Palabras clave: Espacio, Derechos y Desigualdad.



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El espacio sobre la balanza de Temis. 1 Luisa Angelina González César. 2 Posgrado de Geografía. Universidad Nacional Autónoma de México. Luisaa.cesar@gmail.com Palabras clave: Espacio, Derechos y Desigualdad. La producción de los espacios desiguales no es un tema novedoso en los estudios geográficos, reconocer su existencia y comparar los procesos que ahí de generan han sido líneas de investigación ya estudiadas. No obstante, analizar las condiciones que incidieron en la producción desigual de los espacios incorporando al debate al Derecho como un factor más que modela al espacio, abona al estudio del espacio geográfico un elemento necesario a tomar en cuenta, ya que expone el papel que desempeña el medio encargado de la regulación de las relaciones entre los elementos del espacio. El Derecho, es concebido como: un sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica. 3 Este sistema racional de normas y leyes cumple la función de regular la conducta de los elementos del espacio, por lo tanto, al derecho se le puede ver actuar sobre dos vías, la primera es de forma indirecta ya que establece un marco formal regulatorio, mediante él se formalizan las relaciones entre los elementos del espacio; un ejemplo son las relaciones entre la fuerza de trabajo y el propietarios de los medios de producción, para ello existe un lineamiento basado en leyes y normas para precisar los vínculos laborales. La segunda vía, se encuentra en la mediación y resolución de los conflictos entre los elementos; regresando al ejemplo, cuando surge un problema en una de las partes, el derecho interviene para dar solución al conflicto, a través de las leyes y normas, mismas que son asumidas por las partes como justas. A las leyes y las normas se les puede encontrar en las distintas escalas de las relaciones espaciales, hay leyes internacionales, nacionales, estatales y locales, en cada una de ellas se persiguen fines de regulación de conducta, a pesar de que en ocasiones sean distintas, llevan un mismo propósito que es el fortalecimiento del modo de producción capitalista, discusión que será retomada más adelante. Los derechos contenidos en las leyes internacionales representan un abanico de buenas intenciones y deseos, clara muestra de ello son los Derechos Humanos, en donde se reconoce el derecho a la vida, a la libertad, la igualdad, de circulación, a la propiedad privada, a la de tránsito, de reunión, etcétera; en cada uno de los derechos mencionados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, a pesar de que hay un reconocimiento de relaciones específicas, los derechos son símbolos de representación colectiva. En el plano nacional, los derechos adquieren un papel más tangible, los derechos contenidos en la Constitución son: normas declaras obligatorias por la autoridad, 1 Temis: Diosa griega de la justicia, representada con una espada en una mano y una balanza en la otra. 2 Estudiante del Doctorado de Geografía. 3 Villoro Toranzo, Miguel. Introducción al estudio del derecho. Porrúa, México, 1982, p. 7.

orientadas a la organización del Estado. 4 En este nivel los derechos tienen mayor incidencia en la forma en como se produce el espacio, asumiendo que el espacio es un producto derivado de las relaciones sociales de producción, el derecho va a estar enfocado en regular dichas relaciones; la sociedad, el Estado, la empresa, la infraestructura y el medio ecológico de un espacio determinado mantendrán y transformaran sus relaciones según las posibilidades dadas por las leyes y las normas; es decir, la relación entre la sociedad y el Estado, va a estar dada por lo que la ley omita u obligue, lo mismo sucede en la relación entre el dueño de los medios de producción y la fuerza de trabajo, la ley establece el tipo de pago según el tiempo y tipo de trabajo. Sin embargo, las relaciones sociales de producción no siempre se generan por los causes de la ley, analizando las fases del capitalismo en el tiempo, es evidente que las necesidades del capital van siempre por delante de lo que la ley a letra dice o determina, esto puede ser visto claramente en un recorrido por las fases del capitalismo. Petras y Veltmeyer, 5 reconocen tres periodos en el desarrollo del capitalismo, basados en la relación imperio cliente, el primer período es llamado de dominio limitado, caracterizado por el surgimiento y expansión de los estados nacionalistas, basado en la nacionalización, regulación y protección; además de la promoción internacional del comercio exterior. El segundo período corresponde al neoliberalismo, en donde se da la privatización masiva de la acumulación del Estado; la desnacionalización de la industria y la apertura al libre mercado son los ejes de dominio y control. El tercero, es ubicado a partir del nuevo milenio, en donde todas las llamadas <<conquistas económicas estratégicas>> se encuentran en construcción o reformación gracias al <<nuevo régimen político-legal>>. De acuerdo a la división realizada por Petras y Veltmeyer, el derecho expresado en leyes y normas adquieren connotaciones distintas en cada una de las fases; durante la producción fordista los territorios fueron divididos entre quienes proveían los recursos naturales y quienes los transformaban, en los primeros la calidad de la fuerza