PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PELUQUERIA EN EL ACUARTELAMIENTO CERVANTES PARA EL AÑO 2014.



Documentos relacionados
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, DE UN PROYECTO DE ASISTENCIA EN GESTIÓN DE MOVILIDADES ACADÉMICAS Y APOYO PROMOCIONAL, POR LA

1º OBJETO: 2º FUNDAMENTACIÓN Y MARCO JURÍDICO:

P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS

El presente PPT tiene por objeto definir las condiciones generales y particulares en las que deberá llevarse a cabo la prestación de dicho servicio.

Universidad de Castilla-La Mancha C/ Altagracia, Ciudad Real Telf.: Fax.:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

La prestación del servicio se extiende a la totalidad de instalaciones deportivas gestionadas por el Patronato Municipal de Deportes.

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE VENTA DE ENTRADAS DE LA RED MUNICIPAL DE TEATROS DE VITORIA-GASTEIZ

ÍNDICE: CLÁUSULA 1ª: OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLÁUSULA 3ª: DESTINATARIOS A LOS QUE VA DIRIGIDO EL SERVICIO

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares


RP-CSG Fecha de aprobación

..,'... R. L.1'v1.II\lFANTE DON JUAN PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA LA

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:

3. PLANIFICACIÓN TEMPORAL Los talonarios de cheques se irán solicitando según se vayan necesitando, entre el 1 de febrero y el 15 de julio de 2015.

Coordinación de actividades empresariales

Gizarte Zerbitzuak Servicios Sociales SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

CONSORCIO PARA LA CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y EXPLOTACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN HUMANA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS EN LAS INSTALACIONES DE ARTIUM, CENTRO-MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEO

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECEPCION EN LAS OFICINAS DEL CDTI SITAS EN MADRID.

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO GUIADO DE GRUPOS MEDIANTE UN SISTEMA ELECTRÓNICO EN EL PALACIO REAL DE MADRID

a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de :

En el test nº 9, se han cometido una serie de erratas, debiendo quedar como sigue:

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS.

2.- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO Y RÉGIMEN ECONÓMICO.

CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE

EXPEDIENTE: H-10/2013

PROGRAMAS DE FORMACIÓN FORMACIÓN BIENAL

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

INFORME UCSP Nº: 2014/009

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD

Acuerdo tomado por el TSE en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º , celebrada el 20 de agosto de 2009

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL BIZKAIA

1.- JUSTIFICACIÓN 2.- OBJETO DEL CONTRATO

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

2.- AMBITO DE ACTUACIÓN Los servicios de este contrato tendrán lugar en las instalaciones del Museo del Prado, Paseo del Prado s/n.

Pliego de prescripciones técnicas

ALCANCE DE LOS SERVICIOS Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTROL BIOLÓGICO Y VIGILANCIA OPERACIONAL

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo

OBRA DE INSTALACIÓN DE NUEVOS ASCENSORES EN EL PABELLÓN DE GOYA DEL MUSEO NACIONAL DEL PRADO. Pliego de Prescripciones Técnicas

Hospital Universitario Ramón y Cajal

PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA INDIVIDUALIZADA A MUJERES

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

2º.- La ocupación durará desde marzo de hasta el 31 de diciembre de 2.014, en los días que exista programación en la instalación.

GUÍA RESUMEN DEL RSIF: EXIGENCIAS ESENCIALES QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS FRIGORISTAS

ANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE.

REGISTRO BOMEH: 6/2013 PUBLICADO EN: BOE n.º 32 de 6 de febrero de Disponible en:

RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES TITULO: PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación Dirección General de Industria, Energía y Minas

Figuras jurídicas que intervienen en una obra de construcción

Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir en la ejecución de la prestación del servicio de recepción

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Asesoría Jurídica. Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid

PROTOCOLO SUSTITUCIÓN SANCIONES PECUNIARIAS POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

JORNADA TÉCNICA ACTUALIZACIÓN DE LA GUÍA TÉCNICA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN RD 1627/97 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil

Control de la Salud de los Trabajadores

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

ORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2

Estos aprovechamientos son principalmente madera, biomasa, piña y corcho.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL EXPEDIENTE TITULADO: IMPLANTES PARA EL SERVICIO DE HEMODINAMICA: STENTS METÁLICOS.

