Al 31 de diciembre de 2011 con cifras comparativas al 31 de Diciembre de 2010 con el Informe del Revisor Fiscal



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Transcripción:

E STADOS F INANCIEROS Aseguradora de Vida Colseguros S.A. Al 31 de diciembre de 2011 con cifras comparativas al 31 de Diciembre de 2010 con el Informe del Revisor Fiscal

Estados Financieros A 31 de diciembre de 2011 con cifras comparativas al 31 de Diciembre de 2010 Índice Informe del Revisor Fiscal...1 Estados Financieros...4 Notas a los Estados Financieros... 8

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Notas a los Estados Financieros 31 de diciembre de 2011 con cifras comparativas al 31 de diciembre de 2010 (Cifras en millones de pesos, excepto las tasas de cambio, valores en otras monedas y el valor nominal de las acciones) 1. Entidad Reportante Operaciones Aseguradora de Vida Colseguros S.A. (la Compañía), es una entidad privada, sometida al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, fue constituida mediante Escritura Pública 1560 de mayo de 1957, otorgada en la Notaría 8 de Bogotá, D.C. Su duración está prevista hasta el 2050. Mediante Acto 1115 del 23 de mayo de 1957 la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la licencia de funcionamiento. Su domicilio principal es en Bogotá D.C; la Compañía pertenece al Grupo Empresarial Colseguros, inscrito en enero del 2000 en la Cámara de Comercio de Bogotá, informando como matriz a Compañía Colombiana de Inversión Colseguros S.A. (la Matriz), cuenta con 252 funcionarios y opera con veintisiete sucursales, su principal filial es Aseguradora Colseguros S.A. Su última reforma estatutaria más representativa correspondió a la modificación de los artículos 34 y 39 de los estatutos sociales respecto a aumentar las funciones de la Junta Directiva y a la independencia de sus miembros, la cual fue efectuada mediante Escritura Pública No. 1904 del 28 de mayo de 2008 de la Notaria 31 de Bogotá. Al 31 de diciembre de 2011, las compañías Allianz South América Holding y Allianz France S.A. poseen el 94.04% y 5.93% respectivamente, del total de la participación accionaria de la Matriz. El objeto social es la celebración de contratos de seguros de vida, colectivos, grupo, de accidentes y los demás relacionados con la vida y la integridad, las actitudes y habilidades físicas, síquicas o intelectuales de las personas; contratos de coaseguros y reaseguros en los mismos ramos citados; en concordancia con las disposiciones legales y las normas de la Superintendencia Financiera de Colombia. Durante el año 2011, no fueron reformados los estatutos sociales de la Compañía. 15

1. Entidad Reportante (continuación) Operaciones (continuación) Aseguradora de Vida Colseguros S.A. Mediante Escritura Pública 3566 de la Notaría 29 de Bogotá, D.C. en abril de 2002 obtuvo reconocimiento jurídico el Fondo Voluntario de Pensiones Colseguros (el Fondo), el cual tiene la misma vigencia y domicilio de Aseguradora de Vida Colseguros S.A., quien a su vez lo administra. El objeto del Fondo es la gestión profesional de los recursos obtenidos a través de los aportes de los partícipes y de los patrocinadores con sus rendimientos, para cumplir uno o varios planes de pensiones complementarios al sistema de seguridad social obligatoria, de conformidad con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. El plan complementario de pensiones es un mecanismo de inversión y ahorro a largo plazo, con multigestión de portafolio. La Asamblea General de Accionistas del 2 de octubre de 2005, decidió iniciar los trámites para la liquidación voluntaria del Programa de la Aseguradora de Vida Colseguros S.A. A partir de enero de 2006, la Compañía dejó de comercializar el ramo de Riesgos Profesionales notificando a cada una de las empresas afiliadas para que se iniciara el proceso de traslado de sus empleados a otra Administradora de Riesgos Profesionales. El 13 de septiembre de 2006, se solicita autorización para el cierre del ramo ARP. Posteriormente, mediante Resolución 0156 del 06 de febrero de 2008 de la Superintendencia Financiera de Colombia se revoca la autorización a la Aseguradora de Vida Colseguros S.A. para operar el ramo de Riesgos Profesionales. 2. Principales Políticas y Prácticas Contables Las normas de contabilidad aplicadas y la clasificación de los estados financieros adjuntos están de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia e instrucciones de la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia Nacional de Salud, en lo referente al programa de. Criterio de Importancia Relativa Un hecho económico tiene importancia relativa cuando debido a su naturaleza o cuantía, su conocimiento o desconocimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que lo rodean, puede alterar significativamente las decisiones económicas de los usuarios de la información. 16

