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ACTIVIDAD ACADÉMICA: SISTEMA DE IMPARTICIÓN DE JUSTICIA FISCAL. CLAVE: MODALIDAD: CURSO. CARÁCTER: OPTATIVO. TIPO: TEÓRICO. NIVEL: MAESTRÍA. CRÉDITOS: 6 HORAS TEÓRICAS POR SEMANA: 3 HORAS TEÓRICAS POR SEMESTRE: 48 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ OBJETIVO GENERAL DEL CURSO: Al término de éste el alumno: Distinguirá las vías procedimentales que en la esfera fiscal pueden promover los particulares, diferenciándolas de aquéllas seguidas a instancia de autoridad, tanto en el ámbito federal como local, considerando también la descripción comparativa de los juicios contencioso administrativo federal, fiscal local y de amparo en la materia.

UNIDAD I. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN AL SISTEMA. 1.1 Principio de legalidad. 1.2 Garantía de audiencia. 1.3 Garantía de justicia. Comentará sobre los principios constitucionales que rigen al sistema nacional de impartición de justicia fiscal. TIEMPO ESTIMADO: 4 HORAS. UNIDAD II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A INSTANCIA DE LOS PARTICULARES. Planteará los diversos procedimientos de administrativos que a instancia de los particulares se pueden promover ante las autoridades fiscales para la resolución de los casos correspondientes. 2.1 Instancias de los particulares ante las autoridades y las resoluciones correspondientes. 2.1.1 Consulta. 2.1.2 Autorizaciones en la materia, incluida la materia aduanera. 2.1.3 Solicitaciones de devolución y de condonación de multas. 2.1.4 Las instancias de declaración. 2.1.5 La suspensión de procedimientos. 2.1.6 La de ofrecimiento y autorización de garantías y de solidaridad. 2.1.7 La negativa ficta. TIEMPO ESTIMADO: 5 HORAS. UNIDAD III. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS A INSTANCIA DE AUTORIDAD. 3.1 Procedimientos de aclaración. 3.2 Procedimientos de verificación. Acotará los diversos procedimientos administrativos seguidos a instancia de autoridad.

3.2.1 En transporte y en tránsito. 3.2.2 De objetos. 3.2.3 De revisión física de mercancías de comercio exterior. 3.3 Procedimientos de valuación de bienes. 3.4 Procedimientos en materia aduanera y de comercio exterior. 3.4.1 Reconocimiento aduanero. 3.4.2 Controversia arancelaria. 3.4.3 Investigación de prácticas desleales de comercio internacional. 3.5 Procedimientos para apremiar la presentación de declaraciones o avisos. 3.5.1 Cobro provisional. 3.5.2 Embargo precautorio. 3.5.3 Multa. 3.6 Procedimientos de comprobación del cumplimiento en materia de contribuciones federales. 3.6.1 Las visitas domiciliarias de inspección y las de auditoría. 3.6.2 La revisión de dictamen de contados público autorizado. 3.6.3 La revisión de aclaraciones. 3.6.4 Los requerimientos de información o documentación. 3.6.5 procedimientos específicos en materia de intercambio internacional de información. 3.7 Procedimientos para determinar la contribución. 3.7.1 La determinación sobre base cierta. 3.7.2 La rectificación de errores aritméticos. 3.7.3 La determinación presuntiva. 3.8 Procedimientos para comprobar infracciones administrativas y de imposición de sanciones. 3.8.1 Por multas. 3.8.2 Por decomiso o transmisión de la propiedad al Fisco Federal. 3.8.3 Por clausura definitiva o temporal de las actividades del particular. 3.9 Procedimiento administrativo de ejecución. TIEMPO ESTIMADO: 11 HORAS.

UNIDAD IV. RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE CONTRIBUCIONES. Relacionará los recursos administrativos que en materia de contribuciones prevé el Código Fiscal, la Ley del Seguro Social y la Ley de Coordinación Fiscal, en los casos en que procede su interposición. 4.1 El recurso administrativo. Cuestiones fundamentales. 4.2 Los recursos administrativos previstos por el Código Fiscal de la Federación. 4.2.1 Reglas comunes. 4.2.2 El recurso de revocación. 4.2.3 El recurso de oposición al procedimiento de ejecución. 4.2.4 La impugnación de notificaciones ilegales. 4.3 Recurso de revocación contra la determinación de cuotas compensatorias a la importación de mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional. 4.4 Recurso de inconformidad establecido en la Ley del Seguro Social. 4.5 Recurso de inconformidad previsto por la Ley de Coordinación Fiscal. 4.6 Estudio comparado esquemático de lo anterior con los recursos establecidos por la Ley de Hacienda de alguno de los Estados de la República, de preferencia la del Estado de México. TIEMPO ESTIMADO: 5 HORAS. UNIDAD V. TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y LOS TRIBUNALES LOCALES. Delimitará la competencia del Tribunal Fiscal de la Federación, diferenciándola de la local para el ejercicio de la impartición de justicia en la materia, a través de los tribunales respectivos. 5.1 Estructura y organización de la impartición de justicia fiscal en México, precisando el campo de la justicia federal y diferenciando sus materias de la justicia local en relación con los principios constitucionales. 5.2 Tribunal Fiscal de la Federación. 5.2.1 La jurisdicción, organización y competencia del Tribunal. TIEMPO ESTIMADO: 4 HORAS.

