PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE AUTOMOCIÓN DE LOS VEHICULOS DEL AYUNTAMIENTO Y DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS De conformidad con lo dispuesto en los arts. 100 y 101 del la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se establecen las siguientes prescripciones técnicas. 1º.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es el suministro de combustible de automoción para los vehículos titularidad del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos y Empresas Municipales Dependientes, incluyendo a las siguientes empresas municipales dependientes: Empresa Pública de Servicios del Ayuntamiento de Los Realejos S.L (REALSERV) (CIF: B38766317). Empresa Pública de Aguas del Ayuntamiento de Los Realejos S.L. (AQUARE) (CIF: B38766309). Empresa de Medios de Comunicación Municipal de Los Realejos S.L. (RADIO REALEJOS) (CIF: B38448064). El objeto del contrato se prestará de conformidad con las prescripciones técnicas, para cada una de los siguientes lotes: LOTE I.- COMBUSTIBLE DE VEHICULOS DEL AYUNTAMIENTO DE LOS REALEJOS: suministro de combustible de automoción para los vehículos con características de turismo, industriales o motocicletas, en sus variantes de gasóleo y gasolina (Gasolina sin plomo 95 y 98 octanos, así como gasolina super). PRESUPUESTO DE LICITACIÓN DEL LOTE I: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 Euros) IGIC liquidado tipo cero (0%). LOTE II.- COMBUSTIBLE DE VEHICULOS DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS: Dentro de este lote se incluye el suministro de combustible de gasóleo necesario para el funcionamiento de la caldera de la piscina municipal (situada en Calle San Isidro nº 42 Los Realejos), que se suministrará en las condiciones previstas en el pliego técnico y con cargo al presupuesto que se indica para la Empresa Pública de Servicios del Ayuntamiento de Los Realejos, asimismo se incluye el suministro de combustible de automoción para los vehículos con características de turismo, industriales o motocicletas, en sus variantes de gasóleo y gasolina (Gasolina sin plomo 95 y 98 octanos, así como gasolina super). PRESUPUESTO DE LICITACIÓN TOTAL DEL LOTE II: CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS (55.650,00 Euros) IGIC liquidado tipo cero (0%), desglosado en los siguientes importes 1
Empresa Pública de Servicios del Ayuntamiento de Los Realejos Empresa Pública de Aguas del Ayuntamiento de Los Realejos Empresa Pública Medios de Comunicación Municipal (Radio Realejos) 46.500,00 Euros 9.000,00 Euros 150,00 Euros 2º.- CARACTERÍSTICAS DE LOS COMBUSTIBLES La empresa que resulte adjudicataria del presente contrato tendrá la obligación de facilitar el repostaje de los combustibles que se indican a todos los vehículos municipales y maquinarias propiedad del Ayuntamiento y de las Empresas Municipales dependientes según cada caso: A) Gasolina para automoción (Gasolina super 97 octanos, gasolina sin plomo 98 octanos, gasolina sin plomo 95 octanos). B) Gas-oil para automoción (clase A) (con número de cetano y distintos tipos de los existentes en el mercado). Los productos objeto de la licitación no serán diferentes o distintos de aquellos que se expendan en las estaciones de servicio para su consumo en general, ni incumplirán las normas o preceptos legales específicos que permitan su venta normal al público. Cada producto a suministrar se ajustará en todo momento a las especificaciones técnicas de los gasóleos de automoción y de las gasolinas previstas en el Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se fijan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo, se regula el uso de determinados biocarburantes y el contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo, o la normativa correspondiente que en su momento se encuentre en vigor. 3º.