CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CON GARANTÍA TOTAL DE APARATOS ELEVADORES EN EDIFICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA GASTEIZ



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Transcripción:

CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CON GARANTÍA TOTAL DE APARATOS ELEVADORES EN EDIFICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA GASTEIZ Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua

ÍNDICE ARTÍCULOS I. OBJETO DEL CONTRATO 2 II. ALCANCE 3 III. ACTUACIONES 4 IV. OBLIGACIONES 6 V. CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS 8 5.1. CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN 8 5.2. MEDIOS ADSCRITOS AL CONTRATO 9 5.2.1. Medios Humanos 9 5.2.2. Medios Materiales 11 5.3. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. 12 5.3.1. Mantenimiento Preventivo Sistemático 13 5.3.2. Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo 14 5.3.3. Atención de Avisos 15 5.4. DOCUMENTACIÓN DE MANTENIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. 17 5.5. INSPECCIONES REGLAMENTARIAS. 19 5.6. SISTEMAS DE COMUNICACIÓN BIDIRECCIONAL, PROGRAMACIONES, CONTROLADORES Y AUTÓMATAS 20 VI. DISPOSICIONES PARTICULARES 21 VII. EXCLUSIONES 23 PÁG. ANEXO A-1. LOTES. 24 LOTE 1. Edificios Asuntos Sociales. 25 LOTE 2. Edificios Educación. 27 LOTE 3. Edificios Deporte, Centros Cívicos y Polideportivos. 30 LOTE 4. Otros Edificios. 31 Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 1

ARTÍCULO I. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Pliego, es definir y regular el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir el contrato de los SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE LOS APARATOS ELEVADORES (Ascensores, Plataformas, Montacargas, Minicargas y Salvaescaleras), BAJO LA MODALIDAD DE GARANTÍA TOTAL Y ASISTENCIA 24 HORAS 365 DÍAS AL AÑO, EN VARIOS EDIFICIOS MUNICIPALES. El cumplimiento de este Pliego de Condiciones y toda la normativa vigente de aplicación 1, se entiende como una exigencia de mínimos. El Adjudicatario actuará para mantener en perfecto estado de funcionamiento, y seguridad para los usuarios, el total de las instalaciones y equipos que se le encomiendan. 1 Directivas, R.D., Órdenes, Resoluciones, Leyes, Normas UNE, ITC s, otros. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 2

ARTÍCULO II. ALCANCE El ámbito de actuación se extiende a toda la tipología de elevadores que se describen en el ANEXO A-1 de este Pliego. Quedan incluidas además todas las instalaciones anejas relacionadas con su funcionamiento y seguridad. El alcance de las prestaciones, desarrollado en otros puntos de este documento, comprende la realización de todos los mantenimientos necesarios para garantizar el correcto estado de las instalaciones conforme a las disposiciones que marque la normativa de aplicación en todo momento. Se incluye la vigilancia, el buen estado y funcionamiento de los elementos de control, seguridad, maniobra, correcto dimensionado de los espacios, estética de las instalaciones y acabados, etc. En general, queda incluida cualquier cuestión relacionada con los mismos incluso el mantenimiento que afecta a los sistemas de comunicación bidireccional, PICs y SCADAs. Los equipos, agrupados por lotes, se relacionan en el ANEXO A-1. Las empresas licitadoras asumirán las instalaciones en el estado en el que se encuentren previamente al inicio de la ejecución del Contrato. Las referencias de los diferentes elevadores que aparecen en los inventarios, han sido extraídas de los actuales contratos de mantenimiento. En caso de que las empresas quieran conocer alguna o varias instalaciones, contrastar datos, estado, etc., deberán presentar por escrito su consulta en este Departamento hasta 10 días antes de la fecha de finalización de entrega de ofertas. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 3

ARTÍCULO III. ACTUACIONES Dentro de los trabajos se incluyen, además de los mantenimientos preventivo y correctivo, aquellos otros especiales que no se detallen en el presente documento y que sean necesarios para el cumplimiento de la normativa vigente. Se incluyen asimismo los trabajos para las puestas en marcha de los equipos tras paradas prolongadas. Se informará a este Departamento si fuera necesario realizar modificaciones para adaptar a normativa cualquiera de los elevadores incluidos en el Contrato. En circunstancias que así lo requieran, como por ejemplo cambio de uso de los Edificios, el Adjudicatario quedará obligado a realizar el mantenimiento de aquellas instalaciones existentes que puedan ser modificadas. Colocará en todos los elementos una identificación que incluya los datos de empresa y el teléfono del servicio de averías (24 horas). Retirará, a este efecto, cualquier distintivo de otra empresa que no sea la mantenedora y que pueda inducir a error en caso de ser necesario realizar un aviso. Esta condición será obligatoria y redundante con la comunicación bidireccional en los elevadores en los que ésta última, sea obligatoria. Asimismo, asesorará a este Departamento, cuando lo solicite y sin coste económico alguno, en cuestiones relacionadas tanto con los elementos incluidos en este contrato como sobre otras unidades nuevas que sean de interés incluir a lo largo de la vigencia del mismo. En representación de la Propiedad, realizará las gestiones y documentos legales oportunos ante los organismos competentes que corresponda. Se encargará de realizar los trámites para dar de alta o baja instalaciones, modificaciones en las ya existentes, notificación de corrección incidencias de IPO s, etc. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 4

La Empresa Adjudicataria acepta las instalaciones actuales contempladas en el ANEXO A-1 y tiene completo conocimiento de: La naturaleza de los edificios. Características, situación, dimensión y estado de todas las instalaciones, equipos, salas, etc., cuya gestión le es encomendada. Las condiciones particulares de acceso, ligadas a la seguridad y uso de los edificios y sus instalaciones. Particularidades de utilización de los elevadores y características específicas de los usuarios en función de su ubicación (residencias, centros escolares, etc.) Los datos que aporta el Ayuntamiento en el ANEXO A-1, son orientativos. En ningún caso las empresas licitadoras podrán prevalerse de las diferencias que pudiese haber en las instalaciones para pretender un cambio en el precio contractual. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 5

