Por la ida de las mujeres Defendamos el aborto terapéutico Esta es una publicación del Grupo Estratégico por la Despenalización del Aborto Terapéutico Este esfuerzo ha sido posible gracias al apoyo financiero del Fondo para la Equidad y los Derechos Sexuales y Reproductios (FEO) de Forum Syd en el marco del Proyecto Consorcio Defendiendo los derechos sexuales y reproductios por la des penalización del aborto terapéutico. Managua. Nicaragua Julio 2007
Presentación Con esta publicación el Grupo Estratégico por la Despenalización del Aborto Terapéutico, desea compartir con toda la sociedad nicaragüense las principales reflexiones acerca de la penalización del aborto terapéutico y el problema social que esto representa. Ofrecemos este material a las mujeres y hombres de Nicaragua y otras personas solidarias que desde diferentes partes del mundo han juntado sus oces para acompañamos en esta lucha. La ley además de iolentar estos derechos de las mujeres, iolenta el derecho de las y los prestadores de sericios de salud al libre ejercicio de su profesión y al cumplimiento de su compromiso ético de salar idas. Diersos sectores del moimiento amplio de mujeres, sociedades médicas, comunidad académica, organizaciones de la sociedad ciil y la comunidad internacional se han pronunciado en contra de este atropello a los derechos humanos de las mujeres. A partir de la entrada en igencia de la Ley 603 que penaliza el aborto terapéutico (noiembre 2006) la Corte Suprema de Jus- El pasado 26 de octubre del 2006 los diputados y las diputadas de la Asamblea Nacional de Nicaragua, indiferentes a la demanda de miles de mujeres y Desde a los argumentos el Grupo Estratégico jurídicos, médicos por la Despenalización en contra de esta del ley. Aborto Terapéutico ticia ha recibido decenas de Recursos por Inconstitucionalidad y de derechos humanos, aprobaron instamos la a Ley la honorable 603 que derogó Corte el Suprema Artículo de Justicia a actuar apegada a dere- 165 del Código Penal, cho, el cual fallando por más a de faor 130 de años la reconoció ida y la salud de Desde mujeres, el Grupo adolescentes Estratégico por y niñas la Despenalización del Aborto la práctica legal del aborto mandatando terapéutico para a la Asamblea salar la ida Nacional de las dar Terapéutico marcha atrás instamos en la a penalización la honorable Corte del Suprema de Justicia a mujeres. aborto terapéutico. actuar apegada a derecho, fallando a faor de la ida y la salud de mujeres, adolescentes y niñas mandatando a la Asamblea Nacional Penalizar el aborto terapéutico La sociedad es una nicaragüense iolación a los y especialmente derechos dar marcha las mujeres atrás en seguimos la penalización pie del de aborto terapéutico. humanos de miles lucha. de mujeres, Una ez niñas agotados y adolescentes. los trámites Esta legales en Nicaragua y en caso de que decisión a en contra de nuestra la Constitución demanda Política no de fuera la República, resuelta de forma La faorable sociedad por nicaragüense las instancias y especialmente nacionales, las mujeres se- la ida y la acudiremos libertad indiidual, a las cortes la igual- internacionales guimos en de pie derechos lucha. Una humanos. ez agotados los trámites legales en pues iolenta el derecho a dad ante la ley, la no discriminación, el derecho a la integridad, Nicaragua y en caso de que nuestra demanda no fuera resuelta a la protección especial y a no ser íctimas de tratos crueles e de forma faorable por las instancias nacionales, acudiremos a las inhumanos. cortes internacionales de derechos humanos.
Qué es el aborto El aborto terapéutico es un tratamiento médico indicado para interrumpir el embarazo, cuando el feto todaía no puede sobreiir fuera del útero y se realiza con el único propósito de proteger la salud y la ida de las mujeres, adolescentes y niñas. Cuándo es necesario un aborto terapéutico? El aborto terapéutico se indica cuando: 1. La mujer presenta una enfermedad que puede agraarse con el embarazo, incluso hasta poner en riesgo la ida de ella y la del embrión. 2. La salud de la mujer está empeorando con el embarazo. La lista de enfermedades que pueden comprometer la ida y la salud de una mujer durante el embarazo es muy amplia, como ejemplo podemos mencionar las más frecuentes: Cáncer de mamas, cáncer cérico-uterino u otro tipo de cáncer en eolución. Diabetes y leucemia. Tuberculosis. Rubéola. Enfermedades renales seeras, como la insuficiencia renal. Enfermedades del corazón. Graes enfermedades de los huesos. Enfermedades inmunológicas como el lupus y el VIH. 3. Otra indicación médica para interrumpir el embarazo, es cuando el producto o feto trae malformaciones incompatibles con la ida, como el caso en que el feto iene sin cerebro. 4. Cuando el embarazo es producto de la iolación en mujeres de cualquier edad y en especial en las adolescentes y niñas.
