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EVALUACION JURIDICA CONVOCATORIA PÚBLICA No. COMM-SASIE-001-2013 OBJETO: Compra de Materiales de Formación para los Talleres de Soldadura del Centro de Operación y Mantenimiento Minero sede principal y subsede la Jagua de Ibirico - SENA Regional Cesar PRESUPUESTO OFICIAL: $101.928.021 REQUISITO VERIFICADO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Anexo No. 2 "Carta de Presentación de la Propuesta" y será firmada por el proponente o su apoderado debidamente facultado con poder, si hubiere lugar a ello. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, en unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal debidamente facultado en los términos de ley. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente tenga la facultad de comprometer al proponente, genera rechazo de plano de la oferta. En la carta de presentación de la propuesta, el proponente, persona natural o el representante legal de la Persona Jurídica, tiene la obligación de manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones establecidas en la Constitución y la Ley. Adicionalmente, ésta manifestación juramentada también debe hacerla respecto de la persona jurídica que representa y respecto de los socios que la conforman. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la ANA DELIA QUINTERO DE OBREGO/FERRETERIA PINTEMOS FOLIOS 1-2 CARLOS ANDRES TREJOS SARABIA/FERRETERIA MUNDIAL FOLIOS 1-3 OBSERVACIONES 1

manifestación, bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política o en la Ley se hará por cada uno de sus miembros; y si los integrantes son personas jurídicas, debe manifestar que los socios que las conforman, no se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la Constitución y la Ley. Si el Proponente, persona natural, el Representante Legal o alguno de los socios o todos o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, la oferta será rechazada. CERTIFICADO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES -RUP- DE LA CAMARA DE COMERCIO De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el articulo 6.1.2.2 del Decreto 734 de 2012, todas las personas naturales o jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Todo proponente deberá anexar el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio. Este Registro Único de Proponentes, debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria. La inscripción, renovación, actualización o REGIONAL CESAR FOLIOS 11 A 37 FOLIOS 4 A 9 2

modificación, deberá encontrarse registrada con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y encontrarse en firme dicho registro, cualquiera que sea la acción realizada. (Art. 221 del Decreto 019 de 2012). En caso que el proponente sea Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes que lo conforme, deberá presentar su correspondiente RUP, en las condiciones señaladas en el presente numeral. Tratándose de personas naturales, corresponderá a las actividades comerciales y/o económicas inscritas ante la Cámara de Comercio del domicilio del comerciante y que se encuentren registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal. Dichas actividades deben encontrarse relacionadas con el objeto de la presente contratación. Si se trata de personas jurídicas, la capacidad de ésta debe encontrarse relacionada con la actividad prevista en su objeto social. (Artículo 99 Código de Comercio). Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales en su conformación deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. En este caso, la actividad económica y/o comercial de por lo menos uno de los consorciados debe encontrarse relacionada con el objeto a contratar; los demás deberán acreditar una actividad comercial y/o económica similar con dicho objeto. Por lo anterior, si las actividades incorporadas en el objeto de la presente contratación no se encuentran relacionadas con el objeto social del proponente, persona natural o jurídica, o de por lo menos una de las personas jurídicas o naturales que conforman el consorcio o unión temporal, la propuesta será inhabilitada 3

DOCUMENTOS JURÍDICOS QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD JURÍDICA Los oferentes presentarán con su oferta los siguientes documentos: - Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no superior a 30 días, contados retroactivamente con la fecha de cierre del presente proceso, para personas jurídicas y naturales inscritas ante Cámara de Comercio. - El proponente debe haberse constituido ante Cámara de Comercio con antelación mínima de DOS (2) AÑOS, contados retroactivamente con la fecha de cierre del proceso, conforme al régimen legal aplicable y de acuerdo con el tipo de sociedad y deben encontrarse vigentes a la fecha de presentación de la oferta - En caso de que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros que lo conforme deberá presentar su correspondiente certificado de existencia y representación legal, en las mismas condiciones antes señaladas. - De conformidad con el Art. 6 de la Ley 80 de 1993, las personas jurídicas para suscribir el respectivo contrato, deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción - La matrícula mercantil deberá encontrarse renovada para la vigencia 2012, al momento de presentación de la propuesta. - El Sena, en cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 515 y S.S del Código de Comercio se reserva el derecho de verificar mediante Inspección Ocular la existencia del Establecimiento de Comercio y REGIONAL CESAR FOLIOS 3-4 FOLIOS 10-11 4

