Gobierne de Chile REF.: Autoriza Trato directo y aprueba convenio de especialización de Médicos Cirujanos entre el Servicio de Salud Araucanía Sur y la Universidad de Autónoma de Chile. RESOLUCION EXENTA N 0038 TEMUCO, 1 2 ENE 2015 ^v/ MMK/Í!PH/CÍ VISTOs\estos antecedentes: 1.- MemorandumUM 0 461 de fecha 17 de septiembre de 2014, de la Subdirectora de Recursos Humanos, solicitando suscribir convenio con U. Autónoma con el objeto de comprar servicios de perfeccionamiento l^n Rehabilitación Oral para el dr. Isaac Sánchez Arroyo, dependiente de este Servicio. 2.- Ord. C 32 N 3802 de fecha 27 de diciembre de 2013 de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, informando resultado Concurso Nacional de Especialistas odontólogos (CONEO) y gestiones para su contratación y formalización compromiso de devolución de PAO. 3.- Resolución de Rectoría N 83/2014, Universidad Autónoma de Chile, que Aprueba Programa de Especialización en Rehabilitación Oral Santiago-Temuco. 4.- Acta de Acuerdo de fecha 20 de junio de 2013 suscrito entre el Ministerio de Salud y la Asociación Chilena de Enseñanza de Odontología (ACHEO) para aranceles de Programas de Especialización Odontológica 5.- Certificado de disponibilidad presupuestaria de fecha 07 de enero de 2014 emitido por el Jefe del Depto. de Finanzas del S.S.A.S. 6.- Convenio de Especialización de Médicos Cirujanos de fecha 20 de octubre de 2014 suscrito entre el Servicio de Salud Araucanía Sur y la Universidad Autónoma de Chile. CONSIDERANDO: 1.- Que se ha solicitado por la Subdirección de RRHH cursar convenio con Universidad Autónoma de Chile la que prestará servicios de perfeccionamiento en Rehabilitación Oral al Dr. Isaac Sánchez Arroyo, quien fue seleccionado tras llamado a proceso de Selección nacional para acceder a cupos de especialización año 2014, concurso realizado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud. En dicho documento la Subdirección de Recursos Humanos solicita contratar a la Universidad Autónoma de Chile vía trato directo, por la causal contemplada en el artículo 10 N 7 letra e) de la Ley N 19.886, esto es, "cuando la magnitud e importancia que implica la contratación se hace indispensable recurrir a un proveedor determinado en razón de la confianza y seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en provisión de los bienes o fundadamente que no existieren otros proveedores que otorguen esa seguridad y confianza". TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en : 1.-DFL N l/05 que fija el texto refundido del DL. 2763/79 y DS. 140/05 que crea y Reglamenta los Servicios de Salud respectivamente. 2.-DS. N 146/2014, del Ministerio de Salud, que designa como Director Suplente del Servicio de Salud Araucanía Sur a don Milton Moya Krause. 3.-Ley 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado. 4.-Resolución 1.600/08 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente: SERVICII DE SUBD ARAUCANA SDR
RESOLUCION 1.- EXIMASE del proceso de licitación pública el servicio de impartir el Programa de Rehabilitación Oral a don ISAAC SÁNCHEZ ARROYO, funcionario dependiente del Servicio de Salud Araucanía Sur y AUTORIZASE que ello se efectúe a través de trato directo. 2.-CONTRATASE DIRECTAMENTE A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE, RUT 71.633.300-0, representada por don JAIME RIVERA NEUMANN, Cédula Nacional de Identidad N ambos domiciliados en Avda. Alemania N 01090, Temuco, por la causal contemplada en el artículo 10 N 7 letra e) de Decreto N 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esto es, "cuando la magnitud e importancia que implica la contratación se hace indispensable recurrir a un proveedor determinado en razón de la confianza y seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en provisión de los bienes o fundadamente que no existieren otros proveedores que otorguen esa seguridad y confianza". 3.