DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.- DIRECCIÓN DE PUERTO MARÍTIMO.- VISTOS: PRIMERO: Que mediante Providencia No. SENAE-DPMG-2014-0360-PV, de fecha 08 de septiembre de 2014, la suscrita autorizó la adjudicación gratuita a la BENEMÉRITA SOCIEDAD PROTECTORA DE LA INFANCIA, representada por el señor Ricardo Koenig, en calidad de Presidente, de la mercancía que se encontraba en el contenedor TOLU4434199, que estaba ubicado en el Depósito Temporal Contecon de Guayaquil, y que se detalla a continuación: Descripción Estado Origen Cantidad Subpartida Arancelaria Valor total en USD $ AMBULANCIA MARCA FIAT Bueno Italia 1 unidad 8703329090 11.033,00 MODELO DUCATO LLANTAS MARCA DUNLOP MODELO Bueno Italia 4 unidades 4011109000 403,72 205/70R15 CAMILLA Bueno Italia 1 unidad 9402909000 286,24 TOTAL - - 6 UNIDADES - $11.722,96 SEGUNDO: Que, mediante Memorando Nro. SENAE-DZPG-2014-0663-M, recibido el 28 de abril de 2014, el Ing. José Luis Arias Rivadeneira, Director de Control de Zona Primaria, remite el informe de inventario y valoración Nro. SENAE-DZPG-2014-CARV-004, de las mercancías amparadas en el número de carga CEC2014CMAU0030-0027-0000, en el cual se detallaron las características de las mercancías según se detalla a continuación: Descripción Estado Origen Cantidad Subpartida Arancelaria Valor total en USD $ AMBULANCIA MARCA FIAT MODELO DUCATO Bueno VIN Italia 1 unidad 8703329090 11.033,00 NZFA24400007189460 LLANTAS MARCA DUNLOP MODELO Bueno Italia 4 unidades 4011109000 403,72 205/70R15 CAMILLA Bueno Italia 1 unidad 9402909000 286,24 TOTAL - - 6 UNIDADES - $11.722,96 El informe de inventario y valoración Nro. SENAE-DZPG-2014-CARV-004, señaló que la AMBULANCIA MARCA FIAT MODELO DUCATO, registraba el VIN NZFA24400007189460.- TERCERO: Que mediante correo electrónico del 07 de julio 1/5
de 2015, la señora María Lopez, funcionaria de la Benemérita Sociedad Protectora de la Infancia, puso en conocimiento de las novedades informadas por el señor Daniel Contreras Moscol, funcionario del Servicio de Rentas Internas, que informó lo siguiente: Estimado contribuyente para continuar con su trámite de creación de modelo es necesario que ingrese un anexo al trámite y adjunte los requisitos pendientes que se detallan a continuación; Los documentos deben ser entregados mediante una carta indicando los documentos que está adjuntando y que el trámite es un anexo, estos documentos deben ser ingresados en las ventanillas de asistencia al ciudadano. Adjuntar certificado de inspección emitido por la SENAE por la inconsistencia con el VIN. Ya que en los documentos de adjudicación indican 18 dígitos del VIN cuando lo correcto son solo 17, aparentemente el VIN correcto es ZFA24400007189460 lo cual debe ser verificado y certificado por la institución que adjudicó. Adicional a esto el acta de adjudicación no indica el año del modelo.- CUARTO: Que mediante Memorando Nro. Rosales Vera, se informó lo siguiente: Se realiza alcance al Memorando Nro. SENAE-DZPG-2014-0663-M, con fecha 28 de abril de 2014, en el cual el INFORME DE INVENTARIO Y AVALÚO Nro. SENAE-DZPG-2014-CARV-004 se realiza correcciones: DONDE DICE: Valor Valor Descripción de Estado de Marca mercancía mercancíacomercial Modelo VIN Origen Partida Cant.Unidad FOB FOB unitariototal AMBULANCIABUENO FIAT DUCATO NZFA24400007189460ITALIA87033290901 UNIDAD11033 11033 LLANTAS BUENO DUNLOP 205/70R15- ITALIA40111090004 UNIDAD100,93 403,72 CAMILLA BUENO - - - ITALIA94029090001 UNIDAD286,24 286,24 DEBE DECIR: Valor Valor Descripción de Estado de Marca mercancía mercancíacomercial Modelo VIN Origen Partida Cant.Unidad FOB FOB unitariototal AMBULANCIABUENO FIAT DUCATO ZFA24400007189460ITALIA87033290901 UNIDAD11033 11033 LLANTAS BUENO DUNLOP 205/70R15- ITALIA40111090004 UNIDAD100,93 403,72 CAMILLA BUENO - - - ITALIA94029090001 UNIDAD286,24 286,24.