PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS



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1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. Objetivo. 2. Alcance. 3. Referencias. 4. Definiciones. 5. Responsabilidades. 6. Descripción 7. Registros 8. Anexos 9. Control de Cambios.

2 de 9 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la adecuada aplicación de la prueba Anillo en Leche y la prueba ELISA Indirecta en leche para el diagnóstico de la Brucelosis Bovina en el ámbito geográfico de las Direcciones Ejecutivas del SENASA. 2. ALCANCE El presente procedimiento es de aplicación en el ámbito geográfico de las Direcciones Ejecutivas del SENASA a partir del día siguiente de su publicación. Los laboratorios privados con convenio vigente con el SENASA están incluidos en la parte referente al desarrollo de la metodología de diagnostico en condiciones de calidad. 3. REFERENCIAS 3.1 Ley Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, 27 de junio de 28. 3.2 Decreto Supremo Nº 018-28-AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria 3.3 Decreto Supremo Nº 8-25-AG, Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, 9 de febrero de 25. 3.4 Decreto Supremo Nº 033-20-AG, Reglamento para el Control y la Brucelosis Bovina 3.5 Manual de las Pruebas de Diagnóstico y de las Vacunas para los Animales Terrestres, 24 3.6 Manual de Bioseguridad de la OMS, 25 4. DEFINICIONES a. Interlaboratorio: ensayos de aptitud, definidos como determinación de la idoneidad de un laboratorio para efectuar ensayos por medio de la realización de intercomparaciones. b. Laboratorio privado: Laboratorio con convenio vigente con el SENASA, mediante el cual ejerce actividades de diagnóstico de brucelosis mediante ensayos de I-ELISA en leche y Anillo en Leche. c. Prueba Anillo en leche (PAL): Prueba de diagnóstico presuntivo para descubrir rebaños infectados, es una prueba tamiz, rápida, práctica y económica que reduce las aglutinaciones inespecíficas, pone en evidencia las aglutininas contenidas en la leche al agregarse una suspensión de Brucella coloreada. Los anticuerpos de la muestra reaccionan con el antígeno coloreado de Brucella, formando un complejo antígeno anticuerpo que se adhiere a los glóbulos de grasa de la leche formando un anillo morado en la superficie del tubo en el

3 de 9 caso de presunción de Brucelosis, y de color crema en el caso negativo. d. Prueba I-ELISA en leche: ("Enzyme-Linked ImmunoSorbent Assay" /Ensayo por inmunoabsorción ligado a enzimas), es una técnica inmuno-enzimática que permite la detección de reacciones antígenoanticuerpo gracias a la interacción de conjugados enzimáticos con un substrato cromógeno inductor de reacciones colorimétricas medibles espectrofotométricamente. e. Otras definiciones consideradas en el Anexo del Decreto Legislativo Nº 1059 Ley General de Sanidad Agraria, y las del Reglamento de Control y la Brucelosis Bovina. 5. RESPONSABILIDADES 5.1 Las Direcciones Ejecutivas del SENASA son responsables de cumplir y hacer cumplir lo establecido en el presente Procedimiento en sus jurisdicciones. 5.2 Las Direcciones Ejecutivas del SENASA son responsables, en cada una de sus jurisdicciones, de supervisar la correcta aplicación de la prueba Anillo en Leche y ELISA Indirecta en leche a los ejecutores de actividad privada, desde la toma de muestras hasta la entrega de resultados al productor o responsable del establecimiento pecuario. 5.3 La de la Dirección de Sanidad Animal se encarga de la supervisión del cumplimiento del presente Procedimiento por parte de las Direcciones Ejecutivas del SENASA correspondientes, así como de su actualización o modificación, en los aspectos de su competencia. 5.4 Los ejecutores de actividad privada que suscriben convenio con el SENASA son responsables de la toma de muestras y su óptima conservación hasta su entrega a la UCDSA o al Laboratorio privado. 5.5 Los ejecutores de actividad privada y los laboratorios privados que suscriben convenios con el SENASA, emitirán el certificado correspondiente de las pruebas diagnósticas efectuadas, en los formatos proporcionados por el SENASA. 5.6 Los Laboratorios privados que suscriben convenio con el SENASA, aplicarán la prueba diagnóstica de ELISA Indirecta en leche. 5.7 La Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Animal (UCDSA), previo pago, se encarga de proveer las muestras ciegas para los ensayos de aptitud (ensayos interlaboratorio) indispensables para el