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA

1.- OBJETO: 2.- ALCANCE:

INSTRUCCIÓN DE PUERTO DE MARÍN

;"...,;.,:-,-.::,"i. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. SERVICIO DE RESERVAS Y ATENCiÓN AL USUARIO PARA LA

Gabinete Jurídico. Informe 0346/2008

1. Gestión Prevención

EXPEDIENTE Nº:

(EXPEDIENTE Nº 2/2015)

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

GESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL IMAS.

ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

NOTA INFORMATIVA REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Orden DEF/538/2003, de 4 de marzo, por la que se establece la estructura y funciones de la Escuela Militar de Idiomas.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICITARIOS REUNIDOS

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INDICE El objeto del contrato es la gestión integral del Centro de Educación Infantil ubicado en el Congreso de los Diputados.

BASES REGULADORAS DE LA UTILIZACION Y USO DEL GIMNASIO MUNICIPAL

PLIEGO DE BASES TECNICAS

REDACCIÓN DE PROYECTOS

Transcripción:

2ª SUBINSPECCIÓN GENERAL DEL EJÉRCITO ACUARTELAMIENTO CERVANTES PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PELUQUERIA EN EL ACUARTELAMIENTO CERVANTES PARA EL AÑO 2014.

I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente pliego tiene por objeto definir y establecer las condiciones mínimas para la contratación del Servicio de Peluquería en el Acuartelamiento Cervantes. Las Unidades destinadas actualmente en el Acuartelamiento cuentan con una plantilla de aproximadamente 400 personas, tanto civiles como militares. Se dispone de un local adaptado como Peluquería, situado en la zona de vida del Acuartelamiento. El servicio de Peluquería consistirá fundamentalmente en garantizar al personal destinado o en comisión de servicio la posibilidad de arreglarse el pelo dentro del horario laboral, en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y con las mejores condiciones posibles de precio y calidad, efectuándose el pago directamente a la empresa contratada por los usuarios que requieran esos servicios. II. CONDICIONES DE EJECUCIÓN A) Lugar de ejecución del servicio. El local será proporcionado por la Base y estará dotado de la infraestructura suficiente para el desarrollo del servicio. Por necesidades del Acuartelamiento el emplazamiento de la peluquería podrá modificarse, proporcionando a la empresa adjudicataria o al trabajador ajeno a la administración que intervenga en la prestación del servicio de peluquería, nuevos locales adecuados para la realización del servicio. Página 1 de 13

B) Trabajos a desarrollar La empresa adjudicataria, o trabajador ajeno a la administración, que intervenga en la prestación del servicio de peluquería, realizará el corte de pelo reglamentario, según lo establecido en la Norma General 3/96 que regula la policía personal y aspecto físico del Personal Militar (Anexo A), realizado por un peluquero titulado, incluyendo en el procedimiento del corte la maquinilla eléctrica, las tijeras y la navaja. En el desarrollo del trabajo habitual se aplicaran los procedimientos y métodos de trabajo más aconsejables, utilizando para ello los productos no tóxicos, máquinas y útiles adecuados, y que cumplan con los requisitos de salud laboral y seguridad exigidos en la legislación vigente. C) Materiales y consumibles. El material aportado por la Administración en el local para la prestación del servicio es el detallado en Anexo B Corre por cuenta del adjudicatario el material y los consumibles tales como: Maquina eléctrica de cortar el pelo. Maquinilla desechable. Lociones. Pulverizador. Papel protector cuello. Bata/paño protector caída pelo. Material personal como tijeras, peines, cepillos, secador, peinadores, navaja barbero, cuchillas, cepillos, etc. Todos los productos empleados serán de primera marca. Los peines, máquinas, cepillos y demás utensilios que entren en contacto con la piel o cuero cabelludo se someterán, tras cada sesión y previamente a su uso, a los tratamientos de desinfección y asepsia necesarios para garantizar su inocuidad, y antes de que se utilicen con un nuevo usuario. Una vez limpios, deberán almacenarse en recipiente de material liso y de fácil limpieza o envoltura individual. Página 2 de 13

