DIRECTIVA N 001-2004/CGBVP-DIGECIN-ESBAS



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Transcripción:

DIRECTIVA N 001-/CGBVP- PROCEDIMIENTOS DE ADMISION PARA BOMBEROS ALUMNOS POSTULANTES A LA ESCUELA BASICA Y PARTICIPACIÓN EN EL CURSO PARA BOMBEROS DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ AÑO PRESENTACIÓN La Dirección General del Centro de Instrucción (DIGECIN) del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) ha elaborado la presente norma metodológica que propugna uniformizar los criterios en los procedimientos para la postulación, admisión, permanencia y calificación de los Bomberos Alumnos en la Escuela Básica (ESBAS) del CGBVP. Por la naturaleza de la función que desarrolla, el bombero está expuesto constantemente a situaciones que le exigen una eficiente preparación e inquebrantable disciplina; en tal sentido, así como requerirá de los suficientes conocimientos teóricos que le permitan afrontar positivamente las situaciones de emergencia, también es necesario que el bombero cuente con determinadas condiciones psicológicas que le permitan superar tensiones y eventos emocionales extremos, así como una condición física adecuada para los esfuerzos de las labores propias del servicio. Estas condiciones son muy importantes, porque le permitirán al bombero una correcta aplicación de los conocimientos adquiridos en la Escuela Básica, velar por su seguridad, la de sus compañeros y la de terceros; propiciando la coordinación y el trabajo en equipo. Por lo expuesto y con el propósito de coadyuvar al mejoramiento continuo de la calidad del potencial humano que se incorporará a la institución al concluir exitosamente su preparación como Bombero Alumno; se ha formulado el siguiente documento: I. OBJETIVOS Son objetivos principales de la presente directiva: 1.1. Uniformizar criterios en los procedimientos de admisión de Bomberos Alumnos postulantes a la Escuela Básica del CGBVP. 1.2. Implementar el cronograma único de admisión a la ESBAS del CGBVP del año. 1.3. Formalizar el procedimiento para la postulación, admisión, permanencia y calificación de los Bomberos Alumnos en la ESBAS del CGBVP. II. FINALIDAD Proporcionar una guía metodológica institucional de aplicación en el ámbito nacional del CGBVP, orientada a normar los procedimientos de postulación y admisión a la Escuela Básica y la participación de los Bomberos Alumnos en el Curso para Bomberos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. III. ALCANCE

La presente directiva es de imperativo cumplimiento en todas las Jefaturas Departamentales y Compañías de Bomberos que conforman el CGBVP. IV. MARCO LEGAL 4.1 Constitución Política del Perú 4.2 Ley N 27067 del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 4.3 Ley N 27140, Modificatoria de la Ley N 27067. 4.4 Decreto Supremo N 031-99-PCM, que aprueba Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. 4.5 Resolución Ministerial N 128-2000-PCM, que aprueba el Reglamento Interno de Organización y Funciones del CGBVP. 4.6 Resolución Ministerial N 129-2000-PCM, que aprueba el Reglamento de Escalafón del CGBVP. 4.7 Resolución Jefatural N 327-95 CGBVP, que aprueba los procedimientos y requisitos de admisión al CGBVP. V. PRINCIPIOS, OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL CGBVP 5.1. Los principios básicos para ingresar y permanecer en el CGBVP son: 5.1.1 Cultivar valores de honradez y solidaridad para con la comunidad, con el prójimo y con sus compañeros. 5.1.2 Hacer de la vocación de servicio a la sociedad, su forma de vida. 5.1.3 Respetar la Constitución y las leyes de la República, así como las normas que rigen al CGBVP. 5.1.4 Ejercer una conducta personal, con respeto, disciplina y sometimiento al orden jerarquizado del CGBVP. 5.1.5 Participar activamente en el cumplimiento de los objetivos y funciones institucionales. 5.1.6 Acatar las decisiones de los órganos del CGBVP y de los Bomberos de mayor jerarquía; y 5.1.7 Aceptar el procedimiento y el fallo exclusivo, definitivo e inapelable del Concejo Nacional de Disciplina, en sus diversas instancias. 5.2 El CGBVP tiene como objetivos: 5.2.1 Promover y coordinar las acciones de prevención de incendios y accidentes, evaluando los riesgos para la vida y la propiedad, notificando a las autoridades competentes la violación de las normas vigentes sobre la materia. 5.2.2 Combatir incendios, rescatar y salvar vidas expuestas a peligro por incendios o accidentes, atendiendo las emergencias derivadas de los mismos, prestando socorro y asistencia debida. 2