ARTÍCULO IV. OBLIGACIONES La empresa Adjudicataria contará con establecimiento en la provincia de Álava y personal suficiente en número y cualificación para desarrollar las prestaciones del Contrato. Se pretende con ello dar cumplimiento a los tiempos y plazos que se estipulan en este documento, y garantizar la atención a cuantos requerimientos se hagan por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. El Adjudicatario iniciará el contrato con un stock de repuestos y fungibles que detallará en un listado. Será de su entera responsabilidad la gestión de los mismos, su almacenamiento, su mantenimiento, su custodia, así como la reposición de los materiales consumidos para asegurar, que en todo momento, se cumplen las disponibilidades exigidas. Será responsable de las averías que por falta de material no se puedan resolver dentro de los plazos estipulados en el punto 5.3 de este Pliego. A criterio del Ayuntamiento se aplicarán las sanciones que correspondan. El Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar las consultas que considere necesarias para garantizar el cumplimiento de estas condiciones, y el Adjudicatario estará obligado a dar respuesta a cada una de ellas. El personal y los medios asignados al Contrato deberán guardar siempre relación directa con el número de instalaciones. Debido a que éstas pueden sufrir variaciones durante el plazo de ejecución, se establecerá a partir de la relación inicial una proporcionalidad según el número de instalaciones a mantener en cada momento. Cualquier variación deberá ser aprobada previamente por este Departamento. La relación de los medios materiales y humanos destinados a la ejecución del Contrato, estarán durante toda la duración del mismo a disposición del Ayuntamiento para su consulta. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 6

La empresa Adjudicataria dotará al personal destinado al mantenimiento, de una indumentaria adecuada de trabajo y de los equipos de protección individual correspondientes. Cada operario dispondrá de una identificación clara y visible que llevará siempre a la vista. Al inicio del Contrato se instaurará un código ético entre las partes que regule, entre otras consideraciones, el trato del personal de la Empresa con el personal de los Centros Municipales, y usuarios, y la información que se transmita a los mismos. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 7

ARTÍCULO V. CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS 5.1. CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN. En el desarrollo de las prestaciones será de obligado cumplimiento tanto la normativa de aplicación a las instalaciones, como la de los trabajos de adaptación a las posibles modificaciones de carácter técnico, técnico-legal y de Seguridad y Salud en el trabajo. Con el fin de dar cumplimiento a las especificaciones del párrafo anterior, correrá a cargo del Adjudicatario la instalación y mantenimiento en las zonas responsabilidad del mismo, de todos los medios necesarios para el seguimiento y control en materia de: Medios específicos para el manejo de este tipo de instalaciones, formación de personal, equipos de protección individual (EPI s), medios de protección colectiva, etc. Señalización. Iluminación. Contaminación acústica. Medios de extinción de incendios. Desarrollo de los planes de Seguridad y Salud necesarios en cada caso. La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria, si fuera necesario, para llevar a cabo todos los trámites oportunos o proyectos de reforma, incluso la elaboración de los Estudios y Planes de Seguridad, si así fuera necesario, con el fin de mantener en todo momento las instalaciones completamente legalizadas. Todo ello no repercutirá ningún costo adicional para el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 8

5.2. MEDIOS ADSCRITOS AL CONTRATO. 5.2.1 Medios humanos Con carácter general el Adjudicatario aportará a su cargo, todos los medios humanos necesarios para cumplir con las especificaciones del Contrato sin repercutir en el precio del mismo. En ningún caso se podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso en los servicios a prestar. En caso de huelga, vacaciones, etc., la empresa estará obligada a disponer de los servicios mínimos necesarios. Será condición indispensable tener la cualificación requerida, y experiencia acreditada, para llevar a cabo los trabajos que se precisan en este Pliego. A este fin, el Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones estime oportunas durante la duración de este contrato. El Ayuntamiento podrá impedir el acceso de cualquier empleado de la empresa Adjudicataria a las instalaciones, que no cumpla alguno de los requisitos laborales indicados anteriormente o que no observe las normas de Seguridad y Salud, y las particulares establecidas por la Propiedad. La empresa Adjudicataria estará obligada a: 1. Presentar la relación nominal del equipo asignado al Contrato en el plazo de una semana desde su firma. Se indicará expresamente la especialidad, cualificación técnica, experiencia y el puesto a que se destinará cada operario. Esta plantilla y cualquier modificación de la misma deberá ser notificada y aceptada por los Responsables Técnicos Municipales. 2. Disponer de un Ingeniero Industrial al servicio de este contrato, con experiencia acreditada en este tipo de instalaciones y su mantenimiento. Su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este Departamento. Sus principales funciones serán las siguientes: Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 9

- Será responsable de forma directa del buen funcionamiento de las instalaciones. - Representará a la Empresa Adjudicataria y será el interlocutor con los técnicos que este signe. - Planificará y controlará todas las prestaciones contractuales, reflejando los resultados en los registros de mantenimiento y en los informes oportunos. - Supervisará, gestionará y controlará el trabajo de los equipos humanos y técnicos que realizarán el mantenimiento preventivo, planificando las gamas de revisión que se prevean. - Supervisará, gestionará y controlará el trabajo de los equipos humanos y técnicos destinados a realizar el mantenimiento correctivo, minimizando tanto los tiempos de desplazamiento y asistencia como los de parada tras avería. - Emitirá los informes diarios que recojan todas las incidencias producidas en las instalaciones, si las hubiere, e informará de la situación de las mismas y de la programación de los trabajos para su corrección. - Elaborará los históricos informáticos que registren un seguimiento continuo de todas las instalaciones objeto del contrato, que serán presentados mensualmente a la propiedad. - Podrá proponer a este Departamento la disposición de equipamientos y/o servicios que supongan una mejora. - Asistirá técnicamente sin costo alguno a los responsables municipales cuando estos lo estimen necesario. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 10

