ANEXO DE ASISTENCIA VEHICULAR (VEHICULOS LIVIANOS) CREDIBANCO



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Transcripción:

ANEXO DE ASISTENCIA VEHICULAR (VEHICULOS LIVIANOS) CREDIBANCO Mediante el presente anex, CREDIBANCO., en adelante la Cmpañía, garantiza ls servicis de asistencia en viaje vehicular, cntenids en las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL ANEXO En virtud del presente anex, la Cmpañía garantiza la puesta a dispsición del tarjetahabiente de una ayuda material inmediata, en frma de prestación ecnómica de servicis, cuand éste se encuentre en dificultades, cm cnsecuencia de un event frtuit currid en el curs de un viaje fuera de su habitual, realizad en el vehícul cubiert, de acuerd cn ls términs y cndicines cnsignads en el presente anex y pr hechs derivads de ls riesgs especificads en el mism. SEGUNDA: DEFINICIONES Para ls efects de este anex se entenderá pr: 1. Titular: Persna titular del interés expuest al riesg y a quien crrespnden, en su cas, ls derechs derivads del cntrat. Titular de la tarjeta Credibanc. Para ls efects de este anex, tienen además la cndición de beneficiari: El titular de la tarjeta El cónyuge, ls ascendientes y ls descendientes en primer grad de las persnas naturales aseguradas, ests sn ls hijs menres de 25 añs, siempre que cnvivan cn estas y a sus expensas, aunque viajen pr separad y en cualquier medi de lcmción. Ls demás s del vehícul del titular, cuand resulten afectads pr un accidente, cn mtiv de su circulación. NOTA: La asistencia sl pdrá ser slicitada si el titular de la tarjeta se encuentra en el lugar de ls hechs. 2. Vehícul cubiert: Se entiende pr vehícul cubiert ls ds primers vehículs registrads pr el titular al slicitar una asistencia. Si el titular cambia su vehícul, deberá infrmar a la Cmpañía, mediante carta anexand ftcpia de la tarjeta de prpiedad. Una vez recibida la cmunicación escrita cn ls dats del nuev vehícul, éste quedará activad 48 hras hábiles después de la ntificación. Únicamente pdrán realizarse 2 cambis pr vigencia.

Se entiende pr tal el vehícul de prpiedad del titular de la tarjeta, siempre que n se trate de vehículs destinads al transprte públic de persnas mercancías, vehículs de alquiler cn sin cnductr, cuy pes máxim autrizad n sbrepase 3.500 Kg, cualquier clase de mtcicletas. TERCERA: ÁMBITO TERRITORIAL Para las tarjetas Clásicas, Or, Empresarial y Crprativa, las cberturas referidas al vehícul cubiert se extenderán a td el territri de la Republica de Clmbia, a partir del kilmetr 30 del lugar de del titular. Para las tarjetas Platinum, Signature e Infinite, las prestacines referidas al vehícul cubiert se extenderán a td el territri de la Cmunidad Andina de Nacines, incluyend Venezuela, a partir del kilmetr 0; y exceptuand aquells lugares en dnde n exista un acces transitable pr carretera, dad el cas que se requiera transprte de grúa para el vehícul y n exista incnveniente riesg de seguridad pr cualquier fuerza al margen de la ley, Guerrilla, Autdefensas cualquier tr. CUARTA: PRESTACIONES AL VEHÍCULO Las cberturas relativas al vehícul cubiert sn las relacinadas en esta cláusula, las cuales se prestarán de acuerd cn las cndicines establecidas a cntinuación: a. Remlque del vehícul En cas que el vehícul cubiert n pudiera circular pr avería accidente, la Cmpañía se hará carg del remlque transprte hasta el taller que elija el titular. b. Carr Taller a discreción de la Cmpañía, en Bgtá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga. En el cas que la inmvilización del vehícul se casine pr llantas pinchadas, pr pérdida de llaves, pr falta de cmbustible pr cerrajería, la Cmpañía se encargará de pner a dispsición del titular ls medis para slucinar tales imprevists. De cualquier manera serán pr cuenta del titular ls valres que se generen en dichs events. c. Estancia y desplazamient de ls beneficiaris pr inmvilización del vehícul En cas de avería accidente del vehícul cubiert, la Cmpañía sufragará un de ls siguientes gasts: Cuand la reparación del vehícul n pueda ser efectuada en el mism día de su inmvilización y precise un tiemp superir a 4 hras, según el criteri del respnsable del taller elegid, se pagará la estancia en un htel cn un máxim de una nche, pr cada persna cubierta. El desplazamient de ls beneficiaris hasta su habitual, cuand la reparación del vehícul n pueda ser efectuada en las 48 hras siguientes a la

