EL ABORTO. Índice. Mª del Pilar García. 1. Consideraciones previas. 2. El comienzo de la vida humana. 3. Falacias acerca del aborto.



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Transcripción:

EL ABORTO. Mª del Pilar García Índice 1. Consideraciones previas. 2. El comienzo de la vida humana. 3. Falacias acerca del aborto. 4. Leyes sobre el aborto en España. 5. El Magisterio de la Iglesia Católica.

Si el hombre puede decidir por sí solo, sin Dios, lo que está bien y lo que está mal, puede también disponer que un grupo de hombres sea aniquilado. Decisiones como ésta fueron tomadas, por ejemplo, en el Tercer Reich por personas que, habiendo alcanzado el poder por vías democráticas, se sirvieron de él para llevar a cabo los perversos programas de la ideología nacionalsocialista... Las formas de exterminio que acabamos de citar han cesado. Sigue existiendo sin embargo el exterminio legal de los seres humanos concebidos y aún no nacidos. Y esta vez se trata de un exterminio decidido nada menos que por los Parlamentos elegidos democráticamente, en los cuales se apela al progreso civil de la sociedad... Los Parlamentos que promulgan semejantes leyes deben ser conscientes de ir más allá de las propias competencias y de entrar en conflicto patente con la ley de Dios y con la Ley de la naturaleza. Juan Pablo II 1. Consideraciones previas.- A principios de siglo XXI la aceptación social del aborto es una realidad. El embrión y el feto son hombres, simplemente hombres, algo que saben las mujeres que abortan, que saben los médicos y que saben todos los que utilizan la razón y el sentido común. Lo importante a resaltar es que hoy día en las sociedades avanzadas la cultura abortista no quiere una derrota del aborto evitado por la razón o por la acción de los grupos favorables a la vida, por el cumplimiento estricto de la legalidad, etc. Prefiere con todo su error, el aborto realizado. El argumento suele ser el derecho de la mujer a decidir: aborto sí, o aborto no, pero se ponen todos los obstáculos para que la decisión conduzca al sí (piénsese en la reciente situación de España, donde miles de hombres, mujeres y niños se han manifestado en contra de la ley del aborto sin ser escuchados por los llamados representantes del pueblo...). La cuestión que está en peligro hoy día en nuestra sociedad es: el derecho a la vida. En nuestro país, se eliminan cada año 90.000 hijos en el vientre de sus

madres. Es una tragedia demasiado cruel para mantenerla oculta en la censura de las conciencias humanas. Según la OMS (datos aproximados de 1997) cada año se habrían practicado cincuenta y tres millones de abortos, con lo que tenemos anualmente un número de víctimas inocentes semejante a las provocadas por toda la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). Lo más grave: la supresión de estas vidas humanas está autorizada y financiada incluso por los Estados. Se pretende reivindicar como uno de los derechos fundamentales del hombre. Y, no sólo es un derecho sino que en ciertos países es incluso obligatorio. Por ley (China, India). Además, según estimaciones de la doctora Thérèse Gillaizeau Amiot, a los 50 millones de abortos en el mundo se deben sumar 4 millones de abortos farmacéuticos y hasta 460 millones de abortos debidos al uso del DIU. A todas estas pequeñas vidas suprimidas con estos sistemas se añaden, además, el inmenso número de embriones producidos por la fecundación artificial y, de un modo u otro, eliminados. 2. El comienzo de la vida humana. Cuándo comienza la vida humana? Desde cuándo existe un ser humano o una persona humana? La Iglesia católica afirma que el derecho a la vida del nuevo ser arranca desde el momento de la fecundación, es decir, desde el momento en que se constituye la realidad biológica del cigoto o célula huevo, resultante de la fusión del óvulo y del espermatozoide. Es importante subrayar que esta postura es compartida igualmente por otras personas, aunque no estén incluidas dentro del campo católico. La fecundación constituye un salto cualitativo en relación con las células germinales precedentes antes de la fusión. El cigoto resultante tiene una relevancia equiparable a la del recién nacido por las siguientes razones: a) Es una realidad biológica humana. La información genética existente en la célula-huevo es humana y solamente humana. b) En la información genética existente en el cigoto se prefigura el individuo humano que se va a desarrollar a partir de aquél. Indiscutiblemente, los factores que van a actuar durante el desarrollo embrionario van a jugar un papel muy importante en el troquelado del nuevo ser. Hay que decir que cada ser humano es un ser único e irrepetible en la historia de la humanidad y que su singularidad e irrepetibilidad está ya presente en el cigoto.