- Tomará todo tipo de decisiones y disposiciones para la consecución de las prestaciones contratadas, bajo la tutela de los responsables técnicos del Ayuntamiento. La Propiedad podrá recusar al técnico responsable asignado por la Empresa, por razones de falta de competencia, dedicación, diligencia en la dirección de los trabajos, así como por falta de atención a los requerimientos que les sean formulados por la Propiedad. En este caso, el Mantenedor estará obligado a sustituirlo en el plazo de quince días, después de haber recibido notificación escrita por parte de este Departamento. 3. Disponer para el trabajo de mantenimiento específico de las instalaciones de un equipo de técnicos cuyo número y cualificación sea el necesario y suficiente para cumplir con los objetivos del presente Pliego. Este equipo estará formado por técnicos especialistas en instalaciones de aparatos elevadores y deberá ser aceptado por los Responsables Técnicos Municipales. Dicho personal pertenecerá a la plantilla de la empresa Adjudicataria, salvo en trabajos puntuales en los que el Adjudicatario podrá subcontratarlos, con la aprobación previa del Ayuntamiento. En todo caso, cualquier persona que se asigne al Contrato cumplirá con todas las disposiciones legales relacionadas con su contratación, y dispondrá de toda la documentación en vigor. 5.2.2 Medios materiales El Adjudicatario aportará los medios materiales necesarios para la prestación del Contrato. Deberá presentar en el plazo de 15 días contados a partir de la firma, un listado con el stock de equipos, herramientas y materiales necesarios para cumplir con las Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 11

obligaciones contractuales. Este stock estará en su almacén, y a disposición de los técnicos municipales para su comprobación, cuando éstos lo estimen oportuno. Todo el material, vehículos y maquinaria que se asigne a este Contrato se hallará en perfecto estado de uso y conservación, pudiendo ser rechazado por los técnicos municipales cuando no reúna estas condiciones. En estos casos el Adjudicatario deberá sustituirlo por otro que sea el adecuado. Los distintos elementos (recambios, piezas, etc.) acreditarán haber pasado los controles de calidad que le sean exigibles según normativas de aplicación, marcado CE, etc. Los repuestos serán siempre originales y específicamente destinados a la instalación, elemento o maquinaria que sea objeto de reparación. En el caso de que un repuesto concreto no se encontrase en el mercado, el utilizado deberá tener unas características equivalentes al original. El Adjudicatario en el plazo máximo de 24 horas deberá disponer de las piezas cuya sustitución sea imprescindible para mantener un adecuado funcionamiento de las instalaciones. La empresa deberá disponer de una base con instalaciones fijas para el parque de vehículos, otros medios mecánicos, etc., en el territorio de Álava. Los vehículos estarán identificados con el logotipo de la Empresa. 5.3. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. El Adjudicatario es responsable de la conducción, vigilancia y control de las instalaciones, incluyendo todo el conjunto de tareas que permitan el perfecto funcionamiento y control de las mismas. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 12

Se cumplirá en todo momento con la Reglamentación en vigor y las modificaciones posteriores que afecten a todos los elevadores de este Contrato y sus futuras inclusiones. El nivel de servicios que se contempla en este pliego será del tipo Mantenimiento a Todo Riesgo, Élite, Premium o denominaciones similares, y será de aplicación al mantenimiento de todos y cada uno de los aparatos elevadores, salas de maquinarias, elementos vinculados, etc., objeto del procedimiento, con independencia de los lotes en el que estén incluidos. 5.3.1. Mantenimiento Preventivo Sistemático El Adjudicatario deberá realizar todas las prestaciones correspondientes al mantenimiento preventivo que sean necesarias. Garantizará, como mínimo, las frecuencias que indican las disposiciones legales. Elaborará un listado con todos los componentes de cada una de las instalaciones que servirá para detallar el elemento inspeccionado y el tipo de verificación realizada (visual, accionamiento, funcionamiento, etc.). Se tendrán en cuenta las especificaciones de los fabricantes de los distintos equipos, materiales y usos. Los criterios y soluciones a adoptar en cada caso, son responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario y quedarán debidamente registradas en el Programa de Mantenimiento. Se tomarán las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 13

La planificación de las operaciones de mantenimiento preventivo o intervenciones programadas a realizar, serán notificadas con al menos un mes de antelación al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Esta información se enviará puntualmente mes a mes. A mes vencido, se entregarán los albaranes de todos los aparatos con las revisiones correspondientes efectuadas y con el correspondiente sello del edificio donde se ubica la instalación. Esto último será preceptivo para la tramitación de la factura. Igualmente, cualquier modificación en las características de los aparatos, si así fuese exigido por normativa, será notificada al Industria de la Comunidad Autónoma por parte de la empresa. Las operaciones a realizar serán, en todo caso y como mínimo, las indicadas en la normativa, vigente o futura, correspondiente a cada tipo de aparato elevador. Serán adecuadas para asegurar que el funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficacia, garantizando un uso seguro, la durabilidad de la instalación, la protección del medio ambiente y las exigencias que permitan mantener en todo momento en marcha las instalaciones objeto de Contrato. 5.3.2. Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo El Adjudicatario de cada uno de los lotes se compromete a realizar los trabajos de reparación y/o sustitución necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de las instalaciones y equipos relacionados en el ANEXO A-1 del Pliego de Condiciones Técnicas, bajo la modalidad de GARANTÍA TOTAL, es decir, sin repercutir ningún coste adicional al contrato de mantenimiento. Se garantizará el correcto funcionamiento de los equipos al mismo tiempo que la seguridad de los usuarios. Queda incluida la mano de obra, los desplazamientos, piezas de recambio, material electrónico, todos los trabajos de herrería, albañilería, cristalería, Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 14

