El adjudicatario vendrá obligado a realizar las actividades y tareas que a continuación se detallan:



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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE GABINETE DE PRENSA Y COMUNICACIÓN PARA LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS PRIMERA.- OBJETO El presente Pliego tiene por objeto definir las condiciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de gabinete de prensa y comunicación de la Audiencia de Cuentas. SEGUNDA.- ACTIVIDADES A REALIZAR El adjudicatario vendrá obligado a realizar las actividades y tareas que a continuación se detallan: Elaboración y envío de notas de prensa a los medios de comunicación de temas de interés informativo para la Audiencia de Cuentas de Canarias (en adelante ACC), con disponibilidad para el envío los 365 días del año. Elaboración y envío de noticias multimedia, tanto radiocomunicados como videocomunicados, en el caso de que fuera necesario, tanto del presidente como de los consejeros, así como del personal que se estime oportuno. Cobertura de los eventos de interés para su difusión de la ACC. Disponibilidad de un servicio fotográfico cuando sea necesario. Maquetación de documentos (dossiers, powerpoints, informes de fiscalización, etc.) y elaboración de infografías para su presentación a los medios de comunicación y a los diputados en las Comparecencias Parlamentarias. Elaboración de un clipping de prensa diario que se enviará a los correos electrónicos que la ACC considere necesarios a primerísima hora de la mañana. Elaboración de cartas, saludas, discursos, artículos, etc. del presidente y de los consejeros de la ACC. Gestión de entrevistas y reportajes con los medios de comunicación. Elaboración de reportajes monográficos para revistas especializadas. Atención a las peticiones de los medios de comunicación. Recopilación y análisis previo de la información y los datos solicitados por los periodistas, así como decisión de la idoneidad de hacerlos públicos. 1

Elaboración de informes monográficos, en función de las necesidades de la ACC. Elaboración, cuando sea necesario, de un dossier informativo retrospectivo con informaciones susceptibles de interés para el desarrollo de la labor de la Audiencia de Cuentas de Canarias. Servicio de diseño gráfico para la maquetación de newsletters, tarjetas de felicitación, folletos, creatividades, etc. Gestión de situaciones de crisis con los medios de comunicación y elaboración de argumentarios. Organización, a efectos de repercusión entre los medios de comunicación, de jornadas profesionales, seminarios, ciclos de conferencias, etc. Redacción de noticias exclusivamente diseñadas para la página web de la ACC, así como para la revista Auditoría Pública. Elaboración de textos para la web de la ACC, así como para folletos y publicados de manera puntual. Establecimiento un contacto directo y fluido con periodistas y con otros departamentos de prensa de instituciones, empresas, etc. Gestión de las redes sociales de pronta implantación en la ACC: Facebook, Twitter, LinkedIn, Flickr, Youtube y Slideshare, alimentándola de contenido de actualidad de la actividad de la Audiencia de Cuentas de Canarias, así como de temas de interés para su funcionamiento. TERCERA.- OBLIGACIONES GENERALES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA La empresa adjudicataria vendrá obligado al cumplimiento de los siguientes aspectos: a) En general y salvo lo expresamente dispuesto en este pliego, son de cargo de la empresa adjudicataria todos los gastos necesarios para la completa realización del servicio contratado: trámites preparatorios y de formalización del contrato, materiales e instalaciones, medios instrumentales, mano de obra, Seguridad Social, tributación, responsabilidades y seguros de todo tipo, y las demás cargas y obligaciones de cualquier índole correspondientes a la Empresa, todas las cuales asume desde el momento de la adjudicación definitiva, además de cualesquiera otras nacidas del contrato o de la participación en la licitación. 2