5.2.3 Participar en las acciones de apoyo al control de los daños ocasionados por desastres o calamidades naturales o inducidos. 5.3 Son funciones del CGBVP: 5.3.1. Formular, Coordinar, aprobar, ejecutar y supervisar planes y programas técnicos relacionados con la prevención y combate de incendios. 5.3.2. Combatir incendios, atender emergencias ocasionadas por incendios o accidentes, prestando el socorro y la ayuda debidos. 5.3.3. Dirigir y controlar en el ámbito nacional, las actividades de las organizaciones que desarrollen acciones contra incendio y rescate en caso de siniestros a excepción de las correspondientes a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú. 5.3.4. Brindar el apoyo requerido por las Autoridades respectivas para la mitigación de desastres naturales e inducidos o provocados. VI. DEFINICIÓN: 6.1. Definición y Responsabilidad de Conducción del Proceso: La Dirección de Escuela Básica es el órgano de capacitación encargado de dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades concernientes a la formación, capacitación y calificación del Bombero Alumno. Para tal efecto, esta Dirección establecerá las normas necesarias para el cumplimiento de sus objetivos y las Comandancias Departamentales correspondientes serán las instancias responsables de la ejecución y cumplimiento del programa establecido para el proceso respectivo en el ámbito correspondiente. El marco normativo institucional, establece el régimen de incorporación, permanencia, derechos, obligaciones y retiro del personal voluntario en el CGBVP. VII. DISPOSICIONES GENERALES 7.1 Procedimiento de Ingreso a la Escuela Básica del CGBVP: 7.1.1. El Primer Jefe de Compañía entregará a la Comandancia Departamental respectiva la relación de los Bomberos Alumnos, que se encuentren aptos para ingresar a la ESBAS hasta el del. La condición de Bombero Alumno deberá ser obtenida mediante Resolución expedida por la Jefatura Departamental correspondiente con seis meses de antigüedad como mínimo. 7.1.2. El Bombero Alumno será presentado a la ESBAS por su Comandancia Departamental respectiva hasta el 07 de Junio del. Es requisito para ingresar a la ESBAS que el Bombero Alumno cuente por lo menos con 18 años de edad, o los cumpla durante el período en que se desarrolle el curso según el cronograma de la presente directiva. La Comandancia respectiva remitirá a la ESBAS la relación de postulantes con la documentación sustentatoria. 3

7.1.3. El Bombero Alumno que se presente ante la Escuela Básica del CGBVP, deberá aprobar los requisitos básicos para su admisión: i) contar con la documentación completa, de acuerdo a los requerimientos expuestos en el presente documento y ii) aprobar el examen de evaluación. 7.1.4. La Dirección de la Escuela Básica (ESBAS), remitirá a la Comandancia Departamental correspondiente la relación de los Bomberos Alumnos que aprobaron y desaprobaron el examen de admisión a la Escuela Básica. El Bombero Alumno, será informado de su aceptación o de su rechazo, a través de la Comandancia Departamental de donde procede, quien a su vez informará a la compañía de origen. 7.1.5. Los documentos y formularios para el proceso de evaluación y admisión a la Escuela Básica, serán proporcionados por la Dirección General del Centro de Instrucción del CGBVP. 7.1.6. El proceso de evaluación, admisión, desarrollo del curso y reconocimiento de los Bomberos Alumnos se realizará basándose en el Cronograma de la Escuela Básica del CGBVP. El Bombero Alumno deberá sujetarse a lo establecido en el Cronograma Anual de la Dirección General del Centro de Instrucción del CGBVP. VIII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS. 8.1 Documentos a presentar para el ingreso a la ESBAS del CGBVP: Las Comandancias Departamentales adjuntarán al Acta o Relación de los Bomberos Alumnos que presentará a la Escuela Básica, la siguiente documentación con carácter de obligatorio y debidamente foliada: 8.1.1 Copia del Acta o Resolución individual de la Comisión Calificadora de la Compañía de origen de cada Bombero Alumno Postulante evaluado por esta de acuerdo al Reglamento de Postulantes vigente. 8.1.2 Resolución de Bomberos Alumnos con seis meses de expedición o antigüedad. 8.1.3 Copia del examen médico de cada Bombero Alumno postulante a la Escuela Básica, según Oficio Múltiple 016-2003, que deben ser enviados en sobre cerrado y lacrado indicando el nombre y número de la Comandancia Departamental que lo remite. Los mismos que serán certificados por la Dirección de Sanidad. Asimismo deberá incluir relación de los alumnos aprobados, desaprobados y observados. Los exámenes deberán ser sellados y rubricados por él medico evaluador colegiado. 8.1.4 Copia del examen psicológico de cada Bombero Alumno postulante a la Escuela Básica, según Oficio Múltiple 016-2003, que deben ser enviados en sobre cerrado y lacrado indicando el nombre y número de la Comandancia Departamental que lo remite. Los mismos que serán certificados por la Dirección de Sanidad. Asimismo, deberá incluir la relación de los alumnos aprobados y desaprobados. Los exámenes deberán ser sellados y rubricados por el psicólogo evaluador colegiado. 4

