PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO A LARGO PLAZO.



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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO A LARGO PLAZO. 1.- OBJETO. La contratación de una operación e préstamo a largo plazo por la cantidad de 300.000,00-, para financiar inversiones del presupuesto de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe para 2.010. 2.- CARACTERÍSTICAS DEL PRÉSTAMO. El sistema a utilizar será el de contrato de préstamo, en las siguientes condiciones: - Importe de la operación: 300.000,00.-. - Plazo de amortización: La operación se proyecta a largo plazo, con una duración de 15 años, incluidos de 2 de carencia. 3.- TIPO DE INTERÉS. Referido a EURIBOR (Euro Interbank Offered Rate) del mercado de depósitos interbancarios en la moneda euro al plazo de tres meses, tal y como aparece publicado en la pantalla Reuters por la Federación de Bancos de la Unión Europea, correspondiente al día hábil anterior al de la fecha de cada periodo de interés. Si en este último día no se hubieran realizado operaciones al mencionado plazo, regirá el del día inmediatamente anterior hábil a este y así sucesivamente hasta encontrar un día con cotización. Revisión EURIBOR: cada 3 meses. Liquidación de intereses: trimestral. Liquidación de amortización: anual. Esta operación de crédito no acarreará comisión de apertura, comisión de estudio, disponibilidad, amortización o reembolso anticipado, redondeo, ni cualquier otra comisión. Los fondos estarán a disposición de la Mancomunidad a partir de la fecha de formalización del contrato, si bien no devengarán intereses hasta su efectiva disposición. 4.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Las ofertas deberán indicar necesariamente, las condiciones que habrán de servir de criterios para la adjudicación, con el siguiente orden de preferencia: 1.- Tipo de interés Euribor a 3 meses más diferencial, incluyendo los costes de habituales de obtención de fondos en el mercado financiero, sin redondeo. 2.- Tipo de interés de demora. 3.- En caso de empate, se tendrán en cuenta las relaciones de colaboración y servicios realizados por los ofertantes con esta Mancomunidad. 5.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESEN-

TACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTOS. Lugar y plazo de presentación: Las proposiciones se presentarán en el Registro de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, en mano, de 9,00 a 14,00 horas, durante los quince días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia. Formalidades: Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, denominados A y B y en cada uno de ellos se hará constar el contenido y la identificación del licitador: - Sobre A. Denominado proposición económica, se ajustará al modelo contenido en el anexo al pliego y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precitando a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: Proposición económica para tomar parte en la contratación de una operación de préstamo a largo plazo convocada por la Mancomunidad de Aguas del Sorbe. - Sobre B. Denominado de documentos, con la siguiente inscripción: Documentos generales para tomar parte en la contratación de una operación de préstamo a largo plazo convocada por la Mancomunidad de Aguas del Sorbe y contendrá la siguiente documentación: 1.- D.N.I. del licitador o apoderado, y Código de Identificación Fiscal. 2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar, conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. 3.- De concurrir a la licitación sociedades civiles o mercantiles, deberán acompañarse las correspondientes escrituras de constitución de las mismas, así como los poderes del que actúe en el concurso como representante de la Sociedad, debidamente bastanteado a su costa por los Servicios Jurídicos de la Mancomunidad o por Letrado en ejercicio dentro de la demarcación territorial de este Colegio. De tratarse de sociedades mercantiles, habrá de acreditarse la inscripción en forma en el Registro Mercantil. 4.- Declaración de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 5.- Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Bancaria, acreditativo de la que la oferta ha sido aprobada por el órgano de gobierno correspondiente, de manera que no será necesaria ratificación posterior en caso de ser seleccionada dicha oferta por la Mancomunidad. 6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Están capacitados para contratar los bancos, cajas de ahorro y demás entidades financieras legalmente constituidas, que tengan plena capacidad de obrar y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 7.- GASTOS. El adjudicatario se obliga al pago de los anuncios e impuestos que procedan con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato.

8.- EXAMEN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. Una vez finalizado el acto de presentación de las proposiciones, la Mesa de Contratación, procederá a la apertura de las proposiciones económicas presentadas, en acto público en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, que se celebrará a las 13,00 horas del día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas, excluidos sábados. Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder si lo estima conveniente plazo no superior a 3 días para que se subsane. Si la documentación presentada contuviese defectos o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. La Mesa de Contratación podrá solicitar a los servicios técnicos que estudien las ofertas presentadas consultando si fuera preciso para evacuar dicho informe, a las Entidades que hayan presentado proposición, y una vez evacuado el informe, lo remitirán a la Mesa, que podrá efectuar propuesta de adjudicación, la cual, junto con el acta levantada al efecto se remitirá al órgano de contratación para que proceda a efectuar la adjudicación del contrato. La Mesa de Contratación estará formada por los señores vocales miembros de la Comisión Informativa de Cuentas y por el Secretario-Interventor de la Mancomunidad. Actuará como Secretario de la misma el Jefe de Sección de Administración. 9.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. El contrato se formalizará obligatoriamente en el modelo recogido en el Anexo I al presente pliego. Si la entidad adjudicataria se negara a suscribir el contrato en los términos que constan en el citado proyecto, anularía la oferta presentada y el conjunto de la documentación admitida se enviará al domicilio social de la entidad. El contrato se formalizará en documento administrativo ante el Secretario de la Mancomunidad. Los gastos de elevación a escritura pública del contrato a petición de la entidad adjudicataria, serán por cuenta de esta, así como cualquier otro gasto derivado de la intervención de cualquier otro fedatario. DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente pliego ha sido aprobado por la Asamblea General de la Mancomunidad, en sesión celebrada el día de julio de 2010. EL SECRETARIO,