- PRECIO Las empresas, en sus ofertas económicas, indicarán el porcentaje de descuento por litro suministrado en cada tipo de combustible sobre el precio de venta al público vigente en cada momento. El precio se establecerá en Euros/litros con tres decimales y entiende que en el mismo están incluidos todos los impuestos legalmente aplicables. El precio de cada uno de los productos será el resultante de aplicar el descuento ofertado por la empresa adjudicataria, en términos porcentuales, a los precios de venta al público en el surtidor en el momento del suministro, para lo cual la empresa adjudicataria deberá comunicar con antelación a la Administración Municipal todo cambio que experimenten los precios de los combustibles, tanto al alza como a la baja, que deberán coincidir de acuerdo con los precios reflejados en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Geoportal: http://geoportal.mityc.es/hidrocarburos/), así como las ofertas y promociones puntuales que se realicen. En caso de que por parte de la empresa adjudicataria se llevase a cabo cualquier promoción de sus productos mediante descuentos especiales superiores a la oferta presentada en este concurso, se aplicará, automáticamente y durante el tiempo de la misma, el descuento de dicha promoción, siempre que en virtud de ésta el precio a abonar resulte inferior al fijado como consecuencia del presente concurso. 2
4º.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Son criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato los siguientes, por orden decreciente de importancia con arreglo a la siguiente ponderación: Las ofertas presentadas respecto del LOTE NÚMERO UNO se valorarán conforme a los criterios de adjudicación que a continuación que se exponen por orden decreciente de importancia: CRITERIOS 1) Proposición económica: Descuento gasóleo tipo A (habitual) (máximo 50 puntos) Descuento gasolina sin plomo 98 (máximo 10 puntos) Descuento gasolina sin plomo 95 (máximo 10 puntos) PUNTUACIÓN 70 PUNTOS 2) Tarjetas de control de suministro 30 PUNTOS Valoración de los criterios de adjudicación: 1) Proposición económica: Mayor descuento ofertado sobre el precio de venta al público de todos los combustibles en el surtidor en el momento del suministro (con tres decimales). En las cantidades resultantes de la aplicación del descuento correspondiente se entenderán incluidos la totalidad de los gastos e impuestos correspondientes. Las propuestas económicas se clasificarán atendiendo al descuento más alto, según el siguiente desglose: Descuento gasóleo tipo A (habitual) (máximo 50 puntos) Descuento gasolina sin plomo 98 (máximo 10 puntos) Descuento gasolina sin plomo 95 (máximo 10 puntos) Y, según el siguiente criterio: a la oferta más ventajosa le corresponderá la máxima puntación. Al resto de las ofertas se le asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan, de acuerdo con la siguiente fórmula: ( PM * Di) Pi =, MD Donde: i = 1 2, 3,. Pi = Puntuación de cada oferta PM = Puntuación máxima Di = Descuento de la oferta que se pretende puntuar MD = Mayor descuento de las ofertas presentadas Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal. 2) Tarjetas de control de suministro: se valorará con treinta (30) puntos aquellas proposiciones que oferten el uso de tarjetas de control de suministro, siempre que se ajusten a las características establecidas en la cláusula 7.2 del pliego de prescripciones técnicas particulares. En caso contrario se valorará con cero puntos este criterio. 3
Las ofertas presentadas respecto del LOTE NÚMERO DOS se valorarán conforme a los criterios de adjudicación que a continuación que se exponen por orden decreciente de importancia: CRITERIOS 1) Proposición económica: Descuento gasóleo tipo A (habitual) (máximo 40 puntos) Descuento gasolina sin plomo 98 (máximo 10 puntos) Descuento gasolina sin plomo 95 (máximo 10 puntos) 2) Precio del suministro de combustible para el consumo de gasóleo en la piscina municipal PUNTUACIÓN 60 PUNTOS 25 PUNTOS 3) Tarjetas de control de suministro 15 PUNTOS Valoración de los criterios de adjudicación: 1) Proposición económica: Mayor descuento ofertado sobre el precio de venta al público de todos los combustibles en el surtidor en el momento del suministro (con tres decimales). En las cantidades resultantes de la aplicación del descuento correspondiente se entenderán incluidos la totalidad de los gastos e impuestos correspondientes. Las propuestas económicas se clasificarán atendiendo al descuento más alto, según el siguiente desglose: Descuento gasóleo tipo A (habitual) (máximo 40 puntos) Descuento gasolina sin plomo 98 (máximo 10 puntos) Descuento gasolina sin plomo 95 (máximo 10 puntos) Y, según el siguiente criterio: a la oferta más ventajosa le corresponderá la máxima puntación. Al resto de las ofertas se le asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan, de acuerdo con la siguiente fórmula: ( PM * Di) Pi =, MD Donde: i = 1 2, 3,. Pi = Puntuación de cada oferta PM = Puntuación máxima Di = Descuento de la oferta que se pretende puntuar MD = Mayor descuento de las ofertas presentadas Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal. 2) Precio del suministro de combustible para el consumo de combustible para la piscina municipal: se valorará con veinticinco (25) puntos aquellas proposiciones que oferten el suministro de combustible necesario para el funcionamiento de la caldera de la piscina municipal, situada en la Calle San Isidro nº 42 Los Realejos. (Se estima que el volumen de combustible a suministrar anualmente por este concepto asciende según cálculos orientativos a 28.000 litros/gasóleo, condicionado a las necesidades reales de consumo por este concepto, no quedando obligada la empresa Realserv a consumir la totalidad de la cantidad de los litros previstos) 4
3) Tarjetas de control de suministro: se valorará con quince (15) puntos aquellas proposiciones que oferten el uso de tarjetas de control de suministro, siempre que se ajusten a las características establecidas en la cláusula 7.2 del pliego de prescripciones técnicas particulares. En caso contrario se valorará con cero puntos este criterio. 5º.- DURACIÓN DEL CONTRATO. La duración del contrato será por el período de UN AÑO, desde la formalización del mismo. No obstante, este contrato podrá ser prorrogado por acuerdo de la Administración por otro plazo de un año, y previa solicitud del contratista en un plazo inicial de tres meses antes de la finalización del plazo del contrato. 6º.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad anual de OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS (80.650,00 Euros), desglosada en los siguientes importes: ENTIDAD PRESUPUESTO Ayuntamiento de Los Realejos 25.000,00 IGIC tipo 0% Realserv 46.500,00 IGIC tipo 0% Aquare 9.000,00 IGIC tipo 0% Radio Realejos 150,00,IGIC tipo 0% Las entregas de petróleo y de los productos derivados de su refino, están sujetas al tipo impositivo 0% del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1.1º p) de la Ley 20/1991, de 7 de junio de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. El valor estimado del contrato calculado en la forma prevista en el artículo 76.1 de la LCSP asciende a la cantidad de 161.300,00 Euros. El precio se abonará con cargo a la partida correspondiente Presupuesto Municipal de 2011 y de la Empresa Pública de Servicios del Ayuntamiento de Los Realejos, de Aguas del Ayuntamiento de Los Realejos y Medios de Comunicación Municipal de Los Realejos. 7º.- FORMA DE EFECTUAR EL SUMINISTRO 7.1. La empresa que resulte adjudicataria del presente contrato tendrá la obligación de atender a todos y cada uno de los vehículos, maquinarias y suministro especiales municipales, en todas las estaciones de servicio detalladas en su oferta. Es requisito imprescindible que la empresa adjudicataria tenga al menos una estación de servicio en el término municipal de Villa de Los Realejos, y que ésta se encuentre abierta, de lunes a domingo de 7:00 a 22:00 horas y permita la accesibilidad a vehículos pesados y especiales, dadas las características del presente contrato. El repostaje se deberá realizar por el personal de la estación de servicio. 5
7.2. Se valorará como mejora el que el adjudicatario incorpore, sin coste alguno para la administración, un sistema de control de tarjeta de banda magnética o similar con las siguientes características: Las tarjetas se confeccionaran, conforme a las normas correspondientes, con el diseño e imagen apropiada y suficiente dificultad de falsificación. Será única y codificada para cada vehículo, y no podrá ser utilizada para pagos o fines distintos al respotaje de carburante. Contendrá los siguientes datos; Compañía suministradora, número de tarjeta, fecha de caducidad y matrícula del vehículo autorizado. El Ayuntamiento de Villa de Los Realejos determinará a qué Servicio o Área está asignado cada una de las tarjetas, de cara a la agrupación para la facturación. En cada repostaje en que se utilice la tarjeta magnética