UNIDAD VI. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. Planteará los supuestos en los que procede el juicio contencioso administrativo en materia fiscal, describiendo pormenorizadamente el desarrollo del mismo. 6.1 El juicio contencioso-administrativo establecido por el Código Fiscal de la Federación. 6.1.1 Naturaleza del juicio. 6.1.2 Causales de anulación o de confirmación del acto. 6.1.3 Las partes. 6.1.4 La demanda, la contestación y la ampliación de la demanda. 6.1.5 El recurso de reclamación. 6.1.6 La fijación de la litis. 6.1.7 Las pruebas. 6.1.8 Los plazos y las notificaciones. 6.1.9 Los incidentes. 6.1.10 La procedencia y el sobreseimiento. 6.1.11 Los alegatos y el cierre de la instrucción. 6.1.12 La excitativa de justicia. 6.1.13 La sentencia y otras resoluciones judiciales que ponen fin al proceso. 6.1.14 El cumplimiento, la ejecución y la queja. Efectos de la sentencia y su cumplimiento. La queja por incumplimiento. TIEMPO ESTIMADO: 6 HORAS. UNIDAD VII. JUICIO FISCAL EN LA LEGISLACIÓN LOCAL. Planteará los supuestos en los que procede el juicio fiscal local, señalando comparativamente sus diferencias de fondo con el federal en cuanto a su desarrollo. 7.1 Estudio comparado esquemático con la regulación de la organización judicial en materia fiscal de la legislación del Distrito Federal, así como la del Estado de México. 7.2 Examen comparado del procedimiento en la jurisdicción local de referencia. TIEMPO ESTIMADO: 3 HORAS.

UNIDAD VIII. JUICIO DE AMPARO EN MATERIA FISCAL. Fundamentará la procedencia del juicio de amparo, tanto directo como indirecto en materia fiscal, así como el ejercicio del derecho de impugnación en cada vía. 8.1 Juicio de amparo directo y el recurso de revisión fiscal. 8.1.1 Amparo directo o juicio sobre la legalidad de las sentencias de primera instancia en materia fiscal. 8.1.2 Revisión fiscal y el derecho de impugnación de las autoridades federales. 8.2 Juicio de amparo indirecto. 8.2.1 La impugnación de las leyes fiscales. 8.2.2 La impugnación de resoluciones administrativas o jurisdiccionales. 8.3 La revisión en amparo fiscal. La adhesión al recurso. 8.4 Estudio comparado esquemático del amparo en caso de impugnación de actos de autoridades locales en materia fiscal. 8.5 La jurisdicción de los tribunales del Poder Judicial de la Federación en materia fiscal. TIEMPO ESTIMADO: 6 HORAS. UNIDAD IX. JURISPRUDENCIA EN MATERIA FISCAL. Resaltará las particularidades de la jurisprudencia, que de conformidad con la Ley de Amparo es obligatoria en materia fiscal. 9.1 Las disposiciones constitucionales sobre la materia. 9.2 La jurisprudencia obligatoria de conformidad con la Ley de Amparo, así como las particularidades en materia fiscal. TIEMPO ESTIMADO: 4 HORAS.