de trabajo no fue un factor de importancia, no así la cantidad, por lo que las leyes se encaminaron a dar acceso a la extracción de los recursos; en cambio en los países transformadores, con una industria en crecimiento, la fuerza de trabajo calificada significó una necesidad para el mismo crecimiento y reproducción del capital, de ahí que los derechos tales como el de la educación, salud, libertad de reunión y la representación sindical, hallan tenido su origen y auge en dichos polos industriales. En ambos casos las leyes y normas apuntalaron el sistema productivo y reprodujeron a la fuerza de trabajo. Con la llegada de la flexibilización productiva, se dio paso a un reacomodo de los territorios, espacios excluidos fueron incluidos al proceso productivo y de consumo, en tanto que espacios incluidos fueron excluidos al no ofrecer las condiciones requeridas para obtener mayor acumulación, la rapidez con que fueron dándose las nuevas relaciones productivas fueron siendo subsanadas con la modificación de las leyes, eso en el mejor de los casos, porque en otros los espacios fueron transformándose conforme a las necesidades del capital sin contar con el marco regulatorio de las leyes y las normas, es decir, que las relaciones se dieron violando derechos y garantías de la fuerza de trabajo. En la globalización del neoliberalismo, los territorios son lugares ya sea de extracción, transformación, ensamble, tránsito, distribución y de consumo; cada espacio es elegido 4 Corcuera Cabezut, Santiago. Derecho constitucional y derecho internacional de los derechos humanos. Oxford, México, 2002, p. 7. 5 Petras, James y Veltmeyer, Henry. Imperio con imperialismo. Siglo XXI, México, 2006, p. 81.

según el costos y beneficio que le proporcione al capital, una vez que los beneficios se reducen el capital genera otras relaciones que permiten incrementar sus ganancias incorporando y desincorporando espacios, con o sin leyes que lo formalicen, empero sí un Estado que actúe tolerante a la falta de derecho. Durante esta segunda fase los Códigos y Leyes son ampliamente reformados, la flexibilidad se convierte en el estandarte que rompe las barreras del espacio que ve limitado su desarrollo, el uso del discurso es un factor importante durante la fase del neoliberalismo; las leyes vinculadas al acceso y ejercicio de la salud, la educación, del trabajo, la vivienda, la propiedad, del territorio, etcétera, tuvieron su mayor retroceso en términos del bienestar colectivo, generándose un Estado paralelo de extra legalidad. En el nuevo milenio, la crisis de la legalidad fue adquiriendo formalidad, las conquistas estratégicas del capital se formalizaron mediante la figura del Estado paralelo, en donde se desplazan los requerimiento del capital a sedes extra-legales y extrainstitucionales, gestionados por las burocracias de los partidos y por los lobbies de los negocios, que tienen sus propios códigos de comportamiento ; 6 siendo en esté Estado paralelo el lugar de gestión, la legalidad es un guante que puede ser usado para ejercer el poder sobre la fuerza de trabajo y el resto de los elementos productores del espacio. Según Harvey, [e]l capitalismo, por lo tanto construye y reconstruye una geografía a su propia imagen. Construye un paisaje geográfico específico, un espacio producido por el transporte y comunicaciones, de infraestructuras y organizaciones territoriales, que facilita la acumulación durante una fase de su historia del capital que deberá ser derribado y reconfigurado para abrir camino a más acumulación en una fase posterior. 7 Es decir, que el capital en cualquiera de sus modalidades, construye y reconstruye relaciones que le proporcionan mayor acumulación, empero para poder hacerlo ha requerido del cobijo que le facilita el Estado, quien con la creación y reforma de las leyes y las normas otorga al capital la posibilidad para derribar y reconfigurar los espacios, con ello puede marchar de una fase a otra. De ahí la importancia del Estado, quien mediante los mecanismos de planificación, instituye programas normativos para la producción de nuevas configuraciones geográficas, al hacerlo se convierte en uno de los principales ámbitos para orquestar la producción del espacio, la definición de la territorialidad, la distribución de la riqueza y el bienestar. 8 Por último, los derechos de carácter local representan la opción más tangible para reducir los efectos de las leyes de escala nacional, a pesar de que en México sólo es posible encontrar esté tipo de derechos en comunidades étnicamente diferenciadas, su acceso y ejercicio es asequible a toda la población; las normas regulan las relaciones concretas de una sociedad en particular, en asambleas comunitarias las partes pueden exponer sus diferencias obteniendo resoluciones acorde a su realidad; a pesar de que su impacto es local, los derechos emanados de las localidades reducen los efectos negativos de los derechos de escala nacional. Los derechos fundamentales. El derecho como el espacio geográfico es una construcción, elaborada por los hombres y las estructuras que conforman al Estado. En el campo de los derechos se encuentran los 6 Ferrajoli, Luigi. Derechos y garantías. Trotta, España, 2006, p. 15. 7 Harvey, David. Espacios de esperanza. Akal, Madrid España, 2003, p. 72. 8 Harvey, David. Espacios del capital. Akal, Madrid España, 2007, p. 231.

