RIESGOS PSICOSOCIALES: MARCO NORMATIVO, ESTADÍSTICAS Y CASOS



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Transcripción:

RIESGOS PSICOSOCIALES: MARCO NORMATIVO, ESTADÍSTICAS Y CASOS En los últimos años la presencia e impacto de los riesgos psicosociales se ha incrementado en las organizaciones. Por lo cual, es necesario realizar un estudio de la normatividad aplicada en el entorno nacional e internacional para clarificar la perspectiva que tienen los países frente a los riesgos psicosociales. Además, la observación de estadísticas de esta clase de riesgos y algunos casos presentados en las organizaciones, con el propósito de conocer los diferentes tipos de riesgo psicosocial que puede afectarnos y conocer la posición de la legislación al respecto. CASOS AMÉRICA Procuraduría sancionó disciplinariamente a oficial del Inpec por acoso laboral (COLOMBIA) La Procuraduría General dictó sanción en contra del Oficial del Instituto Penitenciario y Carcelario Luis Gutiérrez de Enrique Murallas por acoso laboral. Se le dio una inhabilidad por 10 años a raíz de los maltratos verbales en repetidas ocasiones a la Subdirectora del establecimiento penitenciario de mediana seguridad de Medellín, es decir, la ridiculizaba ante el equipo de trabajo y realizaba comentarios soeces sobre la sexualidad de la funcionaria. Adicionalmente se refirió en varias ocasiones, con obscenidades, de dicha mujer. En efecto, este comportamiento atentaba contra la integridad y las condiciones dignas de trabajo por generarle miedo, intimidación y angustia. (Redacción Judicial, 2014, párrs. 1-4) Violencia Psicológica Laboral: CHILE ocupa segundo lugar en Latinoamérica La violencia psicológica laboral es una problemática compleja en Chile, pues el 80% de los trabajadores (hombre y mujeres) admiten que alguna vez han sido víctimas de al menos una clase de violencia psicológica laboral en su trabajo y un 12% aseguran haber sufrido de acoso directo o mobbing 1. (Schüller, 2015, párr. 1-2) El Síndrome de Burn Out, el nuevo enemigo laboral (MÉXICO) Mariana Domínguez era una joven de 25 años que prefería trabajar extensas horas con tal de no perder su trabajo. Hace pocos años terminó la Licenciatura de Turismo en la 1 "Situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo". http://www.universia.es/mobbing/mobbing-acoso-psicologico/at/1121950

Universidad de Guadalajara e inició a trabajar en un consorcio hotelero en dicha ciudad. Al comienzo no le importaba trabajar entre 12 y 13 horas diarias, como recién egresada se debía esforzar por mantener su trabajo. (Informador, 2014, párr. 1) Pero luego de dos años, la carga de trabajo se volvió abusiva: Mi jefe se fue y las responsabilidades se incrementaron, aunque nunca se vieron reflejadas en mi salario. Me siento irritable, desmotivada y fatigada; los fines de semana ya ni ganas de salir me dan. Mariana, también padece de insomnio, dolores de cabeza y musculares. (Informador, 2014, párr. 2) Si en Estados Unidos llueve, en Colombia no escampa Los trabajadores estadounidenses de la industria de las comidas rápidas llevan varios meses en la lucha por exigir mejoras en los salarios, derechos de representación sindical, entre otras. Debido que los 2.4 millones de trabajadores de esta industria se encuentran en la escala de empleados peor pagados y con el empleo más frágil; donde su mayor característica es la inestabilidad, tercerización laboral y pago por horas a tarifas inferiores al promedio nacional. (Escuela Nacional Sindical y Trabajo Decente Vida Digna, 2013, párrs. 1-2) EUROPA Crisis y estrés laboral, un cóctel mortífero (ESPAÑA) En España se han presentado más de 20 suicidios entre los empleados de France Telecom a causa del estrés. A raíz de esta situación se pudo evidenciar que en el país se obvian los riesgos psicosociales relacionados con el puesto de trabajo, a pesar que éstos sean clave en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales del año 1995, porque las empresas los contemplan como problemas de los empleados y no por una mala organización del trabajo. El estrés laboral en España tiene alrededor de un costo económico de 20.000 millones de euros anuales, sin tomar en cuenta los problemas de salud relacionados directa o indirectamente son este problema. (Valerio, 2009, párrs. 1, 2,7) Diez mil muertes por estrés laboral (JAPÓN) En Japón a las muertes (accidente cardíaco, cardiovascular o cerebro vascular) producto del estrés laboral se les ha denominado Karoshi, como causa principal: trabajar por más de 65 horas semanales. Se clasifican dentro de esta clase porque no le aportan descanso al cuerpo ni a la mente. El primer caso registrado fue en la década del 60 cuando un empleado de un periódico sufrió un paro cardíaco por trabajar más de dos semanas seguidas sin parar. (Rtoranzo, 2015, párrs. 1, 3)

