CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO DE INFORMACIÓN. Presenta: Perla Gómez Gallardo



Documentos relacionados
CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO DE INFORMACIÓN. Presenta: Perla Gómez Gallardo

Transparencia, Acceso a la Información y Protección de datos personales. María Marván Laborde Comisionada IFAI

Artículo 13. Como información reservada podrá clasificarse aquélla cuya difusión pueda:

Al tenor de los siguientes RESULTANDOS

VISTOS: Para determinar la debida clasificación de la información requerida mediante la solicitud al rubro citada, con base en los siguientes:

Conceptos básicos de Protección de Datos Personales Universidad Autónoma de Ciudad Juárez

Dra. Vanessa Díaz Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Autoridades subestatales de protección n de datos y experiencias y estrategias proactivas en educación n y salud.

Clasificación de información I F A I

Capítulo I Disposiciones Generales

REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

AVISO DE PRIVACIDAD MACRO QUIMICA SA DE CV

AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C.

Documento realizado por: Abg. Heillen Heiber Dirección de Personal

ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

PROPUESTA PARA LA INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL A FAVOR DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LA TRANSPARENCIA

MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES FUNDACION HISPANOAMERICANA SANTIAGO DE CALI

PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD

Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera.

Diapositiva 1. Diapositiva 2. Diapositiva 3 JOEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ TRANSPARENCIA Y DERECHO A LA INFORMACION. 03/11/ :21:31 p.m.

Conceptos básicos de Protección de Datos Personales. Universidad Autónoma de Ciudad Juárez

MODELOS AVISOS DE PRIVACIDAD ALBERGUES Y PERSONAS MIGRANTES NO LOCALIZADAS. 19 de mayo de Objetivo del documento:

I Datos Personales: cualquier información concerniente a una persona física identificada o no identificable.

Presentación: El Rol y Beneficio del proveedor De información respecto al cumplimiento de la Ley de Burós De información crediticia

AVISO DE PRIVACIDAD FIANZAS

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A.

CÓDIGO DE ÉTICA Código: DG-D Versión: 01 - Fecha Emisión: 05/02/2013

DAVIDSON & CIA. LTDA. ASESORES DE SEGUROS

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS

NIFBdM A-3 NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

AVISO DE PRIVACIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN AMISTAD FAMILIAR A.R.

EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

TITULO I. Disposiciones generales

LINEAMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CREG

IMPLICACIONES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE

Política de Publicidad y Acceso a la Información

Es la Coordinación Municipal de Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Tlaxcala; que se encarga de brindar a la sociedad el acceso a la información

INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA CUESTIONARIO AUTOEVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Dependencia: Nombre Director o Coordinador:

REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES, ANÁLISIS JURÍDICO

Presenta: Dip. Carlos Alberto García González (PAN- Tamaulipas) Objeto:

María Rivero del Paso 1

TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN BALANCE

El Banco de la Comunidad. Política de Protección de Datos Personales

Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente:

CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE CARRERA DE LA CÁMARA DE SENADORES

Fondo de Seguro de deposito (FSD) Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario.

Acciones Constitucionales. Deberes y derechos para hacer respetar el medio ambiente y las comunidades

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba.

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006

Propuestas a considerar para la elaboración de una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla

ROL DE SERVIR EN CAPACITACIÓN Y EVALUACIÓN

Manual de Programas de Capacitación. Dirección de Capacitación, Datos Personales y Archivos.

PLAN DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008

MEMORANDO CIRCULAR No CARLOS IVÁN VILLEGAS Presidente POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

COMENTARIOS AL NUEVO TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO

AVISO DE PRIVACIDAD. Responsable de la Protección de sus datos personales. Qué datos personales recabamos de usted?

HABEAS DATA Qué es el Habeas Data? Qué son los bancos de datos?

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION

INTRODUCCIÓN AL DERECHO Agustín Villalba Zabala

Buenas prácticas de Rendición de Cuentas

La Constitución española de 1978 pertenece a la clase de Constitución de origen popular, es extensa, ideológica, normativa y rígida.

Comisión de Indicadores, Evaluación e Investigación. Propuesta de Plan de Trabajo. Instituto Nacional de Estadística y Geografía

1. DESCRIPCIÓN O CONTENIDO.

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES

DERECHO DE PETICIÓN. Un derecho fundamental. Documento preparado por Carmenza Isaza Delgado, septiembre 2015

AVISO DE PRIVACIDAD. Por ello, lo invitamos a que lea detenidamente la siguiente información.

Ley de Información No Divulgada

INFORMACIÓN FINANCIERA CONFORME A LA NUEVA NORMA GUBERNAMENTAL EN MATERIA CONTABLE

REGLAMENTO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PUBLICIDAD, PUBLICACIÓN DE PROYECTOS NORMATIVOS Y DIFUSIÓN DE NORMAS LEGALES DE CARÁCTER GENERAL

AVISO DE PRIVACIDAD RESPONSABLE DE LOS DATOS PERSONALES.

LEY DEL SECRETO PROFESIONAL DEL PERIODISTA EN EL DISTRITO FEDERAL

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Constitución Española de 1978

ENTRE RÍOS, PROVINCIA DE

Las medidas las agruparía en cuatro grupos:

CAPÍTULO QUINCE POLÍTICA DE COMPETENCIA, MONOPOLIOS Y EMPRESAS DEL ESTADO

TEL FAX

1. BIEN COMÚN 2. INTEGRIDAD 3. HONRADEZ 4. IMPARCIALIDAD 5. JUSTICIA 6. TRANSPARENCIA

Propiedad Intelectual y Derecho a la Comunicación

Propuesta de Reglamento de protección de datos en la UE 2

ANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES

Derechos y Deberes Fundamentales.