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Criterio de Importancia Relativa (continuación) Los estados financieros, desglosan los rubros específicos conforme a las normas e instrucciones contables de la Superintendencia Financiera de Colombia, y en su defecto, aquellos que representan el 5% o más del activo total, del pasivo total, del patrimonio y de los resultados del ejercicio, según el caso. Se describen cifras inferiores cuando se considera que puede contribuir a una mejor interpretación de la información financiera. Maduración de Activos y Vencimiento de Pasivos La maduración de activos de la Compañía en general, se encuentra enmarcada por ser activos a corto plazo, como lo son las cuentas por cobrar actividad aseguradora, cartera de créditos, cuentas por cobrar, exceptuando las inversiones en donde se tienen en el corto, mediano y largo plazo. El vencimiento de los pasivos de la Compañía en general, se encuentra catalogado como a corto plazo, no obstante hay pasivos que por su naturaleza especial no son tenidos en cuenta en este término como lo es la reserva matemática y la reserva para siniestros no avisados (IBNR). Inversiones La contabilización, evaluación y valoración de las inversiones se hace de acuerdo con lo establecido en el Capítulo I de la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia. El registro contable y la revelación de las inversiones se hace individualmente al precio justo de intercambio, por el cual un título podría ser negociado en una fecha determinada, de acuerdo con sus características particulares y dentro de las condiciones prevalecientes en el mercado en dicha fecha. El precio justo de intercambio establecido corresponde a aquel por el cual un comprador y un vendedor, suficientemente informados, están dispuestos a transar el correspondiente título. La valoración y los registros contables de las inversiones se efectúan diariamente. Se considera precio justo de intercambio el que se determine de manera puntual a partir de operaciones representativas del mercado, que se hayan realizado en módulos o sistemas transaccionales administrados por el Banco de la República o por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. 17

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Clasificación Las inversiones se clasifican en negociables, para mantener hasta el vencimiento y disponibles para la venta. A su vez, las inversiones negociables y disponibles para la venta se clasifican en títulos de deuda y títulos participativos. Los títulos de deuda son aquellos que otorgan la calidad de acreedor del emisor. Los títulos participativos son aquellos que otorguen la calidad de copropietario del emisor y los títulos mixtos provenientes de procesos de titularización que reconozcan de manera simultánea derechos de crédito y de participación. Los bonos convertibles en acciones se entienden como títulos de deuda, en tanto no se hayan convertido en acciones. Son inversiones negociables los títulos que han sido adquiridos con el propósito principal de obtener utilidades por las fluctuaciones del precio a corto plazo. Son inversiones para mantener hasta el vencimiento los títulos que han sido adquiridos con el propósitoserio y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlos hasta el vencimiento de su plazo de maduración o redención. Son inversiones disponibles para la venta los títulos que no se clasifiquen como inversiones negociables o como inversiones para mantener hasta el vencimiento, y respecto de los cuales la Compañía tiene el propósito serio y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlos cuando menos durante un año contado a partir del día en que fueron clasificados por primera vez o en que fueron reclasificados. Vencido el plazo de un año pueden ser reclasificadas a cualquiera de las otras dos categorías, siempre y cuando cumplan con las características atribuibles a la clasificación de que se trate. En caso de no ser reclasificadas se entiende que la Compañía mantiene el propósito serio de seguirlas clasificando como disponibles para la venta, debiendo en consecuencia permanecer con ellas por un período igual al señalado. El mismo procedimiento se seguirá al vencimiento de los plazos posteriores. En todos los casos, forman parte de las inversiones disponibles para la venta los títulos participativos con baja o mínima bursatilidad, los que no tienen ninguna cotización y los que se mantengan para tener la calidad de matriz o controlante del respectivo emisor. 18

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Valoración Los títulos de deuda negociables o disponibles para la venta se valoran por el precio justo de intercambio, para el día de la valoración. Cuando no existen dichos precios se utilizan tasas de referencia y márgenes, estimando o aproximando mediante el cálculo de la sumatoria del valor presente de los flujos futuros por concepto de rendimientos y capital. En los casos en los que no existen para el día de la valoración precios justos de intercambio, ni márgenes, pero sí existen tasas, el margen a utilizar debe ser el último con el cual se valoró el título. En el evento en que un título cambie a una categoría en la cual ya se tenían títulos en el portafolio, el margen a utilizar será el último con el cual se valoraron los títulos de la nueva categoría. Cuando a la fecha de compra no haya margen vigente para la categoría a la cual corresponde el valor o título, se calcula un margen propio. Aquellos valores o títulos que no se puedan valorar de conformidad con lo descrito en los párrafos anteriores, se deben valorar en forma exponencial a partir de la tasa interna de retorno, en cuyo caso el valor por el cual se encuentra registrada la inversión se debe tomar como el valor de compra. Este procedimiento se debe mantener hasta tanto el valor o títulos pueda ser valorado por el precio justo de intercambio. Para los títulos denominados en moneda extranjera, en unidades de valor real (UVR) u otras unidades se determina el valor presente o el valor de mercado del respectivo valor o título en su moneda o unidad de denominación. Si el valor o título se encuentra denominado en una moneda distinta del dólar de los Estados Unidos de América, el valor determinado de conformidad con los párrafos anteriores se convierten a dicha moneda con base en las tasas de conversión de divisas autorizadas. El valor en dólares así obtenido se multiplica por la tasa representativa del mercado (TRM) calculada para el día de la valoración y certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por el valor de la UVR vigente para el mismo día, según sea el caso. El Sistema de Valoración de la Bolsa de Valores de Colombia (INFOVAL) suministra la información necesaria para la valoración de los títulos que conforman el portafolio de inversiones. Para los títulos de deuda pública emitidos en el exterior y los valores o títulos de deuda privada emitidos en el exterior por emisores extranjeros, se toma la información de precio limpio de Bloomberg Genérico BID publicado a las 18:00 horas (hora oficial en Colombia). El contar con estas fuentes de información, le otorga un mayor grado de confiabilidad a la valoración de los portafolios. El precio del respectivo valor o título se convierte a moneda legal, empleando para el efecto la TRM calculada para el día de la valoración. 19

