CONSULADO GENERAL DEL PERÚ NAGOYA JAPÓN COMUNICADO OFICIAL

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Transcripción:

CONSULADO GENERAL DEL PERÚ NAGOYA JAPÓN COMUNICADO OFICIAL TRAMITE DE SOLICITUD DE EXCUSA Y DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA EN EL EXTRANJERO Se informa a la comunidad peruana que la Oficina Nacional de Procesos Electorales, ha hecho llegar el "Cartel para el Trámite de Solicitud de Excusa a cargo de Miembro de Mesa" y el "Cartel para el Trámite de Solicitud de Justificación de Inasistencia al Cargo de Miembro de Mesa". Para realizar los trámites de Solicitud de Excusa y Solicitud de Justificación de Inasistencia al cargo de miembro de mesa, se deberá verificar las causales y documentos de sustentos en los carteles que se adjunta al presente, teniendo en cuenta que el plazo para realizar el trámite de Solicitud de Excusa al cargo de miembro de mesa inicia el 16 de noviembre y culmina el 22 de noviembre próximo, y el plazo para el trámite de Solicitud de Justificación por Inasistencia al cargo de miembro de mesa será desde el 16 de noviembre y culmina el 03 de diciembre del 2018, ante la Oficina Consular correspondiente. Asimismo, se adjunta el Formulario P2: Solicitud de Excusas o Justificación al cargo de miembro de mesa, el cual deberá ser presentado por el interesado debidamente absuelto ante la Oficina Consular respectiva, indicando en el numeral 1 del mismo "Oficina Descentralizada de Procesos Electoral (ODPE) Lima Oeste 1" adjuntando los documentos sustentatorios correspondientes. (El trámite es gratuito). Presentar los documentos en el siguiente orden: 1. Formulario P2 2. Copia del DNI 3. Original y copia del documento de sustento

Para más información, se adjunta al presente: "Cartel para el trámite de Solicitud de Excusa al cargo de miembro de mesa" "Cartel para el trámite de Solicitud de Justificación de Inasistencia al cargo de miembro de mesa" Formulario P2 Nagoya, 15 de noviembre de 2018

REFERENDUM NACIONAL 2018 CARTEL PARA EL TRÁMITE DE SOLICITUD DE EXCUSA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA COMUNICADO El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la Republica, estar incurso en una de las incompatibilidades señaladas en la ley o ser mayor de setenta (70) años. La excusa solo puede formularse por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación de las listas definitivas de miembros de mesa (Ley Orgánica de Elecciones, Art. 58 ). QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EXCUSA PARA APROBACIÓN AUTOMÁTICA De acuerdo a Ley Orgánica de Elecciones artículo 57 y 58. CAUSALES DE EXCUSA Los (as) Candidatos (as) y Personeros (as) de las organizaciones políticas Los (as) funcionarios (as) y/o servidores (as) de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano. Los miembros del Ministerio Público, que durante la jornada electoral realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales. Los (as) funcionarios (as) y/o servidores (as) de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral. Las autoridades políticas. Las autoridades o representantes provenientes de elección popular. Los (as) ciudadanos (as) que integran los Comités Directivos de las Organizaciones Políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones a las que pertenezcan las autoridades sometidas a consulta popular de revocatoria. Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan. Los (as) electores (as) temporalmente ausentes de la República de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Los (as) miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales. Los (as) miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. En caso de necesidad de ausentarse del territorio de la República. DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS Copia simple del documento emitido por la autoridad de la organización política competente o por el JEE o JNE que acredite la condición de candidata/o o personera/o. Certificado o última boleta o contrato, o carné o credencial de la entidad, que acredite la relación laboral o de servicios entre la o el solicitante y los organismos del Sistema Electoral. En el caso de personal de la ONPE, presentara Declaración Jurada. Copia simple del documento oficial emitido por el Ministerio Público, que acredite el ejercicio de la función señalada en la causal de excusa. Copia simple del documento oficial emitido por la Defensoría del Pueblo, que acredite el ejercicio de la función señalada en la causal de excusa. Exhibición de la Resolución de designación vigente. Exhibición de la credencial o documento emitido por el órgano electoral correspondiente. Copia simple del documento oficial de acreditación de la organización política y/o del Jurado Nacional de Elecciones que sustente el ejercicio de la función señalada como causal de excusa. Copia simple de la Partida de nacimiento o matrimonio, en caso de parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, cónyuge). Declaración Jurada, en caso de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (hermana/o, cuñada/o). Copia simple de la Partida de nacimiento o matrimonio, en caso de parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, cónyuge). Declaración Jurada, en caso de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (hermana/o, cuñada/o). Copia simple del documento oficial que lo acredita. Copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú que acredite el ejercicio de la función señalada como causal de excusa. Copia simple del documento emitido por la autoridad competente del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Documento que acredite la necesidad de la ausencia. En caso de notorio o grave impedimento físico o mental. Ser mayor de 70 (setenta) años. Certificado Médico Expedido por el Área de Salud Pública, Privada o de seguridad Social, o resolución de incapacidad emitida por el CONADIS, salvo que se trate de un impedimento notorio, supuesto en el cual no se requerirá acreditación. Exhibición del documento Nacional de Identidad. TRÁMITE DE SOLICITUD DE EXCUSA Presentar el *Formulario P2: Solicitud de Excusa o justificación al cargo de miembro de mesa Indicando en el numeral 1 el nombre de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de la circunscripción donde reside el ciudadano o también puede ser presentada en el Área de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario ubicado en la Sede Central. (Todo trámite es gratuito) Presentar en el siguiente orden: 1. Formulario P2 2. Documento que sustente la causal invocada. 3. Carta poder simple en caso de ser presentada por un tercero en calidad de representante. PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE EXCUSA: Desde: 16 de noviembre del 2018. Hasta: 22 de noviembre del 2018. LUGAR DONDE SE DEBEN PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE EXCUSA: Oficina Consular que corresponda