el cumplimiento de dichos requisitos, so pena de RECHAZO de la respectiva oferta La capacidad jurídica debe ostentarse al momento de presentar a correspondiente oferta; por lo tanto, la no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta es causal de RECHAZO, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR En caso de que el representante legal de la persona jurídica, conforme a sus estatutos, no tenga facultad para contratar, deberá presentar copia del acta en la que conste la respectiva autorización otorgada por el órgano social competente. Igual facultad deberán acreditar los representantes legales de las personas jurídicas que se presentan bajo la figura de consorcio o unión temporal y que tienen dicha limitación. La ausencia de capacidad jurídica para presentar la oferta no es subsanable de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2008 Certificación sobre el cumplimiento de las Obligaciones Parafiscales y de Seguridad Social. Paz y salvo de aportes al Sistema de Seguridad Social Persona natural: se acreditará con la planilla de pago del último mes. Persona natural con establecimiento de comercio con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo expedida por el propietario del mismo y/o el revisor NO APLICA FOLIOS 5-6 NO APLICA FOLIO 12 5

fiscal o contador público. REGIONAL CESAR Persona natural con establecimiento de comercio sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo expedida por el propietario del mismo, así mismo, el propietario del establecimiento de comercio deberá aportar también, la planilla de pago de sus aportes correspondientes al último mes. Persona jurídica con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo correspondiente a los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. Persona jurídica sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo, expedida por el representante legal, quien a su vez, deberá indicar su tipo de vinculación a la persona jurídica; en caso estar vinculado contractualmente deberá aportar la planilla de pago de sus aportes correspondiente al último mes. Paz y salvo de Aportes Parafiscales: Persona natural con establecimiento de comercio con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo expedida por el propietario del mismo y/o el revisor fiscal o el contador público. Persona natural con establecimiento de comercio sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo expedida por el propietario del FOLIO 5 FOLIO 12 6

mismo. REGIONAL CESAR Persona jurídica con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo correspondiente a los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. Persona jurídica sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo, expedida por el representante legal, deberá indicar su tipo de vinculación a la persona jurídica; en caso de estar vinculado contractualmente, deberá aportar la planilla de pago de sus aportes correspondiente al último mes. Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deben presentar de manera independiente la anterior certificación. En cumplimiento de lo establecido en el Art. 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente, deberá aportar junto con la presente certificación, copia de la última planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral. El SENA se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada; de encontrarse falsedad en la información, la oferta será objeto de rechazo. Por tratarse de un mandato legal, para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los participantes deberá acreditar el documento solicitado. Se sugiere diligenciar el ANEXO No. 6 del presente pliego Respecto al pago de aportes Parafiscales y 7

cumplimiento de la cuota del contrato de aprendizaje, multas y sanciones, EL SENA se reserva el derecho de verificar en el aplicativo de aportes de la Entidad el estado de cada uno de los proponentes y señalará en el informe de evaluación, el resultado de dicha verificación, con el fin de que los oferentes aclaren la situación que registran, si es del caso, dentro del plazo que establezca la Entidad para subsanar CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE Se deberá acreditar encontrarse paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante FOLIO 7-8 certificación expedida por Revisor Fiscal, cuando este exista y en caso contrario, por el Representante Legal. En el evento de no encontrarse obligado con la contratación de aprendices deberá manifestarlo por escrito. Acorde a lo establecido en la Resolución interna No. 002090 del 26 de Octubre/05: En el caso de personas naturales, en el evento de no estar obligada al pago de aportes parafiscales o contratación de aprendices, lo certificará mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se manifieste dicha circunstancia. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA A la propuesta deberá anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente con la siguiente información: BENEFICIARIO: Centro de Operación y Mantenimiento Minero del Sena Regional Cesar, situada en la carrera 19 entre calles 14 y 15, piso 1, de la ciudad de Valledupar AFIANZADO: El Oferente FOLIOS 9-10 FOLIO 14 FOLIOS 15-16 8

VIGENCIA: Tres (3) meses, a partir de la presentación de la propuesta. En todo caso, su vigencia deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual CUANTÍA: Diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. Esta garantía, debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. De conformidad con lo establecido en el numeral 5.1.4.1 del artículo 5.1.4 del Decreto 734 de 2012, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: parte del proponente seleccionado. o ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses. seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. a después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal 9

condición. De acuerdo con lo estipulado en el numeral 5.1.7.1 del artículo 5.1.7 del Decreto 734 de 2012, la no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o de la persona natural o de los miembros del consorcio o unión temporal vigente conforme el Decreto 4969 del 23 de julio de 2009 Verificación por parte de la Entidad de antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales. EL SENA a través de la Unidad de Contratación, verificará internamente que los proponentes no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales, Procuraduría General de la Nación (Antecedentes Disciplinarios) y la Policía Nacional (Antecedentes Judiciales). El registro de esta verificación se insertará en el expediente Certificación expedida por una Entidad Financiera, donde conste el número de la cuenta de ahorros o corriente a nombre del proponente y su vigencia. CERTIFICACIÓN MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES El proponente, persona natural, persona jurídica deberá acreditar mediante escrito presentado bajo la gravedad de juramento que él, y los socios que las conforman, no han tenido sanciones ni multas contractuales en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este documento deberá diligenciarse para cada uno de sus integrantes. REGIONAL CESAR FOLIO 43 FOLIO 48 FOLIO 50 FOLIO 17 FOLIO 21 FOLIO 22 10