Por qué debe realizarse el aborto terapéutico en caso de iolación? Las adolescentes entre 15 y 19 años de edad, tienen doble de probabilidad de morir a causa de complicaciones durante el embarazo, que las mujeres entre los 20 y 24 años de edad. Las menores de 15 años de edad tienen un riesgo 4 eces mayor. El cuerpo de una niña o adolescente no está listo para el proceso de reproducción, aun cuando ese embarazo sea producto de una relación aceptada oluntariamente, su salud y su ida se ponen en riesgo. El que se agraa cuando el embarazo es producto de una iolación como ocurre en la mayoría de las adolescentes y en todos los casos de niñas embarazadas. Una niña o adolescente que queda embarazada producto de una iolación no debe ser obligada a llear a término ese embarazo, que además de poner en riesgo su ida, le prooca dolor y sufrimiento emocional, cortándole la posibilidad de disfrutar de esa etapa de su ida y de desarrollarse normalmente. Sobre este tema, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas encargado de igilar el cumplimiento de la Conención Internacional, ha recomendado al Estado nicaragüense crear las condiciones para que niñas y adolescentes puedan tener acceso a educación sexual y sericios de salud reproductios, así como a sericios de aborto en condiciones seguras, especialmente para las niñas que han sido ioladas o han sido íctimas de incesto. Impedir que se interrumpan estos embarazos es una iolación del derecho a la ida, la salud, la libertad indiidual, sometiendo a esas niñas y adolescentes a tratos crueles e inhumanos.
Influye la calidad de los sericios de salud en el riesgo de muerte materna? A cualquier edad, en cualquier parte del mundo, el aborto terapéutico es un tratamiento médico necesario. Aun en los países desarrollados, el embarazo asociado a una enfermedad grae puede representar riesgo de muerte para muchas mujeres, por lo que la única salida es el aborto terapéutico. Esto se uele más grae para las mujeres que no tienen acceso a una atención adecuada y oportuna para el cuidado de su salud, como el diagnóstico temprano del riesgo y el manejo de las complicaciones del embarazo. En una encuesta aplicada a 127 a hospitales, centros y puestos de salud, se encontró que la mitad no tenía agua y electricidad 24 horas diarias. Sólo un poco más de la mitad posee ambulancia, 40 de cada cien no tenían teléfono u otro medio de comunicación. Sólo ocho de cada cien tiene banco de sangre. Otro de los factores que influye en la baja calidad de los sericios es que una buena parte de los centros y puestos de salud -en especial de las zonas rurales- no cuentan con personal debidamente calificado para atender complicaciones del embarazo. Las enfermeras y auxiliares en su mayoría carecen de entrenamiento, trabajan en malas condiciones y además tienen bajos salarios. La penalización del aborto terapéutico coloca al personal de salud en un conflicto ético y moral entre cumplir con su misión de salar idas o cumplir una ley que condena a las mujeres a la muerte.
Por qué penalizar el aborto terapéutico es inconstitucional? Desde hace más de 130 años el Código Penal de Nicaragua, contemplaba el aborto terapéutico para salar la ida de mujeres, niñas y adolescentes. Ese artículo que protegía la ida de las mujeres fue eliminado el pasado 26 de octubre del 2006 mediante la Ley 603. Rechazamos la penalización del aborto terapéutico: Porque iolenta el derecho a la ida. Normalmente, cuando un embarazo pone en riesgo la ida de la mujer, también el feto es iniable. Si de todas formas an a morir la mujer y el feto. Qué sentido tiene exponer a la mujer a que muera? El aborto terapéutico fue penalizado sin tomar en cuenta las opiniones de especialistas en la materia miembros de la Sociedad Nicaragüense de Ginecología y Obstetricia, escuelas de medicinas, y organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, quienes han declarado que es un procedimiento necesario para salar la ida de las mujeres. La ida y el desarrollo saludable de las niñas y niños recién nacidos se pone en peligro al morir la madre. Está demostrado estadísticamente que la mortalidad de las niñas y niños menores de un año es mayor cuando la madre muere.
Porque a las niñas y los niños que quedan en la orfandad, se les iolenta el derecho a crecer bajo la protección de su madre. Además de proocar dolor y sufrimiento a sus familias.
Porque iolenta el derecho al libre ejercicio de la profesión, al personal médico que se e enfrentado a un conflicto ético y moral, entre cumplir su deber y acatar una ley que se lo impide. Porque lesiona el derecho a la libertad indiidual. La medicina y la ley deben dar a la mujer la opción a este tratamiento, pero la decisión es estrictamente de ella. No estamos promoiendo que se obligue a una mujer a interrumpir su embarazo cuando ella no quiere hacerlo.
La penalización lesiona el derecho a la igualdad y no discriminación. La pobreza, la desnutrición y la falta de acceso a sericios de salud y atención pre-natal, dan como resultado que muchas mujeres inicien un embarazo sin saber que tienen algún problema médico que pone en riesgo su salud y su ida. 10
Estas muertes ocurrieron por complicaciones médicas durante el embarazo o el parto, algunas como consecuencia directa de la penalización del aborto terapéutico y otras debido a la mala o tardía atención a las complicaciones del embarazo. Si el Estado nicaragüense quiere reducir la mortalidad materna debe: Restituir el aborto terapéutico en la legislación. Brindar educación sexual desde la escuela. Cumplir con la Política y el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia. Asegurar mayor inersión para sericios de salud sexual y reproductia. 11