PRINCIPIO DE NECESIDAD MILITAR. El DIH establece un equilibrio entre las necesidades de la guerra y los condicionamientos humanitarios PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN. Se prohíbe toda distinción desfavorable por razones de raza, color, sexo, lenguaje, religión o creencias, opiniones políticas o de otro género, nacionalidad u origen social, fortuna, nacimiento u otra condición o cualesquiera otros criterios análogos.

14 CUÁNDO SE APLICAN LAS NORMAS DEL DIH? El Derecho Internacional Humanitario se aplica en caso de conflicto armado No se aplica en las situaciones de tensiones o disturbios internos ni los actos aislados de violencia Se aplica por igual a todas las partes en conflicto sin tener en cuenta quién lo inició ni otras calificaciones legal de la acción armada

15 CUÁNDO SE APLICAN LAS NORMAS DEL DIH? Desde el punto de vista de las normas del DIH: 1. Existe un CONFLICTO ARMADO INTERNACIONAL cuando se recurre a la fuerza armada entre dos o más Estados. 2. Los CONFLICTOS ARMADOS NO INTERNACIONALES son enfrentamientos armados prolongados que ocurren entre fuerzas armadas gubernamentales y las fuerzas de uno o más grupos armados, o entre estos grupos, que surgen en el territorio de un Estado. El enfrentamiento armado debe alcanzar un nivel mínimo de intensidad y las partes que participan en el conflicto deben poseer una organización mínima. Cómo identificar qué es un CONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL, según el DIH?: a) el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949; b) el artículo 1 del Protocolo adicional II

16 CUÁNDO SE APLICAN LAS NORMAS DEL DIH? A QUIÉNES PROTEGE EL DIH? El DIH protege principalmente a las personas que no participan en las hostilidades (civiles) o que han dejado de participar en ellas (combatientes heridos o enfermos, náufragos y prisioneros de guerra). También se les otorga una protección específica a determinados bienes de carácter civil y al medio ambiente en función de su estrecha relación con la protección integral del hombre, su ambiente y su cultura QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS POR EL DIH? Los Estados Parte de los Convenios, cuando hay Convenio Todos los Estados, en caso de normas consuetudinarias de Derecho Internacional Humanitario

17 CÓMO HACEMOS EFICAZ EL DIH? Convenios de Ginebra Artículo 1 - Respeto del Convenio: Las Altas Partes Contratantes se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias. A. PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LOS CONFLICTOS ARMADOS B. ANTES DE Y AL FINALIZAR LOS CONFLICTOS ARMADOS RESPONSABILIDAD PRIMERA Y COLECTIVA DE LOS ESTADOS PARTES: RESPETAR Y HACER RESPETAR LAS NORMAS. LA LABOR DEL COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA (CICR), LA INTERVENCIÓN DE LA ONU. EL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL ETC RESPONSABILIDAD PRIMERA Y COLECTIVA DE LOS ESTADOS PARTES: ADOPCION DE LAS MEDIDAS DE APLICACIÓN DEL DIH EL ENJUICIAMIENTO INTERNACIONAL DE LOS CRÍMENES DE GUERRA TRIBUNALES PENALES INTERNACIONALES TRIBUNALES Y SALAS JURISDICCIONALES ESPECIALES OTRAS FIGURAS: COMISIONES DE LA VERDAD Y COMISIONES DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN LA DIFUSIÓN DEL DIH

18 FIN MUCHAS GRACIAS DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Francisco Segovia Coordinador de Proyectos de la Fundación Abogacía Española Experto Universitario en Prevención y Gestión de Crisis Internacionales francisco.segovia@fundacionabogacia.org

19 EL CRIMEN DE GUERRA Francisco Segovia Coordinador de Proyectos de la Fundación Abogacía Española Experto Universitario en Prevención y Gestión de Crisis Internacionales francisco.segovia@fundacionabogacia.org

20 CRÍMENES DE GUERRA LOS CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (ESTATUTO DE ROMA 1998) ( ) PARTE II. DE LA COMPETENCIA, LA ADMISIBILIDAD Y ELDERECHO APLICABLE ( ) Artículo 5 Crímenes de la competencia de la Corte 1. La competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de los siguientes crímenes: a) El crimen de genocidio; b) Los crímenes de lesa humanidad; c) Los crímenes de guerra; d) El crimen de agresión.

21 CRÍMENES DE GUERRA QUÉ SON? Son las violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario 1) Las infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 1949 y su Protocolo I adicional; 2) Las violaciones graves de las leyes y costumbres de guerra aplicables a los conflictos armados internacionales* 3) Las violaciones graves de las leyes y costumbres de guerra aplicables a los conflictos armados que no son de índole internacional* Artículo 8 Crímenes de guerra 1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes.