B I B L I O G R A F Í A. BÁSICA. ARMIENTA HERNÁNDEZ, Gonzalo. Tratado teórico-práctico de los recursos administrativos, 3ª ed., introducción de Fernando Flores García; prólogo de Miguel Acosta Romero, México: Porrúa, 1996. BURGOA ORIHUELA, Ignacio. El amparo en materia fiscal, en: Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, 45 años, México, 1982. MARTÍN, José María y Derecho Tributario General, 2ª ed., actualizada, RODRÍGUEZ USE, Guillermo F. Buenos Aires: Depalma, 1995. -------------------------. Derecho Procesal Tributario, Buenos Aires: Depalma, 1987. GARCÍA-TREVIJANO GARNICA, El silencio administrativo en el derecho español, Ernesto. Madrid, España: Civitas, 1990. COMPLEMENTARIA CARILLO FLORES, Antonio. La defensa de los particulares ante la administración pública, México: Porrúa, 1970. COLEGIO NACIONAL DE PROFESORES Justicia administrativa, México: Trillas, 1987. E INVESTIGADORES DE DERECHO FISCAL Y FINANZAS PÚBLICAS CONSEJO NACIONAL DIRECTIVO. CORTINA GUTIÉRREZ, Alfonso. Perspectiva de la justicia administrativa en México, en: Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, 45 años, México: 1982. GARCÍA DOMÍNGUEZ, Miguel Ángel. FENECH, Miguel. Teoría de la Infracción Fiscal: Derecho Fiscal Penal, México: Cárdenas, 1982. Derecho procesal tributario, Barcelona: Bosch, 1949. 3 volúmenes.

HEDUAN VIRUES, Dolores. Cuarta Década del Tribunal Fiscal de la Federación, México: Academia Mexicana de Derecho Fiscal, 1971. LOMELI CARRASCO, Margarita. Efectos de la nulidad declarada en las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación, en: Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, 45 años, México, 1982. MARGAIN MANATOU, Emilio. De lo contencioso administrativo o de ilegitimidad, México: Imprenta de la Universidad de San Luis Potosí, 1980. ORTEGA CALDERÓN, Jesús. YEBRA MARTUL-ORTEGA, Perfecto. El amparo en materia fiscal, en: Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, 45 años, México, 1982. Justicia Fiscal y el Impuesto Sobre la Renta, Santiago de Compostela: Universidad de Santiago Compostela, 1973.

SUGERENCIAS DIDÁCTICAS. Exposición del maestro. (X) Exposición audiovisual. (X) Seminarios. (X) Lecturas obligatorias. (X) Trabajos de investigación. (X) Mesas redondas. (X) Discusión de casos reales en (X) grupo. Proyección de láminas y (X) Investigación de campo. ( ) acetatos. Conferencia por profesores (X) Philips 6-6. (X) invitados. Lluvia de ideas. (X) Técnica de panel. (X) Técnica del debate. (X) Solución de casos prácticos por (X) los alumnos. OTRAS: A ELECCIÓN DEL PROFESOR. (X) El titular de la actividad académica podrá, de acuerdo con las sugerencias propuestas, elegir aquéllas que considere las más adecuadas para cumplir con los objetivos de la materia, a fin de hacer más eficiente el proceso de enseñanzaaprendizaje. Asimismo el maestro, en ejercicio de su libertad de cátedra, estará facultado para seleccionar, de los contenidos que integran el programa, aquéllos que considere más relevantes o fundamentales y que por lo tanto deban ser expuestos por él, ya que dependiendo de la extensión del programa habrá temas que no pueda explicar durante el semestre, pero éstos podrán ser desarrollados por los alumnos, mediante la vía de la investigación o por aquellas actividades extraescolares que el maestro determine para cubrir la totalidad de los contenidos del programa. De igual forma es recomendable que el profesor considere, dentro del semestre, la conveniencia de invitar a maestros especialistas en los diversos temas que conforman al programa, con el propósito de ahondar más en los mismos y enriquecer su curso.

SUGERENCIAS DE EVALUACIÓN. Exámenes parciales. (X) Trabajos y tareas fuera de clase. (X) Exámenes finales. (X) Participación en clase. (X) Asistencia a prácticas. ( ) Concurso entre los alumnos sobre (X) un(os) tema(s) a desarrollar. Asistencia a clases. (X) Presentación de un trabajo monográfico. (X) OTRAS: A ELECCIÓN DEL PROFESOR. (X) De acuerdo con estas sugerencias de evaluación el titular de la actividad académica determinará la calificación conforme al siguiente parámetro, siempre que el alumno haya cumplido con el 80% de asistencia al curso. PORCENTAJE Exámenes parciales. 35% Practicar dos exámenes como mínimo durante el curso. Trabajos de investigación, tareas, participación en clase, 15% asistencia a conferencias y demás aspectos susceptibles de ser evaluados. Elaboración de una tesina. 50% La tesina será presentada por todos los alumnos conforme a las características metodológicas y parámetros que señale el titular de la Cátedra. Esta actividad académica puede ser impartida por un Doctor en Derecho o Maestro en Derecho.