cerrajería, electricidad, mecanismos, revestimientos de cabinas y cualquier material no contemplado anteriormente que forme parte de la instalación. La empresa asume la total responsabilidad para la consecución del buen estado en el funcionamiento de las instalaciones, efectuando las reparaciones y reposiciones precisas de todo tipo de componentes. Los gastos que se deriven de esta prestación, tanto en concepto de reparación como de reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y los costes de materiales y consumibles, serán por cuenta del Adjudicatario, incluso si fuera preciso elaborar estudios, proyectos o certificados. Cualquier modificación en las características de los aparatos, si así fuese exigido por la normativa de aplicación, será notificada al Industria de la Comunidad Autónoma por parte de la empresa. 5.3.3. Atención de avisos El Adjudicatario garantizará la asistencia mediante un servicio 24 horas 365 días al año. Los tiempos de respuesta serán: Rescate de personas. En este caso el plazo máximo de asistencia será de 30 minutos desde la notificación del aviso. Avería o funcionamiento incorrecto de los componentes de las instalaciones. El Adjudicatario debe asegurar las intervenciones en el plazo máximo de 1 hora desde la notificación del aviso. En caso de avería, el servicio deberá ser reestablecido antes de las 24 horas desde la recepción del aviso. Quedan excluidas situaciones producidas por Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 15

causas de fuerza mayor u otras excepcionales que estén debidamente justificadas ante los responsables municipales. Siempre que sea seguro y viable, el servicio se repondrá mediante algún sistema provisional o alternativo cuando la solución definitiva tuviese un plazo largo de puesta en funcionamiento. Esta cuestión cobrará especial consideración en caso de existir personas con discapacidad física en tales edificios. Para cumplir las prestaciones contratadas, el Adjudicatario aportará los medios de comunicación y transporte adecuados y exclusivos para este Contrato con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Por ello entre el Adjudicatario y el Ayuntamiento, se deberá establecer un protocolo de comunicación, rápido, fiable y seguro para facilitar el intercambio de información entre ambas partes en todo aquello que se refiera a las instalaciones y equipos objeto de este Servicio. La empresa dispondrá de medios de comunicación, que garanticen que la transmisión de aquellas incidencias que sean calificadas como urgentes, se reciban en este Departamento con la rapidez y eficacia que requieran. La falta de comunicación de una línea telefónica será, además de notificada por escrito, comunicada de forma inmediata al responsable de este Departamento. Las incidencias acontecidas en las instalaciones así como la situación de las mismas y trabajos a realizar se comunicarán diariamente mediante informe. Estos informes discriminarán las averías o intervenciones, en función de su repetición, carácter programado o pautado y tipo de Centro, entre otras cuestiones. El Adjudicatario dejará constancia escrita de cuantas operaciones realice en cumplimiento del Contrato. Para ello deberá disponer de una base de datos de mantenimiento, perfectamente actualizada, donde registre los datos de las reparaciones efectuadas, entre los que se encontrarán: Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 16

Fecha y hora de comunicación de la incidencia. Fecha y hora de comienzo de reparación. Avería. Causa de la avería. Descripción de la reparación. Mano de obra empleada. Materiales utilizados. Tiempo de resolución de la avería. Partes de revisión y reparación firmados por la propiedad. Nº averías del equipo en el año. Observaciones. Cualquier otra información que el Adjudicatario y/o el Ayuntamiento consideren de interés. Mensualmente el Adjudicatario emitirá informe de las reparaciones efectuadas, sin menoscabo de los informes diarios que igualmente se presentarán, reflejando las incidencias acontecidas, si las hubiera. En la oferta presentada, se entenderá que están incluidos todos los gastos derivados de las intervenciones necesarias, con independencia de los medios aportados, la duración y el momento de la incidencia, no dando lugar a ningún cargo adicional por este concepto. Igualmente el Adjudicatario, se compromete a colocar en todos los medios de elevación adhesivos con sus datos y el teléfono de guardia 24 horas. Asimismo el Adjudicatario asignará un número de teléfono, disponible las 24 horas, exclusivo para la atención de este contrato. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 17

El mantenimiento preventivo condicional se efectúa principalmente a partir de la aparición de averías originadas en las instalaciones o de observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las mismas. La frecuencia y naturaleza de las anomalías observadas, supondrá el ajuste de los diferentes parámetros, así como la toma de decisiones sobre los criterios de corrección más adecuados a iniciativa y entera responsabilidad del Adjudicatario, quien deberá notificar al Ayuntamiento las decisiones adoptadas. 5.4. DOCUMENTACIÓN DE MANTENIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Estarán a disposición de las empresas licitadoras en el Mantenimiento de EE.MM., los resultados de las inspecciones vigentes de los aparatos elevadores. El Adjudicatario realizará en los primeros 30 días desde la formalización del Contrato, una inspección detallada que incluirá el listado de todos los componentes y el estado actual de las instalaciones y equipos, elaborando un informe que remitirá a la Dirección del Mantenimiento de EE.MM. Las posibles deficiencias detectadas y reflejadas en dicho informe serán subsanadas por la empresa Adjudicataria sin repercutir coste alguno al Ayuntamiento. Igualmente dotará a cada instalación de toda la información legal y técnica necesaria según la Normativa de aplicación, actualizándola o complementándola si fuera preciso. El Adjudicatario tendrá la obligación de establecer e implantar los documentos y protocolos necesarios para el desarrollo y gestión de las labores encomendadas. El Adjudicatario colocará una placa identificativa en los equipos principales, que deberá contener claramente: Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 18

Empresa responsable del Mantenimiento. Teléfono de urgencia para averías. Teléfono de emergencias. Indicaciones en caso de emergencia. Cualquier otra información que se considere de interés. Además el Adjudicatario, elaborará y pondrá al día la documentación necesaria que incluya entre otra información la siguiente: Inventario completamente actualizado de las instalaciones y equipos, con descripción de las características más importantes de los mismos. Fichas técnicas e históricos de los equipos. Esquemas de funcionamiento de las salas. Esquemas de los cuadros eléctricos. Visitas de mantenimiento preventivo sistemático. Intervenciones de mantenimiento correctivo, causas, medidas correctoras efectuadas y/o propuestas. Modificaciones y trabajos realizados por iniciativa propia, por la del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (sea cual fuere el Departamento responsable), o por obras de terceros. Resultados de mediciones y seguimientos realizados. Elaboración y registro de documentación legal de la instalación. Y todos aquellos registros que el Mantenedor y/o el Ayuntamiento consideren necesarias reflejar. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 19