inmvilización y precise un tiemp superir a 6 hras, según el criteri del respnsable del taller elegid. La Cmpañía decidirá el medi de transprte más adecuad que pdrá ser avión de línea regular clase ecnómica en primera priridad, taxi, autbús también un vehícul de alquiler de un tip equivalente al accidentad. d. Estancia y desplazamient de ls beneficiaris pr hurt del vehícul En cas del hurt simple calificad del vehícul, y una vez cumplids ls trámites de denuncia a las autridades cmpetentes, la Cmpañía asumirá las mismas prestacines cntenidas en el numeral anterir. Para la crdinación del servici se slicitará el enví e la crrespndiente denuncia. e. Transprte, depósit custdia del vehícul reparad recuperad Si la reparación del vehícul cubiert requiere un tiemp de inmvilización superir a 72 hras, si en cas de hurt, el vehícul es recuperad después que el titular se hubiese ausentad del lugar de ls hechs, la Cmpañía sufragará ls siguientes gasts: El depósit y custdia del vehícul reparad recuperad de acuerd al establecid, sin perjuici de la restricción de 72 hras. El desplazamient del titular persna habilitada que este designe hasta el lugar dnde el vehícul sustraíd haya sid recuperad dnde haya sid reparad, si aquel ptara pr encargarse del traslad del vehícul. f. Lcalización y enví de piezas de repuests La Cmpañía se encargará de la lcalización de piezas de repuest necesarias para la reparación del vehícul cubiert, cuand n fuera psible su btención en el lugar de reparación y asumirá ls gasts de enví de dichas piezas al taller dnde se encuentre el vehícul hasta un máxim de 20 kils, siempre estas estén a la venta en Clmbia. Serán pr cuenta del titular el cst de las piezas de repuest. Para la crdinación del servici se slicitará el enví de la cnstancia certificación de la reparación del vehícul pr parte del taller. g. Referencias de talleres mecánics, grúas y/ cncesinaris A slicitud del titular, el Prveedr indicará las direccines y númers de teléfns de ls talleres mecánics, grúas y/ cncesinaris de marcas autmtrices cercanas al lugar dnde se encuentre el titular. Este servici es de infrmación pr l que la Cmpañía n se hace respnsable de las cndicines, precis y calidad de ls trabajs que puedan llegar a ejecutar tales prfesinales en un psible acuerd cn el titular. h. Infrme de estad de las carreteras La Cmpañía infrmará a ls asegurads cuand así l requieran, el estad de las carreteras en Clmbia, indicand si existen prblemas de rden públic, trabajs adelantads en las mismas, tráfic, y cualquier situación que pueda afectar la libre

circulación de ls vehículs. De acuerd a la infrmación suministrada pr ls rganisms de transit e Invias. i. Referencia de teléfns de emergencia A slicitud del beneficiari, la Cmpañía infrmará cmunicará sbre ls númers de teléfns de emergencia que este slicite. j. Orientación jurídica telefónica En el event de currencia de un accidente de tránsit del vehícul cubiert, la Cmpañía asesrará al cnductr del mism, mediante cmunicación telefónica cn un abgad. k. Cnductr prfesinal En cas de impsibilidad del titular para cnducir el vehícul pr muerte, accidente cualquier enfermedad, siempre que ningun de ls acmpañantes pudiera sustituirle cn la debida habilidad, la Cmpañía prprcinará de inmediat a su prpi carg un cnductr prfesinal para trasladar el vehícul cn sus s hasta el habitual en Clmbia, hasta el punt de destin previst del viaje. l. Cnexión cn prfesinales La Cmpañía, a slicitud del beneficiari, pdrá infrmar ls nmbres y teléfns de ls prveedres de la red, que sean requerids pr él. Este servici es sl de infrmación, pr l que la Cmpañía n se hace respnsable de las cndicines, precis y calidad de ls trabajs que puedan llegar a ejecutar tales prfesinales en un psible acuerd cn el beneficiari. m. Transmisión de mensajes urgentes La Cmpañía se encargará de trasmitir ls mensajes, urgentes justificads del asegurad, relativs a cualquiera de ls events cubierts. QUINTA: TABLA DE ASISTENCIAS A cntinuación se detallan ls servicis frecids, limites de cbertura y numer de events cubierts.

COBERTURA Númer de asistencias pr vigencia anual CLASICA Remlque del vehícul USD 200 USD 300 Carr taller ANEXO DE ASISTENCIA VEHICULAR (VEHICULOS LIVIANOS) CREDIBANCO VISA ORO, EMPRESARIAL Y CORPORATIVA PLATINUM SIGNATURE INFINITE LÍMITES POR EVENTO 3 4 Ilimitada Ilimitada Ilimitada Estancia y desplazamient de ls beneficiaris, pr inmvilización USD 150 pr USD 200 pr USD 250 pr USD 250 pr USD 500 pr Transprte, depósit custdia del vehícul reparad recuperad USD 150 pr USD 200 pr USD 250 pr USD 250 pr USD 500 pr Transprte, depósit custdia del vehícul reparad recuperad Lcalización y enví de repuests Referencias de talleres mecánics, grúas y/ cncesinaris Infrme de estad de las carreteras Referencia de teléfns de emergencia Orientación jurídica telefónica Cnductr prfesinal Cnexión cn prfesinales Transmisión de mensaje urgentes USD 100 USD 100 USD 100 USD 100 USD 200 SEXTA: EXCLUSIONES N sn bjet de la cbertura de este anex las prestacines y hechs siguientes: a) Ls servicis que el titular haya cncertad pr su cuenta sin el previ cnsentimient de la Cmpañía; salv en cas de fuerza mayr, según su definición legal, que le impida cmunicarse cn la cmpañía.