- MOTIVACIÓN Y NORMATIVA QUE CONFIGURA UN ALCANCE A LA PROVIDENCIA DE ADJUDICACION GRATUITA NO. SENAE-DPMG-2014-0360-PV: Que en virtud de los antecedentes expuestos, el informe de novedades puesto en conocimiento mediante Memorando Nro. Rosales Vera y el correo electrónico del funcionario del Servicio de Rentas Internas, puesto en conocimiento el 07 de julio de 2015, por la señora María Lopez, funcionaria de la Benemérita Sociedad Protectora de la Infancia; se procede a efectuar las siguientes precisiones: (1) Que mediante Providencia No. SENAE-DPMG-2014-0360-PV, de fecha 08 de septiembre de 2014, se efectuó la adjudicación gratuita a la BENEMÉRITA SOCIEDAD PROTECTORA DE LA INFANCIA, representada por el señor Ricardo 2/5
Koenig, en calidad de Presidente, de la mercancía que se encontraba en el contenedor TOLU4434199, que estaba ubicado en el Depósito Temporal Contecon de Guayaquil, de UNA AMBULANCIA MARCA FIAT MODELO DUCATO, CUATRO LLANTAS MARCA DUNLOP Y UNA CAMILLA, CUYO VALOR FOB TOTAL ES DE USD$11.722,96; (2) Que mediante Memorando Nro. SENAE-DZPG-2014-1620-M, de fecha 10 de septiembre de 2014, el Ing. José Luis Arias, Director de Control de Zona Primaria, informó: tengo a bien informar que el día 08 de septiembre del 2014, se realizó la entrega al Sr. JHON FERNANDO VILLAMAR ARIAS con C.C. 09211793378, en representación del BENEMÉRITA SOCIEDAD PROTECTORA DE LA INFANCIA de la mercancía detallada en la Providencia Nro. SENAE-DPMG-2014-0360-PV, en presencia del delegado de SENAE Ing. Xavier Cevallos Lucas con C.C.0921161253, Técnico Operador de Zona Primaria. Como resultado de esta operación se muestra conforme por ambas partes, suscribiendo la respectivas Actas de entrega / recepción - Egreso de Mercadería Nro.00057248, firmada por Sr. JHON FERNANDO VILLAMAR ARIAS con C.C. 09211793378, en representación de la BENEMÉRITA SOCIEDAD PROTECTORA DE LA INFANCIA y el Sr. JAVIER RAMIREZ, CONTROLADOR DE CFS DE CONTECON ; (3) Que el artículo 96 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Judicial (ERJAFE), dispone expresamente que: Art. 96.- ACTOS PROPIOS.- Bajo ningún concepto los administrados podrán ser perjudicados por los errores u omisiones cometidos por los organismos y entidades sometidos a este estatuto en los respectivos procedimientos administrativos, especialmente cuando dichos errores u omisiones se refieran a trámites, autorizaciones o informes que dichas entidades u organismos conocían, o debían conocer, que debían ser solicitados o llevados a cabo. Se exceptúa cuando dichos errores u omisiones hayan sido provocados por el particular interesado. ; (4) Que el artículo 98 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Judicial (ERJAFE), señala que: Art. 98.- RECTIFICACIONES.- Los errores de hecho o matemáticos manifiestos pueden ser rectificados por la misma autoridad de la que emanó el acto en cualquier momento hasta tres años después de la vigencia de éste ; (5) Que el primer inciso del artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Judicial (ERJAFE), establece que: Art. 99.- MODALIDADES.