ESTATUTOS. Asociación mundial de radios comunitarias (AMARC) Capítulo I Naturaleza 1. Capítulo II Objetivos 2. Capítulo III Miembros 3



Documentos relacionados
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO

TRADUCCION NO OFICIAL. Consejo Asesor de Seguridad en el Extranjero (OSAC) Estatutos del Consejo de País Guatemala 13 de junio de I.

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE ENTIDADES DE CRÉDITO PRENDARIO Y SOCIAL TEL: PIGNUS.SECRETARIAT@PIGNUS.ORG

ASOCIACION INTERNACIONAL DE CARIDADES

Convenio Programa Información Comercial y Apoyo Comercio ExteriorPLACIEX

ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE LA TARTAMUDEZ TTM-IB ESTATUTOS

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA

REGLAMENTO QUE CREA EL CONSEJO CIUDADANO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN.

ACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT

Reglamento1. Introducción. Finalidad de la CCONG/EPT

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela;

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.)

REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES

'No ORGANIZACIÓN ORGANIZACIÓN

QUEPASA CORPORATION REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE AUDITORIA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES

CONSTITUCIÓN 1 PREÁMBULO LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES, RECORDANDO

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV)

Estatuto de la Secretaría General Iberoamericana

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012.

ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA)

CONSEJO PARA LA CONVIVENCIA Y SEGURIDAD ESCOLAR REGLAMENTO INTERNO

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE LA RIOJA PARA EL PERIODO

Guía de Consulta para el Comité Paritario de Higiene y Seguridad

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Facultad de Medicina ESCUELA DE PARTERAS ORDENANZA

RESOLUCIÓN NÚMERO 162 DE 2008 (Julio 29) Por la cual se actualiza el comité de sostenibilidad contable del Municipio de Altamira

SISTEMA DE GARANTÍA DE

Guía para los Primeros Delegados

Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES

Washington, D.C. Septiembre Tema 2.10 del rograma provisional CD35/7 (Esp.) 12 julio 1991 ORIGINAL: INGLES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA IBERESCENA. Capítulo I Definición del Programa IBERESCENA

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana,

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados.

SECRETARIOS/AS DE ORGANIZACIÓN DE LAS AGRUPACIONES MUNICIPALES Y DE DISTRITO

ESTE PROGRAMA ES COFINANCIADO POR MÉXICO Y LA UNIÓN EUROPEA

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL

MODIFICACION DEFINITIVA DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA AGRUPACIO MUSICAL MEDITERRANEO LA VILA JOIOSA

18. Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas

FRANCIA FINANCIACION DE LOS INTERLOCUTORES SOCIALES: FUNCIONAMIENTO DEL FONDO PARITARIO 35

ACUERDO 1 REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO CIUDADANO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE GUADALUPE, NUEVO LEÓN.

Sociedad Anónima ("SA")

Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

GRUP MUNICIPAL D ESQUERRA UNIDA DEL PAÍS VALENCIÀ

RP-CSG Fecha de aprobación

Agrupación Fotográfica. Estatutos de la Agrupación Fotográfica CONTRASTE VARIABLE. Fundada el 12 de marzo de 2003

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA RED PARAGUAYA, ARGENTINA Y BRASILEÑA DE INCUBADORAS DE EMPRESAS - RePABI

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION.

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO

Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el lunes 16 de octubre de 1950.

Proceso de Desarrollo de Políticas de LACNIC Versión 2.0

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AECOP-EMCC MADRID

DISPOSICIONES GENERALES

COLEGIO SALESIANO DON BOSCO San José, Costa Rica REGLAMENTO DE LA DIRECTIVA CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

El CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Acuerda:

REGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO

La Red de Universidades Lectoras se organiza internamente en un Plenario, una Comisión Permanente y una Universidad Coordinadora.

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 6, y el artículo 132,

FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO. Organización y Reglas de Funcionamiento

Anexo al Informe Anual de Gobierno Corporativo (2010)

Comparación entre la Fundación, la Asociación y las representaciones.

