COMPROMISO VOLUNTARIO



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Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. PPRL C02 Edición: 1ª Fecha: agosto 2011 Página: 1 de 8. Aprobado por: COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Transcripción:

PROGRAMA DE AUTOGESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. COMPROMISO VOLUNTARIO Abril 2005

Compromiso voluntario que adopta(n) la(s) empresa(s), en adelante denominada La empresa, con la participación del Sindicato de trabajadores (titular del Contrato Colectivo de Trabajo o administrador del Contrato-Ley, en su caso, en la misma), en lo subsecuente designado El sindicato, representados por el C. (Director o Gerente General), en su carácter de, y el C., en su calidad de Secretario General, respectivamente, a fin de establecer y operar un Sistema de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a lo siguiente: La empresa se compromete en forma voluntaria, con la participación de El sindicato, a implementar y operar un SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO y mantenerlo bajo un proceso de mejora continua, que le facilite la gestión y el cumplimiento a la normatividad laboral vigente en la materia señalada, considerando las siguientes actividades y compromisos: 1. El reconocimiento de la seguridad y salud en el trabajo como parte integral de la administración de la empresa, y el compromiso de su evaluación a nivel de dirección corporativa; 2. La aceptación de la seguridad y salud en el trabajo como una responsabilidad en la línea de dirección de la empresa, desde el ejecutivo de mayor nivel hasta el primero de supervisión, para lo cual se definirán e implementarán actividades en esta materia para cada uno de estos puestos; 3. La óptima y eficaz operación de la Comisión de Seguridad e Higiene, en su función de vigilancia del cumplimiento de la normatividad en la materia y como organismo de consulta y participación de los trabajadores y del empresario; 4. El establecimiento de una política con prioridad en el desarrollo y protección del trabajador, en revisiones periódicas de todo el sistema de administración de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo auditorias de su funcionamiento; 5. La asignación de recursos humanos, materiales, técnicos y financieros para la operación del sistema de administración de la seguridad y salud en el trabajo, que incluya el cumplimiento constante de la normatividad en 1

la materia y la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, con énfasis en la disminución de la gravedad de éstos; 6. El establecimiento de mecanismos de difusión y capacitación para el manejo del sistema y de la aplicación y vigilancia del cumplimiento de la normatividad en el campo de la seguridad e higiene en el trabajo, de medidas técnicas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo y de captación de propuestas de los trabajadores, con el objeto de fomentar su participación en estas materias; 7. Implantar y mantener un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, que garantice la mejora continua de la administración en esta materia, que incluya la normatividad vigente y la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, a partir de la actualización anual de un diagnóstico de las condiciones de seguridad y salud que prevalezcan en el centro de trabajo, de acuerdo a las características propias de las actividades y procesos industriales de éste, que incluya la evaluación de la administración de la seguridad y salud en el trabajo, la evaluación del cumplimiento de la normatividad y la evaluación de accidentes y enfermedades de trabajo. 8. Considerar que la actualización del diagnóstico se realizará de manera anual, o cuando así se requiera por modificaciones en las instalaciones, procesos, cambio de materias primas o maquinaria, o cambio de domicilio del centro de trabajo, y se incluirá en éste, la evaluación de la administración de la seguridad y salud en el trabajo, del cumplimiento de la normatividad y de los accidentes y enfermedades de trabajo: 9. Realizar de manera parcelada en el centro laboral, la evaluación del cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene en el trabajo, para identificar y ubicar con toda oportunidad las mejoras a realizar para una efectiva aplicación de la normatividad vigente en esta materia; 10. La implantación de un sistema de información de accidentes y enfermedades de trabajo, que permita como empresa el establecimiento de medidas preventivas y a la autoridad laboral conocer los resultados de este Compromiso Voluntario y de los programas que de él emanen; 11. Enviar semestralmente a la Delegación Federal del Trabajo en la entidad federativa, la evaluación de los accidentes y enfermedades de trabajo para el seguimiento del Sistema de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, y 2

