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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE VA A REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES DE ARRÚBAL. I) OBJETO DEL SERVICIO A CONTRATAR 1.1.- Objeto. Todas las operaciones de conservación y mantenimiento de parques, jardines, zonas verdes y otras zonas públicas del municipio de Arrúbal se ejecutarán de acuerdo con las especificaciones técnicas contenidas en este pliego, así como con las normas dimanantes de la buena práctica y ejecución de los trabajos de jardinería y forestal y de las instrucciones del responsable del contrato o del Técnico Municipal. Los parques, jardines, zonas verdes y otras zonas públicas del municipio de Arrúbal a que se ha de extender el servicio de conservación y mantenimiento son los que a continuación se indican: Piscinas municipales de Arrúbal, Parque anexo a las piscinas, Parque Gonzalo de Berceo, Parque infantil junto a la Casa Consistorial, Parque principio C/ Mayor, parada de autobús, Cementerio, Paseo camino Cementerio y plazuela camino Cementerio, Jardineras y árboles C/ Mayor, Árboles y césped de todas las calles del municipio, Árboles y césped del Colegio, Árboles Consultorio Médico, Árboles entorno de la Iglesia Limpieza de la cuneta derecha de la carretera LR-459 desde la salida del pueblo hasta la rotonda. II) OPERACIONES GENERALES EN LAS ZONAS VERDES 2.1.- Suelos. Operaciones de preparación y acondicionamiento de suelo, en función de cultivos o plantaciones a realizar. Cuatro operaciones de cavado, escarda simple, doble escarda, acolchado y desbrozado en bordes de caminos o paredes, todo ello en función de cultivos y plantaciones existentes. Operaciones de fertilización, abonos de fondo y de mantenimiento, orgánicos y químicos, empleando abonos de liberación lenta con una dosis de 40 g/m 2 mediante métodos manuales para una buena dosificación del mismo. La frecuencia será trimestral. Operaciones de riego con instalación automática, manguera o camión cisterna con frecuencia adecuada a la estación, cultivos o plantaciones. Se establecerá un control de los sistemas de riego, incluida la regulación de los tiempos de riego según la temperatura y la pluviometría de la época del año.

2.2.- Césped. Siega regular de césped con frecuencias adecuadas a estación y a condiciones estéticas y de conservación. En todo caso la altura máxima no será superior a 10 cm., pudiendo establecerse estándares más bajos si las circunstancias lo aconsejan. Se realizará un mínimo de 30 siegas anuales, y la siega se realizará con máquinas y máquinas de hilo para borduras y orillas. Aplicación de herbicidas tantas veces como sean necesarias con un mínimo de 2 anuales para erradicar las malas hierbas de hoja ancha, incluyendo el herbicida de la Casa Bayer en cantidades próximas a 1 libro cada 250 m2. Aireación y escarificado del césped con rodillos, perforados, operación que se llevará a cabo dos veces al año. Abono trimestral con entresacado y rastrillado Operaciones especiales de fertilización. En los meses de enero-febrero se efectuará un abonado a base de recebado con mantillo orgánico fermentado a razón de 0,5 m3/área. En primavera se incorporará un abono químico de liberación lenta en función de las condiciones del suelo y del estado del césped, con arreglo a las instrucciones que reciba del Concejal responsable. Se llevará a cabo la resiembra en aquellas zonas que no exijan una renovación completa del césped, pero que por cualquier causa desmerezcan en su aspecto en relación con el resto de la zona ajardinada. Tratamientos fitosanitarios de prevención y extinción total de enfermedades y plagas necesarios para garantizar el buen estado sanitario de los céspedes. El riego del césped de las zonas verdes se hará a partir de las veintidós horas y mediante el uso de los aspersores instalados al efecto con sus correspondientes temporizadores o relojes de control. No obstante y coincidiendo con cada estación se fijará el horario de riego con la conformidad del Concejal responsable. Los aspersores, difusores, sistemas de goteo, tuberías, electroválvulas y temporizadores, así como las arqueta, armarios y otros análogos, estarán siempre en perfecto estado de funcionamiento, quedando la Empresa obligada a la reposición de los que estén averiados o rotos por los operarios de jardinería en las siegas del césped. La reposición de los aspersores rotos en actos de vandalismo o que no funcionen correctamente por el uso o antigüedad será por cuenta del Ayuntamiento. 2.3.- Plantas ornamentales. Operaciones especiales de suelo mediante abono de liberación lenta en dosificación de 40 g/m2 y entrecavado y rastrillado continuo. Plantación y reposición de plantas permanentes y de temporada. La plantación de plantas herbáceas anuales de flor se efectuará como mínimo tres veces al año. En las jardineras instaladas en las zonas urbanas la reposición de plantas permanentes y de flor se realizará en un plazo máximo de tres días. Operaciones de mantenimiento tales como protección con sujetadores, podas de árboles, olivos o arbustos, abonos foliares o acolchado. Tratamientos fitosanitarios de prevención y extinción total de enfermedades y plagas. 2.4.- Setos, arbustos y árboles.