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Valoración (continuación) Los títulos participativos emitidos y negociados en Colombia se valoran de acuerdo con el índice de bursatilidad que mantengan en la fecha de valoración, según los cálculos efectuados o autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia. Las inversiones de alta bursatilidad se valoran con el último precio promedio ponderado diario de negociación publicado por las bolsas de valores en las que se negocie. De no existir el precio calculado para el día de valoración, tales inversiones se valoran por el último valor registrado. Las inversiones de media bursatilidad se valoran con el precio promedio determinado y publicado por las bolsas de valores en las que se negocie. Las inversiones de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización se valoran por alguno de los siguientes procedimientos: (i) El costo de adquisición se aumenta o disminuye en el porcentaje de participación que corresponda al inversionista sobre las variaciones patrimoniales subsecuentes a la adquisición de la inversión; y (ii) Por el precio que determine un agente especializado en la valoración de activos mobiliarios. En los eventos en los que el valor o título se negocie en varias bolsas, se toma el promedio de las respectivas cotizaciones. Cuando la inversión pasa de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización a alta o media bursatilidad se reversa la valoración o desvaloración respectiva y se valora de acuerdo con lo previsto para este último tipo de inversiones. Cuando la inversión pasa de alta o media bursatilidad a baja o mínima cotización se realiza contra el ingreso por valoración la ganancia o pérdida acumulada no realizada y se valora la inversión de acuerdo con lo previsto para este último tipo de inversión, tomando como costo de adquisición el último precio publicado por la bolsa de valores, para efecto de valoración. 20

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Modificaciones a las reglas para la valoración y contabilización de inversiones Se efectúa la valoración de las inversiones a precios de mercado a partir del mismo día de su adquisición. Las operaciones con derivados, los repos e interbancarios, y las novedades de compra y venta de inversiones, así como las unificaciones o fraccionamientos se reportan diariamente a la superintendencia Financiera de Colombia. Contabilización de las Variaciones en el Valor de las Inversiones Para las inversiones negociables, la diferencia entre el valor de mercado actual y el inmediatamente anterior del respectivo valor o título, se registra como un mayor o menor valor de la inversión y su contrapartida afecta los resultados del año. Tratándose de títulos de deuda, los rendimientos exigibles pendientes de recaudo se registran como un mayor valor de la inversión. El recaudo de dichos rendimientos se contabiliza como un menor valor de la inversión. Para los títulos participativos disponibles para la venta, la actualización del valor de mercado de los títulos de alta o media bursatilidad o que se coticen en bolsas del exterior, internacionalmente reconocidas, así como el de la participación que le corresponde a la Compañía, se contabiliza de la siguiente manera: (i) (ii) En el evento en que el valor de mercado o el valor de la inversión actualizado con la participación que le corresponde a la Compañía sea superior al valor por el cual se encuentra registrada la inversión, la diferencia afecta en primera instancia la provisión o desvalorización hasta agotarla, y el exceso se registra como superávit por valorización. Cuando el valor de mercado o el valor de la inversión actualizado con la participación que le corresponde a la Compañía sea inferior al valor por el cual se encuentra registrada la inversión, la diferencia afecta en primera instancia el superávit por valorización de la correspondiente inversión hasta agotarlo y el exceso se registra como una desvalorización de la respectiva inversión dentro del patrimonio. 21

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Contabilización de las variaciones en el valor de las inversiones (continuación) (iii) Cuando los dividendos o utilidades se repartan en especie, incluidos los provenientes de la capitalización de la cuenta revalorización del patrimonio, se registra como ingreso la parte que haya sido contabilizada como superávit por valorización, con cargo a la inversión y revertir dicho superávit. Cuando los dividendos o utilidades se repartan en efectivo, se registra como ingreso el valor contabilizado como superávit por valorización, revierte dicho superávit y el monto de los dividendos que exceda el mismo se contabiliza como un menor valor de la inversión. Operaciones con Derivados Se realizan operaciones de cobertura con el único fin de proteger las inversiones del portafolio en títulos denominados en otras monedas frente a las fluctuaciones en la tasa de cambio. Las entidades que administren recursos de los fondos de pensiones podrán realizar operaciones con derivados con fines de cobertura únicamente, en los términos que establezca la Superintendencia Financiera de Colombia, según decreto 668 de 2007 del Ministerio de Hacienda. El valor en riesgo de las operaciones de cobertura se evalúa y mide diariamente por contraparte de acuerdo al valor de la obligación y derecho. Los derivados representan el valor de los acuerdos celebrados entre dos o más partes para comprar o vender activos en un futuro, como divisas, títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés o índices bursátiles, definiendo previamente la cantidad, precio y fecha de la ejecución de la transacción, con el fin de proveer u obtener cobertura, en concordancia con las normas vigentes, y de allí, se originan los derechos y obligaciones recíprocos e incondicionales. Las coberturas de activos o pasivos en moneda extranjera se contabilizan conforme a lo dispuesto en el Capítulo XVIII numeral 7.3.2.3, de la Circular Básica Contable y Financiera de la siguiente forma: 22