8.1.5 Copia del Certificado o Constancia de Estudios y/o Trabajo. 8.2 Las Jefaturas Departamentales deberán velar por el cumplimiento de los siguientes requisitos para cada postulante a la ESBAS: 8.2.1. Talla mínima para damas 1.60 metros. 8.2.2. Talla mínima para varones 1.65 metros. 8.2.3. No haber sido rechazado o separado del CGBVP en anterior oportunidad. Los Bomberos Alumnos Postulantes a la Escuela Básica que no reúnan los requisitos requeridos no serán evaluados. La presentación fuera de la fecha indicada en el cronograma del presente con la documentación requerida será considerada extemporánea y en consecuencia el Bombero Alumno no será parte del proceso de selección. IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 10.1 Todos los Bomberos Alumnos deberán sujetarse a lo establecido en la presente directiva. 10.2 El Bombero Alumno solo podrá postular a la Escuela Básica del CGBVP en tres oportunidades como máximo, incluyendo postulaciones anteriores a la vigencia de la presente directiva De ser desaprobado en la tercera oportunidad quedará inhabilitado definitivamente a postular a la ESBAS del CGBVP. 10.3 El Bombero Alumno que luego de ser admitido a la ESBAS no se presente a recibir instrucción o que se retire sin observar el trámite de dispensa o postergación, quedará separado del curso, debiendo rendir un nuevo examen de postulación al Curso para Bomberos de la ESBAS para reincorporarse al mismo. La reiteración de la falta lo inhabilitará definitivamente. El retiro por medidas disciplinarias del Curso para Bomberos, inhabilitan al Bombero Alumno en forma definitiva para postular nuevamente a la ESBAS, en ambos casos deberá observarse un debido procedimiento, correspondiendo a la Comandancia Departamental respectiva la emisión de la resolución de inhabilitación del Bombero Alumno. 10.4 El Bombero Alumno no podrá usar distintivos del CGBVP, ni intervenir en actividades de servicio, hasta que no culmine satisfactoriamente el período de instrucción en la ESBAS; siendo responsabilidad del Primer Jefe de la Compañía de origen, la estricta observancia a lo dispuesto. 10.5 Los Bomberos Alumnos pertenecientes a las Comandancias Departamentales que cumplieron con reportar a las compañías mas alejadas de su sede lo indicado en el Oficio Múltiple 114-2003 del DIGECIN, recibirán los manuales del Curso para Bomberos en su respectiva compañía. Para el caso de de los Bomberos Alumnos de aquellas unidades no reportadas oportunamente, será de plena responsabilidad de la Comandancia Departamental respectiva la capacitación de los efectivos que hubieran aprobado el examen de postulación a la ESBAS, la que solamente cumplirá con remitir los manuales respectivos. 5