Las cuchillas y el material de rasurado, será estériles, de un solo uso y envasados individualmente. Dispondrá de un recipiente rígido, impermeabilizado y con tapa que no permita su fácil apertura, para depósito y eliminación del material de corte desechable. Dicho recipiente estará limpio y seco, será proporcionado y recogido por el establecimiento según protocolo que previamente se establecerá. Los materiales cortantes y punzantes con posible contaminación biológica, cuando sean desechados, tienen tratamiento de residuos sanitarios tipo lll, lo que significa que deben almacenarse y eliminarse conforme a lo dispuesto en la normativa vigente reguladora de la Gestión de Residuos Sanitarios. D) Instalaciones y mobiliario Las instalaciones son facilitadas por la Unidad. El Acuartelamiento hará entrega al adjudicatario de los locales, instalaciones y mobiliario correspondiente a la dependencia en estado de funcionamiento, mediante el correspondiente inventario, que suscribirán ambas partes, haciendo constar las deficiencias encontradas. Al finalizar la vigencia del contrato, el adjudicatario hará entrega de las instalaciones, mobiliario y todo aquello que conste en el inventario, en la misma cantidad y estado en que lo recibió al hacerse cargo del servicio. El adjudicatario será el encargado del mantenimiento del material empleado para la realización del servicio. Correrá a cargo del adjudicatario la reparación o reposición del material o instalación cuyo deterioro haya sido causado por negligencia o mal uso. No podrá realizar ninguna obra de reforma sin previo consentimiento del responsable del contrato. Caso de realizarse, pasará a propiedad del Estado. Página 3 de 13

Dará cuenta al responsable del contrato de todo desmerecimiento anormal que pudiera producirse con indicación de causas, relativo a la utilización de las instalaciones y utensilios propiedad del Acuartelamiento. Las averías en instalaciones centrales en que el problema afecte a las dependencias objeto de este pliego, serán solventadas por el servicio de mantenimiento de la instalación. E) Importe económico El precio de la prestación será abonado por los usuarios del servicio, por lo que no implicará coste alguno para la Administración. Se dispondrá en lugar visible de la lista de precios autorizados resultantes de la negociación de este contrato. El corte de pelo de carácter extraordinario, así como cualquier modificación de precios será autorizado por el responsable del contrato. F) Suministros El consumo de agua y electricidad serán facilitados por la Base sin cargo. Las líneas telefónicas de uso externo que necesite la Empresa Adjudicataria serán enteramente a su cargo. G) Mantenimiento, limpieza e higiene. La empresa adjudicataria será responsable de mantener los locales, el material, los utensilios y el conjunto del equipamiento de la peluquería en buen estado, limpios y en orden. El adjudicatario deberá mantener el local limpio, desinfectado y en buen estado. Como mínimo al acabar la jornada, y siempre que sea necesario, el local se limpiará con agua y detergente. De forma periódica se desinfectarán todas sus Página 4 de 13

superficies. Tanto éstos, como las instalaciones y material, se mantendrán en permanente y correcto estado de conservación y limpieza. Al menos una vez al año, y siempre que sea necesario, por el servicio de veterinario del Acuartelamiento se realizará el procedimiento DDD del citado local. El Acuartelamiento dispone de los contenedores suficientes para garantizar la retirada de basuras que se genere en la explotación del servicio. La determinación de la ubicación del contenedor corresponderá al Jefe del Acuartelamiento o aquel en quien delegue. El servicio de peluquería deberá contar con los utensilios precisos, así como las medidas de esterilización e higiénico-sanitarias legalmente establecidas para este servicio. III. RECURSOS HUMANOS El Contratista aportará el personal necesario para satisfacer los requisitos del Acuartelamiento durante el horario establecido para la prestación del servicio contratado, determinando en cada momento la plantilla y perfil profesional de cada puesto. Dicho personal estará dado de alta en la seguridad social y dispondrá de la formación y certificaciones que la Ley establezca, así como la titulación o experiencia necesaria para el desempeño de su cometido. Todos los costes y responsabilidades inherentes a la contratación de ese personal corren a cargo del adjudicatario. El adjudicatario efectuará las sustituciones necesarias para cubrir las ausencias de sus trabajadores, sean estas por vacaciones reglamentarias, incapacidad transitoria, permisos o cualquier otra causa análoga. La sustitución del personal por el adjudicatario requerirá la autorización del responsable del contrato. El adjudicatario conoce que, dadas las especiales características de las instalaciones, tanto su personal como proveedores están sujetos a las condiciones de seguridad de una instalación militar, debiendo seguir las instrucciones recibidas del servicio de seguridad. Su incumplimiento grave podrá Página 5 de 13