derechos fundamentales, los cuales están igualmente garantizados para todos y sustraídos a la disponibilidad del mercado y de la política, forman la esfera de los ineludible que y de lo indecidible que no; y actúan como factores no sólo de legitimación sino también y, sobre todo, como factores de deslegitimación de las decisiones y de las no-decisiones. 9 Es decir, los derechos fundamentales son aquellos resguardados para todo ser humano, no están sujetos a las leyes del mercado y a los intereses de la clase política, proporcionan legitimidad a la toma de decisiones, pero también deslegitiman las acciones que van en contra de las personas, los derechos fundamentales se corresponden a los derechos universales reconocidos a todo ser humano. Los derechos fundamentales son satisfechos a través de las garantías, los cuales son reconocidos en: las garantías liberales, al estar dirigidas a asegurar la tutela de los derechos de libertad, consisten esencialmente en técnicas de invalidación o de anulación de los aspectos prohibidos que las violan; las garantías sociales, orientadas como están a asegurar la tutela de los derechos sociales, consisten, en cambio, en técnicas de coerción y/o de sanción contra la omisión de las medidas obligadas que las satisfacen. 10 La diferencia entre las garantías liberales y las garantía sociales, es que las primeras representan a los derechos dirigidos al individuo y en el caso de las garantías sociales personifican de las colectividades; la importancia de las garantías es que son las técnicas previstas por el ordenamiento para reducir la distancia estructural entre normatividad y efectividad, 11 en tanto existan garantías pueden ser asequibles los derechos, sin la existencia de ellas el derecho se convierte en un enunciado de buena voluntad, ya que no existen los medios para hacerlos ejecutables, de ahí la valor de ellas. La libertad y la propiedad son el emblema de las garantías individuales, en ambos casos existen los medios necesarios para ejercerlos, en el caso del derecho a la propiedad se ha llevado su reconocimiento a un plano universal, en donde contrario a lo que pudiera ser las leyes del mercado y la clase política intervienen tanto en el plano legal como en el extra legal para su protección y resguardo. Esto no sucede con los derechos colectivos, los cuales para hacerlos ejecutables, las garantías son limitadas y poco eficaces; para que halla posibilidad de satisfacer los derechos es indispensable la intervención de la clase política, quienes proporcionan mediáticamente las garantías con beneficio de clase, el derechos a la salud, educación, empleo, etcétera, son derechos que todos reconocen su importancia colectiva, en tanto las garantías sociales son limitadas y selectivas, pueden atribuir obligaciones pero no sancionan su omisión; empero contrario a lo expresado las garantías sociales no están sustraídas de las leyes del mercado, frente a la deficiencia y falta de acceso la intervención del mercado para proporcionar educación y salud hace del derecho un acceso y ejercicio de clase y no fundamental o universal. Los derechos fundamentales además de ser universales, son inalienables, indisponible y constitucional; su impacto a escala nacional, cuya satisfacción es condición de la convivencia civil y a la vez causa o razón social de ese artificio que es el Estado. 12 En países denominados soberanos o democráticos, se ha planteado en el discurso el respeto de los derechos fundamentales, al se inalienables ni los individuos como los colectivos pueden renunciar a su derecho, son inscritos en los derechos constitucionales, por lo que 9 Ferrajoli, Luigi. Derechos y garantías. Trotta, España, 2006, p. 24. 10 Ibid., p. 25. 11 Ibid. 12 Ibid., p. 51.