-APRUÉBASE, el Convenio suscrito entre el Servicio de Salud Araucanía Sur y la Universidad Autónoma de Chile, de fecha 20 de octubre de 2014, cuyas estipulaciones son las siguientes: En Temuco, a 20 de Octubre de 2014, entre el Servicio de Salud Araucanía Sur, persona jurídica de derecho público, Rol Único Tributario N 61.606.700-1, domiciliado en calle Arturo Prat N 969, de la Ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, representado por su Director Suplente DR. MILTON MOYA KRAUSE, Rut N del mismo domicilio, en adelante el "Servicio", por una parte, y la Universidad Autónoma de Chile, Rol Único Tributario N 71.633.300-0, representada por don JAIME RIBERA NEUMANN, Cédula Nacional de Identidad N y don GILBERT LANGDON HARDTMANN, Cédula Nacional de Identidad N ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alemania 01090, ciudad de Temuco, en adelante "la Universidad", por la otra, se ha convenido lo siguiente: PRIMERO: Por el presente instrumento, el Servicio encarga a la Universidad que imparta curso de especialización al Cirujano Dentista perteneciente a este Servicio. El encargo que por este acto se acuerda se refiere al profesional don ISAAC JEREMIAS SANCHEZ ARROYO, cédula de identidad N Cirujano Dentista, quien cursará la especialidad de Rehabilitación Oral entre el 01 de Abril de 2014, al 31 de Octubre de 2016, ambas fechas inclusive. La Universidad acepta el encargo a que se refiere la presente cláusula y se compromete a ingresar al profesional a que se refiere este acuerdo a sus programas regulares sobre la respectiva especialidad, cuyas características y contenidos han sido definidos de conformidad con sus facultades docentes. SEGUNDO: La formación académica tendrá una duración de tres años y su valor total para el año 2014 será la suma de $6.000.000.- (seis millones de pesos), dicho valor se pagará anualmente por el Servicio, para lo cual, la Universidad deberá hacer llegar al inicio de cada año académico la factura anual a nombre SERVICIO SALUD ARAUCANIA SUR, RUT N 61.606.700-1 GIRO SALUD. Considerando el tiempo que dura la especialización señalada, así como el inicio y término de los años académicos en las instituciones de Educación Superior, se establece que la vigencia del presente SERVICIO DE 5»LI D MMCMM SIR DEPMTMIENT0IIRIDIC0
convenio será a contar del 01 de Abril de 2014 y hasta el 31 de Octubre de 2016. TERCERO: El pago de los montos correspondientes al presente Convenio referente al año académico 2014, según se establece en las cláusulas anteriores, se efectuará una vez que este Convenio se encuentre totalmente tramitado y se dicte la Resolución aprobatoria respectiva de parte del Servicio. El pago se hará contra factura emitida. Para los años académicos restantes (2015, 2016), el pago se hará dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la factura correspondiente, la cual no podrá girarse antes del 01 de abril de cada año. Junto a la presentación de dicha factura, y como requisito copulativo para el pago del año académico respectivo, se deberá adjuntar un informe de la situación académica de los médicos. Cualquier modificación del convenio requerirá ser concordada y aprobada por los representantes legales de ambas partes y deberá constar por escrito. En relación a los montos de matrícula y aranceles académicos, estos deberán estar en el marco concordado entre el Ministerio de Salud y la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (ASOFAMECH). CUARTO: La Universidad deberá, al término del año académico de formación en mayo del siguiente año, informar directamente al Servicio sobre el desarrollo de la formación respecto del profesional asistente y sobre su desempeño en el mismo, a través de documento escrito dirigido al Director del Servicio de Salud Araucanía Sur. QUINTO: En caso de licencias médicas prolongadas que produzcan una interrupción de la formación, y los respectivos aranceles hayan sido pagados por el Servicio de Salud, la Universidad cumplirá con la formación con posterioridad al cierre del programa académico respectivo, sin que por ello se cobre aranceles adicionales a los ya pagados. SEXTO: La personería de don Jaime Rivera Neumann, en su calidad de Secretarlo General de la Universidad Autónoma y de don Gilbert Langdon Hardtmann, en su calidad de Vicerrector de Administración y Finanzas, para actuar como representantes, consta en la escritura pública del 12 de septiembre del 2014, suscrita ante el Notario Público de Temuco don Héctor Basualto Bustamante. La personería del Dr. Milton Moya Krause consta en Decreto Supremo de Salud N 146 de 2014 del Ministerio de Salud. SEPTIMO: Las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Temuco, y acuerdan someterse a la jurisdicción de sus tribunales para todos los efectos del presente Convenio. OCTAVO: El presente Convenio se firma en nueve ejemplares de idéntico tenor y data, quedando dos en poder de la Universidad y el resto en poder del Servicio. 