22 CRÍMENES DE GUERRA 1) Las infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 1949 y su Protocolo I adicional i) El homicidio intencional; ii) La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos; iii) El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud; iv) La destrucción y la apropiación de bienes, no justificadas por necesidades militares, y efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente; v) El hecho de forzar a un prisionero de guerra o a otra persona protegida a servir en las fuerzas de una Potencia enemiga; vi) El hecho de privar deliberadamente a un prisionero de guerra o a otra persona protegida de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente; vii) La deportación o el traslado ilegal o el confinamiento ilegal; viii) La toma de rehenes;

23 CRÍMENES DE GUERRA 2) Las violaciones graves de las leyes y costumbres de guerra aplicables a los conflictos armados internacionales Declaración de La Haya de 1899 Reglamento Anexo al Convenio IV de La Haya de 1907 Protocolo de Ginebra de 1925 la Convención de la Haya sobre Protección de Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado y sus protocolos Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y del Personal Asociado de 1994 y el Estatuto del Tribunal Penal Internacional de ex Yugoslavia)

24 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados internacionales i) Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra personas civiles que no participen directamente en las hostilidades; ii) Dirigir intencionalmente ataques contra bienes civiles, es decir, bienes que no son objetivos militares; iii) Dirigir intencionalmente ataques contra personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, siempre que tengan derecho a la protección otorgada a civiles o bienes civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados; iv) Lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causará pérdidas incidentales de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea; v) Atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, viviendas o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares;

25 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados internacionales vi) Causar la muerte o lesiones a un combatiente que haya depuesto las armas o que, al no tener medios para defenderse, se haya rendido a discreción; vii) Utilizar de modo indebido la bandera blanca, la bandera nacional o las insignias militares o el uniforme del enemigo o de las Naciones Unidas, así como los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra, y causar así la muerte o lesiones graves; viii) El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio; ix) Dirigir intencionalmente ataques contra edificios dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales y los lugares en que se agrupa a enfermos y heridos, siempre que no sean objetivos militares;

26 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados internacionales x) Someter a personas que estén en poder de una parte adversa a mutilaciones físicas o a experimentos médicos o científicos de cualquier tipo que no estén justificados en razón de un tratamiento médico, dental u hospitalario, ni se lleven a cabo en su interés, y que causen la muerte o pongan gravemente en peligro su salud; xi) Matar o herir a traición a personas pertenecientes a la nación o al ejército enemigo; xii) Declarar que no se dará cuartel; xiii) Destruir o apoderarse de bienes del enemigo, a menos que las necesidades de la guerra lo hagan imperativo; xiv) Declarar abolidos, suspendidos o inadmisibles ante un tribunal los derechos y acciones de los nacionales de la parte enemiga;

27 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados internacionales xvii) Emplear veneno o armas envenenadas; xviii) Emplear gases asfixiantes, tóxicos o similares o cualquier líquido, material o dispositivo análogos; xix) Emplear balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano, como balas de camisa dura que no recubra totalmente la parte interior o que tenga incisiones; xx) Emplear armas, proyectiles, materiales y métodos de guerra que, por su propia naturaleza, causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios o surtan efectos indiscriminados en violación del derecho internacional de los conflictos armados, a condición de que esas armas o esos proyectiles, materiales o métodos de guerra, sean objeto de una prohibición completa y estén incluidos en un anexo del presente Estatuto en virtud de una enmienda aprobada de conformidad con las disposiciones que, sobre el particular, figuran en los artículos 121 y 123; xxi) Cometer atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes; xxii) Cometer actos de violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, definido en el apartado f) del párrafo 2 del artículo 7, esterilización forzada y cualquier otra forma de violencia sexual que también constituya una infracción grave de los Convenios de Ginebra;

28 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados internacionales xxiii) Utilizar la presencia de una persona civil u otra persona protegida para poner ciertos puntos, zonas o fuerzas militares a cubierto de operaciones militares; xxiv) Dirigir intencionalmente ataques contra edificios, material, unidades y medios de transporte sanitarios, y contra personal que utilice los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra de conformidad con el derecho internacional; xxv) Hacer padecer intencionalmente hambre a la población civil como método de hacer la guerra, privándola de los objetos indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar intencionalmente los suministros de socorro de conformidad con los Convenios de Ginebra; xxvi) Reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas nacionales o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades;

29 CRÍMENES DE GUERRA 3) Las violaciones graves de las leyes y costumbres de guerra aplicables a los conflictos armados que no son de índole internacional artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 Protocolo Adicional II a los Convenios de Ginebra de 1949 de1977 el Segundo Protocolo de la Convención de la Haya sobre Protección de Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado de 1999 la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y del Personal Asociado de 1994 y los Estatutos de los Tribunales penales internacionales de Ruanda y de ex Yugoslavia y el Estatuto del Tribunal Especial para Sierra Leona).

30 CRÍMENES DE GUERRA EN EL ESTATUTO DE ROMA 2) Conflictos armados no internacionales i) Los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles y la tortura; ii) Los ultrajes contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes; iii) La toma de rehenes; iv) Las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal regularmente constituido, con todas las garantías judiciales generalmente reconocidas como indispensables.

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