están por encima de cualquier ley de menor rango e incluso del derecho internacional, su tutela le corresponde al Estado. La igualdad jurídica en la desigualdad espacial. Los derechos fundamentales reconocen en principio la igualdad de las personas, el no acceso a los derechos nos lleva al sentido de la desigualdad; por otro lado el espacio geográfico es en principio desigual, por lo tanto sí los espacios son diferenciables, la sociedad que la produce es igualmente diferencial; la sociedad es distinguible bajo los parámetros del género, la edad, el nivel educativo, la condición física, el trabajo que realiza, la clase a la que se pertenece, la cultura, etcétera. No obstante, los derechos fundamentales son reconocidos para el conjunto, estos son accedidos de forma diferencial, según las capacidades desarrolladas de por los individuos y los colectivos, en donde también interviene el Estado, quien desempeña acciones distintas acorde a la clase política, no son las mismas políticas públicas en países como Bolivia con la presidencia de Evo Morales, que con el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada; por otro lado el poder de dominio y control de la clase financiera y empresarial, determina en gran medida la existencia de garantías que posibiliten el ejercicio de los derechos, la empresas cigarreras evitarán el decreto de garantías de salud si éstas van en contra de su estadía y crecimiento. El desarrollo geográfico diferencial sienta las bases para que los derechos asuman a una población desigual con igualdad, es por ello que los derechos son accedidos y ejercidos de pendiendo de la brecha entre las clases; lo idóneo seria que el derecho contemplara las diferencias de la sociedad y por consiguiente del espacio, se reconocerían las diferencias entre la habitante indígena veracruzana y a la citadina universitaria, las trabajadoras de las maquilas de Ciudad Juárez, las consumidoras del centro comercial Santa Fe de la ciudad de México. Sin embargo la libertad e igualdad, garantías liberales accesibles a toda persona, son utilizadas por los dueños del capital para igualar salarios, tipo de trabajo, responsabilidad, uso de la fuerza, rendimiento y elección; en tanto que los de educación, salud, empleo, vivienda, asociación, reunión, representación, etcétera, garantías sociales, serán factores puestos en una balanza, en donde lo que se busca es la acumulación de capital, de acuerdo al derecho será la potencialidad de la acumulación, en aquellos territorios en donde la educación ofertada es técnica, las industrias armadoras buscaran un lugar para instarse, empero la presencia y ejecución del derecho a la organización sindical reduce la potencialidad del espacio según las necesidades de la empresa. La libertad, la igualdad y la democracia son derechos constantemente referidos como estandartes del nuevo milenio, no obstante cada concepto trae implícito acciones y medidas que fortalecen la expansión de los espacios capitalistas. Los espacios están puestos sobre una balanza la cual no está sostenida por Temis, sino que está sostenida por la mano del capital, en aquellos espacios en donde los derechos sean manipulables o se actué de forma extralegal, el capital destinará mayor inversión con el fin de multiplicarlo, para nuevamente medir un espacio y otro, generando el desarrollo geográfico desigual. Conclusión Analizar el desarrollo de los espacios locales nos lleva a tomar en cuenta los marcos jurídicos que intervienen en su regulación, atender el desarrollo de la clase dentro de un espacio circunscrito que cuando se observa más de cerca, resulta ser un espacio incluido en el espacio internacional de flujos de capital, trabajo, información, etc., y que a su vez

comprende innumerables espacios más pequeños, cada uno con sus propias características regionales o incluso locales. 13 Como bien advierte Harvey, el proceso de la globalización neoliberal es un proceso de desarrollo temporal y geográfico desigual ; 14 los espacios están sometidos a desarrollos temporales, mientras que unos ganan otros pierden, unos generan riqueza y otros pobreza, son desarrollos espacio temporales determinados por la fuerza de trabajo, el tipo de intervención del Estado, no es lo mismo la fuerza de trabajo parisina que la ocupada en Bangladesh, las diferencias están dadas según el trabajo a desempeñar, la dispersión a escala mundial de la fuerza de trabajo de una misma empresa reduce las capacidades para la organización, la flexibilidad laboral ofrecida, la oferta en contra posición con su costo, el género de la fuerza de trabajo a emplear, la conciencia de clase y cantidad; la alianza entre territorios, se aniquilan con la competitividad de captar el capital inversor. La reducción del estado para generar ya no las condiciones necesarias para elevar la calidad de vida de la población, sino para generar de espacios propicios para la inversión, estas condiciones favorables están estrechamente enlazadas con la reforma del Estado, en donde se promueven las ventajas de la inversión privada y las desventajas del proteccionismo, el libre mercado y el consumo. La balanza de Temis, sostiene los espacios sociales, con un mismo modo de producción y relación productiva, empero con sociedades y Estados distintos, la inclinación de la balanza está dada por la flexibilidad ofertada al capital, adquiriendo mayor peso el espacio en donde sus leyes y/o normas, junto con las garantías se traduzcan en mayor acumulación, el espacio perdedor es en donde los derechos y garantías sean de acceso y ejercicio para la sociedad. 13 Harvey, David. Espacios de esperanza. Akal, Madrid España, 2003, p. 74. 14 Ibid., p. 79.