MODELO DE PROPOSICIÓN. Don..., con DNI..., con domicilio en..., calle..., nº..., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de..., con CIF..., enterado de las condiciones que han de regir para la contratación de una operación de crédito a largo plazo convocada por la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, se compromete a su contratación ofertando las siguientes condiciones: - Importe total del crédito: 300.000,00.- (no se admiten ofertas parciales) - Tipo de interés: EURIBOR a 3 meses. - Diferencial: - Plazo de la operación: 15 años, incluidos 2 de carencia. - Revisión EURIBOR: trimestral. - Liquidación de intereses: trimestral. - Liquidación de amortización: anual. - Tipo de interés sobre excedidos: - Tipo de interés de demora: - Otros gastos y comisiones: exento. (fecha y firma)

MODELO DE CONTRATO DE PRESTAMO. En Guadalajara, a de de dos mil diez. REUNIDOS De una parte,, (en adelante la Entidad Financiera), con C.I.F, con domicilio en, representada por: D., con N.I.F. número, según resulta de los poderes otorgados ante el notario de, D., con fecha, bajo el número de protocolo, los cuales, según declara no han sido revocados. Y de otra la MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL SORBE (en adelante la Mancomunidad), con C.I.F. P1900002E con domicilio en C/. Siguenza, 11, de Guadalajara, representado por el Sr. Presidente, D. Juan Jesús Domínguez Picazo. Ante el Secretario de la Mancomunidad, D.. CONVIENEN En formalizar por medio de este documento, el presente contrato de Préstamo a Largo Plazo, en base a los expedientes tramitados por las citadas partes, declarando la Mancomunidad que cumple todos los requisitos legales, y que se regirá por las Condiciones Particulares y Cláusulas siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- PRESTAMO.- La Entidad financiera concede un préstamo por importe de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000.-.- ) con destino a financiar inversiones del Presupuesto 2010, que se hará efectivo mediante ingreso en la cuenta que designe la Mancomunidad, con valor del día de disposición, quien podrá disponer libremente del mismo. SEGUNDA.- VIGENCIA Y AMORTIZACION.- El plazo total de la operación se dividirá en dos tramos. Un primer tramo de carencia que abarcará 2 años, y se iniciará el día de formalización con el vencimiento el día. Durante el primer tramo de vigencia sólo se satisfarán intereses por las cantidades realmente dispuestas, pasado el cual, el capital pendiente de disponer se transferirá a la cuenta que determine la Mancomunidad. El segundo tramo corresponderá al de amortización de la cantidad en que se haya fijado definitivamente el principal del préstamo y su duración se fija en TRECE AÑOS, durante los cuales se efectuarán los pagos de intereses y reembolso del principal, mediante 13 entregas ANUALES iguales por importe de 23.076,92.-, o de la cantidad resultante de dividir entre 13 el importe en que haya quedado fijado definitivamente el principal del préstamo, debiendo quedar totalmente cancelado el día. Dichas cuotas de amortización se devengarán y tendrán vencimiento al término de los AÑOS correspondientes (debiendo realizar la primera el ) y su pago se realizará mediante cualquiera de los medios habi-