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

Coordinación de actividades empresariales

Cómo se adoptan y supervisan los convenios y las recomendaciones internacionales del trabajo

REGLAMENTO INTERNO DE LA ASOCIACION NICARAGÜENSE PARA LAS ENERGIAS RENOVABLES Y EL AMBIENTE

SECCIÓN CORTES GENERALES

NORMATIVA PARA GRUPOS LOCALES DE SEO/BirdLife

NORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS

Transcripción:

ESTATUTOS Asociación mundial de radios comunitarias (AMARC) Artículos Capítulo I Naturaleza 1 Capítulo II Objetivos 2 Capítulo III Miembros 3 Capítulo IV Estructura 4 Asamblea General 5 Consejo de Administración 6 Comités de acción 7 Secretariado general 8 Capítulo V Financiación y auditoría financiera 9 Capítulo VI Modificación de los estatutos 10 Capítulo VII Disolución de la AMARC 11 Capítulo VIII Disposiciones finales y transitorias 12

Capítulo I - Naturaleza 1.1 Los presentes estatutos tienen por objetivo constituir la Asociación mundial de radios comunitarias (AMARC), cuya naturaleza, objetivos y funcionamiento se describen a continuación. 1.2 La AMARC desea contribuir al desarrollo del movimiento de la radio de tipo comunitario en el mundo. La AMARC es una asociación de consultoría, coordinación, cooperación, intercambio y promoción al servicio de las radios de tipo comunitario. Es un organismo no gubernamental internacional (ONGI) sin ánimo de lucro, de carácter laico. 1.3 En los presentes estatutos, se entiende por radio comunitaria una radio sin ánimo de lucro que, en conformidad con los principios fundamentales de la AMARC, ofrece un servicio a la comunidad de la cual hace parte o a la cual se dirige, sin dejar por ello de favorecer su expresión y participación. 1.4 En estos reglamentos, entendemos por asociaciones y federaciones, a las agrupaciones de radios comunitarias legalmente constituidas y controladas por sus miembros. Éstas pueden ser nacionales, regionales o internacionales. 1.5 En estos reglamentos, entendemos por grupo de producción, a un grupo independiente sin ánimo de lucro, con una estructura de participación democrática, o una asociación de dichos grupos que trabaja en un territorio donde no existe una estación de radio comunitaria y/o que produce emisiones comunitarias para su difusión en estaciones no comunitarias o para más de una radio comunitaria. Capítulo II - Objetivos 2.1 Respetando los principios generales que han inspirado su creación, la AMARC persigue los siguientes objetivos: 2.1.1 Permitir la comprensión y la profundización en cuanto a la concepción del papel de la radio de tipo comunitario; 2.1.2 Promover la utilización de la radio de tipo comunitario como un modelo de comunicación alternativo y viable; 2.1.3 Promover la utilización de la radio de tipo comunitario como herramienta de desarrollo, paz, justicia y solidaridad; 2.1.4 Promover y facilitar la cooperación y el intercambio de información entre las radios de tipo comunitario; 2.1.5 Defender aquellas radios comunitarias que respetan los principios de la AMARC y que se encuentran amenazadas por los contextos políticos; 2.1.6 Contribuir al desarrollo de la democratización de una comunicación que responda a las necesidades y solicitudes de las comunidades en búsqueda de un nuevo equilibrio mundial de la información. 2.1.7 Facilitar la representación de sus miembros en la escena internacional o representarlos si lo requieren; 2.1.8 Realizar todas las actividades suplementarias determinadas por la Asamblea General, con el fin de mejorar los objetivos definidos anteriormente;