Corresponde a la empresa adjudicataria la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización de la prestación. La empresa adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Audiencia de Cuentas de Canarias o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, en la forma establecida en la normativa reguladora de contratos del Sector Público. Hasta que transcurra el plazo de garantía, la empresa adjudicataria responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que representantes de la Audiencia de Cuentas de Canarias los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La empresa adjudicataria deberá prestar, sin derecho a pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo, informativas, etc. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del período de garantía. Los trabajos realizados serán propiedad de la Audiencia de Cuentas de Canarias y, por lo tanto, la Institución podrá solicitar cualquier tipo de material realizado expresamente por encargo de la misma. En este sentido, los derechos de propiedad intelectual y de copyright que se pueden derivar de dichos trabajos serán propiedad exclusiva de la Audiencia de Cuentas de Canarias. La ejecución de los trabajos estará sujeta, en todo momento, a la conformidad de la Institución, por lo que podrá plantear las modificaciones que considere necesarias para lograr la plena satisfacción en su realización antes de darse a conocer a los medios de comunicación o a través de la página web. b) LABORALES. La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Audiencia de Cuentas de Canarias exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. c) ORGANIZACIÓN. La empresa adjudicataria dispondrá de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. 3

d) RECURSOS HUMANOS. La empresa deberá contar con personal suficiente y cualificado para las tareas que se deben desarrollar en ejecución del presente contrato. La empresa adjudicataria determinará, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, de forma exclusiva las necesidades de su personal. En todo caso deberá disponer de un equipo humano debidamente coordinado para realización, en tiempo y forma, de los servicios a prestar. La Audiencia de Cuentas de Canarias no tendrá responsabilidad directa, solidaria, ni subsidiaria respecto el cumplimiento de las obligaciones laborales de la empresa adjudicataria, así como tampoco de las que se puedan derivar, en su caso, de la extinción de los contratos de trabajo, tanto durante la vigencia del presente contrato, como con posterioridad a su terminación, asumiendo la empresa adjudicataria la totalidad de las consecuencias jurídico laborales derivadas de los mismos, tanto durante la vigencia del presente contrato, como una vez finalizado el mismo. La Audiencia de Cuentas de Canarias no tendrá respecto al personal que preste sus servicios para la empresa adjudicataria ninguna facultad organizativa ni de dirección ni existirá relación jurídico laboral, civil o administrativa alguna con los mismos. e) IMAGEN CORPORATIVA. Se utilizará siempre la imagen corporativa de la Audiencia de Cuentas de Canarias. La utilización de otros elementos exigirá el consentimiento expreso y escrito de la Institución. f) FORMATO WEB: los productos se presentarán también en formato digital, de forma que permita el uso ulterior de sus contenidos y se facilite su inclusión en la página web de la Audiencia de Cuentas de Canarias. h) CONFIDENCIALIDAD. Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar a la Audiencia de Cuentas de Canarias y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. j) PROPIEDAD INTELECTUAL. La empresa contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial. CUARTA.- EQUIPO DE TRABAJO 4

El equipo de trabajo estará conformado por tres personas con tres perfiles profesionales diferenciados. Un/una periodista titulado con experiencia acreditada en gabinetes de prensa institucionales, con una experiencia mínima de tres años en el sector de la información política y/o económica y con conocimientos en la planificación de estrategias en las redes sociales, que será el/la coordinador/a del servicio que se le preste a la Audiencia de Cuentas de Canarias. Esta persona que, deberá contar con experiencia previa en la dirección de equipos de trabajo, será el interlocutor válido con la Institución debiendo estar disponible las 24 horas del día y los 365 días del año, pudiendo la Audiencia de Cuentas de Canarias reunirse con ella cuando lo estime oportuno a efectos de coordinar, supervisar y planificar los trabajos. Un/una diseñador gráfico/a con tres años de experiencia profesional en diseño web, maquetación e ilustración, que acredite su titulación y trabajos previos. Un/una fotógrafo profesional con, al menos, cinco años de experiencia, especializado en periodismo fotográfico. QUINTA.- DIRECCIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO La Dirección Técnica del contrato corresponderá a la Asesora del Gabinete de la Presidencia de la Audiencia de Cuentas de Canarias. 5