Acciones e Iniciativas EMPRENDER EN CHILE. Ministerio de Economía, Fomento y Turismo



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Transcripción:

Acciones e Iniciativas EMPRENDER EN CHILE Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

CONTEXTO

COMENZAR UN NEGOCIO EN CHILE Quién no ha vivido una situación similar? 1. Impotencia: Me pasan una infracción justo un día antes de solucionarla o días antes de iniciar mi negocio. 2. Falta de Claridad: Pasa un fiscalizador y luego otro y cada uno aplica criterios distintos para determinar si me otorgan el permiso y/o una infracción. 3. Proceso engorroso: Quiero comenzar un negocio, pero obtener los permisos de funcionamiento demoran, cuestan y hay que hacer un trámite tras otro. Mejor me quedo en la informalidad.

COMENZAR UN NEGOCIO EN CHILE Elección: Tipo de Sociedad Persona Jurídica Redacción del Borrador de Escritura de Constitución y su extracto Persona Natural Otorgamiento de la escritura Pública y Legalización de su Extracto Inscripción del Extracto de Constitución CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES [3,4] Inscripción en el Rol Único Tributario y declaración de Inicio de Actividades S.I.I. [1,1] Timbraje de Documentos Tributarios S.I.I. [1,15] Disminución de tiempo ABOGADO [1,4] NOTARIA [1,4] Publicación del Extracto de Constitución Solicitud Patente Municipal DIARIO OFICIAL [3,10] MUNICIPIO [1,15] Funcionamiento Disminución de costos Disminución de tiempo Otros Permisos NO Disminución de costos y costo SI Permisos SERVICIOS [1,120] Obtención Patente Municipal MUNICIPIO [1,1]

Acciones e Iniciativas LEY 20.416

LEY 20.416 Incentivo a la formalización Permisos o autorizaciones provisorias de funcionamiento: Se faculta a los servicios públicos, incluida la autoridad sanitaria, para entregarlos a las empresas que lo soliciten por 1 vez, que sean nuevas (sin ventas), con un capital inicial de UF 5.000 y con condiciones generales de cumplimiento dadas por la autoridad respectiva. Autorización n o permiso sanitario inmediato: Los Seremis de Salud lo otorgarán a las microempresas cuyas actividades no presenten riesgo grave. Sujeto a solicitud y declaración jurada simple sobre cumplimiento y pago de derechos respectivos.

LEY 20.416 Incentivo a la formalización Patentes provisorias Patentes provisorias: Se faculta a las municipalidades para otorgarlas a empresas que la solicitan por 1 vez, cuyo capital no exceda las UF 5.000, y con permisos o autorizaciones provisorios. Se mantiene el requisito de emplazamiento. Asimismo, pueden otorgar plazos y/o facilidades de pago para estas patentes. (ej: pago de patentes hasta en 12 cuotas, o incluso exención de éste, bajo criterios generales)

LEY 20.416 Fiscalización General: Instituciones fiscalizadoras y con facultad de aplicar multas deberán tener a disposición, un documento que detalle los criterios usados a la hora de impartir una infraccióny el monto de la multa. Sanitario: Autodenuncia voluntaria de incumplimiento sanitario. De esta forma, no se aplica multa o se reduce considerablemente hasta un 75% y se otorga un plazo para el cumplimiento de la norma. Laboral: Se faculta al fiscalizador laboral a cursar una advertencia y no una multa por un plazo de al menos 5 días hábiles para que en caso de infracción, la empresa pueda corregirla.

Acciones e Iniciativas LEY 20.494

LEY 20.494 Descripción general del proyecto Busca facilitar la creación formal, apertura e iniciación de empresas, en particular de aquellas que no requieren trámites sanitarios, a través de: Reducción del costo de constitución de empresa como persona jurídica, ante la publicación en el Diario Oficial. Reducción del tiempo de espera para el timbraje de documentos tributarios en el SII, al optar por facturación electrónica y/o prescindir de la verificación de actividades en terreno previo al timbraje. Reducción del tiempo de espera a nivel municipal frente a la solicitud de una patente municipal.

LEY 20.494 Publicación en el Diario Oficial Se faculta al contribuyente a que Las publicaciones que según las leyes se deban realizar en el Diario Oficial para la constitución, modificación y disolución de personas jurídicas de derecho privado, incluyendo entre otras la fusión, división y transformación, se puedan realizar en la página Web que deberáhabilitar el Diario Oficial para estos efectos. Para aquellas sociedades con capital social inicial inferior a 5.000 UF la publicación es costo $0. Para aquellas sociedad con capital inicial superior a 5.000 UF pagan 1 UTM de costo de Publicación. Comenzaráa regir transcurridos 60 días de la publicación del reglamento.

LEY 20.494 Modificaciones Tributarias Los contribuyentes que inician actividades tendrán derecho a que: 1. Se les autorice en formainmediata la emisión de los documentos tributarios electrónicos, si: Entregan una declaración jurada simple respeto al domicilio y efectividad de las instalaciones para el giro solicitado. Cumplen con los requisitos de certificado digital y otros. Esto sin perjuicio de las facultades de fiscalización del SII. 2. Se les autorice en forma inmediata el timbraje de los siguientesdocumentos no electrónicos: Tantas boletas de venta y guías de despacho como sean necesarias, sin perjuicio de la facultad del SII de diferir por resolución fundada el timbraje de dichos documentos. Facturas que no dan derecho a crédito fiscal y facturas de inicio (el agente retenedor es el comprador o beneficiario de los servicios). Éstas deberán cumplir con condiciones definidas por el SII.

