INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE QUEJAS Y DENUNCIAS. I. El formato deberá ser llenado preferentemente a máquina o con letra de molde legible. II. En el número (1) deberá anotar su nombre completo y apellidos; en el número (2), deberá especificar el número de la casa, en el número (3) el nombre de la calle y en el número (4) el nombre de la colonia que señale para oír y recibir notificaciones de la Ciudad de Guanajuato, Gto. En caso de que no especifique domicilio en la Ciudad de Guanajuato, Gto., las notificaciones se le realizarán por medio de los estrados de la Contraloría, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato, de aplicación supletoria de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. III. En el número (5) deberá especificar el nombre completo y apellidos del servidor público contra quien se presenta la queja o denuncia, y en el número (6), la dirección completa de la oficina electoral donde presta sus servicios el servidor público a quien se le atribuyen las irregularidades administrativas. IV. En el apartado de HECHOS, deberán describirse cronológicamente los hechos que se consideren imputables al Servidor Electoral y que sean motivo de probable responsabilidad administrativa, debiendo en todo caso, precisar las circunstancias de lugar, modo y tiempo en que se suscitaron, así como las pruebas que se tengan al respecto; y en su caso, los daños ocasionados a los intereses o patrimonio del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, o a terceros. 1
V. En el apartado de PRUEBAS, si así lo considera, podrá señalar entre otras las siguientes: a) Documentales públicas, entendiéndose por éstas todos los documentos expedidos por las autoridades en el ejercicio de sus funciones, o los expedidos por quienes estén investidos de fe pública, de acuerdo con la ley. b) Documentales privadas, serán todos aquellos documentos que no reúnen las condiciones previstas para los documentos públicos. c) Las técnicas, que son todos aquellos medios de reproducción de imágenes y sonidos que tengan por objeto crear convicción en el juzgador acerca de los hechos controvertidos. En estos casos deberá señalar concretamente aquello que pretende probar, identificando a las personas, los lugares y las circunstancias de modo y tiempo que produce la prueba. d) La presuncional legal y humana, entendiendo por la primera de ellas la que es consecuencia de la ley, y la segunda es la que se deriva de un hecho conocido debidamente probado para averiguar la verdad de otro desconocido. Así como cualquier otra prueba que contemple el artículo 96 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato, de aplicación supletoria de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. Si no es posible adjuntar la documentación o los medios probatorios que acrediten la falta administrativa del servidor público, deberá señalar la instancia administrativa donde se encuentren, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de 2
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. VI. En la parte final del escrito en la línea correspondiente, anotará el lugar, día, mes y año en que se presente, y finalmente en la última línea, escribirá su nombre completo y apellidos, estampando su firma. 3
FORMATO DE QUEJAS Y DENUNCIAS C. Ing. José Refugio Lozano Loza Presidente de la Contraloría del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato P r e s e n t e. (1), señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, la casa marcada con el número (2), de la Calle (3), Colonia (4), en esta Ciudad de Guanajuato, Gto., comparezco ante usted, para manifestar lo siguiente: Que vengo por medio de este escrito a hacer del conocimiento de este Órgano de Control Interno las irregularidades administrativas que considero han sido cometidas en el ejercicio de sus funciones por el Servidor Público (5), quien presta sus servicios en la oficina electoral que tiene su domicilio en (6), ya que con su conducta le puede resultar responsabilidad administrativa, tomando en consideración los siguientes: HECHOS 4
Para acreditar lo manifestado, ofrezco las siguientes PRUEBAS 5
Por lo anteriormente expuesto a Usted C. Presidente de la Contraloría, respetuosamente le solicito: ÚNICO. Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, para se determine si los hechos que han quedado precisados constituyen probables responsabilidades administrativas, que den motivo a la instauración del procedimiento de responsabilidad administrativa en contra del servidor público denunciado. A T E N T A M E N T E Guanajuato, Gto., de de (Nombre y firma del denunciante o quejoso) 6