REFERENDUM NACIONAL 2018 CARTEL PARA EL TRÁMITE DE SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA COMUNICADO Solo en caso de enfermedad, debidamente acreditada con el certificado expedido por el área de salud, y a falta de esta por el médico de la localidad, puede el miembro de mesa de sufragio, justificar su inasistencia ante la respectiva Oficina Descentralizada de Procesos Electorales; para ese efecto, debe presentar el certificado antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección. Excepcionalmente, lo puede hacer al día siguiente de la fecha de la elección ante el Jurado Electoral Especial. (Artículo 253 de la Ley Orgánica de Elecciones) QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA De acuerdo a Ley Orgánica de Elecciones artículo 253. Quiénes pueden solicitar JUSTIFICACIÓN A LA INASISTENCIA? Los miembros de mesa en caso de enfermedad Qué pruebas se adjunta a la solicitud? Adjuntar Certificado emitido por el Área de Salud, y a falta de ésta, por el médico de la localidad. TRAMITE DE SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA Presentar el *Formulario P2: Solicitud de Excusa o justificación al cargo de miembro de mesa Indicando en el numeral 1 el nombre de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de la circunscripción donde reside el ciudadano. (Todo trámite es gratuito) Presentar en el siguiente orden: 1. Formulario P2 2. Documento que sustenta la causal invocada. 3. Carta poder simple en caso de ser presentada por un tercero en calidad de

representante. PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA Desde: 16 de noviembre del 2018. Hasta: 03 de diciembre del 2018. LUGAR DONDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA Oficina Consular que corresponda.

Formulario. P2 Solicitud de Excusa o Justificación al cargo de miembro de mesa EXCUSA JUSTIFICACIÓN 1. Dependencia que atiende al usuario (indicar nombre de la ODPE respectiva y/o/área de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario ) 2. Lugar y Fecha de presentación de la solicitud 3. Nombre de la elección o consulta popular objeto de excusa o justificación 4. Nombres y Apellidos del solicitante 5. N DE DNI 6. Teléfono 7. Correo Electrónico 8. Número del Grupo de Votación (señalado en el reverso del DNI) 9. Miembro de la Mesa de Sufragio número: 10. Cargo de Miembro de Mesa objeto de excusa: N Cargo Marcar (X) 1.1 Presidente 1.2 Secretario 1.3 Tercer miembro 1.4 Primer Suplente 1.5 Segundo Suplente 1.6 Tercer Suplente 11. Causal por la que solicita excusa N Documentos Marcar (X) 1.1 Las y los funcionarios y/o servidores de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano. 1.2 Las y los miembros del Ministerio Público, que durante la jornada electoral realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales. 1.3 Las y los funcionarios y/o servidores de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral. 1.4 Las autoridades políticas. 1.5 Las autoridades o representantes provenientes de elección popular. 1.6 Las y los ciudadanos que integran los Comités Directivos de las Organizaciones Políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones a las que pertenezcan las autoridades sometidas a consulta popular de revocatoria. 1.7 Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. 1.8 Las y los electores temporalmente ausentes de la República. 1.9 Las y los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales. 1.10 Las y los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. 1.11 Ser promotora/or de la Consulta Popular de la Revocatoria. 1.12 Ser Personera/o de la Autoridad sometida a Consulta Popular de Revocatoria. 1.13 Ser Personera/o de las Organizaciones Políticas a las cuales pertenecen las autoridades sujetas a la consulta. 1.14 Ser Personera/o de los Promotores de la consulta Popular de la Revocatoria.

1.15 Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los Promotores y de las Autoridades Sujetas a la Consulta. 1.16 Tener notorio o grave impedimento físico o mental. 1.17 Tener necesidad de ausentarse del territorio de la República. 1.18 Ser Ciudadana/o mayor de setenta (70) años. 1.19 Ser candidato o personero de una organización política de una organización política. 1.20 1.21 Ser ciudadano que integra los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones. Ser cónyuge o pariente del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la que postulan. Al amparo de los establecido en los artículos 57º y 58º de la Ley Nº 26859 Ley Orgánica de Elecciones y de la Resolución Jefatural N 129-2017-J/ONPE. 12. Causal por la que solicita justificación en proceso electoral o consulta popular N Documentos Marcar (X) 1.1 Por enfermedad Al amparo de lo establecido en el art. 253 de la Ley N 26859-Ley Orgánica de Elecciones. 13. Documentos adjuntos (según el TUPA) N Documentos Marcar (X) 1.1 Copia del documento sustentatorio de acuerdo a la causal invocada 1.2 Carta poder simple en caso de ser presentada por un tercero. 14. Firma del solicitante ------------------------------------------------ Firma