llegar a dar lugar a la prohibición de acceso a las instalaciones a las personas que amenacen la seguridad, no suponiendo motivo para el incumplimiento de los dos párrafos anteriores. La Administración (Ejército) se reserva el derecho de solicitar la sustitución de trabajadores por razones de Seguridad Nacional o de interés para la Defensa Nacional. El personal que preste su servicio deberá someterse a las revisiones médicas exigidas por la normativa en vigor. En caso de padecer alguna enfermedad infecto-contagiosa, será apartado del puesto de trabajo mientras persista el riesgo de transmisión de la enfermedad. Las heridas y lesiones cutáneas en las manos se protegerán con vendas o guantes impermeables, o se abstendrá de realizar actividades en contacto directo con los usuarios del servicio. Establecerá las responsabilidades y funciones de cada puesto de trabajo, asegurando que el personal contratado posee la formación y experiencia necesaria para desarrollar correctamente las funciones y responsabilidades propias de su puesto de trabajo, acreditado al menos con el título de técnico medio en peluquería, o bien haber aprobado los correspondientes cursos de formación, homologados por la Consejería de Sanidad o entidad en la que se delegue esta atribución, acorde con la actividad desarrollada. El transporte del personal al Acuartelamiento corre a cargo del adjudicatario. La facultad de control y dirección del trabajo corresponde a la empresa adjudicataria por disponer la misma de una titularidad independiente a la del Ministerio de Defensa, así como de organización autónoma. La empresa adjudicataria ejercerá de modo real, efectivo y periódico el poder de dirección inherente al mismo, dando las instrucciones sobre organización del trabajo, control, distribución de tiempos, etc. En base al párrafo anterior, el contratista debe asegurar la presencia real y efectiva de algún responsable que actúe como coordinador de los trabajadores de Página 6 de 13

la empresa, con poder bastante para tomar decisiones, verificar cuestiones como horarios de entrada y salida, asignaciones de trabajos, etc. o hacerse cargo de reclamaciones. La empresa adjudicataria deberá comunicar al Responsable de contrato de la Instalación y al Órgano de Contratación, de forma expresa e inexcusablemente durante el primer mes de la prestación del servicio, el nombre de los responsables o coordinadores que, perteneciendo a la plantilla del contratista, ejercerán las funciones anteriormente citadas. Igualmente el Órgano de Contratación, a propuesta de la instalación, se reserva el derecho a rechazar, en cualquier momento, al personal adscrito a esta contratación cuando este personal no procediese con la debida corrección dentro de la instalación o fuera evidentemente poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, acorde a lo dispuesto en el artículo 1.3 del Código Civil, previa la oportuna comprobación con intervención del adjudicatario y la realización de las actuaciones legales pertinentes. El adjudicatario deberá presentar relación del personal y funciones que asignará al mismo para la realización del servicio al Responsable del contrato. El personal que por su cuenta utilice o aporte el adjudicatario, no tendrá derecho alguno respecto del Ejército de Tierra, toda vez que depende única y exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario del citado personal, con arreglo a la legislación laboral y social vigente y a lo que en lo sucesivo se promulgue, sin que en ningún caso resulte responsable el Ejército de Tierra de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopten sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento o interpretación del contrato. Mensualmente se presentará copia del los TC1 y TC2, liquidados e ingresados, perteneciendo al período legal establecido. El Responsable del contrato podrá comprobar que las personas que se encuentran trabajando se corresponden con los TC1 y TC2. Página 7 de 13

El Órgano de Contratación se reserva el derecho de someter a reconocimientos médicos a dicho personal, así como a exigir al contratista la prueba documental de los reconocimientos médicos que como empresa le obligue la legislación vigente. El Órgano de Contratación y la Jefatura del Acuartelamiento podrán inspeccionar al personal y su trabajo en todo lo que se refiera a la contrata. Las relaciones laborales del adjudicatario con su personal deberán estar regidas por la legislación vigente y en concreto por el Convenio del Sector, en ningún caso por convenios propios para la adjudicación. Se hace especial hincapié en la necesidad del cumplimiento estricto de la legislación vigente en materias de: contratación, riesgos laborales, seguridad e higiene en el trabajo y cualesquiera otras existentes, o que se puedan promulgar durante la vigencia del contrato, sobre el particular. El Contratista deberá aportar la documentación solicitada al respecto por el Responsable del Contrato. A Indumentaria El adjudicatario proveerá al peluquero de la uniformidad obligatoria que deberán llevar para la prestación del servicio, vestirá durante el trabajo ropa y calzado de uso exclusivo, bata sobre ropa, que se mantendrá en todo momento con la debida pulcritud y limpieza. Además irán provistos permanentemente de su tarjeta de identificación colocada en lugar visible que será proporcionada por el Acuartelamiento. B Horarios La jornada mínima diaria de trabajo será de 09:30 horas a 13:30 horas, tres días a la semana de lunes a viernes (excepto festivos). Estas condiciones podrán ser Página 8 de 13