10.6 Las Comandancias Departamentales deberán remitir copia de las Resoluciones e informes sobre las separaciones o expulsiones de Bomberos Alumnos de los cursos de la ESBAS, a la Dirección General del Centro Instrucción y a la Dirección de Personal del CGBVP. 10.7 La participación en el proceso de admisión es, con carácter de obligatorio, para todo Bombero Alumno con resolución expedida y que cumpla los requisitos, sin excepción, siendo responsabilidad de cada Comandancia Departamental de velar por su cumplimiento. 10.8 La Dirección de la Escuela Básica (DIESBAS) nombrará un Coordinador de Instrucción que lo representará durante la evaluación de la postulación al Curso para Bomberos y durante el desarrollo mismo durante todo su proceso. 10.9 La DIGECIN no certificará, ni acreditará ningún Curso para Bomberos que no haya cumplido con lo dispuesto en la presente directiva. Su estricto cumplimiento será de responsabilidad de la respectiva Comandancia Departamental. XI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. 11.1 El proceso de Admisión para Bomberos Alumnos postulantes al Curso Para Bomberos del año ; se compondrá de cuatro etapas: 11.1.1. Etapa de Acreditación: Presentación de los Bomberos Alumnos y documentación sustentatoria ante la DIGECIN. La encargada es la Comandancia Departamental respectiva y tendrá carácter selectivo. 11.1.2. Etapa de Calificación: Proceso de evaluación y admisión a la ESBAS sobre conocimientos de carácter general, esfuerzo físico y evaluación psicológica a cargo de la DIESBAS. Tendrá carácter eliminatorio. 11.1.3. Etapa de Instrucción: Preparación y evaluación del Bombero Alumno según la currícula institucional a cargo de la ESBAS. Tendrá carácter calificatorio. 11.1.4. Etapa de Certificación: Calificación del Bombero Alumno como apto para el servicio en el CGBVP a cargo de la DIGECIN del CGBVP. Tendrá carácter resolutivo. 11.2 Los Bomberos Alumnos presentados ante las Jefaturas Departamentales del CGBVP, deberán estar calificados al de Junio del. 11.3 Normas para el Examen de Admisión a la ESBAS: 11.3.1. La DIESBAS remitirá los exámenes de evaluación de conocimientos a cada Comandancia Departamental participante de acuerdo al número de bomberos alumnos con documentación calificada. 11.3.2. El Bombero Alumno Postulante a la ESBAS llenará los datos requeridos en la primera hoja de la prueba con letra imprenta y legible. 6

11.3.3. Las preguntas de la evaluación de ingreso a la ESBAS son de conocimientos básicos, de actualidad y de cultura general 11.3.4. Todas las preguntas deberán ser contestadas con lapicero negro. Las respuestas corregidas dará lugar a la anulación de la pregunta, en consecuencia no se podrán utilizar borradores ni correctores líquidos. 11.3.5. Se podrá usar para cálculos matemáticos y otros el reverso de las hojas del examen. No esta permitido el uso de calculadoras. 11.3.6. El examen constará de 50 preguntas, siendo la nota mínima de aprobación 70 sobre base centesimal. 11.3.7. El tiempo de duración de la prueba será de 75 minutos. 11.3.8. Los exámenes deberán ser devueltos a la ESBAS por las Comandancias Departamentales, en las siguientes de 24 horas de rendido el examen. 11.4 Presentación del postulante a la evaluación: 11.4.1 Hombres: Ropa de vestir formal, aseado, cabello corto, sin aretes, tatuajes, ni piercing visibles. 11.4.2 Mujeres: Ropa de vestir formal, traje sastre con pantalón, el cabello recogido hacia atrás y envuelto por una malla, sin tatuajes ni piercing visibles. 11.5. Normas sobre la evaluación: 11.5.3 Los postulantes no podrán llevar mochilas, maletines, paquetes ni carteras y durante el desarrollo de la prueba está prohibido el uso de calculadoras, celulares y otros. Cada postulante solo podrá llevar su documento de identificación y su lapicero, lápiz y tajador. 11.5.4 Horario: El examen se iniciará indefectiblemente a las 09.00 horas, los postulantes que llegan tarde serán descalificados. 11.5.5 Local: El que determine la Comandancia Departamental correspondiente con la obligación de que todos los postulantes deben estar concentrados en el mismo ambiente. 11.5.6 Supervisión de la evaluación: La DIESBAS nombrará efectivos que supervisen el debido orden del proceso de evaluación. 11.5.7 Una vez culminada la prueba, es el Jefe de de la Comandancia Departamental correspondiente quien guardará en un sobre de manila las pruebas, asegurándolo con cinta adhesiva en presencia del Coordinador u otro representante de la DIESBAS, Adjuntando a las mismas una relación de los participantes firmado por el Comandante Departamental, debiendo ser remitido a la DIESBAS al día siguiente como máximo. 7