Operaciones especiales de suelo mediante abono de liberación lenta con dosificación de 40 g/m2 mediante métodos manuales para una buena dosificación, entrecavado y rastrillado en primavera y otoño con profundidad de 12/15 cm y 40 cm de radio o de la superficie correspondiente al alcorque. Operaciones de plantación y reposición. Operaciones de mantenimiento tales como protección son sujetadores o soportes y recorte de bordes en lo que afecta a los setos y arbustos, protección de árboles en formación y podas con arreglo a prescripciones especiales. Tratamientos fitosanitarios de prevención y extinción total de enfermedades y plagas. Los alcorques de los árboles en zonas pavimentadas deberán rellenarse o hacer la excavación necesaria para que la cota entre acera y tierra sea de 15 cm permanentemente. 3.1.- Plan anual de podas. III) OPERACIONES DE PODA. La empresa someterá a conocimiento y aprobación del responsable del contrato un Plan anual de podas. 3.2.- Características generales. La empresa para mantener la salud y buen aspecto del árbol, podará en primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas con el fin de impedir la infección del árbol de hongos xilófagos, que podrán penetrar en esta vía. La eliminación de ramas sanas y vivas sólo se justificará para aclarar la copa permitiendo la entrada de luz y aire cuando sea muy densa para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos. La Empresa realizará la poda de los árboles de alineación en calles para evitar interferencias con los cables eléctricos y telefónicos con el tráfico rodado y con las viviendas, así como para impedir la caída espontánea de ramas. La Empresa realizará correctamente los cortes y tratará debidamente las heridas resultantes. En todo caso se eliminarán todas las ramas pequeñas que estén mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del árbol. 3.3.- Poda de ramas grandes, terciado y tratamiento de las heridas. En el caso de que se deban eliminar ramas grandes, la Empresa extremará las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella. Para ello efectuará un primer corte por debajo de la rama, a una distancia de la horquilla aproximadamente igual al diámetro de la rama profundizando hasta que empiece a desgarrarse. Se dará entonces el corte definitivo de arriba abajo, a una distancia de la horquilla igual al doble del diámetro de la rama. Una vez cortada la rama, es necesario eliminar el muñón con un tercer corte a ras de tronco. Terciado es la poda drástica de las ramas grandes de los árboles. Se practicará cuando la copa del árbol esté fuertemente atacada por insectos u hongos,

con muchas ramas muertas, cuando se hayan cortado raíces o cuando la copa interfiera con los cables, el tráfico o viviendas así como por medida de seguridad. Para favorecer la cicatrización de las heridas por crecimiento del tejido calloso a partir del cambium perimetral, se protegerán estos mediante la aplicación de un producto impermeable de los existentes en el mercado en el perímetro de la herida. El leño descubierto deberá tratarse con un funguicida enérgico de impregnación como el naftanato de cobre al 0,3% disuelto en alcohol o gas-oil. Tras la impregnación del leño se procederá a su impermeabilización con el mismo producto, evitando de este modo la infección del leño por hongos que descompondrían la madera, formando cavidades y debilitando la rama, con el consiguiente riesgo de caída. 3.4.- Frecuencia de las podas. a) En los parques, plazas y otras zonas verdes o espacios donde los árboles tengan espacio suficiente para su desarrollo, los árboles y arbustos se podarán con frecuencia necesaria para mantener un buen estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de arbustos de flor. b) Cuando sea preciso se efectuarán en la forma y época adecuada según lo especificado a continuación. Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos o conformados, los que sean portadores de plagas y/o enfermedades graves, los que presenten un estado botánico muy precario y los que nazcan por debajo del injerto. En los arbustos caducifolios de flor, se efectuará la poda cada temporada. Los de floración invernal o primaveral, donde los desarrollos florales se forman al final de cada periodo vegetativo que precede a la floración, se podarán moderadamente después de cada periodo. Las especies de floración estival, donde los desarrollos florales se forman a lo largo del periodo vegetativo, deberán sufrir una poda más corta durante el invierno. Las flores marchitas, por razones estéticas y fisiológicas, deben ser eliminadas salvo en los casos de arbustos de frutos ornamentales. Los setos y perfiles se recortarán con tijeras o cortasetos, sendo una poda en verde, que previa definición de la forma, mantendrá la modelación pretendida y la altura consolidada. A los arbustos que precisen mantener un determinado modelo estructural y presenten problemas de tipo estético o funcional con la aplicación de los recortes se les pinzará con tijera en la época oportuna y según la frecuencia de los cortes. En las podas de transplantes se equilibrarán parte aérea y radicular en la época de reposo vegetativo. En las podas de reordenación de la vegetación se mantendrá la forma clásica de la especie. c) Las acacias necesitan una poda adicional en verde para eliminar el follaje, y que se realiza a mediados de años IV) LIMPIEZA DEL BORDE Y CUNETA DERECHA DE LA CARRETERA REGIONAL LR-459, DESDE LA SALIDA DEL MUNICIPIO HASTA LA ROTONDA. Dichas zonas, susceptibles de ser invadidas por malas hierbas, serán limpiadas y tratadas con herbicida las veces al año que se consideren necesarias y siempre que presenten un aspecto descuidado. El contratista suministrara el herbicida necesario para realizar este trabajo.