Capítulo III Miembros 3.1. Los miembros de la AMARC son aquellas personas físicas o morales comprometidas con el respeto de los estatutos y los reglamentos, y cuya solicitud de adhesión es aceptada por las instancias designadas. 3.2. La AMARC tiene dos categorías de miembros: miembros regulares, que en estos estatutos también se denominan como miembros votantes, y miembros asociados. 3.3 La solicitud de adhesión de la AMARC debe ser realizada por escrito y dirigida al Consejo de Administración, el cual dispone de un plazo razonable para estudiarla y tomar una decisión, la cual debe ser ratificada por la Asamblea General en su siguiente reunión. 3.4 Un miembro puede dimitir de la AMARC después de haber saldado todas sus obligaciones (cuotas, etc.). La dimisión debe hacerse por escrito y dirigida al Consejo de Administración. 3.5. Un miembro que no respete los estatutos y reglamentos de la AMARC puede ser excluido de la Asociación por votación de los dos tercios de los miembros votantes presentes y en regla, y por aquellos miembros representados por poder ante la Asamblea General, a condición de que todos los miembros, incluido el miembro en cuestión, hayan recibido un aviso con al menos seis meses de anticipación a la moción de exclusión. Capítulo IV - Estructura 4.1 La AMARC asegura su funcionamiento gracias a los siguientes órganos: 4.1.1 La Asamblea General 4.1.2 El Consejo de Administración 4.1.3 El Comité Ejecutivo 4.1.4 El Secretariado General 4.1.5 La Red Internacional de Mujeres 4.1.6 Las Secciones regionales 4.1.7 Los Comités de acción La Asamblea General 5.1 La Asamblea General es el órgano supremo de la AMARC. Está compuesta por miembros votantes y miembros asociados. 5.2 Las responsabilidades de la Asamblea General son las siguientes: 5.2.1 Definir y establecer las políticas generales de la AMARC; 5.2.2 Elaborar los documentos de toma de posición y las estrategias comunes para la representación de las radiodifusoras de tipo comunitario ante los organismos internacionales; 5.2.3 Elegir los miembros del Comité Ejecutivo, compuesto por el(la) Presidente(a) y el(la) Tesorero(a);

5.2.4 Ratificar la elección de los(las) vicepresidentes(as) miembros del Consejo de Administración, que son elegidos por otro organismo de AMARC. Elegir aquellos (as) vicepresidentes(as) miembros del Consejo de Administratción que no han sido eegidos(as) por otro organismo de AMARC, según lo estipulado en el Artículo 6.1. 5.2.5 Estudiar los informes entregados por el Consejo de Administración y tomar las decisiones necesarias con posterioridad a su estudio; 5.2.6 Aceptar las previsiones presupuestales; 5.2.7 Ratificar o rectificar las decisiones del Consejo de Administración con relación a las solicitudes de adhesión; 5.2.8 Tomar cualquier otra decisión pertinente con relación al alcance de los objetivos de la AMARC. 5.3 La Asamblea General se reúne ordinariamente al menos cada cuatro años. La convocatoria a esta Asamblea debe ser expedida a todos los miembros al menos 6 meses antes de la reunión, indicando las fechas y el lugar de la Asamblea, así como los puntos a tratar. La convocatoria debe mencionar específicamente la lista de las recomendaciones de admisión para los nuevos miembros, el aviso de moción de expulsión y las proposiciones de modificación de los estatutos, incluyendo, llegado el caso, una proposición de disolución. - Las reuniones extraordinarias de la Asamblea General pueden ser convocadas: -5 por una Asamblea General ordinaria; -5 por decisión del Consejo de Administración, al menos con 2 meses de anterioridad, ó -5 por medio de una solicitud de la mayoría de los miembros votantes; En cada una de sus reuniones, la Asamblea General recomienda al Consejo de Administración un lugar para la siguiente reunión. 5.5 Su quórum está constituido por el 25% de los miembros votantes. 5.6 Las decisiones de una Asamblea General son tomadas por la mayoría simple de los votos realizados por aquellos miembros presentes con derecho a voto y en regla, y por los miembros representados por medio de poder. Cada miembro tiene derecho a un solo voto. 5.7 Una resolución firmada por el 80% de los miembros votantes y expedida por correo postal, tiene el mismo valor que una resolución aprobada en una reunión de la Asamblea General. 5.8 Un miembro puede delegar a otro miembro su derecho a voto por medio de una carta elaborada con este fin. De no tratarse de un poder amplio y suficiente, éste debe precisar sus límites, definidos a manera de puntos a tratar, y/o acerca de la orientación del voto. 5.9 Un miembro no puede acumular más de 10 poderes de otros miembros. Para efecto del establecimiento del quórum, un poder tiene el mismo valor que la presencia física del miembro votante.