4 de 9 6. DESCRIPCION aseguramiento de la calidad de las pruebas realizadas en los laboratorios privados. 6.1 Pruebas Oficiales para el diagnostico de Brucelosis Bovina 6.1.1 Prueba de Anillo en Leche para diagnóstico de Brucelosis Bovina (PAL) Prueba presuntiva de brucelosis bovina, se emplea una suspensión de bacterias muertas de Brucella abortus cepa 99 o cepa 1119-3, con un volumen celular 5%, suspendidas en solución salina fenolada al 0.5% coloreada con hematoxilina, de color azul oscuro, y un ph 3.3 3.7. 6.1.2 Prueba de ELISA Indirecto en Leche para diagnóstico de Brucelosis Bovina A efectos de aseguramiento de la calidad de los ensayos, los laboratorios privados deben participar satisfactoriamente en los ensayos de aptitud (ensayos interlaboratorio) con las muestras provistas por la UCDSA. El I- ELISA en leche empleado deberá cumplir las exigencias de la OIE para su utilización. 6.2 Procedimientos e Interpretación de las Pruebas Según lo indicado en el capitulo 2.3.1. Brucelosis Bovina del Manual de las Pruebas de Diagnóstico y de las Vacunas para los Animales Terrestres, 24 Los animales de rebaños positivos a PAL o I-ELISA, deben ser examinados individualmente por las pruebas serológicas confirmatorias para identificar los infectados. 6.3 Aplicación de las Pruebas El ensayo del anillo en leche (PAL) y la prueba I-ELISA se emplearán en: A. Hatos, establos, rebaños o unidades productivas que se incorporan al Control y la Brucelosis bovina, o que se encuentran en proceso para ser declarados oficialmente libres de la Brucelosis bovina. En estos establecimientos se aplicará la prueba de Anillo en Leche o la prueba I-ELISA tres veces al año (con un intervalo no mayor a 90 días) seguidas de una prueba de Rosa de Bengala de todo los animales del hato a partir de los 4 meses de edad, para ser declarados oficialmente libres de la enfermedad, por el SENASA. B. Hatos, establos, rebaños o unidades productivas declarados oficialmente libres de esta enfermedad. En estos establecimientos se aplicará la prueba de

5 de 9 Anillo en Leche o la prueba I-ELISA tres veces al año (con un intervalo no mayor a 90 días) para mantener su condición de libres de la enfermedad. C. Para recuperar la condición de Hato Libre de Brucelosis Bovina. Si se hallara un resultado positivo, se procederá a aplicar la prueba de Rosa de Bengala a todas las vacas a las cuales corresponde la leche del tanque del cual se tomó la muestra, para identificar al animal reactor y proceder a la aplicación de la prueba de Fijación de Complemento. En el establo al cual pertenece el reactor, se procederá a la prueba serológica de todos los animales desde los 4 meses de edad. 6.4 Procedimiento en Campo 6.4.1 Para la toma de muestra se usará un frasco x 50 1 ml al que se le adherirá una etiqueta con un número. El frasco debe contener no menos de 25 ml. de leche, previamente homogenizada, y quedar cerrado. Toda muestra será acompañada de la ficha de registro correspondiente, donde se indicará el número del frasco o frascos empleados. 6.4.2 La muestra se colecta de la siguiente manera: En el caso de ordeñadora automática, una muestra por cada grupo de ordeño. Si el ordeño se realiza con ordeñadora portátil, la muestra se tomará de cada depósito. Cuando se trate de ordeño manual, se tomará una muestra por cada porongo, sea cual fuere su capacidad. En tinas de pesado electrónico, se tomará una muestra por cada tina o envase. 6.4.3 Las muestras deben mantenerse refrigeradas (4º a 8º C) y, dependiendo de la necesidad, se adicionará un conservante (formol al 1% o bronopol al 0,02% en proporción de 1 ml de solución conservante por cada 10 ml de leche). 6.4.4 Todos los animales se registrarán en la ficha correspondiente, a fin de poder identificar a cada uno, en el caso que se hallara algún positivo. 6.5 Certificación de Hato Libre de Brucelosis Bovina Cuando en un Hato se ha cumplido con realizar 3 pruebas de Anillo en Leche o de I-ELISA, con 3 meses de intervalo, sin que se halle reactor positivo, se procederá a aplicar una prueba de Rosa de Bengala a todos los animales del hato mayores de 4 meses de edad. Si mediante esta última prueba no se halla un reactor, el SENASA procederá a otorgar el Certificado de oficialmente Libre de Brucelosis Bovina.