mejoradas a lo largo del proceso de contratación, siempre dentro de los márgenes de 08:00 a 14:00 y de lunes a viernes no festivos. C Riesgos laborales Cuando se aprecie una probabilidad grave de accidente por la inobservancia de las normas aplicables sobre seguridad, el Responsable del contrato requerirá por escrito al empresario para que adopte las medidas correctoras del riesgo. Si la petición no fuese atendida en un plazo de diez días, se dirigirá al Órgano de Contratación; éste, si procede y apreciase las circunstancias alegadas mediante resolución fundada, requerirá al empresario para que adopte las medidas de seguridad apropiadas o que suspenda su actividad en la zona o local de trabajo o con el material en peligro. También podrá ordenar con los informes técnicos precisos la paralización inmediata del trabajo si se estima un riesgo grave de accidente. Si el riesgo de accidente fuera inminente, la paralización de las actividades podrá ser acordada por decisión del Responsable del Contrato o de los órganos competentes de la empresa adjudicataria en materia de seguridad, o por el setenta y cinco por ciento de los representantes de los trabajadores. D Reglas especiales Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista: 1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, en su caso, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación que realizará el responsable del contrato del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al responsable del contrato. Página 9 de 13

2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo, y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. 3.- La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en este pliego como objeto del contrato. 4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en las dependencias ubicadas en el local asignado en el Acuartelamiento Cervantes. 5.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al órgano de contratación, representado por el responsable del contrato, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y el propio responsable, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. Página 10 de 13

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente con el responsable del contrato, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informa al órgano de contratación / jefe de la unidad de servicios de la base, o acuartelamiento, a través de su representante, acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. IV. COORDINACIÓN DEL SERVICIO. El Órgano de Contratación designará un Responsable del contrato en el Acuartelamiento, que será el responsable de la comprobación y vigilancia de la correcta ejecución del mismo. Ni el Responsable citado ni el contratista podrán introducir ni ejecutar modificaciones en las condiciones u objeto del contrato, salvo las en él previstas, sin la debida autorización del Órgano de Contratación. El interlocutor designado por el adjudicatario según el Apartado III. Será el encargado de las relaciones con el Acuartelamiento. Este interlocutor deberá conocer los términos del contrato para aclarar cualquier duda que se plantee en la Página 11 de 13

ejecución del servicio y vigilar el cumplimiento de las condiciones establecidas de acuerdo con su oferta. En la peluquería se dispondrá de un listado con el horario de servicio, para que el personal que quiera hacer uso de la peluquería se apunte, eligiendo de las horas libre la que más le interese. El responsable del contrato podrá verificar y fiscalizar la gestión de la empresa contratada o trabajador ajeno a la administración, que intervenga en la prestación del servicio de peluquería, a cuyo efecto, podrá inspeccionar la prestación del servicio y locales, y dictar las normas oportunas para mantener o restablecer la normal prestación del mismo. La Empresa contratada, además de prestar los servicios especificados en el pliego, estará en condiciones de indemnizar a terceros por daños que se ocasionen en la prestación del servicio. Observará la normativa jurídica en cada momento, tanto la relacionada con el objeto de la prestación, como aquella relativa a materia laboral, de seguridad social. Seguridad e higiene en el trabajo y medio ambiente. La Empresa Adjudicataria se abstendrá de hacer cualquier tipo de publicidad dentro de la Instalación, salvo con autorización expresa del Jefe de la misma. No tendrá ninguna responsabilidad en lo relativo a los tablones de anuncios del Acuartelamiento que se puedan instalar en la peluquería. Por el Acuartelamiento Cervantes se permitirá y facilitará al adjudicatario la prestación del servicio que se recoge en el presente pliego de prescripciones. Página 12 de 13

V. PROPUESTAS DE MEJORA Cada empresa incluirá en el desarrollo de su oferta las propuestas de mejora que considere oportunas, especialmente en lo relativo a jornadas semanales, horario y servicios adicionales.. Granada a 16 de Diciembre de 2014 El Teniente Coronel Jefe del Acuartelamiento Francisco de Asís Vázquez Prieto Página 13 de 13