c) En el debate sobre el aborto se ha afirmado con frecuencia que el embrión o feto son una parte del cuerpo de la madre, de la que ésta, por tanto, puede disponer como de un apéndice. Esta afirmación es, biológicamente y con toda claridad, falsa. El nuevo ser no es una parte del organismo materno, sino una realidad biológicamente distinta y que, sin embargo, sorprendentemente, no es rechazado como un cuerpo extraño que desde el principio comienza a dirigir su propio proceso de desarrollo, sintetizando sus propias proteínas y enzimas, que son distintas de las de su madre. El nuevo ser es, durante su desarrollo embrionario sumamente dependiente del organismo materno, pero es al mismo tiempo, autónomo, ya que es él mismo, el que dirige su propio proceso de desarrollo. La madre le da albergue, le proporciona el material alimenticio y energético necesario. 3. Falacias acerca del aborto. Se ha propagado la idea del aborto como símbolo de progreso: Hace más de 30 años el aborto fue introducido en los países democráticos, y muchos antes fue legalizado por la Unión Soviética (1920), por la Alemania nazi, después por los demás países del Este. Así pues, el aborto es fruto de las ideologías totalitarias del siglo XX. El hecho nuevo, la absoluta novedad histórica es la siguiente: Si la práctica del aborto está extendida desde hace tiempo, el abortismo como ideología parece ser un hecho circunscrito a la civilización occidental moderna. En efecto, ha ocurrido algo inédito y horrible, nuestra generación creía haberse liberado de las viejas ideologías, y sin darse cuenta se ha encontrado inmersa en una nueva ideología. Así, el aborto, en el siglo XX, se ha convertido incluso en un derecho reivindicado políticamente. Resulta paradójico, que hoy, cuando los modernos descubrimientos nos revelan las maravillas de la vida prenatal, y se puede seguir paso a paso el prodigio de la vida humana, no se nos permite siquiera hablar de ello. El aborto consentido, gran tabú de nuestra sociedad sin tabúes. Sin embargo, frente al viejo principio sociológico del siglo XIX, según el cual la modernidad es sinónimo automático de secularización en Italia y en EE.UU. ha surgido un renacimiento cristiano en los últimos veinte años y nos da ejemplo de otra modernidad posible y más vital respecto a la nihilista y secularizada de Francia y de España. Sciolla lo explica, en un libro suyo, habla de contracorriente italiana semejante a la americana, o de desecularización. Dice: somos el único país de Europa, donde de 1981 a 1999 el índice de confianza en la Iglesia pasa del 57% al 67% y los valores típicos de la mentalidad laicista están en fuerte retroceso sobre todo en la regiones del Norte, las socialmente más avanzadas.