El Consejo de Administración 6.1 El Consejo de Administración es el órgano responsable de la ejecución de las políticas establecidas y de las decisiones tomadas por la Asamblea General. El Consejo de Administración está constituido por los siguientes cargos: presidente(a), presidente(a) adjunto(a), tesorero(a) y por un máximo de nueve vicepresidentes(as). Los(as) vicepresidentes(as) deben incluir una vicepresidenta escogida por la Red Internacional de Mujeres y por al menos un(a) vicepresidente(a) nombrado(a) por cada una de las secciones regionales de la AMARC, debidamente organizadas. Los(as) demás vicepresidentes(as) son elegidos(as) por la Asamblea General. 6.2 El(la) presidente(a), el(la) presidente(a) adjunto(a), y el(la) tesorero(a) son elegidos(as) por los miembros regulares en la asamblea general para servir un término que se extiende hasta que culmine la siguiente reunión ordinaria de la asamblea general. 6.2.1 En caso de que el(la) presidente(a) se encontrase en la imposibilidad de terminar su mandato, el(la) presidente(a) adjunto(a) servirá de presidente(a) interino(a) hasta la siguiente réunión ordinaria de la asemblea general. 6.2.2 Los miembros del Comité Ejecutivo no peuden ocupar ninguna posición en el comité ejecutivo por mas de dos periodos consecusivos. 6.2.3 El(la) presidente(a) saliente continúa siendo miembro ex oficio del consejo de administración, sin derecho a voto, durante un año. 6.3 La vicepresidenta de la Red de Internacional de Mujeres es elegida por votación de las mujeres representantes de los miembros votantes de la AMARC. Su elección debe ser ratificada por la Asamblea General. El(la) vicepresidente(a) que representa una sección regional organizada debe ser elegido(a) según lo estipulado en los reglamentos que rigen dicha sección regional. Su elección debe ser ratificada por la Asamblea General. Los(las) demás vicepresidentes(as) son elegidos(as) por la Asamblea General, considerando la repartición regional de los miembros y las prioridades de la Asociación. Los(as) vicepresidentes(as) ejercen sus funciones hasta la siguiente reunión regular de la Asamblea General a menos que: - Presenten su dimisión por escrito al(a la) Secretario(a) General; - No participen en dos reuniones consecutivas del Consejo de Administración, sin justificación; - Se encuentren en incapacidad para llevar a cabo sus funciones. Cuando uno de los cargos de vicepresidencia se encuentre vacante, el Consejo de Administración tendrá el poder de optar por un(a) substituto(a) para ocupar la función hasta la siguiente reunión regular de la Asamblea General. Un(a) vicepresidente(a) puede ser reelegido(a) tan sólo una sola vez. 6.4 Las siguientes son las responsabilidades del Consejo de Administración:

6.4.1 Tomar las decisiones necesarias acerca de las acciones que se deberán llevar a cabo y los procedimientos a seguir para poner en marcha las políticas definidas y las decisiones adoptadas por la Asamblea General; 6.4.2 Adoptar los reglamentos internos; 6.4.3 Definir la localización de la sede social de la Asociación; 6.4.4 Contratar el(la) Secretario(a) General; 6.4.5 Dirigir y supervisar las actividades del Secretariado General; 6.4.6 Estudiar las solicitudes de adhesión teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas por las secciones regionales; 6.4.7 Coordinar el trabajo de los Comités de acción; 6.4.8 Preparar y proponer a los miembros de la AMARC el orden del día de las reuniones de la Asamblea General; 6.4.9 Adoptar el presupuesto de la AMARC, preparar el informe financiero y presentar el estado financiero revisado para su adopción en la Asamblea General; 6.4.10 Preparar y distribuir un informe de actividades por cada mandato de la AMARC; 6.4.11 Efectuar toda aquella transacción necesaria para el buen funcionamiento de la Asociación. 6.5 El Consejo de Administración se reúne una vez por año (reunión ordinaria). El Consejo de Administración puede igualmente llevar a cabo reuniones extraordinarias en los siguientes casos: - Por decisión del Consejo de Administración durante una reunión ordinaria, ó - Por solicitud de dos tercios de sus miembros; En cualquier caso, el Consejo de Administración escoge el lugar donde llevará a cabo su reunión. El quórum del Consejo de Administración está conformado por la mitad más uno de sus miembros. 6.6 El Consejo de Administración toma sus decisiones por consenso o, cuando esto no sea posible, por una mayoría equivalente a los dos tercios de los miembros presentes. 6.7 El Comité ejecutivo 6.7.1 El comité ejecutivo está compuesto por el(la) presidente(a), el(la) presidente(a) adjunto(a), el(la) tesorero(a). El(la) Secretario(a) General es miembro del Comité Ejecutivo, con derecho a voz pero sin derecho a voto. 6.7.2 El Comité Ejecutivo es responsable de la supervisión del Secretariado General entre las reuniones del Consejo de Administración. Deberá asegurarse de que los miembros del Consejo de Administración sean informados de sus actividades y deberá producir un informe en cada reunión del Consejo de Administración. 6.7.3 Las siguientes son las responsabilidades del Comité Ejecutivo:

6.7.3.1 Aprobar los informes financieros de gestión y la revisión de los presupuestos. 6.7.3.2 Aprobar las políticas de contratación y de evaluación del personal. 6.7.3.3 Determinar las políticas generales de la AMARC según lo estipulado en el marco de los reglamentos y decisiones aprobadas por el Consejo de Administración y la Asamblea General. 6.8 Red Internacional de Mujeres 6.8.1 La Red Internacional de Mujeres está formada por mujeres que representan a los miembros votantes y asociados de la AMARC. Tan sólo las mujeres que representan a los miembros votantes de la AMARC tienen derecho de voto. 6.8.2 La Red Internacional de Mujeres se reunirá en Asamblea General al menos una vez cada cuatro años con el fin de determinar sus políticas, sus planes de acción y para elegir las responsables de las funciones. 6.8.3 Los estatutos y reglamentos que rigen las actividades de la Red Internacional de Mujeres deberán ser aprobados por el Consejo de Administración de la AMARC. 6.8.4 El Secretariado General es responsable de la puesta en marcha de las actividades de la Red Internacional de Mujeres. 6.9 Secciones regionales 6.9.1 Una sección regional es un órgano responsable de las actividades y de los miembros de la AMARC en una región geográfica determinada. La puesta en marcha de una sección regional está sujeta a su aprobación por parte del Consejo de Administración y a su ratificación por la Asamblea General. 6.9.2 La aprobación de una sección regional por parte del Consejo de Administración debe incluir la aprobación de los límites de su territorio geográfico y de las leyes que rigen su personalidad jurídica, sus actividades y sus responsabilidades. Todo cambio propuesto al territorio geográfico o a los estatutos y reglamentos de una sección regional deberá ser aceptado por el Consejo de Administración de la AMARC. 6.9.3 El Consejo de Administración de la AMARC podrá solicitar a las secciones regionales la observación de la reglamentación general de la Asociación que rige la búsqueda de financiación, las políticas salariales, la utilización del logotipo y del nombre de la AMARC, la oferta de servicios a los miembros y cualquier otro elemento que eventualmente pueda hacer parte de un acuerdo. 6.9.4 En caso de que llegase a presentarse un litigio al interior o entre las secciones regionales, el Consejo de Administración de la AMARC tendrá el poder de actuar como mediador y podrá determinar, cuando lo considere necesario, las soluciones razonables teniendo en cuenta los puntos de vista expresados. 6.9.5 En caso de presentarse la disolución de una sección regional, los bienes y activos continuarán siendo propiedad de la AMARC.

Comités de acción 7.1 La Asamblea General y el Consejo de Administración pueden crear comités de acción con el fin de desarrollar tareas específicas que respondan a los objetivos de la AMARC y a las necesidades de sus miembros. 7.2 Los comités de acción están compuestos por miembros de la AMARC y se remiten al Comité Ejecutivo. La Asamblea General y el Consejo de Administración podrán crear tantos comités de acción como lo consideren necesario. 7.3 El Consejo de Administración determina la parte correspondiente a la AMARC para la financiación de cada comité de acción. Secretariado General 8.1 El Secretariado General es el órgano administrativo de la AMARC. El(la) Secretario(a) General contrata, dirige y supervisa el personal del Secretariado, incluyendo el(los) consejero(s) jurídicos. 8.2 El(la) Secretario(a) General es contratado(a) por el Consejo de Administración. El(la) Secretario(a) General está encargado(a) de administrar los asuntos y las actividades de la AMARC, tal como han sido definidos por el Consejo de Administración y en conformidad con las orientaciones generales determinadas por la Asamblea General. El(la) Secretario(a) General hace parte del Consejo de Administración, órgano donde tiene derecho a voz pero no a voto. 8.2 Ni el(la) Secretario(a) General ni el personal del Secretariado solicitan o reciben instrucciones de ningún gobierno u organismo nacional o internacional.