la Estación de servicio donde se efectúe formalizará por duplicado un recibo del producto repostado en el que figurarán los datos siguientes: Compañía suministradora, razón social, C.I.F. y dirección de la Estación de Servicio, número de la tarjeta utilizada, fecha y hora del suministro, producto repostado y cantidad en litros, precio del litro e importe total. Un ejemplar de este recibo quedará en poder del conductor del vehículo y el otro en la propia estación suministradora, debiendo constar en ambos la firma del expendedor y del funcionario o empleado que reposta. La empresa adjudicataria facilitara tarjetas comodines para el repostaje de suministro especiales (combustibles para grupo electrógenos, etc). El Ayuntamiento de Villa de Los Realejos autorizará la confección de las mismas fijando su número y servicio a que se asigna cada una. La empresa deberá, en este caso, suministrar a domicilio carburante (Gasóleo A) para el repostaje de los grupos electrógenos de dependencias municipales, sin coste alguno para la administración. Para dicho servicio deberá emplear los medios que se establezcan legalmente para el transporte de estos productos. La empresa adjudicataria aportará un medio de control del kilometraje de los vehículos en el momento de repostar. Asimismo, comprobará que la matrícula del vehículo a repostar coincide con la consignada en la tarjeta, de forma fiable. El Ayuntamiento de Los Realejos, por medio de la Unidad de Patrimonio o en su caso, por el responsable de las Empresas Públicas, comunicará a la empresa adjudicataria las solicitudes de nuevas tarjetas por alta de vehículos y en su caso, las bajas en el suministro por baja del vehículo o perdida/sustracción de la tarjeta. 8. FORMA DE PAGO. La forma de pago será mensual y se efectuará de la siguiente forma: Se emitirá factura mensual por separado para cada Entidad pública ( Ayuntamiento, Realserv, Aquare y Radio Realejos) e información individualizada por matricula del vehículo o máquina, reflejando EESS o gasolinera, fecha del suministro, hora, litros y tipo de combustible, importe en euros y los kilómetros del vehículo que figuren en el momento de repostar, así como el descuento ofertado. El adjudicatario remitirá, con la periodicidad que se convenga y en tiempo real (vía Internet, telemática, etc.), a través de las personas que se designen, documentación en la que se indiquen los suministros realizados por los diferentes Servicios o Áreas, como mínimo en soporte informático, hoja de calculo, base de datos o papel impreso. 6
Los responsables del servicio de cada Servicio o Área conformarán dichas facturas si el suministro ha sido satisfactorio. 9º.- PARQUE MÓVIL MUNICIPAL Y LUGAR DE ENTREGA Las empresas licitadoras deberán disponer de una Estación de Servicios ubicada en el municipio de Los Realejos. Las empresas que concurran a este concurso acompañaran relación de todas las estaciones de servicio donde podrán repostar los vehículos, indicando expresamente la denominación comercial, domicilio social, población, provincia y cuantos datos de identidad puedan ser de interés. El repostaje de carburante se realizará en las estaciones de servicio ofertadas y el suministro especial dirigido a la caldera de la piscina municipal deberá realizar en las dependencias de esta instalación situada en Calle San Isidro nº 42 Los Realejos. 10º.- PÓLIZA DE SEGURO La empresa adjudicataria deberá presentar, previo al comienzo efectivo del servicio, una copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 Euros, así como el recibo de estar al corriente en el pago de la prima. 11º.- VOLUMEN DE COMBUSTIBLE A SUMINISTRAR Se estima que el consumo de combustible objeto de facturación durante el primer año del contrato será estimativamente de: GASOIL GASOLINA Ayuntamiento de Los Realejos 18.000,00 16.000,00 Realserv 100.000,00 31.446,30 Aquare 6.822,89 5.192,54 Radio Realejos 214,00 0,00 TOTAL 125.036,89 52.638,84 Este gasto tiene carácter orientativo y estará condicionado a las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no quedará obligada a adquirir un determinado número de litros de combustible de ningún tipo de combustible de los que figuran en el presente Pliego ni a consumir la totalidad de la cantidad de los litros previstos. ---ooo--- 7