6 de 9 6.6 Obligaciones 6.6.1 Obligaciones de los Productores, propietarios y responsables de ganado: Los productores, los propietarios cumplen con lo siguiente y responsables de ganado bovino, 1. Permitir las acciones del Servicio Oficial y seguir las recomendaciones que se efectúen. 2. Brindar el apoyo técnico y logístico necesario para facilitar las acciones del ejecutor o del personal del SENASA. 3. Dar cumplimiento a las medidas sanitarias que establezca SENASA. 4. Identificar al reactor/es según lo indicado por el SENASA. 5. Asumir el costo integral de las pruebas así como el de su envío a la UCDSA o al Laboratorio privado 6. Adquirir los frascos o envases necesarios para la obtención de las muestras de leche y su envío a la UCDSA o al Laboratorio privado en óptimas condiciones. 6.6.2 Obligaciones de los ejecutores de actividad privada Los ejecutores de actividad privada que suscriben convenio con el SENASA para la ejecución del presente procedimiento cumplen con : 1. Remitir las muestras de leche para su análisis a la UCDSA del SENASA o al Laboratorio privado con convenio vigente con el SENASA. 2. Coordinar con el propietario o representante legal del Hato lo correspondiente al pago de sus servicios 3. Realizar el cobro de sus servicios en forma directa a los propietarios del ganado. 6.6.3 Obligaciones de la UCDSA del SENASA La UCDSA del SENASA cumple con lo siguiente: a. Registrar las muestras de leche en el Área de Recepción de Muestras de la UCDSA ingresando la solicitud de servicio en el Sistema Integrado de Gestión de Centros de Diagnostico (SIGCED). Las muestras son registradas como servicio a terceros previa cancelación del ensayo. b. Examinar y rechazar muestras contaminadas, tubos rotos o con extravasación de leche, sin identificación o sin Ficha de registro, o que la cadena de frio no se haya conservado.

7 de 9 c. Ejecutar el ensayo solicitado y registrar los resultados en el sistema informático del SENASA (SIGCED). d. Evaluar los métodos de ensayo y analizar los resultados obtenidos por los laboratorios autorizados a través de "ensayos de aptitud por comparación interlaboratorios" una vez al año. 6.6.4 Obligaciones de Laboratorios privados que suscriben convenio con el SENASA Los Laboratorios privados que suscriben convenio con el SENASA cumplen con lo siguiente: a.- Participar de los ensayos de aptitud (ensayos interlaboratorio) con las muestras ciegas entregadas por la UCDSA, previo pago de los mismos. b.- Ejecutar los ensayos autorizados, registrar los resultados y remitirlos a la Dirección Ejecutiva local dentro de un plazo máximo de 10 días de concluida la fase de diagnóstico. c.- Notificar al SENASA local acerca del grupo, lote o animales identificados como reactores positivos de manera inmediata d. Realizar y documentar la calibración del lector de ELISA y de los equipos utilizados para el desarrollo de las pruebas. 6.7 Colecta de muestras Se considera los principios generales relativos a la toma, envío y almacenamiento de muestras contempladas en el Capitulo 1.1.1 Métodos de muestreo del Manual de las Pruebas de Diagnóstico y de las Vacunas para los Animales Terrestres de la OIE. 6.8 Bioseguridad Para los efectos del presente procedimiento se aplican las recomendaciones contempladas en el Manual de Bioseguridad de la OMS, 25, Parte IV, Técnicas Microbiológicas Apropiadas. 7.REGISTRO REG-SCEE/BB-01: Ficha de Registro de Muestras para Pruebas en Leche

8 de 9 8.ANEXO NO APLICA 9. CONTROL DE CAMBIOS PARRAFO DICE DEBE DECIR

9 de 9 REG-SCEE/BB-01 FICHA DE REGISTRO DE MUESTRAS PARA PRUEBAS EN LECHE ESTABLO: PROPIETARIO: DIRECCIÓN: CASERÍO: REFERENCIA: DISTRITO: PROVINCIA: DEPARTAMENTO: DATOS DE PRODUCCIÓN DATOS DE RECOLECCIÓN Producción diaria de leche (lt) Porongo Nº porongos Nº de vacas en ordeño Tanque Capacidad lt Nº de ordeños por día DATOS DE VACAS EN PRODUCCIÓN DE LECHE Nº Identificación/ nombre Porongo Nº Peso kg/lt Tanque Nº Depósito Nº Nombre y apellidos: Responsable de toma de muestras Fecha:

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