IP/08/1276 Bruselas, 28 de agosto de 2008 Precios de la itinerancia: llamar a casa se abaratará una vez más, pero (todavía) no el envío transfronterizo de mensajes de texto El 30 de agosto se abaratará hacer o recibir llamadas mientras se viaja por el extranjero dentro de la UE. El precio máximo de las llamadas en itinerancia (la eurotarifa) fijado por la UE en 2007 bajará de 0,49 a 0,46 euros por minuto (sin IVA) al hacer llamadas y de 0,24 a 0,22 euros por minuto (sin IVA) al recibirlas mientras se viaja por otro país de la UE. Estas bajadas de precios son el resultado del Reglamento comunitario sobre la itinerancia, propuesto por la Comisión Europea en 2006 para contener los precios excesivos de la itinerancia que tenían que pagar los consumidores por sus llamadas en itinerancia (una media de 1,15 euros por minuto en esa época [IP/06/978]). El Reglamento comunitario sobre la itinerancia, que expirará en 2010, se está revisando en la actualidad. A raíz de una petición específica del Parlamento Europeo, la Comisión propondrá antes de acabar 2008 si se amplía o no el Reglamento en cuanto a su período de validez y a su ámbito de aplicación. Las cifras publicadas por los reguladores nacionales de las telecomunicaciones este verano han revelado que los precios de los mensajes de texto y los servicios de los datos en itinerancia siguen siendo injustificablemente altos (IP/08/1144). Viviane Reding, Comisaria de Telecomunicaciones de la UE, ha declarado lo siguiente: «El Reglamento comunitario sobre la itinerancia se promulgó con el propósito de que los europeos pudieran ejercer su derecho a la libertad de expresión con sus teléfonos móviles sin tener que temer unas facturas excesivas en el mercado único. Como consecuencia, más de 400 millones de consumidores de toda Europa han podido conseguir unos grandes ahorros cifrados en alrededor del 60 % al hacer y recibir llamadas durante sus viajes, vacaciones o negocios. La nueva reducción de la eurotarifa realizada el 30 de agosto reafirmará la tendencia hacia unos precios de la itinerancia más bajos. Ahora lo que queda es hacer realidad el mercado único para los mensajes de texto y los servicios de datos en itinerancia. Cuento con la Presidencia francesa y con el Parlamento Europeo para ayudar a la Comisión a solucionar este problema muy pronto». Las bajadas de precios introducidas el 30 de agosto para las llamadas en itinerancia se aplicarán en los 27 Estados miembros. Los índices revisados válidos para los Estados miembros que no han adoptado el euro (Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, Rumanía, Suecia y el Reino Unido) se calcularán utilizando el tipo de cambio del euro a 30 de julio de 2008. En Eslovaquia, que adoptará el euro el año que viene (véase IP/08/1183), ese tipo de cambio se aplicará durante un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2008. A partir del 1 de enero de 2009, la eurotarifa se aplicará en Eslovaquia con el tipo de cambio del euro predominante.
Conforme al Reglamento comunitario vigente sobre la itinerancia, los precios de las llamadas en itinerancia bajarán una última vez el 30 de agosto de 2009 a 0,43 euros por minuto al hacer llamadas y a 0,19 euros por minuto al recibirlas mientras se esté en otro país de la UE. Conforme a las peticiones del Parlamento Europeo y el Consejo, la Comisión Europea está revisando actualmente el Reglamento sobre la itinerancia. Las cifras recientes de los reguladores nacionales de las telecomunicaciones indican que la competencia sigue siendo demasiado limitada por debajo de los precios máximos. Sobre la base de un análisis de costes independiente y teniendo en cuenta la caída de las tasas de terminación, los reguladores nacionales también han calculado que los límites de precios acordados por el Parlamento Europeo y el Consejo en el Reglamento comunitario vigente sobre la itinerancia son aproximadamente 0,08 euros por minuto demasiado altos, tanto al por mayor como al por menor. Las cifras también demuestran que los consumidores están pagando actualmente un 24 % más que los minutos utilizados efectivamente para hacer llamadas, y un 19 % por las llamadas recibidas. Los reguladores nacionales también recomiendan la regulación de la venta al por mayor y al por menor en materia de los mensajes de texto en itinerancia en un Reglamento sobre la itinerancia revisado, de manera que el precio al consumo máximo se sitúe entre 0,11 y 0,15 euros por mensaje de texto en itinerancia (sin IVA). Por último, un nuevo informe del grupo de entidades reguladoras europeas, el grupo que reúne las 27 entidades reguladoras nacionales de la UE, informe que se dio a conocer el pasado 12 de agosto, revela que el coste de la itinerancia de los datos es todavía muy alto para muchos consumidores. En el primer trimestre de 2008, un cliente usuario de los servicios de datos pagó por término medio 2,05 euros por megaocteto en itinerancia con empresas del grupo de su operador y 5,40 euros por megaocteto en itinerancia con empresas no pertenecientes a dicho grupo. Los consumidores italianos y eslovacos en itinerancia que utilizan los servicios de una empresa de fuera del grupo pueden llegar a pagar hasta 12 euros por megaocteto. Se prevé que la Comisión adoptará una decisión sobre todos estos asuntos en las próximas semanas. Antecedentes El Reglamento comunitario vigente sobre la itinerancia (IP/07/870) limita el importe que los operadores pueden cobrar a sus clientes por las llamadas vocales en itinerancia en otros países de la UE (eurotarifa). Este Reglamento entró en vigor el 30 de junio de 2007 e introdujo unos precios límite de 0,49 euros por minuto al hacer llamadas y de 0,24 euros por minuto al recibirlas en el extranjero. El Reglamento sobre la itinerancia se limita a las llamadas vocales y expira el 30 de junio de 2010 a menos que, previa propuesta de la Comisión, el Parlamento Europeo y el Consejo decidan prorrogar su validez después de esa fecha. La Comisión debe proceder a su revisión e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo en 2008. 2
Para más información: http://ec.europa.eu/roaming Véase IP/07/1445 Informes de referencia sobre la itinerancia del grupo de entidades reguladoras europeas: Enero de 2008: IP/08/58 http://www.erg.eu.int/doc/publications/erg_07_85_intl_roaming_rep.pdf Agosto de 2008: http://erg.ec.europa.eu/doc/publications/erg_08_36_intern_roam_rep_080812.pdf Consulta pública sobre la revisión del Reglamento comunitario sobre la itinerancia: IP/08/718 http://ec.europa.eu/information_society/activities/roaming/index_en.htm 3
Annex ERG benchmark data report for roaming voice calls (August 2008) 4
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