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Operaciones con derivados (continuación) a) Instrumentos financieros derivados con fines de cobertura: Para reconocer el efecto que se propone este tipo de cobertura, la ganancia o pérdida acumulada del instrumento financiero derivado se debe reconocer en la subcuenta correspondiente del estado de resultados, conforme a las instrucciones del numeral 7.3.1. del Capítulo XVIII de la circular básica contable y financiera, siempre que dicho valor no exceda el monto de la variación acumulada de la posición primaria cubierta desde la fecha de comienzo de la cobertura, la cual se contabiliza en las respectivas cuentas de Utilidad o Pérdida por Cambios (cuentas 4135 y 5135 en el Plan Único de Cuentas -PUC para el Sistema Financiero). Cuando la ganancia o pérdida acumulada del instrumento financiero derivado es mayor que el monto antes mencionado, la diferencia deberá registrarse en la cuenta patrimonial Ganancias o pérdidas acumuladas no realizadas en instrumentos financieros derivados con fines de cobertura - Coberturas de activos o pasivos en moneda extranjera, con el signo correspondiente. En la fecha en la que se termine la cobertura por darse alguno de los supuestos del numeral 7.3.2.4. del Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera, el resultado acumulado del instrumento financiero derivado utilizado para este tipo de cobertura, que se halle en la subcuenta patrimonial Ganancias o pérdidas acumuladas no realizadas en instrumentos financieros derivados con fines de cobertura - Coberturas de activos o pasivos en moneda extranjera se debe trasladar al estado de resultados en la respectiva subcuenta para instrumentos financieros derivados. b) Posiciones primarias: La contabilización de las posiciones primarias cubiertas debe efectuarse con el procedimiento descrito en los ordinales i) y ii) del literal b) del numeral 7.3.2.2. del Capítulo XVIII de la CircularBásicaContable y Financiera, con la diferencia de que deben emplearse las subcuentas de orden correspondientes para este tipo de cobertura. Los derivados se están valorando y contabilizando según su tipo y de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia emitidas en el Capítulo XVIII, Anexo 3, de la Circular Básica Contable y Financiera Para los títulos adquiridos mediante operaciones de derivados el valor inicial corresponde al valor del derecho, calculado para la fecha de cumplimiento de la respectiva operación. 23

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Operaciones con derivados (continuación) Los derivados representan el valor de los acuerdos celebrados entre dos o más partes para vender y recomprar un activo en una fecha futura con una tasa de interés implícita. Los ingresos se reconocen en la medida en que se cumplen los fondos interasociadas pasivos por parte de las contrapartes. Estas operaciones se valoran diariamente de acuerdo con la normatividad vigente. Las operaciones derivadas de fondeo se realizan en desarrollo de la política de aumento de la rentabilidad en los portafolios aprobada por el Comité de Inversiones, el cual asume las funciones de Comité de Riesgos en los términos de la Circular Externa 14 de 1998 de la Superintendencia Financiera de Colombia, basada en un estudio de la calidad crediticia de la contraparte a la cual se otorga el fondeo. Estas operaciones derivadas están contempladas en el manual de políticas de inversión, su objetivo es invertir excesos transitorios de liquidez y generar una alternativa de inversión más rentable dadas las condiciones de mercado vigentes. En términos de restricciones, la única vigente es la tasa de fondeo de acuerdo con las condiciones del mercado. Para los títulos adquiridos mediante operaciones de derivados el valor inicial corresponde al valor del derecho, calculado para la fecha de cumplimiento de la respectiva operación. Provisiones o Pérdidas por Calificación de Riesgo Crediticio El precio de los títulos de deuda que se valoran en forma exponencial, para mantener hasta el vencimiento y de los títulos participativos con baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, se ajustan en cada fecha de valoración con fundamento en la calificación de riesgo crediticio, de conformidad con las reglas que se enumeran a continuación: Los títulos de deuda que cuenten con una o varias calificaciones otorgadas por calificadoras externas reconocidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, o los títulos de deuda emitidos por entidades que se encuentren calificadas por éstas, no pueden estar contabilizados por un monto que exceda los siguientes porcentajes de su valor nominal neto de las amortizaciones hasta la fecha de valoración: 24

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Provisiones o Pérdidas por Calificación de Riesgo Crediticio (continuación) Calificación Largo Plazo Porcentaje Máximo Calificación Corto Plazo Porcentaje Máximo BB+, BB, BB- 90% 3 90% B+, B, B- 70% 4 50% CCC 50% 5 y 6 0% DD, EE 0% La estimación de las provisiones sobre depósitos a término se toma de la calificación del emisor. Las provisiones sobre las inversiones clasificadas como para mantener hasta el vencimiento y respecto de las cuales se pueda establecer un precio justo de intercambio corresponden a la diferencia entre el valor registrado y dicho precio. La Compañía no cuenta con una metodología especial de calificación, por lo cual, y en concordancia con lo establecido en la Circular Externa 33 de 2002 de la Superintendencia Financiera de Colombia, utiliza la siguiente: Categoría "A"- Inversión con riesgo normal. Corresponde a emisiones que se encuentran cumpliendo con los términos pactados en el valor o título y cuentan con una adecuada capacidad de pago de capital e intereses, así como aquellas inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible tienen una adecuada situación financiera. Para los títulos que se encuentren en esta categoría no procede el registro de provisiones. Categoría "B"- Inversión con riesgo aceptable, superior al normal. Corresponde a emisiones que presentan factores de incertidumbre que podrían afectar la capacidad de seguir cumpliendo adecuadamente con los servicios de la deuda. Así mismo, comprende aquellas inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible, presentan debilidades que pueden afectar su situación financiera. Tratándose de títulos de deuda, el valor por el cual se encuentran contabilizados no es superior al ochenta por ciento de su valor nominal neto de las amortizaciones hasta la fecha de valoración. En el caso de títulos participativos, el valor neto por el cual se encuentran contabilizados no es superior al ochenta por ciento del costo de adquisición. Categoría "C"- Inversión con riesgo apreciable. Son emisiones que presentan alta o media probabilidad de incumplimiento en el pago oportuno de capital e intereses. De igual forma, 25

