Resolución No. 0020 (26 de marzo de 2015) El RECTOR DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CERVANTINA SAN AGUSTÍN, En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Estatuto General de la Fundación Universitaria Cervantina San Agustín, y; Considerando Que mediante Resolución No. 3600 del 2 de junio de 2009 se reconoció personería jurídica a la Fundación Universitaria Cervantina San Agustín. Que el Consejo Directivo en uso de sus facultades legales y estatutarias en especial con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo26 del Estatuto General, Que en sesión del Consejo Académico de la Fundación Universitaria, llevado a cabo el día 19 de marzo de 2015, la vicerrectoría Académica presentó solicitud formal para reglamentar el requisito de grado contemplado en el reglamento estudiantil, Título V, Capítulo 1, artículo 60 y numeral 2, que a la letra dice: Suficiencia de un segundo idioma. El Consejo Académico reglamentará lo relativo a la certificación de aprobación del nivel del segundo idioma
Que se requiere de manera prioritaria precisar los alcances del requisito suficiencia en un segundo idioma y definir un plan de transición para lograr su implementación y cumplimiento. Que con fundamento en lo expuesto, Resuelve Artículo 1. Aprobar la Reglamentación e implementación del requisito de grado suficiencia en un segundo idioma según los siguientes lineamientos: 1. Definir como requisito de grado que todos los estudiantes deberán haber alcanzado como mínimo suficiencia en un segundo idioma Nivel B2 en lengua extranjera inglés, según los estándares del Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas. 2. Definir de manera progresiva en el tiempo la implementación de la exigencia del requisito de grado, así: a. Estudiantes que culminen la totalidad de su plan de estudios en diciembre de 2015, se exigirá como requisito de grado los Nivel A1 y A2 en lengua extranjera Inglés, mediante la aprobación de los exámenes YLE Examen (Young Learners English Test) equivalentes a Breakthrough 1,2,y3 y KET Examen (Key English Test) A2 igual a Waystage 1,2, y 3 según los estándares del Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas. Llamados en la institución Básico I, Básico II, Básico III y Pre- Intermedio I, Pre-Intermedio II y Pre-Intermedio III (A2) distribuidos en 144 horas cada curso (48 horas presenciales y 96 horas de trabajo autónomo) para un total 864 horas.
b. Estudiantes que culminen la totalidad de su plan de estudios en diciembre de 2016, se exigirá como requisito de grado los Niveles A1, A2 y B1 en lengua extranjera Inglés, mediante la aprobación de los siguientes exámenes YLE Examen (Young Learners English Test) equivalentes a A1 igual a Breakthrough 1,2,y3, KET Examen (Key English Test) A2 igual a Waystage 1,2, y3 el PET Examen (English Preliminary English Test)B1 igual a Threshold 1,2, y3 según los estándares del Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas. Llamados en la institución Básico I, Básico II y Básico III (A1), Pre-Intermedio I, Pre- Intermedio II y Pre-Intermedio III (A2) y Intermedio I, Intermedio II y Intermedio III (B1) distribuidos en 144 horas cada curso (48 horas presenciales y 96 horas de trabajo autónomo) para un total 1296 horas. c. Estudiantes que culminen la totalidad de su plan de estudios en diciembre de 2017, y de ahí en adelante, se exigirá como requisito de grado los Niveles, A1,A2, B1 y B2 mediante la aprobación de los siguientes exámenes equivalentes a YLE Examen (Young Learners English Test) A1 igual a Breakthrough 1,2,y3, KET Examen (Key English Test) A2 igual a Waystage 1,2, y3 el PET Examen (English Preliminary English Test) B1 igual a Threshold 1,2, y3 y FCE (First Certificate in English) B2 igual a Vantage 1, Vantage 2, Vantage 1 y Conversation FCE (Preparación para el First Certificate in English) según los estándares del Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas. Llamados en la institución Básico I, Básico II, Básico III (A1), Pre-Intermedio I, Pre-Intermedio II, Pre-Intermedio III (A2) Intermedio I, Intermedio II, Intermedio III (B1), y Avanzado I, Avanzado II, Avanzado III y Conversation (B2), distribuidos en 144 horas cada curso ( 48 horas presenciales y 96 horas de trabajo autónomo) para un total 1872 horas.
3. La Escuela de Lenguas de la Fundación Universitaria Cervantina ofrecerá de manera permanente los niveles de inglés para que los estudiantes puedan cumplir con este requisito, de igual manera los estudiantes que deseen cursar los niveles de inglés por fuera de la institución deberán certificar la competencia en Lengua Extranjera inglés de instituciones avaladas por la Secretaría de Educación y de amplia trayectoria en el medio educativo. Los estudiantes que vengan de instituciones que no cumplan con este criterio y requisito, deberán presentar y aprobar adicionalmente un examen diseñado por La Escuela de Lenguas Unicervantina, para validar las competencias adquiridas; al igual que los estudiantes que presenten certificaciones de estudios cursados después de transcurrido dos años de su realización. Parágrafos: 1.Dado el caso que el estudiante tenga suficiencia en Lengua Extranjera inglés, pero no posea y no pueda obtener la certificación respectiva, podrá por Una Sola Vez, presentar el Examen de Suficiencia o Proficiency Test al nivel que solicite A1,A2,B1 o B2, con previa cancelación de los derechos económicos respectivos. El resultado obtenido será tenido en cuanta para el cumplimiento o no del requisito de grado. 2. Los estudiantes podrán presentar por Una Sola Vez, el Examen de Clasificación o Placement Test, el cual no tiene costo para el estudiante. El resultado obtenido será tenido en cuenta para determinar el nivel de competencia, el cumplimiento o no del requisito de grado y dado el caso que no se alcance el nivel mínimo requerido para grado, determinará los niveles que el estudiante deberá cursar y aprobar para alcanzar el nivel exigido. 3. El estudiante podrá cursar los niveles requeridos en la escuela de lenguas de UNICERVANTINA, o en cualquier otra entidad calificada, asumiendo los costos que ello implica. En este segundo caso, al
presentar el certificado de cumplimiento se acogerá a lo definido en líneas anteriores. 4.En el caso de estudiantes de transferencia de la Fundación Universitaria San Martín, en cuyo plan de estudios estén incluidos niveles de inglés, que culminen sus estudios en la vigencia 2015, y en su programa de origen haya cursado y aprobado todos los niveles incluidos en el plan de estudios, se realizará la validación equivalente al nivel de competencia en segundo idioma de que trata está resolución, siempre y cuando el estudiante con ello tenga una suficiencia mínima equivalente al Nivel A2. Artículo 2. Disponer las acciones administrativas para notificar e implementar esta resolución, los Exámenes de Suficiencia y de Clasificación a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D.C, a los veintiséis (26) días del mes de Marzo de 2015. P. GREGORIO TOMAS ROMAN, O.S.A. Rector Representante Legal.