12. Notificar a la Delegación Federal del Trabajo en la entidad federativa, la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo y de las consecuencias que éste genere. Para ello, La empresa se compromete en primera instancia, a cumplir las acciones del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo que resulte del Diagnóstico de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual forma parte integrante de este Compromiso Voluntario, mismo que estará bajo un mecanismo de actualización permanente para mantener bajo un proceso de mejora continua el Sistema citado y el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo. De acuerdo con las disposiciones legales correspondientes, La empresa solicitará a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Delegación Federal del Trabajo en la entidad federativa, la información técnica, asesoría y orientación sobre la manera más efectiva de implementar el Sistema de Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluya el cumplimiento de las normas de trabajo en la materia. La empresa y El sindicato realizarán en forma conjunta el seguimiento de las actividades del Programa, para hacer las adecuaciones necesarias en su caso, de acuerdo con la problemática, informando de ello a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de la Delegación Federal del Trabajo en el Estado, para su conocimiento y seguimiento posterior. Para el desarrollo y ejecución de las actividades del Programa, La empresa y El sindicato integrarán una Comisión Técnica constituida por el Gerente de la Empresa, el Secretario General del Sindicato y otros integrantes de manera proporcional, según se determine, informando de ello a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Delegación Federal del Trabajo en la entidad federativa. Las funciones de la Comisión Técnica serán: a) Definir las estrategias y acciones a desarrollar para la implementación y operación del Sistema de Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo. b) Vigilar el desarrollo y proceso operativo de las actividades del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, para llevar a cabo las medidas correctivas cuando así se requiera. 3

c) Evaluar los resultados de las actividades, y establecer los mecanismos de control y seguimiento para la mejora continua del Sistema. d) Constatar el cumplimiento integral del Programa, considerando las propuestas que haga La empresa, El sindicato y los trabajadores, para el logro de los objetivos trazados en el mismo. e) Informar a la Delegación Federal del Trabajo en la entidad federativa, el avance del Programa y de la situación de accidentes y enfermedades de trabajo semestralmente. La empresa y El sindicato se comprometen a facilitar el tiempo y recursos necesarios para que la Comisión de Seguridad e Higiene coadyuve con la Comisión Técnica en la evaluación del desarrollo del cumplimiento de este Compromiso Voluntario y de los programas que de él se deriven, de acuerdo con sus atribuciones y como mecanismo de coordinación con los trabajadores. La empresa y El sindicato están de acuerdo en que la Delegación Federal del Trabajo en el Estado de, junto con el Comité Técnico, realicen visitas periódicas de evaluación del cumplimiento del presente Compromiso Voluntario y del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo actualizado y de aquellos otros que se deriven. La empresa y El sindicato están de acuerdo que el alcance del presente Compromiso Voluntario es para el (los) centro(s) de trabajo, ubicado(s) en, con un total de trabajadores de, y las siguientes calificaciones iniciales y datos estadísticos con base en su diagnóstico de administración de seguridad y salud en el trabajo: Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo ; Evaluación del cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene en el trabajo ; datos estadísticos oficiales de accidentes de trabajo del año anterior a la autorización del presente documento: total de accidentes ; incapacidades permanentes ; defunciones ; días de incapacidad temporal, y tasa de incidencia. La empresa manifiesta que su afiliación y datos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social son: Registro Patronal ; Fracción ; Clase de riesgo, y número de trabajadores. Se establece el presente Compromiso Voluntario de la(s) empresa(s), con la participación del 4

Sindicato de Trabajadores de la misma, firmándose en la ciudad de a los del mes de de 200_. POR LA EMPRESA (El Director, Gerente General o Representante Legal) POR EL SINDICATO El C. Secretario General de la Sección ) Autorización (El Delegado Federal del Trabajo en el Estado de con fundamento en el artículo 8, fracción IV, inciso d) del Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y se delegan facultades en sus titulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2005, y en los artículos 17, fracción XXV y 18, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, autoriza el presente documento para todos los efectos legales a que haya lugar, al (a los) centro(s) de trabajo antes señalado(s).. Delegado Federal del Trabajo en el Estado de (Estado) 5