Toda la información relativa a cada instalación deberá tratarse individualmente, informando de cualquier cambio que se produzca en la misma, haciendo llegar a este Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz la documentación actualizada que incluya la variación experimentada, en un plazo no superior a un mes desde que se produzca un cambio en la misma. Anualmente se entregará al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz la documentación relacionada, en soporte electrónico. Todos los gastos derivados de estos trabajos de elaboración, complementación, recopilación de la documentación técnica correrán a cargo del Adjudicatario. 5.5. INSPECCIONES REGLAMENTARIAS. El Adjudicatario estará obligado a notificar al Mantenimiento, con la antelación suficiente, la fecha en la que corresponde realizar las inspecciones periódicas. El Adjudicatario asistirá al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en el transcurso de cuantas visitas reglamentarias sean necesarias, bien por una entidad de Inspección y control reglamentario (OCA s), los Organismos oficiales o el propio Ayuntamiento. La subsanación de las incidencias que resulte necesario efectuar para conseguir el Certificado de la instalación tras los informes de la Oca correspondiente, asignada por el Ayuntamiento, serán ejecutadas por el Adjudicatario, sin repercutir ningún coste adicional y notificando previamente el plazo de ejecución previsto. Igualmente el Adjudicatario informará de la resolución de las incidencias a la Delegación Territorial de Industria correspondiente y al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Todos los costes derivados de los controles reglamentarios se entenderán por cuenta del Adjudicatario, así como las gestiones y gastos para cumplimentar y Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 20

presentar documentación administrativa ante los Organismos oficiales y/o Colegios Profesionales, derivados del mantenimiento, reparación y puesta en marcha de las instalaciones. 5.6 SISTEMAS DE COMUNICACIÓN BIDIRECCIONAL, PROGRAMACIONES, CONTROLADORES Y AUTÓMATAS. El Adjudicatario es responsable del correcto funcionamiento de los sistemas de comunicación bidireccional, programación de PlC s y SCADAS. A tal fin realizará un seguimiento que garantice el cumplimiento de esta prestación. El mantenimiento y coste de las líneas telefónicas para la telecomunicación de las instalaciones es responsabilidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. No obstante el Adjudicatario, como guardia y custodia de las instalaciones objeto de Contrato, deberá velar por el correcto funcionamiento de las líneas, informando de las incidencias e incluso analizando las causas y localizando los puntos de avería, sin repercutir coste alguno por estas labores y las salidas necesarias. Notificará esta información al Mantenimiento para que éste gestione su reparación en el menor tiempo posible. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 21

ARTÍCULO VI. DISPOSICIONES PARTICULARES La Empresa adjudicataria será la responsable del perfecto funcionamiento de las instalaciones y equipos que las integran, del control y funcionamiento de las mismas, de la conservación de todos y cada uno de sus componentes y de la calidad de los materiales y elementos empleados, así como de todas las inspecciones y trabajos que se realicen, incluso de la comprobación, seguimiento y denuncia de las obras de terceros que pudieran afectar al normal funcionamiento de los equipos. Será responsable de la subsanación de todos los daños y roturas que sufra el material de las instalaciones, cualquiera que sea la causa que lo motive, a excepción de las exclusiones reflejadas en el Artículo VII. El Adjudicatario estará obligado a aportar, sin coste alguno, toda la información requerida desde el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, de los equipos y medios empleados para el cumplimiento del contrato, adjuntando toda la documentación necesaria y comprometiéndose a realizar todos aquellos cursos que se consideren precisos para formar al personal municipal que se designe. Si un ascensor o aparato elevador quedara parado por obras de reforma o necesidades propias del Ayuntamiento, o bien formara parte de un Edificio que se cierra al uso, el importe de mantenimiento durante los meses afectados no será facturado, fijando esta reducción a partir de la comunicación fehaciente de los responsables técnicos municipales. Igualmente se avisará el Adjudicatario de la puesta en marcha de un equipo o instalación fuera de servicio con la antelación necesaria. Todas aquellas gestiones y gastos que hayan de realizarse ante los organismos oficiales y/o Entidades de Inspección y Control, derivadas de la adjudicación de este Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 22

Contrato, y que sean resultantes en el cambio de mantenedor, serán por cuenta de la Empresa adjudicataria. Los gastos derivados de la adaptación del ascensor (cambios en los cuadros de maniobra, regulación, control, etc.) que se deriven del cambio de mantenedor, y que sean imprescindibles para un correcto cumplimiento de este Contrato, serán por cuenta del Adjudicatario. El Ayuntamiento se compromete a facilitar el acceso a las instalaciones para que el Adjudicatario pueda cumplir con sus obligaciones contractuales. Igualmente los Responsables Técnicos Municipales fomentarán la coordinación entre el personal responsable de los Edificios y el Adjudicatario con el objetivo de mejorar la rapidez y calidad de la prestación de los servicios, facilitando en la medida de lo posible el trabajo de la Empresa. Cualquier gestión presente o futura que la Empresa Adjudicataria deba efectuar en relación con el presente Contrato ante este Ayuntamiento será realizada a través del. Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 23

ARTÍCULO VII. EXCLUSIONES En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen: Los trabajos de limpieza del interior de las cabinas. Los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas en los Edificios Municipales. Los trabajos de albañilería no relacionados con el objeto del contrato. Las reparaciones o sustituciones de elementos de cabina de ascensores siempre y cuando a criterio de los técnicos municipales los destrozos son derivados de actos vandálicos. El Ayuntamiento se reserva la facultad en estos casos de contratar la reparación y sustitución con quien más convenga o bien realizarla con sus propios medios sin que ello pueda ser causa de variación alguna en las condiciones y objeto del contrato de mantenimiento firmado. Vitoria-Gasteiz, a 23 de Julio de 2012 DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 24