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Provisiones o Pérdidas por Calificación de Riesgo Crediticio (continuación) comprende aquellas inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible, presentan deficiencias en su situación financiera que comprometen la recuperación de la inversión. Tratándose de títulos de deuda, el valor por el cual se encuentran contabilizados no es superior al sesenta por ciento de su valor nominal neto de las amortizaciones hasta la fecha de valoración. En el caso de títulos participativos, el valor neto por el cual se encuentran contabilizados no es superior al sesenta por ciento del costo deadquisición. Categoría "D"- Inversión con riesgo significativo. Se trata de emisiones que presentan incumplimiento en los términos pactados en el título, así como aquellas en que los emisores de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible presentan deficiencias acentuadas en su situación financiera, de suerte que la probabilidad de recuperar la inversión es altamente dudosa. Tratándose de títulos de deuda, el valor contabilizado no debe ser superior al cuarenta por ciento de su valor nominal neto de las amortizaciones hasta la fecha de valoración. En el caso de títulos participativos, el valor neto por el cual se encuentran contabilizados no es superior al cuarenta por ciento del costo de adquisición. Categoría "E - Inversión incobrable. La conforman las inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible se estima que es incobrable. El valor neto de las inversiones calificadas en esta categoría debe ser igual a cero. Forman parte de esta categoría los títulos respecto de los cuales no se cuente con los estados financieros con menos de seis meses de antigüedad o se conozcan hechos que desvirtúen alguna de las afirmaciones contenidas en los estados financieros de la entidad receptora de la inversión. Cuando una inversión es calificada en esta categoría todas las demás del mismo emisor se llevan a la misma categoría salvo que se tenga suficiente evidencia para hacerlo en una distinta. Las calificaciones externas son efectuadas por una sociedad calificadora de valores autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia, o por una sociedad calificadora de valores internacionalmente reconocida, tratándose de títulos emitidos por entidades del exterior y colocados en el exterior. Se utiliza la calificación más baja cuando la inversión o el emisor cuente con calificaciones de más de una sociedad calificadora, si fueron expedidas dentro de los últimos tres meses, o la más reciente cuando existe un lapso superior a dicho período entre una y otra calificación. 26

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Inversiones (continuación) Provisiones o Pérdidas por Calificación de Riesgo Crediticio (continuación) Salvo en los casos excepcionales que establezca la Superintendencia Financiera de Colombia, no se provisionan los títulos de deuda pública interna o externa emitidos o avalados por la Nación, por el Banco de la República y por el Fogafín. Equivalentes de Efectivo Para el estado de flujos de efectivo, la Compañía considera como equivalentes de efectivo, los fondos interasociadas activos, fondos interasociadas pasivos y los descubiertos en cuentas corrientes. Primas por Recaudar y Cartera de Créditos Para las primas por recaudar se tiene el mecanismo de terminación automática para los ramos revocables, proceso que también opera en la financiación de primas. Adicionalmente, se realizan consultas en Datacrédito para las financiaciones, lo cual busca disminuir el riesgo de no pago y la utilización de la revocación. Para los ramos no revocables y por las condiciones de los amparos ofrecidos, se estudia la situación financiera del asegurado, que incluye tanto la capacidad de pago de la prima como para atender el recobro en caso de la ocurrencia del siniestro. Las cuentas por cobrar se provisionan conforme a las Circular Básica Contable y Financiera, Resolución 1800 de 1996 y 041 de 1995 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Políticas en Materia de Garantías Las primas por recaudar no tienen garantías para el pago por los clientes porque la mora o atraso provoca la terminación automática para aquellos ramos revocables y los no revocables, la póliza presta mérito ejecutivo para iniciar la acción de cobro. Para los préstamos de financiación de primas la garantía es la póliza y adicionalmente, se firma un pagaré. Para los casos en que la Compañía quiera desistir de una obligación por mora se procede a cancelar la póliza y recaudar dicha obligación. Para la cartera de hipotecarios se hace el estudio de títulos sobre la garantía, se practica el avalúo comercial y se exige la póliza de incendio y terremoto. 27

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Primas por Recaudar y Cartera de Créditos (continuación) Préstamos con Garantía de Pólizas Los préstamos con garantía de pólizas se otorgan sobre el 90% de los valores de rescate con garantía del original de la póliza y pagaré. Por tal razón, la Compañía no incurre en el riesgo de no pago de la obligación. Los valores de rescate son aquellos que la Compañía constituye periódicamente y le pertenecen al asegurado. Clasificación La clasificación de la cartera de créditos y las provisiones correspondientes siguen las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia, Circular Básica Contable y Financiera. La medición del riesgo, es aplicada de acuerdo con los instructivos impartidos por la Superintendencia Financiera de Colombia. La cartera de financiación de primas se controla con índices de antigüedad y la póliza se cancela cuando la financiación supera los 60 días en mora. La venta y compra de cartera, así como los créditos reestructurados, no aplican para esta clase de operaciones. Provisión de Cartera de Crédito Las provisiones de cartera se hacen de acuerdo con cada modalidad. Las provisiones para los préstamos de financiación de primas e hipotecarios, se calculan siguiendo los métodos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia. Provisión General de Cartera La Compañía constituye la provisión general de cartera con acuerdo a lo establecido en el Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Provisión para Primas por Recaudar Mensualmente se imputa a los resultados una provisión por el 100% del total de las primas devengadas y los gastos de expedición pendientes de cobro con más de 75 días comunes vencidos, contados a partir de la iniciación de la vigencia técnica de la póliza, de los certificados o de los anexos que se expiden con fundamento en ella, exceptuando las primas por recaudar a cargo de entidades oficiales que cuenten con la correspondiente reserva de apropiación presupuestal. 28