En Italia se pidió el aborto libre y de Estado tanto en nombre de los impulsos individualistas del utilitarismo burgués, como de la cruda lógica materialista del asistencialismo comunista que hace equivaler un aborto a una operación de hernia. Por un lado, se apela al sano egoísmo. Por otro, se dice que es necesario hacer que éste sea reconocido como una operación cualquiera, del mismo modo que todas las demás y que, como tal sea pagada por el seguro. Es importante además, que el aborto pueda ser practicado a las menores sin el consentimiento de los padres. Se crea una especie de literatura abortista libertaria donde se repite obsesivamente que la mujer tiene el derecho de disponer de su propio cuerpo sin discutir seriamente lo que está en cuestión, es decir, si el concebido es cuerpo de la mujer. Análoga sordidez intelectual fuera de Italia. En Francia, es para morirse de vergüenza recordar el manifiesto por el aborto provocado y suscrito por 343 grandes nombres de la cultura francesa y publicado por La Nouvel observateur en la que se definía al feto como spèce de tumeur dans le ventre. Evidentemente, el personal médico sabe bien lo que es un aborto y siendo en buena parte laico o agnóstico- prefiere no practicarlo por graves conflictos de conciencia (objeción de conciencia). Otra mentira sería que existe poca cultura contraceptiva. En países donde está difundida la contracepción, a pesar de ello, se hacen más abortos que en los que no lo está. Y no se registra ningún descenso. Monesi y Eugenio Roccella han publicado una serie de estadísticas impresionantes llegando a la siguiente conclusión: El crecimiento simultáneo del aborto y de la contracepción es una tendencia común en países desarrollados. Por el contrario, el número de abortos crece cuando se difunde una mentalidad abortista, cuando cae el valor que se atribuye a la vida. Y allí donde se vuelve a educar en el respeto a la dignidad de los más pequeños y al valor de la vida el número de abortos voluntarios disminuye drásticamente, por ejemplo, Eslovaquia donde las interrupciones de embarazo han caído de 50.000 en 1988 a 16.000 en 2001. El motivo es que se ha dado un reencuentro con la libertad después de la barbarie comunista y ha crecido una nueva mentalidad, de raíz cristiana, tanto que en la nueva constitución democrática se garantiza el derecho a la vida, subrayando que es digna de ser protegida también antes del nacimiento. Otro ejemplo, el doctor Bernad Nathason es testigo de la mentira sistemática. Así cuenta cómo en dos años fueron capaces de cambiar la opinión pública en New York. La técnica consiste en falsificar datos sobre abortos clandestinos; negar a pesar de las pruebas científicas, que la vida comience con la concepción y que, por tanto, en el útero exista una persona. Insistir en que el problema no viene de la ciencia sino de la teología, el derecho, de la ética y de la filosofía añadiendo que es

imposible científicamente el comienzo de la vida. En realidad, Nathason como científico sabe que las cosas son de otra manera, que la vida comienza desde el momento de la concepción. 4. Leyes sobre el aborto en España. En primer lugar, habría que aclarar que no es lo mismo legalización del aborto que despenalización. Son dos términos frecuentemente utilizados como sinónimos, pero que no lo son en realidad. Una acción es legal cuando se mueve dentro de los cauces legales, y el que la realiza tiene derecho a ejecutarla, incluso reclamando que se proteja el ejercicio de esa acción. Esto significa en el caso del aborto, que la despenalización del aborto no significa su legalización. Las legislaciones que han despenalizado meramente el aborto no imponen una pena al que lo practica en las circunstancias previstas, pero aquél no es un acto que tenga validez jurídica. No se reconoce el derecho a provocar el aborto y, menos aún, que se pueda reclamar la protección de este derecho. En España fue aprobada la llamada ley del aborto el 30 de noviembre de 1983. Ante el recurso previo de anticonstitucionalidad, la ley fue llevada al Tribunal Constitucional, cuya sentencia tuvo lugar el 11 de abril de 1985. Teniendo en cuenta el fallo de esta sentencia, la ley pasó de nuevo los trámites del Parlamento y del Senado, hasta que fue aprobado el artículo 417 bis del Código Penal, que fue publicado en el BOE del 12 de julio de 1985. Este artículo del Código Penal queda así redactado: No será punible el aborto practicado por un médico, o bajo, su dirección, en centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado y con consentimiento expreso de la mujer embarazada, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: 1ª Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la madre. 2ª Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado. 3ª Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o