XII. PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL CURSO DE BOMBEROS ALUMNOS EN LAS COMANDANCIAS DEPARTAMENTALES 12.1 ANTECEDENTES La Dirección General del Centro de Instrucción- ESBAS ha elaborado la correspondiente norma para las Comandancias Departamentales que cuentan con Bomberos Alumnos que han aprobado el examen de admisión a la Escuela Básica del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, encontrándose aptos para participar en el Curso para Bomberos de acuerdo con el cronograma anual de las actividades para el desarrollo del presente curso. 12.2 OBJETIVOS Conducir y supervisar el proceso de instrucción de los participantes en el Curso para Bomberos Alumnos de la Escuela Básica del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en las Comandancias Departamentales en el ámbito nacional. 12.3 ALCANCE La presente norma será de estricto cumplimiento de las Comandancias Departamentales del CGBVP que cuentan con Bomberos Alumnos evaluados y aprobados por la ESBAS. 12.4 DISPOSICIONES GENERALES 12.4.1. ORGANIZACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS MANUALES: 12.4.1.1 Los manuales del siguiente modulo serán entregados solo a los alumnos que aprueben la evaluación del modulo anterior. 12.4.1.2 Los alumnos participantes que han aprobado el modulo anterior firmarán la recepción de los manuales que reciben y las Comandancias Departamentales remitirán copia a la DIGECIN de esta relación. 12.4.1.3 Los Bomberos Alumnos de las compañías reportadas como las más alejadas de su respectiva Comandancia Departamental recibirán sus manuales y exámenes vía la empresa de transporte que informaran a la ESBAS. 12.4.2. POLITICA DEL TRATAMIENTO DE LAS INDISCIPLINAS: 12.4.2.1. Serán retirados del Curso para Bomberos de manera inmediata los alumnos que no hayan rendido el examen final de evaluación de cada modulo sin justificación. 8

12.4.2.2. Tres tardanzas equivalen a una inasistencia. El 15% de inasistencias al total de clases programadas, dará lugar al retiro del alumno del Curso para Bomberos de la ESBAS. 12.4.2.3. Todo acto de indisciplina en la que incurra el Bombero Alumno deberá ser informado de manera documentada a la DIESBAS dentro de las 72 horas de la ocurrencia; preventivamente lo hará vía fax, a fin de determinar si solicita al Comandante Departamental la Baja del indicado. 12.4.3. REQUISITOS PARA APROBAR EL CURSO PARA BOMBEROS 12.4.3.1 Los Alumnos de las Comandancias Departamentales de provincia que desaprueben alguno de los dos Cursos: Soporte Básico de Vida (SBV) o Salud Mental en Equipos de Primera Respuesta (Impacto Psicológico), deberán recibirlo en el siguiente Curso Para Bomberos, siempre que hubieran aprobado el Curso contra Incendio. Si hubieran desaprobados los dos inicialmente indicados, habrán desaprobado el Curso Para Bomberos. Con un curso desaprobado, la gestión de su resolución de reconocimiento como Seccionario quedará en suspenso hasta que aprueben el curso pendiente. 12.4.3.2 Los alumnos que además cuentan con el curso PRIMAP en el caso de los Bomberos Alumnos que lo recibieron por disposición de la DIGECIN deberán esperar el siguiente Curso Para Bomberos o cuando se realice en cualquier punto del país, siempre que exista vacante, hubiera aprobado el Curso Contra Incendio, y hubiera aprobado: Soporte Básico de Vida y Salud Mental en Equipos de Primera Respuesta. Mientras tanto, la gestión de su resolución de reconocimiento como Seccionario quedará en suspenso. 12.4.4. EVALUACIÓN DE LOS MÓDULOS Y CALIFICACIÓN DE LOS ALUMNOS 12.4.4.1. La ESBAS remitirá los exámenes de evaluación al término de cada Módulo los mismos que deberán ser devueltos en las siguientes 24 horas. 12.4.4.2. La Comandancia Departamental respectiva recibirá dos actas luego de cada evaluación de Módulo de sus Bomberos Alumnos a fin que haga seguimiento del rendimiento académico de sus efectivos: - Aprobados: Detallando las notas, promedios, puesto de calificación y compañía de procedencia. - Desaprobados: Detallando las notas, promedios y unidad de origen. 9