Capítulo V - Financiación y auditoría financiera 9.1 Los recursos financieros de la AMARC están constituidos por: 9.1.1 Las cuotas de sus miembros. 9.1.2 Los ingresos generados por la Asociación. 9.1.3 Las subvenciones de organismos locales, nacionales e internacionales. 9.1.4 Las contribuciones del sector privado (personas físicas o morales). 9.1.5 Cualquier otro ingreso de fondos 9.2 El auditor financiero es nombrado por el Consejo de Administración con el fin de ejercer el control sobre la gestión de los recursos financieros de la Asociación. Capítulo VI Modificación de los Estatutos 10.1 Los presentes estatutos pueden ser modificados por la adopción, la abrogación ó la enmienda de artículos. 10.2 Las modificaciones propuestas deberán ser dirigidas por escrito al (a la) presidente(a)de la Asociación en un plazo razonable antes de la reunión en la cual serán presentadas a la Asamblea General, y deberán adjuntarse a la convocatoria. 10.3 Las modificaciones propuestas deberán ser adoptadas por una mayoría equivalente a los dos tercios de los votos realizados por los miembros en regla presentes y los miembros representados por poder. Capítulo VII Disolución de la AMARC 11.1 La proposición de disolución de la AMARC puede ser presentada a la Asamblea General por el Consejo de Administración o por los dos tercios de los miembros votantes de la Asociación. 11.2 Dicha proposición deberá ser dirigida por escrito al(a la) presidente(a) en un plazo razonable antes de la fecha de la reunión en la cual será presentada a la Asamblea General y deberá adjuntarse a la convocatoria. 11.3 Esta proposición deberá ser adoptada por una mayoría equivalente a los dos tercios de los votos realizados por los miembros votantes en regla presentes y por los miembros representados por poder. 11.4 Igualmente, la decisión de disolución de la AMARC puede ser válida al ser tomada por medio de una votación afirmativa realizada por correspondencia, por los dos tercios de los votos realizados por todos los miembros votantes. 11.5 En caso de disolución, el Consejo de Administración nombrará a una o varias personas encargadas de la liquidación del patrimonio de la AMARC. 11.6 Luego de la liquidación del patrimonio, los activos de la AMARC deberán ser entregados a uno o varios organismos de cooperación que trabajen en el medio de la comunicación comunitaria. Capítulo VIII Disposiciones finales y transitorias 12.1 Los idiomas de la AMARC son francés, inglés y español.

12.2 El Consejo de Administración debe adoptar sus reglamentos internos antes de que tenga lugar la siguiente Asamblea General. 12.3. Mientras que la adopción de los reglamentos internos del Consejo de Administración tiene lugar, el Consejo está habilitado para tomar, de la manera como lo juzgue adecuado, las medidas necesarias para el buen funcionamiento de la AMARC. El Consejo de Administración deberá informar a la Asamblea General acerca de toda acción así realizada, en la siguiente reunión ordinaria o extraordinaria de ésta última. 12.4. Los presentes estatutos entran en vigor el día de su adopción por parte de la Asamblea General de la AMARC. Aprobado por la Asociación mundial de radios comunitarias, el 27 de febrero de 2003 en la ciudad de Katmandu, Nepal. Modificado en la AMARC 5, Oaxtepec, México, el 28 de agosto de 1992, en la AMARC 6, Dakar, Senegal, el 25 de enero de 1995 y en la AMARC 7, Milán, Italia, el 29 de agosto de 1998, en la AMARC 8, Katmandu, Nepal, el 27 de febrero de 2003.