LEY 20.494 Modificación ámbito municipal la Municipalidad estará obligada a: 1. Otorgar la patente definitiva en forma inmediata: Si el contribuyente acompaña los permisos de emplazamiento, sanitarios y otros, o la Municipalidad verificó su cumplimiento. Si se trata de patentes de profesionales y patentes de sociedades de profesionales. 2. Otorgar patente provisoria en forma inmediata si: El contribuyente acompaña los permisos requeridos (definitivos o provisorios) quedando pendiente sólo la verificación por parte de la Dirección de Obras Municipales. La actividad no requiere de autorización sanitaria expresa y ya se han solicitado los permisos sanitarios que corresponden. Luego de 30 días, la patente provisoria se convierte en definitiva. Si hubiera observaciones subsanables, se define un período provisorio (máximo un año). Si las observaciones no son subsanables o se rechace la autorización sanitaria pendiente, la patente provisoria caducará de forma inmediata

LEY 20.494 Ejemplos de actividades beneficiadas por cambios municipales 1. Los que no requieren permisos sanitarios ni han hecho obras. Obtienen la patente definitiva de inmediato. Ejemplos: Joyerías, Ferreterías, Librerías, Sastrerías, Fotografías, Venta de muebles, Talleres de costura, Bazares, Tiendas de vestuario y calzado, Compraventa de vehículos, entre otras. Profesionales y Sociedades de profesionales. 2. Los que ya tienen todos los permisos necesarios. Obtienen la patente definitiva de inmediato. 3. Los que ya tienen todos los permisos y sólo estápendiente la inspección municipal. Obtienen la patente provisoria de inmediato. 4. Los que requieren autorización sanitaria pero no expresa y acreditan solicitud. Obtienen la patente provisoria de inmediato. Ejemplos: Establecimientos educacionales, Establecimientos de óptica, Laboratorios dentales, Solarium, Peluquerías, Botillerías, Casas de reposo, Centros de rehabilitación, Hoteles y establecimientos similares.

LEY 20.494 Beneficios Directos de la Ley Ahorro en tiempo (SII y Municipalidades): - Desde 22 a 7díasaproximadamentepara el inicio de actividades que no requieren autorizaciones sanitarias expresas. Ahorro en costos del Diario Oficial: -Reducción potencial de un 20%, aproximado, del valor de constitución de una sociedadasumiendo costo $0 de publicación para aquellas sociedades con capital social inicial inferior a 5.000 Unidades de Fomento. -Aquellas con capital inicial superior a 5.000 UF pagan 1 Unidad Tributaria Mensual para la Publicación el Diario Oficial.

Formaliza tu Emprendimiento 16

OBJETIVOS Objetivo Global. Elaboración de una guía simple, didáctica y con un lenguaje simplificado. Objetivos Específicos. Reducir las asimetrías de información. Educar y dar a conocer los trámites, procedimientos y requisitos. Aminorar las interrogantes de los emprendedores. 17

QUÉ HACER? Evaluar la idea. Buscar posibles fuentes de financiamiento. Formalizar el emprendimiento 18

QUÉ SIGNIFICA FORMALIZARSE 19

TODO BIEN? AL PARECER NECESITAMOS AYUDA 20

CONTENIDOS Constitución de Empresa Obligaciones Tributarias Permisos y Patentes Aspectos laborales 21

CONSTITUCIÓN DE EMPRESA Lo primero que debes hacer es constituir tu empresa (persona jurídica o natural). La diferencia entre ambas es la separación de patrimonios. Pasos Organización Legal Redacción del Borrador de Escritura de Constitución y su Extracto Otorgamiento de la Escritura Pública y Legalización de su Extracto Inscripción del Extracto de Constitución en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Publicación del Extracto de Constitución en el Diario Oficial 22

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS En esta etapa se define la incorporación de tu empresa a la vida práctica del comercio, estableciéndose tus derechos y deberes como contribuyente. Trámites Inscripción en el Rol Único Tributario Declaración de Inicio de Actividades Documentos Tributarios Timbraje de Documentos 23

PERMISOS Y PATENTES Para poner en marcha tu negocio de manera legítima y segura debes poner atención a los permisos que tu empresa pueda requerir. Dependiendo de la actividad que realice tu empresa puedes necesitar diversas autorizaciones. 24

ASPECTOS LABORALES Al poner en marcha tu empresa requerirás de la contratación de trabajadores. Es indispensable que te informes sobre las condiciones bajo las cuales se realizan los contratos de trabajo. Trámites recurrentes Contrato de Trabajo Trámites Laborales: Seguridad Social Trámites Laborales: Cotización de Salud Trámites Laborales: Caja de Compensación 25

ESQUEMA DE TRÁMITES 26

ATENCIÓN! N! Al formalizar tu negocio, éste se hace legítimo. Podrás operar en el comercio con un patrimonio distinto al personal, de modo que sólo comprometerás los bienes de tu negocio y no afectarás los de tu familia. Podrás acceder a múltiples fondos, instrumentos y beneficios del Estado. Te permitirá evitar problemas y multas. 27

DÓNDE LA PUEDO ENCONTRAR? WWW.PARAEMPRENDER.CL Guía impresa y CD interactivo, en: paraemprender@economia.cl Tweet: @paraemprendercl 28

Gracias