Según la Organización Mundial del Trabajo en la actualidad más del 20% de los japoneses laboran en excesivas jornadas de trabajo (12 o más) y alrededor de 10.000 muertes en este país se le atribuyen a esta causa. Sin embargo, no es necesario llegar a la muerte pues el exceso de trabajo sin momentos de descanso, el estrés, la ansiedad, las preocupaciones, el exceso de presión pueden desestabilizar el sueño, la alimentación y los hábitos relacionados con la salud en general. (Rtoranzo, 2015, párrs. 2, 4) ESTADÍSTICAS ESTADÍSTICAS NACIONALES DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES En un estudio de salud mental; se puedo encontrar que hasta el 40,1% de la población podría tener problemas mentales en algún momento de sus vidas debido al estrés laboral, que un 16% los tendría en los últimos 12 meses de su vida y que un 7.4% tiene la posibilidad de presentarlos en el último mes (Díaz, Echeverri, Ramírez & Ramírez, 2010, p. 25) A través de un Diagnóstico de Factores de Riesgo Psicosocial en Trabajadores del Área de la Salud se pudo concluir que de los trabajadores evaluados el 69% evidencian riesgo medio con relación a los factores de riesgo psicosocial, de los 40% evalúan como alto el factor de carga mental y el 7% evalúan como alto el factor contenido específico del trabajo y 24 trabajadores evidencian un nivel de estrés moderado. (Díaz, Echeverri, Ramírez & Ramírez, 2010, p. 84) ESTADÍSTICAS INTERNACIONALES DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES En una encuesta realizada a trabajadores de Estados Unidos se pudo obtener que más del 40% de los encuestados tienen una carga de trabajo excesiva lo que hace que al final de su jornada de trabajo se encuentren emocionalmente exhaustos y agotados. (Díaz, Echeverri, Ramírez y Ramírez, 2010, p. 12) En un estudio realizado por la Fundación Europea para la mejora de condiciones de vida y de trabajo, realizado en los 12 países miembros de la Unión Europea en 1992 2 se comprobó que el 30% de la fuerza de trabajo consideraba que su trabajo era un riesgo para su salud, que había 23 millones de personas que trabajan de noche más del 25% del total de horas trabajadas. (Díaz, Echeverri, Ramírez y Ramírez, 2010, p. 12) 2 En el año 1992 los países integrantes a la Unión Europea eran: Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Dinamarca, Reino Unido, Irlanda, Grecia, Portugal, y España.

Fuente: Organización Internacional del Trabajo, s.f., p. 3. En 2011 las mujeres se encontraban más expuestas que los hombres frente los riesgos psicosociales en seis países: Costa Rica, Honduras, El Salvador, Guatemala y Panamá. (Organización Internacional del Trabajo, s.f., p.3) NORMATIVIDAD NORMATIVIDAD NACIONAL DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES Resolución 2646/2008 Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional. (Ministerio de la Protección Social, 2008, art. 1) Objeto: Ordenar disposiciones y determinar las responsabilidades con lo referente a la gestión de los riesgos psicosociales (identificación, prevención, intervención y monitoreo continuo). Igualmente, el estudio y caracterización del origen de patologías causadas por el estrés ocupacional. (Ministerio de la Protección social, 2008, art. 2)

Ámbito de aplicación: Esta resolución aplica a: o Empleadores públicos y privados. o Trabajadores dependientes e independientes. o Contratantes de personal bajo la modalidad de contrato civil, comercial o administrativo. o Organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo. o Agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social integral. o Administradoras de riesgos profesionales. o Policía en lo que corresponde a su personal no uniformado. o Personal civil de las Fuerzas Militares. (Ministerio de la Protección social, 2008, art. 3) Ley 1562/2012 Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional. (Congreso de Colombia, 2012, p.1) Sistema General de Riesgos Laborales: Conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos dedicados a la prevención, protección y atención a los trabajadores de las consecuencias y accidentes que les puedan ocurrir a causa del trabajo desarrollado por éstos. (Congreso de Colombia, 2012, p.1) También hacen parte del Sistema General de Riesgos Laborales las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo. (Congreso de Colombia, 2012, p.1) Salud Ocupacional: Aquella disciplina relacionada con la prevención de lesiones y enfermedades ocasionadas por las condiciones de trabajo, así como la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Su objetivo es el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente y salud en el trabajo, que implica la promoción y conservación del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas sus actividades. (Congreso de Colombia, 2012, p.1) Objeto del Fondo de Riesgos Laborales El Fondo de Riesgos Laborales tiene por objeto:

Llevar a cabo estudios campañas de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales en el territorio nacional. Realizar programas masivos de prevención en el ámbito ciudadano y escolar para promover condiciones saludables y cultura de prevención. Realizar estudios y campañs de prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales en la población vulnerable del territorio nacional. Financiar estudios de investigación para soportar las decisiones que en materia financiera, actuarial o técnica se requieran para el desarrollo del Sistema General de Riesgos Laborales, así como para crear un sistema único de información del Sistema y un Sistema de Garantía de Calidad de la Gestión del Sistema de Riesgos Laborales. Otorgar un incentivo económico a la prima de un seguro de riesgos laborales como incentivo al ahorro de la población de la que trata el artículo 87 de la Ley 1328 de 2009 y/o la población que esté en un programa de formalización y de acuerdo a la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio del Trabajo a efectos de promover e impulsar políticas en el proceso de formalización laboral. Crear un sistema de información de los riesgos laborales con cargo a los recursos del Fondo de Riesgos Laborales. Financiar la realización de actividades de promoción y prevención dentro de los programas de atención primaria en salud ocupacional. Adelantar acciones de inspección, vigilancia y control sobre los actores del Sistema de Riesgos laborales; dentro del ámbito de su competencia. Pago del encargo fiduciario y su auditoría y demás recursos que se deriven de la administración del fondo.

NORMATIVIDAD INTERNACIONAL DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES AMÉRICA CHILE Dentro de la normatividad chilena se encuentra la ley 16.774 de 1968 donde establecen las normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, para ser más explícitos en el capítulo VIII se encuentra todo lo relacionado con Prevención de riesgos Profesionales. Además el gobierno de Chile realizó un convenio con Mutual de seguridad de la cámara chilena de construcción, para que fuera el encargado de administrar el Seguro Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y para esto cuenta con programas integrales de prevención de riegos que permiten proteger la integridad física y salud de los trabajadores de sus empresas adherentes, mejorando su calidad de vida y la de entorno familiar. (Mutual de Seguridad, s.f., párr. 1-2) MÉXICO México a diferencia de otros países como lo es el caso de España no tiene una ley o una norma que proteja a los trabajadores de los riesgos psicosociales, pero en la Ley Federal del Trabajo contempla a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, como organismo encargado de la vigilancia de las condiciones de trabajo al interior de las empresas, teniendo como función principal observar y corregir factores de riesgo tanto para que no ocurran accidentes de trabajo como enfermedades profesionales; además dentro de esta ley hay normas que protegen el hostigamiento sexual, malos tratos por parte del empleador hacia sus trabajadores, entre otros. (Lastra, s.f., pp. 56-57) EUROPA ESPAÑA En España el tratamiento de los riesgos psicosociales se encuentra establecido dentro de la Ley 31 de 1995, la cual contiene los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva. (Gobierno de España, 1995)

SUECIA La Ley de Condiciones de Trabajo hace referencia al contenido del trabajo, a la tecnología y la organización del trabajo, que deben ser concebidos de manera que no expongan a los trabajadores a peligros físicos y psíquicos indeseados como consecuencia de una presión excesiva que pueda provocarles enfermedad o accidentes. Es interesante porque plantea el objetivo que el trabajo incluya una compensación, en la forma de su diversidad, satisfacción, participación social y desarrollo. (Superintendencia de Riesgos del Trabajo, 2013, párr. 16) DINAMARCA La regulación incluye, además de la Ley de Condiciones Laborales, una Orden específica sobre el rendimiento en el trabajo, que establece un reglamento sobre la organización del trabajo, en el que se hace referencia al ritmo de trabajo, al trabajo monótono y repetitivo, y al trabajo en aislamiento, y establece que estos factores deben organizarse de manera que no entrañen un deterioro de la salud mental o física del trabajador. (Superintendencia de Riesgos del Trabajo, 2013, párr. 13) CONCLUSIONES Los riesgos psicosociales se han convertido en un tema crucial tanto en las empresas como para los Gobiernos, debido que las pérdidas generadas por estos son altas para empresas y países en general, como pudo observarse en los diferentes casos analizados en el presente trabajo. Además, la Organización Internacional del Trabajo afirma que los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales incluyen pérdidas anuales del 4% del Producto Interno Bruto mundial, como consecuencia de la rehabilitación, atención médica, restitución de equipos de trabajo y reincorporación a ambientes laborales. (Informador, 2014, párr. 11). Lo anterior vuelve fundamental estudiar y continuar normatizando dichos riesgos, con el ánimo de que cada vez las organizaciones adquieran mayor conciencia sobre la importancia de un adecuado tratamiento para este tipo de riesgos que cada vez se vuelve más significativo para la sociedad. Cibergrafía Congreso de Colombia. (2012). Ley 1562: por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional. Recuperada de http://wsp.presidencia.gov.co/normativa/leyes/documents/ley156211072012.pdf

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