RENOVACION DE CONVENIO MIDES Centro Latinoamericano de Economía Humana - CLAEH equipo de trabajo para el apoyo a Programas Culturales -División Atención a Colectivos Vulnerables - DINACIS. En Montevideo, el día veintitrés de abril de dos mil diez.- POR UNA PARTE: El Ministerio de Desarrollo Social, representado por la Sra. Ministra A.S. Ana María Vignoli, con domicilio en la Avda. 18 de julio 1453 Montevideo y POR OTRA PARTE, el Centro Latinoamericano de Economía Humana - CLAEH con sede en la calle Zelmar Michelini 1220 Montevideo, representada por el Dr. Fernando Ordóñez Tarín, C.I.1.759.035-3 en el marco del llamado a presentación de propuestas para la contratación de un equipo de trabajo para el apoyo a Programas Culturales de la División Atención a Colectivos Vulnerables - DINACIS; convienen en celebrar la siguiente RENOVACION DE CONVENIO: PRIMERO: Antecedentes: A) La Dirección Nacional de Asistencia Crítica e Inclusión Social a través de su División Atención a Poblaciones y Colectivos Vulnerables, ha identificado ciertos colectivos que por su especial situación de vulnerabilidad social, requieren la implementación de programas específicos que contribuyan a una integración sociocultural; B) Entre las personas que solicitaron su ingreso al PANES, se identificó en la franja de los mayores de 15 años un importante número con ningún o escaso acceso a la enseñanza primaria, 52.623 no superaron el 3er. Grado de enseñanza primaria; C) Es para alcanzar a esta población que se ha desarrollado un trabajo coordinado con ANEP, mediante la aplicación de una herramienta sociopedagógica, con presentación en forma audiovisual, ajustada a las características de nuestro país lo que permite una exclusiva utilización para nuestra población; D) Dados los resultados obtenidos en cuanto a cantidad y rendimiento, en acuerdo con ANEP se decidió proseguir la campaña con esta herramienta y en la modalidad ya aplicada en 2007.
SEGUNDO: Objeto. La presente ampliación de convenio tiene como objeto proveer a la Dirección Nacional de Asistencia Crítica e Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), de un equipo de trabajo profesional para llevar adelante, la campaña de alfabetización en el marco del Programa En el país de Varela Yo sí Puedo. TERCERO: Obligaciones de las partes. I) El Centro Latinoamericano de Economía Humana - CLAEH se compromete a: A) Conformar un equipo de trabajo integrado por 4 (cuatro) personas conforme a los perfiles especificados en el pliego de condiciones; B) El equipo de trabajo estará a la orden de la coordinación del Departamento de Inclusión Sociocultural de la DINACIS, quien será responsable de la asignación de tareas a sus integrantes. C) Deberán tener disponibilidad para efectuar tareas fuera del horario y días habituales, de acuerdo a las necesidades del Departamento; D) En caso de generar horas que excedan la carga horaria semanal, las mismas podrán compensarse con su equivalente horario, siempre que lo permitan las necesidades del servicio y con autorización de la coordinación. E) La OSC adjudicataria será responsable de la supervisión, conducta, labor y actuación de los integrantes del equipo de trabajo. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha Osc, tanto resultare de la conducta personal o funcional, faltas, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidia, falta de cuidado en su caso, daño intencional del citado personal, quedando el Organismo totalmente desvinculado y exento de todo tipo de responsabilidad frente a terceros. F) El MIDES, siempre que la conducta personal o funcional sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará a la OSC, a fin de que se tomen las medidas del caso si correspondiere. G) Los integrantes del equipo de trabajo deberán presentarse diariamente en la sede del MIDES, sin perjuicio de que las actividades a realizar incluyen, tanto tareas a cumplir dentro del MIDES como externas. H) Sin perjuicio de otras actividades, se