tualmente admitidos en la práctica bancaria. La Mancomunidad autoriza y faculta a la Entidad financiera para que pueda cargar, en cualquiera de las cuentas abiertas a su nombre, el importe de las amortizaciones del préstamo con sus intereses, incluso la cancelación total del mismo si se declarase vencido. TERCERA.- TIPO DE INTERES.- Será de aplicación al préstamo que se otorga en el presente documento, durante toda la vigencia de la operación, el tipo de interés EURIBOR trimestral, determinado según el método que se expresa en las cláusulas siguientes incluyendo los costes habituales de mercado y sin redondeo, más un margen de puntos (en su caso). El tipo de interés ordinario inicial será del % aplicándose durante el primer periodo y se revisará trimestralmente durante todo el plazo de vigencia. CUARTA.- DETERMINACION DEL EURIBOR.- Se entiende por EURIBOR a 3 meses (Euro Interbank Offered Rate) del mercado de depósitos interbancario en la moneda euro al plazo de tres meses, tal y como aparece publicado en la pantalla de la Agencia Reuters por la Federación de Bancos de la Unión Europea, correspondiente al día hábil anterior al de la fecha de cada periodo de interés. Si en este último día no se hubiera realizado operaciones al mencionado plazo, regirá el del día inmediatamente anterior hábil a este y así sucesivamente hasta encontrar un día de cotización. QUINTA.- DEVENGO Y PAGO DE INTERESES.- El importe absoluto de los intereses devengados a favor de la Entidad durante cada uno de los periodos comprendidos en el primer tramo de la presente operación se hallará multiplicando el saldo de las cantidades utilizadas por el tipo de interés nominal anual aplicable en ese periodo y por el número de días naturales en que permanezca dispuesta cada posición de dicho saldo, y se dividirá el resultado por trescientos sesenta y cinco y por cien. La fórmula utilizada para la obtención del importe absoluto de los intereses devengados, a partir del tipo de interés nominal, es la siguiente: C.r.t I = ---------- 36.500 Durante el segundo tramo o periodo de amortización el importe absoluto de intereses devengados a favor de la Entidad en cada uno de los vencimientos pactados, se obtendrá multiplicando dicho coeficiente o porcentaje de interés por el capital pendiente de amortización al principio de cada periodo de liquidación y dividiendo el resultado por 100. Los intereses correspondientes a esta operación se devengarán trimestralmente desde su formalización. SEXTA.- GASTOS.- Este préstamo no devengará comisión y/o gastos por ningún otro concepto. SEPTIMA.- T.A.E.- De acuerdo con la legislación vigente, a efectos meramente informativos, se establece que la presente operación arroja una T.A.E del % La indicada tasa anual equivalente ha sido calculada en función de lo establecido por la normativa del Banco de España en su Circular 8/1990, y posteriores circulares que la modifican.

OCTAVA.- MORA.- En las fechas que han quedado expresadas, la Entidad girará el recibo que corresponda por el total de capital o intereses. Si éste no fuera pagado a su vencimiento, se aplicará una penalización por demora de puntos sumada al tipo de interés remuneratorio vigente en cada vencimiento, calculada diariamente hasta el momento de ser efectiva, sin necesidad de requerimiento alguno y sin perjuicio de las demás acciones que a la Entidad correspondan. NOVENA.- CAUSAS DE RESOLUCION.- La Entidad financiera podrá considerar vencida la operación, aunque no hubiera transcurrido el plazo señalado, si la Mancomunidad destinara total o parcialmente el importe de este préstamo a finalidad distinta de la prevenida como objeto del mismo. Asimismo, la falta de pago al vencimiento de sus recibos faculta para declarar vencida la operación y, en general, si se incumpliera cualquiera de las cláusulas de este contrato; pudiendo reclamar judicialmente, y por el procedimiento que estime conveniente, el cobro de los impagados, incluidos los intereses de demora, gastos y costas judiciales o extrajudiciales, siendo por cuenta de la Mancomunidad los honorarios del letrado y derechos del procurador aún cuando su intervención no fuera preceptiva. Las partes contratantes, con renuncia a su propio fuero, se someten a los Juzgados y Tribunales de Guadalajara respecto a cualquier incidencia que pudiera resultar del presente contrato. DECIMA.- AMORTIZACION ANTICIPADA.- No obstante lo dispuesto respecto al plazo convenido, la Mancomunidad podrá anticipar el pago total de la cantidad adeudada en cualquier momento, así como efectuar entregas parciales a cuenta de la deuda, sin que ello le suponga el pago de comisión alguna por tal concepto, previo aviso a la Entidad financiera con antelación mínima de 15 días de su intención de proceder en este sentido. Con 15 días de antelación mínima a la finalización del periodo de carencia de 2 años previsto en la estipulación segunda, la Mancomunidad fijará mediante comunicación escrita a la entidad prestamista el importe definitivo del principal del préstamo, sobre el que se calcularán las entregas anuales de amortización, o bien cancelará la operación mediante la amortización del saldo que hubiera dispuesto a esa fecha, sin penalización alguna. UNDÉCIMA.- GARANTIAS.- La Entidad financiera se considera acreedor/a preferente de la Mancomunidad, por razón de este préstamo, sus intereses y penalizaciones o demoras y cuanto le sea debido, durante el tiempo que la presente operación no sea devuelta. Igualmente, la Mancomunidad contrae la obligación de justificar, durante los ejercicios en que la presente operación se encuentre en vigor y hasta el momento de su completo pago y cancelación, la inclusión en sus previsiones presupuestarias de la carga financiera derivada de la misma y, en su momento, del pago de las amortizaciones pactadas. Y en su virtud, ratificándose en lo acordado y en prueba de buena fe y conformidad firman el presente documento en el lugar y fecha indicados al encabezamiento, por triplicado y a un solo efecto. POR LA MANCOMUNIDAD. POR LA ENTIDAD FINANCIERA.

ANTE MI, EL SECRETARIO DE LA MANCOMUNIDAD.