b) Ls vehículs que hayan sid mdificads, preparads, destinads a cualquier cmpetición autmvilística. c) La asistencia y gasts a ls s del vehícul cubiert transprtads gratuitamente mediante "autstp" "ded" (transprte gratuit casinal) d) Quedan excluids las asistencias para las mtcicletas. Quedan excluids de la cbertura bjet del presente cntrat las cnsecuencias de ls hechs siguientes: a) Ls causads pr mala fe del titular cnductr. b) Ls fenómens de la naturaleza de carácter extrardinari tales cm inundacines, terremt, erupcines vlcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerps siderales y aerlits, etc. c) Hechs derivads de terrrism, mtín tumult ppular. d) Hechs actuacines de las Fuerzas Armadas de hechs de las Fuerzas Cuerps de Seguridad. e) Ls derivads de la energía nuclear radiactiva. f) Ls prducids cuand el cnductr del vehícul se encuentre en cualquiera de las situacines que se señalan a cntinuación: Baj influencia de drgas, tóxics, estupefacientes y/ bebidas alchólicas. Carencia de permis licencia crrespndiente a la categría del vehícul cubiert. g) Ls que se prduzcan cuand pr el titular pr el cnductr se hubiesen infringid las dispsicines reglamentarias en cuant a requisits y númer de persnas transprtadas frma de acndicinarls, siempre que la infracción haya sid causa determinante del accidente event causante del siniestr. h) Ls que se prduzcan cn casión de la participación del titular en apuestas desafís. i) Ls causads pr carburantes, esencias minerales y tras materias, inflamables, explsivs tóxics transprtadas en el vehícul cubiert. j) Ls que se prduzcan cn casión de la participación del vehícul cubiert en carreras, prácticas deprtivas y pruebas preparatrias entrenamients. SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL TITULAR En cas de event cubiert pr el presente anex, el titular deberá slicitar siempre la asistencia pr teléfn, a la Unidad de Servici al cliente, debiend indicar su nmbre, el destinatari de la prestación, el númer de la cédula de ciudadanía, cédula de

extranjería, ls númers de la tarjeta Credibanc, el lugar dónde se encuentra, el númer de teléfn y el tip de asistencia que precisa En cualquier cas n pdrán ser atendids ls reemblss de asistencias prestadas pr servicis ajens a esta Cmpañía. OCTAVA: INCUMPLIMIENTO La Cmpañía queda relevada de respnsabilidad cuand pr causa de fuerza mayr pr decisión autónma del titular de sus respnsables, n pueda efectuar cualquiera de las prestacines específicamente previstas en este anex. Si el titular slicitara ls servicis de asistencia y la Cmpañía n pudiera intervenir directamente, pr causa de fuerza mayr, ls gasts raznables en que se incurra serán reemblsads, previa presentación de las crrespndientes facturas riginales que cumplan ls requisits de ley, siempre que tales gasts se hallen cubierts. NOVENA: LÍMITE RESPONSABILIDAD El prveedr de servicis respnde pr las prestacines señaladas de cnfrmidad a la definición que de las mismas trae el presente anex. En cnsecuencia n será respnsable de cberturas adicinales, de hechs frtuits que sbrevengan en el desarrll de la prestación de ls servicis pr parte de ls prveedres, ni de ls hechs preexistentes a dicha prestación. Para el efect, prveedres significara: técnics, cerrajers, electricistas, plmers, vidriers, hteles, vigilantes, ambulancias y cualquier tra entidad que suministra la asistencia autrizada. DÉCIMA: REEMBOLSOS El titular deberá slicitar antes de cntratar, de manera particular, un servici cubiert pr el presente anex, una autrización de la Cmpañía, la cual deberá pedirse pr teléfn, a cualquiera de ls númers indicads para prestar la asistencia, debiend indicar su nmbre, el nmbre del destinatari de la prestación, el númer de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, ls númers de la tarjeta Credibanc, el lugar dnde se encuentra, el númer de teléfn y tip de asistencia que precisa. Una vez recibida la slicitud previa, la Cmpañía dará al asegurad un códig de autrización cn el cual deberá remitir las facturas riginales que cumplan cn ls requisits de ley de ls desemblss realizads, a la dirección que le sea infrmada en el mment de recibir dicha autrización. De cualquier manera, la Cmpañía se reserva el derech de prestar directamente la asistencia bjet del presente anex en aquellas ciudades dnde a su prpi juici l estime cnveniente.