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Primas por Recaudar y Cartera de Créditos (continuación) Provisión para Cuentas por Cobrar Actividad Aseguradora y Otros Activos Para las cuentas por cobrar de la actividad aseguradora con más de seis meses de vencidas, se constituye una provisión del 100% de las mismas con cargo a resultados. Para las demás cuentas por cobrar, la provisión se constituye observando los términos y porcentajes establecidos en las normas sobre evaluación y calificación de cartera de la Superintendencia Financiera de Colombia. Castigo de Primas por Recaudar y Cartera de Créditos En cuanto a las políticas de castigo, cuando las obligaciones exceden los 180 días se hace la última gestión directamente y en caso de no obtener resultados se pasan a una empresa de cobranzas la cual realiza un cobro prejurídico y lo que no se logre recaudar se castiga con autorización previa de la Junta Directiva. Propiedades y Equipo Las propiedades y equipo se registra a su costo, el cual incluye gastos financieros y las diferencias de cambio por financiación en moneda extranjera hasta la puesta en servicio del activo. De acuerdo con la Circular Externa 14 de 2001 de la Superintendencia Financiera de Colombia, sobre la eliminación de ajustes integrales por inflación para efectos contables, el valor de los ajustes realizados hasta el 31 de diciembre de 2000, hace parte de los saldos de los activos no monetarios y conforman su valor en libros para todos los efectos. La depreciación se calcula por el método de línea recta con base en la vida útil de los activos sobre el 100% del costo de adquisición. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son: Vida Útil(años) % Edificios 20 5 Equipo, muebles y enseres de oficina 5 ó 10 10 Equipo de computación 5 ó 3 20 Vehículos 5 20 La utilidad o pérdida en la venta o retiro de propiedad y equipo es reconocida en las operaciones del año en que se efectúa la transacción, el costo ajustado y la depreciación acumulada se eliminan de las cuentas respectivas. Los desembolsos normales por mantenimiento y reparaciones son cargados a gastos. Los costos significativos incurridos en reemplazos y mejoras son capitalizados.los bienes muebles e inmuebles poseen pólizas anuales de multiriesgo con Chubb de Colombia S.A, con vigencia hasta el 2 de marzo de 2012. 29

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Propiedad y Equipo (continuación) El mantenimiento de la propiedad y equipo se hace a través de proveedores externos quienes velan por la asistencia preventiva dentro de las fechas establecidas en los respectivos contratos.al cierre de cada año se determina el valor de realización de los bienes raíces mediante avalúos técnicos practicados, al menos cada tres años, el último de los cuales fue realizado por Inmobiliaria Recaman Koppel en enero de 2012, firma la cual está adscrita a la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá, D.C. Aportes Permanentes Los aportes en clubes sociales, en cooperativas o en entidades sin ánimo de lucro, nacionales o internacionales se registran por su costo de adquisición. Bienes Recibidos en Pago Corresponden a bienes recibidos a título de dación en pago y son registrados por los valores por los cuales fueron recibidos. Cuando el valor del avalúo comercial es inferior al crédito que se cancela, se contabiliza una provisión con cargo a resultados por la diferencia; los avalúos no pueden tener una antigüedad superior a tres años contados a partir del cierre contable en el cual se pretenda utilizar. Estos bienes tienen inicialmente un plazo de venta de dos años y vencido este plazo la Superintendencia Financiera de Colombia puede conceder plazos adicionales que no excedan de dos años. Según Circular Externa 34 de 2005 de la Superintendencia Financiera de Colombia a partir de la fecha de recepción del bien las provisiones se deben constituir así: (a) Para bienes inmuebles el 80% del valor dentro de los 24 meses a partir del mes en que se perfeccione la dación; en caso de concederse prórroga el 20% restante de la provisión podrá constituirse dentro del término de la misma. (b) Para bienes muebles el 70% del valor dentro de los 24 meses a partir de la dación, en alícuotas mensuales iguales; en caso de concederse prórroga el 30% restante de la provisión podrá constituirse dentro del término de la misma. (c) Los bienes que presentan provisión no se les registra valorización alguna. Gastos Pagados por Anticipado y Diferidos Los gastos pagados por anticipado incluyen las erogaciones para el desarrollo de la actividad empresarial por servicios en el futuro, los cuales se amortizan en el período en que se reciben los servicios o se causen los costos y/o gastos. Los cargos diferidos están compuestos principalmente por comisiones a intermediarios, útiles y papelería. 30