4.- SUMA QUE SE TRASPASA: El Servicio de Salud en representación del Ministerio, traspasará a la Universidad Autónoma de Chile, la suma anual de $6.000.000 (seis millones de pesos). 5.- IMPÚTESE el gasto que demande la contratación de los servicios requeridos al Item 22-11-002 del presupuesto del Servicio de Salud
Araucanía Sur. 6.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Sr. Rector de la Universidad de Autónoma de Chile, remitiéndole copia íntegra de la misma. PTESE Y COMUNIQUESE fcmufloya KRAUSE vj# IRECT 0R (T y P) HCIO SALUD ARAUCANIA SUR N 24/08-01-2015 Distribución: Universidad Autónoma de Chile (2) Subdirección de Recursos Humanos (2) Subdepto. de Capacitación Depto. de Finanzas Depto. Jurídico Depto. Auditoria Archivo SERVICIO DE SALID ARAUCANIA SOR DEPARTAMENTO JURIDICO
Ü l CSÉfeH r g i UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE CONVENIO DE ESPECIALIZACIÓN DE MÉDICOS CIRUJANOS SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE En Temuco, a 20 de Octubre de 2014, entre el Servicio de Salud Araucanía Sur, persona jurídica de derecho público, Rol Único Tributario N 61.606.700-1, domiciliado en calle Arturo Prat N 969, de la Ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, representado por su Director Suplente DR. MILTON MOYA KRAUSE, Rut N i. del mismo domicilio, en adelante el "Servicio", por una parte, y la Universidad Autónoma de Chile, Rol Único Tributario N 71.633.300-0, representada por don JAIME RIBERA NEUMANN, Cédula Nacional de Identidad N y don GILBERT LANGDON HARDTMANN, Cédula Nacional de Identidad N l ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alemania 01090, ciudad de Temuco, en adelante "la Universidad", por la otra, se ha convenido lo siguiente: PRIMERO: Por el presente instrumento, el Servicio encarga a la Universidad que imparta curso de especialización al Cirujano Dentista perteneciente a este Servicio. El encargo que por este acto se acuerda se refiere al profesional don ISAAC JEREMIAS SANCHEZ ARROYO, cédula de identidad N Cirujano Dentista, quien cursará la especialidad de Rehabilitación Oral entre el 01 de Abril de 2014, al 31 de Octubre de 2016, ambas fechas inclusive. La Universidad acepta el encargo a que se refiere la presente cláusula y se compromete a ingresar al profesional a que se refiere este acuerdo a sus programas regulares sobre la respectiva especialidad, cuyas características y contenidos han sido definidos de conformidad con sus facultades docentes. SEGUNDO: La formación académica tendrá una duración de tres años y su valor total para el año 2014 será la suma de $6.000.000.- (seis millones de pesos), dicho valor se pagará anualmente por el Servicio, para lo cual, la Universidad deberá hacer llegar al inicio de cada año académico la factura anual a nombre SERVICIO SALUD ARAUCANIA SUR, RUT N 61.606.700-1 GIRO SALUD. Considerando el tiempo que dura la especialización señalada, así como el inicio y término de los años académicos en las instituciones de Educación Superior, se establece que la vigencia del presente convenio será a contar del 01 de Abril de 2014 y hasta el 31 de Octubre de 2016.
OCTAVO. El preser data, quedando Co\ven o se firma en nueve ejemplares de idéntico tenor y der de la Universidad y I resto en poder del Servicio., loe- SR. JAIME RlfiERA NEUMANN SECRETARIO (GENERAL UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE li R. GILBERT IANGDON ti VICERRECTOR DE ADM ' UNIVERSIDAD AUTÓN MOYA KRAUSE _...7JTOR SUPLENTE SERVICIO Q SALUDURAUCANÍA SUR
NOMBRE DEL PROFESIONAL r Anexo Formación de Especialista 2014 Servicio de Salud Araucanía Sur / RiK DV ESPECIALIDAD F. INICIO F. TERMINO 1 ARANCEL AÑO 2014 ISAAC JEREMIAS SANCHEZ ARROYO K REHABILITACION ORAL 01-04-2014 31-10-2016 $6.000.000.- TOTAL A PAGAR ^ $6.000.000.- I GILBERT LANGDON VICERRECTOR DE ADM UNIVERSIDAD AUTÓN V N MOYA KRAUSE DIRECTOR SUPLENTE SERVICIO DE'SALUÓ ARAUCANÍA SUR