privado, acreditado al efecto y distintos de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En la práctica, estos supuestos han sido un cajón de sastre, donde todo vale hasta el punto de que España ha llegado a ser el país de Europa donde es más fácil practicar un aborto, especialmente, en ciertas autonomías, por ejemplo, Cataluña, Barcelona, donde se han cometido verdaderas atrocidades. Las cosas no han mejorado, pues, la nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo aprobada el jueves 25 de febrero de 2010, publicada en el BOE el día 3 de marzo de 2010, y que entrará en vigor el próximo 5 de julio de 2010 es una brutalidad jurídica, técnica y moral. Todo ello, sin atender al fuerte rechazo social que ha recibido esta ley desde un principio, y pese a las grandes manifestaciones que ha habido en su contra. Algunas consideraciones acerca de la nueva ley: La norma establece un plazo de 14 semanas para que las mujeres, "sin interferencia de terceros", puedan abortar libremente. Asimismo, tendrán la posibilidad de interrumpir su embarazo hasta la semana 22 si "existe grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada" o "riesgo de graves anomalías en el feto". La ley también permite abortar en cualquier momento del embarazo si se detectan "anomalías fetales incompatibles con la vida" o cuando se descubra en el feto "una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico". Por otra parte, limita inconstitucionalmente el derecho a la objeción de conciencia. Menores de 16 y 17 años. La decisión de abortar corresponde exclusivamente a ellas, pero al menos uno de los representantes legales (padre, madre o tutor) ha de ser informado. Ahora bien: se prescinde de la obligación de informar si las menores alegan que esto les puede acarrear un grave conflicto. Objeción de conciencia. Se limita a los profesionales directamente implicados en el aborto. Además, la ley establece que los objetores deberán ejercer su derecho de forma individual, por escrito y justificada. Y las Facultades de Medicina y las Escuelas de Enfermería tienen obligación de enseñar en sus aulas a practicar abortos. Educación sexual. A partir de los 11 años, los alumnos de primaria y secundaria recibirán clases de salud sexual y reproductiva.

En realidad, despenaliza totalmente el aborto y lo convierte en un derecho, lo que constituye una arbitrariedad jurídica única en Europa puesto que deja al que ha de nacer sin la menor protección. La concepción de la ley es brutalmente antinatalista. El embarazo es visto como un problema médico y no como un don que la persona y la sociedad reciben. Esta cultura que difunde la ley, situada en la actual crisis demográfica española, ahonda en el suicidio colectivo a que nuestra sociedad se ve abocada por falta de nacimientos. Blinda y protege absolutamente el negocio de las empresas privadas dedicadas al aborto y que realizan más del 95% de todos los que se practican en España. Blinda y protege una práctica que ha convertido a nuestro país en el paraíso del aborto Discrimina a los médicos en función de sus opiniones, estableciendo así otra vulneración constitucional de las muchas que contiene la ley. Es radicalmente eugenésica. La más extremada de toda Europa. La malformación del feto, que puede ser cualquier cosa en el marco de la ley, permite la libertad de abortar hasta el último día del embarazo. Asimismo, Continúa sin establecerse los mecanismos de control sobre el aborto ejercido por las clínicas privadas. En España está mucho más regulada la tala de un árbol que cometer un aborto, y esto es algo absolutamente irracional. Ni tan siquiera aborda el problema de las actuales estadísticas que en realidad se limitan a reproducir las cifras que proporcionan las clínicas sin ningún tipo de control. Por eso, puede afirmarse que la cifra real de abortos en España es aquella que deciden las clínicas y que no tiene por qué coincidir con los realmente efectuados. Todos los casos judiciales abiertos hasta ahora demuestran que hay abortos que no se declaran. Continúa la situación anómala en relación a Europa, y terrible para nuestro futuro como país, de que no existe ningún tipo de ayuda para que la madre embarazada pueda tener el hijo, mientras que se subvencionan a las clínicas y los abortos. La sanidad pública y los servicios sociales dirigen a las madres embarazadas con dudas o dificultades, directamente a los centros donde se practica el aborto. Es decir, todo lo contrario de lo que sería necesario. No es una ley homologable con Europa, se trata de una ley radical al servicio de una extraña ideología, contraria al sentido de humanidad, y que contribuirá a generar graves problemas en el futuro desarrollo económico y el mantenimiento del sistema público de pensiones. Ya, ahora, los abortos significan casi uno de cada cuatro nacimientos y sigue creciendo. Somos el único país de Europa donde este fenómeno se da en tales proporciones.