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Gastos Pagados por Anticipado y Diferidos (continuación) Concepto Comisiones a intermediarios Útiles y papelería Proyecto Plataforma Iberoamericana Programas para computador Mejoras a propiedades tomadas en arriendo Almacén de propaganda principal Impuesto al patrimonio Amortización Durante la vigencia de la póliza Por consumo 3 años a partir del inicio del proyecto 3 años 3 años Por consumo 4 años Valorizaciones Las valorizaciones corresponden a la diferencia entre el costo neto en libros de bienes raíces y su valor comercial determinado según los avalúos técnicos practicados por firmas especializadas en el ramo. Para inversiones en títulos participativos clasificados como disponible para la venta, la valoración se determina de acuerdo con las normas sobre valoración de inversiones, establecidas en el Capítulo I de la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia. Reservas Técnicas de Seguros Técnica de Riesgo en Curso De conformidad con la Ley 45 de 1990, el Decreto 839 de 1991 y la Resolución 1800 de 1996 de la Superintendencia Financiera de Colombia, la reserva técnica de riesgo en curso se determina para los riesgos en curso, por el método de cálculo puntual (o de documento a documento) sobre el 100% de las primas retenidas. Para Primas Cedidas al Exterior Los depósitos para primas cedidas en reaseguros al exterior son equivalentes al 20% de las primas cedidas.en el caso que no se retenga el depósito al reasegurador la Aseguradora lo constituye por cuenta propia. 31

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Reservas Técnicas de Seguros (continuación) Para Siniestros Avisados por Liquidar Las reservas para siniestros avisados por liquidar se constituyen con cargo a resultados, por el estimado de los reclamos individuales avisados y por la parte retenida por la Compañía, tanto para seguros directos como para reaseguro aceptado. Reserva Matemática La reserva matemática para los ramos de vida individual, seguros provisionales y rentas vitalicias se constituyen póliza a póliza, según cálculos actuariales de acuerdo con la nota técnica, utilizando para cada modalidad de seguro el mismo interés técnico y la misma tasa de mortalidad que sirven de base para el cálculo de la prima. En los seguros de vida con ahorro, adicionalmente se reserva el valor del fondo conformado por el ahorro y los rendimientos. Reserva Matemática Para el ramo de riesgos profesionales se determina en forma individual a partir de la fecha en que se establece la obligación de reconocer la pensión de invalidez o de sobrevivientes. El monto corresponde al valor esperado actual de las erogaciones a cargo de la Compañía por concepto de mesadas, calculado conforme a la nota técnica del producto. Para Desviación de Siniestralidad Se constituye el 4% de las cotizaciones devengadas del año sobre la porción retenida del riesgo para el ramo de riesgos profesionales. Para Siniestros no Avisados (IBNR) Para los ramos de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia: (a) Al final de cada trimestre, esta reserva se efectúa en un valor equivalente a la diferencia que existe entre la prima de riesgo devengado durante el trimestre y el resultado de sumar el aumento en la reserva de siniestros pendientes avisados y los siniestros pagados durante el trimestre; (b) Mientras la póliza permanezca vigente, el saldo de la reserva es cuando menos igual al valor de las primas de riesgo causadas durante el trimestre inmediatamente anterior a la fecha de cálculo; (c) Según el método previsto en el literal b) del artículo 7 del Decreto 839 de 1991, a partir de enero de 2002, las aseguradoras de vida 32

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Reservas Técnicas de Seguros (continuación) que hayan explotado el ramo de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia por al menos tres años consecutivos, pueden calcular esta reserva póliza a póliza; y (d) La prima de riesgo que se utilice para calcular la reserva correspondiente a este ramo, debe ser la que conste en la nota técnica aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y corresponderá al valor de la prima comercial, menos el porcentaje de gastos precisado en dicha nota. El cálculo de las reservas para siniestros no avisados del ramo de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia en la actualidad se hace con una metodología que se puede describir como de costo promedio por reclamación IBNR. La estimación de los costos promedio se hace con base en la información observada por año de ocurrencia. La estimación del número de reclamaciones IBNR se hace utilizando técnicas estándar de desarrollo triangular clasificando las reclamaciones por fecha de ocurrencia (origen) y fecha de pago. Estos triángulos se hacen con información histórica trimestral y se utiliza el método de desarrollo ChainLadder. La reserva IBNR se obtiene como el producto del número estimado de reclamaciones IBNR por el costo promedio por reclamación, segregando por año de ocurrencia. Para Siniestros no Avisados (IBNR) (continuación) Para el ramo de riesgos profesionales: Se calcula de acuerdo con la metodología prevista para todos los ramos considerando las instrucciones de que trata el artículo 34 del Decreto 1295 de 1994, de conformidad con los Decretos 2656 de 2000 y 2347 de 1995. En todo caso esta reserva no podrá ser inferior al 5% de las cotizaciones devengadas durante el trimestre, ni superior al 25% de las cotizaciones devengadas durante los últimos doce meses. Para este ramo se constituye en forma individual, a partir de la fecha en que se determina la obligación de reconocer la pensión de invalidez o de sobrevivientes. El monto corresponde al valor esperado actual de las erogaciones a cargo de la Compañía por concepto de mesadas, calculado conforme a la nota técnica del producto. Para los demás ramos de vida se constituye una reserva para siniestros incurridos no reportados sobre el promedio de pagos de siniestros no avisados de vigencias anteriores, efectuados en los tres últimos años, parte retenida, en términos reales calculado con el índice de precios al consumidor del último año. Para las reservas se tiene en cuenta lo dispuesto en los Decretos 2555, 2953 y 2954 de 2010, en cuanto al cubrimiento se las reservas técnicas, en donde se dispone que el 100% de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras (menos reserva siniestros pendientes parte reaseguradores) 33