ANEXO A-1 LOTES Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 25

LOTE Nº 1 EDIFICIOS ASUNTOS SOCIALES Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 1 APART. TUT. PABLO NERUDA 116.421 ELECTRA 12/12/1995 2 630 KG 2 APART. TUT. AMADIS 118.245 ORONA 29/12/2004 8 630 KG 3 APART. TUT. AURORA 116.193 ORONA 11/10/1993 6 450 KG 4 APART. TUT. BEAT. TOMAS DE ZUMARRAGA 117.578 ELECTRA 06/05/2002 6 630 KG 5 APART. TUT. RAMIRO DE MAESTU 116.375 ELECTRA 16/06/1995 6 600 KG 6 APART. TUT. SAN ANTONIO 116.433 ELECTRA 12/10/1995 5 450 KG 7 APART. TUT. STA Mª DE OLARIZU 117.038 ELECTRA 28/06/1999 6 630KG 8 APART. TUT. STA Mª DE OLARIZU 117.039 ELECTRA 28/06/1999 6 300 KG 9 APART. TUT. STA Mª DE OLARIZU 117.040 ELECTRA 17/05/1999 6 450 KG 10 C. M. DE ACOGIDA SOCIAL (CMAS) 116.550 OTIS 17/01/1996 4 320 KG 11 C. M. DE ACOGIDA SOCIAL (CMAS) ASORES 117.912 OTIS 17/07/2003 3 630 KG 12 CSCM CORONACION 119.075 ELECTRA 30/07/2007 7 630 KG 13 CSCM JUDIMENDI SALVAESCALERAS NIVAL 01/12/2009 2 250 KG 14 CSCM LANDAZURI 116.379 ELECTRA 25/01/1995 2 450 KG 15 CSCM LOS HERRAN PLATAFORMA ELECTRA 01/01/1995 2 16 CSCM TXAGORRITXU PLATAFORMA HIDRAÚLICA ELECTRA 15/05/2006 2 250 KG 17 OFIC. INT. SOCIAL PABLO NERUDA, 5 PLATAFORMA ELECTRA 03/05/2011 2 18 RESIDENCIA AURORA 116.192 ORONA 11/10/1993 5 630 KG 19 RESIDENCIA AURORA PLATAFORMA HIDRAÚLICA ELECTRA 01/06/2007 3 500 KG 20 RESIDENCIA AURORA SALVAESCALERAS OTIS 27/12/2006 2 150 KG 21 RESIDENCIA AURORA 114.737 ORONA 09/05/1986 5 300 KG 22 RESIDENCIA LOS ARQUILLOS 114.738 OTIS 28/12/2006 5 450 KG 23 RESIDENCIA LOS ARQUILLOS MONTAPLATOS OTIS 01/10/2003 2 50 KG 24 RESIDENCIA LOS MOLINOS 115.169 ORONA 24/10/1986 4 525 KG 25 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO MONTAPLATOS ELECTRA 03/01/2004 7 200 KG 26 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO PLATAFORMA ELEVADORA PERSONAS ELECTRA 23/12/2010 2 27 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 115.873 OTIS 20/04/2001 3 630 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 26

LOTE Nº 1 EDIFICIOS ASUNTOS SOCIALES Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 28 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 112.682 ELECTRA 31/01/2005 7 900 KG 29 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 112.683 ELECTRA 31/01/2005 6 300 KG 30 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 114.778 ELECTRA 31/01/2005 4 640 KG 31 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 115.872 OTIS 20/04/2001 3 630 KG 32 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 116.130 ORONA 22/04/1994 4 1000 KG 33 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 116.129 ORONA 21/12/1992 4 1000 KG 34 RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 115.874 OTIS 20/04/2001 3 630 KG 35 SERVICIO DE INFANCIA 120.273 ELECTRA 01/09/2011 2 36 TALLERES NORABIDE 120.073 THYSSEN-KRUPP 15/11/2010 2 450 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 27

LOTE Nº 2 EDIFICIOS EDUCACIÓN Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 1 CEP ABENDAÑO IKASTOLA (Primaria) 117.935 ELECTRA 07/10/2003 3 630 KG 2 CEP ABETXUKO IKASTOLA (Infantil + Primaria) 119.021 ELECTRA 29/06/2007 4 630 KG 3 CEP ADURTZA IKASTOLA (Infantil + Primaria) 115.764 ELECTRA 01/04/1990 2 600 KG 4 CEP ANGEL GANIVET (Primaria) PLATAFORMA HIDRAÚLICA ELECTRA 15/05/2006 2 300 KG 5 CEP ANGEL GANIVET (Primaria) 115.061 ELECTRA 01/02/1985 3 525 KG 6 CEP ANTONIO FORNIES (PRIMARIA) 120.555 SCHINDLER 09/07/2012 4 630 KG 7 CEP ANTONIO LZ DE GUEREÑU (Primaria) 116.235 ELECTRA 15/09/1993 3 600 KG 8 CEP ARANBIZKARRA IKASTOLA (Infantil + Primaria) 120.122 ELECTRA 11/01/2011 4 9 CEP ARANZABELA IKASTOLA (Primaria) 117.543 ELECTRA 01/01/2006 2 630 KG 10 CEP BARRUTIA IKASTOLA (Primaria) 117.544 ELECTRA 01/01/2006 2 630 KG 11 CEP DIVINO MAESTRO (Primaria) 119.803 ELECTRA 04/02/2010 5 630 KG 12 CEP IBAIONDO (Infantil + Primaria) 118.785 ORONA 17/11/2006 3 630 KG 13 CEP JUDIMENDI (Infantil + Primaria) 116.735 OTIS 23/01/2007 4 630 KG 14 CEP LAKUABIZKARRA 120.026 ELECTRA 24/08/2010 3 630 KG 15 CEP LANDAZURI IKASTOLA (Infantil + Primaria) 116.538 ELECTRA 12/01/1996 3 630 KG 16 CEP LUIS ELEJALDE (Infantil + Primaria) 114.779 ELECTRA 01/12/1982 6 640 KG 17 CEP MIGUEL DE CERVANTES (Primaria) 118.443 ELECTRA 25/10/2005 2 630 KG 18 19 CEP ODON DE APRAIZ IKASTOLA (Infantil + Primaria) CEP ODON DE APRAIZ IKASTOLA (Polideportivo-Comedor) 117.789 ELECTRA 16/09/2002 2 630 KG 120.298 ELECTRA 14/10/2011 2 20 CEP PADRE ORBISO (Primaria) 118.771 ELECTRA 21/11/2006 4 630 KG 21 CEP PÍO BAROJA (Infantil + Primaria) 118.556 ELECTRA 22/03/2006 3 630 KG 22 CEP RAMON BAJO (Infantil + Primaria) 117.791 ELECTRA 16/09/2002 5 1250 KG 23 CEP SALBURUA 120.134 ORONA 20/01/2011 3 630 KG 24 CEP SAMANIEGO + IES (Primaria + Secundaria) SALVAESCALERAS ELECTRA 20/03/2003 2 25 CEP SAMANIEGO + IES (Primaria + Secundaria) 116.994 ELECTRA 10/12/1996 4 630 KG 26 CEP SAMANIEGO + IES (Primaria + Secundaria) SALVAESCALERAS OTIS 11/06/2001 2 130 KG 27 CEP SAN IGNACIO (Primaria) 116.851 ELECTRA 15/05/1998 5 630 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 28