5. El Magisterio de la Iglesia. Las tomas de postura del Magisterio de la Iglesia son muy frecuentes en estos últimos años. La constitución Gaudium et spes del Vaticano II en los nn. 27 y 51. Conferencias Episcopales, la Declaración sobre el aborto provocado de la Congregación para la Doctrina de la Fe de 1974 y, especialmente la encíclica de de Juan Pablo II Evangelium Vitae, además del Catecismo de la Iglesia Católica, se podría resumir en los siguientes puntos: 1) Hay una clara y unánime afirmación de que la vida es inviolable desde el momento de la concepción. 2) La afirmación del derecho a la vida del no-nacido se fundamenta en una reflexión sobre los datos científicos acerca del valor humano del nuevo ser: su carácter biológico humano, la continuidad del proceso de desarrollo embrionario, el ser llamado a la vida en un contexto humano. 3) También se insiste en un argumento de raíz evangélica para proteger la vida: el valor que para Jesús tiene la vida del pobre, del débil, del que no tiene voz para defender su derecho a la vida. 4) Se subraya la importancia del contexto social en el que se da el aborto, subrayando las múltiples amenazas existentes hoy contra la vida humana, la existencia de un clima hedonista que desvirtúa el valor de la sexualidad, la necesidad de crear cauces de ayuda a la mujer embarazada. 5) En el tema de la despenalización o legalización del aborto, los documentos eclesiales repiten con frecuencia la distinción entre los planos ético y legal claramente marcada por Santo Tomás de Aquino-, de que el legislador no está obligado a sancionar la violación de todo valor ético, sino únicamente de los que afecten al bien común. Sin embargo, en el caso del aborto está en juego un valor básico y un derecho fundamental el derecho a la vida- que debe ser siempre protegido legalmente. Juan Pablo II en la Evangelium vitae afirma que: con la autoridad que Cristo confirió a Pedro y a sus sucesores, en comunión con todos los Obispos que en varias ocasiones han condenado el aborto y que en la consulta citada anteriormente, aunque dispersos por el mundo, han concordado unánimemente sobre esta doctrina-, declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Juan Pablo II califica este delito como uno de los más graves y peligroso, pero alienta a la conversión y dedica bellas palabras de acogida a la mujer que ha abortado (n. 99).

Bibliografía.- Catecismo de la Iglesia Católica, Asociación de editores del catecismo, Getafe, Madrid 1992. Congregación para la doctrina de la fe, Declaración sobre el aborto provocado, 11 de noviembre de 1974 (www. vatican.va). Ecclessia Digital, La nueva Ley del Aborto es una brutalidad jurídica, técnica y moral, jueves, 25 de febrero de 2010. Gaudium et spes, Archivo- Documentos del concilio Vaticano II. (www. vatican.va) Juan Pablo II, Evangelium Vitae Carta encíclica-, 25 de marzo 1995. (www. vatican.va) Ley Orgánica 9/1985, del 5 de julio, BOE, 12 de julio 1985. BOE.es: Consultas. Documento Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Resolución de 25 de febrero de 2010. BOE.es: Consultas. Documento Socci, Antonio, El Genocidio Censurado. Aborto: mil millones de víctimas inocentes, Editorial Cristiandad, Madrid 2007.