1. MARCO LEGISLATIVO DE LA EDUCACIÓN EN VALORES

Felicidades y Buenas tardes.

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos

LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS

Universidad Nacional de Educación a Distancia NORMATIVA DE USO DEL CORREO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED)

PREMISAS FUNDAMENTALES FUNDAMENT EN MATERIA

C O N C E P T O S Secretario de una notaría y poder para, adelantar actos propios en la notaria para la cual presta sus servicios Consulta

Fermín Álvarez Hernández Villahermosa Tabasco 20 de julio del 2012

en el ámbito educativo Yolanda Marcela Hernández Cervantes Investigadora y Capacitadora del IICADH

Protección de Datos Personales

TEMA 1. - La Constitución E spañola de Valores superiores y principios inspiradores. - Derechos y libertades.

Esta información te será útil para elegir un producto financiero y también para conocer y usar mejor los que ya tienes.

CODIGO DEL DOCUMENTO: CONTROL DE CAMBIOS. Versión Fecha Descripción del Cambio

PARTICIPACIÓN SOCIAL Y FORMAS DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN SALUD

Transcripción:

CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO DE INFORMACIÓN Presenta: Perla Gómez Gallardo

Derecho de la Información Es la rama del derecho que tiene por objeto el estudio de las normas jurídicas que regulan los alcances y los límites del ejercicio de las libertades de expresión y de información y sus derechos accesorios a través de cualquier medio.

BENEFICIOS POLÍTICOS Y JURÍDICOS Es un paso decisivo para consolidar una democracia participativa. Redistribuye el poder entre los ciudadanos. Favorece la rendición de cuentas del Gobierno. Permite a los ciudadanos tomar decisiones mejor informadas. Contribuye a una cultura de apertura y transparencia. Es una herramienta de las personas para evaluar la función del gobierno directamente.

Derecho a la Información Derecho de atraerse información. Derecho a informar. Derecho a ser informado.

Libertad de Información Con el desarrollo de los medios de comunicación, su tuvo que consagrar el derecho a buscar, recibir e impartir información. Artículo 19 DUDH: Todo individuo tiene derecho a la libertad de expresión y de opinión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Derecho de Acceso a la Información Pública La prerrogativa de la persona para acceder a datos, registros y todo tipo de informaciones en poder de entidades públicas y empresas privadas que ejercen gasto público y/o ejercen funciones de autoridad, con las excepciones taxativas que establezca la ley en una sociedad democrática.

Qué es el derecho de acceso a la información pública? Es el derecho fundamental de la persona a conocer la información y documentos en manos de las entidades públicas.

Cuál es su objetivo? Transparentar la gestión pública Fortalecer la relación de confianza entre gobierno y gobernados Poner a disposición de las personas información que le sirva para ejercer sus derechos políticos y que mejore su calidad de vida.

Sujetos de la Información Pasivo. Es el que tiene a su cargo el deber de proporcionar la información solicitada. Tendencia a ampliar. Activo. Es el titular del derecho de acceso a la información pública. Tendencia a ampliar.

Sujetos Obligados El Poder Ejecutivo Federal. El Poder Judicial Federal. El Poder Legislativo Federal. Los órganos constitucionales autónomos. Los tribunales administrativos. Indirectamente, los partidos políticos y las personas que reciban recursos públicos (a través de la entidad que se los otorga).

Principios Básicos La información en posesión del Estado es pública. La información reservada constituye la excepción y no la regla, conforme a reglas claras establecidas en la ley. Se protegen los datos personales. La interpretación de la ley deberá favorecer la transparencia. La entrega de información no está condicionada a que se motive o justifique su uso, ni se requiere demostrar interés alguno.

Datos Personales Datos personales: la información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad.

Trámite de Acceso Se ha establecido un tiempo de respuesta a la solicitud de acceso a la información de un máximo de 20 días hábiles. Esta tiempo coincide con los tiempos establecidos en las leyes de acceso a la información de los Estados Unidos (30 días naturales), Reino Unido (20 días hábiles), Canadá (20 días hábiles) Francia (un mes), e Italia (30 días naturales). Existe la Positiva Ficta o Afirmativa Ficta.

Diseño del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Se crea un órgano de la Administración Pública Federal con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión. Integración: cinco comisionados designados por el Poder Ejecutivo Federal. Las decisiones del órgano estarán sujetas a control judicial (amparo).

Funciones del Instituto Resuelve controversias entre ciudadanos y autoridades. Expide la regulación en la materia de la ley. Supervisa e informa sobre el cumplimiento de la ley. Promueve su difusión entre ciudadanos y funcionarios.

Sanciones Se aplicará la Ley de Responsabilidades. Se sancionará la sustracción, el ocultamiento o la alteración de información pública; la divulgación de información reservada; actuar con negligencia o dolo en la sustanciación de los procedimientos de acceso o la publicación de información; así como la negativa de entregar información cuando medie una decisión del órgano autónomo o de un Juez.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN www.limac.org.mx correo.limac@gmail.com