LOTE Nº 2 EDIFICIOS EDUCACIÓN Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 28 CEP SAN MARTIN (Primaria) 115.812 ORONA 21/11/1990 3 525 KG 29 CEP TOKI EDER IKASTOLA (Nuevo Edificio Gimnasio) 120.287 ELECTRA 20/09/2011 2 30 CEP TOKI EDER IKASTOLA (Primaria) 117.641 ELECTRA 04/04/2002 2 630 KG 31 CEP UMANDI IKASTOLA (Infantil + Primaria) 119.735 OTIS 01/12/2009 2 630 KG 32 CEP UMANDI IKASTOLA (Intantil + Primaria) 116.290 ORONA 03/01/1995 4 630 KG 33 CEP ZABALGANA 119.788 ELECTRA 19/01/2010 3 630 KG 34 CEPA EL CARMEN 116.204 ELECTRA 16/11/1992 2 525 KG 35 CEPA PAULO FREIRE - FRANCIA 115.259 ORONA 23/02/1987 4 525 KG 36 CP SAN MARTIN (Infantil) SALVAESCALERAS ELECTRA 06/03/2003 2 37 CP SANTA LUCIA (Infantil) SALVAESCALERAS ELECTRA 28/03/2003 2 38 EI IZARRA MONTAPLATOS ELECTRA 06/03/2003 2 100 KG 39 EI VIRGEN BLANCA PLATAFORMA ELEVADORA PERSONAS ELECTRA 20/12/2010 2 300 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 29

LOTE Nº 3 EDIFICIOS DEPORTE, CENTROS CÍVICOS, POLIDEPORTIVOS Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 1 CENTRO CIVICO ALDABE 116.763 ELECTRA 25/09/1998 6 600 KG 2 CENTRO CIVICO ALDABE 116.780 ELECTRA 25/09/1998 5 600 KG 3 CENTRO CIVICO ARIZNAVARRA 115.944 OTIS 23/03/1993 3 630 KG 4 CENTRO CIVICO ARRIAGA 115.949 OTIS 11/03/1993 2 630 KG 5 CENTRO CIVICO EL CAMPILLO 115.116 ORONA 06/09/2011 3 630 KG 6 CENTRO CIVICO EL PILAR 118.457 ELECTRA 10/11/2005 2 630 KG 7 CENTRO CIVICO EL PILAR 118.458 ELECTRA 10/11/2005 4 630 KG 8 CENTRO CIVICO HEGOALDE MONTACARGAS SCHINDLER 25/11/1997 3 2000 KG 9 CENTRO CIVICO HEGOALDE 116.742 ORONA 10/03/1998 4 630 KG 10 CENTRO CIVICO HEGOALDE MONTALIBROS SCHINDLER 23/09/2003 2 50 KG 11 CENTRO CIVICO HEGOALDE 116.741 ORONA 10/03/1998 4 630 KG 12 CENTRO CIVICO IBAIONDO 119.745 ELECTRA 30/11/2009 3 1000 KG 13 CENTRO CIVICO IBAIONDO 119.746 ELECTRA 30/11/2009 3 630 KG 14 CENTRO CIVICO IBAIONDO 119.747 ELECTRA 30/11/2009 2 630 KG 15 CENTRO CIVICO IPARRALDE PLATAFORMA ELEVADORA PERSONAS NIVAL 20/12/2010 2 250 KG 16 CENTRO CIVICO IPARRALDE 2 115.567 SCHINDLER 01/06/1989 3 525 KG 17 CENTRO CIVICO JUDIMENDI 115.660 OTIS 01/04/1990 3 450 KG 18 CENTRO CIVICO JUDIMENDI 115.658 OTIS 01/04/1990 3 630 KG 19 CENTRO CIVICO JUDIMENDI 115.659 OTIS 01/04/1990 4 630 KG 20 CENTRO CIVICO LAKUA 116.581 ELECTRA 03/11/1987 3 600 KG 21 CENTRO CIVICO LAKUA 116.580 ELECTRA 03/11/1997 3 600 KG 22 CENTRO CIVICO LAKUA (Teatro) PLATAFORMA ELECTRA 08/03/2006 2 23 CENTRO SOCIAL ARETXABALETA 120.554 SCHINDLER 06/07/2012 3 630 KG 24 MENDIZORROTZA (Edificio Piscinas) 120.053 THYSSEN-KRUPP 06/10/2010 5 630 KG 25 MENDIZORROTZA (Edificio Piscinas) 120.052 THYSSEN-KRUPP 06/10/2010 5 630 KG 26 MENDIZORROTZA (Medicina Deportiva) 116.359 ELECTRA 13/07/1995 3 450 KG 27 FRONTON ADURZA PLATAFORMA ELEVADORA PERSONAS ELECTRA 20/12/2010 2 250 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 30