12.4.4.3. Las Comandancias Departamentales, recibirán los exámenes de evaluación al final de cada módulo en sobre cerrado, los mismos que serán aperturados y distribuidos a los Bomberos Alumnos, con excepción de las Compañías más alejadas y reportadas oportunamente a la ESBAS a quienes se les remitirá directamente los exámenes con los mismos requisitos de los demás Bomberos Alumnos. 12.4.4.4. El examen de evaluación constarán de 50 preguntas siendo la nota mínima de aprobación 70 sobre base centesimal. 12.4.4.5. Los Bomberos Alumnos rendirán el examen final, 10 días luego de culminado el curso. 12.4.5. COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE INSTRUCCIÓN 12.4.5.1. Las Comandancias Departamentales recibirán un cronograma del Curso para Bomberos a fin de que éste se desarrolle de manera uniforme en el ámbito nacional. 12.4.5.2. La ESBAS, podrá disponer de Coordinadores de Instrucción de la DIGECIN, a fin de que supervisen y contribuyan con el adecuado desarrollo del Curso para Bomberos Alumnos debiendo mantener informada a la DIESBAS de la evolución del mismo. 12.4.5.3. Los Jefes de DIPREIN de las Comandancias Departamentales, coordinarán directamente con la ESBAS lo correspondiente al desarrollo del curso, manteniendo informado a su Comandante Departamental. 12.4.5.4. Los Jefes de Personal de las Comandancias Departamentales, coordinarán directamente con la DIESBAS lo correspondiente a los procedimientos administrativos derivados del Curso para Bomberos Alumnos, manteniendo informado al Comandante Departamental. 12.4.5.5. El nombre de la Promoción lo designará la DIESBAS, que oportunamente informará a las Comandancias Departamentales participantes. 12.4.6. APOYO DE LA CAPACITACIÓN DE LOS BOMBEROS ALUMNOS Y SELECCIÓN DE INSTRUCTORES. 12.4.6.1. Los instructores de orden cerrado y educación física serán especialistas, que deben recibir oportunamente copia de las lecciones que corresponde. De la misma forma, el médico y el psicólogo deben recibir con anticipación copia de las lecciones que les corresponde: Soporte Básico de Vida (SBV) y Salud Mental en Equipos de Primera Respuesta. 10

12.4.6.2. Las prácticas de campo tendrán como objetivo establecer el nivel alcanzado en los objetivos de desempeño y capacitación; además, estas prácticas deben incluir las nocturnas como factor fundamental de la formación y adiestramiento de los participantes. 12.4.6.3. El responsable de Instrucción de la Comandancia Departamental respectiva, semanalmente o un día dentro de la semana propiciará reuniones de estudio con los Bomberos Alumnos para disipar cualquier duda no satisfecha por los instructores. Podrá invitar a los mismos instructores o a otros que sean CPI o no, que dominen el tema. XIII. CRONOGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES: NUMERO FECHA DOCUMENTO ETAPA ENCARGADO ACTIVIDAD 1 MAYO RESOLUCIÓN JEFATURAL ACREDITACION CONVOCATORIA DE LOS BOMBEROS ALUMNOS POSTULANTES A LA ESCUELA BASICA. 2 07 DE JUNIO ACREDITACION COMANDANCIA DEPARTAMENTAL PRESENTACION DE LOS POSTULANTES A LA ESBAS CON LA DOCUMENTACION REQUERIDA 3 12 DE JUNIO DE ACREDITACION EVALUACION DE LA DOCUMENTACION REMITIDA A LA ESBAS 4 15 DE JUNIO DE ACREDITACION REMISION DEL CUADRO DE LOS BOMBEROS ALUMNOS APTOS PARA POSTULAR A LA ESBAS 5 27 DE JUNIO DE CALIFICACIÓN EVALUACION DE CONOCIMIENTOS DE LOS BOMBEROS ALUMNOS 6 2 DE JULIO DE CALIFICACIÓN RESULTADOS OFICIALES DE ADMISIÓN A LA ESBAS, CON RELACIÓN DE INGRESANTES 7 12 DE JULIO DE INSTRUCCIÓN INICIO DEL CURSO PARA BOMBEROS EN LA ESCUELA BASICA 8 DICIEMBRE INSTRUCCIÓN CULMINACION DEL CURSO PARA BOMBEROS EN LA ESCUELA BASICA 9 DICIEMBRE RESOLUCIÓN JEFATURAL CERTIFICACIÓN - DIPER-CG CALIFICACIÓN DEL BOMBERO ALUMNO Y RESOLUCION DE RECONOCIMIENTO COMO SECCIONARIO CBP 11