V) AMPLIACIÓN O REDUCCIONES DE LAS ZONAS VERDES. Las Empresas deberán proponer los precios unitarios alzados en función de los cuales se concretarán las compensaciones económicas correspondientes a las ampliaciones o reducciones de las zonas verdes o elementos de mobiliario urbano que se produzca durante la vigencia del contrato. Los precios unitarios a proponer por las Empresas y las reglas para su concreción son las que se exponen a continuación. En las zonas verdes el precio unitario se referirá a cualquier tipo de zona verde superior a 100 m2 y se expresará en /m2 de superficie ajardinada total (excluidos caminos, edificios y zonas pavimentadas). Se aplicará a las zonas verdes por unidades completas cualquier que sea su composición, césped, árboles, arbustos, setos, aspersores, jardineras, plantas,...etc., multiplicando el precio unitario por los metros cuadrados de la superficie ajardinada de la unidad. En los árboles de alineación el precio unitario se expresará en /m2. En los setos, el precio se expresará en /m2 En los aspersores emergentes similares a los existentes el precio será en /ud. Las ampliaciones y reducciones se detallarán en una ficha individualizada para su inclusión o exclusión del inventario. VI) EQUIPAMIENTO El adjudicatario deberá aportar cuanto personal, herramientas, vehículos y maquinaria se precisen para la correcta ejecución del contrato, y dispondrá de las sustituciones y reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. La adquisición de todo el equipamiento necesario para el servicio, será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de mantenimiento y conservación, y su sustitución por otros análogos o de superior categoría en el caso de que estos se encontraren averiados o fuera adquirir otros nuevos. Tanto el personal que se destine a la ejecución del presente contrato como el material que se emplee, deberán estar dotados de los adecuados sistemas de prevención de riesgos laborales. Con tal finalidad el adjudicatario pondrá a disposición del Ayuntamiento una copia de la evaluación de riesgos laborales y de las actividades de prevención adoptadas para la prestación concreta de este contrato. VII) PERSONAL El adjudicatario deberá disponer, en todo momento, del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato y abonará sus retribuciones de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente. El adjudicatario facilitará cuando lo solicite el Ayuntamiento, a efectos de control del personal adscrito al servicio, copia de los documentos TC1 y TC2 correspondientes o, los que en su caso, los sustituyan y de las nóminas, pago de las cotizaciones que procedan a la Seguridad Social, retenciones IRPF, etc. El adjudicatario estará obligado a poner en conocimiento del Ayuntamiento el nombre, apellidos y teléfono de una persona de contacto a quien pueda llamarse para resolver las necesidades del servicio.

El personal al servicio del adjudicatario deberá estar dotado de un uniforme de trabajo y de los medios necesarios para la prevención de riesgos laborales. Será de cuenta del adjudicatario los gastos de vestuario del personal que realice el contrato. El adjudicatario se responsabiliza de la falta de aseo, decoro y deficiencias en la uniformidad o en los materiales de protección de riesgos laborales, de la descortesía o mal trato que el personal observe con relación al vecindario, así como de producir ruidos excesivos en la prestación del servicio. El Ayuntamiento podrá imponer al adjudicatario que separe del servicio o imponga una sanción a cualquier empleado de la contrata adscrito al servicio que diera motivo para ello. Las incidencias que pudieren surgir en el seno de la empresa derivadas de situaciones de conflicto, bajas laborales, vacaciones u otras circunstancias análogas relativas al personal puesto al servicio de la ejecución de este contrato, serán de cuenta del adjudicatario sin que puedan afectar a la correcta ejecución de este contrato, debiendo, si ello fuere necesario, contratar ex profeso a trabajadores especialistas para que el número y la calidad del personal adscrito a este contrato se mantenga a lo largo de toda su duración. DISPOSICIÓN FINAL. La empresa que resulte adjudicataria, se compromete a prestar asistencia técnica, así como a presentar durante los dos primeros meses de vigencia del contrato un inventario de los bienes que resulten afectados así como informar sobre el estado de las distintas instalaciones y formular propuesta de las mejoras a realizar. En Arrúbal, a 31 de enero de 2013. La Alcaldesa, Mª Nieves San Pedro Balmaseda.