- Los actos normativos podrán ser derogados o reformados por el órgano competente para hacerlo cuando así se lo considere conveniente. Se entenderá reformado tácitamente un acto normativo en la medida en que uno expedido con posterioridad contenga disposiciones contradictorias o diferentes al anterior. ( ) (el subrayado me pertenece); (6) Que en concordancia a la normativa vigente, los antecedentes expuestos y los hechos posteriores corroborados a través del Memorando Nro. SENAE-JRMG-2015-0401-M, de fecha 17 de julio de 2015, suscrito por el Ing. César Rosales Vera y el correo electrónico del funcionario del Servicio de Rentas Internas, puesto en conocimiento el 07 de julio de 2015, por la señora María Lopez, funcionaria de la Benemérita Sociedad Protectora de la Infancia; esta Administración Aduanera, a través de la Dirección de Puerto Marítimo, se encuentra facultada de revisar de oficio o a petición de parte los actos emanados de la misma, para lo cual se procede a realizar un Alcance a la Providencia No. 3/5
SENAE-DPMG-2014-0360-PV, de fecha 08 de septiembre de 2014. (7) Que para realizar un alcance a la Providencia No. SENAE-DPMG-2014-0360-PV, de fecha 08 de septiembre de 2014, se debe considerar la novedad informada a través del Memorando Nro. SENAE-JRMG-2015-0401-M, de fecha 17 de julio de 2015, suscrito por el Ing. César Rosales Vera, respecto al número del VIN de la ambulancia marca Fiat modelo Ducato, siendo el VIN correcto ZFA24400007189460.- Consecuentemente, en uso de las atribuciones contemplada en los literales a) y b) del Artículo 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, concordante con lo establecido en el Artículo 203 ibídem, y de la delegación conferida por el Director Distrital de Guayaquil del, en el Numeral Ordinal Cuarto de la Resolución No. DDG-04083, de fecha 30 de diciembre de 2010, de manera expresa DISPONGO: (a) SE REFORMA la Providencia No. SENAE-DPMG-2014-0360-PV, de fecha 08 de septiembre de 2014, respecto al número de VIN de la ambulancia marca Fiat modelo Ducato, según lo informado mediante Memorando Nro. Rosales Vera; de la siguiente forma: DONDE DICE AMBULANCIA MARCA FIAT MODELO DUCATO VIN NZFA24400007189460 DEBE DECIR: AMBULANCIA MARCA FIAT MODELO DUCATO VIN ZFA24400007189460. (b) Que la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información, realice la publicación del presente Acto Administrativo, al día hábil siguiente de su notificación, en el portal electrónico oficial del. (c) Del presente Acto Administrativo conozca la Benemérita Sociedad Protectora de la Infancia, Jefatura de Remates y Otras Operaciones Aduaneras, Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información, Dirección de Zona Primaria y Bodega de la Dirección Distrital de Guayaquil. Referencias: - SENAE-DPMG-2014-0360-PV Documento firmado electrónicamente Econ. María Eugenia Nieto Rojas DIRECTOR DEL PUERTO MARITIMO Anexos: - SENAE-DPMG-2014-0360-PV ADJ GRATUITA - SENAE-DZPG-2014-1620-M - SENAE-DZPG-2014-0663-M peritaje - Informe de peritaje SENAE-DZPG-2014-CARV-004 - senae-jrmg-2015-0401-m alcance peritaje - Correo SRI 4/5
Copia: Señorita Economista Jennifer Lissete Soria Arteaga Técnico Operador jlsa/meras Señora Economista María Elena del Rocío Andrade Sánchez Jefe de Remates Señor Ingeniero José Luis Arias Rivadeneira Director de Control de Zona Primaria Señor Economista Juan Carlos Santillan Berrones Jefe de Procesos Aduaneros Control Zona Primaria Señor Giovanny Marcelo Cordova Morales Analista Informático 2 Señora Ingeniera Ingrid Lucia Castillo Corozo Secretaria de Direccion General Nacional y Distrital 5/5