PODER: Cuando el proponente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante documento legalmente expedido por un ente o por NO APLICA NO APLICA autoridad competente, que su representante o apoderado está expresamente facultado como tal para presentar la oferta y/o suscribir el respectivo contrato REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT) El proponente deberá allegar Certificado expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en FOLIO 78 FOLIO 23 donde se especifique actualmente a que régimen tributario pertenece y se encuentre actualizado con los códigos CIIU. Certificación del Representante Legal para el caso de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas De conformidad con lo establecido en el numeral 4.1.2 del Decreto 734 de 2012, en concordancia con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, para acreditar la calidad de Mypes o Mipymes nacionales, los oferentes deberán presentar una certificación expedida por contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que señale tal condición y su tamaño empresarial (micro, pequeña o mediana empresa), además deberá presentar el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. Verificados los requisitos de orden jurídico señalados en el numeral 2.11 del pliego de condiciones definitivo de la Convocatoria COMM-SASIE-001-2013, se obtiene el siguiente resultado: PROPONENTE: ANA DELIA QUINTERO DE OBREGO/FERRETERIA PINTEMOS: Proponente con la totalidad de requisitos jurídicos exigidos en el pliego de condiciones definitivo de la Convocatoria Pública COMM-SASIE-001-2013, por lo tanto se evalúa como JURIDICAMENTE, quedando HABILITADO para continuar dentro del presente proceso. 11

PROPONENTE: CARLOS ANDRES TREJOS SARABIA/FERRETERIA MUNDIAL: Proponente con la totalidad de requisitos jurídicos exigidos en el pliego de condiciones definitivo de la Convocatoria Pública COMM-SASIE-001-2013, por lo tanto se evalúa como JURIDICAMENTE, quedando HABILITADO para continuar dentro del presente proceso. OBSERVACION : Verificados los pagos de aportes parafiscales y cumplimiento de la cuota de aprendizaje, en el aplicativo de aportes de la Entidad, se obtuvo el siguiente resultado: PROPONENTE: ANA DELIA QUINTERO DE OBREGO/FERRETERIA PINTEMOS: Que el empleador con razón social ANA DELIA QUINTERO DE OBREGON, identificado con el Nit 30061379, se encuentra registrado en la base de datos de Aportes del SENA, encontrándose al día con los pagos de los Aportes Parafiscales mensuales a la fecha y no presenta registros en cartera. CERTIFICA: Contrato de Aprendizaje: No se encuentra regulada la cuota de aprendizaje; por lo tanto debe acercarse a la Regional del SENA donde esta ubicada su sede principal para efectos de determinar si se encuentra obligado a contratar aprendices. PROPONENTE: CARLOS ANDRES TREJOS SARABIA/FERRETERIA MUNDIAL: Que el empleador con razón social CARLOS ANDRES TREJOS SARABIA, identificado con el Nit 7571707, se encuentra registrado en nuestra base de datos de Aportes durante las últimas cinco (5) vigencias y no registra pagos en los periodos descritos a continuación: Vigencia 2012: Meses Jul-Sep Que hasta tanto el empleador no cancele los periodos anteriormente relacionados o aclare su situación ante la respectiva regional del SENA en la cual tiene su sede principal, no se encuentra al día con los pagos mensuales por concepto de aportes parafiscales. No se encuentra regulada la cuota de aprendizaje; por lo tanto debe acercarse a la Regional del SENA donde está ubicada su sede principal para efectos de determinar si se encuentra obligado a contratar aprendices. 12

Por lo tanto hasta tanto el proponente no aclare la situación anteriormente señalada, no se encuentra al día con los pagos mensuales por concepto de aportes parafiscales. En consecuencia, el proponente cuenta con plazo para aclarar la situación presentada hasta las 18:00 horas del día 3 de abril de 2013. Transcurrido el plazo anterior y no habiendo subsanado la información solicitada, el proponente se evaluará como NO JURIDICAMENTE, quedando INHABILITADO para continuar dentro del presente proceso Valledupar, 19 de marzo de 2013 CARMEN JULIA ZAPATA SAN JUAN Evaluadora Jurídica Profesional G08 Unidad de Contratación 13