LOTE Nº 3 EDIFICIOS DEPORTE, CENTROS CÍVICOS, POLIDEPORTIVOS Nº EDIFICIO TIPO ELEVADOR MARCA AÑO INSTALACIÓN Nº PARADAS CARGA 28 FRONTONES MENDIZORROTZA (ESCUELA HOSTELERÍA) 114.006 ELECTRA 12/11/1991 4 300 KG 29 FRONTONES MENDIZORROZA 117.885 SCHINDLER 15/03/2003 4 630 KG 30 FRONTONES MENDIZORROZA PLATAFORMA ELEVADORA ELECTRA 28/03/2003 2 400 KG 31 OFICINAS DEPARTAMENTO DE DEPORTES 117.773 SCHINDLER 02/08/2002 3 630 KG 32 PARQUE GAMARRA (Edificio Social) 119.128 ELECTRA 19/06/2007 3 630 KG 33 PARQUE GAMARRA (Edificio Social) MONTAPLATOS ELECTRA 01/07/2007 2 100 KG 34 POLIDEPORTIVO ABETXUKO 116.099 OTIS 15/11/1993 2 450 KG 35 POLIDEPORTIVO ABETXUKO 118.409 ORONA 03/08/2005 3 630 KG 36 POLIDEPORTIVO ARIZNAVARRA 116.103 OTIS 28/06/1993 2 450 KG 37 POLIDEPORTIVO LANDAZURI 119.793 ELECTRA 25/01/2010 3 1000 KG 38 POLIDEPORTIVO MENDIZORROTZA SALVAESCALERAS OTIS 01/03/2007 2 230 KG 39 POLIDEPORTIVO SAN ANDRES 118.657 ELECTRA 17/07/2006 3 800 KG Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Página 31

1 ARCHIVO MUNICIPAL MONTALIBROS OTIS 03/01/1991 2 100 KG 2 ARCHIVO MUNICIPAL MONTALIBROS OTIS 03/01/1991 2 100 KG 3 ARCHIVO MUNICIPAL 115.415 SCHINDLER 28/10/1998 4 525 KG 4 ARCHIVO MUNICIPAL 115.416 SCHINDLER 28/10/1998 2 525 KG 5 ARCHIVO MUNICIPAL 117.413 SCHINDLER 06/07/2001 2 630 KG 6 ARCHIVO MUNICIPAL MONTALIBROS OTIS 03/01/1991 2 100 KG 7 ATARIA CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LA NATURALEZA 119.276 ELECTRA 19/05/2008 2 1000 KG 8 CASA MUSICA - MUSIKETXEA 115.275 ELECTRA 14/04/1987 7 1000 KG 9 CENTRO ESTUDIOS AMBIENTALES - CEA 116.931 ORONA 10/09/1998 2 450 KG 10 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURÍA 115.826 ORONA 14/03/1991 3 525 KG 11 CENTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS DEL CASCO MEDIEVAL 120.565 ELECTRA 19/07/2012 4 630 KG 12 CETIC 115.927 OTIS 15/05/1997 3 320 KG 13 CETIC 115.926 OTIS 15/05/1997 3 630 KG 14 CONSERVATORIO DANZA JOSÉ URUÑUELA 115.816 ORONA 18/02/1991 3 600 KG 15 DEMSAC OFICINAS 115.064 ORONA 01/11/1990 2 300 KG 16 ESCUELA DE MUSICA LUIS ARAMBURU 117.567 ELECTRA 14/12/2001 5 630 KG 17 IRADIER ARENA (Aparcamiento) 120.318 IZA 22/11/2011 4 18 IRADIER ARENA (Garaje) 120.317 IZA 22/11/2011 3 19 IRADIER ARENA (Plaza Toros) 118.972 IZA 17/04/2007 2 600 KG 20 OFICINAS AYTO. DATO 112.227 ELECTRA 30/04/1970 6 450 KG 21 OFICINAS AYTO. DATO 112.228 ELECTRA 30/04/1970 6 450 KG 22 OFICINAS AYTO. DATO SALVAESCALERAS ELECTRA 2 23 OFICINAS AYTO. FRAY ZACARIAS SALVAESCALERAS OTIS 14/03/2002 2 130 KG 24 OFICINAS AYTO. FRAY ZACARIAS 115.375 ELECTRA 14/12/1987 3 525 KG 25 OFICINAS AYTO. PLAZA DE ESPAÑA 114.696 ELECTRA 08/02/1982 5 450 KG 26 OFICINAS AYTO. SAN PRUDENCIO 115.024 ELECTRA 14/01/1997 4 450 KG 27 OFICINAS AYTO. SAN PRUDENCIO 114.695 ELECTRA 14/01/1997 5 450 KG 28 OFICINAS AYTO. SAN PRUDENCIO 113.240 OTIS 23/01/1997 5 1350 KG 29 PABELLONES URITIASOLO SALVAESCALERAS OTIS 2 230 KG 30 PABELLONES URITIASOLO MONTACARGAS OTIS 06/10/1997 2 500 KG 31 32 PALACIO DE CONGRESOS EUROPA (Congresos) PALACIO DE CONGRESOS EUROPA (Congresos) MONTALIBROS OTIS 08/06/1993 3 50 KG 115.539 OTIS 08/06/1993 4 630 KG

33 PALACIO DE CONGRESOS EUROPA (Cultura) 115.540 OTIS 13/05/1993 4 630 34 PALACIO DE CONGRESOS EUROPA (Deportes) 115.541 OTIS 08/06/1993 4 630 KG 35 PALACIO MONTEHERMOSO 116.619 ELECTRA 26/11/1997 6 600 KG 36 PALACIO MONTEHERMOSO 116.621 ELECTRA 26/11/1997 4 600 KG 37 PALACIO MONTEHERMOSO 116.620 ELECTRA 26/11/1997 4 600 KG 38 PALACIO VILLASUSO 115.146 SCHINDLER 01/07/1988 4 525 KG 39 PALACIO ZULUETA MINICARGAS OTIS 02/04/2009 2 50 KG 40 PALACIO ZULUETA 115.883 OTIS 4 450 KG 41 POLICIA LOCAL 119.039 OTIS 13/05/1993 3 630 KG 42 SEMILLERO EMPRESAS JUNDIZ 117.102 ELECTRA 23/11/1999 3 630 KG 43 TEATRO PRINCIPAL 116.053 ELECTRA 28/09/1993 3 630 KG 44 TEATRO PRINCIPAL PLATAFORMA ELECTRA 14/12/1992 3 45 TEATRO PRINCIPAL SALVAESCALERAS OTIS 24/03/2003 2 150 KG