destacan las siguientes: a) Integrará junto a representantes del Programa de Educación de Jóvenes y Adultos de ANEP, la Comisión Central de Seguimiento y Control para la aplicación del Programa de Alfabetización; b) articulación en la modalidad de redes con las oficinas territoriales y otras dependencias del MIDES y demás actores sociales e instituciones públicas y privadas a nivel local y nacional; c) participación en convocatorias, conformación de grupos, implementación de la logística a los efectos de asegurar los mejores resultados posibles en cada etapa; d) en coordinación con PEJA (Programa de Educación de Jóvenes y Adultos de la ANEP) realizará las acciones de intercambio y capacitación específica de los maestros alfabetizadores del Programa, con responsabilidades de docencia directa o indirecta; e) centralización, analisis, registro, organización y sistematización de la información relativa al desarrollo de cada etapa de aplicación, monitoreando el desarrollo del Programa, diseñando estrategias y propuestas acordadas con el Director de la División para, una vez aprobadas por éste, ser colectivizadas con el conjunto de los docentes; f) supervisión técnica a nivel operativo y de conducción del equipo de especialistas responsables del estudio de viabilidad de contextualización y ejecución del Programa Yo sí puedo seguir ; g) propondrá marcos referenciales que sustenten las acciones en cada localidad, para generar un adecuado acompañamiento hacia el logro de los objetivos; h) finalizada cada etapa de aplicación del Programa, deberá analizar la documentación recibida y elaborar un exhaustivo informe en el que se destaquen incidencias y logros alcanzados, incluyendo propuestas para superar debilidades e insuficiencias. I) Confidencialidad: Los integrantes del Equipo de Trabajo asumen compromiso de confidencialidad respecto de la información de los usuarios a la cual tienen acceso; J) Presentar una evaluación contable y rendición de cuentas de los gastos vinculados a su ejecución conforme lo dispuesto por el artículo 114 del Decreto Nº 194/997, TOCAF en la
redacción dada por el art. 24 de la Ley 17296 de 21/02/2001 y la Ordenanza 77 de 29/12/1999 del Tribunal de Cuentas de la República.-. K) Cumplimiento de las normas en materia laboral, de seguridad social ytributaria: Conforme a lo dispuesto por Ley Nº 18.098, la retribución de los trabajadores de la OSC adjudicataria deberá respetar los laudos salariales establecidos en los Consejos de Salarios. El incumplimiento en el pago de las retribuciones antes mencionadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario. El MIDES se reserva el derecho de exigir mensualmente la presentación de la documentación o declaración jurada que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral así como los recaudos que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo así como las contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados. Asimismo, la autoridad contratante tendrá la potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la entidad contratada. L) La presente contratación estará sujeta al régimen de responsabilidad subsidiaria dispuesto por el art. 6º de la Ley Nº 18.251, con la limitación temporal y alcance allí establecidos.-m) Incompatibilidades: Ningún integrante del equipo técnico podrá estar simultáneamente contratado por la misma u otra institución privada para el desarrollo de otros proyectos en convenio con el Ministerio de Desarrollo Social, o en su defecto deberá presentar renuncia al mismo; la participación en el equipo técnico presentado por la OSC es incompatible con el ejercicio de actividades simultáneas en un cargo o función pública remunerada (salvo funciones docentes). II) Por su parte el MIDES se compromete a: A) Transferir a Centro Latinoamericano de Economía Humana - CLAEH la suma de $ 652.500 (pesos uruguayos seiscientos cincuenta y dos mil quinientos ), por todo concepto para la ejecución del proyecto. La transferencia se realizará
en una sola partida, simultaneamente con la firma del presente Convenio. Debiendo la respectiva rendición de cuentas a la finalización del Convenio conforme a lo establecido en la cláusula Tercera, apartado J.- B ) Las Direcciones de Atención a Colectivos Vulnerables y de la DINACIS supervisarán la actuación del equipo de trabajo. C) El MIDES proporcionará todos los elementos necesarios para el desarrollo de las tareas, incluyendo los medios de locomoción necesarios cuando se requieran tareas fuera de su sede. CUARTO: Plazos. El presente convenio tendrá vigencia desde el 1º de enero de 2010 hasta el 30 de junio de 2010. QUINTO: Rescisión. El presente convenio podrá rescindirse: A) Por incumplimiento de cualquiera las obligaciones establecidas en el Capítulo Tercero. B) Por el desajuste en la ejecución de la propuesta con respecto a sus términos originales, a juicio del MIDES. C) En este caso el MIDES informará a la Institución contratante, con 30 días de antelación a la suspensión de sus servicios. Para constancia y en prueba de conformidad se firman tres ejemoplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados.-