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) y sociedades de capitalización deberán estar respaldadas en los porcentajes y tipos de títulos permitidos según decretos. Ingresos Anticipados Registra el valor de los ingresos diferidos y los recibidos por anticipado por la Compañía en el desarrollo de su actividad, los cuales amortizan durante el período en que se causen o se presten los servicios. Reconocimiento de Ingresos, Costos y Gastos Los ingresos y gastos se reconocen mediante el cumplimiento de las normas de realización, asociación y asignación, de tal manera que se logre el cómputo correcto del resultado neto del año. Los ingresos se contabilizan cuando se han devengado y nace el derecho cierto, probable y cuantificable de exigir su pago aunque no se haya hecho efectivo el cobro. Primas Emitidas El ingreso por primas emitidas se reconoce en el momento en que se expiden las pólizas respectivas. La Resolución 1800 de 1996 de la Superintendencia Financiera de Colombia establece registrar el 100% de las primas emitidas en el año cuando no haya vencido el plazo establecido en el artículo 1066 del Código de Comercio. En la situación contraria, el artículo 1068 del mencionado Código, ordena que se muestre la parte correspondiente a la prima devengada hasta dicho término y los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato. Las pólizas y certificados, que presentan un vencimiento superior a 75 días y que corresponden a ramos revocables, se cancelan automáticamente. Siniestros Liquidados Se registra el valor de las indemnizaciones liquidadas, pagadas y por pagar para los seguros de personas y obligatorios, determinados sobre los siniestros avisados del período. Ingresos del Programa Respecto a las Unidades de Pago por Capitación (UPC) el programa EPS se acogió al Decreto 4047 de 2006, mediante el cual se cerraron todos los periodos pendientes con el administrador fiduciario FOSYGA. 34

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Obligaciones Laborales Las leyes laborales prevén el pago de una compensación diferida a ciertos empleados en la fecha de su retiro. El importe que reciba cada empleado depende de la fecha de ingreso, modalidad de contratación y sueldo. Además, en ciertos casos, se reconocen intereses al 12% anual sobre montos acumulados a favor de cada empleado. Ante retiros injustificados, el empleado puede tener derecho a recibir al momento de su desvinculación pagos adicionales que varían de acuerdo con el tiempo de servicio y el sueldo. Los funcionarios contratados por la vinculada, Aseguradora Colseguros S.A., prestan sus servicios a las compañías del Grupo Empresarial Colseguros. Los gastos por obligaciones laborales incurridos durante el año son distribuidos mediante una matriz de asignación de gastos por actividades entre las compañías. Aseguradora Colseguros S.A. hace los aportes periódicos para cesantías y seguridad social integral (salud, riesgos profesionales y pensiones), a los respectivos fondos privados o al Instituto de Seguros Sociales que asumen estas obligaciones. Cuentas con Compañías Vinculadas Las operaciones con compañías vinculadas, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, se registran en las cuentas de fondos interasociadas activos o de pasivos según su naturaleza. También pueden presentarse operaciones reciprocas como compra o venta de acciones, pago de dividendos, o adquisición de seguros. Estas operaciones deben ser pagadas en un plazo no mayor de treinta días. Las operaciones con asociadas no vigiladas se registran en las cuentas por cobrar o por pagar diversas, según sea su naturaleza. Están conformados por fondos entre asociados, que son préstamos con plazo a 30 días; durante el año 2011 no se aplicaron intereses a los compromisos entre compañías asociadas del Grupo Colseguros, según lo consagrado en el artículo 35 del Estatuto Tributario, donde se expresa que las cuentas por pagar y por cobrar que se originen en transacciones efectuadas entre la sociedad y los socios, en desarrollo del objeto social y dentro del giro ordinario de los negocios de la empresa, y que no correspondan a préstamos en dinero, no generan los intereses presuntos de que trata el artículo 35 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 94 de la Ley 788 de 2002. 35

2. Principales Políticas y Prácticas Contables (continuación) Cuentas con Compañías Vinculadas (continuación) Lo anterior por cuanto la prescripción normativa es exclusiva para deudas por préstamos en dinero (contratos de mutuo) entre las sociedades y los socios y, por ende, sólo en tales casos y para efectos del impuesto sobre la renta se presume de derecho la causación de intereses. Utilidad Neta por Acción La utilidad neta por acción es de $6,79 (pesos) y $2,96 (pesos) para el 2011 y 2010 respectivamente y se calculó sobre las acciones en circulación, durante el año 2011 y 2010 fueron 3,865,953,009 acciones. Impuesto sobre la Renta La provisión para el impuesto de renta para el año 2011 se calcula a la tasa efectiva del 33%, sobre el mayor valor entre la renta presuntiva (3% del patrimonio líquido fiscal del año anterior) o la renta líquida fiscal. El pasivo corriente del impuesto sobre la renta se presenta neto, luego de deducir los anticipos pagados y las retenciones en la fuente a favor. Impuesto al Patrimonio El impuesto al patrimonio establecido con base en el patrimonio líquido de la sociedad al 1 de enero de 2011, se registró como cargo diferido, el cual se amortizará en 48 cuotas mensuales Uso de Estimaciones La preparación de los estados financieros según las normas e instrucciones contables de la Superintendencia Financiera de Colombia, requiere que la Administración haga estimaciones y presunciones que pueden afectar los montos registrados de activos, pasivos, resultados de las operaciones y en las notas a los estados financieros. Los valores actuales o de mercado pueden diferir de dichas estimaciones. Cuentas Contingentes y de Orden En las cuentas contingentes y de orden se incluyen aquellas cuentas de registro utilizadas por efectos de control e información general tales como bienes y valores recibidos con custodia, en garantía, valores asegurados, activos castigados y cheques posfechados, entre otros. 36